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IMPOSITIVAS – Impuesto a las Ganancias 2020: qué hacer para pagar menos

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Los asalariados y jubilados pueden declarar una serie de deducciones para reducir la carga del Impuesto a las Ganancias 2020 que cobra la AFIP

El Impuesto a las Ganancias es un tributo que se aplica sobre los presuntos “rendimientos, rentas o enriquecimientos” que logran asalariados y cuentapropistas.

También se aplica sobre los resultados obtenidos por la venta de bienes muebles e inmuebles o de documentos financieros (acciones, bonos, etcétera). En su cuarta categoría, el Impuesto a las Ganancias, alcanza a los trabajadores en relación de dependencia.

Cada año, hasta el 31 de marzo, los asalariados y jubilados pueden declarar deducciones para descontar lo que deben tributar, pagos a cuenta o datos de pluriempleo (salarios pagados por un empleador diferente del que retiene Impuesto a las Ganancias).

En 2020, pagan Impuesto a las Ganancias los empleados solteros cuyo salario neto mensual supere los $55.261. En el caso de los casados, el tope es de $64.145 y para casados con dos hijos se eleva a 73.104 pesos.

A continuación, las nuevas deducciones y escala del Impuesto a las Ganancias que deben considerarse para el periodo fiscal 2020:

Para las actualizaciones de los valores del Impuesto a las Ganancias 2020 fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2019, con valor de 1,44277964.

Además, los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.

Ganancias: qué cambios urgentes se imponen

César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin y Asociados detalló los cambios que se imponen en el Impuesto a las Ganancias.

En efecto, el reconocido tributarista aseguró que hay cuestiones urgentes que merecen ser modificadas de inmediato.

Respecto a las personas humanas, el sistema de ajuste de las deducciones personales, es un sistema que ajusta por variable salarial. “El ajuste tiene que ser por el costo de vida y debe ajustarse semestralmente; no anualmente”.

Ganancias: qué cambios urgentes se imponen

Litvin también señaló que no es entendible la diferencia que existe entre la deducción de asalariados y autónomos. Se debe igualar.

El experto también dejó al descubierto que el sector público asalariado tiene “coronita”. “A diferencia del sector privado, los conceptos no remunerativos en el sector público no pagan Ganancias“, destacó Litvin.

Funcionarios públicos y legisladores tienen una parte significativa de su remuneración que no paga ganancias. “No es equitativo, es una injusticia y es un privilegio”, advirtió César Litvin.

Otro cambio urgente que se impone refiere al tope de las donaciones en el Impuesto a las Ganancias.

Litvin explicó que en este marco de pandemia, donde tanto se necesitan las donaciones, el límite existente en el Impuesto a las Ganancias “no sirve ni motiva a nadie”.

“Se debe eliminar el tope del 5% de la utilidad neta”, sugirió el experto.

En tanto, en relación a las personas jurídicas, Litvin detalló que “hay que tener un sistema tributario mucho más sencillo y una reducción de los impuestos corporativos, acompañada de una baja significativa del gasto público“.

¿Quiénes tributan como cuarta categoría en el Impuesto a las Ganancias 2020?

Según la AFIP, en la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias 2020 se incluye a la ganancia obtenida por el trabajo personal como:

– El desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA.

– El trabajo de jueces, funcionarios o empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias nombrado a partir del año 2017.

– El trabajo de los empleados en relación de dependencia.

– Las jubilaciones, pensiones, retiros o cualquier subsidio con origen en el trabajo personal; los servicios prestados por los socios de las sociedades cooperativas.

– Las sumas asignadas a los socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones.

– El ejercicio de profesiones liberales.

– El desempeño de las actividades de corredor, viajante de comercio y despachante de aduana; las compensaciones en dinero y en especie y los viáticos que se abonan como adelanto o reintegro de gastos por comisiones de servicio realizadas fuera de la sede donde se prestan las tareas.

– Las sumas abonadas al personal docente en concepto de adicional por material didáctico que excedan el 40% de la ganancia no imponible.

– Las sumas pagadas por la desvinculación laboral de personas que trabajan en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas que sean mayores a los montos indemnizatorios mínimos previstos en la norma laboral aplicable.

Deducciones: cómo pagar menos Impuesto a las Ganancias en el 2020

Una vez obtenido el CUIT, el formulario 572 web es un servicio que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.Para la presentación de dicho formulario se accede desde la web de AFIP ingresando al servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

A continuación, las claves de este sistema:

¿Quiénes deben presentar el SIRADIG?

La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo de cada año y le corresponde a:-<

Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

– Los empleados en relación de dependencia.

– Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguro de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

– Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.

– Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

Cada año, se pueden presentar las deducciones del Impuesto a las Ganancias hasta el 31 de marzo

Es importante destacar que para deducir o informar las deducciones de Ganancias- F.572 Web- que se realiza anualmente a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador”, se tendrá que realizar aún cuando en el período fiscal no se obtengan ingresos, deducciones y/o nuevas cargas de familia.

¿Que datos se deben cargar en el SIRADIG?

En el mencionado servicio SiRADIG, el trabajador deberá completar:

– Sus datos personales,

– Información referida al empleador o empleadores que tuvo durante el período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención,

– Detalle de las Cargas de Familia,

– Importe de las ganancias liquidadas por otros empleadores (en caso de pluriempleo),

– Deducciones y desgravaciones,

– Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta.

– Información referida al empleador

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución General 4003, deberá actuar como agente de retención aquel que abone las remuneraciones de mayor importe.

Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.

Liquidación Anual del Impuesto a las Ganancias

La AFIP estableció una serie de modificaciones en la reglamentación del régimen de retención del impuesto a las ganancias de cuarta categoría, es decir para empleados y/o jubilados.

