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Reglamentación ley 11.085 01_95

VISTO
Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe N° 11.085, y:

CONSIDERANDO
Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que el artículo 86 de la Ley N° 11.085 otorga al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.
Que resulta necesario reglamentar diversas normas de la Ley N° 11.085 y ha sido recepcionada una propuesta en tal sentido elaborada por el Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas.

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