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FINANZAS – Impuesto PAIS: más compras de dólares hicieron disparar lo recaudado en mayo

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Si bien la recaudación nacional subió 30 puntos menos que la inflación, el gravamen sumó el equivalente al 55% a lo que había percibido en los cuatro meses previos. Sin un gran salto del tipo de cambio oficial y con el turismo inactivo, ¿a qué se debe la suba?.

Impuesto PAIS: más compras de dólares hicieron disparar lo recaudado en mayo
En medio del derrumbe en términos reales que significó el incremento interanual de apenas 12,4% de la recaudación de mayo, hubo un tributo por el cual el Fisco embolsó más de la mitad de lo que había percibido en lo que va del año.

Se trata del impuesto PAIS, que grava con un 30% la compra del dólar al tipo de cambio oficial, entre otras operaciones: por esta vía el Estado se hizo de $ 11.907 millones, que equivalen al 55% de los $ 21.682 millones que había acumulado entre enero y abril, comunicó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en su informe mensual.

Al haberse creado en diciembre con la Ley de Solidaridad, no hay comparación interanual posible, pero tributaristas consultados por El Cronista consideraron que se trató de una cifra importante, al resaltar que el turismo al exterior y la venta de pasajes (otras dos grandes fuentes de recaudación para este gravamen) se encuentran prohibidos por el confinamiento.

Más allá de que durante el aislamiento social y obligatorio, la contratación de servicios digitales de empresas del exterior (plataformas de streaming, de juegos y de música) creció de forma significativa y con ella la base imponible sobre la cual el tributo grava el 8%, los especialistas destacaron un mayor volumen de compra de dólares en el mercado de cambios oficial (MULC) por parte de personas físicas.

“Parece ser que hubo mucha cantidad de gente que compró los u$s 200, que pagan el 30% del impuesto PAIS. Si bien el tipo de cambio no aumentó tanto, subió algo y alimentó esta dinámica”, explicó José Luis Ceteri, que agregó como otro factor las compras por internet al exterior, de productos y servicios.

Si bien también mencionó la influencia del pago de servicios digitales, Sebastián Domínguez coincidió en el análisis y enfatizó el incremento del volumen de compras de dólares. “Entiendo que gran parte de ese incremento se debe a la compra de los u$s 200 por persona. Aumentó la compra de personas humanas, entonces el gravamen sobre esas operaciones tienen que explicar gran parte de esa recaudación”, dijo.

Los especialistas destacaron un mayor volumen de compra de dólares en el mercado de cambios oficial (MULC) por parte de personas físicas.

Iván Sasovsky consideró que la falta de instrumentos de inversión y la incertidumbre llevaron a que muchas familias con margen de ahorro recurran a comprar los u$s 200, al tiempo que destacó que la suba de la cotización oficial del dólar, que aumentó más de 6% desde mediados de abril, incrementó la base imponible en pesos.

Además, mencionó otros factores como las dificultades para la evasión que presenta el impuesto, un mayor gasto de tarjetas corporativas por parte de empresas ante las restricciones para importar y la decisión de varias personas de arbitrar entre dólar oficial y paralelo que brinda la brecha y sumar un ingreso en pesos.

Si bien no todavía el Banco Central (BCRA) todavía no publicó el balance cambiario del mes pasado, las percepciones del impuesto correspondientes a la última semana de abril ingresaron al Fisco en mayo. A lo largo del cuarto mes del año, las personas humanas compraron u$s 248 millones, un 42% más que los u$s 174 millones adquiridos por este segmento en marzo.

Aunque no se explicita qué porción de las operaciones de abril se produjeron después del 22 y tributaron en mayo, ese aumento respecto a marzo pudo haberse traducido en términos recaudatorios del impuesto PAIS entre mayo y abril.

Sasovsky también planteó que el 20 de marzo el BCRA postergó vencimientos de las tarjetas de crédito hasta junio, lo que puede explicar una subrecaudación del impuesto PAIS en marzo y abril y el fuerte contraste con la alta cifra de mayo.

IMPOSITIVAS – Desplome de la recaudación tributaria en mayo: se ubicó 30 puntos por debajo de la inflación

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La recaudación tributaria tuvo un incremento de apenas el 12,4% en comparación con el mismo mes del año pasado. Fuerte impacto de la cuarentena

El freno a la actividad que supuso la cuarentena durante el mes de mayo quedó nuevamente en evidencia en los números de la recaudación impositiva que difundió este martes la AFIP.