Las referidas modificaciones fueron oficializadas mediante la Resolución General 4.396 y en uno de sus puntos establece la obligación de presentar el formulario de liquidación anual del impuesto por parte del agente de retención en forma digital a través del SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

En tal sentido, el fisco determinó que los agentes de retención deberán presentar las liquidaciones, con “Clave Fiscal”, mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos” del sitio “web” de AFIP, en los casos y plazos que se indican a continuación:

Presentación obligatoria

a) Liquidación anual de los trabajadores que hubieran obtenido en el año fiscal ganancias brutas totales por un importe igual o superior a $1.500.000, y de aquellos a los que no se les hubiera practicado la retención total del gravamen sobre las remuneraciones abonadas: hasta el último día hábil del mes de abril del año inmediato siguiente a aquél que se declara, excepto que entre el 1º de enero y la mencionada fecha se produjera la baja o retiro del beneficiario, o el cambio de agente de retención, en cuyo caso deberá ser realizada juntamente con la liquidación final o informativa, según corresponda.

b) Liquidaciones final e informativa: dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes de realizada la liquidación que corresponda.Verificada la consistencia de los datos transmitidos, el sistema generará el formulario de declaración jurada F. 1357, el que será puesto a disposición del beneficiario a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

Deducciones: importantes para no pagar de más en el Impuesto a las Ganancias

Opcional

Respecto de los beneficiarios que hubieran obtenido rentas brutas inferiores a $1.500.000 durante el año que se liquida y que hubieran sido pasibles de retenciones del impuesto, el agente de retención podrá optar por efectuar la presentación de la liquidación anual mediante el aludido servicio con “Clave Fiscal” o entregarle al beneficiario de la renta una copia confeccionada siguiendo el modelo previsto en el Anexo III de la Resolución General 4.003.

Acciones del sujeto retenido

Los trabajadores y/o jubilados podrán consultar e imprimir el formulario de declaración jurada F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” correspondiente a la liquidación anual, final o informativa, según corresponda, confeccionada por el agente de retención a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

El citado formulario se encontrará disponible para su consulta a partir de las siguientes fechas:

– Liquidación anual: a partir del día siguiente al último día hábil del mes de abril del año inmediato siguiente a aquél que se declara.

– Liquidación final o informativa: a partir del día siguiente al de la presentación del formulario de liquidación anual por parte del agente de retención, es decir como máximo dentro del sexto día de producida la desvinculación del trabajador.Cuando se produzca el cambio del agente de retención dentro del mismo período fiscal, el beneficiario de las rentas deberá presentar al nuevo agente una impresión de la liquidación informativa dentro de los 10 días hábiles contados desde que tal hecho ocurra.

Asimismo, en el supuesto que al comenzar una relación laboral el beneficiario cuente con una liquidación final practicada en el mismo período fiscal, deberá presentar una impresión de la misma al nuevo agente de retención, dentro de los 10 días hábiles contados desde el inicio de la nueva relación laboral.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Los consumidores pagaron 4,49 veces más en góndola de lo que percibió el productor

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Según CAME, la brecha de precios para el promedio de los 24 principales productos agropecuarios que participan de la mesa familiar se ubicó en 4,49 veces en octubre, 10,4% por debajo de septiembre. La participación del productor en el precio final subió a 28,3%.

Según la Confederación Argentina para la Mediana Empresa la brecha de precios para el promedio de los 24 principales productos agropecuarios que participan de la mesa familiar se ubicó en 4,49 veces en octubre, 10,4% por debajo de septiembre. La participación del productor en el precio final subió a 28,3%.

El descenso fue impulsado por fuertes caídas mensuales en las brechas del zapallito (-55,1%), la naranja (-54,9%), la mandarina(-54,5%) y la calabaza (-52%), informó CAME y amplió que hubo 12 productos con subas de brechas y 12 con bajas, pero las bajas fueron más profundas que las alzas. “Los consumidores pagaron 4,49 veces más de lo que cobró el productor por los productos en la tranquera de sus campos, cuando en septiembre la diferencia fue de 5,01 veces” explicó la entidad

En origen, los precios tuvieron una suba promedio de 27,04%, mientras que en destino los comercios minoristas midieron un aumento de 8,71% y los hipermercados de 15,25%, explicaron en el informe en base a datos que se desprenden del Índice de Precios en Origen y Destino (IPOD) que elabora el sector de Economías Regionales de CAME en base a los precios de origen de las principales zonas de producción y amás de 700 precios de cada producto en destino.

Otros índices que analiza CAME indicaron que el IPOD frutihortícola bajó 13,9% en el mes y la brecha para esos productos promedió en 4,78 veces en tanto que el IPOD ganadero bajó 0,3%, con una brecha que promedió en 3,37 veces y la participación del productor en el precio final subió a 28,3%, 10,2% por encima de septiembre.

En octubre, según CAME, la brecha mayor se detectó en la manzana roja, donde el precio se multiplicó por 12,6 veces desde que salió del campo, seguida por la zanahoria(11,3 veces), la pera(10,3 veces) y el pimiento rojo(6,4 veces). Los productos con menores brechas, en tanto, fueron: la frutilla, que se mantuvo en 1,6 veces; la acelga, que bajó a 2,1 veces; el pollo(2,16 veces) y el repollo (2,82).

Analizando los IPOD individuales, para cada producto, este mes los dos extremos estuvieron dados por la manzana roja, con una brecha de 12,6 veces, y la frutilla, donde la brecha fue de apenas 1,6 veces (igual que en septiembre). “En el caso de la pomácea, el productor entrega su producción a los galpones de empaque durante el primer trimestre de cada año. Luego, la comercializadora fija el precio y la forma de pago” aclaró CAME.

“La frutilla, por su parte, tiene un alto costo de producción y al ser considerada un producto altamente perecedero tras su salida de la cadena de frío, el comercio minorista opta por resignar ganancia para mover el producto, fijando un precio cercano al percibido por el productor -estrategia comercial que se registró durante todo el año-” completó la entidad.

El IPOD cebolla subió 25,6% en el mes, siendo el de mayor aumento. “Ese comportamiento se dio por la disminución de 35,6% en los precios de origen y de 19,1% en los precios de destino. La variación del precio en origen, según comentaron los productores, ocurrió por el ingreso de la producción de Salta, Córdoba, San Juan y Mendoza, lo que bajó el nivel de precios que se había elevado en septiembre por el exceso de demanda, causado por una merma en la oferta de cebolla. Interanualmente, se observó una variación del 27,01% en el precio de origen” informó CAME.

IPOD manzana roja subió 23,8% en el mes, siendo el segundo producto con mayor aumento. Según la entidad la suba se explica por una variación de 22,2% en los precios de destino frente a una disminución de 1,3% en los precios de origen. Interanualmente los precios de origen subieron 52,78%. En tanto que el IPOD zapallito lideró las bajas con una variación de -55,1%. “Esa reducción responde a un aumento de 1,4% en los precios de origen frente a una caída de 54,43 en los precios de destino. Interanualmente, se observa una variación de 35,11% en el precio de origen” especificó CAME.

