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NACIONALES – Las mujeres ya ocupan el 43% de los cargos de CEO en la Argentina

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Subió 16 puntos respecto la medición del año anterior según un estudio realizado por la consultora Grant Thornton. También subió la participación de las mujeres como socias de las empresas. A nivel de cargos de alta gerencia la proporción se ubicó en 31%, el máximo histórico.

La participación de las mujeres en puestos gerenciales es una lucha de larga data en la que poco a poco se va ganando espacio. Un estudio realizado por la consultora Grant Thornton indica que el 31% de los cargos de alta gerencia en Argentina son ocupados por mujeres, hasta ahora el máximo histórico del país, pero el dato es más alentador si se advierte el número de CEOs donde la presencia de mujeres alcanza el 43%.

Respecto del año pasado, el dato general del 31% representa una suba de 7 puntos en comparación con el año anterior.

La pandemia rompió con varios mitos laborales, uno de ellos es que la presencialidad laboral es sinónimo de productividad y eficiencia. Otro de los mitos, fue que solo los hombres podían ocupar cargos importantes.

El informe anual muestra un gran impacto en Argentina: las empresas sin mujeres en altos cargos disminuyeron en 20 puntos respecto de 2020. Si lo comparamos con 2019, la cifra alcanza los 35 puntos, lo cual indica más inclusión femenina en los altos cargos laborales.

Según el informe de la consultora, el 43% de los CEOs (Chief Executive Officer) argentinos son mujeres, este número aumentó 16 puntos respecto del informe anterior. Luego, los CFOs (Chief Financial Officer) están representados en un 32% por mujeres, 7 puntos por encima que en 2020 y las COOs (Chief Operating Officer) componen un 21%, habiendo aumentado 12 puntos. A su vez, el cargo de CMO también se incrementa en 12 puntos, conformando así un 19%.

Uno de los puestos que no ha escalado es el cargo de Directora de Recursos Humanos, que perdió 2 puntos respecto al año pasado, quedando en 27%. En tanto que el cargo de Socia subió solo 3 puntos en comparación con el informe anterior, alcanzando un 12%.

En referencia a los aumentos y disminuciones en los cargos, Mariana Amores, Gerente de Recursos Humanos de Grant Thornton Argentina, afirmó que “este cambio cultural que se está transitando abre a su vez el camino a que muchas mujeres cobren protagonismo. Habitualmente se asociaba a las mujeres con estilos de liderazgo más ´soft´ y no es casual que las funciones ejecutivas que ocupaban solían ser en áreas de apoyo, como ser Marketing y/o Recursos Humanos”.

A nivel regional, el informe indicó que en Sudamérica se observa una disminución de 10 puntos, pasando de 16% a 6% el porcentaje de empresas sin mujeres en altos cargos directivos. Así mismo, que el 37% de los CEOs, el 31% de los CFOs y el 22% de los COOs, son mujeres. Uno de los focos que remarca el informe es la disminución de acciones en el resto de la región para mejorar el balance de género.

Otro de los puntos claves a mirar es el impacto de la pandemia en las mujeres dentro de Argentina, en particular las madres trabajadoras. El 68% de los encuestados por la consultora está de acuerdo de que las nuevas prácticas laborales beneficiarán las trayectorias profesionales de las mujeres a largo plazo. En menor medida, el 42% de los encuestados está de acuerdo en que las nuevas prácticas han permitido a las mujeres desempeñar en las empresas mayores roles de liderazgo.

“La transformación al trabajo 100% remoto que tuvieron que hacer muchas empresas, derribó el mito de que la presencialidad es sinónimo de productividad y eficiencia, y el liderazgo situacional y empático cobró vigencia junto con el empowement (empoderamiento), corriendo a un lado los métodos de control “reloj” y liderazgo unilateral y vertical. Las reuniones de negocio ya no son cenas ni se llevan a cabo en clubs de golf los domingos, espacios y horarios en los que las mujeres, muchas veces por sus responsabilidades domésticas, quedaban fuera. La situación parecería tener un mejor equilibrio, mujeres que “no se animaban” a pensar en un cargo ejecutivo por la demanda de horas fuera de su casa, ahora deja de ser un obstáculo”, afirmó Amores.

Algunas de las acciones llevadas a cabo por líderes para poder mantener el empleo y mejorar las condiciones en Argentina fueron: promover el equilibrio entre la vida personal y laboral y/o la flexibilidad de los empleados (39%); seguida por aquella referida a adaptar los programas de aprendizaje y desarrollo existentes al entorno cambiante, como fue el trabajo remoto (36%); e inculcar nuevas prácticas laborales para involucrar mejor a todos los empleados (27%).

Por último, el informe muestra que existen tres rasgos principales en los líderes de cara al 2021: la adaptación al cambio (64%); la empatía (45%); y la resiliencia (39%), entre otros.

Para Claudia Deprati, Directora de Consultoría “la interacción con el personal, una mayor comprensión de las necesidades y situaciones personales de los empleados han sido más importantes que nunca. La empatía ha sido un elemento clave en el liderazgo durante el COVID-19. A medida que estos estilos de gestión ´más suaves´ fueron demostrando su efectividad, surgió una mayor apreciación y una mayor necesidad de un liderazgo diverso”.

Fuente: noticias argentinas

NACIONALES – Cajeros automáticos: cuáles serán sus costos desde abril y en qué casos seguirá siendo gratis utilizarlos

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A fin de marzo terminará el beneficio de poder retirar efectivo sin cargo de cualquier ATM, que rige desde el inicio de la pandemia. No habrá comisiones para cuentas sueldo y previsionales hasta el depósito mensual.

Desde el 1° de abril dejará de tener vigencia una de las medidas que el Banco Central dispuso para facilitar la distribución del efectivo durante la pandemia y sus restricciones: la gratuidad para retirar hasta $15.000, por día y por cuenta de los cajeros automáticos, sin importar a qué banco y a qué red (Banelco o Red Link) pertenece el cliente. Ese esquema de excepción, vigente desde marzo de 2020, caducará a fin de este mes y se regresará al mismo sistema que regía antes de la llegada del covid-19.