La recaudación subió apenas un 12,4% en mayo, al sumar ingresos por $499.535 millones.

En términos reales, al medir la evolución de los ingresos con la marcha de la inflación en igual período, la recaudación de mayo se habría ubicado algo más de 30 puntos por debajo de la proyección del índice de precios al consumidor para similar período, debido a la caída en el nivel de actividad asociada a la cuarentena.

La caída abrupta en los números fiscales -que venían golpeados desde antes de la pandemia- se había visto ya en abril, que fue el primer mes en el que la actividad económica estuvo contenida o anulada por las medidas de aislamiento obligatorio.

Mayo repite los magros resultados de abril, ambos meses bajo cuarentena.

Mayo repite los magros resultados de abril, ambos meses bajo cuarentena.

De esta forma, en los primeros cinco meses de 2020 los ingresos tributarios ascendieron hasta $2,3 billones, con una suba de 28,3% frente a igual lapso de 2019.

Las arcas del Estado sufren el golpe de la pandemia

La recaudación tributaria de mayo se vio afectada por la caída en el nivel de actividad asociada al aislamiento social, preventivo y obligatorio.

A lo largo del mes se destacan algunos elementos como el incremento en el acogimiento a los distintos Planes de Facilidades de Pago por deuda corriente.

“Las razones para dicho aumento se encuentran en las modificaciones normativas dispuestas por la Administración Federal Ingresos Públicos para ofrecer alivio financiero al entramado productivo”, explican desde AFIP.

El IVA muestra un mes de consumo deprimido

El Impuesto al Valor Agregado (IVA), usual termómetro para medir la temperatura del consumo de bienes y servicios en el mercado interno, registró en mayo una variación del 3,6% frente al mismo mes del año pasado.Si se compara con la inflación de los últimos 12 meses, es una caída real de más de 40 puntos.

La recaudación del IVA Impositivo sumó $89.254,3 millones, un incremento del 3,7% en relación con los valores registrados en mayo de 2019. Además del efecto asociado a las medidas implementadas en el marco de la emergencia sanitaria, este componente del tributo también estuvo condicionado por las compensaciones realizadas hacia otros impuestos como Ganancias o Combustibles.

Los ingresos generados por el IVA Aduanero, por su parte, alcanzaron los $44.911,6 millones. La cifra representa una caída del 1,1% interanual que, en un escenario de reducción de las importaciones, refleja la evolución en el tipo de cambio y un día hábil más de recaudación con relación al mismo mes del año pasado.

AFIP reportó una caída real en bloque, que afecta a todos los segmentos de la recaudación.

En tanto, los ingresos provenientes del Impuesto a las Ganancias anotaron un aumento del 9,5% en relación con mayo de 2019.

Por su parte, los recursos vinculados con el Sistema de Seguridad Social aumentaron 11,6% en relación con el mismo mes del año anterior. La dinámica de estos impuestos evidencia los efectos de otras medidas de política tributaria como la postergación por dos meses del componente SIPA de las contribuciones patronales y la reducción en la alícuota. Ambas herramientas forman parte de los beneficios previstos en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

Con tres días hábiles menos de recaudación, los Derechos de Exportación alcanzaron en mayo los $24.752,8 millones, una caída del 35,6% frente al mismo mes del año pasado. Mientras que en su quinto mes de vigencia, el Impuesto PAIS registró ingresos por $11.906,6 millones. Durante los primeros cinco meses del año, la cifra recaudada por el nuevo tributo asciende hasta los $33.588,8 millones.

“Vale destacar el comportamiento del Impuesto a los Bienes Personales que ascendió en hasta los $6791 millones, un alza del 1167,5% en relación con el mismo mes del año pasado. El incremento en la recaudación por este concepto lo explica el ingreso del pago a cuenta establecido para los contribuyentes con bienes en el exterior por el período fiscal 2019”, indica AFIP.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – El 70% de los argentinos tuvo caídas en sus ingresos por el coronavirus

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Un relevamiento realizado por Poliarquía, en la última semana de mayo revela que el 64% de los encuestados sigue apoyando la extensión de la cuarentena.

La medición más reciente muestra que el 71% de los consultados aprueba la gestión de Alberto Fernández ante el coronavirus. El aval al presidente viene bajando desde el piso de 84% registrado entre el 10 y el 16 de abril.

