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IMPOSITIVAS – Feria administrativa de la AFIP para el verano 2024: qué seguirá vigente en el receso

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Si bien la AFIP da receso a sus agentes durante el mes de enero, no descansa a la hora del control ni admite retrasos en declaraciones juradas y pagoa AFIP fija la feria administrativa o “feria fiscal” del 1 al 31 de enero, para la que no considera el cómputo de los plazos procedimentales en el ámbito del organismo.

En la feria fiscal, se suspenden esos plazos para algunos procedimientos de los agentes de la AFIP, pero no se frena la mayoría de las obligaciones de presentación y pago de los contribuyentes.

Que queda vigente a pesar de la feria administrativa de AFIP

Para Tributum.news, el receso administrativo de AFIP, para denominarse “Feria Fiscal”, no debería poseer efectos limitados y hasta podría denominarse como “Feria Fiscal recursiva o administrativa».

Esto se debe a que no se postergarán las fechas de vencimiento con respecto a las presentaciones y/o pago de las declaraciones juradas de Seguridad Social (SICOSS), SICORE y SIRE, Impuestos internos, recategorización del Monotributo, Ganancias por Precios de Transferencia, entre otros.

Y, además, se han excluido del receso las facultades de contralor de AFIP, actos o trámites que considere la AFIP, habilitando días y horas, y trámites que sean improrrogables para el contribuyente, responsable o usuario del servicio aduanero, como altas, modificación de datos, bajas, entre otros.

Qué establece el Alivio Fiscal para la feria administrativa

Desde sus orígenes, la feria fiscal no comprendió los plazos de vencimientos de presentación y/o pago de las obligaciones fiscales, como declaraciones juradas, anticipos, cuotas de planes de pago, entre otros, sostiene Tributum.news.

En tal sentido, en un marco de diversas medidas denominadas “de Alivio Fiscal” se estableció un régimen opcional de presentación y pago de IVA y Ganancias y de regímenes de información durante el período de feria fiscal de enero de cada año, conforme el siguiente esquema:

Regímenes de información

  • Sujetos: todos los contribuyentes.
  • Feria fiscal: régimen de presentación.
  • Presentación: declaraciones juradas (todos).
  • Vencimientos: enero de cada año.
  • Nuevas fechas: mismo día mes inmediato siguiente (febrero).
  • Régimen opcional IVA y Ganancias.

Sujetos:

  • Monotributistas.
  • Micro y Pequeñas Empresas.
  • Feria fiscal: Régimen opcional de pago a cuenta.
  • Período: enero de cada año
  • Gravámenes: IVA (declaraciones juradas de diciembre) y Ganancias (declaraciones juradas del período fiscal cierre agosto).
  • Obligaciones. Declaraciones juradas
  • Vencimientos: presentación y/o pago.
  • Nuevas fechas: día hábil inmediato anterior a la primera de fecha para las mismas obligaciones con plazo febrero.
  • Condiciones: presentación declaraciones juradas de IVA (noviembre a octubre del año anterior: últimos 12 meses) y Ganancias (año inmediato anterior).

Con respecto al pago a cuenta de impuestos, se dan las siguientes condiciones:

  • Monto: predeterminado por AFIP.
  • Plazo de adhesión: del 7 de diciembre al día hábil inmediato anterior a la primera fecha desde enero del año siguiente.
  • Sitio para la adhesión: “Mis aplicaciones Web” – “Formulario 1239 – Opción Feria Fiscal”.

Fuente: iprofesional.com

Prensa. Entrevista Dr. César Litvin.

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(Neura Medio, 13/12/2023)

El Dr. César Litvin, CEO de Lisicki Litvin & Asociados, dialogó con Miguel Wiñazki de Neura Media, sobre las circunstancias tributarias actuales de la Argentina.

Escuchalo completo aquí.

Fuente: llyasoc.com

ECONOMÍA – Advierten por el impacto de las medidas económicas en los costos de las empresas

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Para la consultora Abeceb, las medidas “tienen un carácter marcadamente recesivo en su etapa inicial”.

Todas las empresas deberán revisar sus estructuras de costos por las “medidas de shock” que aplicó el Gobierno y, a la vez, “levantar la mirada” hacia el mediano y largo plazo.

Así lo estimó la consultora Abeceb, que a la vez indicó que “la drástica devaluación, si bien encarece ciertas operaciones, también optimiza otras dinámicas comerciales”.