Para evitar la sorpresa de encontrar un gasto sorpresivo en el resumen de cuenta bancaria, es conveniente recordar algunos aspectos del funcionamiento de los cajeros para hacerse de dinero en efectivo y cursar otras operaciones:

– La forma más segura de no pagar comisiones para extraer efectivo es utilizar únicamente los cajeros del banco donde está radicada la cuenta. Las entidades no cobran esos costos para operar con los cajeros propios, ya sea en la misma sucursal del cliente o en cualquier otra del mismo banco.

Las entidades no cobran esos costos para operar con los cajeros propios, ya sea en la misma sucursal del cliente o en cualquier otra del mismo banco

– ¿Cuándo se cobran comisiones? Cuando se usa un ATM de otro banco. Ese cargo, además, será más alto si se utiliza un puesto de otra institución y de una red distinta a la propia. Es decir, quienes tengan cuenta en un banco de Red Link pagarán una comisión cuando usen un cajero de otro banco de Red Link y un costo mayor si utilizan uno de la red Banelco.

– Entre las principales entidades, los costos por usar cajeros automáticos de otro banco de la misma red y de otro banco de distinta red pueden mencionarse los casos de Nación ($114,23 y $142,78); Galicia ($80 y $95); Macro ($101,04 y $108,90); Santander ($75,52 y $93,21); BBVA ($61,71 y $72,60); Provincia ($ 43 y $49); Comafi ($78,65 y $93,17); Itaú ($62,65 y $73,41); Ciudad ($71,60 y $82,48) y Credicoop ($53,24 y $61,71), entre otros.

– Las excepciones a la regla anterior es el cobro de haberes y salarios, que desde hace muchos años es gratuito. Por eso, podrán retirar dinero de cualquier cajero automático en forma gratuita, sin importar a qué banco y a qué red pertenece, aquellos que tienen una cuenta sueldo en la que reciben su salario o tienen una cuenta previsional, aquella en la que la Anses o cualquier otra entidad de la seguridad social deposita jubilaciones, pensiones o planes sociales, incluyendo la Asignación Universal por Hijo (AUH).

– En esos casos, la gratuidad para retirar el efectivo alcanza solamente a la extracción del monto del salario, la jubilación o la prestación social. Es decir: una vez retirado ese monto mensual, las extracciones siguientes pueden tener costo si se utiliza un cajero de otro banco o de otra red. Como ya se dijo, nunca se pagará ningún costo el que use los cajeros de su propio banco.

– En la Argentina existen 10 millones de cuentas previsionales y más de 9 millones de cuentas sueldos. Extraer dinero de esas cuentas no tiene costos hasta el tope mensual de esos haberes.

Existen 10 millones de cuentas previsionales y más de 9 millones de cuentas sueldos. Extraer dinero de esas cuentas no tiene costos hasta el tope mensual de esos haberes

– Si bien el retiro de efectivo es la operación más habitual, los cargos por usar un cajero de otro banco o de otra red se aplican para todos los usos del puesto de atención automática. Quién lo utiliza para consultar el saldo de su cuenta, los movimientos realizados, hacer una transferencia o pagar la factura de un servicio público, también tendrá que afrontar un cargo si no es un cajero de la entidad donde se tiene registrada la cuenta.

– Los 18.000 cajeros automáticos que existen en los bancos argentinos no son la única vía para hacerse de efectivo. En el país hay además una red de más de 17.000 puntos de extracción extrabancaria, tales como supermercados, estaciones de servicio, farmacias o centro de cobranza (como Rapipago o Pago Fácil). Se trata de comercios en los que se puede retirar efectivo en el momento de pagar con la misma tarjeta de débito que se utiliza en el cajero. En esos casos, nunca hay costo alguno.

Fuente: infobae económico

ECONOMÍA – A un año de la pandemia, cómo fue el impacto en la economía argentina

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Empleo

En cuanto al empleo, los últimos datos del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) arrojaron que el año pasado el país terminó con 11,9 millones de trabajadores registrados. Si bien la cantidad de puestos de trabajo disminuyó en comparación con 2019, entre junio y diciembre se recuperaron casi 200.000 empleos formales de los 400.000 que se habían perdido hasta mayo por la pandemia. Adicionalmente, según la Encuesta de Indicadores Laborales (EIL) de enero, en ese mes el empleo tuvo su segunda mejora mensual desde la llegada del virus.

La pérdida de 2020 fue explicada por menores nóminas en los asalariados del sector privado, ya que el empleo público y el trabajo por cuenta propia arrojó leves subas. Los rubros más afectados fueron hoteles y restaurantes (con 50.000 empleos menos), comercio (-25.000) y transporte y almacenamiento (-21.000). Por el contrario, la industria manufacturera logró sumar más de 7.000 puestos de trabajo en el año a pesar de la crisis, lo cual también demuestra la heterogeneidad en la recuperación por sectores.

Paralelamente, los últimos datos del INDEC mostraron que en el tercer trimestre de 2020 la desocupación fue del 11,7%, cuando un año antes era del 9,7%. No obstante, la cifra mejoró respecto del segundo trimestre (13,1%), el período más crítico de la pandemia debido a que las estrictas restricciones a la movilidad y a la producción.

Este repunte se debió no a una menor cantidad de desocupados sino a una mayor cantidad de gente que decidió volver a buscar trabajo, lo que se reflejó en una mayor Población Económicamente Activa (PEA), y que finalmente terminó encontrando algún tipo de ocupación, principalmente dentro del cuentapropismo. En el mismo sentido, dentro de los asalariados ganaron terreno los trabajadores informales y además subió la tasa de subocupación, que contempla a las personas que están dispuestas a trabajar más horas.

En ese contexto, los salarios mantuvieron la tendencia negativa que vienen mostrando desde 2018 ya que volvieron a retroceder en términos reales, más de 5 puntos porcentuales. De cara a un 2021 con reactivación económica, el Gobierno ya declaró en varias oportunidades su deseo de que los ingresos le ganen a la inflación. En ese sentido, y en el marco del acuerdo de precios y salarios que impulsa el Poder Ejecutivo, algunos acuerdos salariales ya rondan el 35%.

