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NACIONALES – Dólar tarjeta: ARCA ya habilitó la devolución de percepciones de 2025

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Se trata de los importes que se cobrarán a lo largo del 2025. ARCA todavía no terminó de devolver el dinero correspondiente al 2023.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ya habilitó sus sistemas para que las personas que pagaron anticipo de “dólar tarjeta” por Impuestos a las Ganancias o de Bienes Personales puedan solicitar su devolución.

Los importes ya figuran precargados en el aplicativo de ARCA. con el detalle del mes y el día en que se practicó la aplicación. De esa manera, el sistema en 2025 resulta más sencillo que en 2024 cuando el contribuyente tenía que subir una a una cada operación.

Hay que recordar que estas percepciones del 30% convivían con la percepción del 30% del Impuesto PAIS que venció el 24 de diciembre del año pasado. El gobierno decidió mantener el anticipo para evitar que cayera demasiado el valor del dólar. Este pasó de unos $1.600 a $1.300.

Los tipos de contribuyentes que reciben la devolución

En estos casos hay dos tipos de contribuyentes: los que tributan Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales podrán imputar al pago de alguno de esos impuestos las percepciones que ARCA reconozca como tal y apruebe.

Por otro lado, los que no tributan, que son personas que trabajan en relación de dependencia no alcanzadas por Ganancias o los monotributistas, tienen que solicitar el reintegro del dinero, para lo cual tiene que declarar una CBU bancaria al organismo.

En ambos casos, las percepciones realizadas a lo largo del año pasado van a aparecer precargadas. Las personas tendrán que verificar que ARCA no haya olvidado incluir alguna operación, o chequear que lo que se haya cargado corresponda con la documentación. Las percepciones que no aparecen tienen que ser cargadas manualmente.

Para tener en cuenta

  • Para poder realizar la solicitud, las percepciones sufridas tienen que ser del año anterior finalizado.
  • ARCA paga un interés por la demora y, a su vez, sobre ese interés realiza una retención de Ganancias con carácter de pago a cuenta único
  • El interés es desde el momento que se hizo la solicitud hasta que lo paga, y en 2024 fue de 3,1%,
  • El tipo de cambio queda congelado al momento que se realiza la operación.

¿Qué operaciones no pagan percepciones?

  • Compra de medicamentos.
  • Adquisición de libros en cualquier formato.
  • Utilización de plataformas educativas y software con fines educativos.
  • La adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes.
  • Gastos vinculados a proyectos de investigación realizados por investigadores en el ámbito del Estado (nacional, provincial, municipal) y universidades/instituciones del sistema universitario argentino.
  • Adquisición en el exterior de materiales y equipamientos destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil, por entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificaciones.

Cuánto dinero devolvió ARCA hasta el momento

Según informa el portal Argentina.gob.ar. ARCA avanza en reintegrar las percepciones hasta 2023 inclusive, correspondientes a la Resolución General N° 4815/2020. “El proceso se lleva a cabo de forma escalonada y prevé completar el total de devoluciones en marzo de 2025. Hasta el momento, se reintegró a 135.000 CUITs por un total de $60.000 millones.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Para los supermercados, el consumo masivo repuntará en el primer bimestre del año

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Una de cada tres empresas pronostica una mejora de las ventas en los próximos meses y apenas el 1,7% sostiene que su facturación disminuirá

Con la llegada del nuevo año, los supermercados anticipan un repunte en el consumo durante los dos primeros meses de 2025. Este optimismo surge de un análisis de los patrones de compra de los últimos meses, en los que se observó una leve recuperación del poder adquisitivo tras la desaceleración inflacionaria registrada en el cuarto trimestre de 2024.

Si bien el consumo ha sido una de las variables económicas que más han tardado en responder a la recuperación económica, las grandes cadenas tienen esperanzas de que la situación cambie en el corto plazo. Según la Encuesta de Supermercados realizada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec), el 34,5% de las empresas del rubro considera que las ventas aumentarán en enero y febrero. Además, un 63,8% estima que la facturación no variará y apenas un 1,7% opina que las ventas disminuirán.

Eso quiere decir que casi el 100% de las compañías espera que las ventas mejoren o como mínimo se mantengan este bimestre. Como se puede observar, los resultados dan cuenta de un optimismo generalizado, que invita a pensar en una recuperación de los niveles de consumo de productos de primera necesidad.

Hace apenas unos meses, las expectativas eran muy diferentes. En junio pasado, por ejemplo, eran más las empresas que esperaban un empeoramiento de la situación (18,6%) que las que proyectaban una mejora (16,9%). Con el tiempo las expectativas fueron cambiando y ahora el optimismo supera con amplitud a las opiniones negativas.

Otras consultas realizadas por el Indec también muestran cierto optimismo entre las firmas del sector. Ante la pregunta de qué cambios esperan respecto al volumen de pedidos realizados a sus proveedores (reposición de stock), el 24,1% sostuvo que “aumentarán” y el 69% que no variarán. El 6,9% restante considera que disminuirán los pedidos.

