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IMPOSITIVAS – Presentaciones digitales: cómo realizar trámites sin concurrir a una agencia de AFIP

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Según la AFIP, más de 100.000 trámites se inician todos los meses a través del servicio presentaciones digitales, que evita la necesidad de concurrir a una dependencia y permite realizar comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada.

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Según la AFIP, más de 100.000 trámites se inician todos los meses a través del servicio presentaciones digitales, que evita la necesidad de concurrir a una dependencia y permite realizar comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada.

Ya hay más de 90 trámites disponibles para canalizar digitalmente. El servicio ofrece la posibilidad de iniciar un nuevo trámite, completar la información de uno anterior, visualizar en qué estado se encuentra, cancelarlo o guardar una copia de respaldo, entre otras opciones.

Entre los servicios más utilizados se encuentra la actualización de datos registrales y la vinculación de clave fiscal para personas jurídicas. Las presentaciones digitales también son una herramienta extendida para responder a distintos requerimientos de la AFIP. La plataforma permite además inscribir empresas y entidades sin fines de lucro, entre otras.

Además permite imprimir una copia de la presentación y adjuntar hasta 10 archivos, en diversos formatos. A continuación los detalles sobre cómo llevar a cabo estos trámites:

Los requisitos para acceder al servicio son:

  •  Poseer Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Código Único de Identificación Laboral (CUIL)
  • Contar con clave fiscal con nivel 2 o superior
  • Tener Domicilio Fiscal Electrónico

¿Qué trámites pueden realizarse a través de una presentación digital?

Existen más de 90 trámites disponibles para realizar a través de una presentación digital. El servicio incluye los trámites más frecuentes como:

  • Vinculación de claves
  • Modificaciones de categorías de monotributo
  • Inscripción y modificación de datos de personas jurídicas
  • Corrección de CUIL
  • Ejecuciones fiscales
  • Certificados de exención y no retención de impuestos

¿Cómo utilizar el servicio?

Para utilizar el servicio las y los contribuyentes deben ingresar con su CUIT, CUIL o CDI, y clave fiscal en el sitio web. Luego, seleccionar la opción “Mis Servicios” y tipear “Presentaciones Digitales” en la barra de búsqueda. En caso de no tenerlo habilitado clickear sobre la opción “Agregar”.

Sobre más detalles de cómo utilizarlo se puede consultar la guía paso a paso. https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=363

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – AFIP pone la lupa en pagos al exterior para cuidar los dólares: así controlará a contribuyentes

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A las regulaciones existentes en este sentido, se suman los nuevos controles establecidos por la reciente Resolución General de AFIP

En los pagos de los servicios al exterior no hay ninguna magia: a mayor escasez de dólares, aparecen más restricciones. A todas las regulaciones que existían, ahora se les suman los nuevos controles establecidos por la reciente Resolución General de la AFIP 5135, que funciona en tándem con la Comunicación “A” 7433 del Banco Central.

De esta manera, desde el 7 de enero, se creó el Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES), a partir del cual se analiza el cumplimiento de los deberes fiscales y la capacidad económica financiera del contribuyente que pretenda realizar un pago al exterior por los servicios que le prestaron desde el exterior.

Los controles de cumplimiento salen de la AFIP y la capacidad económica la determinan las entidades financieras y las que administran fondos de inversión y los que intervienen en el mercado de valores.

Qué dicen las últimas normas

La AFIP implementó el “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios” (SIMPES), que se aplica a las personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, que deban realizar pagos al exterior por cuenta propia o de terceros o actúen como ordenantes del pago, para cancelar obligaciones propias o de terceros.

En el micrositio denominado “Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES)”, que funciona en sitio Web de la AFIP se publica la nómina de los códigos de operaciones y los montos mínimos a los que no les resultará de aplicación este nuevo control.

La información ingresada al sistema tendrá vigencia de un mes y al funcionar como una declaración jurada, el contribuyente previamente tiene que dar el consentimiento para que la misma pueda ser remitida al Banco Central.

A la normativa vigente, se suma una nueva Resolución de AFIP

Quiénes deben cumplir con la medida

Las sociedades, empresas, fideicomisos, condominios, asociaciones o entidades de cualquier clase, constituidos en el país. Los establecimientos organizados en forma de empresas estables domiciliadas o ubicadas en el país, pertenecientes a personas de existencia humana o jurídica del exterior.

Los que realizan la operación de cambio para pagos al exterior de servicios. Se encuentran contemplados los sujetos sobre los cuales recae la obligación contractual del pago (según el contrato, factura o documento equivalente) y los que resulten responsables de realizar el pago (gerente, director, tesorero o similares).

El que ordene el pago al exterior aunque no sea el sujeto obligado según conste en el contrato, factura o documento equivalente que justifique el pago al exterior ni sea el sujeto responsable de realizarlo (gerente, director, tesorero o similares). Se encuentran contemplados los apoderados, representantes, autorizados y, en general, cualquier persona que ordene la operación de pago bajo cualquier título o personería.

