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ECONOMÍA – Julio: los precios mayoristas subieron 3,5% y anticipan más inflación hacia fin de año

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El índice trepó por encima del IPC del mismo mes, que fue de 1.9%. El costo de la construcción, en tanto, se elevó 2,2%.

Julio: los precios mayoristas subieron 3,5% y anticipan más inflación hacia fin de año

El índice de precios mayoristas subió 3,5% durante julio, por encima de la inflación minorista, que cantó 1.9% para el mismo período, según el INDEC.

Con estos aumentos, en lo que va del año, los precios mayoristas acumularon un avance de 10,2%. Con respecto al mismo mes del año anterior, la suba llega a 44,5%.

Desagregado, el rubro que más subió fue “Petróleo crudo y gas”, que mostró una variación ascendente de 12,1%.

“Claramente pesó la suba del item petróleo y gas a nivel internacional, que obedece, a su vez, a la recomposición de los acuerdos dentro de la OPEP, que se habían roto con la pelea entre Arabia Saudita y Rusia, y por supuesto la reactivación de la demanda de combustible que se va dando en algunos países en función de que tanto los vuelos y los autos comienzan a funcionar en la post pandemia o aún en medio de la cuarentena”, explicó a El Cronista el econonista Martín Kalos, director de EPyCAConsult.  “Hay ahí, todavía, un arrastre impulsando al alza el IPIM para los próximos meses, como ocurrió en los últimos dos, después de haber sido un ancla muy fuerte en los primeros meses del año. De hecho, todo lo que es hidrocarburos en los rubros correspondientes del IPIM están  aumentando 5% internual, mucho menos que el 45% interanual que están aumentando los mayoristas en general. Eso hará que, cuando ese 5% vaya subiendo, suban los mayoristas en los próximos meses”, agregó.

Kalos agregó, sin embargo, que esto no necesariamente tiene que impactar plenamente en minoristas. “Depende de distintos factores que hacen a la comercialización y de cómo estos costos mayoristas pegan en la estructura de costos minoristas de cada empresa o comercio minorista. De hecho, en los ultimos años, el IPIM se ha mantenido más arriba que el IPC, y se ha dado que hubo casos de traslado pero en otras ocasiones el costo mayorista terminó siendo absorbido por otros eslabones de la cadena por un contexto de demanda muy deprimida en este caso por la pandemia pero también por la recesión acumulada  en más de dos años”, subrayó.

Mayoristas, en aumento

Este es el segundo mes consecutivo que los precios mayoristas registran subas superiores a la inflación minorista. En junio, la suba de los mayoristas fue de 3,67%, contra una inflación minorista de 2,2%. En mayo, en cambio, los mayoristas apenas habían subido 0,4%, contra una inflación minorista de 1,5%.

En abril, en tanto,  hubo directamente deflación mayorista, ya que el índice retrocedió 1,3%. Este fenómeno no se daba desde enero de 2009.

Aunque no es un anticipo mecánico de una inflación en ascenso para agosto, el dato mayorista y la perspectiva de un pronóstico de suba es consistente con otros vaticinios que anticipan un recalentamiento. El 2,5% de aumento en la inflación núcleo de julio es uno de ellos y puede anticipar un sendero de incrementos crecientes en el tramo final del año, especialmente cuando se normalice la economía en los principales centros urbanos.

Como explicó una nota de El Cronista los 0,6 puntos porcentuales de diferencia entre el nivel general del mes pasado y la medición núcleo constituyen la distancia más alta desde agosto de 2019 y, según analistas, puede ser un indicador que refiera a una inflación “más resiliente” que esté en ese orden más allá de la escasa variación de los regulados y estacionales de apenas décimas.

Los factores que se apuntan para vaticinar un incremento en los precios en la última parte del año vienen por el lado de una mayor actividad comercial en los polos poblacionales del país cuando se levante el confinamiento, un mayor impacto de la emisión monetaria del primer semestre, la persistencia en la velocidad de la depreciación del tipo de cambio, la reactivación de algunas negociaciones paritarias y el inminente incremento del precio de los combustibles.

Lorenzo Sigaut Gravina, director de Ecolatina, anticipó que “la inflación difícilmente vuelva a ubicarse debajo de 2% mensual en lo que queda del año. La magnitud de la aceleración dependerá de las negociaciones paritarias paralizadas durante la cuarentena, el grado de descongelamiento de algunos de precios Regulados como prepagas, servicios de telefonía y combustibles, y la evolución de tipo de cambio y/o restricciones en el mercado oficial. En particular, esperamos que la inflación alcance una mayor tasa en el último trimestre del año producto del levantamiento de la cuarentena y la reanudación de las paritarias”.

Guido Lorenzo, de la consultora LCG, dijo que podría estarse recalentando el segmento de mayoristas como consecuencia de un aumento de la demanda, esto “pese a tener el tipo de cambio oficial bastante estable”. Según le dijo Lorenzo a El Cronista se debe estar atento a que los precios mayoristas empiecen a convalidar un tipo de cambio más alto, incluso aunque no lo puedan pasar todavía a los consumidores. Eso dependerá del comportamiento de la demanda en agosto, pero sería, sí, en ese caso, un anticipo de mayor inflación para el futuro, aunque no sabemos para cuándo”.

Precisamente, un informe de LCG, conocido hoy, marca que, “si bien en el acumulado anual la inflación mayorista se encuentra muy por debajo del registro para el mismo periodo de 2019 (10,2% vs 21%), la diferencia se explica principalmente por el mantenimiento del tipo de cambio “anclado” que afecta al componente importado del índice (7% del total), así como también por la caída de la demanda que ocasionó el ASPO y la caída en el precio internacional del petróleo que ocasionó la pandemia en los primeros meses del año”.

Según el INCEC, la variación de los precios mayoristas de julio se explica como consecuencia de la suba de 3,5% en los “Productos nacionales” y de 3,8% en los “Productos importados”.

Por otra parte, el nivel general del índice de precios internos básicos al por mayor (IPIB) mostró un aumento de 3,9% en el mismo período. En este caso, la variación se explica por la suba de 3,9% en los “Productos nacionales” y de 3,8% en los “Productos importados”.

Asimismo, el nivel general del índice de precios básicos del productor (IPP) registró un aumento de 4,0% en el mismo período, como consecuencia de la suba de 6,7% en los “Productos primarios” y de 2,9% en los “Productos manufacturados y energía eléctrica”.

Construcción

El INDEC hoy también dio a conocer los resultados de su nivel general del índice del costo de la construcción (ICC) en el Gran Buenos Aires, que registra en julio, en relación con las cifras de junio último, una suba de 2,2%. “Este resultado surge como consecuencia del alza de 5,0% en el capítulo ‘ Materiales’, de 1,9% en el capítulo “Gastos generales” y de mantenerse prácticamente sin variación el capítulo ‘Mano de obra'”, sostuvo el organismo de estadísticas.

“La estabilidad de precios de la mano de obra se debe a que estos trabajadores se mantuvieron prácticamente sin movimiento, debido a que el relevamiento se realiza en CABA y 24 partidos del conurbano bonaerense que continúan fuertemente afectados por el confinamiento obligatorio”, dijo LCG.

Fuente: elcronista.com

ECONOMÍA – Feriados y vacaciones. Cuánta plata perdió el turismo argentino.

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Si se toman en cuenta los seis fines de semana largos que tuvieron lugar entre marzo y agosto y las vacaciones de julio, el sector perdió la posibilidad de generar ingresos por $77.890 millones.

El Día de la Memoria, Semana Santa, el 1 y el 25 de mayo, el 9 de julio y la lista sigue.

La prórroga de la cuarentena en la Argentina fue dejando cada vez más feriados sumidos en sus restricciones de movilidad, lo que generó una pérdida sin precedentes en el sector turístico, que no pudo ofrecer sus servicios en los fines de semana largos de los últimos seis meses y tampoco en las vacaciones de invierno.

Según un cálculo de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), si se toman en cuenta los seis fines de semana largos que tuvieron lugar entre marzo y agosto y las vacaciones de julio, el sector del turismo se perdió de generar ingresos por $77.890 millones. De acuerdo con el informe, en todo ese periodo se esperaba que 31,3 millones de personas se desplazaran por el país.

Las cuentas se realizaron estimando la cantidad de argentinos que se moverían en cada fecha, segmentados en turistas y excursionistas (es decir, personas que no pernoctan en el lugar) y multiplicando ese número por el gasto promedio diario estimado.