Precios en alza

Los supermercados de todo el país también fueron consultados por sus proyecciones respecto al comportamiento de los precios. Aunque es un hecho que la inflación viene desacelerando, las empresas advierten que los incrementos continuarán en las góndolas durante los próximos meses. Tal es así, que el 53,4% de las empresas consultadas respondió que, desde su punto de vista, los precios promedios de venta aumentarán entre enero y febrero. La encuesta no analiza cuál será la magnitud del aumento esperado por los supermercadistas.

Pese a la desaceleración de los precios, sigue habiendo expectativas de aumentos en el sector supermercadista (Reuters)

La buena noticia, es que el 44,8% considera que los valores en góndola no variarán y un 1,7% incluso estima que disminuirán.

Menor empleo

Otro aspecto no muy positivo en lo que refiere a la encuesta realizada por el Indec, es el tiene que ver con la mano de obra. Sólo un 5,2% de las firmas consultadas por el organismo respondieron que la planta de personal aumentará, mientras que un 12,1% reconoció que disminuirá y un 82,8% dijo que “no variará”.

De todas formas, se debe tener en cuenta que la encuesta fue realizada durante los últimos meses del año anterior, una época del año en la que se suelen tomar muchos refuerzos por el típico incremento de las ventas vinculado a las fiestas de fin de año. Como se trata en su mayoría de contratos temporales, es lógico que se registre una disminución en los meses posteriores.

El éxito de esta recuperación dependerá en gran medida de cómo evolucionen las condiciones macroeconómicas y del nivel de confianza de los consumidores. En este sentido, la desaceleración inflacionaria y las proyecciones positivas podrían convertirse en un punto de inflexión para impulsar una recuperación más sólida. Mientras tanto, las cadenas de supermercados se preparan para aprovechar este escenario con estrategias que les permitan responder a la demanda y sostener sus márgenes en un entorno que aún presenta cierta incertidumbre.

Fuente: infobae economico

FINANZAS – Transferencias a provincias en 2024: cierre con repunte, pero caída anual del 10%

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En diciembre mejoraron 1% a partir de una mejor recaudación.

Las transferencias automáticas que el Gobierno Nacional envió a las provincias durante 2024 experimentaron una caída real del 10% en comparación con el año anterior, a pesar de un repunte del 1% registrado en diciembre.

Este último mes, el Gobierno giró $4.245.000 millones a las provincias, lo que representa un aumento nominal del 120% respecto a diciembre de 2023, según estimó IARAF en base a datos del Ministerio de Economía.

Sin embargo, al descontar la inflación, la cifra anual se ubica en $42.133.000 millones, un 10% menos que en 2023 en términos reales.

Diciembre trajo un respiro para las provincias, ya que todas las jurisdicciones, excepto Buenos Aires, registraron variaciones reales positivas en las transferencias.

Santa Cruz lideró el ranking con un aumento del 8%, mientras que Buenos Aires fue la única provincia con un descenso interanual real del 6,5%.

Esta disparidad generó una amplitud de 14,5 puntos porcentuales entre la jurisdicción con mayor crecimiento y la única con una disminución.

El buen desempeño de la recaudación de dos impuestos claves, el Impuesto a las Ganancias y el IVA, explica el repunte de diciembre.

La recaudación del Impuesto a las Ganancias experimentó un crecimiento real interanual del 13%, mientras que la del IVA aumentó un 2,6%.

En conjunto, estos dos tributos, que representan aproximadamente el 94% de la masa coparticipable neta, registraron un alza real interanual del 6,5% en diciembre.

No obstante, el panorama anual para la recaudación de estos impuestos es menos favorable.

En el acumulado del año, la suma del IVA y el Impuesto a las Ganancias experimentó una variación real interanual negativa del 9%.

Al analizar la evolución de las transferencias automáticas a lo largo de los últimos nueve años, el panorama para 2024 se ubica en la mitad inferior del ranking.

El monto total de transferencias automáticas reales en 2024 se posiciona en el octavo lugar, mientras que los envíos por coparticipación en términos reales ocupan el sexto lugar del mismo período.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – Calendario impositivo: cuáles son los vencimientos del año 2025

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Las obligaciones comprenden a las empresas, los contribuyentes autónomos y también a todos los empleados en relación de dependencia

Luego de un 2024, alterado en sus vencimientos por la presencia del blanqueo, la moratoria y del pago anticipado de Bienes Personales, el calendario de este nuevo año se presenta con los impuestos tradicionales, la desaparición del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) y la caducidad del Impuesto País. Queda por ver si, tal como prometió el gobierno, el próximo calendario se resuelve en tres renglones con los sólo seis impuestos que promete mantener.