Al indagar sobre la extensión de la cuarentena el 64% de los consultados se muestra a favor. Un 30% dice estar “muy de acuerdo” y un 25% “bastante de acuerdo”, mientras que el 22% responde que está “poco de acuerdo”, y el 10% dice “nada de acuerdo”. El 4% restante no contesta.

“¿Cuál de las siguientes frases refleja mejor el impacto que tuvo el coronavirus sobre su salario o ingresos económicos?”, indaga la encuesta. El efecto de la cuarentena es muy fuerte: solo el 22% responde que sus ingresos se mantuvieron. Para el 24% “disminuyeron algo” y para el 30% “disminuyeron bastante”. El 16% directamente “se quedó sin sueldo” y el 6% no tenía ingresos desde antes de la pandemia. El 2% no respondió. Así, el bloque de los que perdieron ingresos suma 70%.

Además, el 52% se muestra preocupado de perder su trabajo a causa de la pandemia. Ese registro sube al 72% entre los trabajadores independientes y al 70% entre quienes están en el sector privado, pero cae al 48% entre los empleados públicos.

Ante la consulta “¿Cuál de las siguientes frases refleja mejor su situación económica de cara a los próximos días de cuarentena?”, el 40% responde “probablemente seguiré cobrando o teniendo ingresos”, mientras que el 19% opta por “probablemente no seguiré cobrando o teniendo ingresos pero podría hacer frente a los gastos”. Otro 24% dice “probablemente no seguiré cobrando o teniendo ingresos y será muy difícil hacer frente a los gastos” y el 13% declara no tener trabajo o ingresos. El 4% no contesta.

Fuente: ieco.clarin.com

ECONOMÍA – Le pusieron cifras a la caída por la pandemia: expertos anticipan cuánto se desplomará la economía argentina

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Estiman que este año la actividad tendrá una fuerte caída, mientras confían en que la Argentina está “cerca” de llegar a un acuerdo con bonistas

Economistas estimaron que este año la actividad económica tendrá una caída en torno al 10%, mientras confían en que la Argentina está “cerca” de llegar a un acuerdo con los bonistas.

El economista jefe de la fundación FIEL, Daniel Artana, aseguró que “la recuperación va a venir” porque “el capital y el trabajo están intactos”.

“Este año vamos a caer alrededor del 10%”, calculó y consideró que se debe “ir pensando cómo ir saliendo de la cuarentena” decretada ante la pandemia.

En ese sentido, cuestionó: “Supongamos que la vacuna demora hasta fines del año que viene, ¿vamos a seguir con una cuarentena estricta de un año y medio?”.

Alertó que tanto la Argentina como la región tienen “una debilidad”, la cual se vincula con que “la mitad de los que trabajan son cuentapropistas y autónomos”.

Anticipan cuánto se desplomará la economía por la pandemia

“En lugar de prohibir a todo el mundo que abra su comercio, por ahí lo que el Estado tiene que hacer es permitir que abran y el que no cumple, que sea sancionado”, recomendó y enfatizó: “Si esto dura seis meses más, no podremos seguir así”.

“Se puede ir avanzando con los recaudos necesarios porque inevitablemente eso va a ocurrir”, insistió.

Prónostico de los economistas

En tanto, el economista Miguel Kiguel también se refirió a la actividad económica y calculó que “el piso de la caída está en abril y mayo, con lo que a partir de junio se deberían ver números mejores”.

El consultor pronosticó que si la Argentina puede resolver la deuda, “el año que viene va a crecer y mucho”.

En declaraciones radiales, sostuvo que “todo indica que después de muchas idas y vueltas se han ido acercando” las posiciones del Gobierno y los bonistas.

“No hay dólares y hace falta crédito externo para crecer”, argumentó y afirmó que “la fuerza de la recuperación va a depender de varias cosas”.

De ese modo, subrayó: “Primero, de cuánto dure la cuarentena. Segundo, del default. Si la economía sigue mucho tiempo en default, olvidémonos de una recuperación rápida. Para crecer vamos a necesitar dólares y nadie nos los va a dar”.

Kiguel señaló que “para el Gobierno es importantísimo” resolver la deuda, aunque aclaró también lo es para los bonistas.

Evaluó que el país “está cerca” de llegar a un acuerdo y consideró: “Cuando uno mira esta negociación en perspectiva, a la Argentina le ha ido muy bien”.

