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IMPOSITIVAS – Impuesto a las Ganancias: empleados deberán revisar gastos e informar a ARCA

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Pronto finaliza el año fiscal para los empleados que trabajan en relación de dependencia. En enero llegará el momento de informar a la AFIP, dentro del sistema SIRADIG, los gastos médicos anuales, propios del trabajador y del grupo familiar a cargo que está habilitado por ARCA (ex AFIP).

La deducción de este concepto anual se encuentra autorizada para determinados familiares, que se encuentran a cargo del empleado. Los vínculos incluidos son: cónyuge, conviviente, hijos e hijastros menores de 24 años o incapacitados para trabajar. La condición es que hayan residido más de seis meses en el país y que no hayan percibido en el año 2024, ingresos netos superiores del mínimo no imponible anual.

Además de informar los gastos médicos anuales, cuando finalice el año deben agregarse las percepciones por dólar ahorro y el 33% del impuesto sobre los débitos y créditos que fue retenido por el banco, que se computan como pago a cuenta. Estos conceptos el empleador los debe reintegrar en el mes de mayo de 2025, con el límite del total del impuesto que fue retenido en este año. El plazo que tienen los trabajadores para cerrar el año es el 31 de marzo del año que viene y los empleadores deben confeccionar la declaración anual hasta el 30 de abril del mismo año.

A pesar de que ya se vienen informando, mes a mes, este año que tuvo un cambio el régimen de retención a partir del mes de julio por el regreso de la cuarta categoría, es conveniente revisar lo informado para los doce meses (enero a diciembre), en concepto de cargas de familia y por las deducciones generales que acepta el régimen. Si no fueron informados en los meses anteriores, pueden ser agregados hasta el 31 de marzo del año que viene.

Impuesto a las Ganancias: qué rubros se podrán descontar

A continuación, se repasan los rubros habilitados para descontar en ganancias:

1. Servicios y herramientas con fines educativos

Las sumas abonadas por las cargas de familia o por hijos mayores de edad, hasta 24 años, que sean residentes en el país, cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio y no tengan en el año ingresos netos superiores a la ganancia no imponible en concepto de:

Corresponde a los servicios prestados por establecimientos educacionales públicos o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por los establecimientos con medios propios o ajenos.

También se incluyen a las clases particulares sobre materias incluidas en los referidos planes de enseñanza oficial, impartidas fuera de los establecimientos educacionales y con independencia de estos y las guarderías y jardines materno-infantiles.

Se pueden deducir además las herramientas con fines educativos, como ser los útiles escolares, guardapolvos y uniformes.

La deducción tendrá un límite equivalente al 40% de la ganancia no imponible.

2. Cuotas médico – asistenciales

Deben cargarse los importes abonados por cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes a vos como empleado y a las personas que tengan declaradas como carga de familia. El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

3. Primas de seguro para el caso de muerte y de ahorro

Por este año, de seguro de vida se puede deducir hasta la suma de $195.845,39. En el caso de seguros mixtos, sólo puede deducirse la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros.

4. Donaciones

Se pueden deducir las donaciones realizadas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por ARCA como exentas del impuesto a las ganancias.

Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizar, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito. La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

5. Intereses por Préstamos Hipotecarios

Se puede incluir el importe de los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa-habitación, hasta el importe de $20.000 anuales. Este valor iba a ser incrementado, mientras se trabaja en el Congreso la ley 27.743, pero finalmente quedó a los valores históricos del año en que fue creado.

6. Gastos de Sepelio

A pesar de que parezca irreal, ya que es un importe que en las últimas dos décadas no fue ajustado por inflación, los gastos de sepelio pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $ 996,23.

7. Alquileres

Es deducible hasta el 40% del alquiler de tu vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible detallado a continuación para cada período y que el empleado no sea titular de un inmueble en ningún porcentaje.

Para deducir este concepto será requisito necesario que el monto de los alquileres abonados se encuentre respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente por parte del locador.

Adicionalmente, tanto locador como locatario podrán deducir el 10% del monto mensual en concepto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación. Para ello, el contrato de locación deberá estar registrado en el servicio con clave fiscal “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI”.

8. Casas Particulares

Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas. El monto anual deducible no podrá superar la ganancia no imponible anual.

9. Aportes efectuados por los socios protectores a Sociedades de Garantía Recíproca

Estos aportes son deducibles en el ejercicio fiscal en el cual se realicen, siempre que esos aportes se mantengan en la sociedad por el plazo mínimo de dos años calendario, contados a partir de la fecha de su efectivización.

La deducción operará por el 100% del aporte efectuado y no deberá superar ese porcentaje en ningún caso. El grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantía deberá ser como mínimo del 80 % como promedio en el período de permanencia de los aportes.

En este apartado se debe informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. Se puede brindar esta información desde la solapa “deducciones y desgravaciones” y también desde la solapa “ajustes”.

10. Corredores y viajantes de comercio

Cuando utilicen auto propio podrán deducir la amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.

En el supuesto de que el rodado se destine, en parte, al uso particular u otros, deberá indicarse la proporción de tales conceptos que corresponda afectar a la actividad de corredor o viajante de comercio.

11. Gastos realizados por la adquisición de indumentaria y/o equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo

La deducción aplica si los gastos son obligatorios y los realiza el empleado en lugar del empleador, sin que se le reintegren los fondos.

12. Aportes correspondientes a los planes de seguro de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación

La deducción sólo se practicará hasta alcanzar el tope de $195.845,39.