Las obligaciones comprenden a las empresas, los contribuyentes autónomos y también a los empleados en relación de dependencia, que a pesar de no encontrarse formalmente inscriptos ante la  ARCA, es AFIP, tienen que cumplir con ciertas obligaciones formales frente al Fisco. Los primeros días de vencimiento, como siempre ocurre, corresponde a los números más bajos de las terminaciones de CUIT/CUIL, comenzando por el número cero.

Las principales fechas del calendario que deberán considerarse, para las presentaciones de las declaraciones juradas y de los pagos, son las siguientes:

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Los vencimientos para las presentaciones y los pagos irán del 18 al 22 de cada mes, plazo que se va corriendo cuando caen en días feriados o que son inhábiles. Por ejemplo, para los que no tienen el beneficio de pago diferido, los vencimientos de  enero  (con la declaración de diciembre 2024) irán desde el 20 al 24 de ese mes, dependiendo de la finalización del número de CUIT y comenzando con las terminaciones 0 y 1.

Para este impuesto  sigue vigente el pago diferido a 90 días, habilitado para las empresas que califican como Micro y Pequeñas, siempre que no superen el monto de facturación promedio de los últimos tres años, y en la medida que mantengan el certificado MiPyMe, con la opción de IVA pago diferido, vigente. El trámite de renovación del certificado vence al finalizar el cuarto mes del cierre de ejercicio; es automático, a pesar de eso requiere de una revisión por parte del contribuyente.

Bienes Personales

La fecha de vencimiento para la presentación de la declaración jurada, para los inscriptos y los que deben pagar el impuesto, cae en el período que abarca del 11 al 13 de junio de 2025; mientras que el pago se podrá efectuar hasta el día hábil siguiente. En las mismas fechas vence la presentación y el pago correspondiente a Bienes Personales de las participaciones societarias, que presentan y pagan las sociedades por sus integrantes.  El impuesto  se calcula sobre el patrimonio neto que surge del balance que fue aprobado por la asamblea de accionistas (ajustado contablemente por inflación)Este año quedan eximidos de cumplir con la presentación aquellos contribuyentes que optaron por presentarse a abonar el pago anticipado de los cinco años, que –por ahora- tienen asegurado este beneficio.

Para los empleados en relación de dependencia y los jubilados, el vencimiento de la presentación de la declaración jurada informativa (sin pago) será el 30 de junio de 2025. De la misma manera que pasó en 2024, los trabajadores no tendrán que presentar la declaración informativa del impuesto a las ganancias.

Queda por esperar que la AFIP publique el importe de los ingresos brutos anuales que deben superarse para tener que cumplir con la presentación, los empleadores deberán informarle a la AFIP los datos de los empleados que están obligados de cumplir con esa tarea.

Los nuevos anticipos del 20% del impuesto determinado por el 2024, comienzan en el mes de agosto y siguen en octubre y diciembre, continuando con los dos restantes en el año 2026. Los vencimientos en esos meses están agrupados del 13 al 15 de cada mes, en la medida que sean días hábiles. Este año quedarán por vencer dos anticipos a cuenta del impuesto del 2024, con vencimientos en los meses de febrero y abril del 2025. El importe mínimo continúa sin actualizarse por inflación, en $ 5.000.

Impuesto a las Ganancias

Las declaraciones juradas anuales de Ganancias de los contribuyentes autónomos vencerían junto con las de Bienes Personales, del 11 al 13 de junio de 2025 y el pago se podría realizar el primer día hábil siguiente.  Los nuevos cinco anticipos, para el próximo año, irán del 13 al 15 en los meses de agosto, octubre, diciembre de 2025 y los meses de febrero y abril de 2026. Para los que únicamente tengan que presentar el impuesto cedular, los vencimientos irán del 19 al 24 de junio de 2025, agrupados cada cuatro números de terminación de CUIT.

Las declaraciones anuales de las sociedades vencen en el quinto mes luego del cierre de ejercicio. El vencimiento es entre los días 13 al 15, dependiendo la terminación del CUIT, siempre que caigan en días hábiles. Los cierres de diciembre 2024, vencen del 13 al 15 de mayo de 2025. Para las personas físicas, aún quedan dos anticipos residuales del 2024, con vencimiento en febrero y abril del 2025. Los anticipos de las sociedades vencerán del 13 al 15, a partir del sexto mes posterior al mes de cierre del ejercicio, siempre considerando los días que son hábiles, de no ser así se corren. Hay que recordar que el primer anticipo de las sociedades, sigue calculándose, exageradamente, con el 25% sobre el impuesto determinado el año anterior. Luego, le siguen nueve adelantos más del 8,33%, cada uno, sobre la misma base imponible. Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con  el certificado Pymes vigente deben pagar diez anticipos del 10%, calculados sobre el impuesto determinado para el 2024.

Los anticipos de las personas humanas se calculan con la tasa del 20% sobre el impuesto determinado el año anterior, siendo cinco en total. El anticipo mínimo para sociedades es de $ 2.500 y para las personas de $ 5.000. Valores que también siguen sin ajustarse por inflación.