Respecto de la profundización del cepo cambiario dispuesta por el Banco Central, Kiguel remarcó que “es un reconocimiento explícito de que no hay dólares y las reservas son muy limitadas”.

Más pronósticos: informe REM

Los analistas y operadores que participan del Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) estimaron tambipen una “fuerte contracción del PBI real para 2020, del 7%”, y también subieron la expectativa promedio de inflación para el año en 4,4 puntos porcentuales, hasta el 44,4%, informó el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

“A fines de abril los analistas del mercado proyectaron que la inflación minorista para diciembre de 2020 se ubicará en 44,4% interanual, elevando en 4,4 puntos porcentuales el nivel estimado en los pronósticos provistos a fines de marzo”, destacó el informe difundido esta tarde.

En tanto, la entidad monetaria subrayó que “los 10 mejores pronosticadores de corto plazo (TOP-10) para esa variable esperan una inflación promedio inferior, de 43,1% interanual (4,5 puntos superior a la que proyectaba ese conjunto de pronosticadores el mes previo)”.

La suba de esta proyección se fundamentó en que para marzo el promedio de las estimaciones sugería una inflación de 2,6% mensual, cuando la realidad lo ubicó en 3,3% según la estimación del Indec.

Esto “implicó una subestimación (error de pronóstico) de 0,8 puntos porcentuales. Para abril de 2020, el promedio del TOP-10 de los pronosticadores señala una variación de 2,2% mensual”, precisó el informe.

En lo que refiere al Producto Bruto Interno, explicaron que la caída se profundizó en 2,2 puntos porcentuales respecto del REM anterior por la “prolongación de los efectos económicos” del coronavirus.

“Como consecuencia de la prolongación de los efectos económicos derivados de la pandemia”, los analistas del REM prevén una fuerte contracción del PBI real para 2020, de 7%, una caída de 2,7 puntos porcentuales con respecto a la pronosticada el mes previo”, señaló el informe elaborado por el BCRA..

“El TOP-10 de los mejores pronosticadores del crecimiento económico sugiere que la reducción del PIB durante 2020 sería en promedio de 7,1%, -2,7 puntos respecto de la encuesta previa”, indicó el trabajo.

Pero superada la pandemia los analistas estimaron “una recuperación de la actividad económica”.

“Si bien los participantes del REM esperan una mayor contracción del PIB que en el REM anterior para los primeros trimestres del año (y en particular durante el segundo trimestre), la expectativa de crecimiento a partir del tercer trimestre de 2020 sugiere que el efecto de la pandemia se percibe como transitorio y que pronto se iniciará una recuperación de la actividad económica”, detalló el REM.

Qué inflación prevén los mejores pronosticadores

En materia monetaria, los analistas también subieron en $2,2 la previsión en cuanto al tipo de cambio nominal promedio a fin de año ubicándolo en $85,4 por dólar en diciembre 2020 y $120,1 por dólar en diciembre de 2021.

“Los pronosticadores que fueron más precisos para estimar esta variable con horizontes de corto plazo también proyectan un nivel similar de tipo de cambio nominal promedio para fines de diciembre de 2020 ($85 por dólar)”, precisó el informe del BCRA.

En tanto que en lo que refiere a tasas, los participantes del relevamiento que todos los meses realiza el Central, estimaron una tasa BADLAR de bancos privados en pesos de 20,4% y un sendero ascendente hasta alcanzar 25% en diciembre de 2020 (83 puntos básicos por debajo del nivel que proyectaban en marzo de 2020) y 24,5% a fines de 2021.

“En tanto, los mejores pronosticadores de tasa de interés (TOP-10) prevén en promedio que la tasa se ubicaría en 23,14% a fines de 2020″, concluyó.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – Para Banco Mundial, el coronavirus dejará “cicatrices duraderas” en países emergentes

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El banco sostuvo que un país emergente que sufre una crisis financiera podría ver una caída de su producción de un 8% en un período de 5 años, mientras que en el caso de los exportadores de petróleo el desplome alcanzaría un 11%.

El coronavirus y las recesiones resultantes dejarán “cicatrices duraderas” en los países en desarrollo y los mercados emergentes, con las naciones exportadoras de petróleo y las que sufren crisis financieras llevándose la peor parte, advirtió este martes el Banco Mundial.

En su reporte de perspectivas económicas mundiales, el banco sostuvo que un país promedio de los mercados emergentes que sufre una crisis financiera podría ver una caída de su producción de un 8% en un período de cinco años, mientras que en el caso de los exportadores de petróleo el desplome alcanzaría un 11%.

