Home Blog Page 115

IMPOSITIVAS – Monotributo: el nuevo trámite que exige ARCA desde junio 2025

0
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció una nueva obligación que alcanza desde junio de 2025 a los contribuyentes adheridos al Monotributo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció la implementación obligatoria de un remito digital, una herramienta que reemplaza los antiguos formularios en papel. La obligación alcanza desde junio a los contribuyentes adheridos al Monotributo.

Monotributo: ARCA suma obligaciones desde junio 2025

De acuerdo a la Resolución General 5678/2025, quienes se dediquen al traslado de productos dentro de este régimen deberán generar el comprobante digital cada vez que distribuyan o entreguen bienes mueblesLa medida tiene como fin agilizar los controles y mejorar la trazabilidad fiscal, ya que el remito se vincula automáticamente con la factura correspondiente.

El nuevo sistema aplica a todas las categorías de monotributistas, pero exclusivamente en los casos donde haya una operación de transporte involucrada. Desde ARCA aclararon que de no cumplir con esta obligación puede derivar en multas, retención de mercadería y otras sanciones severas. Este documento funcionará como respaldo ante eventuales inspecciones y facilitará la labor fiscalizadora del organismo.

Uno de los aspectos destacados de la nueva norma es la eliminación de requisitos formales en los comprobantes digitales: ya no será obligatorio consignar las leyendas “ORIGINAL” y “DUPLICADO”, ni respetar medidas específicas de impresión, como los 15 cm por 20 cm que ahora se exigen en los remitos físicos.

Sin embargo, continúa vigente la obligación de obtener el Código de Autorización de Impresión (CAI), tanto para los comprobantes digitales como para los impresos, como paso esencial para su validación ante el fisco.

El objetivo de esta resolución es facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales . Esto quiere decir que remitos, guías y documentos equivalentes necesarios para el traslado de productos pueden generarse en formato digital. No obstante, durante todo el traslado es obligatorio que el remito esté disponible para su exhibición.

Además, ARCA establece que los remitos digitales deben contener: fecha de emisión, datos del emisor (CUIT, nombre o razón social, domicilio), datos del receptor, detalle de los productos (cantidad y descripción), lugar de salida y destino, número de remito y el correspondiente CAI (Código de Autorización de Impresión).

La nueva normativa también flexibiliza ciertas exigencias técnicas: los remitos digitales no deberán cumplir con los requisitos de tamaño mínimo (15 cm por 20 cm) ni con la inclusión obligatoria de las leyendas “original” y “duplicado”. Sin embargo, continúa vigente la necesidad de conservar una copia digital del comprobante durante al menos dos años, a disposición de la autoridad fiscal.

Este equilibrio entre flexibilidad operativa y control documental busca facilitar la formalización de sectores que, hasta ahora, enfrentaban dificultades para cumplir con normativas excesivamente rígidas o poco adaptadas a los procesos tecnológicos actuales.

En un contexto donde la eficiencia y la trazabilidad son claves para mejorar la competitividad del país, la decisión de ARCA representa una señal clara de modernización, alineada con las mejores prácticas internacionales en materia de logística documental.

Paso a paso para emitir un remito digital ARCA

  • Ingresar a facturador.afip.gob.ar desde un navegador (Google Chrome, Safari, etc.).
  • Iniciar sesión con CUIT y clave fiscal.
  • Seleccionar la opción de remito o guía de traslado.
  • Completar los datos de la operación (emisor, receptor, tipo de mercancía, etc.).
  • Generar el remito digital y enviarlo por correo electrónico o WhatsApp al destinatario.
  • Guardar el archivo: es obligatorio conservarlo por al menos dos años

Fuente: iprofesional

IMPOSITIVAS – La recaudación tributaria cayó 18% real interanual en mayo

0

Ganancias cayó 13,3% nominal en el quinto mes del año.

image.png

La recaudación tributaria de mayo alcanzó $15.862.862 millones, con una variación nominal interanual de 18,6%, de acuerdo con información de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

En términos reales, la recaudación tributaria tuvo una caída de 18% interanual en mayo.

Al analizar el informe, el presidente del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (ARAF), Nadin Argañaraz, señaló que afectada por “una caída real interanual del 40% de la recaudación del impuesto a las Ganancias, la recaudación tributaria total habría descendido un 18% real interanual durante mayo de 2025”.

En un análisis publicado en la red social X, agregó que “sin considerar el impuesto a las ganancias, se tiene una baja real interanual del 2,4%.”