“Estas medidas de emergencia tienen un carácter marcadamente recesivo en su etapa inicial, particularmente en el primer semestre, anticipando un impacto significativo en los ingresos de las compañías orientadas al consumo interno, como empresas de consumo masivo, sector electrodoméstico, y construcción”, alertó la consultora.

Según el informe, el primer impacto en cada sector será el siguiente:

– En el ámbito cambiario, sectores como petróleo y gas, minería, agro y aquellos exportadores de materia prima y semielaborados, podrían vislumbrar ventajas por el ajuste del mecanismo “Blend 80-20”, que sitúa el dólar exportador en $856 antes de la aplicación de las nuevas retenciones del 15%.

Por lo tanto, el nuevo dólar neto de retenciones se situaría en el orden de los $730 en promedio, que puede variar sujeto a las condiciones previas de cada producto.

– El cese de la obra pública genera incertidumbre sobre la infraestructura necesaria para sostener el crecimiento proyectado en estos sectores.

– Las importaciones se encarecen con un nuevo impuesto PAÍS, con un aumento del 133% sumado a la devaluación, que lleva al tipo de cambio a $940 con más presión en sectores con alta tasa de importación y orientados al mercado interno como por ejemplo electrónica de consumo y movilidad.

– Es crucial prestar especial atención a las empresas endeudadas en dólares y con limitada capacidad de generar divisas a partir de su producción interna, ya que enfrentarán un fuerte incremento en los costos financieros. En esta situación están las firmas que se dedican principalmente al mercado internista con poco alcance de exportación como las textiles, calzado y las de metalmecánica.

– En cuanto al sector energético, aún faltan detalles de implementación de quita de subsidios y más flexibilidad, ya que el primero de enero empieza el retiro de subsidios, pero habrá que considerar cuánto impacta la recesión en cantidades vendidas a futuro.

Fuente: noticiasargentinas.com

IMPOSITIVAS – Reforma impositiva: el Gobierno analiza incluir en la moratoria las deudas por el impuesto a la riqueza

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Es uno de los tributos que quedarían incluidos en el proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso. También propone cambios en Ganancias y Bienes Personales y un blanqueo

El Gobierno analiza incluir en la moratoria que diseña en el marco de una reforma tributaria inicial la posibilidad de que los contribuyentes que tengan deudas por el impuesto a las grandes fortunas aplicado en 2021 puedan adherir a un plan de pago en cuotas y con una condonación de multas.

Forma parte de un borrador que termina de definir el Gobierno nacional en un paquete de medidas impositivas que enviará el Poder Ejecutivo al Congreso para su discusión y que incluiría, además de una moratoria, un blanqueo de capitales y modificaciones a Bienes Personales y al impuesto a las Ganancias.

La letra final del articulado de esos proyectos de ley que serán girados al parlamento estarán hasta último momento en revisión, una versión preliminar de ese texto que circula en despachos oficiales y oficinas de tributaristas, contadores y departamentos de impuestos de empresas.

Podrán adherirse contribuyentes hasta 120 días después de que se reglamente. No estarán incluidas en la moratoria los aportes y contribuciones con destino al Sistema Nacional de Obras Sociales; las deudas de ART; o deudas vinculadas con regímenes promocionales que concedan beneficios tributarios; tampoco aportes y contribuciones para personal de casas particulares.

Habrá distintos grados de condonación de intereses resarcitorios y punitorios de acuerdo al plazo de ingreso del contribuyente al régimen de facilidad de pago. Para los que lo hagan en los primeros 60 días con pago al contado se les descontará el 50%; para los que ingresen en pago en cuotas también en los primeros 60 días tendrán un 30% de descuento y entre los días 61 y 120, un 10 por ciento.

Las personas humanas tendrán que ingresar un pago a cuenta de 20% de la deuda y luego 24 cuotas mensuales con un interés calculado en base a una tasa de descuentos comerciales fijada por el Banco Central. Las micro y pymes pagarán 15% a cuenta y 30 cuotas; las medianas empresas, 25% y 18 cuotas, y el resto 30% por anticipado y 12 cuotas.

Una particularidad incluida en el articulado que llamó la atención a los tributaristas es que está contemplada la posibilidad de regularizar deudas por el impuesto a la riqueza, un posibilidad que en otros planes de pago o programas similares de los últimos años no había aparecido. El artículo 3° inciso c) habla, entre las deudas que pueden ser refinanciadas “aquellas obligaciones que nacieron en el marco de la Ley N° 27.605″, es decir la del aporte solidario.

