IMPOSITIVAS – La AFIP publicó los nuevos valores para autónomos: cuánto deben pagar por mes

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores para autónomos vigentes desde diciembre 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su sitio web los nuevos valores para autónomos vigentes desde diciembre 2020.

Desde el año 2017, y debido al índice de movilidad de las jubilaciones, los valores que deben abonar los autónomos se incrementan cuatro veces al año (en marzo, junio, septiembre y diciembre) en el mismo porcentaje que el mencionado aumento de los haberes previsionales.

Para las actualizaciones del año en curso, hay que tener en cuenta que el artículo 55 de la ley 27541 de solidaridad social y reactivación productiva suspende por 180 días la aplicación del índice de movilidad jubilatoria fijada por el artículo 32 de la Ley 24241, señalan desde el Blog del Contador.

Asimismo, mediante el Decreto 542/2020 se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241, establecida en el artículo 55 de la Ley 27.541.

Durante dicho período el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar trimestralmente el incremento de los haberes previsionales correspondientes al régimen general de la Ley 24241, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos.

La AFIP publicó los nuevos valores para autónomos

En este sentido, a través del Decreto 899/20 se dispuso que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ANSES tendrán un incremento equivalente al 5% sobre el haber devengado correspondiente al mensual noviembre de 2020, a partir del 1 de diciembre de 2020.

Los nuevos valores de autónomos desde diciembre 2020 son los que muestran seguidamente y recordamos que son los correspondientes al devengado diciembre con vencimiento en el mes de enero y estarán vigentes hasta el mes de febrero con vencimiento en marzo del próximo año.

La AFIP da prórroga de beneficios para contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga hasta el 31 de enero de 2021 la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria.

Resolución General 4886/2020

Presentaciones Digitales. Obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales.

Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

A través del mismo servicio, se podrá acreditar la condición de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas.

La AFIP da prórroga de beneficios para contribuyentes

Datos biométricos. Excepción de registrar los datos biométricos.

De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.

Blanqueo de clave fiscal.

Se otorgará el nivel de seguridad 3 a quienes realicen el blanqueo de la clave fiscal a través de un cajero automático.

Resolución General 4887/2020

Planes de pago permanentes.

Se extienden los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes.

Nuevo plan de pagos para productores de peras y manzanas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumenta un nuevo Programa de Asistencia a la Producción de peras y manzanas para los trabajadores y los productores del sector.

El régimen de facilidades de pago alcanza a los aportes y contribuciones vencidos entre el 1 de junio y 31 de diciembre de 2020 que habían sido postergados como parte de las medidas de alivio sectorial previstas en el Decreto 615/2020. La medida alcanza a los productores y trabajadores de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa.

Las medidas contempladas en la Resolución General 4489 establecen un plan de facilidades de pago de hasta un máximo de 90 cuotas mensuales. iguales.

La tasa de interés mensual de financiamiento será fija del 2% para las cuotas con vencimiento hasta el mes de julio de 2021 y variable para las que tengan vencimiento desde el mes de agosto de 2021 en adelante.

Las herramientas complementan el programa de asistencia a la producción de peras y manzanas implementado en agosto. La normativa apunta a brindar cobertura a los pequeños productores y contribuir al proceso de recuperación del sector.

Los productores de peras y manzanas podrán adherirse entre el 20 de enero y el 31 de marzo, ambos inclusive. Deberán ingresar con clave fiscal al servicio “Mis Facilidades”, dentro de la web del organismo.

Fuente: iprofesional.com