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FINANZAS – Los turistas ya no podrán abrir cuentas bimonetarias en el país

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El BCRA dispuso derogar la medida lanzada a finales de 2021.

El directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) determinó derogar la posibilidad de que los turistas puedan crear cuentas bimonetarias en el país, que estaba vigente desde finales de 2021, mediante la Comunicación “A” 8006.

La entidad monetaria dispuso “Dejar sin efecto las disposiciones relativas a la ‘Caja de ahorros para turistas’ contenidas en el punto 3.12. de las normas sobre ‘Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales’”.

De esta manera, ya no estará disponible el instrumento lanzado durante la gestión de Miguel Pesce al frente del BCRA, que no tuvo los resultados esperados, ya que no se registró ninguna cuenta abierta desde su puesta en marcha en octubre de 2021 hasta la fecha.

La finalidad de las cuentas bimonetarias

El objetivo de la iniciativa era que los turistas pudieran abrir una cuenta en la modalidad virtual o cuando llegaran a la Argentina y la identificación de los titulares se llevaría a cabo mediante el pasaporte o documento de viaje. La cuenta debía estar a nombre de una persona residente en el exterior.

Las cuentas estaban pensadas para que los turistas realicen compras en comercios en pesos en el país, tanto mediante tarjeta de débito como a través de aplicaciones de banca digital, y para realizar retiros de efectivo de moneda nacional. Además, también tenían habilitada la posibilidad de realizar operaciones financieras para el cambio de moneda.

Las acreditaciones de moneda extranjera debían realizarse mediante transferencias efectuadas desde cuentas de su titular en el país de origen o mediante depósitos de dólares en efectivo, hasta el importe total de US$5.000.

En caso de que quedara saldo en la cuenta del cliente en moneda extranjera al finalizar su estancia la entidad debía transferirlo, en forma automática, a la cuenta en el país de origen y proceder a su cierre, no pudiéndose efectuar retiros de efectivo de moneda extranjera.

Fuente: noticias argentinas

NACIONALES – El Gobierno suspende los aumentos de las tarifas para que no impacten en la inflación

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A través de una carta, el ministro de Economía, Luis Caputo, ordenó que se postergue el incremento que estaba previsto para mayo

El ministro de Economía, Luis Caputo, ordenó la suspensión de la segunda actualización de las tarifas de luz y gas programada para mayo, con el objetivo de evitar un impacto en la inflación. Esta decisión fue oficializada a través de una carta dirigida al secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, conocida desde el 30 de abril pero sujeta a los trámites administrativos necesarios para su implementación.

En la comunicación se expresa: “Con el objeto de consolidar el proceso de desinflación llevado a cabo por el Gobierno, verificado a la fecha, resulta razonable y prudente postergar en el mes de mayo la aplicación efectiva de las actualizaciones dispuestas en las resoluciones de los entes reguladores y los aumentos del PEST correspondiente a energía eléctrica y del PIST en el gas”.

De no haberse suspendido estas subidas, los usuarios de un hogar N1 (altos ingresos) hubieran experimentado un aumento del 77% en el precio mayorista de la energía. En el caso del gas, por ejemplo, un usuario residencial del segmento 1 (altos ingresos) habría pasado de pagar en abril u$s2,79 por millón de BTU a u$s4,49.

Según explicaron fuentes oficiales, se trata de una “suspensión del ajuste mensual que se iba a reflejar en los nuevos cuadros tarifarios que debían publicar el ENRE y el ENARGAS. Se busca así aliviar la carga sobre la clase media y priorizar el proceso de deflación”.

Con esta medida, el Gobierno busca demostrar que el índice de precios se mantiene en un proceso de desaceleración y se acerca a cumplir su meta de un dígito. El titular del Palacio de Hacienda expresó a través de su cuenta de X: “Estamos cómodos en lo fiscal, priorizamos bajar la inflación y no cargar con más gastos a la clase media, de momento”.

A través de una carta, el ministro de Economía, Luis Caputo, ordenó que se postergue el incremento que estaba previsto para mayo

Qué pasará en los próximos meses

Se prevé que el Ejecutivo retome los cronogramas para junio, indicando que los entes reguladores deben proceder “exclusivamente a la postergación en el mes de mayo de la aplicación de las actualizaciones dispuestas”. Esto significa que las subidas impactarían recién en las facturas que llegarán en julio.