Es un aporte por única vez que empezó a regir en el país a fines de enero del 2021 el impuesto extraordinario a las grandes fortunas, una ley aprobada en diciembre de 2020 y que fue establecida como un “aporte solidario” que gravaba de manera progresiva a las personas que tengan un patrimonio igual o mayor a los $200 millones. El pago fue del 2% sobre los bienes que tiene en su patrimonio la persona alcanzada.

Algunos contribuyentes pagaron, otros cumplieron pero fueron a la justicia para disputar a la AFIP la legitimidad de ese cobro y otro grupo decidió no pagar y judicializarlo. Para el tributarista Sebastián Domínguez, la inclusión del impuesto a la riqueza en la moratoria “va a hacer que gente que no pagó y lo está discutiendo evalúen seguramente regularizarlo vía moratoria por la condonación de intereses, multas y el pago en cuotas”, mencionó en diálogo con Infobae.

“Ante el resultado incierto que en muchos casos se da porque no se sabe si la justicia lo va a convalidar, hay casos en que la confiscatoriedad es discutible y ese planteo pueda no ser demasiado fuerte y por eso quizás resuelvan regularizarlo en esta moratoria”, continuó Domínguez.

Por otra parte, su colega Marcelo Rodríguez consideró que “históricamente a partir del vencimiento del plazo para el pago (del aporte solidario) los sucesivos procesos de planes de pago o moratorias no han previsto la chance de esta regularización porque no era un tributo sino un aporte”, explicó.

“Incluso alguna moratoria explícitamente lo descartó. Es una buena oportunidad para quienes tengan un proceso litigioso contra la AFIP y ahora tienen la chance de regularizar con la quita de intereses correspondientes y sin ser pasibles de multa. También se liberaría la posibilidad de una acción penal por incumplimiento”, detalló Rodríguez.

Esa reforma tributaria, que sería enviada en el corto plazo al Congreso junto a otras iniciativas como parte de un paquete más amplio del oficialismo, apunta a reforzar la recaudación tributaria, especialmente del impuesto a las Ganancias mediante un mecanismo para favorecer una liquidación anticipada de pagos de Bienes Personales y, por la vía de un blanqueo, el ingreso de un impuesto especial que otorgue más ingresos a la AFIP.

En Ganancias, el proyecto buscaría volver al status anterior a la reforma para la cuarta categoría que aprobó el Congreso durante la campaña por una iniciativa del entonces candidato presidencial Sergio Massa. Así, un importante grupo de trabajadores de sueldos medios-altos volverían a tributar Ganancias.

Para Bienes Personales, el Poder Ejecutivo propondrá un esquema de pago anticipado de ese tributo por los montos que corresponden a los próximos años, hasta 2027. También habrá otro cambio clave en Bienes Personales: se reducirán las alícuotas de manera gradual. Así, en 2024, en lugar de las tasas de entre 0,75% y 1,50% actuales pasarán a ser de entre 0,75% y 1,30%, en 2025 bajarán a entre 0,75% y 1,10%, en 2026 retrocederían a entre 0,75% y 1% y en 2027 solo quedaría una única alícuota de 0,75 por ciento del patrimonio.

El blanqueo, por último, será para quienes sean residentes fiscales argentinos o en el exterior “por sus bienes ubicados en Argentina o por las rentas que hubieran obtenido de fuente argentina”, menciona el articulado. Habrá un plazo de adhesión al régimen de blanqueo hasta el 29 de febrero y se permitirá un plazo de presentación de declaración jurada hasta el 30 de abril.

La base imponible sería determinada en dólares. Los activos en pesos serán convertidos con el dólar MEP al 30 de noviembre equivalente a $858,82. Entre cero y 100 mil dólares no pagarán nada, mientras que a partir de los 100.000 dólares abonarán 5% como impuesto especial.

Fuente: infobae.com/economia

FINANZAS – Bancos esperan que baja de tasas del BCRA tenga efecto en el costo de financiamiento con tarjeta

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La tasa de política monetaria se redujo al 100%. Según entidades financieras, estos cambios podrían reflejarse en los porcentajes que determinan el crédito con el plástico.

Tras la modificación en la política monetaria que dispuso el Banco Central de la República Argentina (BCRA), los bancos esperan que la decisión repercuta en el costo de financiamiento con tarjeta de crédito y el pago mínimo de las compras mensuales.

Este lunes, la entidad liderada por Santiago Bausili dio a conocer la nueva tasa de política monetaria y el esquema de gestión de liquidez. El organismo determinó que a partir de este martes la tasa de referencia será la de los pases pasivos a un día de plazo, lo que implica una baja desde el 133% nominal anual (TNA) al 100%.