IPOD naranja fue el segundo producto con mayor baja (-54,9%). Según la entidad la reducción responde a un aumento de 127% en los precios de origen y un alza de sólo 2,4% en los precios de destino. “Los productores consultados comentaron que el aumento en origen se debe a la falta de fruta. Este problema se dio todo el año dado que la oferta no puede igualar la demanda desde el año pasado donde, por cambios bruscos en el clima, mucha producción se perdió. Interanualmente se observa una variación positiva de 608,76% en el precio de origen” dijo CAME.

Y cerró: “Tanto la naranja como otros cítricos dulces han tenido durante el transcurso del presente año un reacomodamiento de precios, debido al atraso en los precios de origen; situación que conllevó una rentabilidad negativa para el productor citrícola en años anteriores”.

La participación promedio del productor, aseguró la entidad, en el precio final del producto subió de 25,7% en septiembre a 28,3% en octubre. En la comparación, analizaron que “la mejor situación la siguen teniendo los productores de frutilla, que recibieron el 62,6% de los precios de venta minorista. En cambio, en la manzana roja el productor apenas recibió el 7,9% del precio final”.

Fuente: Ambito.com

IMPOSITIVAS – AFIP habilita la inscripción para créditos a tasa subsidiada para el pago de sueldos: cómo anotarse

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Los mismos están destinados al pago de los salarios de octubre, luego de la reducción del programa ATP solo para sectores “críticos”

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará a partir de este lunes el sistema para que las empresas tramiten los Créditos a Tasa Subsidiada destinados al pago de los salarios de octubre, tras la reducción del programa ATP solo para sectores “críticos”.

Los empleadores registrados en el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre, inclusive. El Estado argentino invirtió más de $230.000 millones a lo largo de los últimos seis meses para sostener puestos de trabajo del sector privado.

Un promedio de 1,7 millones de trabajadores que se desempeñan en 180 mil empresas fueron beneficiados cada mes, indicó la jefa de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

El Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa ATP dispuso que las empresas registradas que hubieran presentado una variación nominal negativa en su facturación entre septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%.

En tanto, aquellos empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%. Las firmas de sectores considerados críticos que presentan una variación nominal positiva en su facturación estarán habilitadas a solicitar un crédito en esas condiciones.

Las que registren en su nómina trabajadoras y trabajadores con pluriempleo tendrán habilitada la opción para tramitar su Crédito a Tasa Subsidiada desde el 14 de hasta el 19 de noviembre, inclusive.

Las compañía que accedan a los Créditos a Tasa Subsidiada contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Los empleadores que cumplan con las metas de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo y cancelen el crédito, recibirán un reintegro total o parcial del beneficio a través del FONDEP.

Los empleadores registrados en el ATP podrán realizar el trámite entre el 9 y 19 de noviembre

¿Cómo tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada?

El sistema para tramitar los créditos será habilitado el lunes 9 de noviembre con la publicación de la Resolución General 4853 en el Boletín Oficial.

1. El proceso para acceder al financiamiento se inicia a través del sitio web de la AFIP.

2. Los empleadores habilitados ingresarán con clave fiscal al servicio “Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción” donde deberán seleccionar la opción Crédito a Tasa Subsidiada.

3. El sistema determinará e informará el monto máximo al que puede acceder cada empleador.

4. Los contribuyentes deben ingresar una dirección de correo electrónico ya que el trámite se finaliza en la entidad bancaria seleccionada.

El fin del programa ATP

En el mercado de un viraje hacia la reducción del déficit fiscal, y tal como lo anticipó iProfesional, el Gobierno avanza en la reducción de la ayuda a sectores perjudicados por la pandemia.

El programa estatal ATPcon el cual se ayuda a las empresas a pagar salarios, concluirá a fin de año, anunció este jueves el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

También adelantó que la idea es que el Ingreso Familiar de Emergencia (bono Anses IFE) de $10.000 sea “absorbido por otros programas sociales o bien por nuevos empleos”.

“El ATP está previsto que finalice a fin de año”, señaló Kulfas en una entrevista radial. No obstante, no fue tan asertivo acerca del futuro que tendrá el IFE, una asistencia que está dirigida a los sectores más vulnerables de la economía argentina.

Dijo que “la expectativa es que el 2021 sea un año de fuerte recuperación de la actividad económica”.

Con el paso de los meses, el Gobierno fue acotando el universo de empresas a las que brindó el subsidio.

Días atrás, y tras una reunión del gabinete económico, se definió que el programa de asistencia ATP 7 se otorgará, en manera de asistencia salarial, sólo a los sectores “críticos” de la economía.

Para el resto de los sectores seguirá vigente la posibilidad de acceder a créditos a tasas subsidiadas, pero ya no se dará asistencia para que las empresas paguen los salarios.

Esta semana, el Gobierno extendió por decreto hasta el 31 de diciembre el programa ATP, que desde hace cinco meses tiene como eje el pago de parte de los salarios en las empresas que así lo piden.

“Extiéndese la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) establecido por el Decreto N° 332/20 y sus modificatorios, hasta el 31 de diciembre de 2020”, estableció el Decreto 823/2020, publicado en el Boletín Oficial.

ATP e IFE, surgidos en pandemia, fuera del presupuesto 2021

ATP y bono IFE, fuera del presupuesto 2021

El Senado inició esta semana el debate sobre el Presupuesto 2021 y el oficialismo apuesta a lograr una rápida aprobación como parte de las señales de respaldo político al plan económico que busca presentar al FMI para refinanciar deuda por u$s 44.000 millones.

El jefe de la bancada oficialista, José Mayans, subrayó que “sería importante dar esta herramienta para poder ir al Fondo Monetario Internacional”, al tiempo que buscó tender puentes con la oposición, que dio a conocer sus críticas a través de los senadores Martín Lousteau y Esteban Bullrich, aunque sin mostrar voluntad de rechazo.

Ante una observación de Lousteau y del chaqueño Víctor Zimmemann sobre el gasto social, el secretario de Hacienda, Raúl Rigo, confirmó que en el Presupuesto 2021 las asistencias del IFE y el ATP implementadas en el marco de la pandemia “no están, pero hay programas que buscan tender este puente”.