Percepción Impuesto PAIS

El importe abonado de percepciones por compra de dólar ahorro o por uso de tarjetas, que a pesar de la caducidad del impuesto PAIS el 23 de diciembre continúan rigiendo, se podrán consultar desde el servicio “Mis Retenciones”. Luego se podrán computar como pago a cuenta hasta la concurrencia del impuesto en Ganancias y Bienes Personales. Aquellos  que no pagan esos impuestos, como los Monotributistas, deberán tramitar su devolución ante la AFIP.

Los empleados en relación de dependencia podrán incluir el importe de la devolución en el programa SIRADIG, donde el empleador le reintegrará hasta el tope del impuesto retenido durante todo el año. Lo que quede por recuperar se deberá solicitar la devolución en el CBU ante la AFIP.

Cuarta Categoría

Los empleados en relación de dependencia tendrán que informar las percepciones en el sistema “Siradig – Trabajador”, hasta el 31 de marzo de 2025, junto con el 33% del Impuesto sobre los débitos y créditos bancarios abonado durante el año y los gastos médicos anuales.

Asimismo, podrán controlar lo informado por las demás deducciones generales y los vínculos familiares durante todo el 2024. Las empresas tienen tiempo de confeccionar la declaración anual hasta el 30 de abril, debiendo retener o devolver la diferencia del impuesto en el pago de sueldos que se realiza durante mayo del año que viene.

Cargas sociales y aportes jubilatorios

Los vencimientos de las cargas sociales de empleadores irán del 9 al 11 de cada mes posterior al que corresponden los sueldos. Los aportes para el personal doméstico vencerán todos los días 10, mientras que las cuotas de autónomos irán del 5 al 7 de cada mes vencido. Siempre considerando que sean días hábiles, sino los días se corren a los primeros hábiles.

Participaciones societarias, autoridades y apoderados:

El Régimen de información anual que deben presentar todas las sociedades, correspondiente al 2023, vence del 28 al 30 de julio de 2025, agrupados en tres fechas cada cuatro números y dependiendo de la terminación del CUIT. Corresponde informar, al 31 de diciembre del 2024, los titulares de las participaciones sociales, las autoridades y los apoderados.

Como se hizo este año, la información deberá presentarse con el  servicio que funciona desde la página Web de la ARCA. En los casos en que se modifiquen los integrantes de las sociedades o las autoridades, la información tendrá que presentarse dentro de los 10 días hábiles en que se produjeron los cambios, desde una opción que se encuentra habilitada en la página de la AFIP.

Retenciones y percepciones (SICORE)

El pago a cuenta por la primera quincena de cada mes vence dentro de los días que van del 20 al 23 de cada mes, siempre agrupadas de a tres números finales de CUIT. En cuanto a las declaraciones juradas mensuales vencerán del 9 al 11 de cada mes, o días hábiles siguientes.

Régimen Simplificado (Monotributo)

El pago de la mensualidad vence todos los días 20 de cada mes o en el primer día hábil siguiente. Las dos recategorizaciones deberán hacerse hasta los días 5 de febrero y de agosto  de 2025, en relación de cada semestre concluido en diciembre y junio, respectivamente; para eso habrá que utilizar las nuevas tablas de categorías.

Sólo tendrán que realizar el trámite aquellos pequeños contribuyentes que tuvieron modificaciones en los parámetros de facturación, de alquileres a pagar y de consumos de energía. Luego de la recategorízación, las nuevas cuotas deberán abonarse a partir de los meses de febrero y agosto, respectivamente. Los que no tuvieron cambios en el encuadre no tienen que hacer el trámite, pero tendrán que pagar la nueva cuota que por el ajuste anual aumentó su valor significativamente, con relación a lo que se pagó anteriormente.  Impuestos internos:

Las declaraciones juradas mensuales, excepto cigarrillos, vencerán del 18 al 20 de cada mes, considerando los días hábiles y agrupados por tres números finales de CUIT.

Convenio multilateral

El vencimiento de las declaraciones juradas mensuales irá del 15 al 18 de cada mes, en días hábiles y agrupados por los dos números finales de inscripción. La declaración anual (CM05) vence el 28 de junio de 2025, de acuerdo con el número verificador del CUIT.

Fondo Cooperativo

Los vencimientos de los anticipos para el año que viene se producen los días 11 al 13, dependiendo del número de terminación del CUIT del contribuyente. La declaración jurada anual, igual que sucede con las sociedades en el Impuesto a las Ganancias, vence en el quinto mes posterior al cierre de ejercicio.

Este mapa de vencimientos puede no ser definitivo, todo queda sujeto a cambios que por cuestiones recaudatorias o de modificación de normas pueda ser variado. Como siempre se dice, en cuestión de impuestos, nada es permanente y definitivo.