A su vez, el Directorio del BCRA decidió dejar de realizar licitaciones de Leliq; las operaciones de pases pasivos a un día serán el principal instrumento de absorción de excedentes monetarios. El objetivo de la medida, según la entidad, es mantener una única tasa de interés de referencia y transmitir una señal de política monetaria más clara y “fortalecer su transmisión al resto de las tasas de la economía”. La iniciativa se completó con una reducción de la tasa de los plazos fijos tradicionales del 133% al 110% TNA.

¿Qué pasará con el costo de financiamiento con la tarjeta de crédito?
En noviembre, registró su último movimiento: la refinanciación de las compras con el plástico subió del 107% al 122% TNA, porcentaje que aplicó a importes menores a $200.000 o u$s200. La modificación implicó una tasa mensual de 10,17% y una tasa efectiva anual del 220%. Sin embargo, el Costo Financiero Total (CFT), lo que finalmente vendrá en el resumen, se ubicó en torno al 302,8% aproximadamente. Por montos superiores, los bancos pueden cobrar una tasa superior al 25% de la tasa de interés de un préstamo personal. Cada entidad determina su propio costo. La tasa de interés promedio de los préstamos personales se ubica en 121,94%, por lo que las tarjetas de crédito pueden cobrar un interés límite del 152,5% nominal anual (320% tasa efectiva anual).

Pero los cambios aplicados por el BCRA podrían modificar estos porcentajes. De hecho, según la gerencia de una entidad financiera, “las tasas activas bajaron en todas las líneas en los bancos”. Sin embargo, si se emiten Ledes a 30 días, tal como pondrá a disposición la Secretaría de Finanzas el miércoles, “podría haber una suba de tasas”. En resumen, “hasta ayer hubo efecto arrastre para la baja de tasas, pero no se sabe con certeza si se podrá mantener en el tiempo, dependerá de qué medidas seguirán tomando desde el BCRA”, indica la fuente del sector bancario en diálogo con Ámbito.

A su vez, otro representante de una de las entidades financieras con mayor injerencia en la Ciudad de Buenos Aires, entiende también que la modificación de las tasas “podría verse en breve, porque entendemos que se acompañará la reducción de manera proporcional” ya que considera que la estrategia del BCRA es “desindexar los instrumentos de financiación”.

Cada banco fija su política de tasas
Igualmente, es importante aclarar que cada banco fija su política de tasas, por lo cual, en caso de aplicar una baja en la financiación vía tarjeta de crédito, no se vería de forma homogénea en todos los bancos. Este medio consultó sobre esta cuestión con representantes del Banco Central, pero no hubo definiciones al respecto.

La política de tasas aplicada para las tarjetas de crédito es importante en un contexto donde este instrumento es mayormente utilizado para adquirir bienes básicos, como alimentos y productos en góndola. Según un informe del Instituto de Investigaciones Económicas (IIE) de la Bolsa de Comercio de Córdoba, en septiembre el 76% de las operaciones con el plástico correspondió a la compra de alimentos o bebidas. Según el organismo, la dinámica responde a tres factores: la caída del salario real contra la inflación, la suba de precios de la canasta básica -ubicada en $390.456- y el aumento del límite de compra impulsado por la administración anterior. “En Argentina, el consumo privado representó el año pasado el 73% del PBI, pero en un contexto de alta inflación y gran nivel de endeudamiento, ese nivel no es necesariamente un signo positivo”, concluye el informe, y sin considerar los efectos en precios de la devaluación aplicada por el equipo económico que encabeza Luis Caputo.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Los 10 puntos más importantes del anuncio que dará Milei por cadena nacional

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Entre algunas iniciativas del DNU figuran cambios en el sistema laboral, la derogación de la ley de alquileres y un plan de achicamiento de gastos públicos

Este miércoles, el presidente Javier Milei hará uso de la cadena nacional por primera vez desde que asumió el 10 de diciembre. Lo hará para dar a conocer los detalles sobre el paquete de medidas que incluye el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que tiene como objetivo desregular cientos de aspectos económicos a nivel nacional.

Entre las principales iniciativas de este decreto con el que se pretende modificar o derogar más de 3.000 leyes sin la necesidad de pasar por el Congreso, figuran cambios en el sistema laboral, la simplificación de algunos trámites burocráticos para modernizar el Estado, un plan de achicamiento de gastos públicos y la derogación de la ley de alquileres.

