Home Blog Page 208

ECONOMÍA – No hubo acuerdo en el Consejo y vuelve a definir el Gobierno: las cifras en pugna entre sindicatos y empresas

0

FINANZAS – El Banco Central retomó la compra de dólares, pero las reservas cayeron a mínimos de abril

0
El BCRA adquirió u$s30 millones, luego de terminar con saldo vendedor el martes. Qué impacto tendrán las medidas de Luis Caputo en las reservas.

El Banco Central retomó las compras de dólares este miércoles, luego de finalizar la jornada anterior con ventas. Sin embargo, las reservas volvieron a caer y se ubican en mínimos desde el 30 de abril.

En una sesión mayorista con negocios por u$s270,7 millones, el BCRA compró u$s30 millones, para acumular un saldo neto a favor de u$s290 millones en lo que va de julio.

De todas formas, las reservas internacionales bajaron de u$s33 millones a u$s27.580 millones, un mínimo desde fines de abril, producto de una baja del 0,2% para el oro, que integra el stock de activos.

El Central acumula compras netas en el mercado de cambios por u$s17.529 millones desde la asunción de Javie Milei. A su vez, el stock de reservas internacionales mejoró en u$s6.371 millones desde los u$s21.209 millones del 7 de diciembre de 2023.

El impacto de las medidas de Luis Caputo en las reservas del Banco Central

Luis Caputo anunció durante el fin de semana que los pesos emitidos por la compra de reservas en el MULC serán esterilizados por el Banco Central a través de la venta de dólares en el mercado financiero. Impulsa la esterilización de cerca de $2,5 billones, equivalentes a los pesos emitidos por las compras de divisas desde fines de abril.

Los analistas de Delphos Investment advierten que “el costo principal de estas medidas es una menor acumulación de reservas, ya que parte de lo comprado en el MULC se sumará a la oferta en el CCL/MEP y cierta “escasez” de pesos a mediano plazo para remonetizar la economía.

El Banco Central retomó las compras este miércoles, pero sus reservas cayeron a mínimos desde fines de abril

En este contexto, el stock de reservas brutas internacionales cayó este martes u$s559 millones respecto a la jornada previa, al ubicarse en u$s27.613 millones -el menor nivel desde el 30 de abril último- debido al impacto del pago de un vencimiento con el FMI por unos u$s640 millones.

Las reservas brutas ya habían sufrido una fuerte caída la semana pasada tras el pago de unos u$s2.600 millones en concepto de capital e intereses de Globales y Bonares.

En ese marco, la consultora Eco Go estimó que las reservas netas en el marco del acuerdo con el FMI eran negativas en u$s1.771 millones (sin contar el impacto del pago de hoy). Y recordó que la metodología para calcular el cumplimiento de la meta con el organismo no incluye los u$s3.184 millones que tiene depositados en el Tesoro en el BCRA ni los u$s2.440 millones de vencimientos por la serie 2 de BOPREAL. En ese sentido, otros cálculos privados que incorporan esos dos ítems estiman que las reservas netas negativas por unos u$s6.300 millones.

El campo no liquida la soja y Luis Caputo necesita aumentar reservas

En los silobolsas que se desparraman por los campos de la Argentina, los productores retienen soja por unos u$s14.000 millones de dólares. Son en total 33 millones de granos, que están a la espera que sus dueños vean la ventana de oportunidad para venderlos a las cerealeras, que luego los exportarán. Las cerealeras están obligadas a liquidar las divisas en la ventanilla del Banco Central en un plazo máximo de 15 días.

Son estimaciones de CIARA, la cámara de la industria aceitera, con obvios vínculos tanto con los productores como con el Gobierno. Por su parte, la Bolsa de Cereales publicó que todavía quedan 27 millones de toneladas de maíz sin que se hayan fijado los precios. Una porción relevante se queda en el mercado interno, y otra más pequeña se destina a la exportación.

Según la estimación de la Bolsa, todavía quedan por liquidar u$s16.000 millones.

