Comercio exterior

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Garantías aduaneras. Amplían las operaciones que pueden respaldarse con declaración jurada.

Se modifica la R.G. (AFIP) Nº 3885/2016 y se amplía el universo de destinaciones y operaciones aduaneras que pueden utilizar como garantía una declaración jurada o documento suscripto por el interesado, conforme al régimen incorporado por la R.G. (ARCA) Nº 5842/2026. A tal efecto, se sustituye el Cuadro I del Anexo I, incorporando nuevos supuestos alcanzados por esta modalidad simplificada de garantía para operaciones de importación y exportación, tanto definitivas como suspensivas.

Resolución General (ARCA) Nº 5864/2026 (BO 16/06/2026)