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ECONOMÍA – El Gobierno cambiará la forma en la que se mide la inflación

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El Indec busca actualizar la canasta de referencia para realizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC), que actualmente toma una encuesta de consumo de 2005. Incluirán servicios como Netflix o Spotify y los alimentos perderían peso en la medición de la suba de precios.

El Indec trabaja en un cambio en la canasta de bienes y servicios que utiliza para realizar las mediciones mensuales de inflación, según confirmaron fuentes oficiales a Infobae, que explicaron que la modificación aún no tiene fecha de implementación, aunque en el organismo descartaron que sea este año.

La canasta del IPC de Indec fue actualizada en 2017 por última vez. La recalibración de la medición busca “actualizar los hábitos de consumo en un momento determinado”, apuntaron fuentes oficiales. Según comentaron desde el organismo estadístico, actualmente las mediciones de inflación utilizan datos de consumo de 2004 y 2005. El cambio que estudia el Indec implicará referenciar el nuevo IPC en la última Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares 2017/2018 que los técnicos de Indec terminaron de procesar en 2020.Una autoridad del Indec descartó que la implementación de la nueva canasta pueda realizarse este año por la pandemia y porque se necesitaría un contexto de menor inflación y economía más estabilizada.

El nuevo muestreo de bienes y servicios –que fue anticipado por la agencia de noticias Bloomberg– podría considerar, por ejemplo, consumos de plataformas de streaming como Netflix o Spotify que podrían ser incluidas en la categoría Recreación y cultura y recalibraría el peso en la canasta de un bien como los cigarrillos, comentaron desde el Indec.

Según comentaron fuentes gremiales a este medio, los trabajadores del organismo descartan que se trate de una modificación que intente manipular las mediciones de inflación, como sucedió entre 2007 y 2015 durante la intervención del Indec. Tras la normalización del organismo en 2016 bajo la conducción de Jorge Todesca, la publicación del IPC se reanudó en junio de ese año.

Según especificaron las fuentes, una de las funcionarias involucradas en el cambio en la canasta del IPC es Graciela Bevacqua, técnica estadística que fue expulsada del Indec en esos años y que fue reincorporada como asesora del director Marco Lavagna.

Los alimentos pesan menos en la encuesta de gastos del hogar que tomará en cuenta el Indec para medir la inflación. (Foto: REUTERS/Agustin Marcarian)

En el Indec explican que el cambio en la canasta de referencia forma parte del trabajo habitual de los organismos estadísticos y que así lo indican los manuales internacionales de medición. “Las canastas típicamente se actualizan cada 5 o 10 años; la que se usa actualmente tiene 15 años de antigüedad”, explicó una fuente del organismo en diálogo con Infobae.

Por otra parte, una autoridad del Indec descartó que la implementación de la nueva canasta pueda realizarse este año. “Por la pandemia de por sí no se puede llevar adelante el cambio. Una vez definida la nueva canasta se necesita como mínimo 9 meses para ‘tomar’ los nuevos precios, y además es mejor hacerlo en una economía un poco más estable y no en un contexto de alta inflación”, comentó.

La nueva medición, cuando esté disponible, tendrá continuidad con los índices que publica actualmente el Indec. “Todo índice tiene que poder ser comparable en el tiempo. No hay nada raro en lo que estamos haciendo, es lógico que haya una actualización de la canasta”, concluyeron desde el organismo.

La Encuesta Nacional de Gastos de los Hogares que realizó el Indec entre 2017 y 2018 tuvo como algunas de sus conclusiones que a nivel nacional el 22% de los ingresos de las familias se utiliza para la compra de alimentos y bebidas, el 14,5% para vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles, y el 6,5% para salud.

Los trabajadores del Indec descartan que se trate de una manipulación de los datos para medir inflación, como sucedió entre 2007 y 2015 durante la intervención en el gobierno kirchnerista.

Ese estudio además reflejó que el 35% del gasto de alimentos y bebidas se realiza en comercios especializados (panaderías, carnicerías, verdulerías, etcétera), el 25,2% se realiza en supermercados y el 19,3%, en autoservicios.

En comparación con la canasta actual, los alimentos perderían peso en el muestreo mensual que analiza el Indec. Mientras que la nueva Encuesta de Hogares marca un 22% de gasto en alimentos y bebidas, la referencia actual de 2004 le da un peso de 33,4% en el gasto total familiar.El nuevo muestreo de bienes y servicios podría considerar, por ejemplo, consumos de plataformas de streaming como Netflix o Spotify que podrían ser incluidas en la categoría Recreación y cultura.