Qué analiza la AFIP

1. La situación que tiene el contribuyente, a partir de la información disponible en sus registros.

En el caso que se verifiquen incumplimientos o irregularidades formales se solicitará su subsanación, a efectos de avanzar en la generación de la declaración SIMPES.

2. La capacidad económica financiera del contribuyente mediante el “Sistema de Capacidad Económica Financiera”. Si el pedido no pasa el control, el contribuyente podrá solicitar un reproceso o manifestar su disconformidad. Esta información surge de lo que dispuso la AFIP, en el año 2018, por medio de la Resolución 4298.

Qué tienen que informar, mensualmente, las entidades financieras

a) Las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales, así como cualquier otro tipo de cuenta que el Banco Central establezca en el futuro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.

b) El monto total acumulado de las acreditaciones mensuales cuando el mismo resulte igual o superior a $30.000.

c) El monto total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo, cuando el mismo resulte igual o superior $30.000.

d) Los saldos de las cuentas al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes a $30.000.

e) El monto total acumulado de los depósitos a plazo constituidos en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a $30.000.

f) Los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales -excluyendo los montos de extracciones en efectivo y cualquier otro monto que no implique consumo- en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $10.000 mensuales.

g) Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.

h) Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla.

Las entidades financieras deben brindar cierta información de manera mensual

Información que tienen que brindar los agentes que administran fondos de inversión

Los agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores y las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión, deben cumplir con el régimen de información mensual sobre las operaciones que se indican a continuación:

a) Las compras y ventas de títulos valores públicos o privados negociados en el país, y las suscripciones y rescates de cuotapartes de fondos comunes de inversión, que efectúen por cuenta propia o de terceros.

b) Las operaciones de pase y/o caución en las que intervengan.

c) Los movimientos de fondos entre los agentes de liquidación y compensación y sus comitentes registrados en la Comisión Nacional de Valores, o entre las sociedades depositarias de fondos comunes de inversión y sus cuotapartistas, ya sea que se realicen en efectivo, cheque o transferencia bancaria.

En estos casos, la información que se brinda es el resumen de las operaciones, de compras y ventas, efectuadas con los montos de cada una de ellas. Asimismo, hay que brindar los datos personales del titular (CUIL; CUIT; nombre y apellido; denominación; domicilio; etc.) en el caso que sea una persona humana y los datos de la empresa, si corresponde a una persona jurídica.

Régimen para entidades que intervienen en el mercado de valores

La Caja de Valores S.A. debe informar la totalidad de los saldos existentes en custodia al 31 de diciembre de cada año calendario, referidos a los títulos valores, detallándose tipo y especie y los datos personales de los inversores.

La Bolsa de Comercio de Buenos Aires debe informar para la totalidad de los títulos valores autorizados los datos de los inversores y el tipo de especie del título, como la cotización al 31 de diciembre.

La Cámara Argentina de Fondos Comunes de Inversión informa el valor de cuotaparte de la totalidad de los fondos comunes de inversión aprobados por la Comisión Nacional de Valores, al 31 de diciembre de cada año, aportando el tipo de fondo, el valor de la cuotaparte y los datos de las personas y empresas que intervinieron, junto con el valor de cotización que tenía al 31 de diciembre.Ahora el Banco Central, a través de la Comunicación A 7433, exige que las entidades financieras verifiquen que el cliente tenga aprobada la declaración jurada (SIMPES), tramitada ante la AFIP. En caso de tratarse de cartas de crédito o letras avaladas emitidas u otorgadas, a partir del 7 de enero de este año, la entidad deberá contar con documentación que demuestre que, al momento de la apertura o emisión por parte de la entidad, el cliente contaba con la declaración efectuada a través del Sistema Integral de Monitoreo de Pagos al Exterior de Servicios (SIMPES) en estado de aprobada.

Fuente: iprofesional

NACIONALES – El Gobierno analiza el impacto de la sequía y evalúa asistencia al campo

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El próximo viernes se reunirá la Comisión Nacional de Emergencia y Desastre Agropecuario. Tras conversar con entidades de productores se acordó trabajar en una nueva Ley de Emergencia.

Mientras se registran precipitaciones en gran parte de la zona centro del país y miles de productores agropecuarios observan esperanzados los distintos pronósticos climáticos que auguran más lluvias para los próximos días, el Gobierno trabaja contra reloj para relevar con la mayor precisión posible el escenario actual en todas las zonas productivas y confirmar la ampliación del fondo de asistencia que pasaría de $ 500 millones a $ 12500 millones.

A la expectativa por las precipitaciones se contraponen daños irreversibles en cultivos y productores desesperados. Mientras tanto, Santa Fe picó en punta y declaró ayer al mediodía el estado de emergencia en todo su territorio luego de analizar la recomendación de la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria. En esa zona del país, las lluvias comenzaron el domingo y fueron un alivio aunque por la disparidad geográfica es probable que la provincia enfrente pérdidas de entre 25% y 30% en la producción de maíz y soja.