En Semana Santa, por ejemplo, se esperaba que se desplazaran por el país 2 millones de turistas, con una estadía promedio de tres días y un gasto diario promedio de $1630. También 3,5 millones de excursionistas, con un gasto promedio diario de $571. Así, en esa fecha el gasto directo que estas personas dejaron de hacer fue calculado en $12.247 millones.

El gran golpe fueron las vacaciones de invierno

Con el mismo método se calculó que en el feriado del 24 de marzo el gasto aproximado hubiera sido de $8903 millones; en el del 1 de mayo, $2754 millones; en el del 25 de mayo, $3045 millones; en el feriado puente del 9 de julio, $9900 millones y en el del 17 de agosto, $3027 millones.

El gran golpe, sin embargo, fueron las vacaciones de invierno. En ese receso especial, en el que se calculaba que se movilizaría 13,5 millones de personas, se perdieron $41.000 millones, el 52% de la merma total del sector.

“Hay que tener en cuenta que estos valores son solo de los fines de semanas largos y vacaciones invierno, a esto se debe agregar el movimiento generado por congresos y convenciones, el turismo estudiantil y educativo (estimado en US$100 millones), el turismo social (por ejemplo jubilados) y el turismo corporativo, religioso, de salud, deportivo, etcétera”, señala el informe.

Si bien algunas provincias como San Juan y Neuquén ya tienen el turismo interno habilitado, las posibilidades del sector siguen todavía muy restringidas y sin un horizonte de recomposición claro. Sin embargo, en diálogo con LN+ el ministro de Turismo, Matías Lammens, aseguró que en su cartera se trabaja para que “haya una temporada de verano”.

El ministro de Turismo, Matías Lammens, aseguró que en su cartera están trabajando para que “haya una temporada de verano” Fuente: LA NACION – Crédito: Mauro Alfieri

“El turismo es una industria que genera más de un millón de puestos de trabajo y representa un porcentaje importante del PBI de la Argentina y sé que tiene un nivel de incertidumbre y de falta de previsibilidad importante. Nosotros estamos convencidos y estamos trabajando para que haya una temporada de verano”, afirmó el ministro, entrevistado por el secretario general de LA NACION, José del Rio, en el programa “Comunidad de Negocios”.

De todos modos, en CAME señalaron que, a diferencia de otros sectores, el perjuicio generado en el turismo “ya no se recupera”. “Por la dura situación económica que se espera en los meses siguientes, confiando en que se normalice la crisis sanitaria y la economía, se hace difícil hasta pensar en una temporada de verano fuerte”, apuntaron.

Fuente: lanacion.com

NACIONALES – ATP: extienden hasta el 21 de agosto el plazo para que las empresas tramiten crédito blando

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La AFIP extendió el plazo para que los empleadores que se anotaron en el ATP de julio se anoten en el préstamo a tasa subsidiada.

La AFIP extendió hasta el 21 de agosto el plazo para que las empresas inscriptas en el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) tramiten el crédito a tasa subsidiada para el pago de salarios del mes de julio a través de la página del organismo.

Hay que recordar que los préstamos estarán disponibles para aquellas empresas cuya facturación tuvieron una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija; para las que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%, para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%.

Según las estimaciones de la AFIP, son más de 75.000 empresas las que están en condiciones de solicitar esta ayuda monetaria, que deberá ser destinada solamente a afrontar el pago de salarios. Por eso, el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de las trabajadoras y trabajadores. Aunque no hay datos oficiales, fuentes empresarias le dijeron a Ámbito que es probable que no todas pidan el crédito debido a cierta recuperación pospandemia.

Los últimos datos del Ministerio de Desarrollo Productivo muestran que la segunda mitad del año muestra que el nivel de actividad está “mejor” que lo esperado inicialmente.

La AFIP recordó que el trámite se inicia a través del sitio web de la AFIP y los préstamos se terminan de gestionar ante una entidad bancaria que es seleccionada por cada empresa. “La extensión del plazo apunta a facilitar el acceso a una de las herramientas del Programa ATP para ofrecer alivio a los empleadores afectados por la pandemia del Covid-19”, sostuvo el organismo.

Los empleadores podrán solicitar un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajadora y trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.

Adicionalmente, AFIP aclaró que “en ningún caso, el monto del crédito podrá superar la sumatoria del salario neto de cada uno de las trabajadoras y trabajadores de la empresa solicitante correspondientes al mes de mayo de 2020”. Por ejemplo, una empresa con 10 trabajadoras y trabajadores que cumpla con los criterios de elegibilidad podrá solicitar un máximo de hasta $202.500.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Exclusivo: por la pandemia y el ATP, cuánto creció la apertura de cuentas sueldo en la Argentina

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La formalización en las Pymes para que los empleados cobraran a distancia y las exigencias del ATP cambiaron la cara de los pagos de haberes.

Era ya un secreto a voces que uno de los efectos colaterales de la pandemia fue una suerte de bancarización de emergencia que tuvieron que concretar muchos empleados y empresas para seguir pagando los sueldos durante el aislamiento. Los datos que el Banco Central (BCRA) le adelantó hoy a iProfesional confirman una tendencia compleja de explicar.

El dato pasó desapercibido entre tantas nuevas opciones digitales para operar y entre todas las cuentas creadas para recibir el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que el gobierno nacional dio a quienes no podían continuar con sus tareas laborales. Pero no se trató solo de la adopción de nuevos (y más modernos) canales digitales para realizar operaciones financieras.

Una vez que se impuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO) y las empresas debieron cerrar sus puertas, muchas personas que cobraban en efectivo sus haberes por distintos motivos se vieron en problemas al tener que seguir trabajando a la distancia pero sin poder percibir el pago presencialmente. Otros además se vieron imposibilitados de continuar con sus tareas presenciales por el decreto de confinamiento, pero correspondía que pudieran cobrar sus haberes.

Y más aún, en la medida en que la ayuda estatal para pagar sueldos mediante el programa de Asistencia del Trabajo y la Producción (ATP) requería ingresar los datos de cada empleado con su correspondiente CBU, quienes no abonaban por transferencia bancaria se vieron en un aprieto para obtener ese beneficio.

Este fenómeno generó un auge de la apertura de cuentas sueldo en los distintos bancos públicos y privados del país durante los primeros meses del ASPO, una suerte de “blanqueo bancario” de aquello que hasta ahora se hacía de manera encubierta o tradicional por “usos y costumbres” y salió a la luz por la emergencia sanitaria.

La cuenta sueldo, a diferencia de una caja de ahorro, es la que suele abrir el empleador para abonar los haberes, aguinaldo y otros pagos a un trabajador formalmente registrado. No requiere comisiones para retiros de efectivo ni mantener un saldo mínimo para mantenerla abierta, y conlleva una tarjeta de débito gratuita para quien opera con ella.

Algunos números dan cuenta de cómo funcionó esta bancarización “por fuerza mayor”.

Cuántas cuentas sueldo se abrieron

En aislamiento fue necesario bancarizar a empleados que estaban cobrando haberes en efectivo

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) da cuenta de que entre abril y junio de este año –el primer trimestre de aislamiento completo- la cantidad de cajas de ahorro en pesos registradas en todas las entidades bancarias del país pegó un salto del 10,09 por ciento respecto de los primeros tres meses del año.

Es decir, de 47.719.278 cajas de ahorro que estaban registradas en la Argentina en el primer trimestre de 2020 se pasó a 52.535.604 en el segundo. Se abrieron 4.816.326 nuevas cuentas en ese período.

Para tomar dimensión del cambio, basta con dar cuenta que de acuerdo a los mismos datos del Banco Central, entre el primer y el segundo trimestre de 2019 se abrieron solo 727.084 cajas de ahorro (un salto del 1,57% entre un período y otro).

El fenómeno es además sorprendente si se tiene en cuenta que se trató de un período de no generación de nuevo empleo, y en muchos casos de destrucción del trabajo.

De acuerdo a datos del Ministerio de Trabajo, se perdieron ya en marzo 77.000 puestos de trabajo en relación a los que había registrados en febrero último; en abril se esfumaron otros 153.500 y en mayo 92.000 más. Los datos oficiales para junio aún no están disponibles, pero en esos tres meses que no fueron completos de cuarentena, los empleos formales ya habían decaído en más de 322.500 en todo el país.