13. Honorarios correspondientes a los servicios de asistencia sanitaria, médica y paramédica.

Incluye también los gastos de hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares y las prestaciones accesorias de la hospitalización. Asimismo, se pueden descontar los servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades (servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.) y los servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.

Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.

14. Tope del mínimo no imponible

Para las deducciones que ponen el límite de deducción a la ganancia no imponible, a los fines de determinar el tope para las deducciones generales, para el año 2024, se deberá considerar la ganancia no imponible establecida en la Ley 27.743 para los meses de enero a agosto, ambos inclusive. Luego, este valor se actualizó en el mes de septiembre, siendo de aplicación para el último cuatrimestre. El valor anual es de $3.503.688,17.

15. Pagos a cuenta

Podrá computarse, como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias, el 33% del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias efectivamente ingresado. En caso de generarse saldos a favor como resultado de este cómputo, estos no serán de libre disponibilidad, pudiendo imputarse únicamente contra otros períodos fiscales del mismo tributo.

También podrán considerarse las percepciones realizadas por las operaciones con dólares, según constan en la página Web de la AFIP.

El empleador reintegrará estos conceptos, hasta el límite del total del impuesto que fue retenido durante todo este año.

16. Gastos por afuera del régimen de retención

Asimismo, para la determinación del impuesto anual, fuera del régimen de retención se pueden descontar todos los gastos realizados por los empleados que no se encuentran taxativamente incluidos en la resolución general 4003 de la AFIP.

En estos casos, el descuento puede realizarse en la declaración jurada anual, debiendo realizarse previamente la inscripción en el impuesto ante ARCA, luego podrá tramitarse la baja. El saldo a favor que surja de esa liquidación podrá computarse contra lo que tenga que pagarse de Bienes Personales o podrá solicitarse la devolución ante ARCA.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Reabren el blanqueo de dinero en efectivo: a qué contribuyentes alcanza y cuál es la nueva fecha límite

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Desde el Ministerio de Economía y la ex AFIP dieron una solución puntual para determinados contribuyentes.

El Gobierno decidió reabrir -hasta el viernes 6 de diciembre- el blanqueo de capitales en efectivo. La medida instrumentada a través de la Resolución 1289/2024 del Ministerio de Economía -publicada este martes en el Boletín Oficial-, beneficia a contribuyentes que realizaron el depósito del dinero en la Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA), pero -que por mal asesoramiento u otro motivo en particular- “olvidaron” realizar la manifestación de adhesión al blanqueo de capitales.

Puntualmente, la norma establece que se le encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el dictado de las normas que autoricen a los sujetos que hubieran regularizado fondos en el marco del blanqueo de capitales a que, hasta el 6 de diciembre de 2024, inclusive, puedan culminar el proceso de adhesión a ese régimen.

Se reabre el blanqueo de efectivo

Al respecto, César Litvin, CEO del Estudio Lisicki, Litvin & Asociados fue categórico: “La Administración Tributaria hizo lo correcto al buscar una solución para evitar que estos contribuyentes afronten una contingencia por no haber cumplido con un trámite formal”.

“Lo sustancial lo completaron. Les resta una formalidad. Y por una formalidad incompleta no se les podía hacer caer el blanqueo”, aseguró César Litvin.

“Resulta importante haber dado una solución para quienes blanquearon dinero que tenían bajo el colchón o en la caja de seguridad, y que no fueron debidamente asesorados”, agregó Litvin.

Etapa II y III del blanqueo

Segunda Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025

Presentación y pago: hasta el 7 de marzo de 2025

Tercera Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025

Presentación y pago: hasta el 6 de junio de 2025

El “Régimen de regularización de activos” fue dispuesto por el Título II de la ley 27743 de “Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes”, al que pueden adherir las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, se encuentren o no inscriptos en la AFIP, así como las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron dicha condición a esa fecha.

Un dato importante es que en la segunda etapa del blanqueo, la tasa del impuesto ascenderá al 10% frente el 5% que ofrecía la primera y no se podrá regularizar dinero en efectivo depositado en una cuenta especial de regularización.

Ya para cuando transitemos la tercera y última etapa del blanqueo, el impuesto a pagar será del 15% de la base declarada descontando la franquicia.

Si bien aún quedan meses de blanqueo, cuánto antes tome la decisión el contribuyente de regularizar sus bienes, menor será el costo de esta decisión, ya que la alícuota irá en aumento, siempre si se superan los u$s100.000 dólares

Por último, y dato no menor es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última para el cálculo de alícuotas.

Cuántos dólares entraron en la primera etapa del blanqueo

El balance del Gobierno de la primera etapa del blanqueo fue más que positivo. De hecho, sin contar la última jornada, el ministro de Economía Luis Caputo resaltó que en los más de dos meses se declararon más de u$s22.500 millones. En un mensaje en redes sociales, Caputo agradeció a los “argentinos que confiaron en el cambio del rumbo económico”.

En el último día de la primera etapa del blanqueo, Caputo escribió en la red social X: “Hoy se termina la primera etapa del proceso de Regularización de Activos. El monto declarado en efectivo hasta el día de ayer fue de 20.085 millones de dólares. Adicionalmente, se declararon 2.432 millones de dólares por otros conceptos”.

“Muchas gracias a todos los argentinos que han confiado en este profundo cambio de rumbo económico, político, cultural e institucional que el Presidente Javier Milei está llevando a cabo”, agregó el ministro de Economía.

La última semana de prórroga sirvió para terminar de cerrar blanqueos que ya estaban en marcha, pero con temas por resolverse. Por supuesto, aparecieron algunos de último momento, señala Néstor de Lisio, del estudio RSM Argentina.