En este sentido, Rigo, subrayó que “hay casi 100 mil millones de pesos asignados para financiar acciones que tienen que ver con la promoción de la actividad económica y subsidio de tasas de interés”.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMIA – Proyectan que Argentina crecerá 4% desde el primer trimestre de 2021

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La Fundación de Investigaciones para el Desarrollo estimó que la economía cerrará este año con una caída del 10,5%, mientras que las señales actuales comienzan a mostrar un rebote para 2021. “Creemos que están dadas las condiciones para que este crecimiento continúe en niveles elevados para todo el año”, aseguraron.

La industria, una de las bases de la recuperación.

La economía volverá a crecer desde el primer trimestre del año próximo por encima del 4%. Así lo estimó la Fundación de Investigaciones para el Desarrollo (FIDE) en su último informe. Asimismo, se refirieron a una eventual ampliación del préstamo del FMI, sobre lo cual señalaron que “podría resultar poco conveniente” si viene acompañado de condicionamientos fiscales.

“Reafirmamos nuestro pronóstico respecto de una caída del PIB en el orden del 10,5% para 2020 y, de continuar un ritmo como el actual, estimamos que para el primer trimestre de 2021 la economía estará creciendo por encima del 4%”, sostuvo FIDE.

Asimismo, ese centro de estudios afirmó que “creemos que están dadas las condiciones para que este crecimiento continúe en niveles elevados para todo el año”.

FIDE remarcó que “octubre aparece como el segundo mes en donde se acumulan señales positivas, especialmente en la industria manufacturera y la construcción“.

En otro orden, el informe -editado por el economista Nicolás Zeolla- apuntó que el fortalecimiento de las reservas del BCRA constituye “uno de los desafíos centrales para el Gobierno en los próximos meses”.

Según FIDE “no hay razones objetivas que den sustento a las previsiones de devaluación que se plantean desde muchos sectores como desenlace inevitable. El tipo de cambio continúa en niveles competitivos y, aún en un contexto de mejora en los niveles de actividad, se proyecta un saldo positivo relevante en el balance comercial que, aunque desfasado en el tiempo, debería materializarse en una oferta positiva en el mercado de cambios”.

Respecto de la negociación con el FMI, FIDE consideró que una ampliación del préstamo ya otorgado “podría resultar poco conveniente si tal inyección de fondos implica un condicionamiento fiscal a los márgenes necesarios para cumplir con el objetivo de la recuperación. Y peor aún, si además trae consigo requisitos de desregulación cambiaria y devaluación, que han sido el principal reaseguro para evitar cualquier sobresalto en el impacto de los efectos negativos de la pandemia”.

FIDE añadió que “permanece vigente la pregunta estructural sobre el bimonetarismo de la economía argentina y con ello, la forma de desarmarla”.

“Los riesgos de la salida fácil tienen que ver con desarmar regulaciones y cubrir transitoriamente la demanda de dólares con fuentes financieras, con la expectativa de generar un shock de confianza tal que revierta la coyuntura externa”, aseguraron.

FIDE concluyó que “garantizar la estabilidad cambiaria es condición necesaria para consolidar el proceso de desaceleración en el ritmo de inflación, pero no suficiente, el abordaje integral de la problemática de precios parece ser otro de los desafíos de corto plazo de la política económica, en donde la agenda de trabajo en función de las realidades sectoriales es imprescindible”.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Tras la abrupta baja del dólar blue, esto es lo que espera el mercado

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Tras la reducción de la brecha cambiaria, en el mercado anticipan si el Gobierno seguirá interviniendo para mantener a raya a las cotizaciones financieras

La semana que termina fue una de las mejores en materia financiera para el Gobierno. Logró bajar las cotizaciones paralelas del dólar, la brecha se achicó y el Banco Central (BCRA) pudo darse el lujo de comprar dólares en algunas jornadas. Sin embargo, las reservas cayeron u$s333 millones en los últimos 4 días hábiles, ya que el viernes fue feriado bancario.

“Esta semana se encadenaron una sucesión de hechos que ameritan titular como la mejor semana desde el canje de deuda. La brecha bajó significativamente, el BCRA volvió a comprar dólares, los bonos acumularon varios días de subas, los contagios mostraron una desaceleración y hasta habría triunfado el candidato preferido del Gobierno a la Casa Blanca”, resumió Consultatio en su informe semanal. La firma reconoció, a la vez, que la semana arrancó con “un anuncio en la dirección correctano tomará más Adelantos Transitorios hasta fin de año”. “Este anuncio fue seguido de otros rumores que irían en una línea mucho más moderada o que, incluso, si se confirman, podrían sugerir un manejo más ortodoxo en la política económica”, completó Consultatio.

¿Qué esperan para esta semana? 

En la primera semana de noviembre, el dólar oficial avanzó 1% a un ritmo diario algo mayor al que venía convalidando el BCRA. “Se deslizó mucho más que lo que venía haciendo. Parecería que está acelerando un poquito la devaluación oficial”, sostuvo Claudio García, de PR Corredores de cambio.

No obstante, como apuntó la consultora LCG, habrá que esperar a que se confirme esa decisión de incrementar la devaluación oficial, ya que en la primera semana de octubre se había dado un proceso similar que se diluyó con el correr del mes.

Con respecto a las cotizaciones financieras, los operadores saben que la calma es artificial, ya que está apoyada en las ventas de bonos por parte de organismos públicos y en un cepo muy restrictivo. Sin embargo, creen que podría seguir dando resultado en la segunda semana de noviembre.

“La calma se va a mantener porque no van a dejar subir al contado con liquidación. Todavía el Gobierno tiene bonos en cantidad como para mantenerlo. El tema es que estamos en un mercado que termina siendo ficticio. En realidad, están regalando bonos que son de los futuros jubilados”, apuntó Leonardo Svirsky, de Bull Market Broker.

No obstante, anticipó: “Cuando no tengan más bonos, el precio puede volver a subir. Yo creo que si deja de intervenir, el mercado vuelve a subir, quizá no hasta los máximos, pero iría para arriba”.

El dólar Mep cerró la semana a valores similares al solidario

“La Anses casi todos los días vende bonos en dólares (pero en moneda local) en el mercado para bajar la brecha cambiaria. El costo de esta estrategia es alto: vende tenencias y bonos que rinden cerca de 17% en dólares”, escribió Fernando Marull en su informe semanal.

Respecto de los montos, el economista sostuvo que no hay información pero calculó que el vendedor es Anses, y que tiene alrededor de u$s100 millones en total.

