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NACIONALES – Nuevos subsidios al turismo: cuál es el monto y los requisitos para anotarse

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La medida apunta a asistir a las empresas del sector del turismo afectadas por la caída que provocó la pandemia de coronavirus.

El Gobierno lanzó la sexta edición del programa Auxilio Para Prestadores Turísticos (APTUR VI), a través del cual otorgará subsidios a empresas del sector. Lo hizo a través de la Resolución 227/2021 del Ministerio de Turismo y Deportes, a cargo de Matías Lammens, que se publicó este viernes en el Boletín Oficial.

En esta nueva etapa (APTUR VI), según el documento, el programa incorporó “algunas modificaciones recogidas de las experiencias obtenidas” de las anteriores ediciones. Los interesados tendrán hasta el miércoles 7 de julio para anotarse.

La medida apunta a asistir a las empresas del sector del turismo afectadas por la caída que provocó la pandemia de coronavirus.

Cuál es el monto de los nuevos subsidios al turismo

El subsidio a las empresas del sector del turismo consiste en el “otorgamiento de aportes no reembolsables, por la suma mensual de $22.000, durante el periodo comprendido entre agosto y diciembre de 2021”.

El Gobierno justificó la continuidad de la asistencia al sector turístico al señalar que “la merma de las actividades en general, afectó de manera inmediata y aguda a todo el sector turístico, pero particularmente y con mayor severidad, a las personas con pequeños emprendimientos vinculados a este ámbito”.

Nuevos subsidios al turismo: cuáles son los requisitos

Las personas interesadas en recibir la asistencia económica deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Demostrar la relación con el sector turístico, mediante documentación fehaciente.

Aprobar mensualmente un curso de capacitación o cápsulas de contenido del Programa de Formación Virtual (PFV) en la plataforma https://campus.yvera.gob.ar/. Quienes fueran beneficiarios de otras ediciones del APTUR, no pueden presentar la aprobación de alguno de los cursos ya realizados.

PASO A PASO, CÓMO PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN

Ingresar al sitio web de la cartera de Turismo (argentina.gob.ar/turismoydeportes/aptur) con usuario y contraseña.

Confirmar el domicilio electrónico constituido en un correo electrónico en el cual serán válidas todas las notificaciones que el Ministerio efectúe.

Completar el formulario y adjuntar la documentación antes del cierre de la convocatoria.

Las personas deberán presentar copia del DNI (anverso y reverso). La constancia del documento en trámite no acredita identidad. Y es obligatorio residir legalmente en Argentina.

Requisitos para monotributistas y autónomos

Acreditar tres períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en los últimos 12 meses previos a la declaración de la Emergencia Sanitaria en Argentina (marzo de 2020), o dos meses consecutivos de inscripción a partir de marzo de 2020.

En caso que el postulante no se encuentre inscripto al impuesto por haberse dado de baja con posterioridad a la declaración de la pandemia, deberá obligatoriamente adjuntar el formulario de reporte histórico de categorías incluido en el servicio de cuenta corriente de monotributistas y autónomos (CCMA) de la página web de la AFIP.

Requisitos para las sociedades

El o la representante legal o apoderado/a de la solicitante deberá acreditar la existencia de la sociedad y certificar la representación invocada, sea con acta de designación inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público, o en copia fiel certificada por escribano público. Si es un apoderado, debe adjuntar copia del poder.

Acreditar seis meses consecutivos de ejercicio en los últimos 12 meses previos a la declaración de Emergencia Sanitaria en Argentina o tres meses consecutivos de ejercicio a partir de marzo de 2020.