Otro rubro que será recalibrado en las mediciones de inflación será el de transporte y comunicaciones, que en la encuesta de 2004 que sigue vigente en el IPC y representa el 15,6% del total. En la canasta actualizada, los dos rubros serán considerados por separado: el transporte pesa 14,4% en el gasto de los hogares y comunicaciones (que incluye servicios de internet y telefonía), un 5,2%. Por otra parte, el gasto de una familia en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles equivale al 14,5% del gasto total en la encuesta que pasará a tomar en cuenta el Indec, mientras que en la actualidad esa proporción es de 10,8%.

Un cambio en el IPC podría influir en los datos utilizados en los bonos indexados a la inflación, como los CER. Este tipo de títulos públicos son muy utilizados por el Ministerio de Economía para conseguir financiamiento en pesos en el mercado de capitales local.

Fuente: infobae económico

ECONOMÍA – Empleo registrado marcó una baja de 1,8% interanual

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Las personas con trabajo registrado en Argentina fueron en diciembre -222,4 mil menos, en términos desestacionalizados e interanual

Fuente: cronista.com

IMPOSITIVAS – AFIP fijó el límite para corregir o eliminar declaraciones

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La Afip anunció cuál es la fecha tope para corregir declaraciones con inconsistencias. De lo contrario, habrá morosidad de la persona con el fisco.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) advirtió a los contribuyentes la detección de “inconsistencias” y notificó a unos 3.000 personas que fijó una fecha límite para corregir o eliminar declaraciones de aportantes inconsistentes.

Los contribuyentes podrán realizar esta diligencia antes del miércoles 31 de marzo. Para mayor claridad, la Administración Federal de Ingresos Públicos precisó que para “regularizar la situación”, hay que “modificar o eliminar del Siradig aquellas deducciones que no corresponden o que no cumplen con los requisitos”.

Si bien no detalló cuáles son las inconsistencias encontradas en cada trabajador, el organismo les alertó que, de no haber cambios, se determinaría una morosidad de la persona con el fisco en concepto de Impuesto a las Ganancias.

Con respecto a los monotributistas, la semana pasada la AFIP comunicó a los monotributistas que el Estado sigue acompañando a los pequeños contribuyentes durante la crisis del coronavirus, por la cual estableció que “no será dado de baja de oficio por falta de pago durante enero, febrero y marzo”. 

Por lo tanto, “estos meses no se sumarán a las diez cuotas impagas consecutivas que determinan la baja del régimen”.

Afip notificó a unas 3.000 personas

AFIP habilitó el sistema para declarar los contratos de alquiler

La AFIP habilitó el servicio con clave fiscal “Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI)” mediante el cual se podrán declarar, renovar o dar de baja los contratos de alquiler o arrendamiento situados en el país.

La Resolución General 4933 de AFIP dispone la obligación de informar los contratos de locación de inmuebles urbanos y rurales de acuerdo a lo requerido por el artículo 16 de la Ley 27551.

Deberán registrarse a través del Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI), los contratos celebrados -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- correspondientes a las operaciones económicas que se indican a continuación:

  • a) Locaciones de bienes inmuebles urbanos, así como las sublocaciones, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos;
  • b) Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, así como los subarriendos con prescindencia de la modalidad o denominación que se le otorgue;
  • c) Locaciones temporarias de inmuebles -urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares;
  • d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles -vgr. locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, complejos, centros o “polos” gastronómicos, culturales, complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados, centros de convenciones, multieventos o similares, terrazas, sótanos, azoteas, etc.-, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos.

Para registrar los contratos celebrados por las operaciones económicas indicadas en el artículo 2, los sujetos obligados deberán ingresar, a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”. A tales fines, utilizarán la respectiva “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, señala el Blog del Contador.

Dentro de dicho servicio, por cada contrato celebrado, deberán acceder a la opción “Declaración de contratos”, seleccionar si se trata de bienes inmuebles urbanos o rurales y la modalidad de la operación – permanente o temporaria-, proporcionar los datos detallados en este artículo que correspondan y adjuntar en un archivo en formato “.pdf” o “.jpg” el contrato celebrado.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Estiman que el PBI tendrá un arrastre estadístico de 6,1 puntos en 2021

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Con datos del EMAE, la consultora Invecq indicó que el producto bruto podría tener este año un crecimiento mayor que el 5,5% previsto en el Presupuesto.