Según el reporte de ARCA, durante mayo la recaudación se vio afectada por los resultados “extraordinarios” del sector financiero en el año fiscal 2023, lo que contribuyó a que el impuesto a las Ganancias de estas Sociedades ingresado en mayo 2024 haya sido significativamente alto, incidiendo negativamente en la variación interanual de mayo de 2025.

Señaló también la eliminación del Impuesto Solidario PAIS, por el cual el año pasado se habían recaudado $563.100 millones.

Afectó también la disminución de los aranceles a los Derechos de Exportación, la derogación a partir de marzo 2025 de la suspensión de los certificados de exclusión, lo que incidió negativamente en la recaudación de las percepciones aduaneras en IVA y Ganancias y la reducción de los aranceles de importación y de impuestos internos para determinados productos tecnológicos y electrónicos a partir del 20 de mayo.

En mayo, el Impuesto al Valor Agregado Neto recaudó $4.388.330 millones y tuvo una variación interanual de 41,7%.

El IVA Impositivo aumentó 49,6%, en tanto que el IVA Aduanero se incrementó en 23,4%.

El Impuesto a las Ganancias presentó una variación interanual negativa de -13,3%, recaudando $4.779.706 millones.

Argañaraz señaló que “analizando por tributo, la recaudación que más habría caído sería, sin tener en cuenta la eliminación del impuesto PAIS, la de Ganancias, que lo habría hecho en un 40% real interanual. El otro tributo con importante descenso es el de derechos de exportación, con -36%.”

“El principal impuesto, el IVA, habría ascendido un 3,1% real durante el mes de mayo de 2025, respecto a mayo de 2024 (con devoluciones nominales un 22% menores a las de mayo de 2024). Resulta importante destacar que está incidiendo negativamente en la recaudación del tributo la suspensión de la exención de los certificados de exclusión de la percepción en la Aduana”, afirmó.

En los primeros cinco meses del año, ARCA informó que la recaudación fue de $70.830.481, con un incremento nominal interanual de 58,4%.

Al respecto, el presidente de IAEF dijo que “la recaudación tributaria nacional de los primeros cinco meses del año, dada la baja real de la recaudación del impuesto a las ganancias de mayo, habría aumentado un 1% real interanual. Al mes de abril, el aumento real interanual era del 7,6%.”

“En términos de variación real interanual, en los primeros cinco meses del año los tributos con mayor caída (sin tener en cuenta la eliminación de impuesto PAIS) habrían sido Bienes Personales (-33,4%), derechos de exportación (-18,5%), Ganancias (-2%) e impuestos internos (-0,3%)”, agregó.

En tanto, los tributos con mayor aumento habrían sido el impuesto a los combustibles (103,8%), Seguridad Social (28%) e impuesto al Cheque (13,5%).

“Para dimensionar el impacto de la caída real de ganancias de mayo, puede recordarse que en los primero cuatro meses la recaudación de ganancias venía creciendo un 37% real interanual y la recaudación tributaria total un 7,6% real interanual. Si se excluye la recaudación del impuesto a las ganancias, la recaudación total habría aumentado un 1,7% en términos reales interanuales”, concluyó.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – La OCDE recortó la proyección de crecimiento de Argentina, pero será el segundo país con mejor desempeño pese a la guerra comercial

0

Las nuevas cifras publicadas este martes por la organización reflejan una revisión a la baja de las estimaciones anteriores y un contexto internacional más complejo. Destacan las reformas que impulsó el Gobierno de Javier Milei

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) recortó su proyección de crecimiento de la Argentina para 2025, del 5,7% de marzo al 5,2% actual, y elevó su previsión de inflación, según se desprende de su informe semestral de perspectivas publicado este martes. En el reporte se destacan que el país será el segundo con mayor alza del PBI este año, detrás de la India, en medio del impacto sobre la performance global que tiene la guerra de aranceles.

Para 2026, la OCDE estimó un crecimiento del 4,3% para la Argentina, también en los primeros puestos del G20. Según el organismo, el repunte económico estará impulsado por la recuperación del consumo privado y la inversión, sostenidos por un aumento del ingreso real disponible, condiciones de financiamiento más favorables y un entorno de negocios en mejora. A esto se suma la flexibilización reciente de los controles de capital -cepo- que “contribuirá a seguir mejorando la confianza económica y la inversión”.