Cómo presentar la documentación

La Subsecretaría de Desarrollo Estratégico del Ministerio de Turismo y Deportes será la encargada de: evaluar las presentaciones que se efectúen; seleccionar a las personas beneficiarias; prorrogar los plazos establecidos en la Resolución; efectuar nuevas convocatorias en el marco del Programa APTUR VI y dictar las normas complementarias que resulten necesarias para la implementación del Programa.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – La recaudación de junio creció en términos reales y se ubica en el primer semestre en niveles pre pandemia

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En junio, la recaudación tributaria registró un crecimiento de 69,0% i.a(1), una suba por encima del aumento de los precios del periodo

En junio, la recaudación tributaria registró un crecimiento de 69,0% i.a(1), una suba por encima del aumento de los precios del periodoEl incremento se explica por una baja base de comparación en 2020 y por la recuperación de la actividad respecto a los niveles del año pasado.

Así, la recaudación acumulada al sexto mes del año se encuentra prácticamente en niveles pre-pandemia, a pesar de la prórroga de ciertos vencimientos y la desaceleración de los recursos por las medidas sanitarias en el marco de la segunda ola por el COVID -19.

La recaudación de junio creció en términos reales

En particular, en junio se destaca la evolución de los tributos que responden con mayor inmediatez a la actividad económica, que registraron un incremento de 81,2% i.a. Este grupo se encuentra conformado por el impuesto a los Combustibles (120,6% i.a.), el IVA (85,0% i.a), impuestos Internos (31,5% i.a.) y el Impuesto a los Créditos y Débitos (73,6% i.a.); este último continúa afectado por la exención al sector Salud.

La recaudación de junio creció en términos reales

Resulta relevante mencionar la dinámica del Impuesto a las Ganancias (47,3% i.a.). Al igual que en mayo, estuvo afectada por la reducción de las retenciones sobre las rentas de trabajadores en relación de dependencia por el incremento de las deducciones personales. Asimismo, se postergó el vencimiento del saldo de Declaraciones Juradas de Personas Humanas, que se trasladó a agosto.

Los tributos del comercio exterior continuaron mostrando un buen desempeño. Los Derechos de Exportación crecieron (138,5%i.a.); por su parte, los Derechos de Importación y Tasa Estadística aumentaron en su conjunto (114,8% i.a.).

La recaudación asociada a la seguridad social se incrementó en un 52,9% i.a., donde los Aportes Personales exhibieron una suba de 54,3% i.a. y las Contribuciones Patronales crecieron 53,1% i.a. El aumento de este último se encuentra disminuido por las exenciones que ha desplegado el Estado Nacional para acompañar al sector de la Salud, los sectores críticos del programa REPRO II y las provincias del Norte Grande, en el marco de la pandemia.

Recaudación de junio: evolución de los impuestos

Por último, la recaudación de Bienes Personales mostró un crecimiento de 68,1%, a pesar de la postergación del vencimiento para los pagos de los saldos de Declaración Jurada para el mes de agosto.Más allá del efecto de las medidas de aislamiento que se tomaron en el marco de la pandemia, se observa un mejor desempeño de los recursos asociados a la actividad económica respecto al mes anterior. Así, tanto las medidas para la asistencia y recuperación del empleo que despliega el Estado Nacional como el avance de la vacunación permiten ser optimistas sobre la recuperación de la actividad y su impacto positivo en los ingresos del Estado.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Monotributo, Factura A: cómo hacer una nota de crédito para anular la factura B anterior si hubo un error

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El Monotributo debería ser un régimen simplificado pero los problemas surgen uno tras otro: ahora no se sabe cómo hacer con las notas de crédito

Cuando el vendedor del producto debe anular una factura, por error, porque el comprador no recibió el producto o porque es necesario agregar un gasto incurrido de más, se emite una nota de crédito. Pero con el cambio de facturación a los monotributistas, se complicó la emisión electrónica de ese comprobante.

Es que el servicio comprobantes en línea (RCEL), en la web de la AFIP, ya permite a los responsables inscriptos emitir Facturas A a monotributistas, discriminado el IVA.

Esa factura A a monotributistas debe incluir la leyenda que indica:

“El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante sólo podrá ser computado a efectos del procedimiento permanente de transición al régimen general – capítulo IV de la Ley 27.618.”