Fuente: iprofesional

Procedimiento

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Implementan un régimen especial de facilidades de pago para MiPyMEs, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y sector salud

Se establece un régimen especial de facilidades de pago para micro, pequeñas y medianas empresas (Tramos 1 y 2), pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y el sector salud. El régimen incluye obligaciones impositivas, de seguridad social, retenciones, percepciones e importaciones aduaneras vencidas hasta el 31/12/2024. Se contemplan planes de hasta 48 cuotas con tasas reducidas (entre el 25% o 40% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen), dependiendo del tipo de contribuyente y la naturaleza de la deuda. El monto mínimo por cuota es de $2.000. La adhesión podrá realizarse desde el 03/02/2025 hasta el 30/04/2025. El régimen no limita la cantidad de planes a presentar.

Fuente: Lisicki Litvin

NACIONALES – El Gobierno prorrogó por tres años un impuesto que pesa sobre las importaciones

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El tributo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027.

El Gobierno prorrogó hasta fines de 2027 el pago de la tasa de estadística, fijada en 3%, sobre los productos importados para consumo, que tenía vencimiento en el final del actual calendario, a través del Decreto 1140/2024, publicado este martes en el Boletín Oficial.

De esta manera, se estipula que la nueva fecha de vencimiento sea el 31 de diciembre de 2027, manteniendo el cargo que deben afrontar las empresas y las personas al momento de importar. En el caso de los particulares, cuando adquieran productos por courier en plataformas del exterior.

Con esta decisión, los importadores no se verán beneficiados con otra reducción de los costos impositivos que pesan sobre el proceso, como sucedió recientemente con la eliminación del Impuesto PAIS y otras normas desregulatorias que viene implementando la administración de Javier Milei.

La prórroga de la tasa fue argumentada por el Ejecutivo considerando que “frente al actual contexto económico mundial, el incremento de las operaciones comerciales internacionales y la agilización y simplificación del comercio exterior, resulta imprescindible mantener el servicio estadístico que se brinda sobre las importaciones definitivas y continuar con la aplicación de la normativa vigente aplicable a la tasa de estadística que remunera dicho servicio”.

La alícuota de la tasa de estadística es 0% para la importación de ciertos bienes de capital destinados a la producción de hidrocarburos provenientes de reservorios no convencionales, así como para ciertas líneas de producción usadas y productos para la industria hidrocarburífera.

Además, también seguirán estando exentas del pago de la tasa “aquellas destinaciones registradas en el marco de Acuerdos Preferenciales suscriptos por la República Argentina que específicamente contempla una exención, para aquellas destinaciones que incluyan mercadería originaria de los Estados Partes del Mercado Común del Sur (MERCOSUR)”.

La aplicación de dicha tasa no podrá superar los montos máximos que se indican a continuación:

  • Cuando la base imponible tiene un costo menor a US$10.000, el máximo es de US$180.
  • Entre US$10.000 y US$100.000, el tope es de US$3.000.
  • Entre US$00.000 y US$1.000.000, el máximo se eleva hasta US$30.000.
  • Mayor a US$1.000.000, el desembolso tope es de US$150.000.

La extensión de la vigencia de la tasa de estadística se viene realizando periódicamente en cada vencimiento, la vez pasada fue en 2020 durante el gobierno de Alberto Fernández al prolongar el plazo hasta el 31 de diciembre de 2024.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – Campo en alerta: el ingreso real del agro cayó a mínimos de dos décadas, ¿cuáles son las tres causas del deterioro?

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En los últimos días, grandes empresas del sector no pudieron afrontar sus vencimientos de deuda. Los analistas se dividen entre quienes ven una situación coyuntural y quienes ven un problema de larga data.
El sector agropecuario sufrió importantes pérdidas durante el último tiempo. Mientras algunas empresas entran en default con sus proveedores, los analistas se dividen entre quienes ven la incubación de una crisis importante y quienes consideran que se trata de una situación excepcional, que se corregirá en 2025 por la mejora del contexto internacional y el cambio de rumbo a nivel local.

Según la consultora Facimex, el ingreso real del agro por sus tres principales cultivos (soja, trigo y maíz) se encuentra en su nivel más bajo de las últimas dos décadas.

La apreciación del tipo de cambio real, los precios internacionales y las retenciones son los factores que perjudican la rentabilidad del sector de acuerdo con los especialistas.

Los tres factores que erosionan los ingresos del agro

En cuanto al primero de esos ítems, vale remarcar que los datos oficiales del Banco Central (BCRA) indican que en diciembre el tipo de cambio real multilateral (que compara el valor real del dólar en Argentina con el de sus principales socios comerciales) alcanzó su nivel más bajo desde noviembre de 2015. Esto implica que el país se vuelva caro en dólares y que las exportaciones domésticas se vuelven menos competitivas.

Respecto de los precios internacionales, en el acumulado del año la soja sufrió un derrumbe del 23,3%, para situarse en torno a los u$s 360 por tonelada, la cifra más baja en términos reales desde octubre de 2006. Variaciones más acotadas, pero negativas al fin, tuvieron el trigo (-12,3%) y el maíz (-3,4%).

