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FINANZAS – Los plazos fijos crecieron 4,4% en enero, la mayor suba en 5 meses

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Las colocaciones de menos de $1 millón volvieron a subir luego de tres meses de estabilidad. Según el informe del BCRA, los depósitos a plazo explicaron el incremento del agregado monetario amplio, compensando las bajas en el circulante en poder del público y los depósitos a la vista.

La Base Monetaria creció apenas 0,4% entre el 31 de diciembre y el 31 de enero según el BCRA.

Los plazos fijos exhibieron un crecimiento del 4,4% en enero, en términos reales, lo cual significó el mayor incremento de los últimos cinco meses según el informe monetario del Banco Central (BCRA) publicado este viernes.

De acuerdo con el informe, el aumento del mes estuvo compuesto, en partes similares, por las colocaciones de más de $20 millones y por las de menos de $1 millón aunque cabe destacar que estas últimas volvieron a subir luego de tres meses de mantenerse estables.

En un contexto de mayores expectativas de inflación, que probablemente comience el año en un piso cercano al 4%, también tuvieron un fuerte dinamismo los plazos fijos UVA, que en enero se incrementaron en $11.100 millones.

De esta manera, los depósitos a plazo explicaron el repunte del agregado monetario en sentido amplio (M3), que creció 0,6%, y compensaron las caídas de los medios de pago.

En efecto, tanto los depósitos a la vista como el circulante en poder del público retrocedieron 1,5%, a precios constantes y ajustados por estacionalidad.

Por último, el BCRA informó que la Base Monetaria exhibió, en promedio, un aumento mensual de 6,5% ($156.500 millones), lo cual se explicó, en gran parte, por el “arrastre estadístico” positivo que dejó diciembre, un mes con fuerte estacionalidad positiva. Con esa salvedad, la variación en punta —entre el 31 de diciembre y el 31 de enero— fue de apenas 0,4%.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Nuevo Monotributo: cuáles son las críticas que ya aparecen entre los legisladores de la oposición y los expertos al proyecto del Gobierno

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La complejidad del sistema que se crea para aliviar el peso económico del pase del Monotributo al Régimen General de IVA y Ganancia es un punto cuestionado.

Desde la oposición legislativa, el diputado Hugo Romero (UCR Córdoba) consideró que el proyecto de modificación del Monotributo del oficialismo se convertirá en un mecanismo para expulsar contribuyentes del régimen simplificado.

Esto se debe, de acuerdo a Romero, a que la actualización de los ingresos brutos que marcan la exclusión del Monotributo es exigua y, aunque se prevea un mecanismo para hacer menos gravosa la salida, ésta será masiva.

Romero dijo que la falta de actualización del Monotributo queda patente si se compara lo que significaban los ingresos brutos máximos en términos de Salario Mínimo Vital y Móvil en 1998, cuando el régimen se creó, y lo que representa ahora.

En concreto, el diputado radical puntualizó que, en las categorías que van hasta la C, los ingresos brutos quedan por debajo de la línea de pobreza.

Además, en 2020, con la inflación que hubo, no se actualizaron las escalas, recordó Romero.

Lo primero que hay que debatir es cómo hacer para que el Monotributo sirva para incentivar el cumplimiento tributario, y no el enanismo fiscal o la subfacturación, recalcó Romero.

Para eso, consideró Romero, hay que debatir una nueva actualización más allá del 35,2% del índice jubilatorio que prevé el proyecto.

Se necesita una mayor actualización para potenciar que más gente pueda acogerse al Monotributo, enfatizó el legislador.

El costo del pase al Régimen General

Esta ley en parte está tratando de solucionar el costo que tiene para el monotributista el pase al Régimen General de IVA y Ganancias, reconoció Romero.

Pero lo que hay que discutir es el procedimiento que se propone, advirtió Romero, y agregó que debe ser menos engorroso.

Sin una mejor herramienta y una mayor actualización, esta ley lo que estará potenciando es que más monotributistas pasen al Régimen General, afirmó Romero.

El proyecto impulsará que muchos monotributistas pasen a pagar IVA y Ganancias

El mejor índice para la actualización

Por su parte, Fernanda Laiún, del estudio Laiún, Fernández Sabella & Smudt, recordó que el Monotributo es un régimen simplificado, para la AFIP y los contribuyentes, que permite trabajar dentro de la economía formal con una carga administrativa baja y un costo impositivo casi nulo.

Tanto que aquellos que en 2020 facturaron $145.000 por mes, pagaron   $7.000 de impuestos y $2.500 por aporte jubilatorio. Es decir, menos del 7% de la facturación para cancelar todas las obligaciones con el Estado nacional, calculó Laiún.

Los montos de facturación y de aportes al Monotributo se actualizaban anualmente a través del índice de movilidad jubilatoria, dijo Laiún.