Luis Caputo quiere que los chacareros vendan la producción cuanto antes. Necesita esos dólares para incrementar las reservas del BCRA. Para que ello ocurra, el ministro necesita convencerlos de que, efectivamente, por delante no habrá ninguna devaluación. Ni una suspensión de las retenciones a las exportaciones.

Fuente: iprofesional

IMPOSITIVAS – La AFIP reglamentó el blanqueo de capitales y se podrá regularizar sin límites ni penas

0

Quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó hoy el procedimiento para adherir al Régimen de Regularización de Activos que permitirá a los residentes y no residentes regularizar activos sin límite de monto sin costo alguno.

La medida está contemplada en la Ley 27.743 bautizada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” y que mediante la Resolución General Nº 5528 publicada en el Boletín Oficial detalla que el dinero negro ingresado en el sistema financiero deberá quedar hasta el 31 de diciembre de 2025 o se inviertan en destinos autorizados.

Además, quienes regularicen bienes o tenencias por hasta US$100.000 estarán exentos del pago de impuestos. La normativa también facilita la adhesión de personas que perdieron su residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023, quienes podrán recuperar su residencia a partir del 1° de enero de 2024.

El régimen establece tres etapas con alícuotas decrecientes: hasta el 30 de septiembre de 2024 con una alícuota del 5%, hasta el 31 de diciembre de 2024 al 10%, y hasta el 31 de marzo de 2025 al 15%.

Los bienes a blanquear deben estar en posesión del contribuyente al 31 de diciembre de 2023 y acreditarse en la declaración jurada correspondiente.

 El dinero en efectivo debe ser depositado en una cuenta especial de Regularización de Activos para evitar el pago de impuestos y debe regularizarse antes del 30 de septiembre de 2024.

Otros beneficios del blanqueo incluyen la exención de acciones civiles y penales por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas, y la posibilidad de adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% anual.

Los detalles y requisitos del régimen están disponibles en el micrositio de la AFIP.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – AFIP extendió hasta fin de año los beneficios fiscales para la importación de alimentos y medicamentos

0
Las mercaderías contempladas son carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados, enlatados, entre otros productos importados por mipymes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió los beneficios impositivos para la importación de alimentos y medicamentos que realicen pequeñas y medianas empresas que cuenten con “Certificado MiPyME”. Así lo estableció la Resolución General 5527/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
Según detalla en la resolución, el organismo extendió hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión del cobro de la percepción de IVA y del Impuesto a las Ganancias. La justificación es que este beneficio se extiende con el objetivo de “reducir la inflación”.

Las mercaderías contempladas son carnes, lácteos, verduras, frutas, cereales, grasas y aceites, pastas, salsas, panificados, enlatados, insumos alimenticios, cervezas, bebidas sin alcohol, algodones e hisopos, desodorantes, máquinas y espumas de afeitar, insecticidas de uso personal, jabón de tocador, pañales descartables, papel higiénico, pasta dental, productos de limpieza y medicamentos, entre otros.

El régimen de percepción de Ganancias es aplicable a las operaciones de importación definitiva de bienes, salvo que se encuentren exceptuadas, conforme a las respectivas normas legales. Por su parte, el régimen de percepción del IVA se hará efectivo en el momento de la importación definitiva de cosas muebles gravadas por este impuesto, salvo las exceptuadas normativamente.

AFIP: qué dice la norma para las pymes

La norma explica en el considerando que la medida tiene el objetivo de disminuir la carga impositiva a la importación de una canasta de bienes de primera necesidad a efectos de que se genere una reducción de los precios de dichos productos, como continuidad de la política económica dispuesta por el Gobierno Nacional orientada a reducir la inflación.

Otro anuncio que impacta en las importaciones

La Secretaría de Industria y Comercio eliminó el martes el control aduanero del etiquetado de los productos textiles y de calzado que ingresan al país. Con esta medida, que tiene como objetivo bajar el costo de la burocracia y facilitar los procesos de importación, este control pasará a realizarse ex post asegurando la obligatoriedad del cumplimiento del etiquetado.

