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IMPOSITIVAS – La deducción de gastos de indumentaria y equipamiento en tiempos de pandemia

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La nueva modalidad de trabajo impuesta por la pandemia trae aparejado efectos impositivos. En este presente resulta importante hacer una separación entre los denominados “gastos personales” y aquellos que, si bien son incurridos en los hogares de cada empleado, fueron llevados a cabo para el desarrollo de las tareas laborales.

Augusto es abogado y se desempeña como Director de Legales de una empresa multinacional; Marianela tiene a su cargo las cobranzas de una pyme de Córdoba; Pablo es jefe de recaudación de una agencia del área metropolitana de AFIP y María Sol, médica pediatra, trabaja en una clínica privada.

Sin ningún lugar a dudas, desde marzo de este año, la vida de estas personas cambió a raíz de la pandemia, la cuarentena y el aislamiento.

Desde entonces, trabajan desde sus hogares, durante muchas más horas de las que estaban acostumbrados, matizando la jornada laboral con los quehaceres domésticos, la supervisión de las clases por zoom de sus hijos y las acotadas salidas recreativas de acuerdo con las normas que regulan el “aislamiento social preventivo y obligatorio”.

Resulta evidente que todos ellos han tenido que incurrir en gastos adicionales a raíz del trabajo desde sus hogares. Augusto modificó el plan que tenía contratado con la empresa proveedora del servicio internet de 10 a 300 megas, a fin de evitar cortes durante las interminables reuniones virtuales que mantiene con sus pares del exterior; Marianela comenzó a realizar la gestión de las cobranzas utilizando su teléfono celular, lo que generó un incremento del 200% en el costo del servicio mensual, mientras que Pablo, a raíz de la responsabilidad que se desprende de su cargo, tuvo que comprar una notebook, una impresora, y los insumos vinculados (tóner, resmas de papel, etc.). El caso de María Sol es particular ya que, por un tema de seguridad, ha optado por no usar el transporte público y, en consecuencia, debió contratar un remise que tres veces por semana la lleva a su lugar de trabajo.

Resulta evidente que todos estos gastos están originados en el desarrollo de la actividad laboral, y, por lo tanto, deberían estar a cargo del empleador.

Ahora bien, ¿qué sucede cuando el empleador no reintegra al dependiente el costo de los gastos incurridos por éste? ¿Podría considerarse a los mismos como “gastos necesarios” deducibles al momento de la determinación del impuesto a las ganancias?

2| Ganancias sobre los asalariados

La liquidación del Impuesto a las Ganancias para los empleados en relación de dependencia está a cargo del empleador, quien debe aplicar los lineamientos de la RG (AFIP) 4003.

Sobre el particular, el inciso q) del apartado “D” de su anexo II contempla dentro de los conceptos deducibles al momento de la liquidación del gravamen, “Los gastos realizados por la adquisición de indumentaria y/o equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo con carácter obligatorio y que, debiendo ser provistos por el empleador, hubieran sido adquiridos por el empleado en virtud de los usos y costumbres de la actividad en cuestión, y cuyos costos no fueron reintegrados”.

La viabilidad en la deducción estos gastos, no está originado a raíz de la pandemia y el denominado “Teletrabajo”, sino que surge a partir de la incorporación realizada a la norma por la RG (AFIP) 4396, publicada en el boletín oficial del 3/1/2019.

Desde entonces, el policía que debe adquirir un chaleco antibalas, el odontólogo que trabaja para una clínica y asume el costo del material descartable o el médico que compra el estetoscopio para atender a los pacientes en el hospital, están habilitados para informar estos gastos a fin de lograr la reducción de la carga fiscal sobre sus salarios, habida cuenta que los gastos no son reintegrados por sus respectivos empleadores.

Empero, la pandemia y el aislamiento han obligado a un sector mucho mayor de los asalariados a incurrir en ciertos gastos personales y de sustento, cuya deducción está impugnada por el inciso a) del artículo 92 de la ley del gravamen, por considerarse a los mismos incluidos dentro de las sumas cubiertas por el mínimo no imponible. Es entonces que, resulta importante hacer una separación entre los mencionados “gastos personales”, y aquellos que, si bien son incurridos en los hogares de cada empleado, fueron llevados a cabo para el desarrollo de las tareas laborales.

A los efectos de lograr la deducción, los dependientes deben suministrar la información referida a los gastos a la Administración Federal de Ingresos Públicos mediante transferencia electrónica de datos del formulario de declaración jurada F. 572 Web a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

De lo expuesto se desprende que el contribuyente será responsable de la veracidad de los gastos informados y la procedencia de su deducción, sin que exista solidaridad con su empleador.