Vale la pena aclarar que no todas esas cajas de ahorro de las que da cuenta el BCRA corresponden a cuentas sueldo y que muchas de ellas no fueron abiertas para cobrar haberes por empleo sino para el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que otorgó el gobierno nacional a quienes no podían seguir trabajando durante el aislamiento.

Por eso el BCRA le dio a iProfesional en exclusivo el detalle de cuánto crecieron las cuentas sueldo en los primeros seis meses del año.

Evolución de las cuentas sueldo en la Argentina durante el primer semestre de 2020

Evolución de las cuentas sueldo en la Argentina durante el primer semestre de 2020

En marzo había 8.844.516 cuentas sueldo registradas en la Argentina, y al mes siguiente hubo un salto de 243.670 cuentas más. Es un salto del 2,75%.

Para junio, fin del primer trimestre completo de aislamiento, ya había 9.619.317 cuentas sueldo registradas por el BCRA. Respecto de marzo, significa una suba del 8,7%, con 774.801 cajas de ahorro para sueldos abiertas entre esos dos meses.

Para echar algo más de luz sobre este incremento de las cuentas sueldo particular de este año de pandemia, también algunos de los bancos dieron cuenta de este fenómeno.

En abril, que fue el primer mes de aislamiento completo y en donde las empresas se vieron en aprietos para abonar los haberes de marzo, en el Banco Provincia registraron un pico en la apertura de cuentas sueldo con 19.522 contratos. La cifra representa un incremento de 24% en relación al mismo mes de 2019 (15.723 contratos).

“El dato contrasta con el descenso que se da en el período marzo-julio, durante el cual se abrieron 66.415 cuentas sueldos, 16% menos que en el mismo período de 2019. El crecimiento en la apertura de este tipo de cuentas durante abril se percibió en todo el sistema y Banco Provincia no fue la excepción”, dijeron a este medio desde la entidad financiera.

En abril también el BBVA tuvo un incremento de aproximadamente 32% en las altas de cuentas sueldo respecto del mismo mes del año anterior.

Según Ezequiel Sepia, responsable de Nóminas, Cobros y Pagos de Santander Argentina, “de abril a junio de 2020, en Santander generamos más de 73.000 cuentas sueldo para personas que recibieron sus haberes en nuestro banco. Esto es un 6,3% más que en el mismo período del año anterior”.

“No estamos ajenos a la realidad de la economía pero pudimos ayudar a muchos clientes pymes, empresas, instituciones e individuos en este momento difícil y esto hizo que podamos seguir creciendo como negocio”, le dijo a iProfesional.

Más aún, durante la pandemia Santander tuvo que seguir atendiendo con sus sucursales cerradas esta demanda agregada de consultas por apertura de cuenta sueldo. “Dimos soporte a través del contact center, redes sociales, y generamos una casilla de correo específica para Sueldos en nuestra web para contactos específicos de las necesidades de clientes y prospectos en relación a este tema, con respuestas en el día”, dijeron desde la entidad a este medio.

También fue necesario modificar los métodos de delivery de tarjetas y PINES para adaptarse a la situación de aislamiento. “Y acompañamos a muchas pymes con sueldos formalizados pero tal vez no bancarizados por su dinámica de cobros y pagos en la gestión de administración de cuentas sueldos para recibir las Asistencias a la Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP)”, afirmaron desde Santander.

En BBVA por su parte aseguraron a este medio que no fue necesario implementar nuevos sistemas de atención para atender la demanda agregada de altas de cuentas sueldo. “A lo que apuntamos desde el primer día fue a generar mayores facilidades en la atención para el alta de los nuevos clientes, priorizando que puedan completar todos los requisitos sin tener que salir de sus casas”, informaron fuentes del banco.

Ayuda para pagar sueldos

Un CBU a nombre del empleado era requisito para que las empresas accedieran al ATP

Por la Resolución 360 del 2001 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, las remuneraciones de los trabajadores legalmente registrados deben abonarse por transferencia bancaria, en una cuenta a nombre del empleado, quien podrá además elegir el banco.

También es posible, según el BCRA, que el empleado abra la cuenta sueldo a su nombre sin intervención del empleador. Para hacerlo, solo es necesario concurrir a la entidad bancaria elegida con DNI (Documento Nacional de Identidad) y un documento que acredite la relación laboral, como certificado de trabajo o recibo de sueldo.

Así y todo la informalidad en los pagos es una constante en el mercado laboral en la Argentina, donde se estima comúnmente que hay un trabajador registrado por cada tres que se desempeñan en el mercado informal.

En pandemia, todo cambió y no fue por la circulación del virus. “Si bien es difícil precisar la causa de ese fenómeno, uno de los motivos puede ser el pago de la ATP, que implicó la apertura de cuentas sueldo para muchas personas que cobraban sus salarios por otros medios o a través de transferencias a otras cuentas no sueldo”, arriesgó una fuente del sector en diálogo con iProfesional.

Según la reglamentación del Banco Central para el ATP, los fondos para el pago del salario complementario son acreditados directamente en las cuentas sueldo de los trabajadores en un plazo no mayor a los cinco días hábiles desde el momento en que se recibe la solicitud de asistencia.

Por lo tanto, tener un CBU a nombre del empleado era uno de los requisitos para ingresar en el programa de ATP, por el cual en su última etapa 133.000 empresas en la Argentina recibieron ayuda para el pago de salarios. Otras 68 mil fueron avaladas para obtener créditos a tasa subsidiada a los fines de abonar el pago de las remuneraciones de julio.

“En mi opinión, este fenómeno ocurrió principalmente por los sueldos complementarios en el marco del ATP”, le dijo a iProfesional Gabriela Russo, presidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al ser consultada por el aumento inusual de apertura de cuentas sueldo.

“Esta situación se dio mayoritariamente en las Pymes y empresas familiares con dotaciones de personal pequeñas”, añadió quien conduce la entidad que nuclea a los contadores de la Capital Federal, quienes debieron atender precisamente estas consultas de clientes buscando acceder a la asistencia para el pago de salarios.

“En la Argentina hay mucho empleo formal pero por la dinámica de cobro y pago de las empresas hace que no estuviera bancarizado. La llegada del ATP hizo que se generaran muchas cuentas sueldo para recibir esos fondos” coincidió Ezequiel Sepia desde Santander. Y prosiguió “de igual manera el aislamiento también generó espacios de bancarización de los pagos en casos, por ejemplo de secretarías, de personal doméstico, o de otros empleados que por uso y costumbre no cobraban vía banco pero la pandemia los forzó a encontrar una solución”.

El futuro

Muchos bancos crearon productos 100% digitales que seguirán ofreciendo al finalizar la pandemia

Sepia fue optimista y consideró que es responsabilidad de los bancos generar productos con una propuesta de valor tanto para el pagador como para sus empleados, de manera que esta bancarización de emergencia se mantenga una vez reasumida la “nueva normalidad”.

Y destacó como “saldo” de la pandemia que se generaron productos digitales para estas audiencias, y un proceso 100% virtual por el cual ni el empleador ni el empleado deben concurrir al banco a firmar documentación ni para pedir claves ni solicitar servicios adicionales.

En Banco Provincia se anotaron otro éxito pero en ese caso de la mano del IFE. Lanzaron en plena pandemia un nuevo producto, las “Cuentas DNI” que le sirvieron a muchas familias no bancarizadas para hacerse de ingresos durante la emergencia sanitaria.

Según publicó Télam días atrás, la aplicación de la “Cuenta DNI” en los últimos tres meses registró más de 1,5 millones de descargas, de las cuales unas 550 mil se hicieron como vía para cobrar los 10.000 pesos del Ingreso Familiar de Emergencia.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Economistas advierten por mayores restricciones para la compra de dólares

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Fausto Spotorno, Matías Rajnerman y Christian Buteler cuestionaron la medida que analiza el Gobierno y advirtieron que generaría más presión sobre el blue y la brecha cambiaria.

Economistas cuestionaron la posibilidad de que el Gobierno anuncie mayores restricciones al dólar “solidario” ante la fuerte demanda en el mercado minorista y advirtieron que generaría más presión sobre el blue y la brecha cambiaria.

El presidente Alberto Fernández alertó hoy-previo a su reunión con el ministro de Economía Martín Guzmán- que la demanda de los pequeños ahorristas de dólares es “un problema”, por lo que aseguró que profundizar el cepo es una posibilidad que se está “estudiando”.

En este escenario, el director del Centro de Estudios Económicos Orlando Ferreres, Fausto Spotorno, aseguró que “se entiende la preocupación por la baja de reservas del Banco Central”, pero se cuestionó si las reservas pueden subir “con el cepo”.