 

El problema se presenta cuando un responsable inscripto quiere emitir una Nota de Crédito a un monotributista por una operación realizada con anterioridad al 1 de julio pasado, cuando comenzó a regir la Factura A para estos contribuyentes, explicó Sebastián M. Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.

Dado que en su momento se emitió una factura B, en principio debería emitir una nota de crédito B también, indicó Domínguez.

Sin embargo, el servicio de comprobantes en línea no lo permite para todos los monotributistas sino solo para los monotributistas sociales, aclaró el experto.

 

En consecuencia, se debe emitir una Nota de Crédito A, aún cuando en su momento se haya emitido una Factura B por dicha operación, precisó Domínguez.

Como no se puede vincular la Nota de Crédito A a una Factura B, entonces se deberá realizar la asociación por período, advirtió Domínguez.

En este ejemplo se coloca como período 01/06/2021 a 30/06/2021, dijo Domínguez:

De esta forma, el servicio permite avanzar y emitir la Nota de Crédito correspondiente, afirmó Domínguez.

Y así se soluciona el inconveniente que en este momento preocupa a muchas empresas.

Fuente: infobae economico

ECONOMÍA – Argentina y 129 países acuerdan un impuesto global del 15% a multinacionales

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La histórica iniciativa establece una tasa mínima del 15% para las empresas internacionalizadas. Contó con el apoyo del gobierno de Alberto Fernández.

En una decisión histórica de impacto global, 130 países, entre ellos Argentina, acordaron una reforma fiscal internacional para gravar a las multinacionales con un impuesto de “al menos el 15%”. que evitará la competencia fiscal entre las naciones y la radicación de las empresas en paraísos fiscales para no pagar impuestos.

La iniciativa fiscal contó con el impulso del gobierno de Joe Biden y con el visto bueno del gobierno argentino, que, sin embargo, se había expresado a favor de una tasa más alta a través de su ministro de Economía Martín Guzmán.

“Tras años de trabajo y negociaciones intensas, este paquete de medidas históricas garantizará que las grandes empresas multinacionales paguen su parte justa de impuestos en todo el mundo”, declaró el secretario general de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), citado en un comunicado.

Acuerdo internacional sobre un impuesto global a las empresas multinacionales

El pacto fue alcanzado menos de un mes después de la cumbre del G7, en la que las economías más ricas pactaron un impuesto mínimo para las grandes multinacionales. Un pequeño grupo de países, entre los que se encuentran Irlanda y Hungría, muy reacios a firmar la propuesta de acuerdo que se estaba negociando, no firmaron la declaración, según la lista facilitada por la organización.

China, cuya posición era muy esperada, y los países generalmente considerados como paraísos fiscales, se sumaron al pacto.

“Las multinacionales ya no podrán enfrentar a un país contra otro en un esfuerzo por reducir los impuestos y proteger sus beneficios a expensas de los ingresos públicos”, reaccionó el presidente estadounidense Joe Biden en un comunicado.  “Ya no podrán evitar el pago de su parte justa ocultando los beneficios generados en Estados Unidos, o en cualquier otro país, en jurisdicciones de menor imposición”, añadió.

Por su parte, la secretaria del Tesoro de Estados Unidos, Janet Yellen, celebró un “día histórico para la diplomacia económica”.

Para el ministro francés de Economía, Bruno Le Maire, se trata del “acuerdo fiscal internacional más importante alcanzado en el último siglo”, mientras que su homólogo alemán Olaf Scholz saludó “un paso colosal hacia una mayor justicia fiscal”.

La declaración conjunta, que se basa en el acuerdo alcanzado en el G7 a principios de junio, prevé también un reparto “más justo” de los beneficios entre los países donde las empresas tienen su sede y aquellos en los que realmente desarrollan sus actividades, incluso sin presencia física. Esta parte está dirigida en particular a gigantes digitales como Facebook y Google.