Por su parte, García coincidió en que el Gobierno seguirá con la misma estrategia: “Al contado con liquidación y Mep, lo va a seguir regulando con venta de bonos. Parecería que no quiere que se le mueva de este rango de $145-$155. No lo veo abajo de esos valores porque el solidario está más o menos en esos niveles”.

Precisamente, llevar el dólar Mep al nivel del solidario, que cerró la semana en torno a los $139, era una de las metas del BCRA cuando impuso el súper cepo, a mediados de septiembre.

Finalmente, el dólar blue cerró el viernes en $157 y bajó $12 en la semana que termina. Ya cayó $38 desde su pico de $195. Al respecto, García explicó: “El paralelo, se mueve netamente por oferta y demanda, yo creo que cuando terminen los primeros días del mes, que se terminan las necesidades de pesos, el paralelo vuelve a subir“.

En una cueva, en tanto, dijeron a iProfesional que la sensación es que esta baja será efímera. “Está tomando impulso para volver a subir. Se estima que supere los $200 antes de fin de año”, confesaron.

Las razones de la calma

Desde el pico de $181,06 alcanzado el 22 de octubre hasta el cierre del viernes en $146,99, el contado con liquidación bajó casi 19%. El dólar Mep, por su parte, retrocedió un 13% desde su máximo de $163,09 hasta el cierre del viernes, en $141,58.

Marull reconoció que “el cambio de estrategia de las últimas semanas fue efectiva” para bajar el contado con liquidación pero recalcó que “tuvo costos altos”. De todos modos, afirmó que la batalla no está ganada ya que “para cantar victoria en el corto plazo falta superar la fuerte emisión de pesos que habrá en diciembre, que pegará de lleno en enero y febrero, y, fundamentalmente, que el BCRA logre revertir estructuralmente la caída de reservas“.

En el mercado creen que el blue podría recuperar terreno

En Quantum Finanzas señalaron que la reducción de la brecha se explicó por diferentes acciones oficiales, entre las que mencionaron:

  • La intervención indirecta en el mercado de dólar financiero mediante la compraventa de títulos públicos.
  • La participación en el mercado de dólar futuro, principalmente en ROFEX, con posturas vendedoras en posiciones cortas.
  • La colocación de títulos públicos ajustables, particularmente al tipo de cambio oficial.
  • La reversión de algunas restricciones a la operatoria, como la eliminación del parking en la venta de activos con liquidación en pesos y la autorización a la participación de no residentes en el mercado.
  • El mayor control de operaciones de venta de activos financieros.

A eso agregaron otras señales que “contribuyeron a enfriar, al menos temporariamente, las expectativas de devaluación y posibilitaron que las intervenciones fueran exitosas”. En ese sentido Quantum enumeró las intenciones de rápidas negociaciones con el FMI, la idea de reducir el déficit fiscal en un porcentaje superior al previsto en el presupuesto 2021 y el límite a los adelantos transitorios.

Bono Pimco, test clave

Este lunes, luego de muchas postergaciones, el Tesoro finalmente licitará los bonos en dólares a 2030 y 2035 que se pueden suscribir con títulos en pesos.

Se trata de una colocación que busca darle una salida a los fondos del exterior que entraron en el mercado de deuda local y quedaron atrapados por el reperfilamiento. Entre ellos, están grandes firmas de inversión como Pimco y Templeton.

Guzmán apunta a un plan de estabilización para los próximos 60 a 90 días

La operación, inicialmente anunciada en junio, se aplazó reiteradas veces y finalmente tendrá su primer test. El dato pasará por el tipo de cambio implícito que surja de la licitación.

“El Tesoro subasta (vía precio) casi u$s750 millones en Bonares 2030 y 2035, es decir, en hard dollar (no Bonos Dollar Linked). Dado que los bonos cotizan al 35% de paridad, implica que el Gobierno ‘les ofrece una salida’ por un monto menor a los u$s300 millones“, explicó Marull. Con respecto al tipo de cambio, el economista afirmó que, a los precios del viernes, sería más cercano a $145 que de $150.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – El endeudamiento de las familias creció por cuarto mes consecutivo

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La línea de préstamos personales creció un 3,1% mensual, hasta los $426.924 millones para el total acumulado. “Una parte de la demanda por parte de las familias está vislumbrando una mejora sobre su economía futura y entiende que lo peor de la pandemia está pasando”, dijeron desde FIRST CAPITAL GROUP.

Por cuarto mes consecutivo, creció en octubre el endeudamiento de las familias, ya que la línea de préstamos personales aumntó un 3,1% mensual, hasta los $426.924 millones para el total acumulado, de acuerdo a un informe de FIRST CAPITAL GROUP.

A su vez, los créditos de las familias presentaron un aumento interanual en términos nominales del 5,4%, contra los $404.987 millones al cierre del mismo mes del año anterior.

“Como venimos expresando en análisis anteriores, se aprecia una aceleración en la tendencia alcista de esta línea a diferencia de lo que ocurría durante el primer semestre de este año”, señaló Guillermo Barbero, socio de FIRST CAPITAL GROUP.

Aseguró que “la oferta de créditos que realizan las entidades financieras comienza a dar lugar a nuevas operaciones gracias a que una parte de la demanda está vislumbrando una mejora sobre su economía futura y entiende que lo peor de la pandemia está pasando. Al mismo tiempo otra parte de las familias deber refinanciar sus vencimientos ante la imposibilidad de cancelar los mismos”.

Por otro lado, el saldo total de préstamos en pesos al sector privado alcanzó un nivel de $2.636.401 millones, representando una suba en los últimos 365 días de $847.101 millones, equivalente a un aumento del 47,3% anual, valores que se encuentran por encima de la inflación del período.

“Durante el último mes, octubre 2020, el crecimiento ha sido de $ 125.381 millones lo que representa un 5%, acelerándose respecto al mes anterior y el mayor incremento mensual desde el inicio del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio”, explicó Barbero.

En lo que refiere a la operatoria a través de tarjetas de crédito, ésta registró un saldo de $796.077 millones, lo cual significa una suba de 6,4% respecto al cierre del mes pasado, unos $ 47.726 millones por encima de septiembre. El crecimiento interanual llegó al 54,3%, por encima de la inflación del período. “Contribuye a esta recuperación de los saldos, que nuevas actividades comerciales y gastronómicas se habilitan en el AMBA, muchas de las cuales se abonan tradicionalmente con tarjeta y a que se admite la refinanciación de los saldos que no se alcanzan a pagar”, indicó el socio de FIRST CAPITAL GROUP.

