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ECONOMÍA – Leve repunte del consumo masivo en julio

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En julio, la gente compró un 0,1% más que en junio (en promedio, $7748 de ticket por 5,4 unidades), lo que marcó un leve quiebre en la caída que traía.

El consumo masivo en julio fue un 0,2% menor al del mes anterior, con un retroceso del 10,6 % interanual, lo que evidencia una pérdida irremontable en el poder de compra de las familias.

Mes bisagra

Ofertas y descuentos

Fuente: el litoral

IMPOSITIVAS – Ganancias: en septiembre, el mínimo no imponible subirá a $2 millones

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El mes que viene se actualizarán las escalas del Impuesto a las Ganancias en función de la inflación acumulada en junio, julio y agosto. Para los casados sería de $2,6 millones.
Tras la restitución del Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría incluido en el Paquete Fiscal unos 800.000 trabajadores comenzaron a tributar nuevamente. A poco andar, el mínimo no imponible subirá a aproximadamente $2 millones para un empleado soltero sin hijos.

Así lo estimó la consultora Focus Market, especializada en temas de consumo, a partir de los datos últimos de la inflación de julio y proyecciones de evolución de los precios de agosto.

La Ley establece una actualización extraordinaria en septiembre de las escalas salariales, que tomará como referencia la variación que haya tenido el Índice de Precios al Consumidor (IPC) entre junio y agosto.

Como informó el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), en junio, los precios subieron 4,6% mientras que, en julio, crecieron 4%. Según estimaciones privadas, en agosto subiría otro 4%, de modo que el actual mínimo no imponible de $1,8 millones para un empleado soltero pasaría a ser de $2.036.000 brutos. En tanto, que para un casado con dos hijos, el actual MNI de $2.340.000 se ubicará desde septiembre en unos $2.647.000.

La consultora Focus Market plantea que “el mínimo no imponible para un trabajador soltero sin hijos en septiembre pasará a $2.177.780, soltero con 2 hijos $2.407.020 y para un trabajador casado con 2 hijos pasará a $2.750.880”.

Según explicó a Ámbito el titular de la consultora, Damian Di Pace, ese estimado toma como base los cálculos del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) para junio, julio y agosto que proyectaba 4,6% para el mes anterior y el actual. Pero el analista considera que luego del 4% de julio “es muy probable que agosto dé una cifra parecida”. Es de recordar que, generalmente, el REM está proyectando índices de inflación por lo menos medio punto mas alto que lo que se da en la realidad.

Es de tomar en cuenta que, a partir de 2025, las actualizaciones de las escalas del tributo y las deducciones serán por inflación y semestralmente. Este año, habrá una actualización extraordinaria en septiembre por la evolución de precios de junio, julio y agosto, para evitar que la inflación provoque un desfase.

“Con el antiguo régimen, no se actualizaban las escalas, entonces, todos los meses los sueldos aumentaban, rápidamente llegaban al mínimo no imponible, y eran alcanzados por el gravamen del 27%. Ahora, este impuesto recae sobre haberes de manera progresiva, con alícuotas que van del 5% al 35%, más ganas más aportas”, señala Di Pace en un reporte.

Salarios perdiendo contra la inflación

El informe de Focus Market recuerda que, luego de un extenso período en el que los salarios venían perdiendo frente al IPC, “en los últimos meses el salario comienza a ganarle a la inflación mensual”.

“Sin embargo, a partir de agosto, comienza a abonarse el Impuesto a las Ganancias y quienes serán alcanzados verán una reducción en sus ingresos”, advierte la consultora

De esa manera, la mejora salarial que los empleados de este grupo consigan por acuerdos en paritarias no se verá traducido en una mejora del consumo. Según señala la consultora, “el peso en el gasto hogareño de la variación de precios de los servicios públicos y privados resta margen de maniobra para la adquisición de bienes en la misma cantidad”.

El estudio advierte que, desde noviembre de 2022, los salarios registraron un incremento de 772%, mientras que los precios regulados (tarifas) crecieron un 1.085%, exponiendo una brecha de 40,5% actualmente entre precios regulados y salario. En el caso de Alimentos y bebidas, subieron 1.066% con una brecha del 38%.