La cifra supera a la inflación anual estimada oficialmente según la Ley de Presupuesto (en torno al 30%) pero los niveles actuales de los aumentos de precios parecen indicar que es casi una utopía cumplir con esa meta.

Inflación

La inflación se desaceleró de manera significativa en los primeros meses de la pandemia, hasta el punto de alcanzar los niveles mensuales más bajos desde fines de 2017 en abril y mayo. Esto sucedió en un marco de una política de control de precios de alimentos y congelamiento de tarifas de servicios públicos. A eso se sumaron las dificultades para llevar a cabo el relevamiento de precios debido a la ausencia de oferta en varios rubros por las restricciones que trajo el coronavirus.

Sin embargo, a partir de agosto los aumentos de precios comenzaron a acelerarse y desde el último trimestre del año pasado se asentaron por encima del 3% mensual, producto de la reapertura de muchas actividades, la aceleración en alimentos y combustibles, y el efecto de la elevada brecha cambiaria sobre las expectativas, entre otros factores.

En ese marco, la inflación de 2020 fue significativamente menor a la de 2019 (36,1% vs 53,3%) pero para este año el panorama parece más complicado. El Gobierno estimó en el Presupuesto un aumento anual de precios cercano al 30%, pero las cifras del primer trimestre y la inercia presionan la inflación al alza, por lo cual el mercado espera una suba anual en torno al 45%. Para evitar llegar a ese número, el gabinete Económico, liderado por Martín Guzmán, parece haber elegido la desaceleración en el ajuste del tipo de cambio oficial como principal ancla para reducir la inflación, mientras busca además coordinar expectativas a través del acuerdo de precios y salarios con empresarios y trabajadores.

Dólar

Con muchas restricciones para la compra de dólares en el mercado oficial, el principal problema que tuvo el Gobierno fueron los saltos de la brecha cambiaria, que tuvo tres grandes recalentamientos tras la llegada del Covid-19. El primero fue en abril, cuando trepó desde niveles cercanos al 30% hasta el 70% y el segundo fue en julio, cuando las expectativas de devaluación del peso generaron que casi 4 millones de personas fueran a comprar dólar ahorro por un monto agregado en torno a los u$s750 millones, marcando cifras récord.

Posteriormente, el último gran incremento de la brecha se generó luego de las nuevas trabas anunciadas por el Banco Central el 15 de septiembre (que incluyeron el impuesto adicional del 35% para la compra minorista). Las mismas lograron reducir abruptamente la salida de dólares para atesoramiento pero la reacción del mercado llevó el spread entre el tipo de cambio oficial y el CCL por encima del 130%, alimentando nuevamente las expectativas de devaluación, que se reflejó en una pérdida de reservas superior a u$s4.000 millones entre septiembre y noviembre.

La tendencia comenzó a revertirse a partir de la intervención de organismos oficiales en el segmento bursátil y señales por parte del ministro Martín Guzmán en sintonía con una mayor prudencia fiscal. La menor brecha le dio mayor aire al BCRA para acumular divisas y desalentó un poco la postergación de ventas al exterior, favoreciendo también la mayor liquidación por parte de sectores exportadores. Desde diciembre, la autoridad monetaria pudo comprar, en términos netos, casi u$s2.000 millones a raíz de su intervención en el mercado oficial.

En 2020 el tipo de cambio oficial subió apenas por encima de la inflación, cerca de 40%, y se mantuvo con niveles de competitividad razonables en términos históricos. Para 2021 Guzmán ya dijo que espera una suba del 25%, por debajo de la inflación proyectada.

Cuentas públicas

En 2020 Argentina registró un superávit comercial de u$s12.528 millones, el segundo más alto desde 2009. Sin embargo, fue producto de derrumbes cercanos al 15% anual tanto de las exportaciones como de las importaciones, en un contexto de menor intercambio comercial a nivel global por la pandemia y en medio de una recesión local que ya acumula tres años.

Aún así, los datos de enero resultan alentadores. Las importaciones mostraron su tercer incremento anual consecutivo y las exportaciones arrojaron su primera mejora desde diciembre de 2019, a raíz de importantes subas en el precio de algunos commodities y una buena performance en los envíos de Manufacturas de Origen Agropecuario.

Por último, la pandemia dejó un déficit fiscal primario del 6,5% sobre el PBI, producto de un salto nominal del 63,5% en el gasto público, traccionado por programas de asistencia como el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) y la Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), y una leve suba del 23% en la recaudación, una cifra que se ubicó debajo de la inflación.

Para este año, el Gobierno busca reducir esa cifra, siempre y cuando no haya un rebrote importante de coronavirus, y aumentar el financiamiento vía endeudamiento en pesos, en detrimento del financiamiento vía emisión monetaria.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Empleo: qué puesto ocupa Argentina en el ranking de países elegidos para mudarse por trabajo

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Canadá es el país hoy preferido para ir a vivir, ganándole a los Estados Unidos, que históricamente era el que más atraía a los trabajadores

Los consultores de Recursos Humanos no ocultan su preocupación por cómo aumentan los llamados de ejecutivos que les consultan sobre oportunidades laborales para migrar.

Las ganas de hacer carrera fuera de la Argentina se expresan tanto entre los profesionales jóvenes, y entre aquellos ya experimentados, que quieren que sus familias se muden a otro destino, fundamentalmente en búsqueda de seguridad y estabilidad. Ahora, mientras en nuestro país suben las inquietudes, en el mundo se aplacan.

Así, según la encuesta de Boston Consulting Group (BCG) y The Network, Decoding Global Talent, Onsite and Virtual, hoy es Canadá el país que se convirtió en el destino favorito para irse a vivir. A su vez, como dato relevante, el estudio destaca que Estados Unidos perdió su estatus como el lugar preferido para trabajar, tanto para los argentinos como para el resto del mundo.

Algo significativo que se modificó en este escenario de pandemia es que disminuyó, a nivel mundial, el interés de las personas de trasladarse para trabajar en el extranjero, pero incrementó la valoración de los países que se considera que hicieron bien el trabajo para contener el virus.

Solo alrededor del 50% de las personas están dispuestas a trasladarse a otro país por motivos de trabajo. Eso supone una disminución del nivel de disposición desde el 64% de 2014 y el 57% en 2018.