El PBI tendrá un arrastre estadístico de 6,1 puntos en 2021 y podría crecer más de lo esperado, según un informe en base a los datos del EMAE de diciembre, que el INDEC dio a conocer a fines de febrero. La actividad tiene asegurado un crecimiento mayor al 5,5% proyectado en la elaboración del Presupuesto.

Eso será la consecuencia de cuestiones metodológicas en la medición de la evolución del Producto Bruto Interno (PBI) conocida popularmente como “arrastre estadístico” y que en esta ocasión determinará un incremento de por lo menos el 6,1% “aun si la actividad económica quedara completamente estancada entre enero-diciembre 2021”.

El cálculo fue realizado por la consultora Invecq, en base a la diferencia entre el promedio de todo 2020 y el valor al que terminó el PBI en diciembre 2020.

El arrastre estadístico se da también en otras mediciones (por ejemplo, la inflación) y por lo general no es percibido por la población. Eso ocurre porque las estadísticas oficiales se toman en base a promedios (diarios en la inflación, trimestrales en el PBI, mensuales en el EMAE y otros índices) y lo más habitual es que la gente compare valores “punta a punta”.

Por tal razón, un aumento de precios que ocurre cerca de fin de mes no se reflejará por completo en el índice de ese período, sino que se trasladará como arrastre para el mes siguiente.

Algo similar pasó con el PBI de 2020, no sólo de la Argentina sino de la mayoría de los países por el impacto de la pandemia, ya que la recuperación económica se produjo en el tramo final del año y, en consecuencia, se reflejará en el arrastre, más allá de lo que suceda en 2021.

“Es por ello que no deberá sorprender a nadie que en los próximos meses comencemos a ver variaciones interanuales fuertemente positivas en la información oficial del INDEC”, advirtió la consultora dirigida por el economista Esteban Domecq, que también consideró que “probablemente, el Gobierno utilice estos buenos números que comenzarán a aparecer para fortalecer su imagen de cara a las elecciones de medio término”.

Los datos oficiales de variación del PBI del cuarto trimestre de 2020 y del año completo serán dados a conocer por el INDEC el próximo 23 de marzo, pero ya se cuenta con el Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE), que habitualmente es tomado como un anticipo aproximado.

El EMAE de 2020 marcó una caída de la actividad del 10%, pero con una mayor profundidad de la caída en el segundo trimestre, en el momento de mayores restricciones dispuestas en el inicio de la pandemia de coronavirus.

Si bien diciembre también registró una caída interanual (-2,2%) las variaciones mensuales desestacionalizadas fueron positivas en los últimos siete meses del año.

Como la base de comparación de los meses venideros será el primer tramo de la pandemia y la cuarentena, no será de extrañar que las variaciones del EMAE de marzo y abril no sólo sean positivas, sino que, además, muestren valores de dos dígitos, aún cuando la actividad puede resultar inferior a la de 2019. De esa forma, se podrá quebrar la racha de tres años consecutivos de caída del PBI.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Las pymes dan un paso más en la digitalización del negocio

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La pandemia aceleró imprevistamente el proceso de transformación digital . Ahora se preparan para sumar tecnología y ser más competitivas.

El 88% de las pymes afirma que la pandemia digitalizó sus empresas. A su vez, el 74% considera que continuarán con la adquisición e implementación de nuevas tecnologías después de la pandemia y el 70% sostuvo que la reinvención del objetivo y estrategia del negocio es clave para la recuperación económica. Estos datos se desprenden del estudio “Readaptarse para crecer: los secretos de las pymes argentinas a un año de la pandemia” que presentó Microsoft que indagó sobre los efectos de la pandemia, los cambios en los objetivos y los procesos de negocio que trajo la transformación digital y las percepciones sobre la reactivación económica.

A casi un año de que el Covid-19 llegara a Argentina, más de 300 pymes participaron de un estudio realizado por Edelman para Microsoft Argentina. Uno de los hallazgos más relevantes tiene que ver con el cambio en la estrategia y en el objetivo de negocio: el 55% de las pymes enfocó sus esfuerzos en optimizar sus operaciones, algo que fue más notable para las empresas medianas. Las microempresas se enfocaron en reinventar la forma de conectar con sus clientes (67%).

“A casi un año de la pandemia, vemos que la mayoría de las pymes están convencidas que la transformación digital es importante para la reactivación de su empresa y quieren continuar con la adquisición e implementación de nuevas tecnologías cuando todo pase. Este es el quiebre cultural que las pymes están viviendo: pasaron de considerar la tecnología como una opción a reconocer que la digitalización, la apuesta a la innovación y la optimización de procesos son claves para la reactivación y el crecimiento. A más tecnología, más competitividad. Es decir, la tecnología hace a los negocios más resilientes fundamentalmente en las crisis. Hace unos años parecía imposible, hoy esa barrera cultural se quebró, en su lugar la innovación aparece como la inversión necesaria para ser competitivos, crecer y animarse a cambiar de verdad”, comentó Marina Hasson, directora de socios, clientes corporativos y Pymes de Microsoft Argentina, durante la presentación on line del estudio que se realizó para la prensa.