El crecimiento del país ocurre en un contexto de fuerte desaceleración global. La OCDE indicó que la expansión del producto global será de apenas 2,9% en 2025, desde el 3,3% en 2024, y que Estados Unidos crecerá solo un 1,1%, afectado por los aranceles comerciales que impulsó Dondald Trump y que empezaron a impactar sobre el intercambio mundial. En ese marco, sólo India con 6,3% de crecimiento proyectado, supera a la Argentina.

“El aumento de los aranceles estadounidenses podría resultar en un menor crecimiento de las exportaciones, pero las perspectivas de exportación en el sector agrícola y ganadero podrían beneficiarse de los cambios en los patrones comerciales”, dijo la OCDE.

PROYECCIONES DE CRECIMIENTO DEL
PIB REALPROYECCIONES DE CRECIMIENTO DEL PIB REAL PARA 2025 Y 2026

El informe también señaló que la inflación argentina seguirá siendo elevada, aunque en baja. La estimación para 2025 aumentó de 29% a 36,6%, mientras que para 2026 se proyectó una suba de precios del 14,9%, muy por encima del promedio del G20, que se ubica en 3,2%.

La OCDE explicó que la política monetaria “debe continuar siendo restrictiva para asegurar la continuidad del proceso desinflacionario”. A su vez, recomendó avanzar con una consolidación fiscal sostenible, “profundizando el ajuste a través de medidas como la eliminación de subsidios, la mejora de la eficiencia del gasto público y la ampliación de la base impositiva”. También mencionó la necesidad de seguir reduciendo la carga regulatoria y promover la formalización del empleo.

El informe detalló que el rebote económico comenzó en el tercer trimestre de 2024, luego de una fuerte contracción en la primera mitad del año. En ese trimestre, el nivel de actividad creció más de 18% en términos anualizados y superó el 5% en el cuarto trimestre. El repunte se apoyó en el consumo privado, la inversión y las exportaciones.

Indicadores recientes confirmaron la continuidad del repunte. El crédito al sector privado inició una recuperación, mientras que la confianza del consumidor y el clima de negocios mostraron mejoras sostenidas. La inflación interanual bajó del 211% en diciembre de 2023 al 47% en abril de 2025, y el desempleo descendió del 7,7% a 6,4%.

En 2024, el país logró revertir su déficit de cuenta corriente, que fue del -3,0% del PBI en 2023, y cerró con un superávit de 0,9%, impulsado por mayores exportaciones energéticas. El crecimiento de la producción de gas redujo la dependencia de las importaciones y generó saldos comerciales positivos en el sector.

Desde el frente fiscal, el gobierno nacional alcanzó un superávit financiero del 0,3% del PBI en 2024. Según el reporte, se mantiene el compromiso oficial con alcanzar un balance primario positivo en 2025. En paralelo, el Banco Central cortó con la emisión monetaria y definió un nuevo régimen cambiario de bandas móviles con una depreciación mensual del 1%.

La eliminación de la mayoría de las restricciones cambiarias mejoró la confianza de los inversores y facilitó el ingreso de capitales según la OCDE. En ese marco, las reservas comenzaron a recuperarse, respaldadas por un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Las autoridades anunciaron que el tipo de cambio se mantendrá dentro de los márgenes establecidos y que la política monetaria buscará preservar tasas reales positivas.

Según la tabla de proyecciones, la inversión fija bruta crece un 21,7% en 2025 y un 14,9% en 2026, mientras que las exportaciones subirán 11,2% en 2025 pero se desacelerarán al 6,4% en 2026. Por su parte, las importaciones aumentarán 23,9% en 2025 y 14,5% en 2026, reflejo del mayor poder adquisitivo y la flexibilización de las trabas comerciales.

La OCDE advirtió que el tipo de cambio real se apreció y que esto podría impactar negativamente en el desempeño exportador. También reconoció que las tasas internacionales altas dificultan la acumulación de reservas.

En cuanto a los desafíos, el organismo planteó la necesidad de avanzar en la reforma del sistema tributario, eliminando distorsiones que perjudican la inversión. Sostuvo que ampliar el impuesto a las ganancias personales y eliminar exenciones del IVA permitiría aumentar los ingresos de forma progresiva. Además, subrayó que los aranceles y barreras no arancelarias siguen siendo elevados y su reducción podría estimular la competitividad.

Por último, el informe consideró que si bien hubo avances en la simplificación regulatoria, persisten obstáculos de entrada en el sector servicios, que requieren medidas adicionales para facilitar el ingreso de nuevos actores y dinamizar la competencia.