Fuente: ambito

NACIONALES – Nueva era para la firma digital: el Gobierno oficializó los cambios en el régimen de registro

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Ahora la verificación de identidad se podrá realizar de manera virtual. Así lo estableció el Decreto 734/2024 publicado en el Boletín Oficial

El Gobierno nacional oficializó los cambios en el régimen de registro de firma digital, entre los cuales se encuentra la posibilidad de realizar la verificación de identidad de manera virtual. La medida, que fue anticipada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, tiene como objetivo agilizar los trámites en el Estado.

La decisión se concretó con la publicación del decreto 734/2024, firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; y de Sturzenegger. “Si hoy tenés que firmar un contrato, tenés que encontrarte en un lugar. Todos esos trámites a partir de ahora se van a poder hacer de manera remota”, había dicho Sturzenegger el domingo.

El artículo 1° del decreto sustituyó el inciso 2 del artículo 21 del Anexo del decreto Nº 182 del 11 de marzo de 2019, que habilitó la firma digital, y estableció que la “verificación de identidad puede o no hacerse de manera presencial, para lo cual se deberán emplear servicios de validación de identidad en tiempo real que utilicen el confronte de datos del Registro Nacional de las Personas”. El siguiente punto sustituyó el artículo 27 del anexo de ese mismo decreto, referido a las “Autoridades de registro”.

“Los Certificadores Licenciados podrán delegar en Autoridades de Registro las funciones de validación de identidad y otros datos de los suscriptores de certificados y de registro de las presentaciones y trámites que les sean formuladas, bajo la responsabilidad del Certificador Licenciado, cumpliendo las normas y procedimientos establecidos por la presente reglamentación”, fijó ese artículo 2° de la flamante normativa.

Además, señaló que “la presencia física del solicitante o suscriptor ante el Certificador Licenciado o sus Autoridades de Registro no será condición ineludible para el cumplimiento de los trámites necesarios para la emisión, renovación o revocación del correspondiente certificado digital”.

Argumentos del Gobierno para cambiar la firma digital

En los considerandos, el Gobierno explicó que “la Administración Pública está inmersa en un proceso de modernización tecnológica que conlleva la elaboración de un marco normativo adecuado que contemple las particularidades que trae aparejadas la utilización de las tecnologías de la información y las comunicaciones para el desarrollo de su actividad, tanto internamente como en sus relaciones con los ciudadanos”.

En caso de no ir en esa dirección, según el Gobierno nacional, “se corre el riesgo de no aprovechar las posibilidades que ofrecen dichas tecnologías para el tratamiento de la información y la simplificación de las comunicaciones”.

Remarcó que “resulta oportuno implementar acciones tendientes a que los solicitantes o suscriptores de certificados digitales emitidos por los Certificadores Licenciados en el marco de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina, y de conformidad con lo establecido en la Ley de Firma Digital N° 25.506 y sus modificatorias, puedan optativamente tramitar su emisión, renovación o revocación sin su presencia física ante una Autoridad de Registro”.

Fuente: infobae

ECONOMÍA – El sector de la maquinaria agrícola levanta cabeza y el metalúrgico de Santa Fe se reanima

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El mejor desempeño del sector de la maquinaria agrícola impactó en el ritmo de la actividad en Santa Fe. No obstante, advierten que la actividad aún se mantiene en niveles bajos

La actividad metalúrgica cayó 11,7% en julio, en comparación con el mismo mes del año anterior.Sin embargo, el sector mostró una mejora del 1,3% respecto del mes anterior, indicó el último informe de la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (Adimra). Con estos números, la metalurgia podría ser uno de los sectores económicos que habrían tocado piso en junio.

Aunque no llega a operar en terreno positivo, el mejor desempeño del sector de la maquinaria agrícola impactó a nivel general y también en el ritmo de la actividad en Santa Fe.Si bien en las principales provincias metalúrgicas se observan nuevamente caídas interanuales generalizadas en todas las regiones se advierte una desaceleración con respecto a meses anteriores. En julio Santa Fe marcó una baja de la actividad del 12,2%, mientras que en junio había sido del 20,3%.