Sin embargo, el Fisco podría en el futuro impugnar los gastos considerados, debiendo el asalariado proceder eventualmente a inscribirse en el impuesto para ingresar el gravamen que surja a partir de la posición adoptada por la Administración.

Entonces, a fin de evitar futuros cuestionamientos, se deberán informar solamente aquellos gastos que se hubieran incrementado durante el año a raíz de la pandemia y el aislamiento, debiéndose resguardar la documentación de soporte a nombre del contribuyente.

Sugerimos, además, para el caso de los gastos de equipamiento, considerar las normas de liquidación del gravamen, que contemplan la deducción del costo incurrido en función de la vida útil del bien en cuestión.

El impuesto a las ganancias es un gravamen que se caracteriza por alcanzar adecuadamente la capacidad contributiva. Sin embargo, la insuficiente actualización de las deducciones personales y la demorada corrección de las deducciones generales, en un contexto inflacionario, conspira contra este precepto fundamental de la imposición sobre la renta.

Por lo expuesto, resulta relevante que los empleados en relación de dependencia tomen conocimiento de la disposición reglamentaria que comentamos, emanada de la Administración Fiscal ya que, de ser aplicada con razonabilidad y responsabilidad, puede posibilitarles la reducción de la carga fiscal que mensualmente ven reflejada en sus recibos de sueldo.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Plan Potenciar Trabajo: cómo es la inscripción para el programa que paga $9.450 mensuales

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Con el IFE 4 cancelado, el Ministerio de Desarrollo asegura que busca sumar 300.000 beneficiarios a este plan de inserción laboral

Trabajadores de la construcción en Buenos Aires, Argentina.

Los límites presupuestarios del Gobierno primaron por sobre las necesidades sociales que dejaron la pandemia de coronavirus covid-19 y las medidas de distanciamiento social implementadas para intentar paliarla. La semana pasada el ministro de Economía, Martín Guzmán, admitió que “no es el momento” para un IFE 4, la cuarta edición del Ingreso Familiar de Emergencia que en tres ocasiones otorgó $10.000 a casi 9 millones de familias. Con la eliminación del bono extraordinario el foco se mudó a los distintos programas de ayuda social e inserción laboral que impulsa el Gobierno. En esa línea, se destaca la ampliación del plan Potenciar Trabajo del Ministerio de Desarrollo Social.

El titular de la cartera, Daniel Arroyo, dijo el fin de semana que “estamos evaluando distintas alternativas para apoyar a fin de año a los sectores que la han pasado mal y han perdido ingresos. Queda claro que el Estado no se retira, y hay un claro compromiso del presidente Alberto Fernández de ayudar a quienes menos tienen”. Aseguró además que se duplicará el pago de la tarjeta Alimentar en diciembre, que ya se puso en marcha un plan de inclusión para jóvenes y que se extenderá el plan Potenciar Trabajo, que llega actualmente a 600 mil trabajadoras y trabajadores de la economía popular.

Qué es el Plan Potenciar Trabajo

Según la explicación que da Anses en su página web, se trata de la unificación de dos planes previos. “Los programas Hacemos Futuro y Proyectos Productivos Comunitarios se unificaron en Potenciar Trabajo. Este programa busca mejorar la empleabilidad y la generación de nuevas propuestas productivas a través de la terminalidad educativa, la formación laboral y la certificación de competencias con el fin de promover la inclusión social plena de aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social y económica”, informa el organismo previsional.

Cuánto paga

El programa define un pago mensual de la mitad del salario mínimo, vital y móvil. Es decir, paga $9.450 al mes.

Cuántos beneficiarios tiene y cuántos se busca que alcance

Según declaraciones del ministro Arroyo, hoy el programa incluye a alrededor de 600.000 beneficiarios. En dichos aspectos, respecto a los planes de asistencia social a la salida de la pandemia, dijo que aspira a sumar 300.000 beneficiarios más.

“Estamos apuntando a generar 300 mil puestos de trabajo y ampliando el plan que es la mitad del Salario Mínimo, son personas que cobran 9400 pesos, con el objetivo de reinsertarse en 5 sectores productivos que son los que nosotros estamos trabajando”, dijo Arroyo.

Cuál es el objetivo de Potenciar Trabajo

Según el ministerio, el plan tiene como objetivo contribuir a mejorar el empleo y generar nuevas propuestas productivas a través del desarrollo de proyectos socio-productivos, socio-comunitarios, socio-laborales y la terminalidad educativa, con el fin de promover la inclusión social plena para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad social y económica.