Toda la gente aprovechó la primera etapa y algunos entraron en la prórroga de octubre, pero solo porque llegarían muy justos a septiembre. En general, quien quiso entrar hizo todo lo necesario para hacerlo en septiembre y aprovechar cuanto antes los fondos para invertir, comenta Leonardo Fernández, del estudio FLJ.

Las dudas iniciales se disiparon en buena medida cuando entró en vigencia el acuerdo de intercambio de información financiera con Estados Unidos (FATCA).

En paralelo, ARCA comenzó a mostrar en su sitio web, en la sección “Nuestra Parte”, datos de cuentas bancarias que algunos contribuyentes tenían en el exterior, afirma. Esta visibilidad impulsó a muchos a regularizar sus cuentas, ya fuera repatriando fondos a Argentina o manteniéndolos en el exterior, pero bajo el régimen de blanqueo.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – El peso argentino es la moneda que más se apreció en el mundo en 2024

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Se revalorizó un 40,1% en términos reales entre diciembre de 2023 y octubre de este año

El informe, realizado por GMA Capital sobre la base de datos del Bank for International Settlements (BIS), señaló que el peso se revalorizó un 40,1% en términos reales entre diciembre de 2023 y octubre de este año, muy por encima del resto de las monedas del mundo.

Abajo quedaron Turquía, que vio la lira apreciarse un 16,5%; Malasia en tercer lugar con 8,5%; y Sudáfrica en 8,1%; mientras que Brasil, principal socio comercial de Argentina, devaluó un 12,8% en los primeros 10 meses del año.

En este contexto, GMA observó que “el tipo de cambio real multilateral (TCRM), un proxy (indicador) de la competitividad precio de la economía, está en mínimos desde 2015 y cada vez más cerca de los valores de fines de 2001”.

Al analizar la balanza comercial, indicó que en el complejo sojero, que aporta un 26% de los dólares que ingresan al país por la vía comercial, el precio que percibe el sector se encuentra en una cifra “históricamente baja”.

Sin embargo, “mientras que, a fines de 2015, la brecha se encontraba en torno al 50%, hoy sólo es del 9%, lo que incentiva la liquidación. Es decir, independientemente del precio internacional, un productor captura más dólares por cada dólar liquidado”.

Por otra parte, a estos niveles de tipo cambio, se espera uno de los mejores veranos para vacacionar en otros países, particularmente Brasil, desde 2018.

En tanto, el rubro energético sería el sector que, con proyecciones de un superávit energético de alrededor de USD 7.400 millones para 2025, “puede generar los suficientes dólares a futuro de manera tal que dicha salida de divisas no comprometa el equilibrio externo”.

GMA analizó además los “salarios en dólares retrasados” y señaló que “este indicador no se encuentra en niveles que puedan considerarse preocupantes” en términos de costo laboral.

“Estimamos que el salario promedio al tipo de cambio mayorista se ubica algo arriba de los USD 1.100, mientras que aquel medido por el CCL se encuentra levemente por debajo”, agregó.

Acerca de la mirada del mercado sobre el tipo de cambio, se observó que “a mitad de año los precios de los bonos descontaban un dólar de $ 1.300 (a pesos de hoy) para fines de marzo de 2025, lo que en su momento implicaba una devaluación real del 17%.”

“Asimismo, en aquel entonces el tipo de cambio implícito para mediados de 2026 era de $ 1.400, por lo que se esperaba una devaluación real del 26% hasta esa fecha.”

Sin embargo, los precios actuales “descuentan un dólar ‘planchado’ en términos reales hasta marzo de 2025, una devaluación real del 6% hasta diciembre de 2025, y una del 7% hasta junio de 2026.”

En conclusión, GMA indicó que “mientras que el tipo de cambio real se encuentra en uno de los niveles más bajos de las últimas 3 décadas, existe la posibilidad de que éste no represente el grado de insostenibilidad que hemos visto en el pasado. Y el mercado parece comprar esta idea”.

“Los niveles implícitos en las curvas parecen darle el visto bueno a las autoridades económicas de que podrán mantener reducida la volatilidad en los próximos dos años. Sin embargo, el partido es largo, y todavía no hay definiciones sobre la Fase 3 y el régimen cambiario que le seguiría al levantamiento del cepo”, concluyó.

Fuente: noticiasargentinas.com

Prensa. Cómo identifica ARCA a Mercado Libre, Netflix y minado de Bitcoin para cobrar impuestos

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ARCA, mediante la Resolución General 5607/2024, actualizó el Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) con 15 nuevas actividades, reflejando los cambios en la economía digital. Según la Dra. Noelia Girardi, gerente de Lisicki, Litvin & Asociados, es fundamental que los contribuyentes mantengan actualizada su información en ARCA, especialmente si incorporan actividades como mensajería digital, minería de criptoactivos, streaming o comercio electrónico. Esta ampliación busca codificar de forma más eficiente negocios digitales emergentes y garantizar una adecuada tributación.

Leé la nota (iProfesional, 29/11/2024).

Fuente: llyasoc.com

NACIONALES – Siete de cada diez empresarios dicen que la litigiosidad laboral frena inversiones

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Además, aseguran que es una traba para la creación de puestos de trabajo.

Siete de cada diez empresarios aseguran que la litigiosidad laboral frena inversiones y una proporción mayor afirma que es un freno a la creación de puestos de trabajo.

Los datos surgen de una investigación de la Sociedad de Estudios Laborales (SEL), a solicitud de la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

El informe señaló que para el 70% de las firmas los juicios laborales son una traba para los procesos de inversión y el 74% sostiene que impide la generación de empleo.