El informe señala que si bien durante julio se registró la primera variación mensual positiva en lo que va del año, desde Adimra advierten que la actividad aún se mantiene en niveles bajos. El sector acumula una caída del 15,9% durante el 2024, contra el mismo período del año anterior y diciembre del 2023 la caída es de 7,4%. Julio de 2024 se convirtió en el peor julio desde el año 2020. En tanto, la utilización de la capacidad instalada (UCI) también registró una caída con respecto al año anterior, pero desaceleró con respecto a meses anteriores. Contra el mismo mes del año previo, la UCI disminuyó 9,6 p.p, mientras que el promedio del 2024 se encuentra en 11,0 p.p. por debajo del nivel del 2023.

En cuanto al nivel de empleo, Adimra observó una disminución interanual de 3,8% y contra el mes de junio el empleo disminuyó 0,5%.

El presidente de Adimra, Elio Del Re, advirtió que “la producción continúa en un sendero de caída en la mayoría de los sectores que componen la industria metalúrgica en línea con la demanda interna y el uso de la capacidad instalada, aunque pareciera haber encontrado un piso, por lo que es necesario promover la inversión con el impulso del desarrollo de la industria nacional”.

Análisis por actividad metalúrgica

En el análisis hacia el interior de la industria metalúrgica, la entidad advierte nuevamente una caída sistémica en todos los subsectores que componen este entramado industrial. Estas disminuciones van desde -4% hasta -17%. Sin embargo, en línea con el promedio general, se ha verificado una disminución en la velocidad de caída.

El sector que menos ha disminuido su producción durante este mes ha vuelto a ser maquinaria agrícola (-4,2%), con algunas empresas que han comenzado a crecer luego de los muy bajos niveles de producción registrados el año previo producto de la sequía. Por otro lado, el sector que más ha caído durante el mes ha sido el de fundición (-17,1%), seguido por otros productos de metal -16,6%).

Analizando por cadena de valor, es decir, las variaciones interanuales de la producción de las empresas teniendo en cuenta las cadenas de valor más importantes a las que provee, Adimra también observa caídas generalizadas pero con algunas diferencias. Las firmas metalúrgicas vinculadas a la cadena de petróleo y gas (-8,8%) continúan registrando las menores variaciones interanuales negativas, seguidas por las vinculadas al sector minero y a la energía eléctrica.

Por otro lado, los establecimientos vinculados a la cadena de valor de la construcción siguen registrando caídas mucho más fuertes que el promedio general. Sin embargo, ha disminuido la velocidad con respecto a meses anteriores.

De manera similar, las firmas que destinan parte de su producción al consumo final también continúan registrando fuertes bajas en su producción, aunque también se redujo la velocidad de la caída.

El sector de Carrocería y remolque (-14,8%) Fundición (-17,1%), Equipo Eléctricos (-12,7%) y Otros productos metal (-16,6%), han sido de los más afectados durante el mes en curso, mientras que la Maquinaria Agrícola (-4,2%) fue uno de los sectores que menos han caído durante el mes.

Tendencia en las provincias

Con respecto a la situación de las principales provincias metalúrgicas se observan, nuevamente, caídas interanuales generalizadas en todas las regiones aunque se observa una desaceleración con respecto a meses anteriores.

En Santa Fe (-12.2%), la maquinaria agrícola fue el sector que menos disminuyó en términos relativos en la provincia. Algo similar ocurre en Buenos Aires (-12,7%), con varias empresas mejorando sus niveles de producción con respecto al año previo. Córdoba (-9,3%), Mendoza (-8,8%) y Entre Ríos (-7,9%), por su lado, registraron variaciones por debajo del promedio y leves desaceleraciones en la caída con respecto a meses anteriores.

Debido a las fuertes contracciones en la actividad verificadas en los últimos meses, el nivel de empleo que aportan las empresas del sector, se observa una disminución interanual de -3,8% y comparado contra el mes de junio, disminuyó -0,5%.