En cuanto a las líneas de créditos hipotecarios, incluidos los ajustables por inflación/UVA, durante octubre crecieron 0,4% con respecto al stock de $ 212.048 millones del mes anterior, acumulando un saldo total al cierre de 212.966 millones y una caída interanual del 0,4% en términos nominales. “Durante este mes se observan nuevas operaciones vinculadas con la pronunciada baja del costo de la construcción medido en moneda extranjera, esto sumado a la liberación de restricciones para trabajar, han logrado una pequeña reactivación del rubro”, comentó Barbero.

A su vez, la línea de créditos prendarios presenta, según datos publicados por el BCRA, un saldo de la cartera a fines de octubre de 2020 de $96.678 millones, creciendo 5,4% versus la cartera a fines del mismo mes de 2019 de $84.195 millones. La variación con respecto al saldo del mes anterior marcó una suba del 6,2%, acumulando cinco alzas mensuales por encima de la inflación. “Los valores de los bienes sujetos a garantía prendaria vieron caer durante este mes su valor en dólares, lo cual incentiva la demanda de los mismos y reactiva el otorgamiento de préstamos con garantía prendaria”, puntualizó Barbero.

En relación a los préstamos comerciales, esta línea creció 6% respecto al saldo que se observó el mes pasado, volviendo a tomar impulso respecto a meses anteriores, ubicándola con un stock de cartera de $912.478 millones. Respecto del mismo mes del año pasado el alza es de 86,9%, muy por encima de la inflación del período. “Se observa durante este mes la repercusión de los anuncios oficiales acerca de nuevas líneas crediticias de fomento para Pymes tendientes a recomponer su capital de trabajo y la de facilitar las inversiones productivas. De esta manera el crecimiento mensual fue el más alto de los últimos seis meses”.

Asimismo, los préstamos en dólares, respecto del mes pasado tuvieron una caída del 4,6%, presentando una disminución interanual del 52,1%. Se mantiene el retroceso de las financiaciones en moneda extranjera, con más de un año de caídas mensuales consecutivas. El stock de préstamos en dólares es de u$s5.662 millones. El 67,6% del total de la deuda en moneda extranjera sigue siendo la línea de comerciales. La caída de los depósitos en dólares tiene su correlación con un menor otorgamiento de préstamos denominados en la misma moneda y una aceleración en la cancelación de los mismos

Por su parte, la línea de hipotecarios presentó una baja interanual de 17,2%, acumulando todas caídas mensuales desde comienzos de año, cayendo 2,4% respecto a agosto. De todas formas es una línea que solo representa el 5,7% de la deuda total en dólares.

Las tarjetas de crédito en moneda extranjera registraron una suba con relación al mes anterior del 14%, pero con una caída interanual del 60,5%. Ante la virtual desaparición del turismo al exterior, los saldos de tarjetas han quedado reducidos a una mínima expresión.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – AFIP no reglamenta beneficios para cumplidores: monotributistas y autónomos no tienen ningún alivio impositivo

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Hace más de dos meses que se publicó la ley 27.562 y no hubo reglamentación para los cumplidores, incluidos dentro de la ley de emergencia pública.
 

A más de dos meses de publicada la ley 27.562, todavía no se reglamentaron los beneficios para los contribuyentes cumplidores que fueron incluidos dentro de la ley de emergencia pública, que fue sancionada en diciembre del año pasado.

Es importante que la resolución de la AFIP salga en este año, para que los monotributistas puedan aprovechar inmediatamente la exención en el pago de la parte impositiva de la cuota y para que los contribuyentes autónomos no vean diferido por un año el aumento del monto de la deducción especial; y que de esta manera, la medida impacte en el año 2020, incluso para que los anticipos que restan pagar ya pueden recalcularse disminuyendo su importe a partir del mes de diciembre.

La ley define que un contribuyente es cumplidor siempre que, al 26 de agosto de este año, no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas y en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1de enero del año 2017.

La exigencia no es muy flexible ya que si en esos tres años y medio, el Monotributista o el contribuyente autónomo registró algún atraso, material o formal, no podrá acceder al beneficio. Es probable que desde que comenzó la cuarentena alguien no haya podido cumplir con todas las presentaciones y/o pagos, entonces quedaría sin calificar como contribuyente “cumplidor”.

La moratoria que está vigente hasta noviembre, si bien sirve para ponerse al día con la AFIP, no alcanza a cubrir los requisitos dispuestos para encontrarse al día con los impuestos. Precisamente, esta posibilidad que dio la ley fue para darle los beneficios a los cumplidores y que de esta forma no queden en desventaja con los que no pudieron cumplir con las obligaciones tributarias.

Como los que quieren presentarse en la moratoria tuvieron oportunidades que se extendieron por la prórroga que salió recientemente, sería justo que se flexibilicen también las exigencias que se le ponen a los que cumplieron en tiempo y forma con los impuestos.

Es importante que la resolución de la AFIP salga en este año, para que monotributistas y autónomos tengan alivio

En qué consisten los beneficios

Con las modificaciones realizadas, mediante la ley 27.562, los contribuyentes que se encuentren al día tendrán los siguientes beneficios tributarios:

1) Monotributistas: contarán con la exención de la parte impositiva de la cuota del monotributo, por determinados meses de acuerdo la categoría en que están inscriptos: Categorías A y B: 6 cuotas; Categorías C y D: 5 cuotas; Categorías E y F: 4 cuotas; Categorías G y H: 3 cuotas y Categorías I,J y K: 2 cuotas. El valor tope de la exención es de $ 17.500.

2) Autónomos: aumento del 50% del monto de la deducción especial anual.

3) Se crea un régimen de amortización acelerada para las inversiones en bienes muebles nacionales e importados y en obras de infraestructura, realizadas por las Micro y Pequeñas Empresas, en la medida que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2021.

En este caso, no hay previsto beneficios para los trabajadores en relación de dependencia.

La mirada al 2021

La inflación de este año se calcula que rondará el 40%, siendo de esta forma mayor que los ajustes de actualización que tendrán las tablas y las deducciones que utilizan todos los contribuyentes individuales para pagar sus impuestos.