En febrero, la Secretaría de Energía aplicó un aumento en el precio mayorista del servicio eléctrico y hubo subas en las tarifas de hasta un 120% para los sectores de mayores ingresos, uno de los componentes de la tarifa total que afectó únicamente a usuarios residenciales catalogados como “Nivel 1 de la segmentación” y que renunciaron o no solicitaron los subsidios a la energía. Este sector representa aproximadamente el 30% del total de hogares.

Desde la cartera energética aseguran que esta medida “no pone en juego la sostenibilidad del sistema”. “Heredamos un sistema energético desinvertido, desfinanciado, al borde del colapso y con tarifas congeladas. En 5 meses, estamos haciendo una recomposición tarifaria histórica y achicando la brecha para que las tarifas reflejen el costo de suministro”, señalaron.

Fuente: infobae

Listas definitivas de síndicos concursales

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Ponemos a disposición los listados definitivos publicados por el Poder Judicial correspondientes a la actuación de síndicos y otros funcionarios concursales para el período 2024-2028, categorías “A” y “B” de las Circunscripciones de Santa Fe, Reconquista y Rafaela

Santa Fe

Rafaela

Reconquista

Comercio exterior. Nuevo Sistema Único de Gestión Aduanera – SUGA

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Aprueban el “Sistema Único de Gestión Aduanera” (SUGA) con el objeto de instrumentar una herramienta que permita la gestión unificada, eficiente y coordinada de las actuaciones administrativas y judiciales y de los procedimientos operativos aduaneros que tramiten ante las áreas dependientes de la DGA y las centrales de la AFIP. Se implementará progresivamente por módulos e interoperará con el SARHA el SIM, el e-SEFIA, el SIGEA, el GDE, el SICNEA, el SIFIAD, el SITA y el SIRAEF, entre otros.

Disposición (AFIP) Nº 43/2024 (BO 10/05/2024)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Los salarios aumentaron 10,3% en marzo, pero volvieron a perder frente a la inflación

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El crecimiento mensual se debe a subas de 10% en el sector privado registrado, 11% en el público y 9,7% en el sector privado no registrado, indicó el INDEC.
El crecimiento mensual se debe a subas de 10% en el sector privado registrado, 11% en el público (igual que la inflación) y 9,7% en el sector privado no registrado, indicó el INDEC.

Además, el Índice de salarios se incrementó 200,8% interanual, muy por debajo de la inflación acumulada en el mismo período (287,9%).

El indicador acumuló hasta marzo inclusive una suba del 45,5% respecto de diciembre previo, cuando los precios crecieron 51,6%.

“En el primer trimestre del año, los salarios privados registrados tuvieron una caída real del 14% y los públicos una del 24,1%. Los privados informales estuvieron un 39,6% abajo del primer trimestre de 2023”, calculó el economista del IARAF, Nadin Argañaraz.

Si se considera la variación interanual real de los salarios, se aprecian caídas del 26,9% en el caso del sector público, del 14,5% en el sector privado registrado, y un desplome del 40,9% en el sector privado no registrado.

“Luego de una suba real en febrero, los salarios reales del sector privado registrado volvieron a caer en marzo. Esto no sucedió con los salarios reales del sector público, que al igualar a la inflación de marzo, dejaron a enero como el piso de este año”, evaluó Argañaraz..

La baja de la inflación a partir de abril abre la posibilidad para que los salarios reales dejen de caer y puedan iniciar un proceso de recuperación, estimó el economista del IARAF, aunque “desde niveles muy bajos”, aclaró.

Para el sector privado formal los salarios reales de marzo se ubicaron un 30% debajo del promedio de 2017. Por su parte, los salarios reales públicos estuvieron un 38% abajo del año 2017.

Fuente: ambito

FINANZAS – La Argentina cumplió las metas con el FMI y ahora espera que se liberen fondos por US$ 800 millones

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Los técnicos del organismo lo confirmaron durante la reunión con funcionarios del Ministerio de Economía.

La Argentina cumplió las metas del primer trimestre acordadas con el FMI, por lo que quedó liberada la puerta para que llegue un desembolso por casi US$ 800 millones en junio.