 El ministro de Desarrollo Social, Daniel Arroyo, aspira a generar 300.000 puestos de trabajo con el plan Potenciar Trabajo

Cuáles son los requisitos

Para permanecer en el programa los beneficiarios tienen que cumplir distintos requisitos.

Si se participa en Proyectos Socio-Productivos, Socio-Comunitarios y/o Socio-Laborales: – Integrar un grupo de trabajo en una Unidad de Gestión o una Unidad de Gestión Asociada en el que realices alguna de las siguientes actividades: tareas de cuidados, reciclado y servicios ambientales, construcción, infraestructura social y mejoramiento barrial y habitacional, agricultura familiar y producción de alimentos, producción de indumentaria y otras manufacturas, y comercio popular. – Realizar las actividades durante un promedio de 80 horas mensuales (en torno a 4 horas diarias). – Acreditar el cumplimiento de las actividades.

Si se está en la modalidad Terminalidad Educativa (finalización de los estudios primarios y secundarios): – Acreditar que estás estudiando con la presentación en Anses del Formulario de Terminalidad Educativa (FOTE), certificado por la autoridad educativa correspondiente. Claro que, en el marco de la emergencia sanitaria, la presentación del Formulario de Terminalidad Educativa (FOTE) se encuentra suspendida hasta el restablecimiento del nuevo calendario del ciclo lectivo.

Cómo inscribirse

A pesar de los dichos de Arroyo de que el programa será ampliado, no se trata de una “base abierta”. La ampliación tendrá como blanco principal a víctimas de violencia de género y a personas en las últimas etapas de tratamientos de recuperación de adicciones. La única forma que da la Web del organismo para averiguar dónde acercarse y tener la chance de ser incluido en el programa es un mail y los teléfonos de la cartera.

Teléfonos: 0800-222-3294 / (011) 4320-3380 / 60

Correo electrónico: economiasocialmds@desarrollosocial.gob.ar

Fuente: infobae económico

ECONOMÍA – La industria logró en septiembre su primer resultado positivo del año, según la UIA

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La actividad industrial creció 2,6% interanual en el noveno mes del año. Con relación a agosto, tuvo un incremento del 5,6% en la medición desestacionalizada. La producción permanece todavía 2% por debajo de los niveles de la pre-pandemia.

La actividad industrial creció 2,6% en septiembre y alcanzó así su primer resultado positivo en lo que va del año, marcado por la pandemia del Covid-19, informó este martes la UIA.

Con relación a agosto, tuvo un incremento del 5,6% en la medición desestacionalizada.

“Se trata de la primera suba interanual del año, cifra que muestra una mejora respecto de los datos registrados al comienzo de la pandemia”, indicó la central fabril.

Aún así, en el acumulado de los primeros nueve meses del año se registró una baja del 9,6% respecto de igual período de 2019 y la producción permanece todavía 2% por debajo de los niveles de la pre-pandemia, a febrero de este año.

La entidad indicó que “en línea con la incipiente recuperación de la actividad económica, de acuerdo con la última encuesta realizada desde la UIA, en octubre un 40% de las empresas encuestadas se encontraba produciendo a un nivel igual o mayor al registrado un año atrás”.

Este dato, según la central fabril, está en sintonía con que el 38% de las empresas reportaba ventas similares o mayores con respecto a octubre 2019.

No obstante, aún una parte considerable del entramado productivo continuaba perjudicado, y un 40% aseguró tener caídas en la producción superiores al 25%, y un 43% de los establecimientos reportó una caída de ventas superior al 25%.

“Aún persisten las heterogeneidades sectoriales y regionales”, señaló el reporte elaborado por el Centro de Estudios de la UIA.

Indicó que “traccionaron al alza rubros vinculados a los nuevos patrones de consumo, como higiene personal y aparatos de uso doméstico, y al bloque de minerales no metálicos y al agropecuario (pinturas, caucho y plástico, y maquinaria agrícola)”.

Entre los sectores se puede observar un desempeño dispar, ya que por un lado, desde el retorno de las actividades algunos rubros registran una mejora continua, mientras que otros recién reflejan alguna recuperación en septiembre.

Este incremento estuvo impulsado por subrubros ligados a la higiene dentro del hogar, el sector agropecuario y la construcción.

Es es el caso de sustancias y productos químicos que en septiembre consolidó el cuarto aumento consecutivo interanual, del 17,6%.

Asimismo, existen sectores que repuntaron fuerte impulsando la producción industrial al alza. Es el caso del automotor, que mejoró 16,1% y luego de dos años consolidó su primer incremento por el fuerte impulso del mercado interno, motorizado por la elevada brecha cambiaria.

También el bloque de minerales no metálicos, que subió 15,3%, impulsado por todos los subrubros a excepción del cemento y el yeso.

