CSS 08/13 | Valor de Modulo Caja de Seguridad Social.

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Anexo II – Acta Nº 532 – 10.05.13

RESOLUCION DE CONSEJO SUPERIOR N° 08/2013
VALOR MODULO CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL

VISTO
Lo dispuesto en la Ley de la Provincia de Santa Fe Nº 11085 (t.o), y

CONSIDERANDO
Que la medida que por la presente se dispone se funda en las facultades que los artículos 15, inciso g) y 24 de la Ley Nº 11085 (t.o) otorgan al Consejo Superior del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe.
Que se ha recibido una propuesta del Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, para determinar el valor del módulo, que es unidad de medida del sistema previsional, en pesos cuarenta y dos con cincuenta centavos ($ 42,50), desde la fecha de la presente.
Que se han efectuado los correspondientes cálculos y proyecciones técnicas con el valor propuesto del módulo.
Por ello,

EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS
DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE

Articulo 1º: A partir de la fecha de la presente, el módulo al que refiere el artículo 24 de la Ley Nº 11085 (t.o) tiene el valor de pesos cuarenta y dos con cincuenta centavos ($ 42,50).
Artículo 2º: Regístrese, comuníquese a las Cámaras, al Consejo de Administración Provincial de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas, a los afiliados y archívese.

Santa Fe, 10 de mayo de 2013.