El resto de las reformas que busca encarar el Presidente, sí deben pasar por el parlamento, como por ejemplo cuestiones tributarias o del sistema electoral. Las mismas se están preparando para llegar al Congreso en los próximos días.

Este DNU fue elaborado durante varios meses por el equipo a cargo de Federico Sturzenegger, con la ayuda de estudios jurídicos y administrativistas, y este martes el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, y otros miembros del Gabinete, analizaron la letra chica del texto. Además, abarcaría unos 600 artículos en 300 páginas.

Los 10 puntos más importantes que contiene el DNU
El DNU tiene como objetivo desregular cientos de aspectos económicos a nivel nacional

Por sus alcances, el decreto está dividido en varios capítulos, entre ellos reformas de las relaciones laborales. Pero no es el único tema a tratar. A continuación, se incluye un listado con los 10 puntos más importantes que contiene este DNU.

  1. Se extiende el período de prueba laboral: hoy son tres meses, pasaría a ocho.
  2. Baja considerable en aportes y contribuciones: hoy, las empresas contribuyen con el 16% de la jubilación, el 2% del PAMI, el 6% de la obra social, el 1,5% del Fondo Nacional de Empleo, el 0,3% del Seguro de Vida Obligatorio y la ART. Los trabajadores aportan el 11% de la jubilación, el 3% del PAMI y el 3% de la obra social.
  3. Cambio en indemnizaciones: promueve el modelo UOCRA para reemplazar indemnizaciones por fondos de desempleo y recorta las multas a empleadores. Se limitarían ciertos rubros que componen la base de cálculo de la indemnización como el pago del celular, vales alimentarios, y los bonos anuales. La Corte Suprema les reconoció carácter remuneratorio.
  4. También se buscaría modificar la cuota solidaria, que se acuerda entre empresas y sindicatos y fija un descuento del sueldo a los trabajadores no afiliados por su representación en la negociación colectiva.
  5. Bloqueo sindical como causal de despido.
  6. Regulación del derecho a huelga.
  7. Contratos de alquiler: las partes podrán pactar los contratos en cualquier moneda extranjera y se prohíbe a los jueces que conviertan el precio a pesos.
  8. También se apuesta a poner fin al control y regulación de precios de bienes de consumo, liberar las exportaciones y que solo deban registrarse a los fines estadísticos.
  9. Además, se busca eliminar los cupos de exportaciones en distintas actividades.
  10. La derogación de la Ley de Góndolas y de Compre Nacional, entre otras.

Los DNU entran en vigencia apenas se publican en el Boletín Oficial pero igualmente deben ser remitidos a la Comisión Bicameral de Trámite Legislativo integrada por diputados y senadores, la cual debe emitir un dictamen sobre la validez de la medida que luego se aprueba o se rechaza en el recinto. Para que un decreto se mantenga, basta con que una sola de las Cámaras lo apruebe por simple mayoría, mientras que para dejarlo sin efecto debe ser rechazado por ambas.

Qué leyes incluye el paquete que enviaría al Congreso

Mientras que las medidas más fuertes como los cambios en materia laboral que quiere llevar a cabo Milei se incorporan en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el paquete de leyes (el formato de “ley ómnibus” ya fue totalmente descartado) tocará “temas tributarios y electorales”, según confirmaron a iProfesional fuentes del oficialismo.

En ese sentido, incluirá la reforma del Estado que abriría el camino a las privatizaciones de empresas públicas, aunque el detalle fino sobre cuáles serían las compañías apuntadas o cómo llevarán a cabo el proceso desde el punto de vista legislativo, todavía es un misterio hasta para el propio oficialismo. “No se caracterizan por la precisión en los datos”, ironizó una de las fuentes consultadas.

Otro de los temas, será la reforma política que apuntará, por un lado, a implementar la boleta única en papel. La intención del Gobierno es reflotar el proyecto que Juntos por el Cambio había logrado aprobar en la Cámara de Diputados el año pasado y que el Senado puso en el freezer. Por el otro, propondrá la eliminación de las elecciones primarias (PASO) a las que considera un gasto innecesario.

Pero, el tema central del paquete legislativo para las extraordinarias será la reposición del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría que se eliminó durante la campaña electoral a instancias del ex ministro de Economía y candidato a presidente Sergio Massa, con apoyo de los gobernadores y del propio Milei en el Congreso.