“Los productos que se comercializan en el país deben tener una etiqueta en la que figuran los datos de la compañía y las características del producto. En el caso de los calzados y textiles, las etiquetas contienen información de los productos que son relevantes para el consumidor, pero que no abarcan atributos de seguridad”, señaló la secretaría que conduce Pablo Lavigne en un comunicado.

Hasta ahora, los productos, para ingresar al país y ser comercializados, debían contar con un etiquetado hecho en su lugar de origen. Si no se contaba con dicha etiqueta, se debía pedir una autorización a la Secretaría de Industria y Comercio para el reetiquetado local a través del proceso de Adaptación al Mercado Local (AML).

“La medida evita también procesos arbitrarios, burocráticos y costosos que, en algunos casos, demoran significativamente la disponibilidad de la mercadería”, aseguraron desde el Gobierno y agregaron que los trámites representaron en 2023 más de 1.500 expedientes gestionados en la Secretaría de Industria y Comercio.

Entonces, a partir de la resolución 156/2024 y 159/2024 publicada en el Boletín Oficial, las empresas deberán arbitrar los medios para que los productos cuenten con el etiquetado previo a la comercialización. El control de esta obligación pasará a ser fiscalizado ex post por parte de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, asegurando que los productos cuenten con la etiqueta obligatoria previo a la comercialización.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – La inflación en Santa Fe en junio fue del 4.3%

0

El rubro que más aumentó fue Viviendas y Servicios Básicos, seguido de Educación y Atención Médica y Gastos para la Salud.

El Instituto Provincial de Estadísticas y Censos de Santa Fe publicó el nivel general del Índice de Precios al Consumidor correspondientes al mes de junio del 2024, que registró un aumento de 4,3% con relación al mes anterior.

El rubro que más aumentó es Vivienda y servicios básicos en un 11, 3%, debido a un 12,4% en alquiler de vivienda y un 17,5% en servicios básicos y combustibles para la vivienda.

El segundo lugar lo ocupa Educación con un 8, 1%, seguido de Atención médica y gastos para la salud con un 5,1%.

El listado lo completan Transporte y comunicaciones (4,7%), Indumentaria (3,9%), Esparcimiento (3,4%), Alimentos y bebidas (3,4%), Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,5%) y Otros bienes y servicios (1,3%).

Fuente: lt10digital

 

ECONOMÍA – Desde noviembre cerraron 7.860 empresas y cayeron 170 mil puestos de trabajo

0

Un informe de Cepa, en base a datos de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, muestra el duro impacto de la recesión.

Desde que Javier Milei ganó las elecciones presidenciales cerraron 7.860 empresas y se perdieron 170 mil puestos formales de trabajo en el sector privado. Así lo informó un estudio del Centro de Economía y Política Argentina (Cepa), elaborado en base a datos de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

Según el informe, la expulsión de trabajadores se concentró en las empresas de mayor porte, con una pérdida del 2,64% en la cantidad de trabajadores. En contraste, las empresas de menos de 500 trabajadores redujeron su personal en un 0,88%.

Durante los primeros meses del gobierno de Javier Milei cerraron 7.820 empresas, que por tener menos de 500 trabajadores califican como pymes. Otras 40 se dieron de baja en el segmento de más de 500 empleados. En el mismo período, se perdieron 170.695 puestos de trabajo registrados (- 1,73%).

El Cepa señala que la expulsión de trabajadores entre noviembre de 2023 y abril de 2024, se concentró en las empresas de mayor porte: 74% de la pérdida de empleo (126.244 trabajadores registrados) se focalizó en empresas de más de 500 trabajadores. En cambio, la reducción de personal por parte de las empresas con menos de 500 trabajadores/as fue sensiblemente menor: disminuyeron sus puestos de trabajo en 44.451 casos, explicando el 26% el total.

Si se compara la cantidad de empleadores que declararon trabajadores entre noviembre de 2023 y abril de 2024, se redujo de 512.357 casos a 504.497 casos, perdiéndose en total 7.860 empresas.

Esta caída se produce mientras que 23 grandes empresas, en general oligopólicas en sus mercados, ganaron durante la primera parte de la gestión del gobierno de Javier Milei un 50% más interanual.