Funcionarios del prestamista internacional destacaron que las perspectivas de crecimiento ya se habían atenuado significativamente debido en parte a los conflictos comerciales, por lo que el impacto de la pandemia podría fácilmente convertirse en problemas de solvencia para los países de mercados emergentes.

Las bajas tasas de interés en la última década contribuyeron a un aumento récord de la deuda soberana y corporativa en los mercados emergentes, limitando la capacidad de las autoridades para responder a la crisis y evitar el cierre de negocios, la pérdida de empleos y el deterioro del capital humano, dijo Ceyla Pazarbasioglu, vicepresidenta de crecimiento equitativo, finanzas e instituciones del banco.

“Si las políticas están totalmente orientadas a respaldar intereses creados o compañías zombis, se pueden generar problemas de liquidez que se convierten en problemas de solvencia”, indicó Pazarbasioglu.

“Lo que realmente se necesita ahora son medidas urgentes para limitar daños y perjuicios, pero también mantenerse al margen de políticas que pueden llevar a esta crisis de salud, que se ha convertido en una crisis económica, a una crisis financiera”, concluyó.

Fuente: ambito.com

Procedimiento. Coronavirus.

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Programa ATP. Extensión del plazo para la obtención de los Créditos a Tasa Cero por parte de monotributistas y autónomos.

Extienden hasta el 30/06/2020, el plazo para que los monotributistas y autónomos puedan realizar la registración y suministro de los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el “Crédito Tasa Cero”, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.

Resolución General (AFIP) Nº 4729/2020 (BO 31/05/2020)

FINANZAS – Debutó la declaración jurada para comprar dólares

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Lo dispuso el Banco Central. La medida rige desde este lunes. Aseguran que se trata de un proceso “muy sencillo” que los bancos ya tienen instrumentado en el “homebanking”.

Los ahorristas que quieran adquirir los 200 dólares mensuales permitidos por el Banco Central deberán presentar desde este lunes una declaración jurada para concretar la operación.

La autoridad monetaria dispuso nuevas medidas para acceder a dólares tanto para empresas como para personas humanas en medio de la caída de reservas internacionales y en un contexto de creciente demanda de moneda extranjera ante la incertidumbre respecto de la definición de la deuda y el impacto económico del coronavirus.

A través de la comunicación “A” 7030, el organismo estableció que las personas humanas que quieran acceder al cupo de moneda extranjera permitido por mes, tendrá que presentar una declaración jurada, al igual que sucede con las empresas.

Mediante ese mecanismo, los ahorristas dejarán constancia de que “en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 90 días corridos anteriores no ha concertado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior”.

También se deberá comprometer a no concretar ese tipo de operaciones “por los 90 días corridos subsiguientes”.

Fuentes del Banco Central destacaron a NA que se trata de un proceso “muy sencillo” que las entidades financieras ya tienen instrumentado en el “homebanking” e insistieron: “Es tan sólo un click”.

En la última normativa, la autoridad monetaria también dispuso que las empresas que tengan dólares fuera del país deberán utilizar esos fondos para hacer frente al pago de sus compromisos en el exterior, mientras anunció nuevas restricciones para el acceso de las compañías al Mercado Único y Libre de Cambios.

Ante esos cambios, algunos bancos suspendieron el pasado viernes la venta de dólares al argumentar que se encontraban “adecuando” su sistema a las modificaciones.

De ese modo, quienes esperaron al último día hábil del mes para adquirir moneda extranjera, terminaron mayo sin concretar el ahorro mensual pretendido.

De acuerdo con datos difundidos en el último informe de Evolución del Mercado de Cambios y Balance Cambiario, en abril, las personas compraron unos 248 millones de dólares, con lo que se dio una suba de 42,5 por ciento respecto de marzo.

En ese período también creció la cantidad de individuos que demandaron billetes para tenencia, dado que 1.200.000 adquirieron divisas con una compra promedio per cápita de 185 dólares”.

Fuente: cadena 3

FINANZAS – Deuda: Gobierno prorroga hasta el 12 de junio el plazo para negociar con los bonistas

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Son horas decisivas para el Gobierno en la negociación de la deuda. Tal como adelantó Ámbito, decidió prorrogar el plazo hasta el 12 de junio para llegar a un acuerdo con los bonistas.