Los técnicos del Fondo Monetario Internacional (FMI) confirmaron que el país cumplió y ya preparan la redacción final del Staff Level Agreement (SLA), según información proveniente de Washington.

El secretario de Finanzas, Pablo Quirno, y el vicepresidente del Banco Central, Vladimir Werning, mantuvieron reuniones con los técnicos del FMI para ajustar los detalles de toda la información que se sumará al Staff Level Agreement.

La Argentina cumplió las metas de reducción del déficit fiscal y de compra de reservas del Banco Central.

Por esa razón, no fue necesario solicitar un waiver (perdón) destinado a obtener el desembolso de junio.

La octava revisión técnica del programa confirmó que el superávit primario fue cuatro veces más alto que lo previsto cuando se acordó el crédito de Facilidades Extendidas.

También que las reservas del Banco Central acumularon más de US$ 2.000 millones de dólares que lo estipulado y que la emisión monetaria estuvo en los límites fijados.

El cumplimiento de las metas y la ausencia de un waiver para obtener el desembolso de 792 millones de dólares abre una nueva etapa en la relación que mantiene el gobierno de Milei con Georgieva y su staff.

El presidente Javier Milei pretende un desembolso extra para fortalecer las reservas del Banco Central y abrir el cepo, pero hasta ahora todo indica que eso no ocurrirá.

Al inicio de la semana, el Gobierno le pagó al Fondo aproximadamente 800 millones de dólares y las reservas del Banco Central cayeron en 687 millones de la misma moneda. Esto se sumó al pago de la semana pasada por otros 1.900 millones de dólares.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – La AFIP vigila los consumos con tarjeta de crédito y débito: desde qué monto los observa

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El ente recaudador informó los nuevos valores de regímenes de información, retención y percepción que deberán declararse por los pagos con dinero plástico

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comunicado recientemente la actualización de los montos a partir de los cuales se activa la obligación de informar o actuar como agente de retención o percepción en determinados regímenes fiscales.

Estos ajustes se basan en el coeficiente derivado de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), proporcionado por el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), comparando el mes de diciembre de 2023 con el mismo período del año anterior.

La AFIP actualizó los valores a partir de los cuales rige la obligación de informar las operaciones de distintos regímenes de información, retención y percepción en el marco del ajuste anual automático establecido por la Resolución General N° 5370/2023

Según el ente recaudador que conduce Florencia Misrahi, el propósito de esta actualización es preservar la objetividad representativa de la actividad económica afectada. Los regímenes sujetos a esta actualización son los siguientes:

  1. Régimen de retención de IVA (RG N° 140/1998) y Ganancias (RG N° 4011/2017) en sistemas de tarjetas de crédito y tarjetas de compra: Se exime del régimen cuando el monto a retener sea igual o inferior a 6.000 pesos, aumentando desde los 2.000 pesos anteriores.
  2. Régimen de percepción de IVA en operaciones de granos no destinados a la siembra y legumbres secas (RG N° 2459/2008): El régimen será aplicable cuando el pago se realice mediante la transferencia de granos y semillas en proceso de certificación, con un monto superior a 11.500 pesos. Este ajuste reemplaza el monto anterior de 3.800 pesos, vigente desde 2023.
  3. Régimen de información en servicios públicos para consumos relevantes (RG N° 3349/2012): Las empresas proveedoras de servicios como energía eléctrica, agua, gas, telefonía fija y móvil, deben presentar información solo por operaciones iguales o superiores a 95.000 pesos mensuales o su equivalente si el período de facturación es distinto al mensual. Esta modificación sustituye el valor previo de 31.000 pesos.

Estos cambios entraron en vigor a partir del 1 de mayo de 2024.

En junio del año pasado la Resolución General 5370/2023 de la AFIP actualizó los valores a partir de los cuales rige la obligación de informar las operaciones de los mencionados regímenes de información, retención y percepción y estableció que los mencionados valores se ajustarán anualmente por el coeficiente que surja de la variación anual del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que suministre el Instituto de Estadística y Censos (INDEC), correspondiente al mes de diciembre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año inmediato anterior a este último.

Según la AFIP, el propósito de esta actualización es preservar la objetividad representativa de la actividad económica afectada

Según la normativa señalada, en el mes de abril de cada año, la AFIP publica los importes actualizados, los cuales son de aplicación a partir del 1 de mayo de cada año. A través de la actualización de montos que establece la Resolución General 5370/2023, se salvaguarda el carácter de parámetro objetivo representativo de la operación económica alcanzada, según indicó el propio organismo.