La muestra ponderada por compañía, rama, región y cápitas incluye a 5048 empresas y fue realizada entre 7 de octubre y 21 de noviembre.

“La información obtenida viene a confirmar objetivamente con números la amplia opinión de empleadores de diversos tamaños respecto del peso de los juicios laborales en la decisión empresarial. La conclusión obtenida reafirma que la cuestión es hoy un obstáculo crítico que entorpece el desenvolvimiento del enorme potencial productivo del país”, señala la conclusión de UART.

Por otro lado, según UART “la investigación confirma que la incidencia de la litigiosidad laboral en inversión y crecimiento y en creación de nuevos puestos de trabajo tiene un mayor peso específico en empresas 1) de hasta 50 trabajadores, principales generadoras de empleo y 2) en el interior del país”.

En tal sentido, “la UART vuelve a alertar que en 2024 se estima el ingreso de 128 mil nuevas demandas solo por riesgos de trabajo (9% más que en 2023), a las que se suman las vinculadas a las causas laborales (como despidos)”.

La entidad indicó que “la Población Económicamente Activa de nuestro país, alcanza 23 millones de personas. De las cuales únicamente 10,2 millones tienen un empleo formal en relación de dependencia y otros 3 millones son trabajadores independientes registrados”.

“Por lo tanto, hay 10 millones más de personas que trabajan en la informalidad, privadas de coberturas de riesgos, obra social y sin realizar aportes al sistema previsional, lo cual también genera un enorme impacto presente y futuro. La amenaza judicial torna casi imposible su ingreso a la formalidad”, aseguró UART.

Fuente: noticiasargentinas.com

NACIONALES – Compras al exterior: qué productos conviene comprar tras la baja de impuestos

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Un informe privado analizó la diferencia de precios entre importaciones vía courier y compras en el país. Electrónica e indumentaria, los que más brecha representan.

El Gobierno facilitó la compra de productos en el exterior vía online que incluyó una ampliación de cupo y una baja de impuestos. Un relevamiento privado arrojó datos relevantes sobre las diferencias de precios entre productos adquiridos en plataformas como Amazon que da una idea de cuáles son los que conviene adquirir en el exterior.

El informe pertenece a Ecosur cuya conclusión fue que importar bienes desde el exterior vía courier resultaría más económico en el 88% de los casos analizados, según valores medidos a dólar MEP.

En promedio, los precios de los productos relevados resultan 40% más baratos al traerlos de afuera en comparación con las tiendas locales. Este porcentaje aumenta significativamente en categorías como la tecnología, donde algunos artículos alcanzan diferencias de hasta el 73%.

Qué productos conviene comprar en el exterior
Los productos electrónicos lideraron las mayores diferencias de precios. En promedio, adquirir dispositivos de esta categoría en Amazon resultaría un 50% más económico que comprarlos en tiendas locales.

  • Samsung Galaxy Buds Pro 2: el precio mostró una diferencia del 73%, representando el mayor ahorro entre los productos relevados.
  • iPhone 16 PROMAX: el costo del dispositivo resultó un 71% más bajo al adquirirlo en el exterior.
  • Reloj Garmin: este artículo presentó una diferencia del 63%.
  • Samsung Galaxy Tab A8 y A9+: las tablets de esta marca mostraron diferencias de 59,3% y 54,1%, respectivamente.
  • Notebooks: los modelos Lenovo Ideapad, Acer Aspire y ASUS Vivobook mostraron diferencias de precio del 56%, 56,1% y 48,6%, respectivamente.
  • Auriculares Sony WH-1000XM5: los compradores podrían ahorrar un 59,4% al traerlos desde el exterior.

El relevamiento también indicó que ciertos productos presentaron ahorros menores, como la cafetera Nespresso (-7,6%) o el Samsung Galaxy Watch 6 (-20,5%), pero continuaron siendo más económicos al importarlos.

En la categoría de indumentaria, los ahorros promedio rondaron el 25%, aunque algunas prendas alcanzaron diferencias superiores al 70%.

Entre los productos con mayores descuentos destacan:

  • Campera Adicolor Classics: registró un ahorro del 72,1%, encabezando la lista en el segmento de ropa.
  • Campera Softshell Columbia: presentó una diferencia del 64,6% en comparación con el precio en Argentina.
  • Jeans Levi’s Premium: ofrecieron un ahorro del 57% al ser adquiridos en el exterior.
  • Buzo de entrenamiento Under Armour: costó un 39,4% menos que en tiendas locales.
  • Camiseta Adidas Essentials: mostró una diferencia del 28%, mientras que la Camiseta Adidas Argentina alcanzó un 9,9%.

Sin embargo, no todos los artículos de indumentaria resultaron más económicos. Por ejemplo, los Adidas Originals Gazelle fueron un 11,1% más caros, y las remeras Under Armour presentaron un aumento del 4,4%.

Los artículos de indumentaria son hasta 25% más baratos en el exteriorLos artículos de indumentaria son hasta 25% más baratos en el exterior

Compras al exterior: qué pasará con los impuestos
El informe a cargo de Francisco Ballester, director de análisis económico de Ecosur, recordó que para importar productos deben abonarse ciertos impuestos sobre el valor en dólares, entre los que se encuentran el IVA (21%) y otros impuestos, que pueden alcanzar el 38% en algunos casos. Pero a partir de la última disposición del Gobierno argentino, los primeros 400 dólares de cada envío estarán exentos de aranceles y de la tasa estadística, debiendo abonar únicamente el IVA correspondiente. Sobre el excedente de dicho monto, se aplicarán los demás impuestos previstos.