En los últimos días crecieron las expectativas respecto de la posibilidad de acercar posiciones, lo cual se reflejó en los movimientos al alza de los bonos y en una baja del dólar blue.

De hecho, los títulos en dólares terminaron la semana pasada con números en verde generalizados, mientras que durante el mes acumularon fuertes alzas que llegaron a superar el 45 por ciento.

Durante este fin de semana, el Gobierno destacó su apoyo al ministro de Economía, Martín Guzmán, y el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, remarcó que el ministro de Economía, Martín Guzmán lleva adelante una “excelente negociación” para reestructurar más de 66.000 millones de dólares.

Así sucedió luego de que dos grupos de bonistas con representación clave aseguraran que las contrapropuestas presentadas al Gobierno satisfacen “las necesidades” financieras de la Argentina.

Los comités AD Hoc liderados por BlackRock de Laurence Fink y Exchange Bondholder comandado por Monarch, destacaron: “Nos hemos acercado pero aún hay un camino importante por recorrer”.

El 21 de mayo, el Gobierno extendió el plazo de negociación con los bonistas que vencía el 22 hasta el 2 de junio, lo que llevó a la Argentina a un default selectivo tras no cubrir vencimientos pendientes por 503 millones de dólares.

En ese escenario, la cartera anticipó que se encontraba la posibilidad de que “se extienda por un período adicional”.

Mientras duren las negociaciones, el Banco Central va a mantener un fuerte control en la plaza cambiaria en un escenario con limitadas reservas y una firme demanda para adquirir moneda extranjera.

El titular de la entidad, Miguel Ángel Pesce, consideró que una vez resuelta la deuda, espera “liberar más” el mercado.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Empleados: el Impuesto a las Ganancias aumentó en hasta 368% en una década

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El impuesto a las ganancias es una de las principales fuentes de ingresos tributarios en prácticamente la totalidad de los países desarrollados.

“El impuesto a las ganancias es una de las principales fuentes de ingresos tributarios en prácticamente la totalidad de los países desarrollados o en vías de desarrollo. Adicionalmente, es uno de los principales instrumentos utilizados para darle progresividad al sistema, toda vez que los impuestos al consumo afectan proporcionalmente con mayor énfasis a los estratos de más bajos ingresos”, señala el más reciente informe del IARAF.

Los ingresos de las personas físicas están normalmente alcanzados por este impuesto cualquiera sea su fuente; incluyendo las remuneraciones de trabajadores, tanto de aquéllos que prestan servicios en relación de dependencia como de quienes lo hacen como autónomos.

En consecuencia, no existen dudas doctrinarias respecto a la procedencia del pago de este impuesto por parte de los trabajadores, tanto por cuestiones de equidad tributaria como de administración tributaria:

  • Respecto a la equidad tributaria, lesionaría gravemente la equidad que un asalariado de altos ingresos no pague impuesto a las ganancias, mientras que sí lo tengan que hacer un pequeño comerciante, un profesional de ingresos medios, o un jubilado que cobre un haber mínimo pero también alquila un par de propiedades que adquirió durante su vida activa, por citar algún ejemplo. También sería inequitativo que ese asalariado de altos ingresos contribuya menos a la financiación del Estado que un trabajador de ingresos mínimos que se ve proporcionalmente más impactado por el Impuesto al Valor Agregado.

Por el lado de la administración tributaria, un impuesto a las ganancias de personas físicas que eximiera de su pago a los asalariados en relación de dependencia sería de muy dificultosa gestión, toda vez que habría un fuerte incentivo a simular relaciones laborales para eludir el tributo. En definitiva, no debe estar en duda que los trabajadores asalariados deben tributar el impuesto.

Entonces, la discusión debiera centrarse en dos dimensiones del tributo, señalan desde el IARAF:

I. a cuántos trabajadores alcanza

II. cuánto pagan los trabajadores alcanzados

ganancias: a cuántos trabajadores alcanza

Estos dos aspectos no pueden analizarse en forma aislada, dado que están estrechamente relacionados. Esto es así porque reducir la importancia relativa del impuesto a las ganancias atenta contra la progresividad del sistema, razón por la cual si se pretende excluir del tributo a mayor cantidad de potenciales contribuyentes, se deberá incrementar la presión tributaria sobre los que quedan alcanzados por el mismo, debiendo optarse por si ésta va a recaer principalmente sobre otros trabajadores de ingresos medios o altos.