Fuente: infobae

ECONOMÍA – ARCA- Banco Central: a quiénes se les puede restringir el uso de las tarjetas de crédito

0
El BCRA estableció que los proveedores de servicios de pago no pueden dar tales servicios a quienes figuren en la Base ARCA de Contribuyentes No Confiables

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) a través de la Comunicación “A” 8144/2024, estableció que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago (PSP) que cumplan la función aceptación de pago con transferencia (PCT), adquirencia y/o agregación o subadquirentes no pueden dar tales servicios de pago a comercios y demás personas humanas o jurídicas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

En efecto, las entidades financieras y las empresas que procesan pagos con tarjeta son quienes deben negar estos servicios a aquellos que figuren en esta lista de ‘contribuyentes no confiables’.

En este base se encuentran las CUITS limitadas debido a la detección de irregularidades que la entidad no pudo verificar o constatar. Así, se establece una medida preventiva que restringe determinados servicios hasta tanto se verifiquen dichas irregularidades y la persona responsable pueda regularizar o explicar su situación.

Según indica la normativa vigente, las empresas deberán consultar esta lista de forma periódica y bloquear los pagos de quienes estén incluidos en ella. Los comercios también se verán afectados, ya que no podrán aceptar pagos con tarjeta de estos clientes.

ARCA – Banco Central: la lista negra que restringe el uso de las tarjetas de crédito

Las razones por las que una persona o comercio puede estar incluido en la lista negra del Banco Central – ARCA son las siguientes:

  • Inconsistencias en la información tributaria
  • Falta de documentación respaldatoria
  • Operaciones que no pueden ser justificadas o verificadas

BCRA – ARCA: ¿qué pasa si un comercio es considerado no confiable?

En caso de que un comercio presente inconsistencias fiscales, las empresas procesadoras de pagos estarán obligadas a bloquear las operaciones, lo que implica que no podrán realizar cobros con postnet, código QR y plataformas digitales.

Banco Central – ARCA: cómo salir de la lista de contribuyentes no confiables

ARCA estableció un procedimiento online para que los contribuyentes pudieran salir de la lista negra. A continuación, los pasos a seguir:

  • Ingresar al sitio oficial de ARCA
  • Acceder a la sección “Estado administrativo de CUIT: Reactivación presencial”.
  • Realizar la presentación digital con la documentación requerida

El organismo fiscal evaluará el caso y notificará su decisión a través del domicilio fiscal electrónico declarado.

Comercios: cuándo deben pedir el DNI al comprador según ARCA

En paralelo, ARCA aumentó los montos de facturación que obligan a los comercios a identificar a los consumidores finales reclamando su DNI. Desde el 29 de mayo pasado, el valor de los comprobantes se elevó a $10 millones. Superada esa cifra, los compradores se deberán identificar ante el comercio brindando su número de documento, entre otros datos.

Identificación de consumidores finales: qué datos requiere ARCA

En el caso de operaciones iguales o superiores a $10.000.000, ARCA establece que se deben pedir los siguientes datos:

  • Apellido y nombre
  • Domicilio
  • CUIT/CUIL/CDI o DNI.

Los datos de apellido, nombre y domicilio del comprador, locatario o prestatario podrán informarse, o completarse con las letras “NR” de “No Requerido” y/o con ceros, cuando el sistema de facturación o controlador fiscal lo requiera.

Fuente: iprofesional

NACIONALES – Santa Fe, entre las más afectadas por el recorte de la coparticipación

0

Un informe del Iaraf señaló que la caída interanual de las transferencias automáticas fue del 24,8 % en mayo. Reunión clave de gobernadores

Las transferencias automáticas de la Nación a Santa Fe cayeron 24,8 % interanual en mayo y prácticamente se estancaron en el acumulado de los primeros cinco meses del año. Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), la merma en los giros por coparticipación, leyes especiales y compensaciones fue generalizada para el conjunto de las provincias y llegó al 23,3 % real durante el mes pasado.

El análisis del instituto que conduce Nadin Argañaraz brinda argumento a la preocupación que vienen manifestando los gobernadores desde el mes de abril por la caída de ingresos coparticipables y propios.

Este malestar se traducirá en acción política este miércoles, cuando los mandatarios se reúnan en el Consejo Federal de Inversiones (CFI) para discutir esta problemática y la parálisis de la obra pública nacional en su territorio. Un análisis de la comisión de impuestos que forma parte de ese organismo interprovincial advierte, además, que para 2025 proyecta una baja interanual de 4,2 %. De nuevo, Santa Fe aparece entre las más afectadas, con el 6 %.