Respecto a la evolución de la transformación digital, se advierte la presencia de más tecnología, más trabajo remoto, cambios en las operaciones y nuevas formas de conectar con clientes. Muchos de los desafíos que hoy se ven, ya existían desde antes, solo que la coyuntura los potenció y de alguna manera enfrentó a las pymes con la necesidad de responder más rápido, de reaccionar ante la coyuntura, de cambiar radicalmente y ahí la tecnología tuvo un rol central.

Los principales cambios adoptados durante la pandemia fueron: trabajo remoto, adopción de tecnologías y reinvención de la estrategia y objetivo de negocio. Con respecto a la tecnología, los cambios se centraron en la adquisición de equipos portátiles, software para videollamadas y almacenamiento en la nube, detalló el informe.

Sobre los procesos que se aceleraron por la pandemia se indicó: la adopción de nuevas tecnologías (49%); los procesos de capacitación en nuevas habilidades (42%); la reinvención de los objetivos y estrategias de negocios (41%) y la automatización de procesos (37%).

“Las pymes son una pieza clave para el desarrollo sostenible y a largo plazo del país. Todos los años, estudiamos su vínculo con la tecnología. Su uso está presente en el día a día de las pymes, y éste aumenta conforme su tamaño. Si bien queda mucho por hacer, podemos decir que gran parte de las pymes argentinas avanzaron un 70% en su proceso de transformación digital: hoy, la mayoría ya conoce y cuenta con soluciones de productividad, recursos digitalizados y en la nube y programas de visualización de datos. La oportunidad hoy está en que puedan avanzar y dar un paso más con tecnologías más sofisticadas de inteligencia artificial, automatización y analítica de datos que las ayudarían a crecer en su negocio”, explicó Sebastián Aveille, gerente comercial de Pymes de Microsoft Argentina.

La pandemia demostró que ningún negocio es 100% resiliente, sin embargo, las pymes que incorporaron tecnología digital demostraron estar mejor preparadas y ser capaces de transformarse cuando se enfrentan a cambios estructurales. El 88% de las pymes asegura que la pandemia digitalizó a sus empresas y el 66% se siente preparada para adoptar nuevas tecnologías, señala el informe de Microsoft.

En tanto, los principales esfuerzos de las empresas medianas estuvieron en optimizar las operaciones (55%) mientras que las microempresas se enfocaron en reinventar la forma de conectar con sus clientes (67%). El 54% de las pymes considera que el teletrabajo aumenta la calidad de vida de los empleados mientras que 52% capacita a sus empleados respecto a nuevas tecnologías.

“La adopción de tecnología es mayor a medida que aumenta el tamaño de las pymes. En relación a la evolución de la transformación digital notamos que la mayoría presenta avances de entre 30% y 70% de sus metas de transformación, este progreso es mayor en las empresas más grandes. Un dato no menor es que solo el 6% de las pymes no tiene ningún objetivo de transformación digital”, explicó Alba Hermo, directora de Data e Inteligencia de Edelman México y responsable de la investigación.

El estudio revela que las principales necesidades para avanzar en la transformación digital son: la capacidad para invertir en tecnología (46%) y reentrenar el talento humano existente (46%). Además, gestionar y aprovechar los datos e información para la toma de decisiones es un factor decisivo para el 42% de las pymes, particularmente entre las de mayor tamaño. El 50% de las pymes, aseguran que su principal desafío a corto y mediano plazo, es la capacidad de adaptación a la nueva realidad.

“Las tecnologías más sofisticadas tienen que ver con inteligencia artificial, automatización y analítica de datos

La ciberseguridad es una preocupación para las pymes, particularmente entre aquellas de mayor tamaño. En cuanto al uso de herramientas más avanzadas, el conocimiento de tecnologías de inteligencia artificial es escaso, solo el 32% de las pymes tiene conocimiento sobre las mismas, mientras que el 34% tiene conocimiento sobre big data & analytics. Cuanto mayor es la empresa, mayor es el conocimiento.

En el mediano plazo, el 60% de las pymes priorizará la compra o cambio de equipos portátiles, el 40% la tecnología para almacenamiento de datos y nube. El 67% de las pymes continuará con el proceso de reinvención de su objetivo y su estrategia después de la pandemia.