Ahora bien, cuando el Gobierno suspendió la aplicación de la movilidad jubilatoria a principios de 2020, el Monotributo quedó sin posibilidad de actualización de ninguno de sus importes, indicó Laiún.

Fue hace pocos días que ante el inminente vencimiento de la recategorización anual se envió un proyecto de ley al Congreso que debe tratarse en sesiones extraordinarias y que propone ajustar los importes por el nuevo índice de variación de las jubilaciones, comentó Laiún.

Ajustar el Monotributo por la variación de las jubilaciones merece críticas, porque las jubilaciones están atadas a la recaudación y a la variación de salarios, definido así porque está pensado desde la disponibilidad de caja del Estado, aseveró Laiún.

Los topes de facturación del Monotributo deberían seguir el pulso de la economía real, por lo que el índice más razonable para mantenerlo en valores constantes con el paso del tiempo es usar un índice de inflación, afirmó Laiún.

La propuesta del gobierno al Congreso condena al Monotributo a una disminución en términos reales, enfatizó Laiún.

Complejidad de la propuesta

El resto del proyecto propone por primera vez un puente entre el simplismo extremo del Monotributo y la realidad de los impuestos nacionales y los aportes jubilatorios, expresó Laiún.

La simpleza del Monotributo tiene que ver con la carga administrativa y con su costo, remarcó Laiún.

En el pasaje al Régimen General, el costo crece de un día para el otro, y la única posibilidad de morigerarlo sería que el Estado se haga cargo de las liquidaciones mensuales de los contribuyentes por el IVA, comentó Laiún.

Este proceso ya está en parte iniciado con el Libro IVA digital, añadió Laiún.

Sin embargo, lo mismo debería verificarse en el Impuesto a las Ganancias, y ese proceso está muy lejos, por la complejidad de las normas y por la información necesaria, advirtió Laiún.

Los legisladores podrían trabajar por una estructura impositiva más simple y para clarificar la legislación, propuso Laiún

Además, deberían llevar los proyectos a los especialistas y aprobarlos con un año o más de anticipación, indicó Laiún.

Por otra parte, se debería dar más recursos a la AFIP para que pueda implementar rápido los cambios, evitando el “mal y tarde” al que estamos sometidos, enfatizó Laiún.

De esa forma, la AFIP podría utilizar la información de la que ya dispone para armar declaraciones juradas proforma (aportadas por el propio fisco), que los contribuyentes puedan evaluar y eventualmente conformar, concluyó Laiún.

Los contribuyentes y sus asesores verán duplicadas sus tareas con dos recategorizaciones

Se duplica el trabajo

El asesor de pymes Vicente Lourenzo dijo que el proyecto denominado Régimen de sostenimiento e inclusión fiscal para pequeños contribuyentes también contempla un régimen transitorio para aquel que se encuentra por fuera del sistema.

Esto es para aquellos contribuyentes que excedieron los parámetros 2020 en un 25% sobre la máxima categoría, de modo que puedan regresar al Monotributo abonando las diferencias resultantes entre la categoría correcta y la inscripta, comentó Lourenzo.

Asimismo establece un Régimen transitorio para aquel monotributista que haya pasado al régimen general tanto de oficio como voluntario y que no haya superado el 50 % del límite de ventas anuales de las microempresas, añadió Lourenzo.

Es de suponer que una vez aprobado este proyecto su reglamentación establecerá los mecanismos de cálculo y fijará las nuevas categorías establecidas teniendo en cuenta la variación del haber mínimo jubilatorio, sostuvo Lourenzo.

Sin embargo, hubiera sido más conveniente fijar una prórroga en el vencimiento de la recategorización hasta tanto esté sancionada la ley, enfatizó Lourenzo.

En cambio, la no actualización generará para el contribuyente y su asesor impositivo la tarea de establecer una recategorización que en breve será corregida y que obligará a una nueva recategorización incurriendo en mayores costos, concluyó Lourenzo.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Monotributo: extienden a marzo de 2021 la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago

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La AFIP ha dispuesto extender hasta marzo de 2021 la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago.

La Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, mediante Resolución General 4918/20, ha dispuesto extender hasta marzo de 2021 la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago.

Se extiende de esta forma la suspensión de las bajas de oficio no realizando hasta el primero de abril de 2021, fecha en la que se reanudarán los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin por los ingresos obtenidos hasta el mes de marzo de 2021.

Asimismo, se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de enero, febrero y marzo de 2021 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.

La AFIP

La AFIP extendió hasta marzo la suspensión por baja de oficio

A partir de la pandemia de COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 del 19 de marzo de 2020, el Poder Ejecutivo Nacional dictó las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” con el objeto de preservar la salud de la población, las que fueron extendidas hasta el 31 de enero de 2021 conforme lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.033 del 20 de diciembre de 2020.

Estas medidas han afectado y afectan la dinámica de la economía en su conjunto y de gran parte de las actividades productivas.