En diálogo con Ámbito, Daniel Costamagna, Ministro de la Producción de Santa Fe aseguró que “la medida regirá para todas las producciones agropecuarias desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2022. A partir del lunes, los productores deberán realizar la presentación digital de las declaraciones juradas para la emisión de los certificados para que los damnificados puedan acceder al diferimiento del pago del impuesto inmobiliario o la condonación en zonas de desastre”.

El titular de la cartera productiva provincial destacó que la sequía afectó a los maíces de primera y la soja. “Si bien se declara la emergencia en toda la provincia, hay productores más afectados que otros y hay cultivos que se van a recuperar y otros en los que la situación es irreversible. En esos casos, nos preocupa mucho la posibilidad de que los productores tengan maíz a partir de marzo y abril”.

Costamagna confirmó que tras conversar con entidades de productores se acordó trabajar en una nueva Ley de Emergencia, ya que “la actual no esta a la altura de lo que el campo necesita y la utilización de los seguros agropecuarios podrían ser una herramienta para que, ante fenómenos como éste, se puedan utilizar elementos que no pongan en riesgo el esquema productivo y financiero de una empresa”.

Si bien la utilización de seguros agrícolas ante situaciones climáticas es una cuenta pendiente para el sector, Costamagna aseguró que llevará el tema a la Comisión de Emergencia provincial porque “en un esfuerzo conjunto entre las compañías de seguro, los productores y el estado se podría crear un seguro paramétrico, que es menos costoso y puede aplicar contra sequía, granizo, incendio o inundaciones. Hoy las primas son altas por lo tanto el desarrollo debe incluir a muchos productores y al estado”.

Otra de las provincias afectadas es la de Buenos Aires. Según Horacio Salaverri, Presidente de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (CARBAP), todavía no se habló del tema con los funcionarios de manera oficial. “La provincia tiene un mecanismo que comienza con las reuniones de las comisiones locales donde se evalúa el estado de los campos y luego se eleva el pedido al ámbito provincial. Hasta el momento no hubo presentaciones en los distritos”.

En cuanto a los cultivos, Salaverri precisó que “por ahora estamos evaluando la situación y esperando las lluvias para que se puedan frenar las pérdidas pero en el caso de la siembra de maíz temprano creemos que el daño ya es irreversible”.

Hacia el litoral, la situación sólo empeora. En el caso de Entre Ríos, la Federación de Asociaciones Rurales de Entre Ríos (FARER) destacó que la provincia sufre la peor sequía de los últimos 60 años. Hasta que comenzó el frente de tormenta actual, cerca de un 85% del suelo padecía déficit hídrico y los incendios estaban a la orden del día.

Por ahora, sólo resta esperar el desarrollo del frente de tormentas y esperar hasta fin de mes para sacar conclusiones. Hay zonas y cultivos donde el partido todavía se está jugando y aunque no será un gran resultado, el estado de los cultivos podría mejorar. En otros, las pérdidas ya están aseguradas y para ellos habrá respuesta cuando el viernes se realice el encuentro -seguramente virtual- de los funcionarios de las áreas productivas de cada una de las provincias bajo la autoridad de la cartera agropecuaria a nivel nacional.

Fuente: ambito

NACIONALES – Repro II: el Ministerio de Trabajo fijó los requisitos para los salarios de diciembre

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Lo informaron a través de la Resolución 12/2022 publicada en el Boletín Oficial.

Este jueves, el Ministerio de Trabajo dio a conocer los requisitos de preselección y selección para el Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), para los salarios devengados en diciembre de 2021.

A través de la Resolución 12/2022 publicada en el Boletín Oficial, informaron que adopta recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa Repro II en su acta conjunta 14, tras su reunión del 3 de enero.

Como criterio general, el Comité concluyó que, más allá de destacar la recuperación económica y laboral en los últimos meses, “no hay razones relevantes que justifiquen la introducción de cambios al conjunto de parámetros condiciones de acceso, definidos para los programas implementados el mes anterior”.

En referencia a los criterios de preselección, el Comité estableció que, para los sectores críticos y no críticos, así como para el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores Independientes en Sectores Críticos, se tomará la facturación registrada en noviembre de 2019 y el mismo mes de 2021.

Esa diferencia se mantuvo en 30% en términos reales, pero se redujo al 43,8% nominal, inferior al 46,2% de la resolución previa (803/2021), debido a una baja en la inflación bianual.

“La variación del IPC entre noviembre de 2019 y noviembre de 2021 ascendió a un 105,3%, cuando el incremento de este indicador había sido 108,8% entre octubre de 2019 y octubre de 2021″, indicó el Comité en la fundamentación del nuevo criterio de ajuste nominal.

Ese mismo período de comparación se utilizará en el sector de la salud, aunque la diferencia de facturación debe dar como mínimo una variación de 0% en términos reales, y como máximo un aumento de 105,3% en términos nominales, 3,5 puntos porcentuales menos que en noviembre.

En cuanto a la variación porcentual del IVA compras, se mantuvo el tope de 67% para los sectores críticos y afectados no críticos y del 108,8% para el sector salud, ya establecidos para los salarios de noviembre.