Este fue uno de los temas que conversaron el Presidente y los mandatarios provinciales, quienes sintieron el golpe en sus arcas provinciales por la rebaja de este impuesto. “Los gobernadores buscan una solución a su problema de ingresos”, indicaron a iProfesional fuentes con acceso a la reunión que se llevó a cabo en la Rosada.

En esa línea, Milei y los gobernadores quedaron en tratar de revertir el cambio que se hizo tres meses atrás en el Impuesto a las Ganancias. Esto se definió luego de que el Presidente les comunicara que no va a coparticipar el impuesto al cheque, una alternativa que habían planteado varios de ellos “Cheque no se toca”, aseguraron en la Rosada.

Fuente: iprofesional.com

Prensa. Primeras reflexiones del Dr. César Litvin sobre las últimas medidas anunciadas

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El dedo en la llaga – FM Tango 98.7, 15/12/2023

Te dejamos para escuchar la entrevista al Dr. César Litvin, CEO de Lisicki Litvin & Asociados, que le efectuara la periodista María Herminia Grande el pasado 15/12/2023. “Se necesita equilibrio fiscal para bajar los impuestos”, sentenció.

Escuchalo aquí.

Fuente: llyasoc.com

IMPOSITVAS – Borrador Impuesto a las Ganancias: para qué sueldos el empleado pagará 35 veces más

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La suba del mínimo del Impuesto a las Ganancias y el resto de los cambios que impulsa el Gobierno para los empleados sube hasta 35 veces el monto a pagar

El proyecto para reponer el Impuesto a las Ganancias a los trabajadores baja el piso del gravamen de $1,98 millones a menos de la mitad ($974.516). Esto provocará que los empleados con algunos salarios cercanos al actual mínimo vean incrementado 35 veces el impuesto a pagar.

En concreto, en sueldos de $2 millones, el Impuesto a las Ganancias pasará en 2024 de $12.172 a $428.610 mensuales. La alícuota aplicable pasa de 9% a 35%, según calcula el asesor impositivo Ariel Bassanetti.

Para un salario de $3,4 millones, el Impuesto a las Ganancias a pagar en el año 2024 en forma mensual más que se duplicará, al pasar de $440.129 a $959.443, a pesar de que en los dos casos se mantiene la alícuota en la máxima de 35%, agrega.

Qué cambios realiza en Impuesto a las Ganancias la propuesta oficial

Las normas que propone el borrador de paquete fiscal del Gobierno, para el capítulo de Impuesto a las Ganancias, son las siguientes, precisa Bassantti:

  • El proyecto restablece la mecánica de cálculo anterior al Plan Platita.
  • Se vuelven a poner en vigor las deducciones generales informadas por SIRADIG.
  • Se reponen las deducciones establecidas por el Artículo 30: deducción especial, incluyendo la deducción especial incrementada, las cuales establecen el piso impositivo.
  • Se restablecen los valores de la escala progresiva de retención, establecidas por el Artículo 94, vigentes al 30 de septiembre pasado, para aplicarlas al periodo 2024.
  • Se retorna a la mecánica de actualización anual la escala progresiva a través del índice RIPTE 2022/2023.

Pero, por única vez, de los montos previstos en la tabla, se deberá restar el 26%, previo a practicar el ajuste de actualización anual por el coeficiente RIPTE para el año fiscal 2024.

El proyecto de Milei da marcha atrás con las normas de Ganancias del Plan Platita
Qué facultades extraordinarias otorga el proyecto al Gobierno

La propuesta oficial mantiene la facultad del Poder Ejecutivo de actualizar los pisos impositivos establecidos que en enero 2023 fue de $404.062, actualizando también el monto promedio por el cual el aguinaldo quedará eximido. Además, determina lo que sigue:

1. Se otorgan facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo para actualizar los demás valores del Artículo 30 y por consiguiente todo lo que se calcula con tales límites:

Deducción de ganancia no imponible
Deducción especial.

2. Se otorgan facultades extraordinarias al Poder Ejecutivo para actualizar la escala progresiva de retención, como se hizo en octubre de 2023.

Por último, se ratifica la vigencia para todo 2023 el beneficio otorgado por decreto y que rige desde octubre a diciembre, por el que el piso del Impuesto a las Ganancias es de 15 salarios mínimos vitales y móviles.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Anticipan una fuerte caída del salario real en diciembre y los primeros meses de 2024

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Estiman que los salarios caerán cerca del 8% real entre noviembre y febrero, debido a la aceleración de la inflación. El impacto, aseguran, será heterogéneo.