El mes pasado, la provincia fue la que sufrió mayor porcentaje de recorte en las transferencias automáticas, después de la Ciudad de Buenos Aires (Caba). Según el Iaraf, el gobierno nacional envió al consolidado $5,56 billones en concepto de coparticipación, leyes especiales y compensaciones, descontando el proceso inflacionario del período, esto se traduciría en una baja real interanual del 23,3 %.

Por su parte, la coparticipación, es decir las transferencias automáticas menos leyes complementarias y compensaciones, cayeron 26,3 % real interanual. La baja se explica principalmente por el mal desempeño de la recaudación del impuesto a las ganancias (-41 % real interanual) y el descenso de recaudación de IVA (-1,1 % real interanual).

El impacto de Ganancias

En el período base, mayo de 2024, la recaudación de Ganancias fue récord en términos reales, debido a la significativa devaluación del peso en diciembre de 2023. Por eso el Iaraf ya había proyectado una baja interanual real en la recaudación, aunque se quedó corto. Estimó el 21 % y fue prácticamente el doble.

Para esta mala performance influyó, también, el ajuste por inflación de los quebrantos impositivos. Esto agrega una preocupación a futuro ya que un menor nivel de saldos a pagar de sociedades en mayo implica un menor nivel de anticipos de recaudación para los próximos meses.

Ya en abril, los fiscos provinciales habían visto pasar recursos coparticipables por cambios normativos en la administración de Ganancias y el IVA. Baches que sumaron al efecto que la desaceleración de la actividad económica, medidas tanto en la secuencia mensual como en la comparación con 2023 ya que el 2024 fue de enorme caída, provoca en la recaudación federal y provincial.

Cuando se toma el acumulado de los primeros cinco meses del año, la recaudación real bajó 2,6 %. Si se tiene en cuenta el promedio de los años 2016-2023, es un 7,7 % menor.

En el acumulado a mayo del año, las transferencias automáticas por coparticipación, leyes complementarias y compensaciones alcanzaron los $23,09 billones, una suba del 2,7 %, descontada la inflación. Santa Fe presentó en esta comparación una variación equivalente a la pauta salarial mensual que fijó el gobierno nacional: subió 1 %.

En una perspectiva de los últimos 10 años, el monto de las transferencias automáticas reales totales de los primeros cinco meses del año, de confirmarse la inflación supuesta del 2,1 % mensual en mayo, se ubicaría en el sexto puesto (ordenando de mayor a menor).

Respecto al mismo período de 2023, los envíos reales del 2025 serían 6,9 % menores. Por su parte, los envíos en términos reales en concepto de coparticipación acumulados al mes de mayo de 2025 se ubicarían en el sexto puesto de los últimos 10 años.

Esto se suma a los efectos impositivos del freno a la actividad. En Santa Fe, aunque la comparación con el crítico 2024 muestran saltos importantes, los niveles de ingresos siguen por debajo de 2023 y además muestran un declive en la medición sincrónica, desde finales del año anterior. Un 6,7 % menos entre noviembre y abril, acumulada en el período del 15,4 %.

Fuente: la capital

Certificados de Firma Digital Santa Fe

0

Informamos que el Poder Judicial continua con la entrega de Certificados de Firma Digital en Santa Fe, los días lunes, martes, jueves y viernes en el horario de 07 a 13hs.

Puede gestionar su turno para obtener el certificado ingresando aquí. Luego completar con sus datos personales,  y en la segunda página, elegir Circunscripción Santa Fe, Localidad Santa Fe, Oficina: Firma Digital con token – Obtención del Certificado y el horario que desee.

Es importante, para que sea exitoso el trámite, que previamente cumpla con los siguientes requisitos:

1- Contar con Token con las características técnicas requeridas  https://cpcesfe1.org.ar/token/

2- Ingresar al siguiente link y completar el formulario de solicitud de certificado. Resulta indispensable que la dirección de correo electrónico que coloque vaya a mantenerla en el tiempo, ya que todas las comunicaciones a realizar con usted por este tema van a ser cursadas mediante esa casilla.  https://pki.jgm.gov.ar/app/Signature/Request/Create/CertificateRequest.aspx. Recuerde que la Autoridad de Registro que indique sea coincidente con el lugar en donde solicitó el turno.