Fuente: la capital

NACIONALES – Proyecciones del Presupuesto 2025: el Gobierno espera una inflación del 139% y un dólar a $1016

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Este será el primer presupuesto bajo la administración de Javier Milei y se espera que incorpore una regla fiscal estricta

El ministro de Economía, Luis Caputo, se encuentra ultimando los detalles del Presupuesto 2025, clave para definir la política fiscal y económica del próximo año. Entre las proyecciones oficiales para el cierre de 2024, el Ejecutivo estima una inflación del 139% y un tipo de cambio oficial de $1.016 por dólar para el mes de diciembre.

Este será el primer presupuesto bajo la administración de Javier Milei, y se espera que incorpore una regla fiscal estricta que busque mantener el equilibrio financiero, evitando la acumulación de nueva deuda y reduciendo el riesgo país.

El Presupuesto 2025 no solo será un instrumento para delinear la política fiscal del próximo año, sino también una herramienta crucial para enviar señales al mercado sobre la dirección económica del país.

La previsión de una inflación del 139% para este año se enmarca en un contexto donde la inflación de julio superó el 4% mensual y la acumulada en los primeros 7 meses del año fue del 87%. Mientras en los 12 meses de 2023 se observó una inflación de 211,4% lo que deja un panorama expectante.

Por otro lado, la proyección de undólar a $1016 para diciembre refleja un ajuste significativo en el tipo de cambio oficial, alineado con una estrategia de devaluación gradual que el gobierno ha mantenido en los últimos meses.

El equipo económico anticipa que el dólar continuará depreciándose a un ritmo mensual del 2% (crawling peg), lo que sugiere que la volatilidad cambiaria se mantendrá como un factor crítico en la economía.

El Presupuesto 2025 tiene un objetivo clave: déficit cero

El presidente Milei ha subrayado que el Presupuesto 2025 se centrará en una política de “déficit cero“, un enfoque que busca que el superávit primario sea suficiente para cubrir los intereses de la deuda y evitar así la necesidad de incurrir en nuevo endeudamiento.

A su vez, contempla la implementación de techos de gasto para cada ministerio, con el objetivo de mantener un control estricto sobre el gasto público. Esto va de la mano con las primeras proyecciones en las que el gobierno espera que para el 2025 aumente un 54,4% la recaudación de impuestos respecto al 2024.

Todo ello con una presión tributaria que disminuirá levemente, al pasar del 21,61% al 21,16% del PBI. Sin embargo, uno de los desafíos fiscales más significativos será la eliminación del Impuesto PAIS, una fuente importante de ingresos para el Tesoro.

Aunque el gobierno está explorando alternativas para reemplazar esta recaudación, la eliminación de este impuesto plantea interrogantes sobre cómo se compensarán los ingresos perdidos sin comprometer el objetivo de equilibrio fiscal.

La implementación de una regla fiscal estricta y la eliminación del Impuesto PAÍS serán dos de los aspectos más observados, ya que ambos elementos son fundamentales para mantener la estabilidad financiera y evitar un aumento en el riesgo país.

Además, el gobierno deberá enfrentarse a la incertidumbre en torno a la eliminación del cepo cambiario, un tema que, aunque ha sido abordado directamente en el presupuesto, será crucial para la implementación del plan económico en su conjunto.

Fuente: noticias argentinas

NACIONALES – Gobierno reglamentará la reforma laboral: cuáles son los principales cambios que se vienen

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El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó en las últimas horas que esta semana se reglamentará el capítulo de la reforma laboral de la ley Bases, entre otras medidas que trabaja el Ejecutivo.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, anticipó en las últimas horas que esta semana se reglamentará el capítulo de la reforma laboral de la ley Bases, entre otras medidas que trabaja el Ejecutivo.
El ministro aseguró que “la Ley Bases fue la ley que tuvo más tiempo de debate en la historia de Argentina”. “El resultado es sumamente generoso por parte del Congreso en las atribuciones que nos concedió para reformar el Estado. Le ha dado mucha libertad a Milei para que en este primer año haya una reforma importante en la estructura del Estado”, agregó Sturzenegger en declaraciones televisivas.