Asimismo, en el agro aseguran que sufren una presión tributaria de entre 60% y 70% sobre la renta generada por su producción. “Cuando llueve bien y los precios son buenos el campo tiene grandes ganancias y puede ahorrar e invertir para tener más espalda y aguantar cuando llegan etapas de seca como las que tuvimos en 2023 o baja de precios como la que tuvimos durante el 2024. Con las retenciones, el Estado le quita al sector la posibilidad de ser más eficiente”, señaló en diálogo con Ámbito Aldo Abram, Director Ejecutivo de Fundación Libertad y Progreso.

La eliminación de las retenciones, la gran demanda del agro

Cabe recordar que el Gobierno prometió eliminar los Derechos de Exportación (DEX), más conocidos como retenciones, pero todavía no avanzó en ese sentido bajo la justificación de que el gasto público debe achicarse todavía más ya que, en este contexto, la supresión del mencionado tributo pondría en riesgo el tan mentado superávit fiscal. Frente a este panorama, persisten las dudas respecto de si la baja de impuestos se dará en 2025 o si será una cuestión de plazos más largos.

“No extraña que hoy en el campo estén complicados porque a los bajos precios y a las sequías se le sumaron las retenciones, que se usaron para financiar un gasto público que era insostenible. Hay que ver cómo achicando el gasto público y, por otro lado, usando el aumento de la recaudación que venga por la recuperación económica podés empezar a bajar esa exorbitante presión tributaria”, acotó al respecto Abram.

Default de grandes empresas: ¿problema coyuntural o estructural?

En este contexto, en los últimos días se conoció que las compañías Surco, Agrofina y Los Grobo no pudieron afrontar sus vencimientos de deuda, lo cual pone en riesgo el normal funcionamiento de la cadena de pagos del rubro.

El economista Salvador Vitelli venía advirtiendo sobre esta situación hace tiempo. En agosto mostró cómo los márgenes netos para los productores por un campo alquilado daban negativo para la soja de primera y para el maíz tardío.

“Con estos derechos de exportación no cierra el número para sembrar. Que el margen sea negativo por cuestiones impositivas (ajenas al negocio per se), es imperdonable en una Argentina que necesita desesperadamente dólares y mayor actividad”, remarcó en dicho momento.

Respecto de los problemas actuales, Abram los ve más como coyunturales que estructurales, en parte porque las empresas no esperaban que el Gobierno cambiase el rumbo económico como lo hizo. De cara al futuro, ve en la estabilidad macroeconómica, la reducción de retenciones y la recomposición de precios externos factores que pueden ayudar al agro en 2025.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Los tickets en los grandes comercios detallarán los impuestos que pagan los consumidores

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La medida, incluida en la Ley Bases, fue reglamentada por ARCA a mediados de diciembre. Los primeros tributos que aparecerán detallados son el IVA y los impuestos internos.

Desde el 1ro. de enero, los grandes comercios tienen la obligación de emitir sus tickets con el detalle de los impuestos que están incluidos en la venta. De esta manera, los consumidores podrán ver el detalle de lo que están pagando de impuestos cuando, por ejemplo, van al supermercado, adquieren un electrodoméstico en una cadena de retail, o efectuar cualquier compra en un comercio considerado como gran contribuyente. ¿Cómo va a funcionar el sistema? ¿Qué impuestos están desagregados en ese ticket?

El Régimen de Transparencia Fiscal -así se llama- fue incluido en la Ley Bases, aprobada el año pasado, y reglamentado a mediados de diciembre por la Agencia de Control y Recaudación Aduanera (ARCA), con la Resolución General 5614 publicada en el Boletín Oficial.

Tal como estaba previsto, la normativa entró en vigencia a partir de ayer, 1° de enero, y obligará a las grandes empresas a detallar en sus facturas el IVA y otros impuestos internos, lo que le permitirá a los consumidores conocer exactamente cuánto de su gasto corresponde a la carga impositiva. Luego llegará la segunda etapa, con el detalle de esos gravámenes en los flejes de góndola y en las publicidades, así como también la extensión de la medida hacia comercios más pequeños.

La medida busca reformar la relación entre el Estado, los contribuyentes y los consumidores finales, con el fin de promover una mayor transparencia en el sistema fiscal y un empoderamiento ciudadano en sus decisiones de consumo. Según había explicado ARCA cuando reglamentó el régimen, se implementará de manera escalonada. Comenzará con las empresas grandes, pero a partir de abril será obligatorio para todos.

El régimen surgió a partir de una propuesta de la ONG Lógica, una asociación apartidaria dedicada a generar conciencia fiscal en la sociedad. En su momento, la organización lideró una campaña pública en la que solicitaba a los candidatos presidenciales que se comprometieron a impulsar la transparencia fiscal. Javier Milei, Patricia Bullrich y Juan Schiaretti fueron algunos de los líderes que adhirieron a la iniciativa; y luego el libertario lo incluyó en la Ley de Bases.