En tanto, el economista jefe de la consultora Ecolatina, Matías Rajnerman, consideró: “La medida relajaría algunas presiones sobre el dólar oficial en el corto plazo, pero al costo de aumentar la demanda de los dólares paralelos y la brecha”. “Lo ideal siempre es generar confianza y superar las tensiones”, pronosticó.

De acuerdo con su criterio, “limitando la compra de 200 dólares mensuales, se desactivaría un foco de presión en el mercado cambiario oficial y el Banco Central podría acumular más reservas genuinas, a la par que reduciría sus necesidades de vender divisas para calmar al dólar”.

Sin embargo, apuntó a la “cuestión política” que la medida implicaría y estimó que “se redireccionaría una parte significativa de la demanda a los tipos de cambios paralelos”.

“La brecha, que parecía empezar a relajarse luego del acuerdo de la deuda, quedaría más tensionada con esta decisión y no bajaría de los niveles tóxicos actuales”, puntualizó en su cuenta de Twitter.

Por su parte, el analista financiero Christian Buteler, manifestó: “¿Es solución? No, seguirán sin entrar dólares y disparará al dólar MEP, Contado con liquidación y blue”. “Lo peor es que probablemente esos dólares terminen siendo los de referencia para la economía”, subrayó en una publicación.

Sostuvo que “en julio el Banco Central vendió u$s568 millones, u$s27 millones diarios en promedio” y remarcó: “¿Cuánto podría subir el dólar, si no hubiera intervenido pero manteniendo las restricciones actuales?”.

“¿Vale la pena sumar más trabas al sistema cambiario, sabiendo que no resolverán nada?”, indicó y evaluó: “¿Cuándo se disparó la venta de dólar oficial? A partir de mediados de abril, cuando el dólar blue superó al ´solidario´ y la venta se incrementa junto al crecimiento de la brecha”.

Las últimas cifras oficiales dadas a conocer por el Banco Central señalaron que alrededor de 3.300.000 personas compraron moneda extranjera en junio para ahorro, lo cual representó un récord y un incremento de 37% con respecto al mes anterior.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Para acortar la cadena de pagos, los proveedores venden hoy sólo a pymes con cuenta corriente al día

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El “stress” surgido en la cadena de pagos durante la cuarentena, por extensión de plazos y cheques rechazados, se está revirtiendo por mayor exigencia de las industrias, que buscan así protegerse

Al compás de las aperturas y la mayor actividad en distintas localidades del país, la cadena de pagos en el segmento PyME fue mejorando, con plazos más cortos y recuperación de una parte de la gran cantidad de cheques rechazados que se habían gatillado por la cuarentena y el cierre de los bancos a fines de marzo y principios de abril.

El plazo normal de 30/60 días se había estirado de 120 a 150 días en algunos casos, en el momento más crítico de las medidas de aislamiento social. Hoy ese plazo se estabilizó en 30 días y en ciertas actividades algo más, pero más por defecto que por virtud.

“El crédito se cortó, si no pagás no te entrego, es lo que prima hoy en el mercado”, señala un empresario PyME de una importante rama industrial, que pidió reserva de su nombre. La fuente sostiene que “al que no tiene la cuenta corriente al día no se le entrega” y recuerda que se vende a 30 días, como máximo 60 días.

La cuarentena generó una situación imprevista y compleja, que derivó en gran cantidad de cheques rechazados y estiramiento de los plazos de pago, producto de las dificultades en que se encontraron muchas pequeñas y medianas empresas para afrontar sus vencimientos con sus locales comerciales o industrias cerrados por la cuarentena.

Desde el segmento PyME destacan que en algunos sectores la actividad está mejorando, pero todavía sigue muy por debajo de los niveles pre cuarentena.

En el sector industrial esperan que la situación llegue a los niveles pre pandemia recién a fin de año, pero creen que todo el primer semestre de 2021 será inestable, con marchas y contramarchas.

En el lote de sectores que picaron en punta se cuentan algunas ramas industriales vinculadas a la actividad de la construcción, químicos, pintura, algo de electrónica y electrodomésticos -con falta de algunos insumos- y empresas puntuales en el complejo automotriz-autopartista.

La mejora se fue notando mes a mes a partir de mayo por la mayor apertura en distintos sectores. En ese momento, las empresas empezaron a combatir el “stress” de la cadena de pagos. El objetivo fue recuperar la gran cantidad de cheques rechazados que tenían en cartera e ir acortando los plazos de pago, privilegiando a quienes tenían sus cuentas al día.

Otro industrial asegura que también incidió el deslizamiento del tipo de cambio oficial, esta suerte de crawling peg o micro devaluaciones que impulsa el Banco Central.

“El tipo de cambio se devalúa 2,5/2,7% mensual, entonces todo lo que está referenciado en el valor del dólar se trata de pagar lo antes posible”, apuntó. Es que la factura se salda con el valor del tipo de cambio del día que se paga y no el de la fecha de factura.

Esta lógica comercial se da en el contexto de caída de ventas y acceso al crédito sólo para las empresas que en los bancos están en situación 1 o tal vez 2. Para las que están en situación 3, 4 o 5 el crédito es nulo.

Las tasas subsidiadas al 24% son limitadas y los bancos “las reservan para empresas con carpeta intachable”, explica otro empresario.

Fuera de esas líneas blandas las tasas que deben pagar las PyME van del 42% al 46% en bancos privados, y algo menos en los públicos.

Fuente: cronista.com

NACIONALES – El Gobierno se fijó dos semanas de plazo para frenar la fuga de dólares: ya hay nuevas medidas drásticas en preparación

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La posibilidad de cortar por completo la cuota mensual de u$s200 está en carpeta, entre otras medidas. Buscan alternativas que canalicen el ahorro en pesos

En el directorio del Banco Central son enfáticos: “Si nada cambia, hay que tomar decisiones drásticas de acá a dos semanas”, dicen. Se refieren a la posibilidad concreta de reducir a la mitad -o, directamente, eliminar- el cupo mensual de u$s200 que los argentinos pueden comprar en los bancos al tipo de cambio oficial más el impuesto PAIS.

Si continúa la tendencia de las primeras dos semanas de agosto, esas compras minoristas se llevarán unos u$s1.000 millones este mes. Un monto récord. Supone más de cinco millones de personas que compran el denominado “dólar ahorro”, que cerró la semana en $100,50.

La posibilidad de cortar la compra de dólares “oficiales” es respaldada por Miguel Pesce y la mayoría del Directorio de la entidad.

En cambio, es rechazada por Martín Guzmán. La evaluación del ministro de Economía es que una mutilación del cupo de u$s200 tendrá perjuicios notorios. La más evidente tiene que ver con el lógico salto del dólar “blue”. Guzmán teme, además, que con esa medida restrictiva se evaporará la expectativa positiva generada tras el arreglo con los acreedores por la deuda.

Guzmán y Pesce ya han tenido, en el seno del gabinete económico, diferencias de opiniones sobre las medidas que deberían tomarse. Pero hasta ahora nunca sobre un punto tan decisivo como qué hacer frente a la pérdida de las Reservas del Banco Central.

Hasta el último martes (último dato disponible), el BCRA registró una pérdida de u$s507 millones por la creciente demanda de divisas. En lo que va del año, la sangría ya roza los u$s1.000 millones. Para tener una idea de la gravedad del escenario: en estos primeros ocho meses y medio, el superávit comercial ascendió a unos u$s10.000 millones. El Banco Central, en lugar de atesorar esas divisas, es un espectador de la fuga.

Para el Banco Central, esta dinámica luce insostenible. “Algo hay que hacer”, insisten. “O achicamos, o cortamos la canilla del dólar ahorro. O trabamos más importaciones. Lo que sería contraproducente si queremos que la actividad económica vuelva a expandirse”, apunta la fuente a iProfesional.

El presidente del Banco Central, Miguel Pesce, alarmado por el ritmo de demanda de divisas por parte de los ahorristas

Devaluación no, ¿dólar linked sí?

Las próximas dos semanas serán claves. En el último encuentro del gabinete económico, Guzmán insistió en que el escenario mejorará después del lunes 24. Ese día debería refrendarse el preacuerdo con los acreedores, con quienes se continúan negociando la letra final de las condiciones de los nuevos bonos que surjan del nuevo canje de la deuda.