Por otra parte, el trabajo también aclaró que al comprar productos en el exterior, podría pagarse con pesos o dólares. Si se paga con pesos, el tipo de cambio para la operación sería el del llamado “dólar tarjeta” (hoy en ARS$1.648), pero si se paga con dólares, estos se podrían comprarse anteriormente vía dólar MEP o blue, lo que resultaría más barato.

“Para la comparación, utilizamos la opción de comprar dólares MEP con anterioridad y elegimos productos que se puedan enviar a Argentina de forma gratuita mediante Amazon”, explica el trabajo. Además, agrega, ninguno de los productos elegidos supera los US$400, por lo que solo se debe pagar el IVA y no otros aranceles.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Alerta blanqueo: bancos hicieron mal la retención y se espera una solución de ARCA

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Determinados bancos efectuaron una retención menor a la indicada en concepto del impuesto especial del blanqueo. Dudas sobre la autoretención.

Una parte sustancial del blanqueo de efectivo corresponde al pago del impuesto especial. Al respecto, de acuerdo a la normativa vigente, los bancos se encargan de retener el impuesto especial al momento de retirar los dólares -o la divisa que se trate- de las cuentas Cuenta Especial de Regularización de Activos (CERA).

De acuerdo a un flamante dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI), algunas entidades bancarias, realizaron mal la retención. Puntualmente retuvieron menos dinero del que correspondía en concepto de pago del impuesto especial del blanqueo. A fin de que no se caiga la exteriorización de efectivo, el contribuyente debería realizar una autorretención por la diferencia. Al respecto, los asesores impositivos de los contribuyentes que ingresaron al blanqueo aguardan una solución desde el Ministerio de Economía o la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).

Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos

Al respecto, Alejandro Rosenfeld, consultor impositivo, advirtió: “Según el nuevo Dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos la retención del 5% en concepto del impuesto especial del blanqueo se calcula sobre el importe antes del retiro. Muchos bancos lo hicieron mal, corresponde autoretención”.

Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos (Fuente: X)Alerta blanqueo: bancos retuvieron de menos (Fuente: X)

Puntualmente, el flamante dictamen de la DNI da respuestas a las preguntas elevadas por la Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA). A continuación, la pregunta y respuesta que refieren a la autoretención que se encuentra bajo la lupa:

¿Cómo se debe calcular la retención de pago único y definitivo en caso que corresponda?

a) ¿Aplicando el 5% sobre el importe antes del retiro? A modo de ejemplo, si se hubieran exteriorizado USD 200.000 ¿se aplica el 5% a dicho importe, arrojando una retención de USD 10.000, retirando el declarante USD 190.000? o

b) ¿Se aplica el 5% sobre el importe del retiro? Siguiendo con el ejemplo anterior, ¿el 5% se calcula sobre USD 190.476,19 y se retiene el 5% de este importe, que arroja USD 9.523,81?

La retención del 5% se aplica sobre el importe que se desafecte [opción a)].

“La Resolución General 5528 dispone que hay que autorretenerse en 5 días hábiles en caso de que no se haya efectuado la retención”, señala Rosenfeld. Ante tal escenario, quienes quisieron practicar la autorretención por la diferencia se encuentran con que el sistema no permite ingresar la diferencia, sólo el total. Es por ello que se aguarda una solución desde el Ministerio de Economía o ARCA.

Cómo sigue el blanqueo: etapa II y etapa III

Segunda Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025

Presentación y pago: hasta el 7 de marzo de 2025

Tercera Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025

Presentación y pago: hasta el 6 de junio de 2025

El “Régimen de regularización de activos” fue dispuesto por el Título II de la ley 27743 de “Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes”, al que pueden adherir las personas humanas, sucesiones indivisas y sujetos del artículo 53 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, que sean residentes fiscales argentinos al 31 de diciembre de 2023, se encuentren o no inscriptos en la AFIP, así como las personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales argentinos antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron dicha condición a esa fecha.

Un dato importante es que en la segunda etapa del blanqueo, la tasa del impuesto ascenderá al 10% frente el 5% que ofrecía la primera y no se podrá regularizar dinero en efectivo depositado en una cuenta especial de regularización.

Ya para cuando transitemos la tercera y última etapa del blanqueo, el impuesto a pagar será del 15% de la base declarada descontando la franquicia.

Si bien aún quedan meses de blanqueo, cuánto antes tome la decisión el contribuyente de regularizar sus bienes, menor será el costo de esta decisión, ya que la alícuota irá en aumento, siempre si se superan los u$s100.000 dólares

Por último, y dato no menor es que si un contribuyente realiza adhesiones en más de una etapa, se tomará la última para el cálculo de alícuotas.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Según un estudio, la actividad económica se recuperó 0,5% mensual en octubre

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El Índice Compuesto Coincidente de Actividad Económica de Argentina lleva siete meses consecutivos de recuperación. Sin embargo, la comparación interanual mostró una caída del 2,2%.

En el mes de octubre el Índice Compuesto Coincidente de Actividad Económica de Argentina (ICA-ARG) tuvo un incremento del 0,5% respecto al mes anterior, sosteniéndose así la recuperación de la actividad económica por séptimo mes consecutivo, según informó el Centro de Investigación del Ciclo Económico (CICEc). La variación interanual, sin embargo, fue del -2,2% en octubre, aunque ya se ubica por encima del nivel que tenía en diciembre de 2023.

El balance general muestra claramente un antes y un después para la actividad económica nacional. Entre mayo de 2022 y el valle provisorio, fechado en marzo último, el ICA acumuló una caída del 8,5%. En cambio, en los últimos siete meses el índice evidencia una recuperación acumulada del 3,9%.