Por las políticas migratorias impuestas por la pandemia, viene en baja el porcentaje de gente que quiere migrar.

Es importante destacar que casi todos los países que avanzaron en los diez primeros puestos tienen una incidencia relativamente baja de casos de Covid-19. Eso incluye a Canadá, a Australia (ahora en el puesto número tres del ránking) y Japón (ubicado en la sexta posición). Además, están incluidos dos países de Asia y Pacífico que fueron elogiados por su respuesta de salud pública: Singapur y Nueva Zelanda, que aparecen en la lista por primera vez.

Las preocupaciones sobre la respuesta al coronavirus en Europa contribuyeron a una disminución de muchos destinos anteriormente populares. Alemania y Francia, cayeron cada uno, dos lugares en la clasificación. Por su parte, Italia y España ya no están en la lista de los diez primeros.

En la región

Al analizar lo que sucede en América Latina, Argentina recién aparece en el puesto número 43 como destino laboral, con una aguda caída con respecto a 2018, año en el que se ubicó en el puesto 27.

Como segundo país de la región aparece Colombia, en el puesto 71, que también cayó, pues dos años atrás estaba en 42 en el ránking. Tercero está Chile, que mejoró, pues se ubicó 85, cundo antes estaba 112.

“Pese a la caída de Argentina dentro del ránking, países como Chile, Brasil y México continúan eligiéndola dentro del top 10 de destinos para ir a trabajar y es, además, el más elegido de la región”, sostuvo Cristián Carafí, managing director y partner de BCG.

57% de los encuestados dice estar dispuesto a trabajar para un empleador extranjero desde su país.

Exportar servicios

Si bien ahora hay menos voluntad de arriesgar y mudarse a otro país, la encuesta muestra un alto nivel de entusiasmo por el modelo de permanecer en el lugar de origen mientras se trabaja para un empleador extranjero.

El 57% de los encuestados dice estar dispuesto a hacerlo. Cuando la pregunta es sobre el trabajo internacional remoto, Estados Unidos cambia de lugar con Canadá y vuelve a ser el número uno.

Además, la apertura general al trabajo virtual es especialmente alta entre los trabajadores en los campos de la tecnología de la información y digital. El 71% de las personas con experiencia digital o analítica dijeron que estarían dispuestas a trabajar para una empresa sin presencia física en su propio país. También lo hizo el 67% de los encuestados que tienen experiencia en IT y tecnología. Entre las personas con masters o mayor grado, la disposición también fue alta: alrededor del 62%.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Argentina, muy rezagada en el ranking de fusiones de empresas en América Latina

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Es un indicador muy relacionado con las inversiones extranjeras. Lidera Brasil.

La Argentina ocupa el anteúltimo puesto del ranking en fusiones y adquisiciones de grandes empresas a nivel regional, de acuerdo con un informe que ubica a Brasil como el líder en cantidad de transacciones notificadas en América Latina, seguido de México, Chile,   Colombia y Perú.

Los datos corresponden al último reporte de la plataforma financiera Transactional Track Record (TTR), que releva el mapa de fusiones y adquisiciones a nivel mundial.

La cantidad de operaciones de integración de empresas es significativa y menos del 5% de las transacciones notificadas a nivel internacional reciben algún tipo de condicionamiento o son rechazadas por las autoridades regulatorias de competencia.

Entre las principales fusiones internacionales que tuvieron efectos en la Argentina pueden mencionarse como ejemplo los casos de la fusión de Dow Chemical/Dupont (en mercados como agroquímicos, insumos industriales, etc.) y de Disney/Fox (en la industria de entretenimientos, medios y contenidos de cine y televisión). En ambos casos, ciertas preocupaciones del regulador se resolvieron con compromisos de desinversión y/o de comportamiento.

En el primer caso, la fusión de los dos gigantes dio nacimiento a “DowDuPont” dividido en tres unidades de negocios: Agricultura, Ciencia de los Materiales y Productos Especializados. La operación fue sometida al análisis del ente regulador de 23 jurisdicciones del mundo y aprobada en todos los casos. En Argentina la operación fue aprobada sin condicionamientos, si bien previamente las empresas realizaron ciertas desinversiones asumidas a nivel global que también tuvieron efecto en el mercado local.

En junio de 2018, Disney formalizó su intención de adquirir 21st Century Fox, empresa distribuidora de contenidos y canales de entretenimiento, deportes y películas en todo el mundo. La compra fue sometida también a la autoridad de aplicación en 23 países del mundo, incluyendo jurisdicciones de Latinoamérica, donde se aprobó sin condicionamientos con excepción de 3 países (Brasil, Chile y Ecuador, y aún está pendiente de aprobación únicamente en la República Argentina.

En cuanto a la Argentina, la agencia regulatoria emitió su “informe de objeciones” en el mes de noviembre de 2020. A partir de allí, la agencia se encuentra analizando alternativas y pedidos de información adicionales, de manera de lograr acceder a mayor y mejor información sobre el funcionamiento del mercado para alcanzar una solución de compromisos que permitan resolver las cuestiones planteadas al momento de tomar una decisión definitiva.

Fuente: ieco.clarin.com

Regímenes especiales. Ley de Inversiones Mineras Nº 24.196.

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Obligatoriedad de realizar la totalidad de las presentaciones de declaraciones juradas a través del TAD.

A partir del 18/03/2021, la totalidad de las declaraciones juradas exigidas por la Ley Nº 24.196 deberán realizarse en formato electrónico a través de la plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD). Cualquier presentación realizada por fuera de lo establecido no resultará válida a los efectos del cumplimiento de las obligaciones de la Ley Nº 24.196 y habilitarán a instar las sanciones previstas en el Artículo 28 de dicha ley.

Resolución (SM) Nº 60/2021 (BO 18/03/2021)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – La inflación mayorista llegó a 6,1% en febrero y creció 5% el índice de construcción

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Dentro de los primeros, se destaca la suba de petróleo crudo y gas (10,2%), energía eléctrica (8,8%), productos metálicos básicos (8,4%), refinados del petróleo (7,6%) y otros medios de transporte (7,4%).