Nosotros no vamos a devaluar. Que se lo saquen de la cabeza. No habrá un salto del tipo de cambio ni una aceleración de las mini devaluaciones diarias. No vamos a acelerar la inflación en un momento donde el país necesita recuperar la actividad perdida por la pandemia”, aseveran desde el Central.

“No vamos a ser responsables de un mayor aumento de la pobreza”, dicen.

En paralelo, en Reconquista 266 estudian distintas alternativas con el mismo objetivo: quitar presión sobre las Reservas.

Una idea que avanza refiere a la posibilidad de que los bancos ofrezcan “depósitos dollar linked”. Esto es: que los ahorristas hagan plazos fijos en pesos pero con la certeza de que no van a perder contra la evolución del tipo de cambio.

De esa manera, creen los funcionarios, podrían darle una alternativa a los millones de ahorristas que, mes tras mes, utilizan su cupo de u$s200 por temor a una devaluación. “Una persona que compra de a u$s200 mensuales, al final de año puede hacer poco y nada con esos 2.400 dólares. Y al país le significa un esfuerzo notable”, dice la fuente oficial a iProfesional.

La idea es que los nuevos depósitos “dollar linked” les sirva a los ahorristas como una suerte de seguro contra una eventual devaluación, preservando su dinero en moneda dura.

La disparada del dólar blue, principal preocupación en el equipo económico

“Uno a uno” para los autos importados 

La otra medida que está bajo estudio se vincula con el sector automotor.

Habría una imposición a las automotrices para que sólo puedan importar vehículos por el mismo valor de lo que exporten. Un esquema donde por cada dólar importado debe ser compensado por un dólar de exportación.

Este tipo de condición ya fue ensayada en su momento por Guillermo Moreno durante el gobierno de Cristina Kirchner. La diferencia notable, ahora con las automotrices, sería que a estas empresas no se les permitiría exportar otra cosa que no sean automóviles o productos fabricados en sus plantas argentinas.

No puede ser que Ratazzi nos pida dólares a nosotros pero cuando vende a Brasil, allá acepta que le paguen en reales. Si Fiat o las demás terminales van a querer importar vehículos tendrán que salir a exportar. Un dólar por un dólar, cuentan a iProfesional en estricto off the record.

La otra vía explorada remite al swap de monedas rubricada entre la Argentina y China. El BCRA acaba de confirmar ese canje, por lo que se aseguró el equivalente a u$s18.500 millones. Esto significa que cuatro de cada diez dólares que quedan en el Central se explican por este acuerdo con China.

En el BCRA están guardados los yuanes aportados por China, por lo que su conversión a dólares debería contar con un acuerdo de Beijing.

De todos modos, en el propio Gobierno admiten que una decisión de ese tipo sería muy polémica ya que se terminaría replicando una fórmula utilizado por la administración Macri: tomar deuda para abastecer la ola dolarizadora.

El problema de base radica en la gran cantidad de argentinos que mes tras mes compra dólares en la ventanilla del BCRA. Para muchos de ellos se trata de ganar con la brecha entre la cotización del oficial ($100,50 con el impuesto PAIS) para venderlo en el mercado paralelo, a 123 pesos promedio.

El BCRA intentó quitarle fuerza a esta ola el mes pasado, cuando bloqueó miles de cuentas a los denominados “coleros digitales”. Los bancos bloquearon operaciones sospechadas de formar parte de una red para comprar dólares en el mercado oficial. Y luego retirarlos de los bancos en efectivo para luego venderlos en el mercado “paralelo”.

Pero lo cierto es que en julio hubo cuatro millones de ahorristas que usaron el cupo de hasta u$s200 que permite mensualmente el Banco Central. En total se llevaron entre u$s700 y u$s750 millones, lo que da una idea de la fiebre dolarizadora de los argentinos.

Se trata de un récord en la cantidad de ahorristas que compraron dólares en la “ventanilla” del Banco Central. Se trata de una cantidad que viene creciendo mes tras mes. Y que está provocando una constante sangría de reservas, que el Banco Central está urgido por cortar.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La moratoria impositiva ya es ley: principales “tips” de una medida clave para muchos argentinos

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La ampliación de la moratoria se convirtió en ley por 41 votos a favor contra 28 negativos.. Acceda al texto completo de la norma

Por amplia mayoría se convirtió en ley la ampliación de la moratoria impositiva. La ampliación de la moratoria se convirtió en ley por 41 votos a favor contra 28 negativos.

El senador por Córdoba, Carlos Caserio (FdT) fue el miembro informante de la iniciativa que propicia la ampliación de la moratoria contemplada en la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Caserio dijo que “en este caso la moratoria amplía el universo de sujetos a beneficiarse al incluir a las grandes empresas”. Dijo que “el período de deuda se extiende al 21 de julio de 2020. Aquí no se incluyen las deudas a los impuestos líquidos y gas natural”.

Recordó que “el interés se reduce en los primeros seis meses”, y que en Diputados se incluyó la posibilidad de incluir “a los declarados en quiebra pero con la continuidad de sus empresas”. Destacó que “quienes ya hubieran adherido a la moratoria pueden insistir con su viejo plan o bien adherirse a la nueva”.

Destacó que en su artículo 15 el proyecto “propone a las provincias y a los municipios adherirse a la moratoria incluye beneficios similares en el impuesto a los Ingresos Brutos y a las tasas municipales”.

Se convirtió en ley la ampliación de la moratoria impositiva

En nombre del interbloque Juntos por el Cambio, el senador por Buenos Aires, Esteban Bullrich, se manifestó de acuerdo en tratar la moratoria por las consecuencias de la pandemia, aunque adelantó que votarían un proyecto en minoría ya que en la iniciativa oficial “hay una amnistía clara y concreta contra un grupo de empresarios que realizaron la mayor estafa contra el fisco argentino y que eso está diseñado en el artículo 11”.

Consideró que el proyecto se podría mejorar con “el premio al buen cumplidor, pero que tal como está redactado se queda a mitad de camino”.

También afirmó que “no se contemplan las deudas por aportes y contribuciones” y dijo que “contemplaban mayor extensión para acogerse a la moratoria porque es posible que la reactivación se demore más de lo previsto”. Destacó que “el artículo 11 es un traje a medida para un grupo empresario de combustibles que en 2013 y 2014 adeudaba unos 8 mil millones de dólares que a valor actual se duplicarían” y que a criterio de su bancada merecen “todo el peso de la ley”.

Los titulares de las bancadas Juntos por el Cambio y Frente de Todos, los senadores por Formosa, Luis Naidenoff (JXC) y José Mayans (FdT) realizaron el cierre del debate sobre la ampliación de la moratoria.

Por amplia mayoría se convirtió en ley la ampliación de la moratoria impositiva

Naidenoff señaló que su espacio no acompaña la ampliación de la moratoria porque “detrás de las nobles intenciones se esconde un salvataje a los amigos del poder”.

Destacó que “jamás en la Argentina se avanzó en darle una moratoria a las empresas quebradas”. Dijo que “una empresa que no garantiza la continuidad no da certeza de hacer el pago a sus proveedores, a sus empleados y menos aún al fisco”.

Criticó al oficialismo por considerar “que el triunfo electoral viene acompañado del indulto social o es un cheque en blanco”. Subrayó que “la moratoria no beneficia a todos y es un golpe bajo para muchos ciudadanos, por ejemplo para quienes tienen que presentar en agosto sus declaraciones de ganancias o de bienes personales”.

Mayans reivindicó el proyecto de moratoria y recordó que la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, había estimado que “la expectativa de recaudación que tenía el gobierno por la ampliación de la moratoria rondaba en una cifra de 540 mil a 600 mil millones de pesos”.

Consideró que “es necesario equilibrar las cuentas”. Recordó que el sistema previsional, luego de “la llamada reparación histórica de los jubilados tiene un déficit de 600 millones de pesos”. No dudó en calificar a esa iniciativa como una “verdadera estafa”.

Subrayó que esta situación motivó “lanzar una moratoria que fuera amplia”. Admitió que la caída económica generada por “la pandemia es preocupante” y que “por estos motivos es necesaria la moratoria que estamos impulsando”. Criticó a la oposición diciendo “que en la crisis ven una oportunidad para tumbar al gobierno”.
La ampliación de la moratoria se convirtió en ley por 41 votos a favor contra 28 negativos

Súper Moratoria AFIP 2020

Acceda al texto completo de la extensión de la moratoria que fue tratado y aprobado sin cambios en el Senado:

El proyecto de ley de ampliación de la moratoria permite a los autómomos, monotributistas y empresas acceder a un plan de pagos para deudas impositivas y previsionales acumuladas hasta el 31 de julio.

