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Laboral y previsional. Coronavirus.

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Nuevo plazo para registrarse en el ATP y gozar de los beneficios Dto. 332/20.

Disponen, de manera excepcional, la reapertura de los plazos, hasta el 23/04/20, para que los sujetos alcanzados por los beneficios del Decreto Nº 332/20 – Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción -ATP-, tengan la posibilidad de acceso a los sistemas.

Resolución General (AFIP) N° 4702/2020 (BO 21/04/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Estiman que la pandemia provocará la mayor caída del PBI en la historia de América Latina

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Para encontrar una contracción semejante hace falta retroceder hasta la Gran Depresión de 1930 (-5%) o más aún hasta 1914, con el comienzo de la 1° Guerra Mundial, (-4,9%). América del Sur será la zona más golpeada por la caída de la actividad de China.

La pandemia de coronavirus conducirá a la peor contracción económica que América Latina haya sufrido, con una caída del Producto Interno Bruto (PIB) regional de 5,3% en 2020, estimó la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal).

“Esta crisis será la peor en toda su historia, para encontrar una contracción semejante hace falta retroceder hasta la Gran Depresión de 1930 (-5%) o más aún hasta 1914 (-4,9%)”, dijo la Cepal, en su reporte de proyecciones de la actividad económica regional.

Desde antes de la pandemia, la región América Latina y el Caribe acumulaba casi siete años de bajo crecimiento, con un promedio de 0,4% entre 2014 y 2019, el menor desde la década de 1950, por lo que la irrupción del coronavirus vino a agravar el panorama económico regional.

De acuerdo a las proyecciones de la Cepal, todos los países de América Latina, salvo República Dominicana -cuyo PIB permanecerá estable- registrarán una contracción de su economía en 2020.

Venezuela, con una contracción del 18%, liderará la caída regional, seguido de Argentina, México y Ecuador, con 6,5%. Para el gigante regional, Brasil, se prevé una caída de 5,2% del PIB en 2020.

Por subregiones, el organismo prevé que América del Sur será la zona más golpeada, con una contracción de 5,2%, “debido a que varios países se verán muy afectados por la caída de la actividad de China, que es un importante mercado para sus exportaciones“.

En América Central la caída sería de 2,3%, “afectada por la contracción del turismo y la reducción de la actividad de Estados Unidos, su principal socio comercial y fuente de remesas” de migrantes, mientras que la economía de la región Caribe se contraería 2,5%, “debido a la reducción de la demanda de servicios turísticos”, de acuerdo a la Cepal.

La Cepal prevé también un fuerte impacto en el mercado del trabajo, con cerca de 11,6 millones de nuevos desempleados producto de esta crisis sanitaria, y efectos negativos en los indicadores de pobreza, la que aumentaría 4,4 puntos porcentuales durante 2020, de 30,3% a 34,7% de la población, lo que significa 29 millones de nuevos pobres.

La pobreza extrema crecería 2,5 puntos porcentuales, pasando de 11% a 13,5% de la población, lo que representa un incremento de 16 millones de personas en esa situación.

El monto económico por exportaciones de la región caería, en tanto, cerca de 15%. Las exportaciones regionales a China serían las que más disminuirían en 2020 (24,4%), con Argentina, Brasil, Chile y Perú como los países más expuestos por esta disminución.

En este escenario, dijo la secretaria ejecutiva de la Cepal, Alicia Bárcena, en la presentación del reporte, “que la región tiene poco espacio para aumentar el gasto público por el mayor endeudamiento, el creciente pago de intereses y los limitados ingresos fiscales”.

La deuda pública de los países latinoamericanos promedió en 2019 el 44,9% del PIB, según la Cepal.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Al 19 de abril, la recaudación tributaria nacional cayó un 13% real

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Entre el 1 y el 19 de abril la recaudación tributaria nacional cayó un 13% en términos reales, señala el último informe del IARAF

Entre el 1 y el 19 de abril la recaudación tributaria nacional cayó un 13% en términos reales, y la recaudación provincial disminuyó un 6,5% real interanual, según un relevamiento del Iaraf. “Se moderó en ambos casos la caída real observada en la primera semana del mes”, interpretó el instituto que analiza en forma permanente la situación fiscal.

Los principales componentes de la recaudación Nacional, IVA y Ganancias acumulan pérdidas reales del 24,8% y el 14,6% respectivamente, mientras que el principal impuesto provincial mostró una leve caída del 1,5% en términos reales.

“La evolución de la recaudación tributaria, tanto nacional como provincial, es siempre importante. Pero en la situación actual, se hace todavía más relevante, dada la gran caída de ingresos que se espera a raíz de los efectos del aislamiento obligatorio”, explicó.

La baja de ingresos puede aumentar de manera considerable tanto el déficit fiscal nacional como provincial. Dado esto, Iaraf dispuso incorporar a su seguimiento habitual de variables económicas y fiscales, el de la evolución semanal de la recaudación de los principales impuestos vigentes en nuestro país en los distintos niveles de gobierno.

Con este objetivo, se analiza cómo se viene desempeñando la recaudación hasta el último dato disponible (19/4/2020).

Los impuestos se monitorean son IVA, Ganancias, Bienes Personales e Impuesto a los combustibles, a nivel nacional; e IIBB, Sellos e Inmobiliario a nivel provincial. Este grupo de impuestos representa más del 85% de la recaudación consolidada de nación y provincias en nuestro país.