El 75% de las pymes considera que la adopción de nuevas tecnologías es bastante importante para la reactivación de su empresa en el corto y mediano plazo. Para esto, el 74% de las empresas continuarán con la adquisición e implementación de nuevas tecnologías después de la pandemia.

En tanto, el 56% considera al teletrabajo importante para la reactivación, en especial en las empresas de más de 150 empleados (63%). El 76% cree que es importante la capacitación de nuevas habilidades para poder reactivar sus empresas. Para el 70% de las organizaciones, la reinvención del objetivo y estrategia de negocios es de importancia para la reactivación, particularmente, para las empresas de mayor tamaño.

Inclusión financiera

Las mutuales llegan donde los bancos no lo hacen, por eso, avanzar en su proceso de transformación digital es el primer paso para lograr la inclusión financiera de miles de personas que necesitan contar con soluciones que les simplifiquen su día a día. Hay una demanda cada vez mayor por parte de los afiliados de contar con una solución que les simplifique su día a día financiero. A esto se le suma el hecho que en 2020 muchas personas buscaron una mutual para pedir un préstamo, pero, debido a las medidas de aislamiento, no tenían forma de hacerlo ya que no podían ir físicamente a las sucursales. En este escenario es que nació Agil Pagos, donde a los asociados que solicitaron ayudas económicas, se les pudo acreditar y de ahí disponer el dinero sin necesidad de movilizarse.

Agil Pagos es una aplicación para celulares, desarrollada por SG Financial Technology y TUX — socio estratégico de Microsoft para llevar su tecnología a todo el país— sobre Azure y utilizando los servicios de API Bank del Banco Coinag. La solución se integra con entidades y mutuales cooperativas para que los afiliados puedan realizar procesos 100% online y automatizados sin límites de importe ni restricciones. Por ejemplo: pago de servicios, transferencias a terceros (si bien, hoy en día, las mutuales lo pueden hacer en sistemas cerrados y de forma interna, no cuentan con las herramientas necesarias para hacerlo hacia otra cuenta bancaria u otra billetera virtual), etc. Este desarrollo permite, en simples pasos, poder conectar la mutual con sus afiliados y realizar cualquier tipo de operación de manera digital.

Aginco es la primera mutual que adoptó Agil Pagos y también la primera en realizar una transferencia desde una billetera virtual a una cuenta bancaria CBU (esto fue validado por Coelsa, la Cámara Compensadora Electrónica creada por la mayoría de los grandes bancos públicos y privados para implementar el Nuevo Sistema Nacional de Pagos). En menos de seis meses, más de 8.400 personas la utilizan, un 20% de sus asociados.

“Gracias a Agil Pagos, pudimos sumar nuevos servicios y líneas de productos de la mutual a la billetera. En tiempos de pandemia, nos ayudó muchísimo a reducir la circulación de afiliados en las sucursales, preservando la salud de todos”, indicó Javier Wachtmeister, gerente Comercial de Aginco, al tiempo que señaló que los afiliados adoptaron con rapidez y familiaridad la billetera virtual.

Fuente: lacapital

Actuación profesional. Ley de Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública.

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La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio. Cuando se supere dicho porcentaje se requerirá de una ley especial.

Ley (PL) Nº 27.612 (BO 03/03/2021)

Fuente: Lisicki Litvin

FINANZAS – La base monetaria mostró una contracción de 2,9% en febrero

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Analistas señalan que la caída, superior a los $72.000 millones, es un reflejo de que la demanda de dinero no se recupera. La colocación de Pases y de Leliq permitió la esterilización de $ 172.000 millones

Pese a ello, la comparación interanual aún refleja un incremento del 39% nominal promedio, que se explica principalmente por la significativa expansión que había mostrado hasta mediados del año pasado, a raíz de los gastos generados por la pandemia.

“Tanto el sector financiero como el Tesoro actuaron de manera contractiva durante febrero. La colocación de Pases y de Leliq permitió la esterilización de $172.000 millones, que más que compensan la inyección de $76.000 millones por los intereses que generan estos pasivos remunerados”, resumió un informe de la consultora LCG.

La compra de divisas para el pago de deuda por parte del Tesoro, señaló el trabajo, permitió la absorción de $40.000 millones que, a posteriori, fue parcialmente compensada por el desarme de colocaciones en pesos que el Tesoro mantiene en el Banco Central (BCRA), por $26.000 millones. 

