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IMPOSITIVAS – Prorrogaron por otros 90 días los beneficios impositivos para empresas de salud

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Continuará la reducción del 95% de las contribuciones patronales, así como también seguirá el descuento en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos de las empresas de salud privadas.

El decreto dice que “resulta imperioso apoyar a los prestadores de servicios de salud”.
Pixabay

El Gobierno prorrogó por 90 días más la reducción de las contribuciones patronales a las empresas prestadoras de servicios médicos en el marco de la pandemia de coronavirus. Así lo dispuso mediante el decreto 34/2021, publicado este sábado en el Boletín Oficial.

Con la extensión de la disposición continuará la reducción del 95 por ciento de las contribuciones patronales, así como también seguirá el descuento en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos de las empresas de salud privadas.

El Gobierno argumentó que “el sistema de salud, en el contexto de emergencia sanitaria, ha debido afrontar un esfuerzo diferencial y que mediante el compromiso asumido por los establecimientos e instituciones relacionados con la salud se ha logrado garantizar el acceso a la salud de toda la ciudadanía”.

De ese modo, evaluó que “resulta imperioso apoyar a los prestadores de servicios de salud con el fin de compensar los costos extraordinarios relacionados con el manejo y contención de la pandemia que se extenderán durante todo el año en curso”.

“Se torna necesario establecer hasta el 31 de marzo de 2021 un tratamiento diferencial para los empleadores y las empleadoras correspondientes a determinadas actividades relacionadas con la salud, en lo que respecta a las contribuciones patronales con destino al SIPA”, manifestó.

“Exímese, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive, del pago de las contribuciones patronales previstas en el artículo 19 de la Ley N° 27.541 y su modificatoria que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) creado mediante la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, a los empleadores y las empleadoras pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud”, indicó el artículo 1°.

Aclaró que “la eximición establecida en el artículo 1° del presente decreto será compensada con recursos del Tesoro Nacional con el fin de no afectar el financiamiento de la seguridad social ni el cálculo correspondiente a la movilidad previsional establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias”.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Los alcances de la ley impositiva anual 2021 en Santa Fe

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La norma fue sancionada el 30 de diciembre del año pasado y quedó promulgada de manera tácita. Hace hincapié en los sectores de la producción y en la situación de los contribuyentes cuyas actividades fueron afectadas por la pandemia.

La ley impositiva 14.025 sancionada el 30 de diciembre de 2020 ha quedado promulgada de manera tácita, fijándose así fijada la política tributaria para el presente año. La decisión fue adoptada –a pesar de las polémicas modificaciones realizadas en el ámbito del Poder Legislativo- con el objetivo de evitar que los beneficios propuestos por el Poder Ejecutivo provincial para favorecer los sectores productivos y las familias santafesinas se vean dilatados en su implementación.

El proyecto remitido a la Legislatura se desarrolló haciendo especial hincapié en los sectores de la producción y en la situación de los contribuyentes que han visto afectadas sus actividades con motivo de la pandemia del Covid 19.

Entre las medidas propuestas se pueden destacar la estabilidad fiscal para las pymes santafesinas, manteniendo así la carga tributaria para las empresas durante el presente año. Ningún sector productivo (comercio, agro e industria) verá incrementada su carga tributaria en este año.

En relación al impuesto inmobiliario, tanto urbano como rural, se genera una modificación sustancial al suspender la utilización de los coeficientes de convergencia. Estos, creados en 2018, suponían una sobretasa por encima de la inflación anual, un incremento real del impuesto, que además se tomaba como base imponible del año siguiente, generando una evolución exponencial de la carga.

Dicha decisión, representa un esfuerzo fiscal muy importante de la provincia. No sólo por la suspensión de los mencionados coeficientes, sino además que se efectúa una actualización mínima del tributo que en promedio es del 22% en el urbano y del 24% en el rural, valores significativamente inferiores a la inflación del año 2020.

Se mantiene el beneficio para los pequeños productores agropecuarios (hasta 50 hectáreas) de incremento de 0% del impuesto inmobiliario rural para el año 2021; y, en línea con el objetivo de defender al ciudadano fiscalmente responsable, se establece un beneficio para contribuyentes cumplidores del inmobiliario urbano y rural eximiendo la cuota 6 de 2021 en la medida que hayan abonado en término el impuesto en los períodos 2019 y 2020.

Respecto a la economía del conocimiento, se dispone la adhesión a la ley nacional que promociona dicha industria generando para las empresas promovidas estabilidad fiscal y una exención por 10 años del impuesto a los ingresos brutos, sellos e inmobiliario.

También se le da un especial tratamiento a los sectores afectados por la pandemia. Se establecen exenciones de las cuotas del Régimen Simplificado y de los saldos de declaraciones juradas de ingresos brutos y del impuesto a los sellos por el periodo septiembre 2020 a marzo de 2021. En el caso de impuesto inmobiliario se eximen las cuotas 2 a 6 de 2020 y 1 y 2 de 2021.

