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IMPOSITIVAS – Impuesto a la herencia: la tabla completa para saber cuándo y cuánto se debe tributar

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El impuesto a la herencia deja sin sus bienes a beneficiarios de poca monta mientras que los ricos tienen quien les arme estructuras para evitar el pago.

El impuesto a la herencia se aplica en países como Estados Unidos y Gran Bretaña, y uno de sus objetivos es evitar la concentración de la riqueza, porque para pagar el tributo generalmente es necesario vender parte del legado. Pero en Argentina lo bajo de los mínimos imponibles provocan la venta de una gran parte de lo heredado y el efecto es el contrario: gente con disponibilidad para hacerlo compra esos bienes y concentra riqueza en otras manos.

En Buenos Aires, que va a ser el modelo para el resto de las jurisdicciones, está gravado quien recibe bienes de modo gratuito teniendo domicilio real en la Provincia o quien, domiciliado en otra jurisdicción, reciba bienes radicados o ubicados en la provincia.

Y el mínimo para tener que pagar el impuesto a la herencia está tan desactualizado, que prácticamente se paga siempre:

• Mínimo genérico para cualquier transmisión gratuita $322.800.

• Cuando se trate de padres, hijos y cónyuge: $1.344.000.

Además, las personas ricas tienen posibilidad de pagar a expertos que estructuran fideicomisos en el exterior u otras estructuras que les permiten minimizar el pago del impuesto a la herencia.

Quién se queda con la herencia

“Uno de los objetivos de los impuestos sucesorios suele ser la fragmentación de los patrimonios, también visto como la lucha contra las grandes concentraciones de riqueza, especialmente inmobiliarias y empresarias”, indicó Martín Caranta, de Lisicki, Litvin & Asoc.

“Una vez que el gravamen percute en los sujetos alcanzados, y ante el enorme peso del mismo, éstos se ven obligados a vender parte de una empresa, sociedad o algunos inmuebles para hacerse de fondos líquidos y poder pagarlo”, explicó.

“En las empresas que cotizan en Bolsa, la venta suele ser fácil y a valores de mercado. El problema suele presentarse en las sociedades familiares o cerradas, donde no existe una valuación fácil ni rápida, y el gravamen puede llevar a malvender las acciones para hacer frente al pago del mismo o bien a su disolución y liquidación”, agregó.

En el caso de inmuebles, tanto urbanos como rurales, sucede algo similar: ante el enorme peso del gravamen, resulta necesaria la venta de parte de uno o varios inmuebles del acervo hereditario, precisó.

“Ante las dificultades señaladas, muchas veces el efecto que se produce es el contrario al deseado: algunos oportunistas aprovechan para adquirir lo que otros necesitan vender y así se genera una mayor concentración de la riqueza”, enfatizó Caranta.

Los plazos agravan el problema

Mariano Ghirardotti, de Ghirardotti & Ghiradotti –  BOKS, puntualizó que el plazo para pagar el impuesto a la herencia de la provincia de Buenos Aires es el siguiente según los casos:

• Por actos entre vivos, como donaciones: hasta vencidos 15 días de producido el hecho imponible.

• Por causa de muerte: hasta los 15 días de la solicitud judicial de inscripción o entrega del bien transmitido, libramiento de fondos, o acto de similar naturaleza, o hasta transcurridos 24 meses desde el fallecimiento del causante, lo que ocurra con anterioridad.

“Esto indica, que los donatarios estarán en mora 15 días después de aceptar la donación, mientras que los herederos, independientemente de haber comenzado a tramitar la sucesión, cuando se cumplan 24 meses del fallecimiento estarán en mora, con elevados intereses, que son los que utiliza el Banco Provincia para operaciones de descuento”, comentó Ghirardotti.

“Y los beneficiarios con anterioridad a registrar los bienes inmuebles, deben afrontar el impuesto a la herencia, con lo cual tendrán que afrontar el costo con fondos propios y en ocasiones acceder a un préstamo para cancelar este gravamen, subrayó Sáenz Valiente, aunque agregó que existe un plan de hasta 6 cuotas siempre que no haya vencido la declaración jurada. El pago debe ser previo o simultáneo a todo acto de posesión de los bienes por parte de los herederos”.

“Así, muchas veces el impuesto se vuelve difícil de pagar, y se decide no seguir usando los bienes hasta tanto exista una necesidad inexorable de pagar, sabiendo que cada día que pasa es más inalcanzable la cifra en cuestión”, apuntó Ghirardotti.