Por otro lado, hay un grupo de sectores que también fueron muy golpeados por el estallido de la pandemia, pero recién en septiembre lograron superar los niveles con respecto a un año atrás.

Es el caso de alimentos y bebidas, que mejoró 3,9%, que si bien creció también en junio, los últimos dos meses había operado en niveles bajos y persisten situaciones heterogéneas al interior. Descontando al complejo oleaginosas, el sector creció 4,6% interanual.

Fuente: ambito.com

Laboral. Coronavirus.

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Nueva prórroga de la prohibición de despidos sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y fuerza mayor

Prórroga de la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y suspensiones, por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días, contados a partir del vencimiento del plazo establecido por el Decreto N° 761/20.

Decreto (PE – DNU) Nº 891/2020 (BO 16/11/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Los consumidores pagaron 4,49 veces más en góndola de lo que percibió el productor

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Según CAME, la brecha de precios para el promedio de los 24 principales productos agropecuarios que participan de la mesa familiar se ubicó en 4,49 veces en octubre, 10,4% por debajo de septiembre. La participación del productor en el precio final subió a 28,3%

Según la Confederación Argentina para la Mediana Empresa la brecha de precios para el promedio de los 24 principales productos agropecuarios que participan de la mesa familiar se ubicó en 4,49 veces en octubre, 10,4% por debajo de septiembre. La participación del productor en el precio final subió a 28,3%.

El descenso fue impulsado por fuertes caídas mensuales en las brechas del zapallito (-55,1%), la naranja (-54,9%), la mandarina(-54,5%) y la calabaza (-52%), informó CAME y amplió que hubo 12 productos con subas de brechas y 12 con bajas, pero las bajas fueron más profundas que las alzas. “Los consumidores pagaron 4,49 veces más de lo que cobró el productor por los productos en la tranquera de sus campos, cuando en septiembre la diferencia fue de 5,01 veces” explicó la entidad

En origen, los precios tuvieron una suba promedio de 27,04%, mientras que en destino los comercios minoristas midieron un aumento de 8,71% y los hipermercados de 15,25%, explicaron en el informe en base a datos que se desprenden del Índice de Precios en Origen y Destino (IPOD) que elabora el sector de Economías Regionales de CAME en base a los precios de origen de las principales zonas de producción y amás de 700 precios de cada producto en destino.

Otros índices que analiza CAME indicaron que el IPOD frutihortícola bajó 13,9% en el mes y la brecha para esos productos promedió en 4,78 veces en tanto que el IPOD ganadero bajó 0,3%, con una brecha que promedió en 3,37 veces y la participación del productor en el precio final subió a 28,3%, 10,2% por encima de septiembre.

En octubre, según CAME, la brecha mayor se detectó en la manzana roja, donde el precio se multiplicó por 12,6 veces desde que salió del campo, seguida por la zanahoria(11,3 veces), la pera(10,3 veces) y el pimiento rojo(6,4 veces). Los productos con menores brechas, en tanto, fueron: la frutilla, que se mantuvo en 1,6 veces; la acelga, que bajó a 2,1 veces; el pollo(2,16 veces) y el repollo (2,82).

Analizando los IPOD individuales, para cada producto, este mes los dos extremos estuvieron dados por la manzana roja, con una brecha de 12,6 veces, y la frutilla, donde la brecha fue de apenas 1,6 veces (igual que en septiembre). “En el caso de la pomácea, el productor entrega su producción a los galpones de empaque durante el primer trimestre de cada año. Luego, la comercializadora fija el precio y la forma de pago” aclaró CAME.

“La frutilla, por su parte, tiene un alto costo de producción y al ser considerada un producto altamente perecedero tras su salida de la cadena de frío, el comercio minorista opta por resignar ganancia para mover el producto, fijando un precio cercano al percibido por el productor -estrategia comercial que se registró durante todo el año-” completó la entidad.

El IPOD cebolla subió 25,6% en el mes, siendo el de mayor aumento. “Ese comportamiento se dio por la disminución de 35,6% en los precios de origen y de 19,1% en los precios de destino. La variación del precio en origen, según comentaron los productores, ocurrió por el ingreso de la producción de Salta, Córdoba, San Juan y Mendoza, lo que bajó el nivel de precios que se había elevado en septiembre por el exceso de demanda, causado por una merma en la oferta de cebolla. Interanualmente, se observó una variación del 27,01% en el precio de origen” informó CAME.