“Este plan de dos pilares será de gran ayuda para los países que necesitan movilizar los ingresos fiscales necesarios para restablecer sus presupuestos y finanzas públicas, al tiempo que invierten en los servicios públicos esenciales, en las infraestructuras y en las medidas necesarias para una recuperación sólida y sostenible después de la crisis”, sostuvo la OCDE en su comunicado.

“Este paquete de medidas no acaba con la competencia fiscal, ni lo pretende, sino que busca limitarla según las normas acordadas multilateralmente”, insistió Cormann.

La posición de Argentina respecto del impuesto global

En reiteradas ocasiones, el Gobierno expresó su adhesión a la iniciativa, aunque reclamó un impuesto más alto. “La tasa mínima corporativa global del 15% es demasiado baja. Hay un riesgo sustancial de que termine siendo de hecho la tasa máxima. Desde Argentina consideramos que una tasa del 21% sería mejor, una del 25%, aún mejor”, expresó esta semana Guzmán en un panel organizado por el G24 y  G24 y la Comisión Independiente para la Reforma

 de la Fiscalidad Corporativa Internacional (ICRICT).

“Existe un riesgo sustancial de que los países en desarrollo obtengan muy bajos ingresos”, agregó el funcionario.

Aplicación del impuesto en 2023

Los participantes en las negociaciones se dieron plazo hasta octubre para “finalizar los trabajos técnicos” y preparar “un plan para su aplicación efectiva en 2023”.

La crisis sanitaria, que hizo que los Estados gasten masivamente para hacer frente a la pandemia y apoyar sus economías, reforzó la voluntad política de alcanzar este acuerdo, que aumentaría los ingresos fiscales.

Según la OCDE, con una tasa de al menos 15%, el impuesto mínimo mundial generaría unos 150.000 millones de dólares de ingresos fiscales adicionales al año en todo el mundo.

Fuente: perfil.com

ECONOMÍA – Los salarios suben 16,8% en el primer cuatrimestre, por debajo de la inflación

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El índice de salarios total registró en abril un incremento de 3,2% producto de un alza del 4,7% en los haberes del sector privado registrado.

El índice de salarios total registró en abril un incremento de 3,2% producto de un alza del 4,7% en los haberes del sector privado registrado, del 1,6% en la administración pública, y del 1,5% en los ingresos de los trabajadores no registrados, informó hoy el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

De esta forma, en el primer cuatrimestre del año, el índice de salarios total acumuló un aumento de 16,8%, debido a que entre los meses de enero y abril los ingresos del sector privado registrado lideran la suba con un avance de 19,1%, seguido por el sector público (16,2%) y el privado no registrado (11,4%).

En tanto, en los doce últimos meses el índice de salarios total creció 36,7% interanual, cuatro puntos porcentual más que el acumulado de 32,7% registrado en marzo pasado.

Las diferencias reflejadas por el informe del Indec en la evolución de los salarios entre un segmento y otro, responden al momento en que se celebran las paritarias y cada sindicato acuerda el reajuste de los haberes de sus representados.

En abril se aplicaron varios aumentos correspondientes a cuotas paritarias, entre los que se destacaron los aumentos acordados por los sindicatos de Pasteleros, Indumentaria, Metalúrgicos, Construcción, Calzado, Bancarios, Alimentación, Estaciones de Servicio, Plásticos, Camioneros, Encargados de Edificios, Gráficos, Maestranza, Textiles y Sanidad.

La inflación en el primer cuatrimestre del año acumuló 17,6%, de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor que difunde el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). En la comparación de cifras oficiales, los precios le ganaron a los salarios por 0, punto porcentual. Si la comparación se realiza con el sector privado registrado, los ingresos salariales mejoraron 1,5 puntos por encima de la evolución inflacionaria.

Fuente: lacapital.com

FINANZAS – Continúa en alza la utilización de medios de pago electrónicos

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En mayo las transferencias en pesos se incrementaron 24,1% en cantidades y 1,3% en montos reales, impulsadas por el segmento de giros inmediatos. La banca móvil fue el canal con el mayor dinamismo relativo.