“El impuesto a la herencia muchas veces impide la registración de los bienes a nombre de los sucesores, por el solo hecho de que, los mismos, no pueden afrontar el costo de dicho impuesto, y para hacerlo debieran liquidar los bienes, acto que les está vedado con relación a los bienes registrables ya que aún no son titulares de los mismos”, recordó.

“Es decir que es un impuesto que impide al fisco saber quién es el titular del inmueble, como así al resto de los actores de la economía a los que dicha información pudiera serle útil, ya que la gente termina no registrando al verdadero titular por los costos que ello representa”, afirmó Ghirardotti.

“Si a esos costos se le suma los costos de los honorarios y gastos por sucesión, el tributo se transforma en uno de muchos otros elementos que coadyuvan a no regularizar la propiedad de los bienes heredados”, remarcó.

A pesar de los esfuerzos para cerrar todos los caminos de evasión, en frecuentes ocasiones no podrá evitarse esa maniobra ante la existencia de dinero, divisas, joyas, títulos al portador”, precisó, además, Sáenz Valiente.

La salida para ricos

“Pese al escenario amenazante, nada nos impide emplear las herramientas que el propio sistema legal y financiero, local e internacional, pone a nuestra disposición para no quedar expuestos a los efectos de este posible nuevo impuesto”, dijo Mariano Sardáns, CEO de la gerenciadora de patrimonios FDI.

Sardáns se refirió así a soluciones como las siguientes, entre otras:

  • Fideicomisos locales y del exterior, incluidos los trusts.
  • Sociedades extranjeras.
  • Fundaciones de interés privado.

“Facilita aún más las cosas contar con todos o la mayoría de los activos en el exterior, donde no existen sujetos obligados a retener el impuesto, que le impidan al beneficiario la recepción de un bien y menos aún, lo obligue al pago anticipado del propio impuesto”, advirtió.

“Los sujetos obligados que asegurarán el pago del impuesto en la Argentina serán las entidades financieras radicadas en el país, los representantes legales, albaceas y escribanos públicos intervinientes en transmisiones alcanzadas, que estarán obligados a asegurar el pago del tributo y retener, en su caso, las sumas necesarias”, consideró Sardáns.

Sin esta planificación, “es de altísima gravedad la afectación con el impuesto a la herencia de quienes reciben propiedades inmobiliarias. Esto implica una carga fiscal descomunal para los inmuebles en el exterior donde se valorizan a su valor de mercado”, afirmó Santiago Sáenz Valiente, socio fundador del estudio Sáenz Valiente & Asoc.

“Aunque este efecto está en parte atemperado por la brecha cambiaria entre el valor real de la moneda y su cotización oficial en Argentina en este momento”, añadió.

“La tasa aplicable siempre es progresiva que comienza en el 1,6% y llega a un 6,38% para los hijos, a lo que se agrega el mínimo no gravado continua en valores alejados de la realidad”, aseguró Sáenz Valiente.

Mirando a la provincia de Buenos Aires, se ve que no va a costar lo mismo donar o recibir bienes de un padre, hijo o cónyuge, que de un abuelo o nieto (estos últimos casos serán más caros). Y la alícuota del impuesto será mayor cuando la transferencia gratuita de bienes sea entre hermanos y aún mayor, cuando sea desde y hacia terceros (otros familiares, amigos y hasta una empresa u otras formas de personas jurídicas), sostuvo Sardáns.

Sáenz Valiente alertó sobre que los bienes ubicados en la provincia a nombre de sociedades o empresas en el exterior están gravados, pero reconoció que esto es de difícil administración para las autoridades tributarias locales, y “por lo general, se trata de recaudación perdida”.

Impuesto a la herencia vs Bienes Personales

“La historia impositiva argentina demuestra que existe una suerte de incompatibilidad entre el impuesto a la transmisión gratuita y el impuesto al patrimonio global de los individuos”, afirmó Caranta.

Ya existió un impuesto nacional a la transmisión gratuita de bienes, creado en 1951 y derogado y reemplazado en la década del ‘70 por impuestos que alcanzaban en forma global a los patrimonios netos individuales y al capital de las empresas. Así llegamos en nuestros días a Bienes Personales, y hasta hace poco tiempo, también existía el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, relató.

Los países que aplican impuestos a la herencia no tienen en su estructura tributaria impuestos globales al patrimonio, únicamente alcanzan al patrimonio con manifestaciones específicas como el inmobiliario y a la propiedad automotor, indicó.

“Esto no es casual. El impuesto a las ganancias es un impuesto a la renta que obtienen los beneficiarios, y también los impuestos al patrimonio global (neto o bruto, sin descontar las deudas, como es el caso de Bienes Personales, son impuestos a la renta potencial”, puntualizó, y agregó que, si ambos gravámenes coexisten, se dará la situación de gravar dos veces lo mismo”.