IPOD manzana roja subió 23,8% en el mes, siendo el segundo producto con mayor aumento. Según la entidad la suba se explica por una variación de 22,2% en los precios de destino frente a una disminución de 1,3% en los precios de origen. Interanualmente los precios de origen subieron 52,78%. En tanto que el IPOD zapallito lideró las bajas con una variación de -55,1%. “Esa reducción responde a un aumento de 1,4% en los precios de origen frente a una caída de 54,43 en los precios de destino. Interanualmente, se observa una variación de 35,11% en el precio de origen” especificó CAME.

IPOD naranja fue el segundo producto con mayor baja (-54,9%). Según la entidad la reducción responde a un aumento de 127% en los precios de origen y un alza de sólo 2,4% en los precios de destino. “Los productores consultados comentaron que el aumento en origen se debe a la falta de fruta. Este problema se dio todo el año dado que la oferta no puede igualar la demanda desde el año pasado donde, por cambios bruscos en el clima, mucha producción se perdió. Interanualmente se observa una variación positiva de 608,76% en el precio de origen” dijo CAME.

Y cerró: “Tanto la naranja como otros cítricos dulces han tenido durante el transcurso del presente año un reacomodamiento de precios, debido al atraso en los precios de origen; situación que conllevó una rentabilidad negativa para el productor citrícola en años anteriores”.

La participación promedio del productor, aseguró la entidad, en el precio final del producto subió de 25,7% en septiembre a 28,3% en octubre. En la comparación, analizaron que “la mejor situación la siguen teniendo los productores de frutilla, que recibieron el 62,6% de los precios de venta minorista. En cambio, en la manzana roja el productor apenas recibió el 7,9% del precio final”.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Datos que preocupan: sólo 30% de las pymes tienen a todo su personal en actividad

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Así lo reveló un trabajo de la Fundación Observatorio Pyme (FOP),  a partir de datos de seis relevamientos que hizo desde el comienzo de la cuarentena.

Las consecuencias del coronavirus impactaron duramente en la economía. En ese contexto, tan solo un 30% de las micro, pequeñas y medianas empresas tienen en la actualidad trabajando a la totalidad de su personal, como consecuencia de la caída de la demanda por la pandemia.

El preocupante dato fue revelado en un trabajo elaborado por la Fundación Observatorio Pyme (FOP),  a partir de los datos de seis relevamientos que hizo entre abril y octubre, desde el comienzo de la cuarentena.

“Las empresas en completa actividad no están reincorporando al staff completo”, señala el informe titulado “Coronavirus: Impacto sobre las PyME, producción y empleo“.

El relevamiento cruza dos tipos de datos, los niveles de actividad de las empresas relevadas (8.000 cuestionarios respondidos a lo largo de seis encuestas) y la cantidad de personal que están empleando. Y arroja que aun cuando se quita de la ecuación las restricciones propias de la pandemia, la demanda “tira” lo suficiente como para volver a tener a todo el personal activo en apenas 3 de cada 10 pymes.

“Si se descuenta la continuidad de la licencia de prestar trabajo en el establecimiento para grupos de riesgo, edad y embarazadas, así como las dificultades para implementar trabajo remoto, estas estadísticas muestran el verdadero impacto de la recesión productiva, más allá del efectivo estado autorizado de funcionamiento de las empresas”, remarcó el trabajo realizado por la FOP.

Sólo 30% de las pymes tienen a todo su personal en actividad

Estas son las principales conclusiones que arroja el trabajo:

– 50% de las empresas están totalmente operativas.

– 30% de las empresas tienen a todo su personal activo.

En sentido contrario, la tasa de inactividad también es pronunciada. “En total, al 18 de octubre pasado, unas 150 mil empresas que ocupan 900 mil puestos de trabajo tienen inactivo a más del 30% de su planta de personal”, agrega el trabajo del FOP.

“El retorno a la situación previa al mes de marzo respecto a la producción y el empleo, requerirá esfuerzos mayores a la sola autorización para funcionar en los establecimientos para las empresas aún “no operativas”. Esto sucede porque la pandemia ha producido una fuerte contracción de la actividad económica en Argentina y en el mundo. La oferta y demanda agregada se ven seriamente alteradas”, señala el trabajo.

Pero además, el cruce de datos arrojó que no sólo cayó la demanda sino que además la pandemia aceleró la manera en que se organiza el trabajo y se planifica la producción de bienes, la prestación de servicios y la distribución y comercialización, con malas noticias para todo lo referido a la demanda laboral.

El 50%  de las empresas están totalmente operativas

“La evolución de la tasa de actividad del personal es un elemento esencial para la toma de decisiones de política pública. Los datos oficiales del mercado de trabajo muestran un deterioro significativo y, en el futuro, la imposibilidad de reincorporación de todos los trabajadores que se encuentran aún empleados, pero con actividad nula o parcial, esgrime un fuerte riesgo de desocupación abierta, junto al riesgo ocupacional del cierre de empresas”, señala el estudio.