(Fuente)Los indicadores claves

El ICA-ARG sintetiza información comparable de diez indicadores económicos que abarcan amplios sectores de actividad. En este caso, ocho de los diez indicadores tuvieron un desempeño positivo en octubre en la comparación mensual, pero sólo tres tuvieron una evolución positiva en la comparativa interanual.

El producto de los principales cultivos extensivos nuevamente registró una variación mensual positiva, del 4% en octubre, gracias al buen inicio de la cosecha de trigo y dejando atrás los problemas productivos del maíz tardío ocurridos hacia el final de la campaña 2023-2024. “A pesar de dichos inconvenientes, el sector cerró una aceptable campaña luego de la sequía del año previo, lo que lo posiciona entre las series con tasas de cambio interanuales positivas. Además, las buenas perspectivas para la campaña fina 2024/25 brindan un panorama auspicioso para los próximos meses”, explicaron desde CICEc.

La producción industrial, por su parte, mantiene ya seis meses de variaciones positivas, con un incremento de 0,5% en octubre. La tasa de cambio interanual, por otro lado, continúa en terreno negativo (-3,8%), aunque la misma fue aminorando su magnitud mes a mes.

(Fuente)La actividad de la construcción protagoniza una de las novedades negativas, presentando una leve caída en los últimos dos meses, luego de un significativo repunte en los cuatro meses previos. La tasa de cambio de octubre se ubicó en un -0,9%, mientras que la variación interanual fue del -25,1%. “Dado que este sector es clave para la dinámica del ciclo económico argentino, será crucial monitorear su potencial de recuperación en un contexto marcado por la falta de reactivación de la obra pública nacional”, consideraron los analistas.

La serie de importaciones totales de bienes, por su parte, continúa evidenciando una recuperación notoria, acumulando una suba del 25,8% en los últimos cinco meses. En octubre las importaciones crecieron un 4,3%, mientras que la comparación con igual mes del año pasado arroja una tasa de cambio del -3,4%. Como contrapartida, las exportaciones retomaron el crecimiento, aunque de manera mucho más leve que el incremento de las importaciones. Así, la balanza comercial acumula cinco meses consecutivos de deterioro en las mediciones mensuales, aunque se mantiene en terreno positivo.

Las ventas minoristas conforman uno de los indicadores que no muestran signos de recuperación clara. A pesar de que en los últimos siete meses se observan mayoría de tasas mensuales positivas, estas son leves, mostrando una silueta de estancamiento luego de haber caído un 14,4% entre abril de 2023 y marzo de 2024. La estimación para octubre arroja una tasa de cambio mensual del 0,6%, mientras que la tasa de cambio interanual fue del -10,2%. Al interior de los componentes, se observa que las ventas en supermercados continúan en caída, aunque la estimación de octubre muestra un leve repunte. Por su parte, las ventas en autoservicios mayoristas mantienen su descenso, mientras que las de los centros de compras detuvieron la recuperación registrada en los meses previos. En contraste, las ventas de electrodomésticos y artículos para el hogar siguieron mostrando una recuperación significativa.

Otra de las novedades negativas proviene de la serie de patentamientos de vehículos nuevos, la cual tuvo una variación negativa en octubre (-2,5%) luego de siete meses consecutivos de importante recuperación. Sin embargo, la variación interanual continúa en terreno positivo, un 7,5% por encima de octubre de 2023, y en niveles en torno a máximos desde 2019.

(Fuente)La recaudación total del gobierno nacional mostró una recuperación sostenida en octubre, con un aumento mensual del 1,2%. Sin embargo, al comparar con el mismo mes del año anterior, se registra una caída interanual del 2,5%. “Aunque este indicador se mantiene en niveles históricamente bajos, es destacable que todas las categorías impositivas están en proceso de recuperación”, señalaron desde CICEc. Los impuestos internos, como la recaudación total de la DGI y el IVA DGI, avanzan a un ritmo más lento, mientras que los impuestos externos, gestionados por la DGA, y los vinculados a la seguridad social muestran un crecimiento más acelerado.

En el mercado laboral, tras doce meses consecutivos de caídas que resultaron en la pérdida de aproximadamente 180.000 puestos de trabajo registrados, el empleo asalariado privado parece haber estabilizado su tendencia. En octubre, la tasa de cambio mensual fue del 0,01%, mientras que en términos interanuales la caída se ubicó en un 2,3%. Aunque aún no se observa una recuperación significativa en los puestos de trabajo, la estabilización de la serie es un dato alentador. Al analizar los sectores, los resultados son mixtos: mientras que el empleo industrial continúa disminuyendo, sectores como comercio y construcción registraron algunos incrementos.

La tasa de entrada al mercado laboral permaneció sin cambios en octubre, situándose en el 1,75%, el mismo nivel que en septiembre. Este comportamiento estable sigue a una importante recuperación en meses anteriores, lo que ha llevado a que la serie se ubique apenas por debajo del nivel registrado en octubre de 2023, con una variación interanual de -1,8% (equivalente a una reducción de 0,03 puntos porcentuales).

Por su parte, la remuneración bruta total de los empleados privados registrados continuó recuperándose, impulsada por la progresiva desinflación. En términos interanuales, este indicador creció un 5,4%, mientras que la variación mensual estimada para octubre fue del 1,9%. Desde enero, el poder adquisitivo de los trabajadores registrados privados ha aumentado un 11,9%, aunque todavía se encuentra un 3,7% por debajo del pico alcanzado en febrero de 2023.

Fuente: infobae.com

PROVINCIALES – Lanzan la canasta navideña y del arbolito

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El Gobierno de la provincia presentó la iniciativa en la que, en el marco del programa “Acuerdo Santa Fe”, la canasta navideña y el arbolito con sus complementos, se podrán conseguir a un precio especial.