Por esto existe consenso, y así lo demuestra la historia de nuestros impuestos, que si ambas tipologías coexisten lo que está en riesgo es la supervivencia del capital”, aseguró, y enfatizó que “sin capital no será posible la existencia de nuevos emprendimientos, empresas y con ello empleo genuino y dignidad de los trabajadores y sus familias”.

Ghirardotti añadió que, “por lo general el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, es aplicado por países como Estados Unidos, que no aplican otras formas de imposición al patrimonio, de ese modo gravan la obtención de bienes a título gratuito por parte de sus ciudadanos, lo cual parecería lógico, pero esta situación no es extrapolable a Argentina, donde proliferan los impuestos patrimoniales, tanto los globales sobre el patrimonio, como los selectivos sobre el mismo”.

En Estados Unidos, el impuesto existe a nivel federal para patrimonios de más de u$s11,7 millones, y la tasa va desde el 18% al 40%. A nivel estadual, 16 estados tienen un impuesto análogo para valores de patrimonio más bajos. Existen otros países como el Reino Unido, Chile y Brasil donde también se aplica un tributo similar, pero tienen estructuras tributarias más sanas.

“Una vez más vamos a contramano del mundo, pues España redujo sensiblemente el impuesto en 2010 y periodos siguientes, incrementando los mínimos para el caso de cónyuge a Euros 500.000 y para los hijos a Euros 400.000″, puntualizó Sáenz Valiente.

¿En todas las provincias?

El impuesto a la transmisión gratuita de bienes, está vigente exclusivamente en la provincia de Buenos Aires, pues Entre Ríos ha derogado su normativa a causa del fallo de la Corte Suprema de Justicia local sobre el Colegio Público de Abogados de la provincia, indicó Sáenz Valiente.

“Si se diseminara este gravamen en varias o todas las provincias, sería irrefutable la necesidad de plantear pagos a cuenta cruzados en virtud de la ubicación física de los bienes alcanzados. Las normativas serian además un entramado de alta complejidad y acuerdos suscriptos entre los entes provinciales con seguras superposiciones”, afirmó.

“Se trata de una carga fiscal con fuertes distorsiones, pues se tributa finalmente por los inmuebles y bienes registrables, fija presunciones inaceptables y pretende alcanzar los bienes que se hallan en extraña jurisdicción, incluso en el exterior del país, por el mero hecho que el beneficiario resida en la provincia de Buenos Aires. Este poder cuestionable lo torna inconstitucional en varias de sus facetas”, aseguró.

“La falta de equidad actual en las cargas fiscales es manifiesta, y en nada mejoraría al imponer un impuesto de esta naturaleza sin corregir cuestiones esenciales de nuestra estructura tributaria. Además, el no contemplar la edad del beneficiario, su patrimonio inicial, ni su edad y estado de salud, tornan en muchas ocasiones absolutamente injusto el tributo”, concluyó Sáenz Valiente.

Fuente: iprofesional

Pase Sanitario

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En virtud del Decreto Provincial Nº 3374/21, nuestras Instituciones deben cumplir con la constatación del denominado “Pase Sanitario” previo al acceso a nuestras instalaciones para su atención.

La acreditación se realiza a través:

APP CUIDAR *

* Si no puede acceder a la APP CUIDAR podes excepcionalmente acreditarlo con el Certificado de vacunación COVID en soporte papel y/o formato digital, acompañado con el DNI

Solicitamos a quienes no cumplan con las condiciones para contar con su “Pase Sanitario” utilizar los medios online y a los que sí lo cumplan y deseen realizar los trámites de manera presencial, concurrir con los respectivos elementos que lo acrediten a efectos de evitar demoras.

Ante la actual situación epidemiológica con creciente cantidad de contagios aprovechamos para recordarle que todos los servicios de las diferentes Instituciones y sectores pueden realizarse a distancia

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ECONOMÍA – Reunión clave entre el equipo económico y empresarios para delinear nuevo acuerdo de precios

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El ministro de Economía encabezó una reunión con directivos de empresas de consumo masivo para avanzar en un nuevo acuerdo de precios y salarios

El Gabinete Económico encabezado por Martín Guzmán recibió hoy a un grupo de empresarios de la alimentación para avanzar en un acuerdo de precios, luego de obtener el visto bueno del FMI para incluir esta herramienta como complemento para contener la inflación.