Los beneficios alcanzan a todos las categorías del régimen simplificado y a los contribuyentes del régimen general con las siguientes actividades: bares, restaurantes y similares; servicios de alojamiento, hotelería, residenciales, campings y similares; servicios de agencias de viaje y turismo y similares; servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo, de excursiones y similares; servicios profesionales y personales vinculados al turismo; servicios de explotación de playas y parques recreativos; venta al por menor de artículos o artesanías regionales; servicios vinculados a la organización de ferias, congresos, convenciones o exposiciones y similares; servicios para eventos infantiles; organización de eventos; servicios de soporte y alquiler de equipos, enseres y sonido para eventos; alquiler temporario de locales para eventos; servicios de peloteros; alquiler de canchas para práctica de deportes; jardines maternales; servicios de salones de baile y discotecas.

Se implementa un régimen de regularización tributaria para deudas devengadas hasta el 31/10/2020, en condiciones más favorables a las anteriores en el plazo de financiación, intereses y condonación de multas.

Para el caso de deudas exclusivamente generadas durante la pandemia y hasta el 31/10/2020, los planes no incluirán intereses resarcitorios ni de financiación y el plazo podrá ser hasta 48 cuotas.

La ley incorpora descuentos especiales para el pago de contado anticipado, que alcanzan al 20%, o descuento por adhesión al débito automático, del 10%, en los impuestos inmobiliario urbano y rural e impuesto único sobre vehículos.

La economía digital

Por otro lado, en el ámbito del Poder Legislativo no se acompañó la propuesta para clarificar la gravabilidad en la economía digital, excluyéndose los artículos 8, 9 y 10 del proyecto originario.

Si bien los hechos imponibles que se encuentran hoy vigentes en nuestro Código Fiscal ya prevén esas actividades, de manera tal que se encuentran gravados tanto la comercialización de bienes y/o prestación de servicios digitales y/o la intermediación en la prestación de servicios, como así también las actividades de juego que se desarrollen y/o exploten a través de cualquier medio tecnológico; el progresivo avance de los negocios digitales que se viene desarrollando desde hace varios años, y particularmente como consecuencia de las medidas adoptadas para neutralizar los efectos del Covid-19, hacían conveniente efectuar una serie de precisiones para favorecer la interpretación por parte de los contribuyentes, especialmente en lo referido a la presencia digital en el territorio santafecino y la diferenciación de alícuotas.

La propuesta del Poder Ejecutivo apuntó, en ese aspecto, a describir qué se entiende por presencia digital significativa, ya que este es el criterio técnicamente aceptado para determinar la territorialidad cuando intervienen plataformas digitales, y por otra parte a establecer distintos tipos de alícuotas para las diferentes actividades; aclarándose que, en ningún caso el tributo debía ser afrontado por el consumidor del servicio.

Así, se propuso en el art. 10 del proyecto original fijar alícuotas especiales del 3% para la comercialización de bienes y/o prestación de servicios digitales; del 3,50% para la comercialización de servicios de suscripción online para el acceso a oda clase de entretenimientos audiovisuales que se transmitan desde Internet; del 4,75% para la comercialización de servicios digitales de formatos publicitarios; del 5,50% para la intermediación en la prestación de servicios a través de plataformas tecnológicas y del 12% para las actividades de juego.

Al haberse desestimado la propuesta del Poder Ejecutivo, todo ese esquema particular de alícuotas – que en su mayoría eran inferiores a las que fija el Código Fiscal y las leyes impositivas vigentes – fue dejada de lado, rigiendo hoy en consecuencia las alícuotas generales del 4,5% y 5% para todas las actividades vinculadas a la economía digital a excepción del caso del juego que se encuentra gravado al 6,5% en el caso de la explotación de casinos, sala de juegos y similares y al 10,5% la explotación de bingos y máquinas de azar automáticas.

Por último, en el trámite legislativo se establecieron una serie de exenciones de carácter netamente subjetivas y sin ninguna fundamentación que las convalide; las cuales repercutirán directamente en la recaudación de los tributos provinciales y, en consecuencia, también en la de los municipios y comunas los cuales verán disminuidos sus ingresos de los fondos coparticipables.

Fuente: lacapital.com.ar

ECONOMÍA – Bajo el lema de “reconstruir la confianza” y “reiniciar” la economía global, hoy empezó un desfile virtual de líderes mundiales en el Foro de Davos

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Una encuesta muestra la caída mundial de la credibilidad en los gobiernos, las empresas, las ONG y los medios, con datos destacados para la Argentina. Este lunes abrió el presidente chino, Xi Jinping. Alberto Fernández expone el jueves. El curioso caso de los rusos y la vacuna.

