ECONOMÍA – Empleadores: cómo acceder a los beneficios oficiales y no morir en el intento

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Una vez publicada la resolución de la AFIP que reglamenta los beneficios del decreto 332 comenzaron las trabas. Acceda a las particularidades del régimen

El día a día del empleador durante la cuarentena no se presenta sencilla. Todo lo contrario.

Una vez publicada la resolución general de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que reglamenta los beneficios del decreto 332 y que se abrió la inscripción para el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), comenzó la etapa más dura.

Si bien se había comunicado una “prórroga por dos meses de las contribuciones patronales”, en rigor la postergación hasta el 16 de junio es para los empleadores que se registren, y sólo para la contribución al sistema jubilatorio (Sipa), del 10,77 o 12,35 por ciento.

El resto se mantiene. Además, la presentación de las declaraciones juradas (el formulario 931) y el pago sólo se extendió tres días, según indicó el diario La Voz del Interior.

En tanto, la AFIP pide informar la suma de las ventas totales desde el 12 de marzo a 12 de abril de 2019 y de 2020.

“El tiempo es muy poco. Deberían haber dado unos días más para el 931. Es información que hay que buscar el detalle, porque no es un mes completo, sino algunos días de cada período”, señala a la Voz del Interior Norma Flores, asesora laboral del Consejo Profesional de Ciencias Económicas (CPCE).

La especialista explica que el pago de las contribuciones al Sipa sólo se prorrogará hasta junio para aquellas que aparezcan en el Sistema Registral con el código “460 – Beneficio Dto. 332/2020”. Y esto puede no ser inmediato.

A su vez, Flores subraya que todas las empresas deberían registrarse en el ATP, sin importar si su actividad es crítica o no: “El decreto dice que en el resto de los rubros se evaluarán otras situaciones, como caída de ventas, por ejemplo”.

Además, la prórroga hasta junio tampoco es exclusiva de las pymes y pueden entrar empresas grandes.

En cambio, el resto de los beneficios sí tiene tope. En particular, la reducción del 95% en contribuciones al Sipa alcanza para quienes tienen hasta 60 trabajadores; la asignación compensatoria al salario, a quienes tienen menos de 100; y el Repro, para los más grandes.

Por último, la asesora explica al matutino que la AFIP tomará cada mes por separado para otorgar los beneficios. “En marzo, se puede acceder a la prórroga por dos meses, y en abril se podrá optar entre postergar el pago o reducir las contribuciones”, aclara.