Con el objeto de atender las dificultades que deben afrontar los contribuyentes y responsables respecto del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en particular con relación a los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, se volvió necesario ampliar los plazos para el cumplimiento de determinadas obligaciones.

El Gobierno Nacional ha remitido al congreso un proyecto de ley “RÉGIMEN DE SOSTENIMIENTO E INCLUSIÓN FISCAL PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES” que incluye medidas que benefician a dichos contribuyentes, encaminadas a tutelar la situación en la que se encuentran frente a las condiciones de crisis que los afectan, y así amortiguar el impacto negativo de la presente situación.

El monot

Ya se había prorrogado este plazo

Ya en marzo 2020, mediante la Resolución General 4.687, AFIP suspendió, hasta el 4 de enero de 2021, el procedimiento sistémico para aplicar la exclusión de pleno derecho, previsto por la Resolución General 4.309 suspendiendo, asimismo, la consideración de los períodos marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática, establecido en el artículo 36 del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010.

El 20 de enero de 2021 y mediante la Resolución General 4.907 se resolvió volver a prorrogar hasta el día 31 de enero de 2021, inclusive, el plazo establecido en el artículo 20 de la Resolución General Nº 4.309, a efectos de cumplir con la obligación de recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2020.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Censo Nacional Económico: quiénes deben responder el cuestionario digital, en qué plazos y qué consecuencias tiene no completarlo

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El certificado de cumplimiento censal será necesario para realizar trámites bancarios. Se estima que más de 6,5 millones de personas y empresas deberán contestar la encuesta online

Los bancos ya comenzaron a enviarles mensajes a sus clientes para recordarles que en los próximos meses deberán responder el cuestionario online correspondiente al Censo Nacional Económico. El “certificado censal”, que se entrega luego de haber completado la lista de preguntas, será a partir de ahora un requisito para usar algunos productos y servicios bancarios como, por ejemplo, abrir cuentas de depósitos, pedir préstamos y renovaciones, abrir cuentas de valores en custodia o el alquiler de cajas de seguridad, según detallaron desde las entidades.

A partir de la información del censo, de acuerdo al Indec, se podrá obtener una “foto actualizada” de la estructura económica de la Argentina. Por ejemplo, cuántas empresas hay en la Argentina, su edad promedio, cuántos monotributistas están inscriptos en cada provincia, a qué se dedican, qué personal emplean.

¿Quiénes deben completar el censo?

• Personas jurídicas

• Responsables Inscriptos

• Monotributistas

Se estima que más de 6,5 millones de personas humanas y jurídicas tendrán que completar el cuestionario digital, que estará disponible en la aplicación e-CNE, desarrollada por el Indec.

¿Hasta cuándo se pueden responder las preguntas?

Las empresas e instituciones sin fines de lucro podrán completar el cuestionario digital hasta el 1º de abril de 2021, mientras que las personas inscriptas en el régimen de Autónomos tendrán tiempo hasta el 1º de mayo de 2021 y las inscriptas en el Monotributo, hasta el 1º de junio de 2021.

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¿Para qué trámites será necesario presentar el certificado de cumplimiento censal?

Los bancos y entidades financieras comenzarán a exigir este año el certificado de cumplimiento censal para la realización de operaciones bancarias a partir del 1º de abril para las personas jurídicas, del 1º de mayo para responsables inscriptos y del 1º de julio para las personas humanas monotributistas. La exigencia de la documentación concluirá el 28 de febrero de 2022.

La presentación del certificado será requisito previo para las siguientes operaciones:

– apertura de cuentas de depósitos y otra cuenta que implique captación de fondos,

– otorgamiento de créditos y renovaciones,

– apertura de créditos documentarios,

– apertura de cuentas para valores en custodia,

– otorgamiento de fianzas y préstamos de valores,

– alquiler de cajas de seguridad.

El certificado de cumplimiento censal será requisito para trámites bancarios El certificado de cumplimiento censal será requisito para trámites bancarios

¿Los datos otorgados serán compartidos con otros organismos?

Como sucede con los relevamientos estadísticos del Indec, la información es confidencial y está protegida por el secreto estadístico (Artículo 10 de la Ley 17.622 y el decreto reglamentario N° 3.110/70).

“La información se recopila únicamente con fines estadísticos, no se intercambia con ningún otro organismo público o privado y se resguarda en servidores propiedad del Indec. Los resultados obtenidos, además, se difundirán en compilaciones de conjunto para asegurar la confidencialidad de las fuentes”, informaron desde el organismo.

¿Dónde se completa el cuestionario?

Todas las unidades económicas con actividad registrada deben completar el cuestionario digital, disponible en https://cne.indec.gob.ar. Para ingresar al aplicativo de e-CNE se requiere la validación de la identidad de las personas mediante Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal. El Indec usa la plataforma “Autenticar” de la Afip para que solo las personas correctas tengan acceso al sitio seguro del censo. Luego de la validación, los usuarios son redireccionados al aplicativo del Indec.