Aunque este domingo se conoció el “Reporte Global de Riesgo 2021” del Foro Económico Mundial, que habitualmente tiene lugar en Davos, Suiza, este año la tenida se celebrará en modo virtual, en línea con los hábitos que impuso la pandemia de coronavirus, sobre la cual girará gran parte de los debates.

El primer plato fuerte será este lunes, con el “discurso especial” de Xi Jinping, el presidente de China, una de las apenas 28 de las cerca de 200 naciones del mundo –y la de mayor peso- que en 2020 aumentó su PBI tras sobreponerse a los efectos económicos del virus, originado precisamente en ese país.

El formato dificultará que el líder chino responda a las inquietudes de los más de mil ejecutivos y líderes globales, pero el retorno del crecimiento es uno de los temas centrales del Foro, que lanzará la “Iniciativa del Gran Reinicio” (Great Reset Initiative) para volver a poner en marcha la economía mundial.

Es que, según Klaus Schwab, fundador y factótum del Foro, “la pandemia representa una oportunidad, inusual y reducida, para reflexionar, reimaginar y reiniciar nuestro mundo y forjar un futuro más sano, más equitativo y más próspero”. El optimismo de los organizadores sobre la eficacia de las vacunas hace que mantengan en agenda una próxima reunión presencial en la primavera boreal, el próximo mayo, en Singapur.

Xi Jinping hablará luego de un panel sobre “un nuevo contrato social”, del que participará el presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, y antes de otro en el que Schwab y la economista italiana Mariana Mazzucato, entusiasta del rol del Estado en las áreas de investigación científica y desarrollo tecnológico, discutirán el stakeholder capitalism, algo así como “capitalismo de los involucrados”, concepto política y socialmente más ambicioso que el shareholder capitalism o “capitalismo de los accionistas” y que suele inquietar a estos últimos.

 Klaus Schwab, fundador y principal ejecutivo del Foro, en una ediciòn anterior EFE/Andre Pain/Archivo

La restauración del crecimiento en una economía global abrumada por la pandemia será también el eje del intercambio entre Christine Lagarde, actual directora del Banco Central Europeo y ex del FMI, desde donde impulsó el megacrédito que en 2018 recibió la Argentina, con David Solomon, presidente y director ejecutivo de Goldman Sachs, una de las grandes casas de Wall Street. Cerrará la jornada con otro “discurso especial” el secretario general de Naciones Unidas, el portugués António Guterrez.

Complementando el lanzamiento de la iniciativa del “reinicio”, el lema central del Foro será la “reconstrucción de la confianza”, vapuleada en 2020. “La pandemia del coronavirus COVID-19 ha devastado vidas y medios de subsistencia en todo el mundo, dejando al descubierto las desigualdades estructurales, y poniendo de manifiesto la urgencia de reconstruir de forma más justa los sistemas sociales y económicos del mundo tras la crisis”, dice un prospecto del Foro, y agrega que “con las primeras dosis de vacunas administradas” se empieza a ver “la luz al final de este oscuro túnel”, a cuya salida habrá que restaurar la confianza.

La pandemia del coronavirus COVID-19 ha devastado vidas y medios de subsistencia en todo el mundo, dejando al descubierto las desigualdades estructurales, y poniendo de manifiesto la urgencia de reconstruir de forma más justa los sistemas sociales y económicos (Klaus Schwab)

“El restablecimiento de la confianza y el aumento de la cooperación mundial son cruciales para fomentar soluciones innovadoras y audaces para frenar la pandemia e impulsar una sólida recuperación. Esta reunión única será una oportunidad para que los líderes esbocen su visión y aborden las cuestiones más importantes de nuestro tiempo, como la necesidad de acelerar la creación de empleo y proteger el medio ambiente”, dijo Schwab.

La francesa Christine Lagarde, ex directora del FMI y actual presidenta del Banco Central Europeo, y la canciller alemana Angela Merkel, pre-Covid. Ambas participaràn virtualmente del Foro REUTERS/Hannibal Hanschke//File Photo

Sucede que otro informe reciente, el “Barómetro Edelman de la Confianza” (una firma conocida por sus estudios de confianza en las marcas), previo al inicio del Foro pero posterior a la última elección presidencial en EEUU, detectó un fuerte deterioro de la confianza de la población de 27 países del mundo, incluida la Argentina: en su dirigencia política, en las instituciones civiles y en los medios de comunicación.

Según la encuesta, a nivel global las empresas son los entes más confiables, con una confianza promedio del 61% (contra 57% de confianza en las ONGs, 53% en los gobiernos y 51% en los medios), por ser los que menos confianza perdieron entre mayo de 2020 y enero de 2021: 3% de caída, contra 8% de pérdida de los gobiernos y 6% los medios y las ONGs.

