Laboral. Coronavirus. Programa REPRO II

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Aprueban suma dineraria de carácter adicional y complementaria a la prevista por el Programa “REPRO II” para trabajadores de las Industrias Culturales.

Establecen una suma dineraria de carácter adicional y complementaria a la prevista por el Programa “REPRO II” –R. (MT) N° 938/20– a abonar a trabajadores de las Industrias Culturales. Podrán acceder al beneficio los trabajadores que presten servicio para empleadores que hayan obtenido el beneficio del “Programa REPRO II” y que se encuentren registrado/as ante la AFIP bajo los Códigos CLAE que se detallan como ANEXO I.

Resolución Conjunta (MT) Nº 2/2021 (BO 10/03/2021)

Fuente: Lisicki Litvin