En el otro extremo, la base monetaria creció $56.000 millones por la compra de divisas al sector privado, hecho que se ha repetido en los últimos tres meses.

“La contracción en sí misma no es un síntoma positivo, sino un reflejo de que la demanda de dinero no se recupera y que se están pagando intereses por esta contracción”, analizó Melisa Sala, economista principal de LCG, en diálogo con El Cronista.

“Lo mismo aplicará para cuando aparezca la inyección de pesos para financiar al Tesoro. Lo deseable sería una recuperación de la demanda de dinero que evite que esos pesos se vayan a precios (vía bienes o vía brecha), porque si no sucede el BCRA intentará absorber parte del excedente pagando un costo por ello”, añadió.

A través del citado informe, LCG también argumentó por qué no espera una recomposición de la demanda de dinero. “Podrá observarse cierto freno en la caída, pero una inercia todavía elevada de la dinámica inflacionaria y una brecha en niveles del 60% que reflejan expectativas de devaluación del peso, difícilmente sean factores que alienten a una recomposición de la demanda de pesos”, explicó la firma en el trabajo.Días atrás, el equipo de research del Banco Supervielle destacó en un análisis elaborado para sus clientes: “Si el déficit primario para 2021 está en el rango de 3,5% a 4,5%, y considerando una tasa de colocación de la deuda en pesos similar a la observada durante enero y febrero, no esperamos que la base monetaria (ni el circulante) crezcan en relación al PBI (al menos no de una manera que sobrepasen los promedios históricos)”.

Por otro lado, el trabajo de Supervielle añade: “También concluimos que es posible que el BCRA consiga reducir marginalmente el stock de Pases y Leliq en términos del PBI, lo que implicaría un crecimiento de los préstamos en pesos al sector privado en el sistema financiero. En cuanto a la evolución de la política monetaria en términos reales, se concluye que desde mediados de 2020 es ligeramente contractiva”.

Respecto de esto último, prevén que, de continuar esta dinámica contractiva, “podría haber un alivio a las presiones inflacionarias en 2021”.

En tanto, desde LCG indicaron que aunque en el primer bimestre del año el Tesoro no haya hecho uso del margen de financiamiento que dispone en el BCRA, en lo los próximos meses podrá contar, entre adelantos transitorios y giros de utilidades, con recursos de casi $ 1,9 billones, que equivalen a casi 4,5% del PBI en 2021.

Fuente: cronista.com

IMPOSITIVAS – ¿Teletrabajás?: AFIP notificó inconsistencias en la carga de datos y tenés hasta el 31 de marzo para corregirlo

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La AFIP comunicó a algunos contribuyentes que tienen tiempo hasta el 31 de este mes para corregir o eliminar declaraciones que no debieron haberse hecho

La AFIP envió notificaciones a un grupo de trabajadores que cargaron deducciones relacionadas con el teletrabajo en el formulario electrónico del Siradig correspondiente a 2020, advirtiéndoles que se detectaron “inconsistencias” e indicándoles que tienen tiempo hasta el 31 de marzo para modificar lo consignado.

AFIP habilitó el sistema para declarar los contratos de alquiler

La AFIP habilitó este martes el servicio con clave fiscal “Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI)” mediante el cual se podrán declarar, renovar o dar de baja los contratos de alquiler o arrendamiento situados en el país.

La Resolución General 4933 de AFIP dispone la obligación de informar los contratos de locación de inmuebles urbanos y rurales de acuerdo a lo requerido por el artículo 16 de la Ley 27551.
AFIP habilitó el sistema para declarar los contratos de alquiler

A tal fin, el fisco estableció que deberán registrarse a través del Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI), los contratos celebrados -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- correspondientes a las operaciones económicas que se indican a continuación:

a) Locaciones de bienes inmuebles urbanos, así como las sublocaciones, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos;

b) Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, así como los subarriendos con prescindencia de la modalidad o denominación que se le otorgue;

c) Locaciones temporarias de inmuebles -urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares;
Alquileres: cuándo se declara

d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles -vgr. locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, complejos, centros o “polos” gastronómicos, culturales, complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados, centros de convenciones, multieventos o similares, terrazas, sótanos, azoteas, etc.-, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos.

En tanto, el artículo 7 de la mencionada norma dispone que para registrar los contratos celebrados por las operaciones económicas indicadas en el artículo 2, los sujetos obligados deberán ingresar, a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”. A tales fines, utilizarán la respectiva “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, señala el Blog del Contador.