En un cambio de paradigma, en su último documento el organismo multilateral consideró que la suba de precios en la Argentina es “multicausal” y abrió la puerta para que un pacto entre Gobierno, empresarios y sindicatos forme parte del programa de Facilidades Extendidas que se está negociando.

La conformación de la comitiva oficial muestra la intención del Gobierno Nacional de dar una señal de que la política macroeconómica estará alineada en todas sus variables para, desde ese compromiso, lograr la confianza del empresariado.

Con esa premisa, el jefe del Palacio de Hacienda almorzó hoy con Laura Barnator (Gerente General de Unilever para Argentina y Uruguay), Gabriela Bardin (Gerente General Argentina de P&G), Gonzalo Fagioli (Vicepresidente de Asuntos Corporativos, Legales y Compliance de Quilmes), Abelardo Gudiño (Gerente General para Argentina y Uruguay de Coca Cola), Adrián Kaufman Brea (Gerente General de Comunicación Institucional y Asuntos Públicos de Grupo Arcor), Maximiliano Lapidus (Gerente de Area Interior de La Serenísima) y Agustín Llanos (CEO de Molinos Río de la Plata).

Acompañaron a Martín Guzmán el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; el Secretario de Comercio de Comercio Interior, Roberto Feletti, y el presidente del Banco Central (BCRA), Miguel Ángel Pesce.

La estrategia oficial

En el Palacio de Hacienda apuestan a cohesionar el frente interno para contrarrestar el escepticismo que existe sobre la Argentina en el plano internacional.

Cerca de Guzmán insisten que mostrar una posición sólida como sociedad es fundamental para poder cerrar el programa con el organismo multilateral.

Lejos del 29% que inicialmente figuraba en el Presupuesto 2021, la inflación del año pasado que se conocerá oficialmente la semana próxima se ubicará en torno del 50% interanual.

El Gobierno pretende que en ese camino las remuneraciones se ubiquen por encima de la inflación y de este modo recomponer el poder adquisitivo de los trabajadores para estimular la demanda.

En este esquema resulta esencial la política de emisión monetaria que implementará el Banco Central, de allí la presencia del titular de la autoridad monetaria, Miguel Ángel Pesce.

Fuente: airedesantafe

ECONOMÍA – Durante el 2021 se vendieron más motos que autos

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En las grandes ciudades se vendieron mas motos, mientras que hubo mas ventas de autos en las ciudades mas chicas.

Según un trabajo de P&G consultora, durante el año 2021 hubo un crecimiento en la venta de autos que no supera a la cifra del año 2019. Pero lo que mas llama la atención es el crecimiento en las motos, que supera a los últimos 5 años.

Pablo Olivares, integrante de la consultora P&G, explicó por LT10 que “En el caso de las motos se dio algo muy particular porque no solo supero el 2020 también supero el 2019. Y si uno toma la serie de 7 años previos el valor del patentamiento de motos a estado por encima de los 5 previos”

Según el especialista, en el estudio pudieron detectar que la venta de auto creció en las ciudades mas pequeñas, mientras que las motos se vendieron mas en la ciudades grandes. Esto es algo que fue cambiando, ya que años anteriores el consumo era distinto.

Olivares explica que esta situación se relaciona con “la necesidad de movilizarse, la diferencia de posibilidades entre lo que es la compra de un auto o una moto, pero también las políticas que se han llevado adelante” entre ellos enumera el plan “Mi moto” que era un financiamiento desde Banco Nación.

En un año en la provincia se vendieron 47.631 motos, predominantemente en Santa Fe y Rosario fueron en donde mas se compraron. Mientras que los autos se vendieron mas en localidades como Las Rosas, Rafaela, San Jorge, Villa Cañas, San Carlos Centro, Alcorta, Casilda y Firmat.

Fuente: lt10digital

IMPOSITIVAS – AFIP exceptuó a más sectores del uso del Libro de IVA Digital: cuáles son

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El organismo recaudador dijo que la excepción de la obligatoriedad del Libro de IVA Digital se realizará automáticamente.

La AFIP dispuso que las personas humanas exentas de IVA que tengan como única actividad registrada y vigente la venta al por menor de diarios y revistas están exceptuados de la obligatoriedad de uso del Libro de IVA Digital.

La medida también alcanza a cooperadoras escolares, centros de jubilados y pensionados, entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), comunidades aborígenes, cooperadoras de hospitales, bibliotecas populares, asociaciones de padres y comedores comunitarios.

El Libro IVA digital es un régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones. Los obligados deben contar con clave fiscal nivel 3 para poder realizarlo.