El cuestionario digital puede tener 14, 15 o 17 preguntas dependiendo el tipo de persona que complete el censo y una vez finalizado, el sistema ofrecerá la descarga del certificado censal, necesario para la realización de futuros trámites administrativos y bancarios.

¿Es obligatorio participar del censo?

Sí. Mediante la resolución N° 180 del 17 de noviembre de 2020, el Indec resolvió la realización del Censo Nacional Económico en todo el territorio nacional a partir del 30 de noviembre de 2020 y durante los seis meses siguientes. Las empresas y personas convocadas están obligadas a responder.

¿Qué información se debe brindar para completar el censo?

Nombre o razón social de la empresa, CUIT, ubicación; cantidad de establecimientos por provincia; actividad principal y bienes o servicios resultantes; materias primas, materiales o gastos directos para la producción de bienes o servicios; facturación anual; cantidad de trabajadores en relación de dependencia al 31 de diciembre de 2019; unidades auxiliares de apoyo para realizar la actividad principal.

También se deberá completar —en los casos que corresponda— una descripción de actividades secundarias; de producción de bienes o servicios para consumo propio; y actividades de investigación y desarrollo que se realicen.

¿Por qué hay que completar información que ya fue informada a otros organismos?

Por razones legales y administrativas, el Indec no puede contar con registros administrativos completos, actualizados y codificados correctamente para uso estadístico.

Fuente: infobae economico

IMPOSITIVAS – Ya se puede generar el VEP para el pago del impuesto a la riqueza

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Ya está operativa la posibilidad de generar el volante electrónico de pago en la página del organismo.

Si bien aún está pendiente la reglamentación de la AFIP que defina la manera en que se va a determinar y pagar el impuesto a la riqueza, entre otras cuestiones, ya está operativa la posibilidad de generar el volante electrónico de pago (VEP) para el pago del impuesto como se puede ver a continuación:

El código de impuesto que se le ha asignado es el número 238 y se lo denomina “Aporte Solidario – DJ”

Uno de los trascendidos con relación a este impuesto, es que la AFIP podría establecer la obligación de realizar un pago a cuenta, antes del vencimiento de la declaración jurada, tomando como base los bienes declarados en el Impuesto sobre los Bienes Personales del Período Fiscal 2019.

Sin embargo, por ahora, únicamente se podría generar un VEP para cancelar el saldo de la declaración jurada.

Esta posibilidad de generar el VEP es un indicio acerca de la inminente publicación de la reglamentación pendiente de la AFIP y no genera ninguna obligación de pago para los contribuyentes.

Fuente: cronista.com

ECONOMÍA – Precios y salarios: el Gabinete Económico se reunirá con empresas y sindicatos

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Desde el Gobierno aclararon que “no habrá topes” en las paritarias, y pidieron el compromiso de trabajadores y empresarios. Los números de la recuperación económica.

La reunión del gabinete económico. Empresarios y sindicatos participarán del encuentro la semana próxima.

En la reunión estuvieron los ministros de Economía, Martín Guzmán, de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Claudio Moroni; el presidente del BCRA, Miguel Pesce; la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont; la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca Bocco, la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, el secretario de Política Económica, Fernando Morra y la jefa de Gabinete de la cartera de Economía, Melina Mallamace.El jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, encabezó este miércoles 3 de febrero la reunión semanal del Gabinete Económico para analizar la recaudación tributaria, la segunda edición de las REPRO y el seguimiento de las variables claves de la economía, entre ellas la inflación. En el encuentro se adelantó además que la semana próxima el gobierno se reunirá con sindicatos y empresarios para hablar de las políticas de precios y salarios.

Durante el encuentro, se analizó el incremento de la recaudación tributaria nacional correspondiente al mes de enero de 2021 (46,6% nominal). Se trata de un incremento real del 5,9% y completa un ciclo de cinco meses consecutivos de variación positiva superior a la inflación, detallaron mediante un comunicado.

Reunión de la CGT: apoyo a las medidas anti-inflacionarias y rechazo a un techo a las paritarias 

En el mes de enero, uno de los mejores desempeños tributarios devino del comercio exterior, con un aumento del 231% interanual en los derechos de exportación. Esto se explica principalmente por la mejora en la cotización internacional de granos y oleaginosas, con incrementos anuales del 55% en soja (cerró enero en 502 dólares la tonelada), 43% en maíz (215 dólares la tonelada) y 20% en trigo (250 dólares la tonelada).

Sobre el REPRO II, detallaron que se inscribieron en el programa 12.150 empresas, y se estima que se trata de un universo de 10.000 empresas que accederán al beneficio del salario complementario para poder afrontar la nómina.