No obstante, la encuesta detectó que la confianza de la gente en las empresas en las que trabajan aumentó en 18 de los 27 países abarcados, incluyendo la Argentina, en donde aumentó 4 puntos, al 77%, dejando al país en la duodécima posición. Según el “barómetro”, la confianza de los empleados en sus empleadores es altísima en países de bajos ingresos como Indonesia (92%), India (89%) y México (86% y baja en países de altos ingresos como Corea del Sur (60%) y Japón (58%).

Altas y bajas de la confianza

La confianza en los gobiernos es alta en países como India, China e Indonesia, aunque en el último año declinó fuertemente en China, de 82 a 72% de la población. En ese ranking, la Argentina se ubica bien abajo, en el puesto 22 de 27, con una confianza en el gobierno de 47 por ciento. La Argentina se sitúa a la vez entre los países en que un más alto porcentaje de la población (65%) concuerda con la afirmación de que la pandemia está profundizando la desigualdad. Además, 75% de la población está “fuertemente de acuerdo” con que “los medios no cumplen el requisito de ser objetivos y no partidarios”; contra una media del 61% para los 27 países alcanzados por la impuesta.

Curiosamente, además, Rusia es el país en el que la población tiene menos confianza en la vacunación: sólo 40% de los rusos encuestados están dispuestos a aplicársela durante los próximos 12 meses, contra 70% que está dispuesta a aplicársela en la Argentina y una media mundial del 64 por ciento.

El discurso de cierre, sobre “la renovación de los fundamentos morales del mundo” estará a cargo del filósofo político<b> Michael Sandel,</b> profesor de Harvard y autor del libro “La tiranía del mérito”

“La confianza pública se está erosionando en parte debido a la percepción de una mala gestión de la pandemia de coronavirus”, dice uno de los folletos de difusión de Davos. Al respecto, como ya consignó Infobae, el “Reporte Global de Riesgo 2021” que difundió el Foro este domingo, incluye dos gráficos que muestran los malos resultados sanitarios y económicos de la gestión de la pandemia en el primer año del gobierno de Alberto Fernández.

El filósofo Michael J. Sandel en el Paraninfo de la Facultad de Filosofía de la Universidad Complutense de Madrid. Fotografía: Aída Cordero (DEIC)

Temáticamente, la agenda del Foro continúa el martes 26 con la transformación y el crecimiento en la industria, el miércoles con la gestión del patrimonio mundial, el jueves con el desafío y aprovechamiento de las tecnologías de la revolución tecnológica y el viernes con las cuestiones de la cooperación global y regional, salpimentadas con sesiones sobre la “emisión neta cero”, la “brecha digital” y la redefinición de la “justicia social”. De hecho, la última exposición del Foro 2021, sobre “la renovación de los fundamentos morales del mundo” estará a cargo del filósofo político Michael Sandel, profesor de la Universidad de Harvard y autor de un libro cuyo título complacerá y seguramente interesará al presidente argentino: “La tiranía del mérito”.

Poderosos e influyentes

La lista de expositores es por cierto impresionante: además de Xi Jinping se cuentan la canciller alemana, Ángela Merkel, los presidentes de Corea del Sur, Moon Jae-in; de Francia, Emmanuel Macron; de Sudáfrica, Cyril Ramaphosa y de Ruanda, Paul Kagame (amén del ya mencionado Sánchez); los primeros ministros de la India, Narendra Modi; de Japón, Yoshihide Suga; de Italia, Giuseppe Conte; de Israel, Benjamin Netanyahu; de Singapur, Lee Hsien Loong; y de Grecia, Kyriakos Mitsotakis, además del rey de Jordania, Abdullah, II bin Al Hussein. De América Latina participará, además de Alberto Fernández, su par de Colombia, Iván Duque, y por organismos multilaterales lo harán la directora del FMI, Kristalina Georgieva, la presidente de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, el secretario general de la ONU, António Guterrez, Tedros Adhanom Ghebreyesus, Director General de la Organización Mundial de la Salud; y Christine Lagarde, presidente del Banco Central Europeo, el presidente del BID, Mauricio Claver Carone, y David Beasley, director del Programa Mundial de Alimentos, que ganó el premio Nobel de la Paz 2020, pero con el que el gobierno argentino -en una reciente declaración de 80 países que en el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC) , firmada por 80 países- rehusó comprometerse a venderle alimentos libres de restricciones comerciales.

El reciente cambio de timón en Washington redujo la participación oficial de EEUU, pero será de la partida Anthony Fauci, director del Instituto Nacional de Alergias y Enfermedades Infecciosas, uno de los inmunólogos más prestigiosos del mundo, y el exvicepresidente y candidato presidencial demócrata Al Gore, en misión ambiental. Participarán más de mil ejecutivos de empresas globales, dirigentes de ONG y figuras de la prensa mundial como Gideon Rachman y Gillian Tett (columnistas de Financial Times), y John Micklethwait, ex editor en jefe de The Economist y actual de la agencia Bloomberg.