La Resolución General 5133, que se publica este martes en el Boletín Oficial, extiende la excepción a los sujetos alcanzados de manera retroactiva desde mayo de 2021.

En estos casos, las registraciones deberán realizarse en los respectivos libros o registros dentro de los primeros 15 días del mes inmediato siguiente a aquel en el cual se haya producido la emisión o recepción de los comprobantes correspondientes.

En aquellos casos donde no opere, la baja deberá solicitarse con clave fiscal a través del “Sistema Registral”.

Cuando en virtud de procesos de fiscalización existan indicios que hagan presumir un encuadre inadecuado de la excepción, se procederá la caracterización de oficio para restablecer la obligatoriedad de uso del Libro de IVA Digital.

El mismo procedimiento operará para aquellos sujetos que, por algún motivo, pierdan la exención o que no se les renueve el certificado de exención en el impuesto a las Ganancias.

Fuente: cronista

IMPOSITIVAS – Peligro de exclusión a monotributistas: la AFIP no actualizó bien alquileres y precio unitario

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La AFIP actualizó sólo 26% por todo el año pasado algunos valores que pueden provocar la exclusión de los monotributistas en el segundo semestre del 2022

Los contadores advierten que la forma en que actualizó la AFIP los valores del Monotributo provocará que los monotributistas de las escalas más altas sean excluidos del régimen y tengan que pasar al Régimen General de IVA, Ganancias y autónomos a partir de la segunda mitad de 2022, con el consiguiente aumento de los costos.

La AFIP publicó la tabla del Monotributo correspondiente a 2022 aplicando una actualización del 26% sobre los valores vigentes en diciembre 2021, en cuanto a los siguientes ítems:

• Topes de facturación.

• Monto de alquileres devengados.

Precio máximo unitario de venta

• Importes a pagar en concepto de impuesto integrado y componente previsional.

La actualización fue incompleta

Agustín S. Sosa, socio fundador de Tributo Simple, explicó que, si se compara la tabla publicada por AFIP en enero 2022 contra la de enero 2021, se observa que los topes de facturación de las categorías más altas (H, I, J y K ) fueron actualizados en un porcentaje inferior al debido 52,67% que es la variación del índice de movilidad previsional 2021.

“La AFIP deberá aclarar esta situación dado que lo publicado no refleja lo establecido por la ley vigente”, afirmó Sosa.

“Esto puede devenir en contribuyentes presentando medidas judiciales, y más aún, en los casos que hayan quedado excluidos del régimen”, advirtió.

Por otra parte, el especialista recomendó llevar un exhaustivo control mensual de la facturación emitida, con el objetivo de no quedar excluido del régimen.

Además, el precio unitario máximo para venta de cosas muebles y el valor de alquileres devengados anualmente no fueron actualizados por la tabla publicada en julio 2021. Por este motivo, la actualización del 26% sobre el valor actual representa un porcentaje anual mucho menor.

“Los monotributistas nuevamente se ven perjudicados por la falta de actualización de los límites de facturación acorde al contexto de inflación”, subrayó Sosa.

Los nuevos montos

La AFIP sólo ajustó los montos máximos y el impuesto a pagar a partir del segundo semestre, tomando como base los parámetros de diciembre 2021, explicó Mario Goldman Rota, de Tributum.news.

Los ingresos brutos máximos de la categoría A serán de $466.201,59 desde enero 2022.

En tanto, en la última categoría que es la K, el máximo será de $4.662.017,87, el que sólo rige para la venta de bienes muebles. Después de esa cifra, el monotributista debe pasar al Régimen General.

En la prestación de servicios, el máximo de facturación es el de la categoría H y será desde enero 2022 de $3.276.011,15, luego de lo cual el monotributista será excluido del régimen simplificado.

Los montos totales a pagar serán de $3.334,25 mensuales para la categoría A, aunque si se aprueba el proyecto de “Puente de Inclusión” que el Gobierno mandó a la Cámara de Diputados, en este lugar de la escala sólo se pagará el componente previsional de $3.046,18.

La categoría H para el sector servicios pagará una cuota de $16.114,67 sumando el componente impositivo y el previsional.

Y la categoría K, que es la máxima de venta de bienes muebles, tendrá que pagar una cuota de $25.090,13.

Cómo se realizó el cálculo

Para la actualización, la AFIP aplicó el índice de movilidad previsional de los últimos dos trimestres de 2021, que dan un promedio de 26%.

La decisión se fundamentó en considerar la inaplicabilidad en el año 2021 del coeficiente completo de movilidad previsional de 52,67%, debido a que en enero-junio se ajustó por una ley del Congreso, indicó Goldman Rota.