Moratoria: acceda al texto del proyecto que se debatió en el Senado

La norma establece que se podrán acceder a planes entre 48 y 120 cuotas para regularizar las deudas acumuladas hasta esa fecha y prevé premios para los contribuyentes cumplidores.

Moratoria: qué cambió en la sesión de Diputados

El presidente de la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, Carlos Heller (Frente de Todos), anunció que se incluyeron las deudas previsionales, impositiva y aduaneros acumuladas hasta el 31 de julio en lugar del 30 de junio, y se eliminaron las restricciones que tenían los bancos y telefónicas para acceder al plan de moratoria ampliada que debate esta tarde ese cuerpo.

Al exponer como miembro de la mayoría en el debate sobre el proyecto de moratoria ampliada, el diputado oficialista dijo que “no es un traje a medida sino un traje a medida de todos los que necesitan salir adelante, ante la grave disminución de la actividad productiva que existía a fines de año pasado y que se agravó con la pandemia”.

“Esta moratoria es para que las empresas que están en actividad puedan sobrevivir y los que todavía no han vuelto a tomar su actividad tengan un horizonte más claro”, agregó.

Moratoria: qué cambió en la sesión de Diputados

También informó que se eliminaron los artículos 2 y 3 que fijaban las restricciones para poder sumar a la moratoria como los bancos y telefónicas y en ese sentido dijo que “estamos eliminando por completo las restricciones de los sujetos alcanzados por actividades reguladas por el Banco Central, la superintendencia de seguros y las telefónicas”.

También informó que en el tema de los cumplidores se estableció que el beneficio de poder deducir el 50 por ciento de ganancias “incluye solo un período fiscal”.

A lo largo de su discurso, Heller explicó que se incluyó el pedido de la diputada del Frente de Todos Fernanda Vallejos para sumar a las organizaciones comunitarias y dijo que “los podrán hacer las organizaciones sin fines de lucro”.

Puntos centrales de la ampliación de la moratoria

Los principales puntos de la ley son los siguientes:

  • Se incluyen las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.
  • Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.
  • El primer pago de la moratoria vencerá en diciembre.
  • Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.
  • Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.
  • La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará una tasa variable, calculada por el BCRA -tasa BADLAR-.
  • Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
  • Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del Monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.
  • En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.
  • En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.
  • En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los 17.500 pesos.
  • Habrá un descuento del 15% para quiénes paguen al contado.
  • No podrán acceder quiénes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.
  • La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.
  • Se invita a las Obras Sociales, ART, Provincias y Municipios a sancionar regímenes similares y se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria, sin pasar por el Congreso.
  • Las organizaciones comunitarias fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria.
  • También se eliminaron los incisos que excluían de la moratoria a bancos y telefónicas.

El acogimiento al régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Asimismo, la ley establece que los contribuyentes y las contribuyentes cumplidores, a los efectos de la presente moratoriagozarán de los siguientes beneficios conforme la condición tributaria que revistan:

1. Sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo): El beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:

a) Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.

b) Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.

c) Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.

d) Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.

e) Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar un importe total equivalente a $17.500

2. Sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias: El beneficio consistirá en una deducción especial conforme los siguientes términos:

a) Para personas humanas y sucesiones indivisas: tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del previsto en el artículo 30, inciso a) de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019.

El beneficio establecido en el presente inciso no resultará de aplicación para los sujetos comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 82° de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

b) Para los sujetos a que se refiere el artículo 53° que revistan la condición de Micro y Pequeñas empresas: podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con las normas generales de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, o conforme al régimen que se establece a continuación:

i) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables adquiridos, elaborados o fabricados: como mínimo en 2 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

ii) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables importados: como mínimo en 3 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

iii) para inversiones en obras de infraestructura: como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada.

Este beneficio de amortización será aplicable únicamente para las inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021 y, una vez hecha la opción por uno de los procedimientos de amortización señalados precedentemente, el mismo deberá ser comunicado a la autoridad de aplicación, en la forma, plazo y condiciones que las mismas establezcan y deberá aplicarse —sin excepción— a todas las inversiones de capital que se realicen para la ejecución de la nueva inversión directa, incluidas aquellas que se requieran durante su funcionamiento, pudiendo optar nuevamente en caso que se modifique el régimen impositivo aplicable.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Ambos beneficios se aplicarán en las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios finalizados con posterioridad al 30 de diciembre de 2020. En ningún caso, la deducción prevista dará lugar a la generación de saldos a favor ni podrá trasladarse a ejercicios futuros.

Los referidos beneficios fiscales no resultan acumulativos, debiéndose, cuando corresponda, optarse por alguno.

Se entenderá que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la presente norma no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero del año 2017.

Caducidad

Asimismo, se suspende con carácter general por el término de un año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales.

Alerta Súper Moratoria 2020: quedan fuera las multinacionales

Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ señaló a iProfesional que “por cómo está redactado el proyecto de moratoria podrían quedar afuera las empresas que tienen como accionistas sujetos del exterior (por ejemplo, las multinacionales)”.

El proyecto dice (respecto de la condición para ingresar a la moratoria): se excluirán de la posibilidad de acogerse al régimen a las personas humanas o jurídicas que posean activos financieros situados en el exterior, excepto que se verifique la repatriación de al menos el 30% del producido de su realización, dentro de los 60 días desde la adhesión al presente régimen, en los términos y condiciones que determine la reglamentación.

Para el caso de personas jurídicas, la condición de repatriación será de aplicación para sus socios y accionistas, directos e indirectos, que posean un porcentaje no inferior al 30% del capital social de las mismas.

Quedarán incluidos en esta exclusión quienes revistan la calidad de uniones transitorias, agrupamientos de colaboración, consorcios de cooperación, asociaciones sin existencia legal como personas jurídicas, agrupamientos no societarios o cualquier otro ente individual o colectivo, incluidos fideicomisos.

Se entenderá por activos financieros situados en el exterior a los siguientes:

  • la tenencia de moneda extranjera depositada en entidades bancarias y/o financieras y/o similares del exterior,
  • las participaciones societarias y/o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en todo tipo de entidades, sociedades o empresas, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior incluidas las empresas unipersonales;
  • los derechos inherentes al carácter de beneficiario, fideicomisario (o similar) de fideicomisos (trusts o similares) de cualquier tipo constituidos en el exterior, o en fundaciones de interés privado del exterior o en cualquier otro tipo de patrimonio de afectación similar situado, radicado, domiciliado y/o constituido en el exterior;
  • toda clase de instrumentos financieros o títulos valores, tales como bonos, obligaciones negociables, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotapartes de fondos comunes de inversión y otros similares, cualquiera sea su denominación;
  • los créditos y todo tipo de derecho del exterior, susceptible de valor económico y toda otra especie que se prevea en la reglamentación.

“Lo lógico es que si te dice repatriar debería tratarse de accionistas residentes, pero como la norma no lo aclara, puede prestarse a confusión por cómo está redactado el proyecto”, advierte Fraga.

“Así como está escrito, las multinacionales o todas las empresas cuyos accionistas sean del exterior y que esos accionistas tengan activos financierosdeberían repatriar el 30% de esos bienes para poder entrar en la moratoria. A menos que se aclare en la norma que esto aplica únicamente a accionistas residentes, entonces van a quedar afuera de la moratoria todas las multinacionales. Ninguna va a arriesgarse a traer 30% de sus activos financieros en el exterior para poder entrar en una moratoria. Esto jugaría en contra de las chances recaudatorias de la amnistía fiscal que están por aprobar”, concluye Fraga.

El senador por Córdoba, Carlos Caserio (FdT) fue el miembro informante de la iniciativa que propicia la ampliación de la moratoria contemplada en la ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública.

Caserio dijo que “en este caso la moratoria amplía el universo de sujetos a beneficiarse al incluir a las grandes empresas”. Dijo que “el período de deuda se extiende al 21 de julio de 2020. Aquí no se incluyen las deudas a los impuestos líquidos y gas natural”.

Recordó que “el interés se reduce en los primeros seis meses”, y que en Diputados se incluyó la posibilidad de incluir “a los declarados en quiebra pero con la continuidad de sus empresas”. Destacó que “quienes ya hubieran adherido a la moratoria pueden insistir con su viejo plan o bien adherirse a la nueva”.