Se observan los mayores aumentos en movimiento de tierra (16,4%), vidrios (9,4%) y estructura (5,3%); y menores aumentos en pintura (2,4%), yesería (1%) y carpintería metálica y herrería (0,8%).

Los precios mayoristas aumentaron 6,1% durante febrero y acumularon un alza de 47,7% en los últimos doce meses, según informó ayer el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

La variación del nivel general del Índice de Precios Internos al por Mayor (Ipim) se explica como consecuencia de la suba de 6% en los productos nacionales y de 7,4% en los importados.

Dentro de los primeros, se destaca la suba de petróleo crudo y gas (10,2%), energía eléctrica (8,8%), productos metálicos básicos (8,4%), refinados del petróleo (7,6%) y otros medios de transporte (7,4%).

El índice de precios internos básicos mostró un aumento de 5,7% mientras que el de precios básicos del productor subió 5,3%.

El Indec también difundió el Índice del Costo de la Construcción (ICC), que presentó un incremento de 5% en febrero y de 40,7% en los últimos doce meses.

El incremento fue impulsado por un alza de 4,6% en el capítulo materiales, del 4,9% en mano de obra y de 7,4% en gastos generales.

En el análisis por ítem de obra para febrero, se observan los mayores aumentos en movimiento de tierra (16,4%), vidrios (9,4%) y estructura (5,3%); y menores aumentos en pintura (2,4%), yesería (1%) y carpintería metálica y herrería (0,8%), precisó el Indec.

En el primer bimestre del año, la variación acumulada del ICC es de 8,2%; mientras que materiales suma 10,7%, mano de obra 5,6% y gastos generales, 9,3%; y en la comparación interanual, con relación a febrero del año pasado, mientras el ICC general creció 40,8%, los materiales lo hicieron 76,5%, la mano de obra 17,8% y gastos generales 38,5%.

Entre los materiales, los mayores aumentos se registraron en mesadas de granito (10,1%), vidrios (9,4%) y productos plásticos (8,2%); y los menores aumentos se produjeron en aberturas metálicas y rejas (0,8%), pinturas y afines (1,9%) y artefactos de iluminación y portero eléctrico (2,3%).

Fuente: lacapital.com

ECONOMÍA – The Economist ubicó a la Argentina entre los países más riesgosos para invertir

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El semanario inglés The Economist ubicó al país en 7º lugar entre los más riesgosos para invertir en Latinoamérica y el Caribe. Criticó en su nota el control de las importaciones y del mercado de cambios. Venezuela, el peor país.

La revista inglesa The Economist calificó en una nota a la Argentina como uno de los países más riesgosos para invertir.

El país recibió 57 puntos sobre 100 (el peor puntaje) y ocupó el 7º lugar entre los más riesgosos, en una nota sobre “Populismo y política: el riesgo operativo en América Latina” realizada por el medio, donde los valores más bajos reflejaban los países con mejores chances.

the economistEscenarios elegidos más riesgosos de América latina y el Caribe. En Argentina el riesgo macroeconómico es muy alto. Fuente: The Economist.

El primer lugar,  está ocupado por Venezuela, con 86 puntos; luego estaba Nicaragua, con 65; Haití, 63, y Bolivia, 63.

En mejores posiciones estuvieron países cercanos como Chile (25), Perú (37) y Uruguay (39).

The Economist estableció el riesgo en base a tres parámetros: riesgo político, económico y regulatorio.

En riesgo político, se destacaron los problemas dentro del Gobierno “las divisiones dentro de la coalición gobernante exacerban los problemas de gobernabilidad”, indicó la nota y en este ítem, el país recibió 12 puntos de un rango entre 1 y 25. Justo en la mitad.

Situación en economía

En economía es donde aparece el peor puntaje, de 25 puntos, el máximo del análisis dentro de cada parámetro. “La falta de corrección de los desequilibrios macroeconómicos produce un fuerte ajuste monetario inflacionario”, señaló el artículo, condición que fue calificada como “muy grave”.

El artículo de The Economist afirma que “en cuanto al riesgo de comercio exterior y pagos, es cierto que hasta el momento en América latina no ha habido señales significativas de barreras arancelarias o no arancelarias o nuevos controles de capital o cambio de divisas (con algunas excepciones notables como Argentina, donde los controles de cambio de divisas se endurecieron en 2020)”.

Advirtió que en el comercio exterior y los pagos hay problemas ya que el gobierno argentino pone barreras no arancelarias como parte de su política de sustitución de importaciones y que esto representa un “riesgo moderado”, cuantificado en 9 sobre 25.

En cuanto a las regulaciones, The Economist alertó que el país “nacionaliza negocios estratégicos”, por lo que lo ubicó en alto riesgo con 16 puntos sobre 25.

Nacionalizaciones

“El creciente nacionalismo de los recursos en medio de crecientes objeciones a proyectos en los sectores de minería, energía y agricultura a gran escala también presenta riesgos, en forma de eliminación de incentivos, aumento de los requisitos de contenido local y, en casos extremos, nacionalización total. El gobierno argentino, por ejemplo, abordó la idea en 2020 de nacionalizar a un exportador de soja con problemas financieros antes de dar marcha atrás ante las objeciones políticas y comerciales locales”, informó haciendo referencia al caso Vicentín.

Las elecciones son otro factor que los inversores deben tener en cuenta para medir el riesgo.

“Aunque nuestras previsiones para América Latina en 2021 son cautelosamente optimistas, los inversores deberán prepararse para estos riesgos emergentes. 2021 es otro año electoral importante para América Latina, con elecciones presidenciales en varias economías grandes como Ecuador, Perú y Chile, y elecciones de mitad de período en mercados regionales clave, incluidos México y Argentina”, explicó el artículo.

Fuente: perfil.com

ECONOMÍA – La ley de teletrabajo regirá sólo para los contratos que se inicien bajo esa modalidad

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Ante la duda de diversos sectores empresariales y sindicales, el Gobierno emitirá una norma complementaria para establecer los alcances de la ley

La Ley de Teletrabajo y las condiciones y beneficios que ésta establece para empleados y empleadores comenzará a regir el 1 de abril, mientras gran parte de la población económicamente activa se encuentra aún desempeñándose desde su hogar y a distancia para protegerse del contagio de COVID-19.