“Por otro lado, en cuanto a la organización del trabajo en el escenario productivo pospandemia, la implementación del trabajo remoto es uno de los desafíos más latentes, que lejos de ser un proceso marginal, afecta al conjunto del tejido productivo, en la forma de un factor adicional de brecha entre sectores”.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Atención comercios: cómo son los controladores fiscales que la AFIP exigirá desde abril 2021

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Todos los comercios del país están obligados a hacer un recambio tecnológico de los sistemas de facturación. Cuáles son los nuevos requerimientos.

El próximo año, por la disposición 4191-E/18 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), todos los comercios del país están obligados a hacer un recambio tecnológico de los sistemas de facturación.

“En el mundo de controladores fiscales tenés las registradoras que son autónomas, donde tenés el teclado y la posibilidad de facturar en el mismo equipo, y las impresoras que se conectan a un sistema de punto de venta. Por ejemplo, los supermercados tienen una computadora con precios y el inventario, y se conecta a una impresora para facturar“,señaló Horacio Laurens, gerente de Alianzas de Grupo Hasar.

Atención comercios: cómo son los nuevos controladores fiscales

La actualización de la tecnología consiste en la sustitución de los controladores fiscales de primera generación (el primero de estos equipos salió al mercado en 1996) por los de segunda generación que surgieron después de una normativa anunciada en 2013 .

Ventajas de los equipos de segunda generación

  • Son más económicos: en cuanto al valor de los aparatos y con respecto a los insumos (no requieren tinta)
  • Son equipos de tecnología térmica, es decir que imprimen en un rollo térmico. Esto evita el uso habitual de cartuchos de tinta, por ejemplo.
  • Son más rápidos (el equipo tarda tres veces menos en imprimir)
  • Son más silenciosos (la impresión en papel término no provoca ruido)
  • Cinta testigo digital (los duplicados electrónicos de los comprobantes emitidos) que evita tener que guardarla en papel.

Hasta entonces, la AFIP exigía que la cinta testigo se debía almacenar al menos por 10 años. “Hay empresas grandes que tienen depósitos llenos repletos de rollos”, comenta Laurens.

El proceso de recambio de tecnología será progresivo según la cantidad de controladores.

  • Negocios con 11 o más equipos, deberán hacer el cambio entre el 1 de abril y el 31 de mayo.
  • Comercios que disponen de entre 2 y 10, el plazo será entre el 1 de junio y el 31 de julio
  • Aquellos que cuenten con 1 solo equipo deberán hacer la migración entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre.

Los precios públicos de referencia la impresora ronda los u$s810 + IVA y la registradora u$s805 + IVA.

La AFIP extendió la feria fiscal: hasta cuándo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extiende la feria fiscal hasta el 29 de noviembre, inclusive. La medida mantiene la suspensión del cómputo de los plazos vigentes en determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, intimaciones y clausuras.

No obstante, continúan habilitados distintos procedimientos de fiscalización.

La Resolución General 4856 incorpora a las excepciones vigentes a los procedimientos de fiscalización originados en la detección de facturación apócrifa. Los controles realizados por la AFIP sobre esas maniobras no habían sido suspendidos pero, a partir de ahora, comenzarán a regir los plazos para que los contribuyentes respondan requerimientos e intimaciones.

La AFIP extiende la feria fiscal: hasta qué fecha

La resolución de la AFIP mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente del intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales. Asimismo continúan vigentes los procedimientos realizados por precios de transferencia.

La normativa que será publicada este miércoles en el Boletín Oficial también sostiene habilitadas las fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

¿Qué es una feria fiscal?

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

La medida alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos, entre otros. A lo largo de los últimos meses la AFIP comenzó a habilitar distintos procedimientos de fiscalización.

Moratoria AFIP 2020: reglamentan beneficios para contribuyentes cumplidores

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumenta los beneficios para contribuyentes cumplidores contemplados en la Moratoria 2020.

La Resolución General 4855 reglamenta las exenciones para los monotributistas, la deducción especial del impuesto a las Ganancias para los autónomos y el mecanismo de amortización acelerada para las micro y pequeñas empresas.

La ampliación de la moratoria forma parte de los distintos instrumentos diseñados para ofrecer alivio a las familias, comercios, profesionales, pymes, grandes empresas, monotributistas y entidades sin fines de lucro.