Impuesto PAIS

Asimismo, la AFIP adecuó este viernes sus normas frente a las nuevas operaciones alcanzadas por el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS), conforme al Decreto N° 385/24, que hace pocos días dispuso una ampliación del tributo para giros de utilidades y dividendos, y para quienes suscriban a tal efecto los Bopreal (Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre).

Por medio de la Resolución General 5.509, publicada en el Boletín Oficial, la AFIP estableció nuevas disposiciones que serán de aplicación para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera a que se refiere el inciso f) del artículo 13 bis y el inciso a) del artículo 13 quinquies, del Decreto N° 99/19 y sus modificatorios, y las suscripciones de bonos o títulos previstas en el inciso b) del citado artículo 13 quinquies, en ambos casos, efectuadas a partir de la entrada en vigencia del Decreto N° 385 del 3 de mayo de 2024, inclusive.

Esta es la cronología de la aplicación del Impuesto PAIS:

  1. La Resolución General N° 4.659, sus modificatorias y complementarias, estableció la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso del “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”, tanto por parte del agente de percepción como del sujeto imponible.
  2. La Resolución General N° 4.815, sus modificatorias y complementarias, estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, aplicable sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”.
  3. Las Resoluciones Generales Nros. 5.272, 5.393 y 5.468 adecuaron la Resolución General N° 4.659, considerando los nuevos hechos imponibles alcanzados por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”.
  4. El Decreto N° 385 del 3 de mayo de 2024, incorporó como operaciones alcanzadas por el impuesto a las compras de billetes y divisas en moneda extranjera para la distribución de utilidades y dividendos recibidos a partir del 1 de septiembre de 2019 y para la repatriación de inversiones de portafolio de no residentes generadas en cobros en el país por el mismo concepto, y a la suscripción de “Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre” (Bopreal).

Fuente: infobae

ECONOMÍA – Ser de clase media, cada vez más difícil: cuánta plata tiene que ganar una familia para no caer en la pobreza

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Los aumentos en los servicios impactaron en la canasta de la clase media, que aumentó por encima de la que mide la pobreza y la indigencia
Una familia de cuatro integrantes necesitó sueldos superiores a $1,2 millones en abril, sin tener en cuenta el alquiler, para ser considerada de clase media en la Ciudad de Buenos Aires. El monto asciende a $1,5 millones si se tiene en cuenta el alquiler.

Así lo reveló la Dirección de Estadísticas y Censos de CABA, que destacó que debido a la desaceleración en los alimentos y la mayor suba en tarifas y servicios, la canasta básica de clase media se incrementó más que la que mide la indigencia y la pobreza.

Cuánta plata tiene que ganar una familia para ser de clase media

Según los datos difundidos por el organismo porteño, en abril una familia de cuatro integrantes necesitó ingresos por $1.264.440 para ser considerada de clase media. Si se tiene en cuenta el alquiler, la cifra se ubica por encima de los $1.500.000.

Según detalla el informe, el mes pasado en la Ciudad de Buenos Aires hubo fuertes aumentos en servicios privados y públicos, que son los que impactan en mayor proporción sobre la clase media. Fue el caso del suministro de agua (181,1%), gas y electricidad (54,1%), servicios financieros (25,9%), prepagas (16%), educación (15,1%), gastos comunes por la vivienda (15,7%) e Información y comunicación (11,7 %).

Con todo, la canasta para ser considerado de clase media aumentó el mes pasado un 9,3%.

En tanto, la canasta familiar de pobreza se ubicó en $825.809 en la Ciudad de Buenos Aires, lo que representó una suba del 7,8%.

Los aumentos en los servicios, tanto públicos como privados, impactaron en la canasta de la clase media

Por su parte, la canasta que mide la línea de indigencia subió 5,6% en abril y se ubicó en los $467.177, impulsada sobre todo por los aumentos del pan, frutas y verduras. En la variación interanual, esta canasta tuvo una suba del 290%.

Otro dato destacado es que los $825.809 de la línea de pobreza superan la remuneración promedio nacional de los salarios formales, que en marzo fue de $705.800, según el RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de Trabajadores Estables). Y muy por encima de los $234.315 del salario mínimo, vital y móvil (SMVM) del mes de abril.