Por eso para muchos existía la incertidumbre acerca de si su aplicación sería también para todos los que hoy circunstancialmente operan de forma remota desde hace un año.

Sin embargo, esta norma no se aplicará a todas las personas que en la actualidad se encuentren trabajando de manera remota, sino sólo a aquellos contratos que sean acordados voluntariamente desde el inicio bajo esta modalidad. Es decir, no será extensiva a los y las trabajadoras que desempeñan hoy sus tareas desde sus casas por la circunstancia excepcional del Covid-19 y que podrían volver a la presencialidad de un momento a otro.

El régimen será de aplicación para los trabajadores que prestan servicios fuera del establecimiento empleador de manera regular y permanente, a través de tecnologías de la información y la comunicación, y no para los que desempeñen esas labores bajo esa modalidad de forma esporádica u ocasional.

El Ministerio de Trabajo publicará en las próximas horas una normativa que dejará en claro que la situación de teletrabajo actual “no consolida una modalidad de prestación”, porque no implica una “condición de voluntad”. Es decir, cuando terminen las medidas vinculadas a la pandemia, los empleadores podrían volver a exigir presencialidad.

Ahora, si finalizado el contexto de emergencia sanitaria y al momento de regresar a la presencialidad ambas partes acordaran continuar con el teletrabajo, entonces sí la relación quedaría enmarcada en la nueva ley.

Habrá tres categorías de empleados:

  • personal regular que mantuvo siempre la presencialidad
  • teletrabajador surgido de un contrato nuevo a partir de la entrada en vigor de la ley
  • asalariado que comenzó a prestar tareas remotas por la emergencia sanitaria

La clave para esta última clasificación es que no cumple con el postulado de “voluntariedad” plasmado en el texto de la legislación nueva para regular las condiciones del trabajo a distancia.

Para la tercera categoría, el Ministerio de Trabajo que conduce Claudio Moroni estaría preparando una norma complementaria para habilitar la chance de que recién una vez finalizadas las restricciones derivadas de la pandemia se abrirá la instancia de decidir a favor o en contra de continuar en la modalidad de teletrabajo. Mientras tanto, la ley regirá de manera plena para todos los demás empleados.

Principales puntos de la Ley de Teletrabajo

Principales puntos de la Ley de Teletrabajo que comienza a regir el 1 de abril

La Ley de Teletrabajo (N° 27.555) fue sancionada a mediados de 2020 en el Congreso Nacional. Indica que la normativa comenzaría a regir 90 días después de la finalización del período de aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO)

A principio de 2021 se dispuso que el Ministerio de Trabajo definiera la fecha a partir de la cual sería necesario comenzar a cumplir con la normativa en el caso de los trabajadores remotos.

A través de la resolución 54/2021, la cartera que conduce Moroni indicó que esa fecha sería el 1 de abril.

Hay que tener en cuenta que la Ley 27.555 no será aplicable cuando la prestación laboral se lleve a cabo en los establecimientos, dependencias o sucursales de las y los clientes a quienes el empleador o la empleadora preste servicios de manera continuada o regular o en los casos en los cuales la labor del trabajador “se realice en forma esporádica y ocasional” en su domicilio del trabajador, ya sea a pedido de esta o por alguna circunstancia excepcional.

Se establece el derecho a la desconexión y a no ser contactado fuera del horario laboral

Desconexión digital

En el artículo 5 de la ley 27555 establece que la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo tendrá derecho a no ser contactada y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias.

Agrega luego que el empleado no podrá ser sancionado por hacer uso de este derecho y que el empleador no podrá exigirle la realización de tareas, ni remitirle comunicaciones, por ningún medio, fuera de la jornada laboral.

El Gobierno determinó alcances y excepciones al destacar que “cuando la actividad de la empresa se realice en diferentes husos horarios o en aquellos casos en que resulte indispensable por alguna razón objetiva, se admitirá la remisión de comunicaciones fuera de la jornada laboral”.

Sin embargo, la reglamentación comprende que “la persona que trabaja no estará obligada a responder hasta el inicio de su jornada, salvo que concurran los supuestos contenidos en el artículo 203 de la Ley Nº 20.744″.

Tareas de cuidado

El artículo 6 de la ley 27.555 puntualiza que en los casos de las personas que trabajen bajo la modalidad de teletrabajo, y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada.

Cualquier acto, conducta, decisión, represalia u obstaculización proveniente del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio, resultando aplicables las previsiones de la ley 23.592.

De acuerdo a la reglamentación, toda persona que ejerza el derecho a interrumpir la tarea al evocar esta razón, “deberá comunicar en forma virtual y con precisión” el momento en que comienza la inactividad y cuándo finaliza.

“En los casos en que las tareas de cuidado no permitan cumplir con la jornada legal o convencional vigente se podrá acordar su reducción de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la convención colectiva“, plantea el artículo 6° de la reglamentación.

Asimismo, sobre esta cuestión se destaca que tanto los empleadores como los trabajadores deberán velar por un uso equitativo, en términos de género, de las medidas dispuestas “promoviendo la participación de los varones en las tareas de cuidado”.

La norma establece que las partes podrán pactar condiciones superadoras a las establecidas por la ley

Reversibilidad

Se trata de uno de los puntos que causó mayor controversia dentro del sector empresarial.

Es decir, la ley indica que el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación.

La negativa del empleador dará derecho a la persona que trabaja bajo esta modalidad a considerarse en situación de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones oportunamente modificadas.

En los contratos que se pacte la modalidad de teletrabajo al inicio de la relación, el eventual cambio a la modalidad presencial operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva.

De acuerdo  a la reglamentación, deberá ajustarse a los deberes impuestos en los artículos 9º y 10° del Código Civil y Comercial de la Nación y 62 y 63 de la Ley de Contrato de Trabajo.

“Recibida la solicitud de la persona que trabaja, con la sola invocación de una motivación razonable y sobreviniente, el empleador o la empleadora deberá cumplir con su obligación en el menor plazo que permita la situación del o de los establecimientos al momento del pedido”, plantea el artículo 7°.