Así, en https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp aparecen ya los valores vigentes desde el 1/1/2022 hasta el 31/12/2022 de los parámetros y montos a pagar del Monotributo.

El año pasado se produjo un conflicto por un ajuste retroactivo que intentó aplicar la AFIP, que fue subsanado a través del dictado de una ley.

Así, la AFIP consideró todos los valores vigentes a diciembre 2021, pero dado que el parámetro “Ingresos Brutos” fue sustituido en el semestre julio-diciembre 2021 desde $ 370.000 (Categoría A) hasta $ 3.700.000 (Categoría K), se considera que “nuevamente” no debe ajustarse por el periodo enero a junio 2021, sino desde julio 2021 que fue el mes en que comenzó su vigencia, consideró Goldman Rota.

En igual sentido, los importes a pagar se consideran desde el mismo periodo base (vigentes julio-diciembre 2021), ya que de aplicarse un diverso coeficiente hubiese resultado casi el doble de aquel de los parámetros, sostuvo.

Sin embargo, los alquileres y el precio máximo no habían sido actualizados por la ley, y quedaron ahora con valores muy por abajo del efecto de la inflación, por lo que dejarán afuera a muchos monotributistas, más allá de que no lleguen a los máximos de facturación de su categoría.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Trigo: buenos rindes, precios y márgenes brutos para el productor

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En el centro norte de Santa Fe se lograron resultados históricos, aún en un escenario de aumento de costos de producción, según un informe del Centro de Estudios de la Bolsa de Santa Fe.

“Los excelentes rendimientos y buenos precios permitieron a los productores obtener márgenes positivos, muy por encima de los habituales, a pesar del importante aumento de costos observado”, indicó un informe especial del Centro de Estudios y Servicios de la Bolsa de Comercio de Santa Fe, que analizó el resultado económico de la campaña triguera 2021, en el centro norte de la provincia de Santa Fe.

El margen bruto de los productores del departamento Las Colonias fue de u$s 232 por hectárea, equivalente a 9,9 quintales o un 36,3% sobre el capital invertido (costo totales).

En tanto, en el departamento General Obligado, en el norte provincial, obtuvieron, en promedio, un margen bruto de u$s 146,5, que representa 6,2 quintales y 35% sobre el total de la erogación, precisó el informe.

El trabajo desarrollado por el CES parte de describir el desempeño de la campaña triguera en la región y, luego, analiza las alternativas favorables que se dieron en el mercado para este cereal, pero también los incrementos en el costo de los insumos.

Producción

Respecto de la producción, señala que las condiciones ambientales acompañaron de manera positiva este ciclo agrícola, dando lugar a rendimientos en niveles históricos que, en conjunto a una amplia superficie de siembra, permitieron alcanzar la mayor producción en la zona desde que se tiene registros.

La superficie sembrada fue de 376.000 hectáreas en 2021, un 7,9% mayor al ciclo previo. Se implantaron 27.500 hectáreas más que en la campaña 2020/21 y sólo 2000 hectáreas por debajo del máximo histórico ocurrido en el ciclo 2019/2020. Al contrario de lo sucedido en la campaña pasada, este año se cosechó prácticamente la totalidad del área sembrada.

En este contexto, el informe precisó que en los departamentos del centro norte de Santa Fe, la producción final de trigo fue de 1.381.430 toneladas.

Por otra parte, detalló que el rendimiento promedio de la región se ubicó en 36,8 qq/ha, lo que constituye un registro inédito y superó en más de 20% el rinde promedio de las últimas campañas, remarca el informe.

De este modo, quedó evidenciado que tanto los rendimientos promedio del área como la producción final del trigo mostraron máximos históricos para el cereal fino en la última campaña agrícola.

A nivel nacional, la Bolsa de Cereales de Buenos Aires estima una producción final de 21 millones de toneladas, lo que también significaría un récord productivo para el cereal.

Precios por las nubes

Por otra parte, el informe destacó que el aumento de los precios internacionales de commodities iniciado en la segunda mitad del 2020 se vio reflejado también en los precios del cereal.

Al respecto estudió los precios internacionales que tuvo el cereal y señaló que, en base a los precios mundiales promedios publicados por el Banco Mundial, en noviembre de 2021, se alcanzó un valor de u$s 334,5 por tonelada, siendo el promedio más alto en los últimos nueve años.

Las cotizaciones locales evidenciaron en noviembre un promedio de 235,5 dólares por tonelada, un 15,7% mayor a igual promedio del año pasado.