Recordemos que la ley Bases fue aprobada a fines de junio por la Cámara de Diputados. El capítulo laboral, denominado en el texto de ley como “Modernización laboral”, contiene cambios importantes en las reglas de contratación y en la relación entre los empleados y sus empleadores.

Ley Bases: esta es la reforma laboral aprobada en el Congreso

Blanqueo Laboral

Entre los artículos 76 y 81, bajo el título “Promoción del empleo registrado”, se plantean una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores. Con respecto a estos últimos, aclara que “cualquiera sea su antigüedad y su salario, sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación”. Entre los beneficios que se otorgan, aparecen la extinción de la acción penal prevista en la Ley Penal Tributaria, la condonación de infracciones y sanciones, la baja del Registro de Sanciones Laborales (REPSAL) y la condonación de deudas por capital e intereses. Este último beneficio se aplicará con un mínimo de 70% de condonación, con incentivos adicionales para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs).

Fondo de cese laboral

En el artículo 93 de de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

Ampliación del período de prueba

En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto. Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño (hasta 5 trabajadores). Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización por antigüedad.

Derechos previsionales

Los trabajadores que sean regularizados por sus empleadores podrán computar hasta 60 meses de aportes previsionales, aunque hayan trabajado más años de manera informal. Estos cinco años no serán considerados para el cálculo del haber inicial de la jubilación.

Flexibilización de las relaciones laborales

Se incorporan también medidas que permiten que las relaciones laborales queden enmarcadas en otras formas distintas a la convencional relación de dependencia. Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación. La ley excluye expresamente los contratos de obra, de servicios y de agencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), regulándolos en cambio por el Código Civil y Comercial. Esto limita la presunción de relación de dependencia, quedando sujeta a prueba en cada caso.

Nuevas causas de despido

Se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en el marco de un conflicto colectivo en la empresa. Esto sería, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Indemnización especial por despido discriminatorio

La nueva legislación establece una indemnización adicional de entre un 50% y un 100% de la indemnización por antigüedad en casos de despido por motivos de discriminación. Este cambio elimina la posibilidad de que la Justicia ordene la reinstalación del trabajador en su puesto, limitando la compensación a la indemnización monetaria.

Tercerización laboral

Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.

Funcionamiento de sindicatos

El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.

Licencia por embarazo

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. Sin embargo, la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

Los cambios que transitó la reforma laboral tras la segunda versión de la ley Bases

El apartado de la ley Bases que modifica las relaciones de trabajo sufrió ciertas modificaciones con respecto a la primera versión del denominado inicialmente “proyecto ómnibus”.

En este caso, el Gobierno de Javier Milei presentó una reforma laboral menos ambiciosa y suprimió cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores.

Luego de reuniones, negociaciones y debates en comisiones, el Título V denominado “Modernización laboral”, incluído en la nueva ley Bases, se transformó en una reforma de la legislación de trabajo de 17 artículos. El apartado contiene distintas modificaciones sobre el proyecto Ley de Empleo Nº 24.013.

IMPOSITIVAS – Bienes Personales: Régimen de Pago Adelantado y nueva prórroga para presentar DDJJ 2023

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La AFIP extiende los plazos para DDJJ 2023 y reglamenta el pago adelantado de Bienes Personales. Conocé los nuevos vencimientos y condiciones.

Mediante la Resolución General de AFIP 5544, publicada en el Boletín Oficial el 9 de agosto de 2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó los requisitos, procedimientos y condiciones del Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP). Este régimen, parte del paquete fiscal de la Ley 27.743, y permite a los contribuyentes optar por el pago anticipado del impuesto sobre los Bienes Personales, aplicable tanto a bienes no regularizados como regularizados bajo el Régimen de Regularización de Activos (Título II).