En ningún caso, dicho plazo podrá ser superior a 30 días. “A los efectos de evaluar la imposibilidad de cumplir con esta obligación se tendrá especialmente en cuenta el tiempo transcurrido desde el momento en que se dispuso el cambio de la modalidad presencial hacia la modalidad de teletrabajo”, se precisa en el Boletín Oficial.

No obstante, en relación a los empleados que hubiesen pactado la modalidad de teletrabajo desde el inicio de la relación laboral “no pueden revocar su consentimiento ni ejercer el derecho a que se les otorguen tareas presenciales, salvo lo dispuesto en los Convenios Colectivos del Trabajo o en los contratos individuales”.

Provisión de elementos de trabajo y compensación de gastos

El artículo 9 de la ley 27555 dispone que el empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja.

La compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva. La persona que trabaja será responsable por el correcto uso y mantenimiento de los elementos y herramientas de trabajo provistas por su empleador, y deberá procurar que estos no sean utilizados por personas ajenas a la relación o contrato de trabajo.

En ningún caso responderá por el desgaste normal producto del uso o del paso del tiempo. En caso de desperfectos, roturas o desgaste en los elementos, instrumentos y/o medios tecnológicos que impidan la prestación de tareas, el empleador deberá proveer su reemplazo o reparación a fin de posibilitar la prestación de tareas. El tiempo que demande el cumplimiento de esta obligación patronal no afectará el derecho de la persona que trabaja a continuar percibiendo la remuneración habitual.

A su vez, el artículo 10 establece que la persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar.

La compensación de gastos, de acuerdo a la reglamentación, no es remuneratoria, lo cual se extiende a “la compensación de gastos, aún sin comprobantes”.

La norma establece el derecho a realizar tareas de cuidados de menores de 13 años durante la jornada de trabajo

Representación sindical

Variará de acuerdo a si el empleado comenzó a trabajar de modo remoto desde el comienzo de la relación laboral o si lo hizo luego.

Derecho a la Intimidad

La ley indica que “los sistemas de control destinados a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la intimidad de la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo y la privacidad de su domicilio”.

De acuerdo a la reglamentación, la participación sindical tendrá lugar mediante auditorías conjuntas, compuestas por técnicos designados o técnicas designadas por la asociación sindical y por la empresa, garantizándose la confidencialidad de los procesos y datos y limitadas a preservar los derechos establecidos a favor de las personas que trabajan bajo la modalidad prevista por la Ley 27.555.

Ahora, los problemas se generarán en cuanto al control de presentismo y al cumplimiento de órdenes durante la realización del trabajo, pudiendo quedar limitado el control a la valoración del trabajo en función de los resultados y la limitación de las facultades de dirección y control ya que tratándose del domicilio del trabajador, deberá respetar su intimidad y privacidad y no podrá, por ejemplo, usar cámaras para aquellos fines.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Reforma del monotributo: qué cambios impondrá el proyecto que avanza en el Congreso

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La Cámara de Diputados firmó un dictamen para que avance el proyecto de ley de reforma del Monotributo. Los cambios que se vienen

La comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados emitió en la tarde de este jueves un dictamen favorable al proyecto de ley de reforma del Monotributo, que propone actualizar los topes de cada categoría, y crea un puente para facilitar el ingreso al régimen general.

El oficialista Frente de Todos tiene previsto debatir el proyecto en una sesión especial que se celebrará la próxima semana, junto con la iniciativa que reforma el impuesto a las Ganancias.

La comisión de Presupuesto -que preside Carlos Heller- comenzó a deliberar a las 15 sobre el proyecto de reforma del Monotributo propuestas por el Gobierno Nacional, y tras agotar el debate puso a la firma el despacho.

En ese marco, el dictamen fue suscripto por 48 legisladores de distintas fuerzas. entre las que se destacaron el Frente de Todos, Interbloque Federal e Interbloque Unidad para el Desarrollo y Juntos por el Cambio, esta última en disidencia parcial.

Heller dijo que el proyecto “busca aliviar la carga de los contribuyentes que son son excluidos del régimen del monotributo y generar un puente para resolver la diferencia de la carga tributaria entre ambos regímenes”

Agregó que los cambios previstos “son bastantes extensos” y comprenden “los beneficios fiscales que se otorgan en tres años como una manera de inducir a los decidan voluntariamente ir al régimen general “.

Desde Juntos por el Cambio, el radical Luis Pastori dijo que la reforma “no sé si es tan buena, es necesaria y por eso acompañamos en general”.

No obstante subrayó que iban a firmar “en disidencia parcial porque hay diferencia sobre cuando se toma como fecha la exclusión del contribuyente del Monotributo“.

También piden que las escalas en el futuro se actualicen por el Índice de Precios al Consumidor, porque de eso “depende el nivel de facturación y no por el haber medio previsional”.

El proyecto de reforma del Monotributo avanza en el Congreso.

Monotributo: qué cambios contempla el proyecto de reforma

A través de la iniciativa, se contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020, que comenzarán a regir cuando se apruebe el proyecto

La reforma propiciada por la AFIP busca armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar las personas monotributistas.

Para los casos de monotributistas cuya facturación superó el límite más alto del régimen hasta un 25%, se contempla que puedan mantenerse en su actual condición durante el período fiscal 2021.

Los que superaron ese monto tendrán que pasar al régimen general y se establece una transición para que los contribuyentes puedan afrontar los pagos de Ganancias y de IVA.

De acuerdo al texto, podrán deducir además en el primer año el 50 por ciento del importe que le corresponde pagar de IVA, el 30 por ciento en el segundo y el 10 por ciento en el tercer año.

El proyecto que consta de 17 artículos, establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Los 10 puntos centrales

1. El proyecto propone “establecer distintos mecanismos para morigerar el impacto negativo” que tuvo la cuarentena en los monotributistas, de manera de beneficiar “a una significativa cantidad de pequeños y pequeñas contribuyentes que, de acuerdo con los parámetros vigentes, quedarían excluidos y excluidas con efecto retroactivo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en una situación extraordinaria”.