Asimismo, se mantuvieron otros parámetros como una caída mayor al 0% en la variación del cociente entre el costo laboral y la facturación, endeudamiento (mayor a 0,6), liquidez (2,5) y variación del consumo de energía eléctrica y gasífera (menor a 0%).

Respecto de la variación de las importaciones, debe ser de una caída de 20% como mínimo para empresas de menos de 800 de trabajadores, y de 30% para el resto, pero de 0% para las de salud, al igual que en la resolución anterior.

Por otra parte, el Comité destacó que “la recuperación de la economía, en un contexto donde avanza la vacunación entre la población, está dejando espacio para concretar una significativa y sostenida mejora de los indicadores laborales“.

“Se aprecia que el crecimiento del empleo se extiende a lo largo de todas las ramas de actividad, cada una de las cuáles está mostrando una senda de recuperación que evoluciona a distintas velocidades“, añadió, al tiempo que destacó que “en algunos sectores el empleo se encuentra por encima de los niveles pre-pandemia, y en otros, si bien está creciendo, todavía no alcanzó el nivel que mostraba a inicios de 2020″.

En ese marco, puso de relieve que la cantidad de trabajadores asalariados “acumula 12 meses de crecimiento” y que “entre octubre de 2020 y octubre de 2021, se produce una incorporación neta de 146 mil personas al empleo formal en el total país”.

“Como resultado de esta dinámica, en los últimos doce meses se recuperó el 78% de los puestos de trabajo asalariados del sector privado perdidos durante los primeros meses de la pandemia (146 mil de un total de 188 mil empleos)”, agregó el Comité.

Para acceder al beneficio, las empleadoras y los empleadores deben cumplir con las condiciones de acuerdo con el sector que estén encuadrados, y según los parámetros fijados para cada uno.

En el caso de los sectores afectados tanto críticos como no críticos, deben alcanzar el cumplimiento de al menos cuatro de los seis parámetros establecidos, de los cuales serán de cumplimiento obligatorio las variaciones del IVA compras y de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Para el sector salud, entre los cuatro parámetros que se deben cumplir debe estar incluida la variación porcentual de la relación entre el costo laboral y la facturación.

Fuente: cronista

IMPOSITIVAS – Atención empleados: claves para realizar la carga mensual web de deducciones de Ganancias 2022

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La actualización de los parámetros del Impuesto a las Ganancias por un índice de 50,63% obliga a los empleadores a revisar todo y los empleados, a informar.
Los trabajadores no sólo deben completar el formulario web Siradig con las deducciones del Impuesto a las Ganancias del ejercicio 2021 antes del 30 de abril, sino que por los cambios que se producen para 2022, recibirán pedidos de sus empleadores para que este mes actualicen esos parámetros para este año.

Los nuevos importes de las deducciones de Ganancias se actualizaron en un 50,63% de acuerdo con la variación del RIPTE (coeficiente salarial) en el lapso octubre 2020 – octubre 2021, indicó el contador Daniel Pérez.

Según surge de la misma página de AFIP, no corresponderá retención de Ganancias cuando la remuneración bruta de enero a diciembre de 2022 no supere los $225.937, explicó.

Por este motivo, los empleadores a partir de la liquidación de enero deberán volver a filtrar la nómina para obtener el nuevo monto de la remuneración bruta, precisó, y agregó que, a partir del mes de enero y mientras no se produzcan incrementos de salarios, habrá una cantidad importante de trabajadores que estarán fuera del alcance del impuesto.

Ante esta situación y si bien no existe obligación taxativa de presentar el Siradig por parte de los trabajadores en el mes de enero, convendría que los empleadores aconsejen a los trabajadores la actualización de sus deducciones para poder realizar el cálculo de las retenciones, afirmó Pérez, y sostuvo que “debe instarse a los trabajadores a mantener actualizados los datos en forma permanente”.

Las deducciones paso a paso

Algunas deducciones son anuales y otras es conveniente aplicarlas en el Siradig mes a mes, aunque no es obligatorio.

Son anuales el mínimo no imponible, la deducción especial y las cargas de familia, que para el caso de un trabajador en relación de dependencia en 2022 son las siguientes:

Mínimo no imponible $252.564,84

Deducción especial $1.212.311,24

Cónyuge $235.457,25

Hijo $118.741,97

Hijo discapacitado $237.483,94

Uno de los gastos que se puede deducir es el sueldo y las contribuciones por trabajo doméstico

Deducciones mes a mes

Hay gastos que se llaman generales y que se pueden deducir durante todo el año, con las condiciones que fija la AFIP, según explica en su página de Internet:

Cuotas médico – asistenciales

Cuota o abono a medicina prepaga o aportes complementarios a obras sociales, correspondientes al empleado y a las personas que tenga declaradas como carga de familia.

El importe a deducir por dichos conceptos no podrá superar el 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

Primas de seguro para el caso de muerte

Lo abonado por seguros de vida. En el caso de seguros mixtos, sólo la parte que cubre el riesgo de muerte, excepto para los casos de seguros de retiro privado administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros.