Características del Régimen 

Para los bienes no regularizados, la alícuota aplicable es del 0,45%, y los contribuyentes pueden optar por adherirse al régimen y anticipar el pago del impuesto correspondiente a los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027. Este régimen estará vigente hasta su eliminación en 2028. Por otro lado, para aquellos bienes que fueron regularizados bajo el mencionado régimen, la alícuota será del 0,50% para los períodos fiscales 2024, 2025, 2026 y 2027.

Para poder adherirse al REIBP, es necesario que la liquidación del impuesto sobre los Bienes Personales del período fiscal 2023, sin aplicar las disposiciones del REIBP, arroje un impuesto determinado. Además, la adhesión al régimen debe incluir la totalidad del patrimonio, y los contribuyentes residentes en el país deben tener CUIT o CUIL, mantener actualizado su domicilio fiscal y su código de actividad, así como poseer un domicilio fiscal electrónico registrado. En el caso de los contribuyentes no residentes, deberán designar un representante, si corresponde.

Nueva Prórroga para Presentar DDJJ 2023

La AFIP ha emitido la Resolución General 5550 (B.O. 19/08/2024), que establece una prórroga para la presentación y pago de las declaraciones juradas del período fiscal 2023 de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular. Esta prórroga permite a los contribuyentes cumplir con estas obligaciones hasta las siguientes fechas, según la terminación de su CUIT:

  • CUIT 0, 1, 2 y 3: fecha de presentación 18/09/2024 / fecha de pago 19/09/2024
  • CUIT 4, 5 y 6: fecha de presentación 19/09/2024 / fecha de pago 20/09/2024
  • CUIT 7, 8 y 9: fecha de presentación 20/09/2024 / fecha de pago 23/09/2024

Esta extensión de plazos aplica tanto a la presentación de las declaraciones juradas como al pago de las mismas, y se encuentra en vigor desde el 16/08/2024.

Plazos y Condiciones de Adhesión al REIBP

Los contribuyentes que opten por adherirse al REIBP deben manifestar su opción de adhesión desde el 08/08/2024 hasta el vencimiento del plazo general de presentación de la declaración jurada de Bienes Personales del período 2023, asegurando un pago a cuenta no inferior al 75% del impuesto a determinar. Para facilitar este proceso, la AFIP ha establecido un formulario específico, el F. 3337, que debe completarse a través del servicio “Régimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)” en el sitio web institucional de la AFIP.

Además, se ha previsto un plazo especial y excepcional a través de la RG AFIP 5548/2024, que permite que las declaraciones juradas presentadas entre el 18/09/2024 y el 20/09/2024 se consideren presentadas en término. Para acceder a esta opción, no es necesario realizar un pago a cuenta especial del 40% sobre la base de cálculo de los anticipos del período fiscal 2023 (RG AFIP 5548/2024), junto con el pago del saldo de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes a ese mismo período fiscal.

Los contribuyentes que opten por no regularizar bienes bajo el Régimen de Regularización de Activos tienen la posibilidad de adherirse al REIBP (manifestar adhesión) y realizar el pago inicial hasta las fechas de vencimiento indicadas para las declaraciones juradas. El pago inicial debe ser equivalente al 75% del impuesto sobre los Bienes Personales determinado, y la declaración jurada correspondiente debe presentarse entre el 19/09/2024 y el 20/09/2024.

Finalmente, los contribuyentes que hayan manifestado su adhesión al REIBP deberán presentar hasta el 30/09/2024 la declaración jurada del régimen a través del servicio “Régimen especial de ingreso de Bienes Personales (REIBP)” en el sitio web de la AFIP, seleccionando la opción “Declaración jurada y pago”. La cancelación total del impuesto, menos el pago inicial realizado, debe efectuarse antes de la fecha límite mencionada, mediante transferencia electrónica de fondos y utilizando el Volante Electrónico de Pago (VEP) F. 3343.

Para aquellos contribuyentes que hayan optado por ingresar al Régimen de Regularización de Activos, se establece que deben manifestar su adhesión al REIBP, así como el plazo y monto del pago inicial, entre el 07/10/2024 y el 31/03/2025, que corresponde a la Etapa 3 del régimen de regularización, con un pago a cuenta no inferior al 75% del impuesto determinado.