Destacó que en su artículo 15 el proyecto “propone a las provincias y a los municipios adherirse a la moratoria incluye beneficios similares en el impuesto a los Ingresos Brutos y a las tasas municipales”.

Se convirtió en ley la ampliación de la moratoria impositiva

En nombre del interbloque Juntos por el Cambio, el senador por Buenos Aires, Esteban Bullrich, se manifestó de acuerdo en tratar la moratoria por las consecuencias de la pandemia, aunque adelantó que votarían un proyecto en minoría ya que en la iniciativa oficial “hay una amnistía clara y concreta contra un grupo de empresarios que realizaron la mayor estafa contra el fisco argentino y que eso está diseñado en el artículo 11”.

Consideró que el proyecto se podría mejorar con “el premio al buen cumplidor, pero que tal como está redactado se queda a mitad de camino”.

También afirmó que “no se contemplan las deudas por aportes y contribuciones” y dijo que “contemplaban mayor extensión para acogerse a la moratoria porque es posible que la reactivación se demore más de lo previsto”. Destacó que “el artículo 11 es un traje a medida para un grupo empresario de combustibles que en 2013 y 2014 adeudaba unos 8 mil millones de dólares que a valor actual se duplicarían” y que a criterio de su bancada merecen “todo el peso de la ley”.

Los titulares de las bancadas Juntos por el Cambio y Frente de Todos, los senadores por Formosa, Luis Naidenoff (JXC) y José Mayans (FdT) realizaron el cierre del debate sobre la ampliación de la moratoria.

Por amplia mayoría se convirtió en ley la ampliación de la moratoria impositiva

Naidenoff señaló que su espacio no acompaña la ampliación de la moratoria porque “detrás de las nobles intenciones se esconde un salvataje a los amigos del poder”.

Destacó que “jamás en la Argentina se avanzó en darle una moratoria a las empresas quebradas”. Dijo que “una empresa que no garantiza la continuidad no da certeza de hacer el pago a sus proveedores, a sus empleados y menos aún al fisco”.

Criticó al oficialismo por considerar “que el triunfo electoral viene acompañado del indulto social o es un cheque en blanco”. Subrayó que “la moratoria no beneficia a todos y es un golpe bajo para muchos ciudadanos, por ejemplo para quienes tienen que presentar en agosto sus declaraciones de ganancias o de bienes personales”.

Mayans reivindicó el proyecto de moratoria y recordó que la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, había estimado que “la expectativa de recaudación que tenía el gobierno por la ampliación de la moratoria rondaba en una cifra de 540 mil a 600 mil millones de pesos”.

Consideró que “es necesario equilibrar las cuentas”. Recordó que el sistema previsional, luego de “la llamada reparación histórica de los jubilados tiene un déficit de 600 millones de pesos”. No dudó en calificar a esa iniciativa como una “verdadera estafa”.

Subrayó que esta situación motivó “lanzar una moratoria que fuera amplia”. Admitió que la caída económica generada por “la pandemia es preocupante” y que “por estos motivos es necesaria la moratoria que estamos impulsando”. Criticó a la oposición diciendo “que en la crisis ven una oportunidad para tumbar al gobierno”.

La ampliación de la moratoria se convirtió en ley por 41 votos a favor contra 28 negativos

Súper Moratoria AFIP 2020

Acceda al texto completo de la extensión de la moratoria que fue tratado y aprobado sin cambios en el Senado:

El proyecto de ley de ampliación de la moratoria permite a los autómomos, monotributistas y empresas acceder a un plan de pagos para deudas impositivas y previsionales acumuladas hasta el 31 de julio.

Moratoria: acceda al texto del proyecto que se debatió en el Senado

La norma establece que se podrán acceder a planes entre 48 y 120 cuotas para regularizar las deudas acumuladas hasta esa fecha y prevé premios para los contribuyentes cumplidores.

Moratoria: qué cambió en la sesión de Diputados

El presidente de la Comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, Carlos Heller (Frente de Todos), anunció que se incluyeron las deudas previsionales, impositiva y aduaneros acumuladas hasta el 31 de julio en lugar del 30 de junio, y se eliminaron las restricciones que tenían los bancos y telefónicas para acceder al plan de moratoria ampliada que debate esta tarde ese cuerpo.

Al exponer como miembro de la mayoría en el debate sobre el proyecto de moratoria ampliada, el diputado oficialista dijo que “no es un traje a medida sino un traje a medida de todos los que necesitan salir adelante, ante la grave disminución de la actividad productiva que existía a fines de año pasado y que se agravó con la pandemia”.

“Esta moratoria es para que las empresas que están en actividad puedan sobrevivir y los que todavía no han vuelto a tomar su actividad tengan un horizonte mas claro”, agregó.

Moratoria: qué cambió en la sesión de Diputados

También informó que se eliminaron los artículos 2 y 3 que fijaban las restricciones para poder sumar a la moratoria como los bancos y telefónicas y en ese sentido dijo que “estamos eliminando por completo las restricciones de los sujetos alcanzados por actividades reguladas por el Banco Central, la superintendencia de seguros y las telefónicas”.

También informó que en el tema de los cumplidores se estableció que el beneficio de poder deducir el 50 por ciento de ganancias “incluye solo un período fiscal”.

A lo largo de su discurso, Heller explicó que se incluyó el pedido de la diputada del Frente de Todos Fernanda Vallejos para sumar a las organizaciones comunitarias y dijo que “los podrán hacer las organizaciones sin fines de lucro”.

Puntos centrales de la ampliación de la moratoria

Los principales puntos de la ley son los siguientes:

  • Se incluyen las deudas previsionales, impositivas y aduaneras vencidas hasta el 31 de julio.
  • Se establece el plazo hasta el 31 de octubre para inscribirse en la moratoria.
  • El primer pago de la moratoria vencerá en diciembre.
  • Las deudas previsionales se podrán pagar en un plazo de entre 48 y 60 cuotas.
  • Las obligaciones tributarias se podrán abonar en 96 o 120 cuotas.
  • La tasa de interés del plan de pago en cuotas será del 2% mensual hasta enero de 2021 y luego se aplicará una tasa variable, calculada por el BCRA -tasa BADLAR-.
  • Las empresas grandes en los próximos 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.
  • Se establece un premio a los cumplidores y, en el caso del Monotributo, una condonación del componente impositivo de 6 cuotas para las categorías A y B.
  • En caso de las categorías C y D será de 5 cuotas mensuales y consecutivas.
  • En las Categorías E y F será de 4 cuotas mensuales, en las Categorías G Y será de 3 cuotas mensuales, y en las I, J, K será 2 cuotas mensuales.
  • En ningún caso el límite del beneficio podrá superar los 17.500 pesos.
  • Habrá un descuento del 15% para quiénes paguen al contado.
  • No podrán acceder quiénes tengan activos financieros en el exterior y no repatríen por lo menos el 30% dentro de los 60 días.
  • La caducidad de la moratoria será por falta de pago de 3 cuotas para grandes empresas y de 6 cuotas para MiPyMES.
  • Se invita a las Obras Sociales, ART, Provincias y Municipios a sancionar regímenes similares y se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria, sin pasar por el Congreso.
  • Las organizaciones comunitarias fueron incluidas como beneficiarias de la moratoria.
  • También se eliminaron los incisos que excluían de la moratoria a bancos y telefónicas.

El acogimiento al régimen producirá la suspensión de las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y la interrupción de la prescripción penal respecto de los autores o las autoras.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Asimismo, la ley establece que los contribuyentes y las contribuyentes cumplidores, a los efectos de la presente moratoriagozarán de los siguientes beneficios conforme la condición tributaria que revistan:

1. Sujetos adheridos al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo): El beneficio consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas que se detallan para cada categoría:

a) Categorías A y B: 6 cuotas mensuales y consecutivas.

b) Categorías C y D: 5 cuotas mensuales y consecutivas.

c) Categorías E y F: 4 cuotas mensuales y consecutivas.

d) Categorías G y H: 3 cuotas mensuales y consecutivas.

e) Categorías I, J y K: 2 cuotas mensuales y consecutivas.

En ningún caso el límite del beneficio podrá superar un importe total equivalente a $17.500

2. Sujetos inscriptos en el Impuesto a las Ganancias: El beneficio consistirá en una deducción especial conforme los siguientes términos:

a) Para personas humanas y sucesiones indivisas: tendrán derecho a deducir de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del previsto en el artículo 30, inciso a) de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019.