Fuente: infobae.com

NACIONALES – Botón de arrepentimiento: obligaron también a los bancos a tener uno en su homebanking

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El Banco Central implementó nuevas normas de protección de los usuarios de servicios financieros y creó el botón de arrepentimiento para el homebanking

Una medida del Banco Central que pasó desapercibida creó el “botón de arrepentimiento para las relaciones de los usuarios con los bancos.

Mediante la Comunicación “A” 7199, el BCRA modificó el pasado 6 de enero las normas de Protección de los Usuarios de Servicios Financieros, introduciendo el denominado “botón de arrepentimiento” para el sector, indicaron Mariano Rovelli o Eugenia Pracchia, del estudio Tavarone, Rovelli, Salim & Miani.

Los 10 puntos principales de esas modificaciones son los siguientes, indicaron Rovelli y Pracchia:

1. Los usuarios de servicios financieros deberán tener a disposición los términos y condiciones de los productos y servicios ofrecidos.

Esto es parte del derecho a recibir información clara, suficiente, veraz y de fácil acceso y visibilidad acerca de los productos y/o servicios ofrecidos,

Deberá cumplirse este requisito sin perjuicio de entregar las copias de los instrumentos que suscriban.

2. Los sujetos obligados deberán entregar a los usuarios un resumen del contrato antes de su formalización, enfatizando las cláusulas más significativas para el usuario.

3. Habilitar, a través del home banking o a través de su sitio de internet, la consulta y descarga del contrato suscripto y de las ofertas o promociones especiales ofertadas o pactadas vigentes para el usuario.

Los bancos deberán precisar las condiciones de los contratos
Contrataciones por Internet

A la vez, cuando se trate de contrataciones de productos o servicios efectuadas por medios electrónicos, los sujetos obligados deberán cumplir los siguientes requisitos, precisaron Rovelli y Pracchia.

4. Otorgar al usuario los medios técnicos necesarios para que pueda detectar y subsanar eventuales errores u omisiones al momento de la carga de datos.

5. Proporcionarle al usuario un mecanismo de confirmación expresa de la contratación, de forma tal que su silencio no sea considerado como consentimiento.

6. Asegurar que los términos de la contratación puedan ser leídos, descargados y guardados por el usuario sin que puedan alterarse.

Notificaciones electrónicas

Por otro lado, establece lo siguiente, explicaron Rovelli y Pracchia;

7. Cualquier cambio en las condiciones pactadas deberá notificarse electrónicamente de manera clara y de fácil acceso para el usuario.

Esa notificación deberá detallar la fecha de emisión, en la medida de que la comunicación con los usuarios se realice a través de mecanismos electrónicos.

8. Los sitios web deberán tener publicados, bajo el nombre “Contratos de adhesión- Ley 24.240 de Defensa del Consumidor”, los modelos de contrato de adhesión de todos los productos y/o servicios ofrecidos.

Deberán discriminar modalidad, plan, producto y/o servicio.

También toda condición general y/o particular de adhesión mediante los que se instrumenten derechos y obligaciones vigentes con sus usuarios.

Y, asimismo, las promociones y bonificaciones.

Todos estos puntos deberán indicar con precisión las fechas de comienzo y finalización, así como sus modalidades, condiciones y limitaciones, precisaron Rovelli y Pracchia.

El homebanking deberá tener en el inicio un botón de arrepentimiento.

Botón de arrepentimiento

9. En el primer acceso de su home banking, deberán incorporar en un lugar destacado en cuanto a visibilidad y tamaño, hipervínculos o mecanismos similares identificados con la leyenda “botón de arrepentimiento” o “botón de baja”.

Estos le permiten al usuario revocar la aceptación, así como también rescindir relaciones contractuales, respectivamente, expresaron Rovelli y Pracchia.

Se deberá habilitar al usuario en el mismo acto la efectiva revocación o recisión del producto y/o servicio.

10. A su vez deberá informársele al usuario:

-El número de trámite o gestión.

-La gratuidad del proceso de revocación.

-Los eventuales costos asociados al procedimiento de rescisión de la relación contractual.

– Los pasos a seguir cuando la rescisión no pudiera perfeccionarse en ese acto.

Las disposiciones previstas entrarán en vigencia a los 60 días corridos contados desde su fecha de difusión, concluye la norma del BCRA.

Fuente: iprofesional.com

Prensa. Auditores en medio de la emergencia

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El impacto de la pandemia impulsó la demanda de asesoramiento para las big four y los grandes jugadores del segmento de consultoría. La franja de las `second tier´ exhibe algunas similitudes con la de las Big Four. `La pandemia generó una demanda vinculada con un desborde de normas de parte de los organismos estatales. Llámese ´moratoria´, ´ATP´, ´Bienes Personales´ y, ahora, ´Impuesto a las Grandes Fortunas´, coincide por ejemplo el Dr. César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados.