El monto que figura en la web de la AFIP por ahora sigue siendo el de 2021 y es de $24.000, aunque aclara que se actualizará.

Donaciones

Se pueden deducir las donaciones hechas a los fiscos nacionales, provinciales y municipales, a las instituciones religiosas, asociaciones, fundaciones y entidades civiles, siempre que estén reconocidas por la AFIP como exentas del Impuesto a las Ganancias.

Las donaciones pueden realizarse en efectivo o en especie. Cuando se hagan en efectivo deberán bancarizarse, es decir que la donación tendrá que hacerse mediante depósito, giro o transferencia bancaria, cajero automático, débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito.

La deducción se podrá realizar hasta el límite del 5% de la ganancia neta del ejercicio acumulada.

Intereses por préstamos hipotecarios

Importe de los intereses de créditos hipotecarios para la compra o construcción de inmuebles destinados a casa habitación, hasta el importe de $20.000 anuales.

Gastos de sepelio

Los gastos de sepelio pueden deducirse cuando ocurran en el país y se originen en el fallecimiento del empleado o de alguna de las personas informadas como carga de familia, hasta el tope de $996,23.

Alquileres

Es deducible hasta el 40% del alquiler de la vivienda, siempre que ese monto no supere el mínimo no imponible de $252.564,84 anual para 2022, y que no sea titular de un inmueble en ningún porcentaje.

Para poder deducir el alquiler es requisito contar la factura o documento equivalente emitido por el locador, por el monto abonado.

Quien vaya a deducirse este concepto deberá remitir una copia del contrato de alquiler en formato pdf a través del servicio con clave fiscal Siradig-Trabajador. Esto deberá hacerlo la primera vez que vaya a computar la deducción y con cada renovación de contrato.

Casas particulares

Las personas que tengan personal de casas particulares a su cargo pueden deducir la remuneración y las contribuciones patronales abonadas.

El monto anual deducible, no podrá superar la ganancia no imponible anual de $252.564,84 para 2022.

Aportes socios protectores SGR

Los aportes a Sociedades de Garantía Recíproca serán deducibles en el ejercicio fiscal en el cual se efectivicen, siempre que esos aportes se mantengan en la sociedad por el plazo mínimo de dos años calendario, contados a partir de la fecha de su efectivización.

La deducción operará por el 100% del aporte efectuado y no deberá superar ese porcentaje en ningún caso. El grado de utilización del fondo de riesgo en el otorgamiento de garantía deberá ser como mínimo del 80% como promedio en el período de permanencia de los aportes.

Se debe informar la CUIT de la sociedad y los aportes efectuados durante el año calendario que se está declarando. Se puede brindar esta información desde la solapa “deducciones y desgravaciones” y también desde la solapa “ajustes”.

Riesgo de muerte y primas de ahorro

Seguros mixtos, excepto para los casos de seguros de retiro privados administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación, en los cuales serán deducibles tanto las primas que cubran el riesgo de muerte como las primas de ahorro.

La deducción sólo se practicará hasta alcanzar el tope de $24.000 de 2021, cuya actualización para 2022 todavía no figura en la web de AFIP.

Corredores y viajantes de comercio

Cuando utilicen auto propio podrán deducir la amortización impositiva del rodado y, en su caso, los intereses por deudas relativas a la adquisición del mismo.

En el supuesto de que el rodado se destine, en parte, al uso particular u otros, deberá indicarse la proporción de tales conceptos que corresponda afectar a la actividad de corredor o viajante de comercio.

Se pueden deducir gastos en movilidad y viáticos que no pague el empleador

Gastos de movilidad, viáticos y análogos

Las compensaciones que abone el empleador se podrán deducir en los importes que fije el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a la actividad de que se trate.

De no estar estipulados por convenio, se podrá deducir hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible, siempre que se encuentren liquidados con el recibo o constancia provista por el empleador. Para ello se deberá considerar el tope de $101.025,94 para 2022.

Cuando se trate de actividades de transporte de larga distancia, la deducción a computar no podrá superar el importe de la ganancia no imponible.

Se considera como transporte de larga distancia a la conducción de vehículos con recorridos que excedan los cien kilómetros del lugar habitual de trabajo.

Compra de indumentaria y/o equipamiento

Debe haber sido adquirido para uso exclusivo en el lugar de trabajo y la deducción aplica si los gastos son obligatorios y los realiza el empleado en lugar del empleador, sin que se le reintegren los fondos.

Aportes seguros de retiro privados

Las entidades deben estar reguladas por la Superintendencia de Seguros, y la deducción sólo se practicará hasta alcanzar el tope de $24.000 para 2021, sin que la actualización haya sido publicada para 2022.

Honorarios médicos

Hospitalización en clínicas, sanatorios y establecimientos similares.

Prestaciones accesorias de la hospitalización.

Servicios prestados por los médicos en todas sus especialidades.

