IMPOSITIVAS – Regímenes especiales. Eximición del impuesto al `cheque´ a las cuentas destinadas al financiamiento de los partidos político

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Exímase del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios a las cuentas de los partidos políticos, incorporándose la obligación de identificar fehaciente el donante y la trazabilidad del aporte, por lo que todo aporte en dinero puede ser efectuado únicamente mediante transferencia bancaria, depósito bancario acreditando identidad, medio electrónico, cheque, tarjeta de crédito o débito, o plataformas y aplicativos digitales, que así lo permitan.

Ley (PE) Nº 27.504 (BO 31/05/2019)

Fuente: LLisicki Litvin