A diferencia de la gran mayoría de los sistemas tributarios relevantes, la situación experimentada entre 2002 y 2015 en Argentina, se caracterizó por la decisión de mantener un elevado porcentaje de trabajadores dependientes fuera del alcance del impuesto, pero a costa de un fuerte incremento de presión tributaria sobre los trabajadores dependientes y autónomos de ingresos medios, dado que la situación de aquéllos de ingresos altos permaneció, en términos relativos, casi sin modificaciones.

Esto fue así porque se optó por un mecanismo encubierto de incremento de la presión tributaria, caracterizado por lograr tasas efectivas año a año mayores, originado en el hecho de no ajustar los tramos de escala junto a un ajuste insuficiente en las deducciones. Esta decisión de política tributaria, unida a una muy mala implementación, deterioró totalmente la progresividad y equidad del tributo dado que, por ejemplo:

a) trabajadores de igual nivel de ingresos quedaban sujetos a una situación tributaria totalmente diferente conforme hubiera sido su remuneración en un momento del período analizado (el período clave era, por ejemplo, agosto 2013).

b) trabajadores con mayor nivel de ingresos antes de impuestos podían terminar ganando menos como consecuencia del tributo, que otro cuya remuneración bruta era inferior.

c) para importantes niveles de ingresos, el impuesto no distinguía entre trabajadores con cargas de familia de aquéllos que no la tuvieran.

d) prácticamente no había diferencia entre la alícuota efectiva de un trabajador de ingresos medios (normalmente alcanzado por alícuotas superiores al 25%) y grandes contribuyentes cuya alícuota efectiva terminaba siendo solo ligeramente superior al 30%.

e) los trabajadores autónomos quedaban sometidos a alícuotas promedio entre dos y tres veces superiores a los dependientes de similar nivel de ingresos netos.

A partir de las reformas instrumentadas desde el año 2016, se eliminaron las inconsistencias que se habían acumulado, y se redujo parcialmente el incremento de presión tributaria experimentando en los años previos, aunque se estuvo lejos de volver a la situación vigente en el año 2007.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP anunció que comienza a funcionar este lunes el Padrón Federal de Impuestos

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La primera etapa alcanza a contribuyentes que se encuadren en el régimen del Convenio Multilateral, en Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a cargo de Mercedes Marcó del Pont, informó que “este lunes entra en vigencia el Padrón Federal de Impuestos, una herramienta diseñada para simplificar procesos, evitar la doble carga de información y unificar inscripciones y registros tributarios nacionales, provinciales y municipales en un solo sistema”.

En un comunicado, el organismo señaló que “la primera etapa alcanza a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos que se encuadren en el régimen del Convenio Multilateral, en Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe”.

El Padrón Federal fue desarrollado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) junto con la Comisión Arbitral y las jurisdicciones mencionadas.

El mecanismo que entra en vigencia permitirá a los contribuyentes interjurisdiccionales realizar a través del sitio web de la AFIP sus trámites de alta, cese parcial y total de actividades así como todas las modificaciones de datos y novedades que correspondan a las jurisdicciones adheridas”, expresó el organismo recaudador.

Más adelante, la AFIP destaca que “la herramienta facilita y simplifica el accionar de los ciudadanos y de las administraciones tributarias ya que evitará duplicar inscripciones y brindará mayor calidad de la información”.

Prórroga de Ganancias y Bienes Personales

La AFIP extiendió por más de 40 días los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al Impuesto a las Ganancias, Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular.

La prórroga hasta fines de julio de esas obligaciones beneficia a más de 2 millones de contribuyentes.

La decisión facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio.

La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante del Impuesto a las Ganancias, el Impuesto a los Bienes Personales y el Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera) estaba prevista para mediados de junio.

El nuevo plazo fue comunicado a través de la resolución general 4721 (AFIP) publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Nuevas fechas de Ganancias y Bienes Personales

A continuación el detalle de las nuevas fechas de vencimiento:

Ganancias y Bienes Personales

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación de la declaración jurada hasta el 24 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación de la declaración jurada hasta el 27 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación de la declaración jurada hasta el 28 de julio inclusive. Ingreso del saldo resultante hasta el 29 de julio inclusive.

Impuesto Cedular (Impuesto a la Renta Financiera)

CUIT 0, 1, 2 y 3: presentación y pago hasta el 27 de julio inclusive.

CUIT 4, 5 y 6: presentación y pago hasta el 28 de julio inclusive.

