R.G. CAP 7-Abr/95 | Instituye los convenios de financiación para el pago de deudas con la Caja.

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CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
Resolución General
Nº 07-ABR/95
VISTO
Lo dispuesto en el Art.16, inc. a) y e) de la Ley Nº 11.085, y
CONSIDERANDO
Que para la gestión del cobro de deudas a favor de la Caja, por aportes mínimos obligatorios o cuotas vencidas de convenio por cargo formulado según las opciones de los arts. 87 u 89 de la Ley Nº 11.085, resulta conveniente instituir convenios de financiación que puedan suscribir quienes deseen pagar en cuotas tales deudas.
Que las condiciones que contengan esos convenios de financiación debenadecuarse a las situaciones propias de cada Cámara por lo que resulta conveniente su determinación por los respectivos Consejos de Administración.
Por ello,
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL
DE LA CAJA DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LOS PROFESIOALES
EN CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
RESUELVE
Artículo 1º:Institúyase la modalidad de pago mediante convenios de financiación de las deudas que mantengan los afiliados a la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe, o quienes hubieren sido afiliados a la misma, a favor de ella, por aportes mínimos obligatorios o cuotas vencidas de convenio por cargo formulado según las opciones de los arts. 87 u 89 de la Ley Nº 11.085.
Artículo 2:Las reglas a las que deberán ajustarse los convenios referidos en el Art. 1º, deberán ser establecidas por los Consejos de Administración de cada Cámara.
Artículo 3º:Regístrese, comuníquese a los afiliados y archívese.-
Santa Fe, abril 24 de 1.995