La utilización de los medios de pago electrónicos por parte de la población “continuó ampliándose en la primera parte de 2021” en el contexto de cambios en las prácticas habituales ante el shock de la pandemia, así como por el impulso originado en las medidas gubernamentales, informó el Banco Central (BCRA).

Sobre fines de 2020 se reformuló el sistema de Pagos con Transferencias y desde abril pasado rigen los incentivos regulatorios para las entidades a través de menores exigencias de liquidez, ligadas a mejoras en la utilización de los canales electrónicos de pago, explicó la autoridad monetaria en su Informe sobre Bancos.

El BCRA modificó además, a partir de este mes, el plazo máximo del que disponen las entidades financieras para liquidar pagos a los proveedores o comercios adheridos, por las ventas realizadas con tarjeta de crédito y/o compra.

Se estableció en ese sentido un plazo máximo de liquidación de ocho días hábiles desde que la venta se concreta, si el proveedor o comercio revisten la condición de micro o pequeña empresa y/o son personas humanas; de 10 días hábiles para Pymes de salud, turismo y hotelería; y de 18 días hábiles para el resto de los casos.

“El BCRA continuará direccionando sus acciones para profundizar el dinamismo del sistema de pagos, sin perder de vista la seguridad en las operaciones”, indicó el informe.

Por lo pronto, la cantidad de transferencias en pesos (inmediatas y con acreditación en 24 horas) continuó aumentando en mayo, y los montos mensuales en el inicio de este año “superaron a los promedios de 2020 y de 2019, expresados en moneda homogénea”.

En mayo las transferencias en pesos se incrementaron 24,1% en cantidades y 1,3% en montos reales, impulsadas por el segmento de giros inmediatos (33,4% de suba interanual en cantidades y 13,3% en montos reales).

La banca móvil fue el canal con el mayor dinamismo relativo (118,6% de crecimiento interanual en cantidades y 55,8% en montos reales).

En particular, las operaciones canalizadas a través de las billeteras creadas por entidades financieras públicas (Cuenta DNI, del Banco Provincia y BNA+, del Banco Nación) representaron el 42% del total de transferencias y 28% del monto.

“El uso de tales billeteras vino creciendo a lo largo de 2021”, por lo que “se estima que el monto anualizado de transferencias en pesos fue equivalente a aproximadamente 43% del PIB”, con una suba interanual de 4,5 puntos porcentuales, resaltó el BCRA.

Puntualizó además qué cantidad de operaciones bajo el sistema de Pagos con Transferencia aumentó un 40% en los primeros cinco meses de 2021.

El Banco Central añadió que en abril, último dato disponible, las operaciones con tarjetas de débito aumentaron en cantidades (52,3% interanual) y en montos reales (39,6%), con una creciente relevancia de las cursadas a través del comercio electrónico.

Por último, el uso de Echeqs (cheques electrónicos) continuó incrementando su participación respecto de la compensación total de cheques, hasta representar 17% de las cantidades y 39,5% de los montos totales en mayo.

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – Alerta: monotributistas excluidos tendrán una “billetera de IVA” de hasta 12 meses para descontar el impuesto

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Hoy empieza a regir la factura A con IVA discriminado que los responsables inscriptos deben entregar a sus compradores monotributistas

Con algunas adecuaciones formales, la AFIP puso en funcionamiento hoy la factura A para monotributistas, de modo que las empresas que sean responsables inscriptos en el IVA puedan discriminarlo, y el pequeño contribuyente pueda computarse el crédito fiscal si renuncia o lo excluyen del Monotributo dentro de los siguientes 12 meses.

Mario Goldman Rota, de Tributum.news, afirmó que desde hoy debe emitirse las factura tipo “A” a los monotributistas, gracias a que la Resolución General 5022/21 de la AFIP, publicada hoy en el Boletín Oficial, solucionó algunas cuestiones prácticas.