Precios y salarios

El Gabinete repasó los datos vinculados con el cierre del año 2020 en términos de salarios y precios, y los funcionarios establecieron algunas pautas para iniciar el diálogo con las empresas y los sindicatos. “El objetivo es alinear la política de precios y de ingresos para ir coordinando expectativas y así cumplir con los objetivos inflacionarios del Presupuesto”, se comunicó.

Al respecto, Todesca Bocco confirmó que la semana que viene convocarán a trabajadores y empresarios, para discutir con ellos la metodología de trabajo. “Nosotros realmente creemos que es un momento en el que tenemos que hacer un esfuerzo grande para hacer converger las variables macroeconómicas: los precios, los salarios, el gasto en torno a lo que hemos acordado en el presupuesto”, dijo. Y agregó: “Lo que necesitamos para esto es el compromiso de trabajadores y empresarios”.

Respecto de las versiones de que habría un “techo” sobre las paritarias, aclaró remarcó que “la metodología de trabajo no implica “topes” sobre la discusión de los convenios colectivos de trabajo”. “Somos muy respetuosos de ese proceso, porque nos parece un proceso democrático, característico de la Argentina y que nosotros defendemos”.

“En el presupuesto está pautado un incremento real de los salarios de entre 3 y 4 puntos porcentuales, porque si los salarios no se recuperan es muy difícil que se recupere la economía. Recordemos que el 60 por ciento del PIB es el consumo” dijo la funcionaria.

El Gobierno convoca a un acuerdo de precios y salarios 

Los datos de la recuperación económica

El gabinete económico también compartió datos vinculados con la recuperación de la actividad. En el mes de noviembre, la industria mostró un crecimiento del 4.5% con un uso de la capacidad instalada del 62%, el valor más elevado de los últimos dos años.

Según detallaron desde el gobierno, la recuperación también se observa en el sector de la construcción, producto de un aumento de la inversión privada y de un incremento en la obra pública del 150%. En transporte fue de +137%), vivienda (+623%) y agua y alcantarillado (+163%).

“Los números de la recaudación nos están dando por encima de la inflación y eso está bien, porque la recaudación está directamente relacionada con lo que nosotros podemos hacer por el lado del gasto, siempre dentro de las pautas que hemos establecido en el Presupuesto 2021”, analizó la vicejefa de Gabinete.

Fuente: perfil.com

Líneas de Crédito BNA para la Inversión y Capital de Trabajo de MiPyMEs

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El Banco de la Nación Argentina (BNA) dispuso, para acompañar la reactivación económica de MiPymes, dos líneas de crédito: BNA 750 – Línea de Inversión y BNA 750 – Capital de trabajo.  En Lisicki Litvin & Asociados, el Dr. Sergio Sucasas, Director, y su equipo del Departamento especializado en Consultoría de Lisicki Litvin & Asociados, pueden evacuar sus dudas y brindar asesoramiento para su tramitación. ¡Enterate más!
Línea BNA 750 – Línea de Inversión
• Beneficiarios: MiPymes
• Destinos: Financiación de proyectos de inversión que incluyan la adquisición de bienes de capital nuevos y/o a la construcción de instalaciones necesarias para la producción de bienes y/o servicios y la comercialización de bienes y servicios.
• Monto Máximo: Surgirá de la evaluación de cada caso.
• Plazo: Mínimo 48 meses. Máximo 60 meses.
• Gracia de Capital: 6 meses exclusivamente para capital.
• Interés: Tasa Fija 24% TNA.
• Amortización: Sistema Alemán con periodicidad Mensual, Trimestral o Semestral de acuerdo al flujo de fondos del proyecto.Línea BNA 750 – Capital de trabajo
• Beneficiarios: MiPymes
• Destinos: Capital de trabajo y gastos de evolución
• Monto Máximo: Surgirá de la evaluación de cada caso.
• Plazo: Operaciones garantizadas por SGR o Fondos de Garantía: hasta 36 meses. El resto 18 meses.
• Gracia de Capital: No Aplica.
• Interés: Tasa Fija 28% TNA. Bonificada en 2ppa. para el caso de puestos de conducción ejercido por mujeres.
• Amortización: Sistema Alemán con periodicidad Mensual, Trimestral o Semestral de acuerdo al flujo de fondos del proyecto.
Se encuentran excluidos de las líneas:
• Actividades Agrícolas, que mantenga un acopio de trigo y/o soja de su producción, por un valor superior al 5% de su capacidad de cosecha anual.
• Para la línea de capital de trabajo, quedarán excluidas aquellas que con posterioridad al 19.03.2020 hayan importado bienes de consumo finales, excepto que se trate de productos y/o insumos médicos.

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Fuerte aumento en la liquidación de divisas del agro en enero: ingresaron más de 2.140 millones de dólares

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Los exportaciones de granos y subproductos representó el segundo mejor mes desde 2003.

En enero se concentró el envío al exterior de productos agroindustriales que se había demorado por los distintos conflictos gremiales ocurridos durante diciembre.

La Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina (CIARA) y el Centro de Exportadores de Cereales (CEC), entidades que representan el 40% de las exportaciones argentinas, anunciaron  que durante el último mes de enero las empresas del sector liquidaron la suma de 2.140 millones de dólares.

Ese monto resulta superior en 26,58 % con respecto a diciembre anterior, cuando fue de 1.690 millones de dólares, y un 32,63 % en relación con el primer mes del año pasado, cuando alcanzó los 1.613 millones de dólares.

El monto liquidado el mes pasado es el más elevado de todos los eneros de los últimos 18 años, desde 2003, excepto 2016.

“Ese resultado se debió a que en enero se concentró el envío al exterior de productos agroindustriales que se había demorado por los distintos conflictos gremiales ocurridos durante diciembre y parte de enero, que impidieron el funcionamiento del comercio exterior”, explicaron desde Ciara-CEC, y agregaron que también impactó el incremento de los precios internacionales por alteraciones de la oferta y demanda mundial de commodities por el COVID-19 y la sequía que afectó a Brasil y la Argentina, entre otros factores.

“La liquidación de divisas está fundamentalmente relacionada con la compra de granos que luego serán exportados ya sea en su mismo estado o como productos procesados, luego de una transformación industrial. La mayor parte del ingreso de divisas en este sector se produce con bastante antelación a la exportación, anticipación que ronda los 30 días en el caso de la exportación de granos y alcanza hasta los 90 días en el caso de la exportación de aceites y harinas proteicas”, aclaran desde el sector.

Fuente: ieco.clarin.com

IMPOSITIVAS – Ola de quejas por fallas en la web de AFIP: Justicia reabrió Moratoria para contribuyentes afectados

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Los constantes fallos de la web de la AFIP toman dimensiones de grandes proporciones. Ahora intervinieron los jueces en favor de los afectados.

El clamor de los contadores empezó en Twitter, siguió por pedidos de sus entidades gremiales de reuniones cara a cara con la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, y ahora escaló una nueva cima con dos fallos de la Justicia contra el organismo recaudador a raíz del mal funcionamiento de su web.

El Congreso estableció una Moratoria que permitió una quita de intereses, condonación de sanciones y una amnistía en las causas penales tributarias.

A través de tres decretos de necesidad y urgencia se extendió el plazo de vencimiento hasta el día 15 de diciembre de 2020.

A partir del día 1 de diciembre de 2020 el sistema creado por la AFIP presentó fallas en el sistema, y desgraciadamente, esos problemas persisten y son un inconveniente para los contribuyentes y para el propio fisco nacional, enfatizó el abogado Marcos Gutman.

Las dificultades en los sistemas fueron agravando al punto que entre los días 11 y 15 de diciembre de 2020 el sistema impedía la carga de los planes de facilidades de pago de la Moratoria en forma parcial o total, recordó Gutman.

Todos los grupos de profesionales de ciencias económicas hicieron presentaciones ante el organismo para que se prorroguen los plazos y se corrija, lo que finalmente no sucedió, añadió Gutman.

Sin embargo, ahora, dos sentencias de diversos tribunales ordenaron a la AFIP que los beneficios que deben tener los contribuyentes sean reestablecidos.

Los fallos “Alertas Seguridad Privada S.R.L.” y “Losz, Sergio” son sentencias que ponen límites a la AFIP, puntualizó Gutman.

En ambos casos lo que se discute si la AFIP tiene potestades para considerar, sin fundamentos fácticos, el decaimiento a un régimen de facilidades de pago, precisó el abogado.

El correcto acogimiento y cumplimiento no es una cuestión meramente formal, sino que tienen consecuencias que afectan el derecho de propiedad y el derecho a la libertad, advirtió Gutman.

Los jueces obligan a la AFIP a tener en cuenta los derechos de los contribuyentes

La AFIP siempre puede reabrir un plan de pago

En el caso “Alertas Seguridad Privada S.R.L.” fue dictado en marzo de 2019 por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V.

En esa causa, la cuestión central tuvo que ver con las fallas ocasionadas en el sistema de la AFIP para el ingreso de los contribuyentes al régimen de facilidades de pago establecido por la anterior moratoria, expresó Gutman.

Ese perdón fiscal contenía dos capítulos. El primero referido a la exteriorización de activos (blanqueo), y el segundo, un régimen de facilidades de pago con condonación de sanciones e intereses.

La mecánica para su adhesión obligaba a un paso previo a que el fisco acepte el plan que consistía en el envío de un código de seguridad por un mensaje de texto al celular del contribuyente. Una vez obtenido el sistema permitía terminar su carga, recordó Gutman.

En muchas ocasiones, sobre todo en los días finales, el sistema falló. En el caso concreto, el contribuyente presentó tres multinotas explicando detalladamente su situación y el fisco no las tuvo en cuenta, explicó Gutman.