Luego de una fuerte aceleración en la suba de precios durante diciembre, la inflación se sostendrá en niveles muy elevados hasta -al menos- febrero. Así lo estiman consultoras privadas, que advirtieron que se reflejará en una caída del poder adquisitivo y de los salarios reales.

Aunque este deterioro será heterogéneo, es decir que golpeará más a los informales que al sector privado registrado, se anticipa un impacto en el consumo y un consecuente “enfriamiento” en el nivel de la actividad económica. De hecho, analistas señalan que este escenario es uno de los objetivos buscados con el plan económico anunciado la semana pasada por el ministro de Economía, Luis Caputo.

En ese escenario, desde la consultora Equilibra proyectan “una inflación promedio mensual de 25% en diciembre, enero y febrero, que deteriorará con fuerza el poder adquisitivo del salario”. “De hecho, la caída de los salarios reales de diciembre podría superar el récord mensual de descenso de alrededor del 9% verificada en abril de 2022. Creemos que el salario formal buscará recomponer parte de lo perdido y trepará a una nominalidad más alta en enero-febrero. De todas formas, la caída del salario real ascendería como mínimo 8% entre noviembre y febrero 2024”, analizaron desde la firma.

En tanto, proyectaron una caída del PBI de 4% para el año que viene (6% si no se contempla al agro y sectores extractivos), “con salarios reales cayendo al 9% en promedio”.

“Suponiendo una inflación que promedie el 20% en los próximos meses, es evidente que se verá golpeado el poder adquisitivo. De hecho, si los salarios del sector privado registrado continúan con el promedio de actualización que tuvieron este año, y las expectativas de inflación para diciembre se confirman, podríamos estar observando una caída del salario real superior al 8%, una situación similar a esta nos remonta al segundo trimestre de 2002”, analizó al respecto Francisco Ritorto, economista de la consultora ACM.

El futuro de las paritarias
En ese sentido, las paritarias en el sector registrado privado podrían ayudar a moderar el impacto, pero el analista sostuvo que saber “qué va a suceder con los salarios, es una incógnita”. “En diciembre y enero hay revisiones de distintas paritarias. Por ahora, no hay novedades sobre cambios en estas negociaciones, pero es probable que se repita una dinámica vista durante este año, donde se comenzaron a recortar los plazos de los ajustes salariales, incluso por fuera de los convenios, reajustando los salarios de forma trimestral -o hasta incluso mensual-”, sostuvo Ritorto a Ámbito.

El analista señaló que el principio del próximo año estará marcado por estos factores. “Si bien podremos esperar alguna recomposición nominal, incluso por fuera de los convenios, si la inflación converge a las expectativas del mercado, es probable que en los primeros meses del año se profundice la dinámica ya conocida en el salario real. Vale aclarar que no es un hecho reciente, sino una tendencia que continúa vigente desde, por lo menos, 2015”, subrayó.

“Licuación” de salarios
“El diagnóstico que hacemos es que el objetivo del programa oficial es la licuación de los pesos, bajo la hipótesis de que la economía está sobre monetizada y que hay que ir a un contexto de mayor recesión, de menor actividad”, sostuvo por su parte Sergio Chouza, director de la consultora Sarandí, quien detalló: “Esa es la forma para ‘disciplinar’ un poco la dinámica de precios. Van a buscar aumentar la velocidad de la recesión y la licuación de saldos reales, entre ellos los salarios, no son un resultado negativo, sino un objetivo del programa para enfriar la economía y disminuir los saldos reales en pesos”.

En ese contexto, el economista sostuvo que con una inflación en franca aceleración, “muy posiblemente vaya a observarse tanto en diciembre como en enero una licuación de los salarios muy significativa”.

“La magnitud es difícil de estimar: va a ser muy heterogénea, porque algunos gremios podrán pelear paritarias para mínimamente sostener el poder adquisitivo, en función a su poder de fuego particular. Pero otros no, van a quedar muy rezagados. Ni hablar, lógicamente, de los informales. Que, sin paritarias, van a tener ajustes muy por debajo de la inflación y con un disciplinamiento por la vía de la actividad que va a estar siempre presente”, sostuvo Chouza, quien concluyó: “El hecho es que la actividad ya no va a convalidar aumentos a la misma velocidad que ocurrió a lo largo de 2023. Así es que se viene un momento muy complejo para los salarios. Se vienen meses de licuación significativa. Y no lo veo como un daño colateral, sino como un efecto buscado del programa”.

