Desde mediados de mes rigen normas más estrictas para evitar que pequeños ahorristas compren y vendan el cupo de USD 200 mensuales que el Banco Central permite comprar a los individuos
La operación con cuentas bancarias en dólares está bajo la lupa del Banco Central, que con las reservas internacionales contadas y los tipos de cambio paralelos ganando en temperatura, trata de limitar al mínimo los trucos que encuentran los ahorristas para eludir o aprovechar las trabas cambiarias. Así, desde la semana pasada rigen nuevas normas que limitan al extremo los movimientos de los ahorristas con sus dólares.
La entidad conducida por Miguel Pesce reaccionó a un pico en la cantidad de operaciones “inusuales” en el sistema financiero. A través de la apertura de cuentas en bancos digitales que en muchos casos pertenecen a ahorristas sin historia previa de compras de divisas en el mercado cambiario formal, se generó una nueva clase de compradores de dólares que aprovechaban cada uno de los USD 200 mensuales que permiten adquirir las trabas cambiarias vigentes. Esas compras, además, fueron de la mano de mayores transferencias: los nuevos compradores de dólares tendían a transferir sus divisas a otras cuentas bancarias.
Para el Central el motivo de estos movimientos es claro. “Coleros digitales” estabán comprando divisas con ahorros de terceros, a cambio de una comisión, para luego enviarlos a sus compradores reales. También, sospechan, particulares aprovechan la fuente de ingresos que se genera si se compra dólares al oficial más impuesto PAÍS para luego revender a un tipo de cambio más alto.
Los bancos digitales, que no cuentan con sucursales físicas, están entre los más vigilados por el Banco Central
Por eso, la entidad primero pidió a los bancos privados que alertaran a sus clientes sobre esas maniobras y que, llegado el caso, bloquearan el acceso online a las cuentas en dólares a quienes se había detectado movimientos difíciles de explicar. Poco después, el Banco Central creo una nueva normativa más estricta para cuentas en moneda extranjera.
Desde entonces, los usuarios de servicios bancarios deben ser por demás cuidadosos a la hora de usar sus cuentas en dólares, si es que no quieren sufrir un bloqueo que inmovilice sus ahorros durante algunos días o que los fuerce a presentar todo tipo de documentación respaldatoria que pruebe el origen de los fondos.
1 – Ahora no se puede recibir más de una transferencia en dólares al mes. La norma, que empezó a regir el 16 de este mes, pide recaudos especiales previos a la operación para transferencias a “cuentas de destino nominadas en moneda extranjera a partir de una segunda transferencia recibida durante el mes calendario”.
2 – Usuarios con transferencias frecuentes de dólares deberán solicitar una excepción. “La entidad podrá exceptuar aquellas cuentas que por su propia actividad puedan justificar la recurrencia de esta operatoria”, establece la normativa. Esto quiere decir que ahorristas que reciben pagos o transferencias en moneda extranjera de forma habitual o que están ante una situación extraordinaria pueden informar al banco del que son clientes para poder concretar la operación. Para ello, deberán presentar la documentación ante el oficial de cuenta para demostrar que mantienen esa actividad.
3 – Si se recibe una segunda transferencia, habrá que conseguir documentación respaldatoria. “Las entidades receptoras deberán diferir la acreditación hasta eliminar cualquier sospecha de incumplimiento normativo en lo que refiere a la compra de moneda extranjera por parte de personas humanas residentes para la formación de activos externos. Para ello, podrán requerir al cliente receptor que justifique el motivo de la transferencia. El diferimiento previsto no podrá exceder las 13 horas del día hábil siguiente”, detalla la entidad en la normativa, para aquellos ahorristas que reciban más de una transferencia. Superado el plazo, los bancos podrán rechazar la operación si no se consideran satisfechos con la prueba presentada o darle curso si entienden que está justificada.
El Banco Central busca desincentivar a los coleros digitales. Foto: Erica Canepa/Bloomberg
4 – Ya no se podrá sacar los billetes físicos comprados en bancos digitales. Una operatoria común para ahorristas que sólo tienen cuenta en bancos digitales es transferir los dólares que compran a cuentas de familiares y terceros, con el fin de poder retirar los billetes. Esto no se podrá seguir haciendo, salvo que la cuenta de destino sea del mismo titular. Se puede atesorar esas divisas en forma digital, pero para extraerlas no se puede utilizar a ningún tercero.
5 – Si abriste tu cuenta en los últimos 180 días, estás bajo observación. Si bien podrán recibir transferencias en dólares, el Banco Central ordenó a las entidades que estén atentos a cualquier tipo de operación. Por lo tanto, un banco podría incluso rechazar algún giro que reciban, aun el primero, en caso de que tengan sospechas sobre el origen de fondos o piensen que detrás se esconde alguna organización relacionada con “coleros digitales”. De todas formas, se trata de una recomendación que ya regía dentro de la normativa que deben cumplir todas las entidades vinculado al concepto de “conozca a su cliente”.
6 – Sólo es posible recibir transferencias en dólares del exterior sin pasar por el mercado oficial en el caso de cuentas propias. Esto ya rige desde que se profundizó el cepo cambiario el año pasado. Esto significa que cualquier pago de terceros en moneda extranjera debe en realidad ingresar pesificado al tipo de cambio oficial, por lo que prácticamente no existen operaciones de estas características al menos en cuentas de individuos. Por lo tanto, la única posibilidad de recibir una transferencia en moneda extranjera y que ingrese en dólares es desde una cuenta propia en el exterior a una local, aunque los bancos cargan altas comisiones por este tipo de movimientos.
Fuente: ieconomico.com