El contribuyente luego presentó un recurso de amparo, el juez corrió el traslado a la AFIP, y tampoco así tuvo respuestas para esta situación.

En primera instancia, la sentencia del juez resultó favorable a las pretensiones del contribuyente.

El magistrado ordenó tenerlo por acogido a la Moratoria y adecuar el sistema para ello.

La AFIP apeló el fallo de la Cámara y este tribunal confirmó la sentencia.

Los letrados del fisco nacional no interpusieron el recurso extraordinario a la Corte Suprema de Justicia, dejando firme la sentencia de segunda instancia, manifestó Gutman.

Con este precedente se termina un “mito”, subrayó Gutman.

Esto es así dado que ahora si se produce el vencimiento para de un plan de pagos y el contribuyente no pudo acogerse por cuestiones inherentes al sistema de la AFIP, el organismo debe subsanar ese problema, afirmó Gutman.

Conforme las pautas jurisprudenciales no existen los “sistemas cerrados”. Siempre existe la posibilidad de incluir al contribuyente que haya tenido estas dificultades, explicó el abogado.

En juicio penal tributario, los fallos de la AFIP podrían haber mandado preso a un contribuyente

La Moratoria en un proceso penal

En el caso de “Losz, Sergio” del Tribunal Oral en lo Penal Económico 3 dictaminó el 21 de octubre de 2020 mientras el contribuyente se encuentra en un proceso penal tributario.

El acogimiento al plan de pagos permitió la suspensión del proceso penal. Sin embargo y sin notificarlo la AFIP dio por decaído el plan de pagos. La consecuencia era el reinicio de la acción penal, explicó Gutman.

El imputado demostró que se trató de un error de la AFIP, ya que tenía el dinero en la cuenta y el banco no lo debitó.

El contribuyente presentó los comprobantes, los datos de las cuentas, y se ofició a todos los organismos intervinientes.

Finalmente, el Tribunal hizo una audiencia con el jefe de recaudación de la agencia de la AFIP. Ninguno pudo explicar las razones del decaimiento, indicó Gutman.

Por ello, el Tribunal Oral ordenó que se lo reintegre nuevamente al plan, concluyó.

La AFIP no puede actuar en forma arbitraria

Estos dos precedentes señalan que la AFIP no puede actuar en forma arbitraria con los planes de facilidades de pago, subrayó Gutman.

Si las razones son imputables a problemas del sistema es la AFIP, ésta debe cargar con las consecuencias y arbitrar los medios para solucionar el problema, advirtió el abogado.

La acción del contribuyente resulta fundamental: debe presentar multinotas en forma digital, en forma presencial o enviándolas a la agencia a través de cartas certificada con aviso de retorno.

Y si ese reclamo no es atendido en un tiempo razonable (uno o dos meses) debe iniciar una acción para que sus derechos no se vean vulnerados. Y recurrir al tribunal competente para hacerlos valer, aconsejó Gutman.

La AFIP debe tener una posición más activa en esta materia, aseveró Gutman.

Primero, la AFIP debe considerar al sujeto pasivo de la obligación tributaria como un sujeto con derechos.

Y segundo, debe resguardar no sólo el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino que ellas sean pagadas conforme el principio de legalidad tributaria (ni un centavo más ni un centavo menos que lo establece la ley), dijo Gutman.

Esos principios son el inicio de una mejor gestión de la administración tributaria. Y el éxito de su gestión es un beneficio para toda la sociedad, concluyó Gutman.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Para recuperar los puestos de trabajo perdidos en 2020 la economía necesitaría crecer al 3% durante 5 años

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Según un informe de Abeceb, en el país la cantidad de horas trabajadas se redujo el doble que en el resto del mundo. Cuáles son los sectores más críticos y los más estables.

Un trabajador promedio de la industria trabajó un 20% menos de horas que un año atrás.

La economía argentina necesitaría atravesar cinco años con un ritmo de crecimiento económico por encima del 3% anual para lograr recuperar los puestos de trabajo perdidos durante la pandemia, según una estimación realizada por la consultora Abeceb.

El estudio afirma que durante 2020 alrededor de 1,2 millones de trabajadores quedaron desocupados “con una baja tres veces más acelerada entre los informales y cuentapropistas que entre los formales”. “Las decisiones administrativas vinculadas al aislamiento y los protocolos redujeron las horas trabajadas en más del doble del ritmo que en el resto del mundo, con una baja del 20% al tercer trimestre (vs 10,2% a nivel mundial mundo, según la OIT)”, apuntó el informe.

A modo de ejemplo, citó la consultora al tercer trimestre (último dato disponible) un trabajador promedio de la construcción trabajó un 40% menos horas que un año atrás y un 20% para un trabajador de la industria o del comercio.

Como consecuencia de la pandemia, remarcó Abeceb, los puestos de trabajo alcanzaron mínimos en 9 de 16 sectores productivos. “Las excepciones fueron la administración pública y el sector agropecuarios que tocaron máximos. Además, el valor agregado por trabajador retrocedió al mínimo en 11 de los 16 sectores productivos”, sostuvo.