“El mercado interno no estuvo aislado a esta dinámica”, continuó el informe al analizarlos precios del mes de noviembre, cuando tiene lugar la mayor parte de la cosecha de la zona SEA.

Luego, el CES concretó un pormenorizado análisis de los costos de producción y de cosecha y de los márgenes brutos dejados al productor, sobre la base de dos ejemplos: uno, de productores con campo propio y tecnología media alta, en el departamento Las Colonias, y otro, en el departamento General Obligado, también con campo propio pero con tecnología media baja.

Costos de producción

Los insumos para la producción no quedaron exentos de estos aumentos, dando lugar a valores históricos, por ejemplo, para la urea, que alcanzó en noviembre un promedio de u$s/tn 900,0 según datos del Banco Mundial, muy por encima de los u$s 330 a u$s 350 del inicio de la campaña.

Según datos oficiales del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, al 15 de diciembre se llevaban comercializadas 12,4 millones de toneladas de trigo, lo cual representa un 59,1% de la producción estimada de 21 millones de toneladas.

La mayor parte de esta comercialización provino de compras del sector exportador, con un total de 11,7 millones de toneladas, lo cual representa un crecimiento del 82,8% respecto a igual fecha del 2020.

Los excelentes rendimientos y buenos precios internacionales y locales permitieron a los productores del centro norte santafesino obtener márgenes positivos, muy por encima de los habituales, a pesar del importante aumento de costos observado.

Costos altos y más inversión

El informe de CES indicó que esta campaña tuvo la particularidad de un importante incremento en el costo de los insumos. Aun así, “puede advertirse un nivel de inversión elevado de parte de los productores, en la búsqueda de mayores rendimientos y también favoreciendo la sostenibilidad de los suelos”, indicó.

En Las Colonias, con una tecnología media-alta, los costos totales fueron de 693,3 u$s/ha, que equivale a una productividad de indiferencia de 27,1 qq/ha. Esto es más de 80% de suba de los costos del la zona respecto a la campaña pasada.

Fuente: lacapital

ECONOMÍA – La recaudación en 2021 subió 65,9% y superó en 15 puntos a la inflación

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La recaudación en diciembre registró una suba de 73,6% interanual, lo que implicó un incremento del 65,9% para el total a lo largo de 2021. Los derechos de exportación fueron los principales motores.

Entre enero y diciembre la recaudación acumuló $ 11.004.880 millones, lo que representó un incremento del 65,9% respecto del saldo del 2020, informó hoy el Ministerio de Economía. La cartera que conduce Martín Guzmán indicó que el resultado anual y la suba del 73,6% de diciembre responden “a la consolidación de la recuperación económica”.

De esta forma la recaudación superó por unos 15 puntos la inflación del 2021 que se conocerá la semana próxima pero que se estima se ubicará en torno al 51% interanual.

Además destacaron el sostenimiento del crecimiento real de la recaudación lo largo de todos los meses del año y la “fuerte aceleración del crecimiento de tributos asociados a la actividad económica con un incremento del 71,1% interanual”.

Además se precisó que “los tributos asociados a la Seguridad Social tuvieron elevadas tasas de crecimiento debido al proceso de recuperación de los salarios tras los distintos acuerdos paritarios y la recuperación del empleo registrado” y también “las reformas introducidas a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, que permitieron fortalecer los recursos públicos otorgando mayor progresividad al sistema tributario”.

La recaudación nacional creció en diciembre un 73,6% interanual, motorizada por el incremento de los tributos del Comercio Exterior y de los recursos de la Seguridad Social.

Por otra parte, Economía indicó que la recaudación de diciembre alcanzó para el mismo período “el máximo valor a precios constantes de los últimos cuatro años (2017-2021), ubicando la recaudación acumulada al cierre del año en niveles superiores a los de pre-pandemia”.

La recaudación correspondiente a los tributos asociados a la Seguridad Social tuvieron un crecimiento del 67,8% interanual debido a una suba de los Aportes Personales (66,7% i.a.) como a un incremento de las Contribuciones Patronales (70,1% i.a.).

“La recaudación de estas últimas se encuentra afectada por las exenciones otorgadas por el Estado Nacional, para aliviar la carga tributaria al sector de la Salud, los sectores críticos del programa REPRO 2 y las provincias del Norte Grande”, indicó Hacienda en un comunicado.

En cuanto a los tributos del Comercio Exterior, se mantiene la dinámica evidenciada meses anteriores, registrando un incremento de 142,8%. El principal impulso fue aportado por los Derechos de Exportación, con un aumento de 194% interanual; por otro lado, los Derechos de Importación y Tasa Estadística crecieron en su conjunto 81,5% interanual.