3- Confirmar el correo electrónico que le llegue a la casilla declarada. (Dentro de las 24 hs de realizado).

4- Asistir al turno en la sede seleccionada, en el día y horario indicado, llevando Token y DNI.

Si usted debe realizar la renovación del certificado solo deberá obtener su turno y realizar los puntos 2,3,y 4 antes mencionados.

FINANZAS – Radiografía del mercado de capitales en abril: fideicomisos financieros marcaron récord y ONs cayeron a mínimo anual

0
Un nuevo informe evidencia que abril dejó un claro contraste entre el récord de fideicomisos financieros y el mínimo anual de obligaciones negociables, tendencia que comenzó a invertirse en mayo gracias a una mayor estabilidad cambiaria y monetaria.
Un informe privado reveló un comportamiento diametralmente opuesto entre los dos principales instrumentos de financiamiento corporativo local. Durante abril, los Fideicomisos Financieros (FF) en pesos registraron 12 emisiones por un total de AR $220.709 millones, lo que supone un incremento del 48% respecto de marzo y marca el nivel más alto en este segmento desde diciembre de 2024. La tasa nominal anual promedio (TNA) se ubicó en 40,8 %, con una duración media de 5,3 meses, similar a la de marzo, pero con un volumen notablemente superior.

En contraste, las Obligaciones Negociables (ON) sufrieron una contracción del 25 % en volumen y redujeron su número de operaciones a tan solo 17 emisiones, el nivel más bajo de los últimos doce meses. Las emisiones en dólares “hard” vieron un recorte aún más drástico: –50 % en montos nominales y –25 % en cantidad de colocaciones, impactadas por la menor participación del sector energético y la volatilidad previa a las flexibilizaciones cambiarias.

Lo que analiza el documento

“Vimos una caída general en el nivel de actividad durante abril, debido a la volatilidad que se generó en la previa a la salida del cepo”, explicó Juan Tripier, director de la práctica de Deals de PwC Argentina. Tripier añadió que, una vez estabilizadas las variables cambiarias y monetarias, mayo mostró signos de recuperación, con un fuerte repunte en emisiones de ON e incluso colocaciones internacionales.

Fideicomisos financieros marcan récord en abril, mientras las ON tocan un mínimo anual.

Fideicomisos financieros marcan récord en abril, mientras las ON tocan un mínimo anual.

Los primeros datos de mayo confirman esta reversión: las ON aumentaron tanto en volumen como en cantidad de operaciones, mientras que los fideicomisos financieros ceden algo de terreno tras su pico de abril. Según Juan Pablo Herrero Vidaña, “el mercado empieza a recomponerse en distintos segmentos, pero las emisiones siguen siendo de corto plazo y con tasas relativamente altas en pesos. Un contexto de mayor estabilidad debería fomentar plazos más largos y tasas en descenso en los próximos meses”.

El informe subraya que, para consolidar esta mejora, será clave mantener un entorno macroeconómico previsible, con políticas monetarias consistentes, expectativas de inflación a la baja y un tipo de cambio con menor dispersión. La confianza regresó tras las primeras medidas de apertura cambiaria, pero el desafío sigue siendo atraer emisiones en moneda dura y de largo plazo en un contexto regional de alta incertidumbre.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – El salario pretendido por los argentinos supera $1.500.000

0

La remuneración requerida trepó un 16,95% en el primer trimestre del año, por encima de la inflación.

Montos promedio por mes

Diferencias por nivel de experiencia

ECONOMÌA – El Gobierno prorrogó la emergencia en el sector energético nacional

0

Regirá hasta julio de 2026 y abarca las mismas áreas.

El Gobierno nacional dispuso prorrogar hasta julio de 2026 la emergencia del Sector Energético Nacionaldado que persisten las condiciones de fragilidad del sistema a causa “de la herencia recibida”.

La prórroga abarca: generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, y el transporte y la distribución de gas natural, y los sectores derivados.

La decisión fue establecida mediante el Decreto 370/2025 fechado el 30 de mayo de 2025 y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Inicialmente, la emergencia dictada en 2023 tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, que luego se extendió hasta el 9 de julio de 2025, y el nuevo decreto la prolonga por un año más.

Según el decreto, la prórroga es necesaria porque “persisten aún las circunstancias que motivaron los decretos previos relacionados con la situación de emergencia que atraviesa el sector energético”.