Pablo Manzanelli y Leandro Amoretti, autores del trabajo difundido por el instituto que reporta a la central sindical CTA, realizaron el estudio en base a los datos de la Bolsa de Valores, y señalaron que “la devaluación desencadenó una redefinición de precios relativos”, que derivaron en una “traslación de ingresos en favor de la rentabilidad empresaria”. La baja de ventas se sobrecompensó con suba de precios, con lo que mejoró la rentabilidad general, remarcaron. Hay 10 empresas cuyo nivel de rentabilidad superó el 40% de las ventas en el primer trimestre de 2024. Como ser, Aeropuertos Argentina 2000 con utilidades del 80,1% de las ventas, Metrogas (74,3%), Pampa Energía (68,3%), Aluar (52,1%), Richmond (51,2%), Mirgor (51,2%), Arcor (50,2%), Ternium (49,6%), Loma Negra (45,8%) y Banco Macro (44,9%).

Simultáneamente, la evolución de los salarios de los trabajadores formales se derrumbó 14,9% desde noviembre de 2023, mes previo a la devaluación. El brusco salto del tipo de cambio provocó una aceleración importante de la inflación, que pulverizó el ingreso de los trabajadores en diciembre y enero; en efecto, la caída real del salario llegó a ser de 21,3% en el primer mes del año.

Luego de ese “shock”, sostuvo el informe del Cifra, la profunda recesión funcionó como un freno para las subas de precios. “En ese marco, algunas negociaciones paritarias pudieron recuperar parte de lo que habían perdido”, explicó.

Fuente: la capital

ECONOMÍA – El FMI advierte una profundización de la contracción económica en Argentina y proyecta que el PBI caerá 3,5% este año

0

El organismo empeoró las previsiones para la economía argentina durante 2024.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) empeoró su proyección para la economía argentina en 2024, al estimar que el PBI caerá 3,5%, en una nueva actualización del informe de Perspectivas Económicas Mundiales (WEO, por sus siglas en inglés).

El panorama previsto por el organismo para la actividad económica del país este año evidencia una profundización de la recesión al pasar de una contracción del 2,8% pronosticada en abril a una actual del 3,5%. En cuanto a la proyección para el 2025,el reporte mantuvo el crecimiento esperado en torno al 5%.

En materia inflacionaria, el informe no dio nuevas precisiones pero en la conferencia donde se presentaron los nuevos datos, los funcionarios del Fondo destacaron la desaceleración del IPC en la Argentina y estimaron una mejora en la variación de precios anual al ubicarla en 140% para 2024, frente a la prevista en abril que marcaba 149,4%.

En relación a las perspectivas trazadas para la economía global, el FMI precisó que “se proyecta que el crecimiento mundial estará en línea con el pronóstico de Perspectivas de la economía mundial (WEO) de abril de 2024, de 3,2% en 2024 y 3,3% en 2025”, aunque remarcó que “el variado impulso de la actividad a principios de año ha reducido la divergencia de producción entre las economías a medida que los factores cíclicos disminuyen y la actividad se alinea mejor con sus potencial”.

Asimismo, advirtió que “laaceleración de los precios de los servicios está frenando los avances en materia de desinflación, lo que está complicando la política monetaria” y sostuvo que “los riesgos al alza para la inflación aumentaron, incrementando así la perspectiva de tasas de interés más altas durante un período aún más largo en un contexto de crecientes tensiones comerciales y mayor incertidumbre política”.

Al respecto, consideró que “para gestionar estos riesgos y preservar el crecimiento, la combinación de políticas debe secuenciarse cuidadosamente para lograr la estabilidad de precios y reponer las reservas disminuidas”.

Por el lado de los pronósticos para la región, el reporte reflejó un empeoramiento al detallar
que para América Latina y el Caribe, espera un alza de 1,9% del PBI, mientras que en abril estimaba un repunte de 2% y lo vincula “esencialmente” a la contracción fiscal en la Argentina. En cambio, para 2025 espera una mayor expansión al estimar un crecimiento del 2,7%.