En el marco del Programa “Acuerdo Santa Fe”, el Gobierno de la Provincia, junto a la Cámara de Supermercados y Autoservicios de Rosario y la Región (Casar), presentó este viernes una canasta para las fiestas con cinco artículos a un precio promocional.

” La misma, cuenta con una sidra, un pan dulce, un budín, una garrapiñada y un turrón a 4990 pesos”, dijo el secretario de Comercio Interior y Servicios, Gustavo Rezzoaglio y agregó “a partir del próximo lunes, se implementarán estos precios en Rosario y el próximo martes, en Santa Fe Capital, luego de que se haga la presentación. Estará disponible hasta agotar stock o hasta el 31 de diciembre.

El ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, señaló: “Quiero agradecer a la Cámara por lo que transitamos juntos este año; hicimos muchas actividades, nos sumamos a iniciativas que venían haciendo y otras que fueron surgiendo en charlas de trabajo que hemos tenido. Estamos convencidos de esta forma de trabajo: lo público y lo privado haciendo sinergia para cuidar el bolsillo de los consumidores”.

Puccini también destacó “el gran entendimiento del programa Acuerdo Santa Fe, con un Gobierno de la Provincia que viene a colaborar, a juntar las partes y a comprometernos junto al sector privado para que pueda llevar adelante este acuerdo de precios en beneficio de los vecinos con buenos productos. Somos un Gobierno que cree en el trabajo conjunto y esto es una demostración. Hoy hay 75 locales que se adhieren a esta canasta que une a la familia a fin de año. Esperamos que se sumen las 365 localidades de la provincia”.

Canasta navideña
Por su parte, el secretario de Comercio Interior y Servicios, Gustavo Rezzoaglio, indicó que “dentro del programa Acuerdo Santa Fe, que venimos desarrollando desde comienzo de año, hoy incorporamos la canasta navideña, que anualmente presenta la Cámara de Supermercados de Rosario, con 5 productos a $ 4.990, que además tiene una bolsa de supermercado”.

En cuanto a la canasta navideña que estará en la góndola a partir de hoy, el funcionario indicó que “será hasta agotar stock y pensamos que se extenderá hasta fin de año. Es una iniciativa de la Cámara de Supermercados a la cual nosotros nos sumamos. Los cinco elementos que contendrá la canasta son sidra, pan dulce, turrón, garrapiñada y budín, más la bolsa de Acuerdo Santa Fe”.

En tanto, el presidente y la gerente de Casar, Sergio Cassinerio y Verónica Solmi, destacaron que “por 11 años consecutivos y más allá de los distintos gobiernos provinciales, la Cámara colabora llevando la canasta navideña más barata del país a los consumidores. Los supermercadistas rosarinos siguen haciendo el esfuerzo para poner una canasta navideña con cinco productos emblemáticos”.

Árbol navideño
El secretario de Comercio Interior y Servicios también precisó que sumaron al Acuerdo Santa Fe “el árbol navideño. Esto se logró gracias a jugueterías, bazares y negocios que comercializan productos navideños de Rosario y Santa Fe. De esta forma, el árbol de Navidad, de 90 centímetros, con adornos, luces y ocho componentes, costará $ 22.990”.

Esta alternativa se suma a los Bancos Municipal y de Santa Fe, que permiten comprar el árbol en tres cuotas sin interés. Por último, el presidente del Centro Comercial Calle San Luis, Miguel Rucco, sostuvo: “Es la primera vez que realizamos este acuerdo para el árbol navideño. Es un gran impulso que se le da a todo el sector. Por eso quiero agradecer el trabajo conjunto entre lo público y lo privado para poder llevar adelante políticas públicas que beneficien a toda la ciudadanía”.

Fuente: airedesantafe.com.ar

IMPOSITIVAS – El Gobierno, a punto de subir el cupo libre de impuestos para compras de argentinos que viajen al exterior

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Actualmente, el límite que se puede traer en la valija es de u$s500 más un celular, notebook o tablet. El incremento sería “significativo”, aseguran

Ya que te vas de viaje al exterior, ¿me podés traer algo?” La pregunta que ya resulta conocida, volverá a ser frecuente. O al menos es lo que espera el Gobierno, ya que tiene bajo análisis aumentar el monto máximo permitido para traer bienes de los viajes al exterior.

Actualmente el límite es de 500 dólares. A este monto se le suma la posibilidad de traer un celular, una computadora portátil o una tablet, ya que estos elementos se consideran artículos de uso personal.

Si bien el nuevo monto límite se encuentra bajo siete llaves, de acuerdo a lo que pudo averiguar iProfesional de fuentes cercanas al equipo económico, “la suba sería significativa”.

Esta medida se sumaría a los cambios en los montos de los envíos vía couriers -anunciados pero no oficializados- y los cambios en los envíos “puerta a puerta”, que serán anunciados en breve.

Bienes y equipaje en viajes del exterior: cuáles son las condiciones actuales

Actualmente, las personas que regresan al país luego de un viaje al exterior deben completar un formulario para informar si adquirieron bienes en el extranjero y el correspondiente valor de esos bienes.

Si se traen cosas que superan los valores permitidos (actualmente u$s500), se tiene que completar una declaración jurada digital. También se debe completar la declaración jurada si se ingresa al país:

  • Mercaderías reguladas por SENASA (Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria).
  • Dinero en efectivo o instrumentos monetarios por un valor igual o mayor a 10 mil dólares estadounidenses (si sos mayor de 16 años) o 5 mil dólares estadounidenses (si sos menor de 16 años).