Las medidas del Gobierno para contener la inflación de la clase media

Atento a la suba en los gastos de los hogares de la clase media, el Gobierno tomó en las últimas semanas distintas medidas para aliviar los bolsillo. Primero, intimó a las prepagas a frenar los aumentos y devolver lo “cobrado de más” desde diciembre. Luego, decidió postergar la actualización de las tarifas de servicios públicos y en los pasajes de colectivos.

Con esto, Luis Caputo tendrá un ahorro de casi dos puntos en la inflación de mayo. El ministro de Economía decidió esa postergación para mostrar una fuerte desaceleración en el índice de precios, ante la necesidad de que la actividad económica levante lo antes posible.

El cálculo del “ahorro” (o la postergación) de la inflación de corto plazo lo hizo la consultora Eco Go, que dirigen los economistas Marina Dal Poggetto y Sebastián Menescaldi.

El estudio indica que la decisión de postergar las subas en las tarifas de luz, gas, colectivos y trenes -además de la obligatoriedad de que las prepagas rebajen sus cuotas- “ahorra” una inflación de 1,9 puntos en la inflación de este mes.

En el cuadro publicado por Eco Go en su último reporte a clientes se aprecia el detalle del impacto de las decisiones de Caputo.

Fuente: iprofesional

ECONOMÍA – CEPAL pronostica una caída mayor al 3% para la economía de la Argentina

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La caída de la actividad está marcada por el fuerte ajuste de la Economía que aplica el gobierno de Javier Milei. Se desploman la industria, la construcción y el consumo.
La economía de América Latina y el Caribe se expandirá un 2,1% este año, en medio de la tendencia de bajo crecimiento económico observado en los últimos años, informó el jueves la CEPAL. A contramano, Argentina retrocedería más de 3%.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe agregó que el Producto Interno Bruto (PIB) de Brasil crecerá un 2,3% y el de México un 2,5%, mientras que la actividad en Argentina retrocederá un 3,1% en 2024. En diciembre, el organismo había estimado una expansión de la economía regional del 1,9%.

En el caso de la Argentina, la caída de la actividad está marcada por el fuerte ajuste de la Economía que aplica el gobierno de Javier Milei.

La producción industrial registró en marzo una caída interanual de 21,2% y el índice que mide la actividad de la construcción se hundió 42,2% en igual período, reportó el Instituto Nacional de Estadística (Indec). Se suma la marcada caída del consumo. Por caso, las ventas en comercios disminuyeron 16% en promedio.

El registro mensual de ambos indicadores mostró también retrocesos respecto al mes anterior: el 6,3% en la industria y del 14,2% en la construcción, detalló el informe.

En el caso de la industria el acumulado del primer trimestre de 2024 muestra un desplome del 14,8% respecto a igual período del año anterior.

Se trata del mayor retroceso de la producción industrial desde abril de 2020, cuando las plantas estaban semiparalizadas en medio de la cuarentena por la pandemia de covid-19.

Todos los rubros industriales mostraron caídas en marzo respecto a igual mes de 2023. Las mayores bajas en ese período fueron la producción de muebles (-40,4%), maquinarias (-32,6%), automotores (-24,7%), textiles (-22,9%) y alimentos (-14,4%).

En el caso de la construcción, uno de los rubros con mayor impacto en la mano de obra, los despachos de asfalto cayeron un 69,2% interanual en marzo, los de hierro -54,3% y los de cemento -43,1%.

Este rubro acusó el fuerte impacto de la paralización de todas las obras públicas en el país desde diciembre pasado, según lo dispuesto por el gobierno en el marco de sus políticas de ajustes.

La actividad privada de la construcción acompañó la caída.

El 53,3% de las empresas que realizan principalmente obras privadas prevé que el nivel de actividad del sector no cambiará durante los próximos tres meses, mientras que 39,0% estima que disminuirá debido a la caída de la actividad económica y a la inestabilidad de los precios, reportó el Indec.

Contexto regional

“La región está enfrentando un escenario internacional complejo, caracterizado por un crecimiento de la actividad económica y el comercio global por debajo de sus promedios históricos, junto con tasas de interés que permanecen altas en los países desarrollados, redundando en mayores costos de financiamiento para los países emergentes”, señaló CEPAL.