Allí se argumenta que el Gobierno nacional recibió una “herencia institucional, económica y social gravísima”, lo que hace “imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia generada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece”.

Siempre según el texto oficial, esta “herencia” se verifica en tres aspectos clave del sector energético: “(a) en el sistema económico recaudatorio; (b) en la funcionalidad de las instalaciones para asegurar el suministro actual y futuro y (c) en la falta de señales de mercado para la oferta y la demanda”.

La disposición de prorrogar la emergencia busca permitir que los órganos competentes sigan adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y de gas natural.

El decreto considera que la eventual finalización del régimen de emergencia vigente podría “acentuar una serie de riesgos estructurales para el MEM” (Mercado Eléctrico Mayorista), como la pérdida de previsibilidad en el flujo de fondos de CAMMESA, la interrupción de mecanismos de contención de deuda de distribuidores y la creciente exposición al incumplimiento de contratos con generadores.

Entre las acciones pendientes que justifican la extensión, se destacan:

* Alcanzar una mayor cobertura del costo de abastecimiento de gas natural, manteniendo el aporte estatal solo para usuarios que “verdaderamente necesitan la ayuda económica.

* Finalizar la implementación de medidas para contar con capacidad de transporte de gas natural suficiente para abastecer la demanda interna y las exportaciones.

* Abordar problemas estructurales en el sector eléctrico, como la antigüedad del parque generador, las limitaciones en el sistema de transporte y las fallas en la distribución.

* Continuar con la política de reducción del subsidio al Precio Estacional (PEST) en el MEM y avanzar hacia una mayor cobertura del precio monómico para lograr la sostenibilidad económica financiera del sistema eléctrico.

* Implementar reformas estructurales y el proceso de normalización del MEM, que entrará en vigencia el 1° de noviembre de 2025.

* Asegurar que ENARSA y CAMMESA se adecúen a las modificaciones regulatorias que disponga la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

* Constituir y poner en funcionamiento el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, unificando los actuales ENRE y ENARGAS, y designar a sus miembros.

Hasta que esto ocurra, se considera necesario “mantener las intervenciones del ENRE y ENARGAS”. De hecho, el decreto prorroga específicamente la intervención de ambos entes hasta el 9 de julio de 2026 o hasta la constitución y designación de autoridades del nuevo ente unificado, lo que ocurra primero.

* Continuar las evaluaciones para revisar los criterios de inclusión y exclusión, mejorar las fuentes de información sobre los niveles de ingresos y las manifestaciones patrimoniales de riqueza, simplificar la administración del subsidio y revisar periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar.

* Abordar las complejidades y superposiciones en los regímenes de subsidios, como el de Zona Fría.

* Revisar el esquema de ayuda para usuarios vulnerables sin acceso a la red de gas natural (Programa HOGAR) tras la desregulación del GLP.

* Subsanar la inclusión de instituciones no elegibles en registros de beneficios (como clubes y entidades de bien público) y revisar la inclusión de Empresas Recuperadas y Cooperativas bajo el concepto de “Hogares”.

* Continuar con la “simplificación y mejora de los criterios de focalización de los beneficiarios”.

* Realizar la transición de un esquema de subsidios generalizados que abarca a casi 10.000.000 de hogares a uno focalizado de forma gradual.

En línea con esto último, el decreto también prorroga el “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados”, establecido originalmente por el Decreto N° 465/24, hasta el 9 de julio de 2026. Esto faculta a la Secretaría de Energía a seguir dictando los actos necesarios para la reestructuración del régimen de subsidios y definir los mecanismos para su asignación y percepción.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – ARCA reglamenta y pone en marcha el IVA Simple: requisitos, claves y cómo ingresar al nuevo régimen

0
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamenta y pone en marcha el nuevo régimen de “IVA Simple”. Claves y pasos para acceder al nuevo sistema

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamenta y pone en marcha el nuevo régimen de “IVA Simple”.

Lo hace a través de la Resolución General 5705/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial. Las nuevas pautas resultarán de aplicación obligatoria para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes al período fiscal noviembre 2025 y siguientes.

Las adecuaciones del servicio denominado “PORTAL IVA” a los efectos de confeccionar el F. 2051 se encontrarán disponibles a partir del 30 de junio de 2025.

Desde el organismo recaudador señalan que “con el objetivo de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus deberes fiscales a partir de la optimización de las aplicaciones disponibles para ello, se estima conveniente simplificar la determinación del IVA a partir de un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas anteriores, así como sus respectivos formularios de declaración jurada”.