El beneficio establecido en el presente inciso no resultará de aplicación para los sujetos comprendidos en los incisos a), b) y c) del artículo 82° de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

b) Para los sujetos a que se refiere el artículo 53° que revistan la condición de Micro y Pequeñas empresas: podrán optar por practicar las respectivas amortizaciones a partir del período fiscal de habilitación del bien, de acuerdo con las normas generales de la ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019, o conforme al régimen que se establece a continuación:

i) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables adquiridos, elaborados o fabricados: como mínimo en 2 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

ii) para inversiones realizadas en bienes muebles amortizables importados: como mínimo en 3 cuotas anuales, iguales y consecutivas.

iii) para inversiones en obras de infraestructura: como mínimo en la cantidad de cuotas anuales, iguales y consecutivas que surja de considerar su vida útil reducida al 50% de la estimada.

Este beneficio de amortización será aplicable únicamente para las inversiones efectivizadas hasta el 31 de diciembre de 2021 y, una vez hecha la opción por uno de los procedimientos de amortización señalados precedentemente, el mismo deberá ser comunicado a la autoridad de aplicación, en la forma, plazo y condiciones que las mismas establezcan y deberá aplicarse —sin excepción— a todas las inversiones de capital que se realicen para la ejecución de la nueva inversión directa, incluidas aquellas que se requieran durante su funcionamiento, pudiendo optar nuevamente en caso que se modifique el régimen impositivo aplicable.

Moratoria: beneficio para cumplidores

Ambos beneficios se aplicarán en las declaraciones juradas correspondientes a los ejercicios finalizados con posterioridad al 30 de diciembre de 2020. En ningún caso, la deducción prevista dará lugar a la generación de saldos a favor ni podrá trasladarse a ejercicios futuros.

Los referidos beneficios fiscales no resultan acumulativos, debiéndose, cuando corresponda, optarse por alguno.

Se entenderá que un contribuyente reviste la condición de cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la presente norma no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero del año 2017.

Caducidad

Asimismo, se suspende con carácter general por el término de un año el curso de la prescripción de la acción para determinar o exigir el pago de los tributos cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP y para aplicar multas con relación a los mismos, así como la caducidad de la instancia en los juicios de ejecución fiscal o de recursos judiciales.

Alerta Súper Moratoria 2020: quedan fuera las multinacionales

Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ señaló a iProfesional que “por cómo está redactado el proyecto de moratoria podrían quedar afuera las empresas que tienen como accionistas sujetos del exterior (por ejemplo, las multinacionales)”.

El proyecto dice (respecto de la condición para ingresar a la moratoria): se excluirán de la posibilidad de acogerse al régimen a las personas humanas o jurídicas que posean activos financieros situados en el exterior, excepto que se verifique la repatriación de al menos el 30% del producido de su realización, dentro de los 60 días desde la adhesión al presente régimen, en los términos y condiciones que determine la reglamentación.

Para el caso de personas jurídicas, la condición de repatriación será de aplicación para sus socios y accionistas, directos e indirectos, que posean un porcentaje no inferior al 30% del capital social de las mismas.

Quedarán incluidos en esta exclusión quienes revistan la calidad de uniones transitorias, agrupamientos de colaboración, consorcios de cooperación, asociaciones sin existencia legal como personas jurídicas, agrupamientos no societarios o cualquier otro ente individual o colectivo, incluidos fideicomisos.

Se entenderá por activos financieros situados en el exterior a los siguientes:

  • la tenencia de moneda extranjera depositada en entidades bancarias y/o financieras y/o similares del exterior,
  • las participaciones societarias y/o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en todo tipo de entidades, sociedades o empresas, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior incluidas las empresas unipersonales;
  • los derechos inherentes al carácter de beneficiario, fideicomisario (o similar) de fideicomisos (trusts o similares) de cualquier tipo constituidos en el exterior, o en fundaciones de interés privado del exterior o en cualquier otro tipo de patrimonio de afectación similar situado, radicado, domiciliado y/o constituido en el exterior;
  • toda clase de instrumentos financieros o títulos valores, tales como bonos, obligaciones negociables, valores representativos y certificados de depósito de acciones, cuotapartes de fondos comunes de inversión y otros similares, cualquiera sea su denominación;
  • los créditos y todo tipo de derecho del exterior, susceptible de valor económico y toda otra especie que se prevea en la reglamentación.

“Lo lógico es que si te dice repatriar debería tratarse de accionistas residentes, pero como la norma no lo aclara, puede prestarse a confusión por cómo está redactado el proyecto”, advierte Fraga.

“Así como está escrito, las multinacionales o todas las empresas cuyos accionistas sean del exterior y que esos accionistas tengan activos financieros deberían repatriar el 30% de esos bienes para poder entrar en la moratoria. A menos que se aclare en la norma que esto aplica únicamente a accionistas residentes, entonces van a quedar afuera de la moratoria todas las multinacionales. Ninguna va a arriesgarse a traer 30% de sus activos financieros en el exterior para poder entrar en una moratoria. Esto jugaría en contra de las chances recaudatorias de la amnistía fiscal que están por aprobar”, concluye Fraga.

Fuente: iprofesional.com

Actuación profesional. IGJ. Coronavirus. Diferimiento de la vigencia para la obligación de respetar la diversidad de género en los órganos societarios.

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Disponen que la obligación de incluir en órganos de administración y/o fiscalización, una composición que respete la diversidad de género, deberá aplicarse para las designaciones de los miembros electos en cada oportunidad de su designación con posterioridad a la entrada en vigor de la misma. La resolución entrará en vigencia a los 60 días de su publicación (BO 05/08/2020).

Resolución General (IGJ) Nº 35/2020 (BO 13/08/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

NACIONALES – En julio, la deuda en pesos cubrió $ 39.000 millones del déficit, casi un 20%

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El Tesoro refinanció toda la deuda que vencía en el séptimo mes de 2020 y consiguió casi $39.000 millones extra. Equivalen a entre 15% y 20% del déficit fiscal mensual.

En julio, la deuda en pesos cubrió $ 39.000 millones del déficit, casi un 20%

Con el mercado financiero internacional cerrado para la Argentina desde abril de 2018, el Gobierno va apostando a las emisiones de deuda local en pesos para financiar el déficit fiscal, que será en 2020 el mayor de -al menos- los últimos 45 años.

En julio, el Tesoro emitió $ 240.751 millones y logró refinanciar los $ 201.758 millones que vencían.

Así, consiguió un porcentaje de roll over del 119% y tuvo un financiamiento neto de $ 38.993 millones, que equivaldría a entre un 15% y un 20% del déficit fiscal de ese mes.

Estos fondos pueden servir como colchón para los vencimientos de deuda pública en moneda nacional de agosto o para cubrir el déficit.

Cómo la dinámica observada hasta ahora en agosto fue positiva y en la primera licitación, la Secretaría de Finanzas consiguió casi $ 50.000 millones más que los vencimientos de las próximas dos semanas, lo excedente en julio podría computarse como financiamiento del déficit fiscal sin emisión monetaria.

Los cálculos de los consultores que contactó El Cronista son disímiles. Matías Rajnerman, economista jefe de Ecolatina, estimó el déficit primario de julio en $ 200.500 millones y un déficit financiero (sumando pago de intereses de la deuda pública) cercano a los $210.200 millones.

“Hay que ver cuánto de ese financiamiento neto es del sector privado y cuánto de operaciones intra sector público. Igualmente, es casi un quinto del déficit, para lo que no habrá necesidad de emitir”, sostuvo Rajnerman.

Por su parte, el director Ejecutivo de Labour, Capital & Growth (LCG), Guido Lorenzo, proyectó que en el séptimo mes de este año el déficit primario fue de $ 125.000 millones.

En tanto, el economista Hernán Hirsch cree que el déficit primario cerró julio en $222.000 millones (con un gasto primario creciendo al 68% nominal anual) y que el rojo fiscal fue de $ 260.000 millones

Según el calendario de publicaciones del Ministerio de Economía, el resultado fiscal se conocerá recién el próximo jueves 20.

“La tendencia creciente del financiamiento del Sector Público Nacional en el mercado de deuda en pesos local es evidente: desde marzo hasta julio el porcentaje de roll over (media móvil 3 meses) se duplicó, pasando de 58% a 116%”, postula un informe que distribuyó el Palacio de Hacienda.

Fuente: elcronista.com