Actuación profesional. IGJ. Plazo máximo de duración en la escritura de constitución de una sociedad.

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Todo instrumento constitutivo, contrato social o estatuto de sociedad comercial que deba ser inscripto en el Registro Público debe incluir el plazo de duración de la sociedad, que no podrá exceder el plazo de 30 años a contar desde su inscripción.

Resolución General (IGJ) Nº 1/2022 (BO 01/02/2022)

Fuente: llyasoc