CUIT 7, 8 y 9: presentación y pago hasta el 29 de julio inclusive.

AFIP prorroga Ganancias y Bienes Personales

Nuevo plan de pagos de la AFIP

La AFIP puso en marcha un régimen de facilidades de pago  aplicable para la cancelación de las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, incluidas en los planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, con sus respectivos intereses y multas.

La adhesión al régimen podrá efectuarsehasta el 30 de junio de 2020, inclusive.

La cancelación mediante el presente plan de facilidades, no implica reducción de intereses, así como tampoco la liberación de las pertinentes sanciones.

El plan de facilidades de pago reunirá las siguientes características:

a) La cantidad máxima de cuotas a otorgar será de 6.

b) Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto para la primera de ellas, a la que se le adicionarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento.

c) El importe de cada una de las cuotas será igual o superior a $1.000

d) La tasa de financiación se calculará tomando de base la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa Nominal Anual (TNA) canal electrónico para depósitos a plazo fijo en pesos en el Banco de la Nación Argentina a 180 días, vigente para el día 20 del mes inmediato anterior al correspondiente a la consolidación del plan, más un 3% nominal anual.

e) La fecha de consolidación de la deuda será la correspondiente al día de presentación del plan.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

A los fines de adherir al presente régimen se deberá:

a) Ingresar con Clave Fiscal al sistema denominado “MIS FACILIDADES”.

b) Convalidar, modificar, incorporar y/o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar.

c) Elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación que se pretende regularizar. Los conceptos por deuda aduanera y los intereses sobre capital no adeudado, deberán incluirse en un plan de facilidades de pago independiente.

d) Seleccionar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) a utilizar, la cual deberá encontrarse previamente declarada a través del servicio denominado “Declaración de CBU”.

e) Consolidar la deuda y proceder al envío de la solicitud de adhesión.

f) Descargar, a opción del contribuyente, el formulario de declaración jurada 1003 junto con el acuse de recibo de la presentación realizada.

La solicitud de adhesión al presente régimen no podrá ser rectificada y se considerará aceptada, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos previstos en esta resolución general.

La inobservancia de cualquiera de ellos determinará el rechazo del plan propuesto, en cuyo caso el importe ingresado no se podrá imputar a la cancelación de las cuotas de un nuevo plan.

Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, se podrá efectuar, hasta el 30 de junio de 2020 inclusive, una nueva solicitud de adhesión por las obligaciones que corresponda incluir.

Nuevo plan de pagos de la AFIP: cómo adherirse

La primera cuota vencerá el día 16 de julio de 2020 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes, las que se cancelarán mediante el procedimiento de débito directo en cuenta bancaria.

En caso que a la fecha de vencimiento general fijada en el párrafo anterior no se hubiera efectivizado la cancelación de la respectiva cuota, se procederá a realizar un nuevo intento de débito directo de la cuenta corriente o caja de ahorro el día 26 del mismo mes.

Las cuotas que no hubieran sido debitadas en la oportunidad indicada en el párrafo precedente, así como sus intereses resarcitorios, podrán ser rehabilitadas por sistema.

Cuando el día de vencimiento fijado para el cobro de la cuota coincida con día feriado o inhábil, se trasladará al primer día hábil inmediato siguiente.

De tratarse de un día feriado local, el débito de la cuota se efectuará durante los días subsiguientes, según las particularidades de la respectiva operatoria bancaria.

Los sujetos que adhieran al presente régimen podrán solicitar por única vez, la cancelación anticipada total de la deuda comprendida en el plan de facilidades de pago, a partir del mes en que se produzca el vencimiento de la segunda cuota.

La caducidad de los planes de facilidades de pago operará de pleno derecho y sin necesidad de que medie intervención alguna por parte de la AFIPo, cuando se produzca la falta de cancelación de 2 cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas, o la falta de ingreso de la cuota no cancelada a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

Operada la caducidad -situación que se pondrá en conocimiento del contribuyente a través de su Domicilio Fiscal Electrónico-,la AFIP quedará habilitada para disponer el inicio de las acciones judiciales tendientes al cobro del total adeudado mediante la emisión de la respectiva boleta de deuda.

Los contribuyentes y responsables, una vez declarada la caducidad del plan de facilidades, deberán cancelar el saldo pendiente de deuda mediante transferencia electrónica de fondos, no pudiéndose regularizar en el plan de facilidades de pago permanente.

Fuente: iprofesional.com