“Los tributos que responden con mayor inmediatez a la actividad económica crecieron 71,1% interanual”, precisó.

En tanto que el IVA creció 61,7% interanual, el impuesto a los Combustibles 52,9% i.a., los Internos Coparticipados 62,2% i.a. y el Impuesto a los Créditos y Débitos 82,9% i.a.

“El Impuesto a las Ganancias creció 55,6% i.a., incluso bajo los efectos de las reformas implementadas en 2021 para aliviar la carga tributaria de los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia”, señaló.

Por último, Bienes Personales registró un incremento de 24,7% i.a. debido a los mayores montos ingresados por el tercer anticipo correspondiente al período fiscal 2020.

Fuente: lt10digital

ECONOMÍA – ¿Tarjeta de débito o crédito?: cuál es la mejor alternativa para compras en el exterior

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Los gastos en moneda extranjera en el exterior suele ser un motivo de consulta recurrente por la complejidad de las normativas establecidas por el Banco Central. Cuáles son los pro y los contra de utilizar tarjetas.

Los gastos en moneda extranjera en el exterior suele ser un motivo de consulta recurrente por la complejidad de las normativas establecidas por el Banco Central. Si bien la opción más utilizada para hacer compras es la tarjeta de crédito, hay otra opción más sencilla.

Se trata de la utilización de tarjeta de débito que al igual que la tarjeta de crédito, se mantiene sin tope para hacer pagos de bienes y servicios en el extranjero, siempre que no lo haya definido la entidad financiera emisora del plástico.

Para utilizar las tarjeta de débito en el exterior no se necesita tener una caja de ahorro en dólares y quienes sólo tienen una cuenta en pesos, pueden emplear su tarjeta fuera del país para operar en moneda extranjera.

Si quienes se encuentran en el exterior tienen una cuenta en pesos y también una en dólares, vinculadas ambas a la misma tarjeta, tienen derecho a decidir en cuál de sus cuentas le harán los débitos, una elección que se puede hacer por home banking u otras vías que el banco ofrezca. Si la tarjeta debita el dinero de una caja de ahorro en pesos, se aplica el mismo criterio pero cada dólar gastado se pesificará al tipo de cambio oficial más 65% de recargo ($178), del día en que se realizó la operación.

Por el momento las tarjetas de débito no tienen topes para estas operaciones y se toma dinero de una caja de ahorro en dólares, el viajero podrá consumir bienes y servicios en moneda extranjera hasta que se le agoten los fondos.

Las tarjetas de débito se pueden usar también para retirar moneda extranjera en cajeros del exterior pero hay que tener en cuenta que si los fondos se debitan de una caja de ahorro en dólares, los viajeros pueden sacar efectivo por el equivalente a todo lo que tengan depositado en la cuenta. El tope de retiro será lo que quede del cupo de u$s200 mensuales. El tope vigente es de u$s50 en los países limítrofes y de u$s200 en el resto del mundo. Lo que se debe tener en cuenta es que estas operaciones son préstamos, por los que deberá pagar intereses y comisiones.

Antes de realizar un viaje en el que se presupone que utilizarán las tarjetas es importante avisar sobre los países de destino y las fechas de partida y regreso, desde el home banking o el sitio web oficial de la tarjetas. También es útil pedirle al banco emisor que aumente los límites de la tarjeta de crédito, y ajustar los topes de compra y extracción de la de débito según lo que se pueda llegar a necesitar durante la estadía.

¿Qué datos hay que tener en cuenta si abonamos con crédito?

Desde fines de noviembre el Banco Central (BCRA) prohibió las cuotas para el financiamiento de pasajes y pagos en el extranjero, todos los gastos que se realicen con la tarjeta de crédito figurarán en dólares y deberán cancelarse en su próximo vencimiento al valor del tipo de cambio del banco el día del cierre.

Si se opta por utilizar la tarjeta de débito, el ahorrista estará fijando la cotización al tipo de cambio vigente al día en que efectuó la compra (al dólar más barato del mercado, $178).

Si los gastos con tarjeta de crédito en el exterior son muy elevados para abonar en un solo pago, se recomienda pagar el total en dólares ya que el costo de refinanciación aplica una tasa máxima del 43% nominal total para deudas de hasta $200.000. Si se abona el total en dólares, no aplica el impuesto del 65%.

En el caso de no disponer de dólares o no se quiera “echar mano” a los ahorros, se puede pagar en pesos con el recargo del 65% con la posibilidad de realizar el trámite de reintegro del 35% a través de la AFIP.

Fuente: ambito