Comenzando por los pequeños contribuyentes, inscriptos en el Monotributo, a partir del mes de enero del año que viene, verán actualizados sus parámetros (ingresos, alquileres y precio unitario) y las mensualidades que tienen que pagar de acuerdo con la evolución anual del índice de movilidad previsional. Esta variable de actualización fue determinada, discrecionalmente, por medio de decretos del Poder Ejecutivo por el cambio de la fórmula de la movilidad previsional que todavía se encuentra pendiente de definición.

La evolución de los índices de ajuste previsional, fue la siguiente: 1) marzo: 2,3%, más una suma fija de $ 1.500; 2) junio: 6,12%; 3) septiembre: 7,50%; restando definir el porcentaje para el mes de diciembre. Habrá que ver de qué manera se incluye la suma fija dentro del porcentaje de variación que se use para el Monotributo.

El coeficiente que hubiera sido, si no se modificaba la fórmula anterior, estaría alrededor del 42%, superando levemente a la inflación anual estimada. Sin embargo, los aumentos otorgados hasta ahora fueron notoriamente inferiores a la inflación del año, salvo que el ajuste que se haga en diciembre ayude a alcanzar a la inflación anual. Definido el porcentaje de aumento anual, los parámetros de encuadre y las cuotas a pagar del Régimen Simplificado se modificarán ya desde el mes de enero de 2021.

Siguiendo con los empleados en relación de dependencia, obtendrán un incremento en los valores de las deducciones personales y en las tablas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias, considerando la variación del RIPTE (índice salarial) que tuvo desde octubre de 2019, hasta el mismo mes de este año. A pesar de no estar publicados los dos últimos meses, se estima que el incremento total llegará a ser aproximadamente del 30 %, estando diez puntos por debajo de la inflación anual estimada.

En cuanto a los contribuyentes autónomos, recién podrán notar el incremento definitivo que saldrá este año, cuando liquiden el impuesto a las Ganancias correspondiente al año 2021, en junio de 2022. Recién en el mes de agosto de 2021, podrán calcularse los anticipos incorporando el RIPTE determinado este año.

AFIP no reglamenta beneficios para cumplidores y monotributistas y autónomos no tienen ningún alivio impositivo

Medidas transitorias extendidas

Los controles sistémicos que hace la AFIP, para la exclusión de oficio del régimen simplificado, están suspendidos hasta el 2 de noviembre de 2020.

En estos casos, la incógnita que queda es qué pasará con todos estos indicadores que se superaron en los meses que duró la suspensión, si habrá borrón y cuenta nueva o la AFIP podría mirar para atrás y excluir de oficio más adelante. Por ejemplo, si un monotributista durante agosto de este año registró excesivos consumos que no se corresponden con los ingresos que acepta el monotributo, qué va a hacer la AFIP, ¿lo dejará de lado o lo exigirá en el futuro?

Asimismo, sigue sin efecto la baja que hace la AFIP a los contribuyentes que registren atrasos en las 10 últimas cuotas consecutivas del Monotributo. Ahora, la falta de pago de las cuotas vencidas de marzo hasta el mes de octubre de este año, no se tendrán en cuenta para que se dispare la baja directa que hace la AFIP.

Hay un dicho conocido que dice: “el tiempo es dinero” y el atraso en que salga la reglamentación es pagado por el bolsillo de los contribuyentes.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Extienden la suspensión del registro de empleadores con sanciones laborales: hasta qué fecha

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Los inhabilitados no podían acceder a los programas asistenciales, ni a líneas de crédito otorgadas por bancos públicos. Hasta qué fecha rige la suspensión

El Gobierno extendió hasta el 31 de marzo de 2021 la suspensión del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), ante las “excepcionales circunstancias de emergencia” sanitaria a raíz de la pandemia de coronavirus y su impacto sobre los procesos productivos y el trabajo.

Los empleadores incluidos en el REPSAL, entre otras inhabilitaciones, no pueden acceder a los programas asistenciales implementados o financiados por el Estado nacional, ni a líneas de crédito otorgadas por las instituciones bancarias públicas.

A fin de morigerar el impacto de la emergencia sanitaria sobre los procesos productivos y el empleo, el decreto 845/2020 extiende hasta el 31 de marzo de 2020 los efectos y plazos de permanencia de los empleadores incluidos en el registro, así como la incorporación de empleadores.

REPSAL: hasta qué fecha está suspendido

La suspensión dispuesta no alcanza a quienes fueron incluidos en el registro tras sentencias firmes que hayan establecido que el actor es un trabajador dependiente con relación laboral desconocida por el empleador, o con una fecha de ingreso que difiera de la alegada en su inscripción.

También quedan excluidos de esta suspensión quienes fueron sancionados por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 26.390 y a la 26.847 y quienes tengan sentencia firme condenatoria por infracción a la ley 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas

El REPSAL es un registro público, que está disponible en Internet y tiene por finalidad hacer públicas las sanciones firmes por trabajo no registrado que sean aplicadas por la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo, por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por las autoridades provinciales y de la Ciudadr Autónoma de Buenos Aires, por el Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA), y por la Supeintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).

En el REPSAL se registran las sanciones por obstrucción a la inspección del trabajo, las sentencias judiciales por relaciones laborales no reconocidas por el empleador, las sanciones impuestas por infracciones a la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente, y las sentencias condenatorias por infracción a la Ley N° 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas.

El empleador es sacado del REPSAL cuando:

  • Paga la multa y regulariza a todos los trabajadores.
  • Transcurrido un plazo variable según la sanción: 60 dias en el REPSAL dese que regularizo la inspección; 90 días desde que la regularizo parcialmente; 120 dias de infracciones genéricas y 180 días de obstrucción y delitos.

La AFIP extendió la moratoria

El Gobierno extendió hasta el 30 de noviembre el plazo de adhesión a la amplia moratoria que vencía originalmente el 31 de octubre pasado, para darles más tiempo a los contribuyentes para ingresar al plan de facilidades pensado para contribuir a amortiguar los efectos de la pandemia.

Desde que se habilitó a mediados de septiembre la adhesión a la ampliación de la moratoria se generaron más de 320 mil planes. Hasta el momento, los contribuyentes que ingresaron al plan regularizaron deudas por un monto superior a los $200 mil millones, en concepto de obligaciones vencidas de carácter tributarias, aduaneras y previsionales.