“La falta de conciencia fiscal, derivada del ocultamiento de impuestos, llevó a que la ciudadanía no exigiera a los políticos una conducta responsable en el gasto y en los tributos que pesan en la vida cotidiana. Este proceso ha sido funcional para que terminemos con los impuestos y la inflación más altos del mundo”, expresó Matías Olivero Vila, presidente de Lógica, cuando el Gobierno avanzó con el régimen.

Este es un modelo de ticket que los consumidores recibirán desde hoy en los supermercados

Los pasos para su implementación

La reglamentación establece que las grandes empresas serán las primeras en implementar el régimen a partir de hoy. Estas deberán detallar en sus facturas y tickets los montos correspondientes al IVA y a los impuestos internos que impacten en el precio final de los bienes y servicios. La exposición de estos impuestos será visible en una línea específica bajo la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)”.

El listado completo de las grandes empresas alcanzadas puede consultarse en esta dirección web: https://servicioscf.afip.gob.ar/facturadecreditoelectronica/Listado-RFCE-Mi-PyMe.asp

Posteriormente, otros contribuyentes podrán optar por sumarse de manera voluntaria al régimen desde enero, mientras que en abril de 2025 será obligatorio para todos los actores económicos. Además, también deberán explicitar los impuestos en los flejes de góndola y en las publicidades a partir del cuarto mes del próximo año.

La norma será obligatoria desde hoy para los grandes comercios, pero desde abril todos deberán aplicarla

Además, la norma invita a las provincias a adherir para ampliar la visibilidad de impuestos locales, como ingresos brutos y tasas municipales. Este aspecto será clave para consolidar un sistema integral de transparencia fiscal que abarque tanto los impuestos nacionales como los provinciales y municipales.

Con el comienzo de la implementación en 2025, Argentina se suma a otros países que han adoptado sistemas de transparencia fiscal como herramienta para fomentar una mayor participación ciudadana en las decisiones económicas y políticas. De hecho, el modelo adoptado por el Gobierno es el brasileño.

Fuente: ieconomico

ECONOMÍA – Cómo cambia el menú de financiamiento para consumidores y empresas tras el renovado plan Cuota Simple

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El Gobierno extendió vigencia del programa “Cuota Simple” hasta el 30 de junio, pero introduciendo cambios que afectan tanto su estructura como su alcance

El Gobierno nacional ha decidido extender la vigencia del programa “Cuota Simple” hasta el 30 de junio de 2025, introduciendo modificaciones sustanciales que afectan tanto su estructura como su alcance. Entre los cambios más importantes, se eliminan las modalidades de 9 y 12 cuotas, dejando solo las opciones de 3 y 6 pagos, ahora exclusivas para pymes en 2025.

También se ajustaron las tasas directas, lo que impacta en el costo financiero total para los consumidores y en la capacidad de los comercios para incentivar el consumo. Estas decisiones buscan adaptar el programa a las actuales condiciones macroeconómicas, equilibrando el acceso al financiamiento con las necesidades de sostenibilidad fiscal y crediticia.

Por su parte, el ecosistema financiero se está diversificando con el crecimiento de las Fintech y las billeteras digitales, que están ofreciendo alternativas de pago y financiamiento cada vez más accesibles y competitivas. Estas herramientas, junto con los acuerdos directos entre bancos y comercios, desempeñarán un papel clave para incrementar el consumo en 2025.

Desde la perspectiva de los consumidores, estas modificaciones presentan un desafío importante. Las cuotas han sido una herramienta esencial para muchas familias que buscan adquirir bienes de alto valor sin afectar gravemente su presupuesto mensual. Con la eliminación de las opciones de 9 y 12 cuotas, las opciones de financiamiento se reducen, y los costos de las alternativas disponibles aumentan debido al alza de las tasas de interés. Esto podría llevar a algunos consumidores a reducir sus compras o recurrir a opciones menos formales.

Para los empresarios, especialmente las pequeñas y medianas empresas, los cambios representan un desafío que no será fácil de superar. Aunque las tasas del programa siguen siendo más competitivas que las del mercado en general, la reducción de las modalidades de pago podrían modificar la modalidad y costo del financiamiento al consumo en sectores como electrodomésticos, tecnología y materiales de construcción. Al mismo tiempo, la exclusión de las grandes empresas redefine el panorama competitivo, abriendo nuevas oportunidades para las pymes que permanecen en el programa. Sin embargo, este cambio también implica que estos comercios deberán adaptarse a un entorno posiblemente más restringido en términos de financiamiento y demanda.

Diferencias en los costos de financiamiento

A continuación, se presenta un cuadro comparativo entre los costos financieros manejados por las grandes cadenas de consumo masivo y marketplaces frente a las pymes adheridas al programa “Cuota Simple”. El análisis muestra una clara diferencia en las condiciones de financiamiento.