Servicios prestados por los bioquímicos, odontólogos, kinesiólogos, fonoaudiólogos, psicólogos, etc.

Servicios prestados por los técnicos auxiliares de la medicina.

Todos los demás servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o vehículos especiales.

Deducciones ingresadas por el empleador

Cuando las deducciones se vinculen con lo que pague el empleador que actúe como agente de retención, el empleado quedará exceptuado de informarlas, ya que lo hará el empleador. Se trata de las siguientes:

Aportes para fondos de jubilaciones, retiros, pensiones o subsidios, siempre que se destinen a la ANSeS o a cajas provinciales o municipales – incluidas las cajas de previsión para profesionales-, o estén comprendidos en el SIPA.

Descuentos con destino a obras sociales del empleado y de las personas declaradas como cargas de familia. También las cuotas sindicales correspondientes a las cotizaciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados y a las contribuciones de solidaridad pactadas.

Importes que correspondan a descuentos obligatorios establecidos por leyes nacionales, provinciales o municipales.

Aportes efectuados a cajas complementarias de previsión, fondos compensadores de previsión o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, convenciones colectivas de trabajo o convenios de corresponsabilidad gremial y todo otro aporte destinado a la obtención de una prestación del tipo previsional que sea obligatorio para el empleado.

Gastos de movilidad, viáticos y otras compensaciones análogas abonados por el empleador, en los importes que fije el convenio colectivo de trabajo correspondiente a la actividad de que se trate o, de no estar estipulados por convenio, los efectivamente liquidados en el recibo de sueldo o constancia, hasta un máximo del 40% de la ganancia no imponible.La complicación para los empledores es que todas estas deducciones personales y generales, desde el año pasado se complicó por las leyes que impulsó el diputado Sergio Massa sobre el Impuesto a las Ganancias y que introdujeron el parámetro de “deducción especial incrementada”, por el cual la deducción especial se aumenta hasta que la remuneración bruta dé un mínimo por debajo del cual los trabajadores no pagarán el gravamen. Empezó en $150.000 y ahora está en alrededor de $225.900.

Fuente: iprofesional

ECONOMÍA – Precios mayoristas registraron menor suba en 5 meses, pero treparon más de 50% en 2021

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Por sexto mes consecutivo los precios mayoristas subieron por debajo del 3% mensual. Aun así, en el acumulado anual tuvieron importantes aumentos, impulsados principalmente por alzas en productos manufacturados de origen nacional.

Los precios mayoristas subieron 2,3% en diciembre de 2021, el registro más bajo desde julio pasado, de acuerdo a datos oficiales del INDEC. Sin embargo, en el acumulado del año ascendieron un importante 51,3%, impulsado principalmente por incrementos en productos manufacturados de origen nacional.

El precio de las manufacturas locales trepó, en promedio, 54% en 2021. Los incrementos fueron encabezados por las divisiones “Otros medios de transporte” (87,2%), Madera y productos de madera excepto muebles (80,9%) y Productos metálicos básicos (68,5%).

Asimismo, arrojaron subas por encima de la media rubros relevantes en la canasta que mide el INDEC como Productos refinados del petróleo (57,8%), Vehículos automotores (55,5%) y Sustancias y productos químicos (54,9%).

En paralelo, los productos primarios nacionales subieron 45% anual. Los productos pesqueros, de escasa incidencia en el índice de precios mayoristas, se dispararon 84,7%. Mientras tanto, los productos agropecuarios y los hidrocarburos mostraron alzas de 41,9% y 46,4%, respectivamente.

En términos agregados, los productos fabricados dentro de las fronteras argentinas aumentaron 52%. A su vez, los productos importados tuvieron un ajuste del 44,6%.

En diciembre los precios mayoristas encadenaron su sexto mes consecutivo con un alza mensual inferior al 3%. El incremento promedio fue traccionado fundamentalmente por Productos agropecuarios (4,8%), Alimentos y bebidas (3,8%) y vehículos (3,3%). Mientras tanto, resaltaron caídas en los valores del petróleo y gas (-1,9%), y productos manufacturados derivados del petróleo (-0,1%).

Vale recordar que la semana pasada el INDEC informó que la inflación minorista de diciembre se aceleró al 3,8%, para redondear un acumulado anual de 50,9%, muy similar al del segmento mayorista.

Cabe aclarar que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) evalúa los avances en el costo de una canasta compuesta fundamentalmente por bienes finales y bienes no transables, a diferencia del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), que contiene en su mayoría insumos y productos que se comercian con el exterior.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Por el impacto de la sequía, la provincia de Santa Fe declaró la Emergencia Agropecuaria

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Así lo anunció el gobernador Omar Perotti. La misma regirá hasta el 15 de marzo. Hasta esa fecha, los productores afectados podrán presentar su solicitud de créditos de hasta $1 millón a tasa 0.