En concreto, la ampliación de la moratoria extiende el universo de contribuyentes beneficiados, pero también contempla la posibilidad de regularizar deudas con la AFIP generadas durante la pandemia del Covid-19. Es por eso que permite la inclusión de obligaciones impositivas, previsionales y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.

La AFIP habilitó inscripción al “ATP”: cuál es la fecha límite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) también habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de octubre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar entre los días 29 de octubre y 4 de noviembre, inclusive.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través del Programa ATP el Estado ya invirtió $207 mil millones. La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180 mil empresas.

Las empresas que presenten una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%. Por su parte, los empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Los empleadores de sectores considerados críticos como turismo, gastronomía, transporte, cultura y salud, entre otras actividades, que registren una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Aquellas firmas que realizan actividades críticas y registran una variación positiva podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.

La medida otorga más tiempo para cumplir con el nuevo régimen informativo que estableció la obligación de identificar a cada una de las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La prórroga hasta mediados de diciembre apunta a facilitar las tareas de cumplimiento en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La Resolución General 4.839/2020 también ofrece más tiempo a los fideicomisos para que presenten sus declaraciones juradas informativas anuales.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.

La AFIP reemplazó este año el régimen de información sobre participaciones societarias para requerir a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales;aquellas personas humanas que, en última instancia, mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La decisión que está en línea con prácticas internacionales busca dificultar las maniobras de ocultamiento de información sobre los “verdaderos dueños” de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La nueva normativa de la AFIP dispuso que las personas jurídicas deben presentar los datos de los beneficiarios finales independientemente del porcentaje de participación que posean. De esta forma, no se establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales.

Los sujetos alcanzados tienen tiempo hasta mediados de diciembre para reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica, o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Por inestabilidad cambiaria y suba de precios, en octubre la economía mejoró en forma acotada

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Siguiendo los registros de algunas consultoras privadas, el crecimiento de la actividad económica en el mes de octubre respecto a septiembre no superaría el 2%.

Durante la fabricación de autos, las operaciones de pintado y recubrimiento determinan el 56% de las emisiones atmosféricas. Foto: CEDOC

La grave inestabilidad cambiaria y su consiguiente efecto inflacionario determinaron que el nivel de mejora de la economía, que se había mostrado bastante consistente entre junio y agosto, registrara en el mes pasado un ritmo mucho más atenuado, con un crecimiento con relación a septiembre que no superaría el dos por ciento y mostrando una fuerte caída interanual.

En principìo esa es la realidad que tienen las consultoras con respecto al nivel de la actividad económica y el argumento es que, en general, una suba tan fuerte del dólar como la que se dio en octubre incide en un amplio abanico de sectores y lo que se puede ver favorecido son ciertos sectores que acumularon stock ante el peligro de otra fuerte devaluación.

Para la consultora Orlando Ferreres, el nivel de actividad económica de octubre no fue mejor que el de septiembre, que mostró un alza del 1,5 por ciento.

En la verdad no hay grieta: el único compromiso es con vos

“Aún no tenemos la cifra final del nivel de actividad de octubre, pero vemos que en el mejor de los casos la mejora podría llegar al 1,5 por ciento, y en el año nos da una caída del 11,7 por ciento”, resumió Fausto Spotorno, economista de la consultora.

Para el especialista, la suba tan fuerte del dólar y el incremento de la inflación determinó que se perdieran mucho precios de referencia y a la vez que algunos sectores stockean sin vender previendo que el dólar podría continuar su escalada alcista.

“El consumo masivo sigue muy bajo, uno lo puede ver eso claramente en la recaudación impositiva de octubre. Sí quizás hubo un poco más de movimiento en rubros donde una devaluación tiene un efecto muy fuerte como el sector automotriz y determinados rubros de la construcción”, agregó.

Por su parte, desde el estudio Castiglioni Tiscornia consideran que el mayor incremento del nivel de actividad se dio especialmente en mayo y junio, tendencia que luego siguió pero en un nivel mucho más bajo en julio, agosto, septiembre y octubre.

La misma consultora resalta que se puede observar una recuperación paulatina muy suave en el nivel de la actividad económica a nivel mensual, “pero con niveles muy flojos”.

Es difícil pensar en una recuperación más firme del empleo con la caída del consumo, del salario  y la pérdida de 3,8 de empleos en el segundo trimestre de este año“, añadieron desde la consultora.

De hecho, hay cifras que son elocuentes. Teniendo en cuenta los números del propio Indec, el estimado mensual de la actividad económica mostró en agosto una mejora mensual del 1,1 por ciento, cifra que se reiteró en julio con respecto a junio.

Precisamente, en junio, de la mano de una apertura más trascendente, el nivel de actividad con relación a mayo mejoró 7,4 por ciento y en mayo 10%, donde se había concretado la apertura después de la estricta cuarentena realizada entre el 20 de marzo y el final de abril.

De esta manera, los consultores salieron al cruce de las versiones publicadas por un medio porteño, el cual consignaba que la economía había mostrado un fuerte reputen en octubre del 8,5 por ciento.

La cifra aparece forzada cuando la propia CAME advirtió que el consumo masivo registró en el mes pasado una caída del 14,6 por ciento.

A su vez, hay que considerar que resulta sumamente difícil una recuperación como la que mencionó ese medio, teniendo en cuenta que el nivel salarial promedio se encuentra entre 10 y 12 puntos abajo de la inflación acumulada.,

Se estima que en el período enero-septiembre los salarios crecieron un 28 por ciento, mientras que la inflación fue en 12 meses del 36,6 por ciento, es decir ocho puntos por debajo de la suba de precios al consumidor.

Fuente: perfil.com

Seguridad social. Coronavirus.

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Aprobación de una nueva versión del SICOSS para el ingreso de aportes y contribuciones con destino a seguridad social del personal mayor de 60 años, embarazadas y grupo de riesgo.

La determinación nominativa e ingreso de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante el release 7 de la versión 42 del “ SICOSS”.

El sistema “Declaración en Línea” receptará las novedades, a saber, se incorpora en la Tabla T03 “Códigos de Situación de Revista” el código: “50 Decreto 792/2020 – art. 24”, aplicable a trabajadores del sector privado mayores de 60 años, mujeres embarazadas y en grupos en riesgo, exceptuados de prestar tareas en el ASPO. Vigencia: período devengado octubre de 2020 y siguientes.

Resolución General (AFIP) Nº 4849/2020 (BO 04/11/2020)

Fuente: Lisicki Litvin