FIANZA SOBRE HABERES NO PERCIBIDOS POR EL BENEFICIARIO FALLECIDO AFILIADO y NO AFILIADO

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    Ante el fallecimiento de un beneficiario de alguna prestación, los familiares con derechos sucesorios pueden obtener el cobro de los haberes devengados con anterioridad al fallecimiento y no percibidos por el causante, con la sola gestión ante la Caja siempre que se constituya fianza, mediante este formulario, por la eventual devolución futura que se vieren obligados a efectuar. Dicha fianza debe ser constituida por un afiliado a la Caja o un tercero no afiliado que justifique solvencia.