Fuente: iprofesional

Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias. Eximen del gravamen a las cuentas recaudadoras de propinas

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Se exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, a los débitos y créditos en las cuentas recaudadoras especiales que se utilicen a los fines de cumplimentar la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir un monto y/o un porcentaje a la cuenta, destinado a la gratificación por el servicio.

Decreto (PE) Nº 737/2024 (BO 16/08/2024)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Por pagos de deuda y mayores gastos, en julio volvió el déficit financiero pero fue menor al esperado

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El Gobierno logró un superávit primario de casi $1 billón.

En julio el Sector Público Nacional registró un resultado primario de $908.253 millones pero tuvo un déficit financiero de $600.957 millones, producto del pago de vencimientos de deuda.

El superávit fue “consistente con el sendero de gasto considerado sostenible”, según el Ministerio de Economía.

Luego del pago de intereses de la deuda pública neto de los intrasector público por $1.509.210 millones, se registró un resultado financiero negativo, pero inferior al esperado.

“Se ha generado un superávit primario aún en un mes que registra estacionalmente gastos mayores por los pagos del aguinaldo, por primera vez en cinco años”, indicó Economía.

El sector público acumuló en los primeros siete meses del año un superávit financiero equivalente a aproximadamente 0,4% del PIB (superávit primario de aproximadamente 1,4% del PIB).

De esta forma, se continúa consolidando el ancla fiscal del programa de gobierno.

Los ingresos totales del SPN en el mes alcanzaron los $9.333.748 millones (+245,5% interanual).

En lo que respecta a la recaudación tributaria, la misma presentó un crecimiento de +259,7% i.a. explicado principalmente por la variación del Impuesto PAIS y los ingresos correspondientes a los Aportes y Contribuciones a la Seguridad Social (+233,8% i.a.).

Entre los tributos ligados a la actividad económica interna cabe mencionar la recaudación correspondiente al Impuesto a los Débitos y Créditos (+242,8% i.a.), al IVA neto de reintegros (+221,4% i.a.), y a las Ganancias (+170,6% i.a.).

Durante julio, los gastos primarios del Sector Público Nacional alcanzaron los $8.425.495 millones (+177,5% i.a.).

En lo que refiere a las prestaciones de la Seguridad Social, las mismas ascendieron a $4.898.692 millones (+219,4% i.a.), producto del impacto de la fórmula de movilidad aprobada por la Ley N° 27.609 y el DNU 274/24, que adecuó la mencionada fórmula para que los aumentos jubilatorios acompañen la evolución de la inflación y otorgó una compensación adicional de 12,5% para todos los pasivos bajo ese régimen.

Si se añade el refuerzo de ingresos previsionales de hasta $70.000 (más de $331.973 millones), la variación del gasto previsional nacional fue de +216,4% i.a.. Por otra parte, las remuneraciones alcanzaron los $1.378.254 millones (+183,9 i.a.) producto de los incrementos otorgados en el marco de las políticas salariales acordadas.

Las transferencias corrientes alcanzaron los $3.154.203 millones (+192,6% i.a.).

Aquellas correspondientes al sector privado presentaron un crecimiento de +$1.818.523 millones (+218,6 % i.a.).

Entre ellas, destacan las inherentes a las prestaciones sociales, las prestaciones del PAMI, el impacto de la movilidad por la Ley N° 27.609 en las asignaciones familiares (donde la Asignación Universal para Protección Social fue incrementada un 100% en enero mediante Decreto 117/2023), los programas de Política Alimentaria (con un incremento en la Tarjeta Alimentar del 138% entre enero y julio, según la Resolución 3/2023, la Resolución 11/2024, Resolución 111/2024 y Resolución 181/2024), y el Plan 1.000 días (incrementado un 500% mediante Resolución 1.062/2024).

Por su parte, las transferencias corrientes al sector público realizadas en julio alcanzaron los $494.025 millones (+248.367 millones; +101,1% i.a.).