DESCARGAR NOTA

Fuente: llyasoc.com

ECONOMÍA – Argentina descarta programa de alivio por pandemia en 2021

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El país no necesitará una nueva versión del programa IFE que implementó el año pasado en medio de la pandemia, según un alto funcionario del Gobierno.

Argentina no necesitará una nueva versión del programa de alivio de pago de cheques de emergencia que implementó el año pasado en medio de la pandemia, según un alto funcionario del Gobierno, lo que eliminaría una amenaza que se cierne sobre la débil posición fiscal del país.

Este año, el Gobierno argentino está trabajando en un escenario base en el que no se restringirá la circulación nacional por la pandemia de coronavirus como fue en marzo pasado, al comienzo del confinamiento, dijo el funcionario, que pidió no ser identificado porque las conversaciones son privadas. Si bien, recientemente se establecieron algunas limitaciones al comercio, a medida que los casos se acercaron a los máximos de octubre, estas fueron más leves que el confinamiento total de 2020.

Evitar la limitación estricta de la circulación disminuirá la necesidad de implementar otra entrega del programa de subsidios para los sectores vulnerables, incluidos los desempleados y trabajadores independientes, conocido por sus siglas, IFE (Ingreso familiar de emergencia), dijo la persona. Un portavoz del Ministerio de Economía declinó hacer comentarios.

En su apogeo, antes de ser gradualmente desmantelado, el programa proporcionó a casi 9 millones de argentinos, o alrededor de 20% de la población del país, un pago mensual de 10 mil pesos (US$116) durante tres meses. Los pagos del IFE ayudan a entender por qué el Gobierno informó el miércoles un déficit fiscal primario, que excluye los pagos de intereses, de 6,5% del producto interno bruto en 2020, mucho mayor que la brecha de 0,4% en 2019.

El subsidio del IFE no está incluido en el presupuesto de 2021, pero algunos funcionarios del Gobierno han dicho que su reanudación dependería del progreso del virus. Argentina reportó un total de 1.831.681 casos de COVID-19 y más de 46 mil muertes. En los últimos días de diciembre, el país inició su campaña de vacunación, habiendo administrado hasta el momento más de 240 mil dosis de la vacuna Sputnik V.

Sin el programa de pago de cheques, el Gobierno espera reducir el déficit primario este año a 4,5% del PIB. Reducir un poco el déficit será una parte central del acuerdo pendiente entre Argentina y el Fondo Monetario Internacional. La nación sudamericana le debe al FMI alrededor de US$45.000 millones y se espera que el nuevo pacto en negociación describa un plan económico general del cual el Gobierno no ha dado detalle.

Fuente: perfil.com

IMPOSITIVAS – AFIP y la noticia que esperaban todos los contadores: qué dijo la Justicia sobre el secreto profesional

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Los contadores de Santa Cruz fueron los primeros en conseguir un amparo judicial contra la norma de la AFIP que obliga a informar planificaciones fiscales.

La Justicia le dio la razón a los contadores en una dura pelea que mantienen con la AFIP para preservar su derecho y el de los contribuyentes al secreto profesional.

La AFIP resolvió mediante una resolución, sin que mediara ni una ley ni un decreto, que todos los contribuyentes, sus contadores y cualquier otro asesor impositivo, deben informar los sistemas que organizan para pagar menos impuestos.

Esto se conoce como la RG 4848 sobre planificaciones fiscales y para los contadores y abogados afectados, atenta contra el secreto profesional que debe regir la relación con los clientes.

Por este motivo, con el impuso de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), varias de las entidades gremiales de los contadores a nivel provincial presentaron amparos ante la Justicia federal.

Ahora el juez federal de Río Gallegos, Javier Leal de Ibarra, aceptó la medida cautelar solicitada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Santa Cruz, y suspendió los efectos de la resolución sobre planificaciones fiscales sobre sus matriculados, informó la Facpce.

El juez Leal de Ibarra dijo que la vulneración del secreto profesional no se salva con un previsto por la AFIP en la resolución, que establece una simple notificación al contribuyente y posterior incorporación en el sistema del organismo.

Esta mera actividad que ya no es privada, sino que deberá ser incorporada al sitio web, importa por sí misma, una invasión en la información confidencial existente entre el asesor fiscal y su cliente, enfatizó el magistrado.

Por otra parte, explicó el abogado tributarista Daniel Malvestiti, el juez dijo que no puede afirmarse que el incumplimiento a la resolución de AFIP no derive en la aplicación de sanciones de diversa índole, ya que las se encuentran expresamente previstas en las normas.

Entre otras, multas de distinta graduación, además de otras sanciones accesorias, las que ya se encontrarían en plena vigencia de no admitirse el carácter suspensivo del recurso presentado, consideró el magistrado.