“El bajo crecimiento esperado en 2024 no es solo un problema coyuntural, sino que refleja la caída de la tasa de crecimiento tendencial del PIB regional”, agregó.

El PIB de Colombia se expandiría este año un 1,3%, mientras que el de Chile un 2,3% y el de Perú un 2,5%. Venezuela crecería un 4%.

Entre los factores de riesgo, la CEPAL enumeró las crecientes tensiones geopolíticas y la amenaza de que el alza de los productos básicos pueda retrasar un recorte de tasas de interés por parte de los bancos centrales, afectando la expansión económica global.

El organismo dijo que la región necesita invertir en áreas críticas para incrementar la productividad, infraestructura, telecomunicaciones, digitalización, investigación y desarrollo, mejoras significativas en los programas de salud, y una adecuación a los sistemas educativos.

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – Contadores piden que los aplicativos de la AFIP estén disponibles tres meses antes

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Los contadores enrolados en la Federación de Profesionales de Ciencias Económicas pidieron a los legisladores modificar la ley de procedimiento fiscal.

Los contadores enrolados en la Federación de Profesionales de Ciencias Económicas pidieron a los legisladores modificar la ley de procedimiento fiscal para que los aplicativos de AFIP para la liquidación de Ganancias y Bienes Personales estén disponibles 90 días antes del vencimiento.

Se trata de un insistente reclamo de la Federación para agilizar la presentación de las DDJJ y evitar la demora que todos los años se da al momento de disponer de los aplicativos web de AFIP necesarios para liquidar esos tributos.

La entidad pidió que los cambios se incorporen al paquete fiscal que espera tratamiento en el Parlamento.

Solicitan cambios en los aplicativos de la AFIP

Las autoridades de la FACPCE solicitaron al Congreso Nacional modificar la ley de procedimiento fiscal para que los aplicativos web de AFIP para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales estén disponibles “90 días corridos” antes de la fecha de vencimiento de esos tributos, a fin de facilitar a los contribuyentes y a los profesionales de Ciencias Económicas la presentación en tiempo y forma de las declaraciones juradas.

El pedido de la Federación, dirigido por nota al presidente de la Cámara, Martín Menem, y a los jefes de los distintos bloques legislativos apunta a solucionar un problema estructural que entorpece la presentación en los plazos previstos de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales ante las continuas modificaciones que impiden a la AFIP avanzar en la puesta a disposición de los aplicativos definitivos en su página web.

“Creemos que el tratamiento del paquete fiscal es una excelente oportunidad para solucionar de raíz este problema de larga data que enfrentan los contribuyentes, y por ende, los profesiones de ciencias económicas que son quienes se encargan de confeccionar las declaraciones juradas y necesitan tiempo suficiente para cumplir con esta tarea”, señaló el presidente de la FACPCE, José Simonella.

En este marco, la propuesta de la Federación incorpora un segundo y tercer párrafo en el artículo 11 de Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683) estableciendo que los servicios web necesarios para la confección, presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales estén disponibles “como mínimo 90 días corridos con anterioridad” a las fechas de vencimiento establecidas por la AFIP.

En el caso del período fiscal 2023, y por excepción, dadas las modificaciones aún en curso, pide que esa fecha comience a operar “60 días hábiles” después de la puesta a disposición de los aplicativos definitivos.

“Creemos que el tratamiento del paquete fiscal es una excelente oportunidad para solucionar de raíz este problema de larga data que enfrentan los contribuyentes, y por ende, los profesiones de ciencias económicas que son quienes se encargan de confeccionar las declaraciones juradas y necesitan tiempo suficiente para cumplir con esta tarea”, señaló Simonella.

En este marco, la propuesta de la Federación incorpora un segundo y tercer párrafo en el artículo 11 de Ley de Procedimiento Fiscal (Ley 11.683) estableciendo que los servicios web necesarios para la confección, presentación y pago de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales estén disponibles “como mínimo 90 días corridos con anterioridad” a las fechas de vencimiento establecidas por la AFIP.

En el caso del período fiscal 2023, y por excepción, dadas las modificaciones aún en curso, pide que esa fecha comience a operar “60 días hábiles” después de la puesta a disposición de los aplicativos definitivos.

Fuente: iprofesional