Dentro de dicho servicio, por cada contrato celebrado, deberán acceder a la opción “Declaración de contratos”, seleccionar si se trata de bienes inmuebles urbanos o rurales y la modalidad de la operación – permanente o temporaria-, proporcionar los datos detallados en este artículo que correspondan y adjuntar en un archivo en formato “.pdf” o “.jpg” el contrato celebrado.

Plazos

Finalmente recordamos que esta nueva obligación de registración de contratos entró en vigencia el día 1 de marzo de 2021, inclusive.

Los contratos de locación o arrendamiento deberán ser registrados dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.

Los contratos que se hubieran celebrado a partir del día 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes al 1 de marzo, así como aquellos que se celebren a partir de dicha fecha hasta el día 31 de marzo de 2021 inclusive, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el día 15 de abril de 2021, inclusive.

Los contratos que se celebraron con anterioridad al 1 de julio de 2020 no deberán registrarse por no encontrarse vigente antes de esa fecha la ley que modificó el régimen de locaciones y que dispuso la obligación de informar los contratos.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Diputados inicia la semana que viene el debate sobre reforma de Ganancias

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La Cámara de Diputados iniciará la semana que viene el debate en torno al proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias. El primer plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación del Trabajo podría realizarse el martes 9.

La Cámara de Diputados debatirá el proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias, el cual es impulsado por el presidente del cuerpo, Sergio Massa.

La Cámara de Diputados iniciará la semana que viene el debate en torno al proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias, el cual es impulsado por el presidente del cuerpo, Sergio Massa, y contaría también con el respaldo de la oposición.

El primer plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación del Trabajo podría realizarse el martes 9, según fuentes parlamentarias.

La confirmación del día y horario de la primera reunión informativa dependerá de la coordinación con las agendas de los funcionarios del Poder Ejecutivo que serán invitados a exponer.

El ministro de Economía, Martín Guzmán, la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, estarían dentro de los primeros invitados.

La iniciativa propuesta por el oficialismo eleva el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias a 150.000 pesos brutos para un trabajador soltero.

Según las estimaciones oficiales, la medida favorecería a 1.267.000 personas que dejarían de pagar el tributo: actualmente la masa de trabajadores alcanzada por Ganancias es de dos millones de personas.

Tras reunirse con representantes de la CGT, Massa dejó trascender que el oficialismo aceptará cambios a pedido de los gremios para mejorar el dictamen, como por ejemplo las exenciones a los viáticos, a las horas extra y al aguinaldo, algo que no estaba en el proyecto original.

También se aceptaría dejar fuera del tributo el plus por zona desfavorable (también denominado “plus patagónico”) que aparece como ítem salarial, al igual que el bono por producción, los gastos de guardería, gastos escolares y las deducciones de concubino.

También se estudia desgravar del impuesto a las Ganancias los ítems no remunerativos del trabajo docente como por ejemplo las sumas que surgen del fondo nacional de incentivo docente.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Cifras que alarman: sin una nueva moratoria, el 96% de las mujeres no podrá jubilarse en 2022

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Si no se extiende y amplía la moratoria que vence en julio de 2022, el 96% de las mujeres que hoy tienen entre 55 y 59 años no podrán jubilarse

De acuerdo a los datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), si no se extiende y amplía la moratoria que vence en julio de 2022, el 96% de las mujeres que hoy tienen entre 55 y 59 años no podrán jubilarse cuando cumplan 60 años.

Así lo señala un Informe del organismo previsional publicado por Clarín. “Un porcentaje muy importante de las personas que se acercan a la edad de retiro, especialmente las mujeres, nos permite adelantar que, salvo que se implemente una nueva moratoria que extienda el plazo de regularización, irán paulatinamente decreciendo las tasas de cobertura previsional en un futuro inmediato”, señala el informe.

Sin una nueva moratoria el 96% de las mujeres no podrá jubilarse

“Esta situación recrudece a partir de julio de 2022, cuando la moratoria se dé por finalizada y entonces, el 96% de las mujeres que lleguen a la edad de retiro, no contará con los 30 años de aportes y no podrá acceder a una jubilación”, agrega.

Las mujeres pueden jubilarse a los 60 años y los varones a los 65 años, si cuentan con un mínimo de 30 años de aportes.

Sin una nueva moratoria el 96% de las mujeres no podrá jubilarse

El Informe puntualiza que “en la actualidad hay vigentes dos moratorias que permiten regularizar años de aportes previsionales. La correspondiente a la Ley 24.476, que quedó abierta con carácter permanente y permite a hombres y mujeres regularizar períodos comprendidos entre el 01/01/1955 al 30/09/1993. La otra moratoria vigente hasta julio de 2022, aunque solamente para las mujeres, es la Ley 26.970, que permite regularizar años de aportes del período comprendido entre el 01/01/1955 al 31/12/2003”.