Por último, los subsidios económicos presentaron un incremento de $729.417 millones (208% i.a.), donde los energéticos variaron $571.222 millones (217,5% i.a.), mientras que los destinados al transporte lo hicieron en $134.739 millones (+162,7% i.a.), producto del cambio en la política en esta materia que lleva adelante el Gobierno Nacional.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – Día de las infancias: pese a las promociones bancarias y cuotas, cayó un 16% la venta de juguetes

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Desde la Cámara Argentina de la Industria del Juguete lamentaron la baja en la demanda. En jugueterías de barrio, el ticket promedio rondó los $9.000 por unidad; mientras que en las cadenas de jugueterías, con un 90% de productos importados, fue de $25.000.
La Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ) emitió un comunicado este sábado en la previa del Día de las infancias, donde lamentó una caída del 16% en el total de las ventas de juegos y juguetes. Por otra parte, el dato positivo fue en relación al comercio electrónico, que mostró un crecimiento del 10%, aunque sólo explica el 20% del total de las ventas en la actualidad.
”A pesar de las múltiples promociones bancarias con descuentos hasta 6 cuotas sin interés y los beneficios de billeteras virtuales, que explicaron el 90% de las transacciones comerciales, no se concretaron las mismas cantidades de operaciones que en otros años”, informaron desde la cámara.

Además, consultaron a distintos comerciantes del rubro, donde uno de ellos aseguró que ”el año pasado, eran 20 personas las que gastaban en el mes de agosto $300.000 con las promociones, pero este año fueron 3 o 4 clientes que llegaron a gastar semejante monto”. Otro comentó que ”todos los años disponemos de cinco cajas para atender a nuestros clientes, que hacen colas en la vereda con custodia en la puerta pero esta semana tuve que habilitar sólo una caja para atender los pedidos de juguetes más económicos”.

También detallaron que en jugueterías de barrio, ”el ticket promedio rondó los $9.000 por unidad; mientras que las cadenas de jugueterías, con un 90% de productos importados, el ticket promedio por juguete fue de $25.000”, destacando que el desempeño de las segundas en cuanto a ventas fue mejor, ya que representó una caída de apenas el 3%, frente a un 19% de las barriales o clásicas.

Desde la CAIJ, alertaron además que la caída podría haber sido más fuerte, de no ser por la decisión de no trasladar el feriado del sábado 17 de agosto al lunes y hacerlo puente, volcando el gasto de una hipotética ”escapada” hacia los regalos.

Por el lado de las ventas e-commerce, éstas mostraron un aumento del 10% en unidades, aunque explicaron que ”esta modalidad explica el 20% del total de ventas, pero tiene mucho por crecer en nuestro país”.

Caída en las ventas de los juegos y juguetes antes del Día del Niño.

También detallaron que ”el incremento de precios de los juguetes promedió el 110% interanual, muy por debajo del nivel de inflación acumulada en los últimos 12 meses aunque luego de la temporada de Reyes, no se observaron aumentos”.

Los empresarios enumeraron asimismo una serie de problemáticas que afectan al sector, como la falta de demanda y la ”gran cantidad de juguetes ilegales ingresados al país por contrabando que se venden en la vía pública, en algunos comercios no tradicionales pero también en redes sociales y plataformas de comercio electrónico por los ‘manteros digitales”’.

”Estos productos afectan tanto a la industria como a los importadores, pero además son un peligro para los niños, ya que eluden los ensayos de seguridad que deben realizarse antes de ser distribuidos en el mercado. Para contrarrestar este flagelo, la Cámara Argentina de la Industria del Juguete (CAIJ) está manteniendo reuniones con el Ministerio de Seguridad, la Aduana y la Secretaría de Comercio de la Nación”, aseguraron.

Por último, aseguraron que ”para contrarrestar este flagelo, la CAIJ está manteniendo reuniones con el Ministerio de Seguridad, la Aduana y la Secretaría de Comercio de la Nación”, y realizando ”operativos en la Ciudad de Buenos Aires a partir de una denuncia realizada ante la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA), con el objetivo es identificar juguetes que no cumplen con la norma MERCOSUR de Seguridad en Juguetes ‘IRAM – NM300”’.

Fuente: ambito