Goldman Rota explicó que, en la recategorización del Monotributo, se toman los ingresos brutos de los últimos 12 meses, y la exclusión se produce cualquier día del año en que el monotributista pasó el tope de la máxima categoría con los ingresos anuales anteriores. Pero la notificación o renuncia es posterior.

Con la ley que creó un “puente” para pasar del Monotributo al Régimen General de IVA y Ganancias, se establecieron presunciones para atrás, por el IVA que no venía discriminado en las facturas B que las empresas grandes entregaban a los monotributistas, con distintos porcentajes.

Pero hacia el futuro, se estableció que se sepa exactamente cuánto IVA le correspondió tomarse desde que dejó de ser monotributista en los hechos, por haber superado el tope de la cateogoría máxima.

Las facturas de empresas grandes a monotributistas deberán tener el IVA discriminado

Las cuestiones de forma

La AFIP dispuso que las facturas A para monotributistas deben tener la siguiente leyenda:

“El crédito fiscal discriminado en el presente comprobante, sólo podrá ser computado a efectos del Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes de la Ley Nº 27.618”.

Para quienes facturan a través del facturador online de la AFIP (RCEL), esto está solucionado por el mismo organismo, que ya incluye esa leyenda para cuando un responsable inscripto debe entregar un comprobante “A” a un monotributista.

Respecto de la emisión a través de controladores fiscales, como en el caso de los supermercados, también se deberán emitir comprobantes clase “A”, precisó el Blog del Contador.

En el caso de utilizar los controladores homologados a la fecha, cuando sólo se permita la identificación del receptor como responsable inscripto en IVA, se deberá adicionar una leyenda que establecerá la reglamentación, afirmaban las normas hasta ahora.

Los controladores fiscales que no estén preparados tendrán un sistema especial pero también deberán discriminar

Qué pueden hacer los supermercados

Por ese motivo, hoy la AFIP dispuso medidas transitorias en la implementación de la discriminación débito fiscal a sujetos del Monotributo que sean compradores de supermercados y en general de empresas que no llegaron a adecuar sus sistemas…

Estas empresas deberán incluir una leyenda más sencilla, como sigue: “Receptor del comprobante – Responsable Monotributo”, y tendrán que incluirla con un sello, oblea autoadhesiva u otro medio similar, indicó Tributum.news.

Esta modalidad transitoria para la facturación a monotributistas por parte de responsables inscriptos que no adecuaron sus sistemas para hacer las facturas tipo A con la leyenda larga tendrá tiempo para ponerse al día usando el sticker provisorio hasta el 31 de diciembre de 2021.

Los fundamentos de la Resolución 5022 afirma que atendió a los planteos efectuados por los contribuyentes responsables inscriptos, en cuanto a dificultades en la implementación de las adecuaciones sistémicas requeridas para emitir comprobantes clase “A” por sus operaciones con sujetos adheridos al Monotributo.

Por este motivo, dice la norma “resulta aconsejable establecer un procedimiento de aplicación transitoria”.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP extiende el plazo para facturar a monotributistas con IVA discriminado

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Lo hizo a través de la resolución general 5022/2021 publicada en el Boletín Oficial, que busca garantizar que las y los contribuyentes accedan a los beneficios de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de diciembre de este año el plazo para que los responsables inscriptos en el IVA adecúen sus sistemas de facturación, de forma que puedan emitir comprobantes “A” a los monotributistas.

Lo hizo a través de la resolución general 5022/2021 publicada en el Boletín Oficial, que busca garantizar que las y los contribuyentes accedan a los beneficios de la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, que armonizan la transición hacia el régimen general (autónomos), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.