“Las mujeres que cumplieron 60 años en el 2020, nacidas en 1960, pueden regularizar hasta 25 años de servicio. Las que cumplieron 59 años van a poder regularizar solo 24, las que cumplieron 58 años, solo 23, y así. Esto demanda que estas mujeres, para poder acceder a su jubilación, tengan 5 años o más de aportes a la seguridad social, por fuera del período 1955-2003”, ejemplifica.

Lo mismo ocurre para el caso de los varones. Aquellos que cumplieron 65 años en el año 2020, nacidos en 1955, pueden regularizar hasta 20 años de servicio. Los varones tienen que acreditar como mínimo 10 años de aportes a la seguridad social por fuera del período de regularización”.

Para acceder a las moratorias tanto mujeres como varones deben demostrar que están en “vulnerabilidad social” en base a una evaluación socio-patrimonial. Luego, ANSES calcula la deuda por los años regularizados que se descuentan de los haberes, en 60 cuotas, ajustables por la movilidad.

No obstante, los que no tengan aportes por haber estado inactivos o desempeñarse en la informalidad o cuenten con 10, 20 o 25 años de aportes, varones y mujeres a los 65 años, por la ley 26.970 aprobada en junio de 2016 pueden acceder a la PUAM que equivale al 80% de la jubilación mínima.

Nuevos montos de asignaciones familiares: acceda a los valores

A través de la Resolución 48/2021, la ANSES oficializó la movilidad jubilatoria y los nuevos montos de asignaciones familiares y rangos de marzo correspondiente a la primera actualización de la nueva ley de movilidad aprobada a fines del año pasado.

Recordamos que el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley  27.160 dispone que el cálculo de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley 24.714, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6 de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley 24.241, señala el Blog del Contador.

Asimismo, el artículo 5º de la Ley 27.160 establece que el tope de ingresos previsto en el artículo 3 de la Ley 24.714 y sus modificatorias, se ajustará de acuerdo con la variación que se produzca en la ganancia no imponible y/o en las deducciones por cargas de familia, previstas en el inciso b), del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Nuevos montos de asignaciones familiares: acceda a los valores

El artículo 12 del Decreto 840/2020 determinó que no regirá límite mínimo de ingresos para el cobro de las asignaciones familiares de las personas titulares de los incisos a) y b) del artículo 1 de la Ley 24.714, correspondiente al grupo familiar definido en el Decreto 1667/12 y que el límite máximo de ingresos de cada una de las personas integrantes del grupo familiar se determinará en función de lo establecido por el artículo 5 de la Ley 27.160 y sus modificatorias.

Nuevos montos de asignaciones familiares

La Resolución 51/2021 de la ANSES, estableció que el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6 de la misma, será equivalente al 8,07% de los rangos y montos establecidos.

Rigen nuevos topes a la base imponible de la seguridad social

La ANSES, mediante la resolución 52/2021, dio a conocer los nuevos importes de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales que rigen a partir del período devengado marzo 2021.

En efecto, a partir del mes de marzo comienza a aplicarse la nueva fórmula del régimen de movilidad jubilatoria, que arrojó un índice del 8,07 por ciento.

Con este nuevo porcentaje de movilidad, la ANSES fijó a fijar los importes mínimos y máximos de la remuneración imponible, como así también, el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) establecido en la Ley 24.241.

Rigen nuevos topes a la base imponible de la seguridad social

¿Cómo quedan los nuevos topes a la base imponible de la seguridad social?

Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9 de la Ley 24.241, quedan establecidas de la siguiente manera:

– Base mínima: $6.928,46

–  Base máxima: $225.171,69

¿Qué otras prestaciones previsionales se actualizaron?

La ANSES también actualizó el haber mínimo garantizado y máximo vigente a partir del mes de marzo de 2021 dispuesto de conformidad con la Ley 26.417

– Haber mínimo: $20.571,44

– Haber máximo: $138.426,37

Además, se estableció el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, y el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), prevista en la Ley 27.260, ambos aplicables a partir del mes de marzo de 2021.

– PBU: $9.410,50

– PUAM: $16.457,15

La ANSES aclara que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 28 de febrero de 2021 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley 24.241, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1 de marzo de 2021, se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley 24.241, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización determinados por la Secretaría de Seguridad Social de la Resolución 3/2021.

Fuente: iprofesional.com