Cronograma de implementación del IVA Simple

  • Junio 2025: Disponibilidad del sistema
  • Junio-Octubre 2025: Período de transición opcional
  • Noviembre 2025: Implementación obligatoria para todos los responsables inscriptos

Los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA digital.

¿Cómo funciona IVA Simple?

IVA Simple opera en dos etapas automatizadas:

  • Registro electrónico: Carga automática de operaciones de compras y ventas, con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios.
  • Determinación del impuesto y del saldo resultante: donde se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta, saldos a favor, entre otros.

IVA Simple: beneficios para los contribuyentes

  • Reducción del 75% en formularios requeridos
  • Eliminación de carga manual de datos
  • Proceso completamente digital
  • Menor posibilidad de errores
  • Ahorro significativo de tiempo administrativo

IVA Simple: claves y requisitos del nuevo sistema

Los responsables inscriptos en el IVA a los fines de cumplir con la obligación de determinación e ingreso del gravamen del IVA Simple deberán observar el procedimiento electrónico simple, integral y asistido que se detalla a continuación:

La determinación del impuesto al valor agregado, así como la confección y presentación de la respectiva declaración jurada mensual F. 2051 (IVA Simple), deberá efectuarse a través del servicio denominado “PORTAL IVA”, disponible en el sitio web de ARCA, mediante la utilización de la respectiva Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 o superior.

A efectos de confeccionar el mencionado F. 2051 (IVA Simple(, los responsables deberán completar los siguientes módulos:

a) Registración Electrónica de Operaciones: aquí se pondrán a disposición los comprobantes emitidos y recibidos registrados en la base de datos de ARCA.

b) Determinación del impuesto y del saldo resultante: en el cual se informarán las condiciones particulares para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, tales como pagos a cuenta, saldos a favor, entre otros.

Los comprobantes, certificados y/o datos puestos a disposición por el sistema, deberán ser validados por los contribuyentes, permitiendo el ingreso de ajustes, modificaciones, incorporaciones y/o eliminaciones, ya sea mediante carga manual o importación de datos.

Las operaciones comprendidas, especificaciones y situaciones especiales a considerar para cumplimentar el módulo de registración electrónica, así como todas aquellas cuestiones relacionadas con el servicio “PORTAL IVA”, podrán consultarse a través del micrositio “IVA – Impuesto al Valor Agregado” del sitio web de ARCA.

“La puesta a disposición de la referida información no obstará la verificación posterior de su veracidad por parte de ARCA”, señala la flamante norma.

IVA Simple: cuáles son las fechas de vencimiento

La presentación de la declaración jurada mensual así como el ingreso del saldo resultante en el IVA Simple, deberán efectuarse de acuerdo con el cronograma de vencimientos vigente, establecido por la “Agenda General de Vencimientos”, de ARCA.

La cancelación del saldo resultante de la declaración jurada presentada del IVA Simple deberá realizarse conforme a las operatorias vigentes.

La nueva resolución aclara que se mantiene la vigencia de los formularios de declaración jurada 731, 810 y “F2002 IVA por Actividad” y el programa aplicativo denominado “I.V.A. – Versión 6.0”, para los períodos fiscales octubre 2025 y anteriores.

Las nuevas pautas resultarán de aplicación obligatoria para las declaraciones juradas -originales o rectificativas- correspondientes al período fiscal noviembre 2025 y siguientes.

Asimismo, podrá utilizarse el servicio denominado “PORTAL IVA”, para la generación y presentación de las declaraciones juradas F. 2051 -originales o rectificativas- por los períodos fiscales junio 2025 a octubre 2025, en sustitución de los formularios F. 731 o F. 810 generados a través del programa aplicativo denominado “I.V.A. – Versión 6.0” o formulario “F. 2002 IVA por Actividad”, según corresponda.

Por su parte, para los citados períodos se deberá utilizar el F. 2051, u opcionalmente el F. 731 o “F.2002 IVA por Actividad”, en sustitución del formulario F. 2082.

Para los sujetos que opten por efectuar la presentación de las declaraciones juradas F. 2051 mediante el “PORTAL IVA”, no regirá la obligación de registración electrónica de sus operaciones por dichos períodos, mediante el “Libro de IVA Digital”.

Las adecuaciones del servicio denominado “PORTAL IVA” a los efectos de confeccionar el F. 2051 se encontrarán disponibles a partir del 30 de junio de 2025.

Fuente: infobae