IMPOSITIVAS – La AFIP avanza sobre los contribuyentes y desconoce las fechas de liberación del blanqueo de capitales

0
1803

El 22 de julio de 2016 es una fecha que no pasa desapercibido para los contadores. Es la “fecha de liberación por excelencia” que establecía el último régimen de blanqueo de capitales. En palabras simples, la fecha antes mencionada protegía a los contribuyentes de futuras acciones de la AFIP.

Y decimos “protegía”, porque recientes operativos e inspecciones de la AFIP llevados adelante por agentes tucumanos tiran por tierra y desconocen lo que implica la fecha del 27 de julio de 2016 para el último blanqueo de capitales implementado.

De acuerdo a información a la que pudo acceder iProfesional.com, “ya hay presentadas varias denuncias penales en contra del abuso de poder y desviación de poder de las inspecciones en la región ya que -en algunos casos- no cumplen las medidas cautelares que dicta la justicia a favor de los contribuyentes”.

Yendo puntualmente a uno de los casos que se encuentra bajo la lupa, el consultor tributario, Ramón Eduardo Pena, compartió en Twitter la siguiente documentación:

“Si bien la normativa vinculada al Régimen de Sinceramiento Fiscal, dejaron establecido como fecha de preexistencia de los bienes para personas físicas, la de promulgación de la Ley 27.260, el 22/07/2016, debe tenerse en cuenta que el Impuesto a las Ganancias es un impuesto de liquidación anual y el hecho imponible se perfecciona al 31/12 de cada año por lo que la imputación parcial que pretende realizar el contribuyente resulta improcedente…”

Por lo tanto, teniendo en cuenta los argumentos esgrimidos por el fisco, se ignora la liberalidad que la ley y la reglamentación del último blanqueo de capitales le da al 22 de julio de 2016.

Al respecto, Diego N. Fraga, Socio de RCTZZ Abogados y profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral, alertó que “resulta verdaderamente preocupante que algunos funcionarios de la AFIP desconozcan el alcance de las normas del sinceramiento fiscal”. Avanzada polémica

“Acciones de este tipo implican, por un lado, una tremenda molestia para los contribuyentes que de buena fe se acogieron a los beneficios de la Ley 27.260, quienes deberán asumir los costos de una defensa legal. También , implica un terrible desgaste para el contador que previamente condujo a su cliente por el camino del sinceramiento y debe dar explicaciones por las barbaridades del fisco. Finalmente, constituye un serio peligro para la seguridad jurídica y una pésima publicidad para futuras amnistias fiscales, por lo que el Gobierno debería tomar nota y corregir estos groseros desvíos que hacen mella en un campo en el que debería existir confianza”, puntualizó Fraga.

En igual sentido, Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados, dejó en claro que “la interpretación sesgada de la AFIP sobre una materia tan sensible como lo es la exteriorización de patrimonios por parte de los contribuyentes, va más allá de una simple determinación de oficio”.

“En este caso, la confianza del contribuyente recae sobre la responsabilidad del fisco que en estos casos debe ser mucho mayor que frente a una situación no amparada por una amnistía. Los derechos del contribuyente y el principio de litaralidad de la norma tributaria debe ser enaltecida y honrada por quien administra nuestro patrimonio social: la AFIP“, sentencia Sasovsky.

“Asimismo, esto menoscaba la confianza sobre el Estado en general, dado que estamos en un año electoral, y frente a un nuevo gobierno, las intenciones serán las de recurrir nuevamente a este tipo de amnistías para llegar a recaudar lo que el Estado necesita para cerrar sus cuentas públicas”, agrega el experto.

“Precisamos un organismo fiscal que se encuentre a la altura de la circunstancias y que se administre de acuerdo a la ley, sin trampas, ni finalidades meramente recaudatorias, y que sólo menoscaban la credibilidad, fomentan la desprofesionalización de la materia y contribuyen a descreer de la autoridad”, concluyó el experto.

Fuente: iprofesional.com