El plan de regularización de deudas tributarias, aduaneras y previsionales implementado que está vigente hasta el 30 de noviembre busca amortiguar el impacto de la crisis. “La ampliación de la moratoria es una herramienta fundamental para iniciar el proceso de recuperación en la post pandemia”, afirmó la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Moratoria AFIP 2020: quiénes, cómo y cuándo pueden acceder

La ley que amplió el alcance de la moratoria incluyó un conjunto de beneficios para aquellos contribuyentes que al 26 de agosto de 2020 no registran incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas ni en el pago de las obligaciones tributarias en los últimos tres períodos fiscales.

Monotributistas: La eximición del componente impositivo del pago mensual se efectuará a partir del período fiscal enero de 2021 y se realizará en cuotas mensuales y consecutivas con un tope de $17.500. El beneficio varía de acuerdo a cada categoría.

Autónomos: Deducción, por un periodo fiscal, de sus ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. El beneficio será aplicado a la declaración jurada correspondiente a 2020.

Amortización acelerada: Micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.

La adhesión a los beneficios se efectúa a través del sitio web de la AFIP. El mecanismo para solicitarlos estará habilitado hasta el 30 de noviembre, inclusive

Fuente: iprofesional.com

PROVINCIALES – La actividad económica en Santa Fe cayó 1,9%

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Los datos se desprenden del informe mensual del Instituto Provincial de Estadística y Censos correspondiente al mes de agosto del 2020.

De acuerdo al informe mensual del IPEC, el Indicador Sintético de Actividad Económica de Santa Fe (ISAE) registró en agosto del 2020 una caída interanual de 1,9%, respecto al mismo mes del año anterior.

En tanto, en la medición mensual, hubo una suba de 0,5% frente al mes anterior.

Mientras que en el período enero-agosto exhibió un retroceso de 7,0% con respecto a igual periodo del año pasado, agregó el organismo.

Fuente: lt10digital.com

ECONOMÍA – Economía modelo 2021: el preocupante pronóstico de las empresas argentinas

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Una encuesta realizada por la Unión Industrial Argentina muestra pesimismo en las proyecciones que hacen los hombres de negocios

Según un sondeo difundido este viernes por la UIA, el 61% de las empresas consultadas espera que la situación del país esté peor el año próximo, pero en lo que respecta a su coyuntura económica particular, solo un 31% mantiene la perspectiva pesimista.

De acuerdo con la central fabril, esto indica una “leve mejora en las expectativas”, que se ve reflejada en que mientras en junio el 13% de las empresas esperaba entrar en concurso preventivo, en octubre la cifra descendió a 5%.

El 54% de las compañías consultadas aumentó su demanda de crédito, pero solo un 40% afirmó haber accedido al monto requerido, en medio de la pandemia.

“La brecha en materia de acceso al crédito fue mayor en las empresas con caída de las ventas”, indicó la entidad.

El 56% de esas empresas aumentó la demanda de créditos, pero sólo el 34% pudo acceder al monto, de acuerdo con el estudio realizado entre el 27 de octubre y el 6 de noviembre últimos.

Cómo impactó el súper cepo al dólar

Respecto de la normativa del BCRA de postergar el pago de deudas en dólares, un 22% de empresas afirmó verse afectada, mientras que un 40% declaró tener dificultades en el acceso a crédito para la exportación.

El 49% de las empresas afirma tener dificultades logísticas con el transporte interjurisdiccional, mientras que el 35% aseguró tener problemas con el traslado del personal en CABA y los partidos del conurbano.

En materia de comercio exterior, el 82% asegura tener dificultades en la entrega de materias primas e insumos, y el 64% declara tener dificultades para acceder a mercados de cambios del BCRA.

El súper cepo perjudicó a las empresas que tienen deudas en dólares y a las que operan en comercio exterior.

Personal suspendido o con licencia

El 85% de las empresas consultadas tenía al menos el 10% del personal licenciado y suspendidos (el 20% realizó suspensiones).

Para hacer frente a esta situación, un 33% incrementó la plantilla del personal.

“Este panorama indica una recuperación heterogénea que avanza gradualmente. La progresiva normalización de la actividad en el ámbito de AMBA en octubre y noviembre podría favorecer esta tendencia”, indicó el estudio.

El Gobierno lanzó el REPRO II para asistir a las empresas

El Gobierno nacional oficializó este viernes la creación de una segunda versión del Programa de Recuperación Productiva (REPRO), a cargo del Ministerio de Trabajo, por el que pagará a los trabajadores de las empresas adheridas una suma a cuenta de sus correspondientes remuneraciones de hasta 9.000 pesos mensuales.

En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea menor a 9.000 pesos, el subsidio será igual a la remuneración neta, según la Resolución 938/2020 publicada en el Boletín Oficial.