La provincia de Santa Fe declaró la emergencia agropecuaria a raíz de la intensa sequía que sigue afectando a buena parte del territorio. Así lo confirmó el gobernador Omar Perotti, quien junto al ministro de Producción, Ciencia y Tecnología, Daniel Costamagna, y el ministro de Economía, Walter Agosto, firmaron el decreto que tendrá efectos desde el 1º de enero hasta el próximo 15 de marzo. Hasta esa fecha, los productores afectados podrán presentar la documentación correspondiente para recibir los beneficios de la medida. Ahora, solamente resta la homologación del Gobierno Nacional para su implementación definitiva.

El pedido de emergencia de Santa Fe contempla otorgar créditos a tasa 0 y con un año de gracia (se puede elegir devolver en cuotas o a un año) a productores que acrediten dificultades en su negocio. El tope de los mismos será de 1 millón de pesos y los fondos saldrán de los 12.500 millones de pesos que dispondrá el Gobierno Nacional para la emergencia agropecuaria en todo el país.

Además, este viernes a las 10 se realizará una reunión de la Comisión Nacional de Emergencia Agropecuaria, donde se expondrá el pedido santafesino al ministro de Agricultura, Julián Domínguez, y a las demás provincias, que también atraviesan dificultades tanto por la sequía como por las elevadas temperaturas y los incendios. Esta situación afecta la actual campaña de cultivos de verano y también la ganadería, las economías regionales y la lechería, donde en algunas zonas de Entre Ríos, por ejemplo, los productores advierten de una caída en la producción de leche que ya llega casi al 40%.

Costamagna anunció que están redactando un proyecto de ley de emergencia “actualizado y a la altura del campo de hoy”. Esto consiste en digitalizar los procesos para formar parte de los beneficios, y de esa forma también se identificarán las dificultades de los productores: “El modo de trabajo y la operatividad será algo novedoso, ya que vamos a generar un nuevo proyecto de ley de emergencia agropecuaria actualizado a las necesidades del sector, como el estímulo al uso de seguros agrícolas como los paramétricos o multirriesgo que evitarían este tipo de eventos”, describió Costamagna.

Otra novedad sobre la redacción de esta norma de emergencia es que los fondos aportados a productores en dificultades sean canalizados por la banca pública, y cuando sean devueltos irán a las Asociaciones de Desarrollo, que mantendrán ese dinero disponible para un eventual próximo evento climático formando así un fondo anticíclico que permita una ayuda sea rotativa.

Hay que recordar que el último fin de semana Domínguez recorrió junto a Perotti las zonas más afectadas por la sequía en Santa Fe, donde confirmó que tras el pedido realizado al presidente, Alberto Fernández, y al Jefe de Gabinete, Juan Manzur, se actualizará el Fondo de Emergencia Agropecuaria. Se trata de un histórico reclamo del sector productivo ya que el mismo continúa con un monto de 500 millones de pesos desde el momento de su creación en 2009. Ahora se llevará 12.500 millones de pesos, según lo confirmó el titular de la cartera agropecuaria.

Seguros

Además, Costamagna confirmó a Infobae que mantuvieron reuniones con Asociaciones de Semilleros para que los productores de maíz puedan volver a sembrar las hectáreas perdidas por la sequía: “Entendemos que tanto el sector lechero, el ganadero y aquellos que usan el maíz como insumo, pueden tener problemas por la falta de maíz y los precios que puedan tener. Creemos que parte de eso se resolvería si los productores pueden volver a sembrar”, señaló el ministro.

Por último, el ministro provincial insistió en que el nuevo proyecto de ley que llevará adelante Santa Fe, impulsa la toma de seguros. Para eso la provincia tiene decidido generar una inversión de parte del impuesto inmobiliario a los fines de que las primas para los productores sean más económicas y puedan acceder más personas, ya que cuantos más productores acceden, más baratos son. “Queremos que esto sea una herramienta que da previsibilidad al sistema productivo. Esta nueva ley provincial tiene que estar a la altura del campo de hoy contemplando la utilización de seguros agropecuarios” enfatizó Daniel Costamagna.

Fuente: infobae economico

Laboral. Coronavirus

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Adopción de recomendaciones para diciembre 2021 del Comité de Evaluación y Monitoreo del `Programa REPRO II´.

Definen parámetros y condiciones para los programas REPRO II y Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos, Afectados No Críticos y Salud, para el mes de diciembre 2021 -Acta N° 14.

Resolución (MT) Nº 12/2022 (BO 18/01/2022)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – El salario mínimo argentino ya está en niveles de 2003: “el poder de compra está destruido”

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Mientras el dólar blue hoy se mantiene cerca de su techo histórico y cotiza a $ 209 en la City, un usuario de Twitter comparó el salario bruto registrado argentino actual frente al dólar CCL, la divisa a la que se accede por medio de la compra de bonos en pesos. “El poder de compra, destruido”, apuntó

El peso argentino fue la segunda moneda más devaluada del mundo en 2021, solo detrás de la lira turca en comparación con el dólar estadounidense, al retroceder 14,7%, de acuerdo con un informe elaborado por Bloomberg y con más de 10 cotizaciones paralelas, el salario bruto ya vale lo mismo que en 2003 al tomar la variable dólar CCL.