Actualmente, además, si se regresa de un viaje con compras superiores a los u$s500, el personal de Aduana controlará los bienes que se declararon. Si no se declaran los bienes y se controla el equipaje, el servicio aduanero puede labrar un acta, secuestrar esos bienes y hacer la denuncia.

Bienes y equipaje en viajes del exterior: valores permitidos

¿Cuál es el valor de las cosas que se pueden ingresar al país sin pagar impuestos? Según detallan desde ARCA, actualmente los montos son los siguientes:

Si viajas en avión o por vía marítima:

  • u$s500 en equipaje.
  • u$s500 en el free shop de llegada.

Si ingresás por tierra o por río:

  • u$s300 en equipaje.

Sin franquicia en free shop de llegada, salvo en Puerto Iguazú, donde existe una franquicia de u$s500.

Otro dato a tener en cuenta es que, en caso de viajar más de una vez al mes al exterior, no se multiplica el máximo permitido: el tope de u$s500 puede “usarse” una vez por mes.

En caso de comprar en el exterior un bien por un valor mayor al que se permite ingresar sin pagar impuestos, además de declarar los bienes, se debe pagar una suma de dinero igual a la mitad del valor que supera el valor máximo permitido. Por ejemplo: si se compra por un valor de u$s600, se superó en u$s100 dólares el valor permitido y hay que pagar u$s50. Lo mismo ocurre en los free shops.

Envíos por courier y puerta a puerta

Esteban Marzorati, subsecretario de Comercio Exterior, adelantó y explicó los cambios que se vienen en los envíos por courier. Cabe aclarar que el régimen de importación por courier es un régimen de importación simplificado que fue creado para facilitar los envíos internacionales y reducir sus costos. Además, se debe tener presente que se trata de la importación de bienes materiales (no a servicios).

“Puede tener fines comerciales y particulares siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la normativa”, puntualizó el funcionario.

Actualmente, el valor de las mercaderías no puede exceder los u$s1.000 por envío y el peso total del mismo no puede superar los 50 kilogramos. Desde diciembre próximo, el valor máximo del envío pasa de u$s1.000 a u$s3.000.

Marzorati precisó que el courier comercial podrá ser utilizado siempre que no supere los límites antes mencionados y siempre que no requiera intervención de terceros Organismos (ANMAT, INAL, entre otros). No hay límites en la cantidad de envíos.

Respecto al courier particular (pequeños envíos), el funcionario explicó que en caso de superar los límites o requerir intervención, el interesado no podrá usar el courier comercial y surgirán 2 opciones:

  • Hacer un despacho general (con despachante)
  • Hacer un despacho bajo courier particular (pequeños envíos) siempre que no traiga más de 3 unidades del mismo tipo y no tenga fines comerciales. Esta opción sólo permite 5 envíos al año.

Compras por Amazon o courier: cuánto se pagará de impuestos

  • Despacho general: Se debe abonar aranceles, Tasa Estadística, IVA, IVA Percepción, Anticipo de Ganancias e IIBB
  • Courier comercial: Se debe abonar aranceles, Tasa Estadística e IVA

En referencia a los costos de envío, se debe tener en cuenta que, además de la cuestión impositiva, todos los envíos tienen un costo que dependerá del proveedor y deberá ser abonado por el interesado.

En resumen, solo para el courier particular (pequeños envíos): actualmente se paga aranceles (0 a 35%), Tasa Estadística (0 a 3%) e IVA (0 a 21%) por todo el monto.

A partir de diciembre, los primeros u$s400 solo pagarán IVA y el excedente seguirá pagando aranceles,Tasa Estadística e IVA.

Para entender la magnitud de los cambios, el total de importaciones por courier (particular + comercial) llegó a casi el 1% de las importaciones totales entre 2016 y 2024, según el INDEC.

Las modificaciones tienen como objetivo dar un mayor acceso a todas las personas, equipararse con otros países de la región y facilitar el necesario abastecimiento de insumos y repuestos en un contexto de apertura comercial y normalización del comercio exterior.

Otro dato a tener en cuenta es que si la compra se realiza en los últimos días de noviembre, pero el producto llega en diciembre, “aplica el régimen que esté vigente al momento de despachar la mercadería en Argentina (nacionalización)”. Es decir que, si llega en diciembre, pagará impuestos según el nuevo esquema anunciado por el Gobierno.

Envíos “puerta a puerta”: los cambios que se vienen

El denominado envío “puerta a puerta”, actualmente es exclusividad del Correo Argentino y es estrictamente para uso personal.

A través de este sistema, la persona puede recibir envíos en su casa o retirarlo en la sucursal del Correo con control aduanero. Mediante el puerta a puerta, pueden adquirirse productos varios, siempre y cuando el envío no pese más de 20 kilos, su valor no supere los u$s3.000 y no sea para uso comercial.

En tanto, para las primeras 12 compras realizadas en el año, si el valor no supera los u$s50, el comprador está exento de pagar los derechos de importación, mientras que si lo supera, pagará el 50% sobre el excedente de ese valor. Cuando se superen los 12 envíos al año, la persona deberá pagar el 50% del valor del envío. La tasa del Correo es un importe fijo en todos los casos.

Desde el Gobierno apuntan a que la franquicia sea la misma en los dos regímenes (courier y “puerta a puerta”) que tienen como finalidad la importación para uso personal. El monto máximo por envío será de u$s3.000 en ambos. Luego, cada persona podrá elegir que el envío le llegue vía Correo Argentino o una empresa de courier.

Fuente: iprofesional.com