Las pymes accederán a partir de ahora a tasas diferenciales y más bajas, con un CFT del 7,65% y 15,61% para 3 y 6 cuotas, respectivamente, y una TNA fija del 48,6%. En cambio, las grandes cadenas y marketplaces enfrentan costos financieros mucho mayores, con CFT que llegan al 235% y TEA del 175 por ciento.

No obstante, los consumidores tienen la opción de acceder a tasas más competitivas a través de tarjetas de crédito bancarias, gracias a acuerdos directos entre bancos y comercios que han ganado relevancia en los últimos meses con descuentos para fechas o días especiales.

Este análisis muestra una clara diferencia en las condiciones de financiamiento

Este análisis muestra una clara diferencia en las condiciones de financiamiento

El fenómeno que está cambiando el sector financiero en Argentina

A pesar de esto, el fenómeno que está transformando el panorama del crédito y los pagos en Argentina es el crecimiento de las Fintech y las billeteras digitales, que se están consolidando como una alternativa relevante frente a las opciones tradicionales del sistema financiero.

 Según el Informe Crédito Fintech realizado por el ITBA y la Cámara Argentina Fintech, estas plataformas han otorgado préstamos a más de 6,4 millones de argentinos, alcanzando el 19% del total de créditos del sistema financiero. Este crecimiento refleja su aceptación entre un público amplio, especialmente entre aquellos que no tienen acceso a financiamiento formal, como el proporcionado por los bancos.

En el último trimestre de 2024, se registró un aumento del 7% en la cantidad de personas que solicitaron préstamos a través de estas plataformas, alcanzando 376.000 usuarios con un saldo promedio de $124.000 por crédito. Es relevante destacar que el 40% de los usuarios de créditos Fintech no poseen otros productos financieros, lo que resalta su rol en la inclusión financiera.

Estos servicios han logrado atraer, en su mayoría, a un público joven, con el 37,2% de los tomadores de crédito entre 18 y 29 años, superando ampliamente la proporción observada en entidades financieras tradicionales. Además, las Fintech muestran una mayor representación de mujeres en sus carteras de crédito, alcanzando el 53,3% del total de clientes.

Crecen las billeteras virtuales y los pagos digitales

En cuanto a los depósitos, las billeteras digitales ya captaron el 5% de los fondos del sector privado, un notable aumento si se considera que hace solo dos años eran prácticamente irrelevantes en este segmento. Estas plataformas no solo facilitan pagos y transferencias, sino que también permiten remunerar saldos a tasas que oscilan entre el 33% y el 42%, dependiendo del proveedor.

Por otro lado, el crecimiento de los pagos digitales también es destacable. Según el Informe de Pagos Minoristas del Banco Central, las transferencias inmediatas aumentaron un 93% en comparación con el año anterior, y los pagos con QR interoperable registraron un alza del 63%. Incluso en un contexto económico recesivo, las transacciones con tarjetas de crédito, débito y prepagas crecieron un 16%, 32% y 34%, respectivamente. Este cambio en los hábitos de consumo no solo dinamiza la economía, sino que posiciona a las Fintech como un actor clave en el acceso al crédito y los servicios financieros en el país.

La consolidación de las Fintech como proveedores de crédito y servicios de pago representa una transformación estructural en el sistema financiero argentino. Si bien “Cuota Simple” y otras iniciativas gubernamentales buscan facilitar el acceso al financiamiento, las Fintech complementan esta oferta con alternativas innovadoras y accesibles, adaptándose a las necesidades de una población que demanda mayor flexibilidad y sobre todo agilidad en sus transacciones financieras. Esto sugiere que, incluso con la eliminación de las 12 cuotas en el programa oficial, las opciones de financiamiento en plazos largos continuarán siendo una realidad en 2025, e incluso podrían expandirse.

Finalmente, el programa gubernamental mantiene su enfoque en bienes de producción nacional y servicios prestados localmente, abarcando 36 categorías como electrodomésticos, muebles, bicicletas, textiles para el hogar y materiales de construcción. Este enfoque busca fomentar el consumo local y la extensión del programa por seis meses más pone de relieve la necesidad de preservar estas herramientas de financiamiento para los pequeños comercios, quienes dependen de ellas para competir en un entorno económico desafiante para el año que viene.

Fuente: iprofesional

Actuación profesional

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Reglamentan los alcances y criterios de la cláusula de intereses de las letras de cambio, vales o pagarés

Se reglamenta el artículo 5° del Decreto-Ley Nº 5965/63 , previéndose que los intereses estipulados en las letras de cambio y pagarés podrán calcularse mediante cualquiera de las siguientes formas, siempre que el tipo de interés y la metodología de cálculo estén expresamente indicados de manera clara en el instrumento: a) Intereses referidos a cotización de bienes (“commodities”); b) Intereses asociados a indicadores financieros; y c) Intereses vinculados a tasas de referencia. La CNV y el BCRA, en el marco de sus respectivas competencias, dictarán las normas operativas y complementarias necesarias.

Decreto (PE) Nº 1124/2024 (BO 27/12/2024)

Fuente: Lisicki Litvin