Fuente: ambito.com

FINANZAS – El Banco Central bajó de 133% a 110% la tasa de interés de los plazos fijos

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Tras la fuerte devaluación de la semana pasada, la entidad dispuso varias medidas para “simplificar su señal de política monetaria”

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) dispuso este lunes una serie de medidas para avanzar hacia el desarme de los pasivos remunerados de la entidad, en línea con lo anunciado la semana pasada por el equipo económico del nuevo Gobierno. Entre esas iniciativas, la entidad decidió después de una reunión de su directorio aplicar una baja de la tasa de interés mínima para los depósitos a plazo fijos desde el 133% al 110% nominal anual, “en un contexto de un excedente significativo de liquidez y de elevada inflación,” según explicaron a través de un comunicado.

Además, a partir de ahora esa será la referencia para todos los plazos fijos, es decir que no habrá distinción entre los minoristas y mayoristas. Al primer universo de personas humanas que utilizaban este tipo de instrumentos por hasta $30 millones se les convalidaban rendimientos mayores, algo que ahora no continuará vigente.

El directorio del BCRA tomó otras decisiones con el propósito de “clarificar y simplificar la señal de tasa de política monetaria”. Desde mañana, la tasa de interés de política monetaria ya no será la de las Leliq sino la de los pases pasivos a un día de plazo, un rendimiento que desde el 13 de diciembre, el mismo día de la devaluación del peso que llevó al dólar oficial a $800, fue establecido en 100 por ciento.

“Con el fin de racionalizar su esquema de gestión de liquidez, el Directorio decidió dejar de realizar licitaciones de LELIQ a futuro, pasando a ser las operaciones de pases pasivos su principal instrumento de absorción de excedentes monetarios”, señaló el Central.

“Al centralizar sus operaciones en un solo instrumento, y al ser su tasa de política la única tasa de interés de referencia, se busca hacer más clara la señal de política monetaria y fortalecer su transmisión al resto de las tasas de interés de la economía”, agregó.

Adicionalmente, “el Directorio considera que resulta necesario que el sistema bancario continúe ofreciendo al público depósitos a plazo fijo ajustables por UVA. Para otorgarle previsibilidad a la disponibilidad de los recursos, decidió eliminar la tasa mínima de precancelación de estos últimos”.

En cuanto a las operaciones de inyección de liquidez, “el BCRA seguirá ejerciendo la posibilidad de realizar pases activos y ofrecer puts sobre instrumentos del Tesoro que el BCRA considere adecuados. El Directorio dispuso, a través de la Comunicación A 7921, que aquellos títulos susceptibles de ser vendidos al BCRA por el mecanismo de put no computarán a efectos del límite de fraccionamiento crediticio al sector público”.

El desarme de las LeliqCon la baja de la tasa de interés, uno de los objetivos de la autoridad monetaria es comenzar a desarmar los pasivos remunerados de la entidad entre pases y las famosas Leliq. Eso es parte de la estrategia del equipo económico de Javier Milei para secar la plaza de pesos, la cual consiste en licuar la deuda del BCRA en términos reales y de migrar parte de esa carga al Tesoro nacional para también cancelar Adelantos Transitorios.

A partir de ahora, la tasa de política monetaria será del 100% nominal anual, lo que equivale a una tasa efectiva mensual del 8,2% y del 162% efectiva anual. Entonces. los rendimiento serán negativos si se los compara con la inflación pasada y también respecto a las expectativas del mercado para el próximo año. En concreto, habrá una reducción en términos reales de la cantidad de pesos que tiene como pasivos el BCRA.

En una entrevista televisiva emitida este domingo, el ministro de Economía, Luis Caputo, se refirió al tema de las Leliq y sus posibles soluciones. “El problema de base es fiscal. Pero el financiamiento de 20 puntos del PBI, que es un montón, con emisión generó, a su vez, un problema monetario. Y es que hay un sobrante de pesos enorme. Todos esos pesos que se emitieron, la ciudadanía no los demanda. Entonces, sobran. Como sobran, el Banco Central los tiene que retirar. ¿Cómo los retira? Emite Leliqs, retira pesos”, explicó.

Para el titular del Palacio de Hacienda, el desarme que propone el Gobierno tiene un componente gradual y otro de shock. “Gradual porque por un lado vamos a tratar de aumentar la demanda de dinero generando confianza. El shock es que no habrá más financiamiento del BCRA al Tesoro. Le estamos dando la independencia que tanto se pide. Se va un tercio de la emisión que se venía generando”, concluyó.

Fuente: infobae.com