El beneficio se extenderá por dos meses, aunque la inscripción será mensual, y las empresas a las que alcanzará “se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”, según detalla la resolución publicada en el Boletín Oficial.

Para acceder al programa las empresas deberán postularse a través del servicio ATP disponible en la web de la AFIP y tendrán que presentar la información solicitada por ese programa, es decir, nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y CBU.

Además, las empresas deberán presentar el Balance del Ejercicio 2019 certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas y una planilla electrónica con un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros, que deberá estar firmada por un o una profesional contable.

El REPRO II pagará hasta $9.000 del sueldo de los empleados.

Cómo se elegirá a las empresas beneficiadas

También habrá una serie de criterios de preselección y selección para acceder al beneficio: la actividad principal del empleador o empleadora debe encuadrarse dentro de las actividades no críticas incluidas en el Programa ATP y registrar una variación interanual de la facturación negativa.

Se hará una evaluación de un conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, calculados para los últimos tres meses desde la fecha de inscripción y para los mismos meses del año anterior, entre los que se encuentran la variación porcentual de la facturación y del IVA compras, el endeudamiento en 2020 y la liquidez corriente, entre otros.

Los parámetros que deberán alcanzar esos indicadores serán establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II”, que también se encargará de evaluarlos y eventualmente modificarlos.

El comité estará integrado por representantes de los ministerios de Trabajo, de Economía, de Desarrollo Productivo y de la AFIP.

Un Comité de Seguimiento del “Programa REPRO II” será el encargado de elaborar las previsiones presupuestarias del programa, establecer el cronograma de pago de los subsidios y emitir informes sobre el funcionamiento y los resultados del mismo.

El REPRO II será incompatible con el Salario Complementario del ATP, los créditos a Tasa Subsidiada del ATP, el Programa de Recuperación Productiva (REPRO) establecido en septiembre de 2018 y el Programa de Inserción Laboral (PIL).

La liquidación del subsidio estará a cargo de la ANSES y se transferirá directamente a los CBU declarados en el sistema por cada trabajador y trabajadora.

Además serán excluidas del Programa las empresas que desvinculen personal por despido sin justa causa, falta o disminución de trabajo o por fuerza mayor, o suspendan personal por los mismos motivos.

El REPRO II surge en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria y económica establecida ante la pandemia de coronavirus y con el objetivo de sostener el empleo.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – El Gobierno extenderá la prohibición de despidos y prorrogará la doble indemnización

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La prohibición de despidos regiría hasta enero. Este martes se publicarían los decretos correspondientes.

El Gobierno nacional anunció que volverá a extender la prohibición de despidos, que rige en el contexto de pandemia, hasta enero de 2021 y que prorrogará la doble indemnización.

Así lo confirmaron funcionarios del Gobierno a la CGT. Entre el lunes o martes se publicarían los decretos correspondientes.

Según anticipó Ámbito, la imposibilidad de interrumpir el vínculo laboral de manera unilateral continuará al menos por otros 60 días, hasta enero de 2021, mientras que la duplicación indemnizatoria podrá seguir vigente hasta mediados del año próximo aunque en el Ejecutivo analizan cambios en su instrumentación para focalizar la protección en los trabajadores más desprotegidos.

La doble indemnización fue impuesta por Alberto Fernández en diciembre del año pasado, pocos días después de asumir, por 180 días y como coletazo de la puesta en vigor de la emergencia pública en materia sanitaria, y se prorrogó hasta fin de año. Mientras que la prohibición de cesantías y suspensiones sin causa fue motivada por la cuarentena, en marzo pasado, se implantó por 60 días y fue extendida cada bimestre desde entonces. Los dos mecanismos fueron instrumentados por decreto.

En tanto, el Gobierno oficializó hoy la creación de una segunda versión del Programa de Recuperación Productiva (REPRO), a cargo del Ministerio de Trabajo, por el que pagará a los trabajadores de las empresas adheridas una suma a cuenta de sus correspondientes remuneraciones de hasta 9.000 pesos mensuales.

En el caso que la remuneración neta percibida por el trabajador o la trabajadora sea menor a 9.000 pesos, el subsidio será igual a la remuneración neta, según la Resolución 938/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El beneficio se extenderá por dos meses, aunque la inscripción será mensual, y las empresas a las que alcanzará “se determinará considerando la cantidad de empleadoras y empleadores postulantes, la situación económica, patrimonial y financiera de los mismos, las condiciones imperantes de la economía nacional y el presupuesto asignado al Programa”, según detalla la resolución publicada en el Boletín Oficial.

Fuente: ambito.com