En este contexto, indicó que “el crecimiento se ha revisado a la baja para 2024 en Brasil, reflejando el impacto a corto plazo de las inundaciones, y en México, debido a la moderación de la demanda”, sin embargo, “el crecimiento se ha revisado al alza en 2025 para Brasil para reflejar la reconstrucción después de las inundaciones y factores estructurales de apoyo (por ejemplo, la aceleración de la producción de hidrocarburos)”.

En ese marco, puntualizó que Brasil crecerá este año un 2,1% mientras que espera una recuperación de 2,4% del PBI para 2025. En cuanto a México, el Fondo calculó un alza de 2,2% del PBI para este año y de 1,6% para el año próximo.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – Ganancias: la AFIP lanza nuevo formulario para la liquidación 2023

0
AFIP pone a disposición de los empleadores el nuevo formulario F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia”

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone a disposición de los empleadores el nuevo formulario F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” con las adecuaciones surgidas de normativas recientes para la liquidación de este tributo correspondiente al período fiscal 2023.

La actualización de este formulario se encuentra en el manual Versión 9.5: para la generación de las DDJJ anuales, informativas y finales para el año 2023 y siguientes. Esta reemplaza a la versión 9, que deja de estar vigente.

Ganancias: claves del nuevo manual

La nueva versión del F. 1357 se da tras la sanción de la Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, en la que se ratifica que para las remuneraciones y/o haberes que se devengaron a partir del 1 de octubre de 2023 y hasta aquellas percibidas al 31 de diciembre de 2023, inclusive, rige el decreto 473/2023 y las normas dictadas en su consecuencia.

Se recuerda que de manera excepcional, para el período fiscal 2023, los agentes de retención practicarán la liquidación anual hasta el 31 de julio de 2024, inclusive.

El importe determinado será retenido o, en su caso reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive.

Fuente: iprofesional

IMPOSITIVAS – Moratoria AFIP: requisitos, planes de pago y quiénes puede acceder

0
La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Todo lo que tenés que saber.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó este martes la moratoria para los deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, mediante la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.
El organismo determinó el alcance, con las disposiciones y requisitos a cumplir para adherir al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, entre los que están los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.  La normativa establece que podrán regularizarse en el nuevo régimen las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, las multas y demás sanciones firmes originadas en infracciones cometidas hasta dicha fecha, relacionadas o no con esas obligaciones, así como los intereses resarcitorios y/o punitorios.

Además, estipuló que el plan de pagos podrá confeccionarse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación y hasta transcurridos 150 días corridos desde dicha fecha, inclusive, previendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Mientras que dispone que las multas se condonarán al 100%.

Contribuyentes habilitados para adherir a la moratoria

  • -Personas humanas y sucesiones indivisas
  • -Pequeños contribuyentes
  • -Micro, Pequeñas y Medianas Empresas
  • -Entidades sin fines de lucro .
  • Conceptos y sujetos excluidos del régimen.

¿Qué deudas entran a la moratoria?

  • a) Los aportes y las contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales.
  • b) Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
  • c) Los aportes y las contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico y al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
  • d) Las cotizaciones previsionales correspondientes a los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).
  • e) Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio.
  • f) Los aportes y las contribuciones mensuales con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE).
  • g) Los tributos y/o las multas que surjan como consecuencia de infracciones al artículo 488 del Régimen de Equipaje del Código Aduanero.
  • h) Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago caducos presentados en el marco del régimen de regularización normado por esta resolución general.
  • i) Los anticipos y pagos a cuenta, excepto los mencionados en el artículo 28 de la presente.
  • j) Los intereses resarcitorios y/o punitorios, las multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes.
  • k) Los sujetos declarados en estado de quiebra, las personas físicas y jurídicas condenadas en segunda instancia por delitos tributarios o comunes que tengan vínculo con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, y los agentes de retención y percepción que se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral.