Así lo advirtió este lunes el Nery Persichini, un economista y magíster en Finanzas.

“El salario bruto registrado es USD 461 (al CCL), como en 2003”, alertó.

La publicación que fue acompañada de un gráfico donde se plasma el comportamiento de los últimos 22 años, permite comparar también el nivel de ingresos con el valor en dólares constantes:

“Este valor en U$s constantes equivale a:

26% del máx. de Convertibilidad

43% de fin de 2001

32% del máx. de CFK II

37% fin de CFK II

27% del máx. de MM

43% pre-PASO 2019″, explicó.

“EL PODER DE COMPRA, DESTRUIDO”

El peso argentino se ubicó en segundo lugar, sólo detrás de la libre turca, como la moneda más devaluada del mundo, afectada principalmente por la demora de un acuerdo con el FMI, las especulaciones sobre una depreciación aún mayor, la brecha cambiaria entre el tipo de cambio oficial y el paralelo, la inflación y el incremento de la deuda pública.

Otras dos monedas latinoamericanas (el peso chileno y el peso colombiano), siguieron con una devaluación del 11,1% y 10,6%, respectivamente.

Mismo comportamiento registró el sol peruano, el won coreano y el bath tailandés, que se posicionaron entre las divisas más depreciadas. 

Fuente: cronista

ECONOMÍA – Panorama incierto en el 2022: ¿Hay riesgos de reducción del capital a nivel global?

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Los economistas advierten por un posible descenso del capital para este año y una migración de la inversión para reconvertir algunos sectores. De qué se trata el populismo económico, un concepto clave que marcará el rumbo de la economía mundial este año.

¿Hay riesgos de reducción del capital a nivel global? The Economist publicó un reciente informe en el que brindó una respuesta contundente: “Si”. Si bien hoy el capital es abundante, las tasas de interés a largo plazo son bajas, las empresas están mostrando una tendencia a la reducción del capital para concentrarlo en sectores específicos, esto se hará más visible en el 2022. El populismo económico, la necesidad de inversión para hacer más cortas las cadenas de provisión y la transición energética, las razones detrás de este fenómeno.

Sebastián Edwards y Rudiger Dornbusch, dos economistas que dieron “en la tecla” sobre una definición del llamado populismo económico. Se trata de un enfoque que no ve limitaciones al crecimiento económico – ni en la inflación, ni el endeudamiento-. Para The Economist, “los populistas latinoamericanos” emiten dinero para pagar grandes gastos públicos “y terminó mal” pero todavía “sigue vivo”. A modo de ejemplo señala a Venezuela, “Turquía parece decidida a abrazar una versión y en la Argentina, nunca llegó a eliminarlo por completo”.

Pero en otros países, inesperadamente también hay un “populismo económico” señala el artículo. Una señal es “una política fiscal discrecional” que se evidenció con Joe Biden (el paquete de 1,9 billones de dólares), el fondo de recuperación de la Unión Europea (u$s900.000 millones).

“El estímulo fiscal ha vuelto a ser favorecido porque las limitaciones de política económica, tales como los déficits presupuestarios, tienen menos peso cuando las tasas de interés son bajas. Pero, con el paso del tiempo, el gasto financiado con déficit comenzará a absorber ahorro excedente”, expresó The Economist.

La firma de inversión Marko Papic del Clocktower Group llama al giro hacia el estímulo el “consenso de Buenos Aires”, en contraste con el consenso de Washington, que aconseja prudencia.

¿Aumento de la inversión?

Un segundo factor es el aumento de la inversión para dar continuidad a los negocios. “Es probable que las cadenas de producción globales se acorten, en parte, para evitar los cuellos de botella que afectaron la producción en 2021. Y traer las plantas de producción un poco más cerca de cada país de origen de las empresas requerirá más capital”, vaticinó el medio. “La rivalidad entre Estados Unidos y China está llevando a cada país a duplicar la capacidad en ciertas industrias claves, tales como la de semiconductores. Esas acciones absorberán capital”.

Cambio climático

La transición a una energía más verde es esencialmente un problema de gasto de capital, argumentan Eric Lonergan y Corinne Sawers en un próximo libro. Cualquier intento serio de contener el alza de la temperatura global requiere deshacerse de activos que sostienen la economía sobre la base de carbono –torres petroleras, usinas a carbón, estaciones de bombeo de nafta– y construir una nueva infraestructura basada en vehículos eléctricos y energía eólica y solar y en el almacenamiento de baterías. Hay que volcar mucho capital para crear estos activos.

Ninguna de estas tres tendencias se desarrolla plenamente en un año calendario. Lo paradójico de los pronósticos es que 2022 puede aportar evidencias en contra de la tesis de escasez de capital. Si la Reserva Federal eleva las tasas de interés lo hará tempranamente en el ciclo de negocios, lo que iría en contra de la idea de un giro hacia una política populista. El proyecto de ley de gasto “Reconstruir Mejor” (Build Back Better) de Biden puede quedar acumulando polvo.

Fuente: ambito