Readecuación del procedimiento informático de la declaración BARA – Buque abastecedor de combustible para rancho de otras embarcaciones (nacionales o extranjeras)
Modifican la R.G. (AFIP) Nº 4552/19, con el fin de readecuar el procedimiento informático de la declaración BARA “Buque abastecedor de combustible para rancho de otras embarcaciones (nacionales o extranjeras)” en el SIM y la incorporación del subrégimen en el Anexo I de la R.G. (AFIP) Nº 2758/10: “EC11 – Exportación a Consumo que cancela una declaración BARA – EXPCON”.
Resolución General (AFIP) Nº 5061/2021 (BO 31/08/2021)
Fuente: Lisicki Litvin