Los comprobantes permitirán a los pequeños contribuyentes que se conviertan en autónomos contar con crédito fiscal, que amortiguará su carga tributaria al cambiar de régimen

Además, permite que mientras avanzan con el proceso de adaptación de sus sistemas de facturación, los responsables Inscriptos en IVA emitan facturas tipo B a los monotributistas incorporando al comprobante la leyenda “Receptor del comprobante – Responsable Monotributo”.

Dichos comprobantes permitirán a los pequeños contribuyentes que se conviertan en autónomos contar con crédito fiscal, que amortiguará su carga tributaria al cambiar de régimen, como prevé la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes

La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria

La normativa garantiza así el acceso a los beneficios de la ley que creó un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general.

La normativa sancionada por el Congreso habilitó un “puente” que permite a los monotributistas que se conviertan en autónomos experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria, en relación con el monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos.

Los beneficios previstos en la normativa también contemplan reducciones del IVA y Ganancias por tres años para los contribuyentes que pasen de régimen.

Fuente: telam

Procedimiento. Regímenes de promoción.

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Nueva prórroga del plazo de suspensión de ejecuciones fiscales para las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial -Ley N°22.021.

Prorrogan hasta el 30/06/2022 inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial -Ley Nº 22.021, generadas por el usufructo de una cantidad de bonos de crédito fiscal superior a la originalmente reconocida, susceptibles de condonación (art. 79 Ley Nº 27.341)

Resolución General (AFIP) Nº 5021/2021 (BO 30/06/2021)

Fuente: Lisiccki Litvin

ECONOMÍA – Crisis del turismo: La economía mundial perdería US$ 4.000 millones

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El impacto económico es mayor en los países en desarrollo, que avanzan más lento con las campañas de vacunación y dependen en gran medida de los visitantes internacionales.

La caída del turismo causada por el Covid-19 costará a la economía global más de US$ 4.000 millones en 2020 y 2021, mucho peor de lo previsto, ya que una implementación desigual de la vacunación perjudica a los países en desarrollo que dependen en gran medida de los visitantes internacionales.

Las pérdidas solo este año podrían ascender a entre US$ 1.700 millones y US$ 2.400 millones, aun cuando el turismo internacional se recupere en el segundo semestre en países como Estados Unidos, Reino Unido y Francia, que tienen mayores tasas de vacunación, señaló la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) en un informe.

El estudio pone de manifiesto el costoso impacto de un acceso desigual a las vacunas en todo el mundo. Según la UNCTAD, los países en desarrollo pueden representar hasta el 60% de las pérdidas estimadas del producto interno bruto mundial.

El informe también muestra que la crisis del turismo está lejos de haber terminado, con restricciones y prohibiciones de viaje aún vigentes en muchas regiones con bajas tasas de vacunación. Según el estudio, que se realizó en colaboración con la Organización Mundial del Turismo de la ONU, es probable que el mundo no vuelva a los niveles de llegadas de turistas internacionales anteriores a la pandemia hasta 2023.

Países como Tailandia y Turquía, que dependen de los turistas extranjeros para impulsar sus economías, fueron los más afectados. La caída del turismo también amenaza a sectores estrechamente vinculados, como la alimentación, las bebidas, el comercio minorista, las comunicaciones y el transporte.

En general, el desplome del turismo ha provocado un aumento medio del 5,5% en el desempleo de mano de obra no cualificada, lo que ha afectado a un sector que emplea a muchas mujeres y jóvenes.

“El turismo es un salvavidas para millones de personas, y avanzar en la vacunación para proteger a las comunidades y apoyar el reinicio seguro del turismo es fundamental para la recuperación de puestos de trabajo y la generación de recursos muy necesarios, especialmente en los países en desarrollo”, señaló el Secretario General de la Organización Mundial del Turismo de las Naciones Unidas, Zurab Pololikashvili.

En los países desarrollados, las probabilidades de vacaciones en el extranjero están aumentando. Un número creciente de estadounidenses planea realizar un viaje a un país extranjero, según el índice de confianza del consumidor de junio del Conference Board.

Fuente: perfil.com