“Para retornar a igual número de ocupados que en 2019 se requerirán cinco años de crecimiento por encima del 3%, un escenario positivo teniendo en cuenta los profundos desequilibrios macroeconómicos actuales”, advierte el documento. En ese sentido, Abeceb afirmó que “para que el 43% de la población (tasa de ocupación de 2019) vuelva a trabajar, se requerirán dos años más, al incorporar al análisis el crecimiento poblacional”, explicó.

Si avanza la normalización en las horas trabajadas, la economía podría crecer entre un 3,6% y un 5,3% en el año sin generar ningún puesto de trabajo. (Foto: EFE /Juan Ignacio Roncoroni)

La consultora fundada por el ex ministro de Producción Dante Sica difundió un informe sobre coyuntura laboral, en el cual alerta que “el riesgo es que 2021 se convierta en un año de rebote sin empleo”. No obstante, considera que “si avanza la normalización en las horas trabajadas, la economía podría crecer entre un 3,6% y un 5,3% en el año sin generar ningún puesto de trabajo. Asumiendo un crecimiento del 5,9% en promedio se generarán menos de 500.000 nuevos puestos”.

Sostiene que el sector de la construcción “podría explicar la mitad de la creación de empleo” y que en la industria las expectativas “son ligeramente positivas, aunque aparecen alertas en textiles y confecciones, productos del metal y aparatos eléctricos”. “La recuperación podría no ser suficiente para revertir el signo en el sector extractivo, los servicios personales y comunales y hoteles y restaurantes, que concentran un quinto del empleo. Las perspectivas son estables para el comercio”, explica el informe de Abeceb.

“Para que el 43% de la población (tasa de ocupación de 2019) vuelva a trabajar, se requerirán dos años más, al incorporar al análisis el crecimiento poblacional”, agrega. Pronostica que “las formas más flexibles de trabajo, a tiempo parcial, con contratos por tiempo determinado o tercerizados, continuarán tomando relevancia en el mundo del trabajo, sin que nuestro país cuente con un marco moderno que encauce este tipo de relaciones laborales”, agregó.

“Las nuevas formas de trabajo como el remoto, el e-commerce y la automatización de tareas implican que las brechas laborales continuarán acrecentándose a favor de los calificados frente a los no calificados y el empleo formal de calidad probablemente sea el último en reaccionar”, destacó el informe.

Por último, Abeceb identificó cuatro sectores diferenciados. Entre los mercados laborales críticos “se encuentran hoteles y restaurantes, servicios sociales, personales y comunitarios y el servicio doméstico, donde la caída en el empleo y las horas trabajadas ha sido la más fuerte”. Por el contrario, los rubros estables fueron aquellos declarados esenciales o dependientes del sector público.

De acuerdo a cifras oficiales, el desempleo aumentó en el tercer trimestre hasta 11,7% y se mantiene en los niveles más altos de los últimos quince años. (Foto: Roberto Almeida Aveledo)

En el medio hay otro universo de rubros distintos. “En las dos categorías intermedias, distinguimos primeros a aquellos sectores que tuvieron una caída muy fuerte en la actividad económica y en el empleo pero donde el ajuste en las horas trabajadas absorbió la mayor parte de la baja, en términos relativos. Aquí encontramos a la construcción, el transporte y la logística y la explotación de minas y canteras”, aseguró el informe.

“Otros sectores mostraron un ajuste de los puestos más en línea con la caída de la actividad económica además de una caída en las horas trabajadas. En este grupo se ubica el comercio, las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler y la industria manufacturera. En estos casos, sostener la recuperación hacia 2021 será la clave para generar más empleo”, concluyó Abeceb.

De acuerdo a cifras oficiales, el desempleo aumentó en el tercer trimestre hasta 11,7% y se mantiene en los niveles más altos de los últimos quince años. Según informó en diciembre el Indec, la tasa de desocupación se incrementó dos puntos porcentuales en relación con el mismo trimestre de 2019, cuando había sido de 9,7% de la fuerza laboral.

En el marco de una normativa que prohibió los despidos sin causa a trabajadores en relación de dependencia y que estableció doble indemnización para cesantías, la válvula de escape por la cual se notó el deterioro del mercado laboral durante la pandemia fue entre los sectores más vulnerables.

En ese aspecto, de acuerdo a los últimos datos disponibles del Indec a nivel nacional, aún hay 2 millones de puestos de trabajo menos que en la prepandemia. Hasta junio se habían perdido unos 3,5 millones de empleos, entre trabajadores formales e informales. Y durante el tercer trimestre se recuperaron poco más de 100.000 empleos registrados y otros 1,7 millones de trabajadores de la economía informal, entre cuentapropistas, changarines y asalariados.

Fuente: ieconomico.com