El juez tuvo en cuenta que la resolución puede derivar en sanciones

El pronunciamiento judicial
En su fallo, el juez Leal de Ibarra, expreso entre otros fundamentos, los siguientes:

1. La resolución implementa un sistema de información de “planificaciones fiscales” y fue dictada en uso de las atribuciones conferidas a la AFIP por las normas para la “Inscripción de agentes de información y obligaciones a su cargo”.

Pero la redacción de esas normas no es suficiente para evitar todo control jurisdiccional de legalidad de la nueva resolución de la AFIP.

2. No se trata de desconocer las legítimas atribuciones que la ley le confiere a la AFIP en la tarea de percepción y fiscalización de tributos.

Pero sí del control de los medios que a tal fin se implementan, los que no pueden vulnerar derechos y garantías constitucionales de los contribuyentes, que detenten jerarquía superior.

Secreto profesional
3. En cuanto al resguardo al secreto profesional, no parece suficiente que la resolución prevea que el asesor fiscal que se ampare en el mismo deba notificar al contribuyente tal circunstancia.

Es que para ello, deberá consignar en la misma página web prevista en la resolución.

Y más allá de que eventualmente el contribuyente lo releve del secreto profesional para el caso particular o permanentemente, siempre a través de ese servicio web.

4. Por lo tanto, los agravios relacionados con la vulneración del secreto profesional no aparecen suficientemente desvirtuados con este sistema que prevé una simple notificación al contribuyente y posterior incorporación en el sistema.

Esta mera actividad que ya no es privada, sino que deberá ser incorporada al sitio web, importa por sí misma, una invasión en la información confidencial existente entre el asesor fiscal y su cliente.


La definición de ventaja fiscal es demasiado amplia

La definición de la AFIP y la retroactividad
5. El concepto de “planificación fiscal” es muy amplio, como así también el de “ventaja fiscal”, comprensiva de “cualquier tipo de beneficio” o “disminución de la materia imponible”.

Y eso es así pese a que la AFIP afirma que las supone lícitas, para seguidamente sostener que se trata de “áreas de riesgo”, que debe prevenir y eliminar.

Malvestiti agregó que según el juez, la inclusión de cualquier “plan” o “esquema” supone cualquier intento o propósito, a lo que se suma que la definición de “asesor fiscal” lejos de ser restringida como lo sostiene la AFIP, comprende también las ayudas, consejos u opiniones.

Además, del texto de la resolución no surge que sea necesario que la planificación sea implementada y menos que la ventaja fiscal sea efectivamente obtenida.

De allí que, al menos para esta etapa precautoria, la posible vulneración al secreto profesional que ampara la profesión, pueda verse en riesgo, enfatizó el magistrado.

6. La norma impone informar todas aquellas planificaciones fiscales que se hubieren implementado desde el 1 de enero de 2019, y así acuerda a la norma carácter retroactivo, lo que importa en principio una violación al Código Civil y Comercial de la Nación.

El CCC restringe la retroactividad para toda norma, independientemente de que no sean de naturaleza penal o que creen nuevos tributos.

La Resolución fija la fecha de vencimiento el próximo 29 de enero, lo que justifica la premura y el peligro en la demora como restantes recaudos de procedencia de toda medida cautelar.

Evidentemente -señala el juez firmante- este régimen modifica la situación existente antes de su dictado, de manera obligatoria y gravosa, aun cuando la AFIP entienda lo contrario para justificar tal aplicación retroactiva, según señaló Malvestiti.

7. Por todo ello, y considerando que a se encuentran acabadamente reunidos los recaudos que hacen a su procedencia, confundiendo la AFIP el interés público, con un mero interés del organismo, haré lugar al pedido de suspensión de los efectos de la resolución, sentenció el juez.

Vigencia de la medida suspensiva
Esta medida suspensiva regirá hasta que en sede administrativa se resuelva el recurso intentado por el CPCE Santa Cruz y se encuentre agotada la instancia.

El tiempo de vigencia de la medida cautelar quedó supeditado por el magistrado principalmente a la actuación de la AFIP.

Previamente a decidir todo esto, explicó Malvestiti, el juez tuvo como legitimado al Consejo Profesional para inteponer la medida cautelar, ya que el mismo ha asumido la representación de sus integrantes.

En tal sentido, agregó Malvestiti, consideró que el Consejo se encuentra plenamente facultado para atender y proteger el ejercicio de los derechos de los profesionales de ciencias económicas, y en particular, los matriculados en la entidad.

Por otra parte, a los CPCE de Buenos Aires, Catamarca, Chaco, Chubut, CABA, Cordoba, Corrientes, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Neuquen, Rio Negro, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego, los jueces ya les habilitaron la feria para el tratamiento de idénticas medidas cautelares, concluyó la Federación.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Todos los cajeros automáticos tendrán que aceptar la huella digital para operar

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La normativa del Banco Central obliga tanto a los cajeros ya habilitados como para los que se pongan en funcionamiento en el futuro.