Requisitos para adherir a la moratoria

a) Tener presentadas las declaraciones juradas o liquidaciones determinativas -originales y/o rectificativas- de las obligaciones a regularizar.

b) Declarar en el servicio “web” denominado “Declaración de CBU”, en los términos de la Resolución General N° 2.675 y sus modificatorias, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas, únicamente en los casos en que la adhesión al régimen de regularización excepcional se realice por medio de planes de facilidades de pago.

c) Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280 y su modificatoria.

Los planes de facilidades de pago se encuentran agrupados de dos formas:

a) Planes de hasta tres cuotas mensuales, con la mayor condonación de intereses (desde el 70% hasta el 50% según el momento en que se soliciten) cuya tasa de interés de financiación se encontrará definida en función del carácter del contribuyente.

En este sentido, las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses contarán con una baja del 50% de los intereses.

b) Planes de mayor plazo, cuya cantidad máxima de cuotas, tasa de interés de financiación y porcentaje de pago a cuenta se encontrarán definidos según la tipificación del contribuyente al momento del acogimiento al régimen, disponiendo de condiciones más favorables para las micro y pequeñas empresas, las entidades sin fines de lucro y monotributistas.

De esta manera, los pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas, en tanto deberán realizar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Los contribuyentes deberán acceder con clave fiscal al sistema “Mis Facilidades” disponible en la web del organismo, opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. Desde AFIP precisaron que “el importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $2.000” y que “las cuotas vencerán el día 16 de cada mes a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria”.

Fuente: iprofesional

ECONOMÍA – La recaudación por retenciones del agro creció 160% interanual en el primer semestre del año

0

A pesar de la mejora respecto al 2023, el aporte del sector agropecuario es menor al realizado en 2021 y 2022.

La recaudación por retenciones sobre el sector agropecuariose duplicó en el primer semestre del año frente al mismo periodo de 2023 pero se ubicó por debajo de los registros de 2021 y 2022, de acuerdo a un informe elaborado por la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR).

La entidad estimó que entre enero y junio, el agro aportó US$2.660 millones por Derechos de Exportación (DEX) a las arcas del Tesoro, lo implica un 160% más que el aporte de los primeros seis meses del 2023, con un estimado de US$1.153 millones en ese período.

image.png

El análisis vinculó el incremento en el pago del tributo a la recuperación productiva tras los efectos de la sequía que afectó a la campaña agrícola durante el 2023 mientras que explicó la merma en la recaudación frente a los dos años previos al calendario pasado por un menor volumen de exportación y la caída de los precios internacionales.

En este sentido, la BCR indicó que “pese a la notoria recuperación interanual, si se compara con los años anteriores, este guarismo está por debajo de los 4.000 millones de US$ recaudados por esta vía en los primeros seis meses de 2021 y 2022” y sostuvo que “esto encuentra su explicación tanto en un mayor volumen de grano anotado para exportar en aquellos años, así como mejores precios de exportación”.

En relación al menor volumen actual, el reporte detalló que “en el primer semestre del año se llevan realizadas declaraciones juradas de venta al exterior (DJVE) por 16,2 Mt considerando tanto poroto, harina y aceite, muy por encima de las algo más de 10 Mt de igual período del año pasado pero por debajo de las 18 Mt del primer semestre del 2022 y las 22 Mt del primer semestre del 2021”.

Al referenciar la caída de los precios internacionales, en el análisis se indicó que “los precios FOB oficiales del primer semestre de 2024 en poroto, harina y aceite de soja estuvieron, respectivamente, un 21%, 24% y 15% por debajo de los precios FOB promedio del primer semestre del 2023 y un 32%, 20% y 46% por debajo del primer semestre del 2022”.

En cuanto a la proyección de cara a lo que resta del año, en base a los volúmenes estimados actuales y a los precios FOB vigentes y tomando la distribución de DJVE promedio de las últimas cinco campañas, la BCR proyecta que “el total de aporte por DEX de los principales complejos del agro alcance US$ 6.170 millones en 2024, más del doble de lo aportado en 2023 pero considerablemente por debajo de los guarismos del 2021 y 2022”.

image.png

Fuente: noticias argentinas