2. Además contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020.

3. “La actualización, de acuerdo a los lineamientos que plantea el proyecto es de 35,3%”, indicó a Télam el tributarista César Litvin, CEO del estudio Lisicki, Litvin y Asociados, quien dijo que era necesario definir el porcentaje debido a que quedó sin efecto el que se utilizaba hasta en momento, que era el índice de movilidad jubilatoria.

“Cuando se creó el monotributo el tope de facturación era aproximadamente de 100.000 dólares, si tomamos al dólar oficial estaríamos en cerca de 9 millones de pesos lo que debería ser el tope de facturación y estamos en venta de bienes 3.5 millones o sea que está atrasado respecto del dólar”, explicó.

4. También el texto elaborado por la AFIP busca aliviar la situación de quienes facturaron por encima del límite y que por ello deberían pasar al régimen general.

Respecto de este punto el especialista advirtió que “los excedidos son los que superaron el tope” y aclaró que se dividen en dos tipos: el que superó el límite y el que se quedó -o se fue voluntariamente- como responsable inscripto.

5. Para los que superaron el límite, “en la medida en que sus ingresos no superen el 25% del tope a ese momento puede quedarse en el régimen“.

6. El que se cambió voluntariamente y está en la misma relación de facturación puede regresar como monotributista.

Litvin ejemplificó con datos por qué le conviene regresar a los que están en esta situación: “un monotributista de servicios en el tope de facturación va a pagar en el año 153.000 pesos y si pasa a ser responsable inscripto el monto es de 789.000 pesos por año. Eso explica que la gente se ‘acurruca’ en el monotributo y va enanizando sus ingresos”, dijo.

El texto contempla la actualización para las escalas y montos del monotributo correspondientes al período 2020

7. El otro punto que plantea el proyecto es el puente entre un régimen y otro para que la diferencia no sea tan significativa. Para ello admite beneficios a través del IVA y de Ganancias.

8. A través del IVA “se le permite un crédito fiscal presunto equivalente a un 17,5% del monto que le fue facturado por los proveedores y también permite un monto equivalente a una doceava parte del 50% de la alícuota en concepto de crédito fiscal pero que no puede exceder el 75% del débito fiscal”, explicó Litvin quien consideró la fórmula muy compleja y que nuevamente los monotributistas necesitarán de la asistencia de un profesional.

9. De acuerdo al texto enviado al Congreso, para los casos antes mencionados, la alícuota del IVA va a bajar 50% en el primer año, 30% en el segundo y 10% en el tercero.

10. “También hay beneficios en Ganancias donde toma un gasto deducible equivalente al 82,65% de las compras y una deducción especial equivalente al 50% de un límite”, agregó Litvin.

Este puente reduce el monto a pagar por IVA y deducciones especiales en Ganancias y dura tres años.

A modo de cierre, Litvin recordó que cuando fue creado en el año 1998 se pensaba que el régimen de monotributo iba a alcanzar 500.000 personas, una cantidad superada con holgura en la actualidad debido a que ya suman más de 3,5 millones de contribuyentes inscriptos bajo esta modalidad.

“Esto se explica porque es un régimen que además de ser simplificado establece un muy bajo aporte de dinero que suple el pago de ganancias, IVA y seguridad social a cualquier otro contribuyente que está en el régimen general”, concluyó el especialista.

Monotributo: los nuevos beneficios, según AFIP

“El proyecto de reforma del monotributo alivia la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen que al pasar a ser autónomos acumulan deudas fiscales muy difíciles de afrontar”, enfatizó la titular de la AFIPMercedes Marcó del Pont, durante su intervención en el plenario de comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Legislación del Trabajo de la Cámara de Diputados, la semana pasada.

La iniciativa estimula el paso voluntario al régimen general, con beneficios. Se subsidia el paso del monotributo a los autónomos”, explicó Marcó del Pont al exponer junto con el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, ante las comisiones legislativas sobre los proyectos de reforma del monotributo y del Impuesto a las Ganancias. Se trata de los proyectos que el presidente Alberto Fernández pidió dar celeridad durante su discurso de apertura de las Sesiones Ordinarias en el Congreso.

Marcó del Pont destacó que las modificaciones del monotributo apuntan a armonizar la transición hacia el régimen general (autónomos) tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los monotributistas. “La gestión que estamos haciendo tiene que ver con criterios muy claros de equidad”, mencionó la administradora federal.

Monotributo: cuáles son los beneficios del nuevo proyecto

“El proyecto beneficia a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar al régimen general y también es una ganancia para el Estado ya que dispondrá de mucha más información”, indicó la titular de la AFIP.

El proyecto que comenzó a debatirse en Comisión para modificar el monotributo se propone aliviar la carga de los contribuyentes que son excluidos del régimen simplificado, generar un puente entre este régimen y el general, y resolver el problema transitorio de actualización del monotributo durante 2021 como consecuencia de la suspensión del índice de movilidad previsional, que es el previsto en la normativa vigente para su actualización.

Marcó del Pont junto con Moroni respondieron consultas de los diputados del plenario de Comisiones. También participaron el secretario de Política Tributaria, Roberto Arias, junto al subdirector general de Fiscalización de la AFIP, Julián Ruiz.

De acuerdo a los ejemplos suministrados por los funcionarios del organismo recaudador que acompañaron a Marcó del Pont, los monotributistas que se conviertan en autónomos podrán experimentar un ahorro significativo en su carga tributaria con relación al monto que deberían pagar si no se introducen los cambios propuestos. La reforma presentada ofrece reducciones del IVA y Ganancias para los contribuyentes que cambien de régimen.

Desde la AFIP identifican tres grandes grupos de beneficiarios. En primer lugar, a todos los monotributistas porque establece un régimen permanente que hace menos gravoso pasar del régimen simplificado al general. Asimismo ofrece un alivio para aquellos monotributistas que hubieran sido excluidos de este impuesto durante 2020 y se los “perdona” por única vez. Y también beneficia al Estado ya que la administración tributaria va a disponer de mucha más información sobre las operaciones entre monotributistas y responsables inscriptos de IVA, porque se incrementa el control por oposición.

Fuente: iprofesional.com