Los cajeros automáticos deberán contar con lectores de huellas digitales para que las personas usuarias puedan optar por validar su identidad con este dato biométrico para realizar operaciones.

Esta normativa dispuesta por el Directorio del Banco Central de la República Argentina será tanto para los cajeros ya habilitados como para los que se pongan en funcionamiento en el futuro.

La posibilidad de utilizar la huella constituye una opción que puede reducir la fricción entre los usuarios y los dispositivos tecnológicos, facilitando asimismo los pagos de beneficios sociales a personas que no poseen tarjeta de débito.

El uso, por su simplificación, también favorece el acceso a los cajeros automáticos por parte de los grupos de la sociedad con mayor grado de vulnerabilidad, facilitando su inclusión financiera en niveles de calidad.

La utilización de la huella dactilar es posible porque Argentina cuenta con una base de datos biométricos centralizada y es administrada por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

Esta nueva modalidad será optativa y la posibilidad de operar los cajeros con tarjetas y códigos de seguridad seguirá vigente.

La validación de la identidad con huella dactilar contará con un doble factor de seguridad ya que también será necesario identificarse con el número de DNI o con una clave personal (PIN).

La nueva normativa contempla que las redes de cajeros automáticos tengan en cuenta en su plan de adecuación los mecanismos para lograr la interoperabilidad con este sistema de identificación para que las personas usuarias puedan acceder a sus cuentas en cualquier banco.

El BCRA estableció un cronograma hasta alcanzar la interoperabilidad y su utilización en el total de los cajeros a fin de 2022.

  • Deberá estar operativa en los cajeros automáticos que ya cuentan con lectores biométricos, antes del 30 de junio de 2021.
  • La interoperabilidad para la identificación de las personas usuarias deberá estar operativa a partir del 31 de enero de 2022.

El porcentaje de cajeros con lectores biométricos deberá alcanzar:

  • 35% al 31 de diciembre de 2021
  • 60% al 30 de junio de 2022
  • 100% al 31 de diciembre de 2022

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Precios calientes – Se acelera la inflación en alimentos y pone presión al índice de precios de enero

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En la tercera semana del mes los alimentos aumentaron en promedio 1,9%, según datos relevados por la consultora LCG. Carnes, frutas y comidas para llevar registran los mayores incrementos.

Durante la tercera semana de enero los precios de los alimentos se incrementaron en promedio 1,9%, un avance de 0,8 puntos porcentuales respecto de la semana previa. Los datos corresponden al relevamiento semanal que realiza la consultora LCG.

El salto responde principalmente al incremento del 5% en comidas para llevar, a los que se suman la evolución de los precios de la carne (2,9%) y de las frutas (2,3%).

Sin embargo, por la incidencia en la composición de la canasta el encarecimiento de los cortes cárnicos resultó ser determinante. De acuerdo al estudio “sin tener en cuenta carnes, el índice hubiera arrojado una inflación semanal de 1,4%”.

De esta manera, el índice de alimentos y bebidas en las últimas cuatro semanas registró un incremento promedio de 4,4%, con un panorama de precios muy caliente en el primer mes del año.

“Estos niveles de precios dejan un arrastre para el resto de enero de 4,9%”, estimó la consultora.

Los productos con menor incremento de precios en la tercera semana del mes fueron aceites, que se mantuvieron sin cambios, bebidas e infusiones para consumo hogareño (0,3%); productos panificados, cereales y pastas (0,5%); verduras (0,8%); y productos lácteos y huevos (1%).

Para el estudio se relevaron 8000 precios de alimentos y bebidas en cinco cadenas de supermercados, a través del sistema web scraping, y tomando la ponderación y estructura del índice de precios de al consumidor (IPC) de la Ciudad de Buenos Aires.

Un dato relevante es que 16% de los productos analizados presentaron incremento de precios, el mayor nivel en los últimos tres meses.

En las últimas cuatro semanas fue notorio el salto que dieron los precios de las carnes, con un avance del 9,8%, que pone presión sobre el índice de precios al consumidor del mes. La carne tiene una alta participación en el rubro alimentos y bebidas, que por su parte explica un tercio del IPC.

Otros productos con aumentos importantes tomando las últimas cuatro semanas fueron frutas (6,2%) y comidas para llevar (3%).

Fuente: cronista.com

Prensa. Debates: Las notificaciones de AFIP por eventuales incumplimientos del programa ATP (El Economista, 21/01/2021)

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La AFIP notificó a más de 2.000 compañías la verificación de posibles incumplimientos derivados del `Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción´, conocido como ATP. El Dr. Emilio Cornejo Costas, socio, y la Dra. Camila Sofía Sanchez, abogada, del Equipo de Derecho Penal Económico y Compliance en el Estudio Lisicki, Litvin y Asociados, analizan si tales incumplimientos encuadran en la Ley Penal Tributaria. Leé la nota.
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Fuente: llyasoc.com