Tomando los distintos tributos considerados, se aprecia que excepto uno de ellos, todos presentaron crecimiento nominal interanual en los periodos considerados del mes de abril. Sin embargo, cuando se toma en cuenta la inflación acumulada, la mitad de los instrumentos muestran caídas reales.

Los principales componentes de la recaudación Nacional, IVA y Ganancias acumulan pérdidas reales del 24,8% y el 14,6% respectivamente, mientras que el principal impuesto provincial, Ingresos Brutos, muestra una caída del 1,5% en términos reales.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – En marzo el rojo de las cuentas públicas llegó a $ 124.727 millones

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El mes pasado, con apenas 10 días de cuarentena, el gasto subió 70% y los ingresos aumentaron 30%.

 Por la caída de ingresos y el mayor gasto el déficit subió a $124.727 millones en marzo.

En marzo las cuentas públicas terminaron con un rojo profundo: el resultado primario arrojó un déficit de $ 124.727 millones. Ya con algunos de los efectos de la cuarentena encima, el mes pasado trajo un déficit mucho más fuerte del que se había registrado en marzo de 2019, cuando el saldo negativo fue de $ 13.037 millones.

Los números que dio a conocer el ministerio de Hacienda muestran que mientras los ingresos crecieron 30,7% de un año a otro en términos nominales -mientras la inflación del período fue de 48%- los gastos tuvieron un impulso mayor, con un salto del 70%.

El comunicado de Hacienda detalla que los ingresos públicos, que en el mes sumaron $ 341.518 millones, estuvieron “afectados parcialmente por el cese de actividades en el marco de la emergencia por el COVID-19”.

En el mes los ingresos tributarios crecieron 33,1% interanual, seguidos de los aportes y contribuciones de la seguridad social con un alza de 42,2%. Por su parte, la caída de 56,3% en las rentas de la propiedad estuvo explicada por la remisión de utilidades del Banco Nación en marzo de 2019 por $ 15.000 millones.

El gasto primario de marzo fue de $ 466.246 millones, un alza del 70% interanual. “Los efectos del COVID-19 y la reacción de política económica para proteger a los sectores más vulnerables han impactado en el volumen de erogaciones”, cuenta el comunicado. De este modo, las transferencias corrientes crecieron 135,2%.

El salto más espectacular se dio en las transferencias a las provincias y CABA. Con solo 10 días de cuarentena, estas partidas mostraron un impulso de $ 16.720 millones, un aumento del 324% “debido a los mayores requerimientos de asistencia financiera de las administraciones subnacionales”.

Fuente: ieco.clarin.com

IMPOSITIVAS – La AFIP reabre hasta el 23 de abril la inscripción para el subsidio laboral

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La AFIP reabre la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción. Cuáles son las claves de la nueva etapa

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reabre la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP). Los  empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el 23 de abril de 2020, inclusive, para  registrarse.

Todo el procedimiento se realiza a través del sitio web de la AFIP.

El nuevo plazo habilitado para acceder al programa ATP pretende garantizar la inscripción de la totalidad del universo de potenciales empleadores alcanzados. La reapertura excepcional de la registración prevista en la Resolución General 4702 de la AFIP también permitirá a los contribuyentes que ya se inscribieron rectificar la información económica suministrada. Las empresas que deban subsanar los errores incurridos en la carga de los datos serán notificadas por el organismo a través de su domicilio fiscal electrónico.

En todos los casos, la información solicitada por el sistema  corresponde a los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de  2019 y 2020.

La AFIP recuerda que todos los empleadores, tanto los que ya se registraron como aquellos que lo hagan hasta el 23 de abril, deben informar la CBU de sus trabajadores  y el código del convenio colectivo de trabajo al que pertenecen. Esa información es  requerida para garantizar que los trabajadores accedan a los beneficios otorgados a  cada empresa.

El programa ATP es una de las herramientas previstas por el Estado para amortiguar el impacto económico del aislamiento social preventivo y obligatorio. Alrededor de  420 mil empleadores ya solicitaron la asistencia estatal para pagar los salarios. Una vez que finalice el nuevo período de inscripción y carga de información económica, se evaluará cuáles son los beneficios estatales a los que podrá acceder cada empresa.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – La inflación de marzo fue del 2,4% en Santa Fe

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El rubro alimentos y bebidas fue el que más se incrementó debido al aumento de precios en cuarentena. A nivel nacional, fue del 3,3% dado a conocer por el Indec la semana pasada.

El impacto del coronavirus se sintió en las góndolas y subió el índice de precios al consumidor en la provincia de Santa Fe un 2,4% con respecto al mes de febrero.

En medio de la cuarentena, se evidenció el aumento de los precios en Alimentos y Bebidas siendo uno de los rubos que más subió, según informó el IPEC.

Si bien las clases fueron suspendidas por el aislamiento social, el inicio del ciclo lectivo con la compra de útiles y el pago de las matrículas de los colegios elevó el incremento en el rubro Educación a un 10,5%.

Le siguen Comunicaciones, Gastos para la Salud y Bienes y Servicios.

Para ver el informe completo del IPEC ingresar AQUÍ.

Fuente: lt10digital.com

IMPOSITIVAS – Monotributistas y autónomos: cómo serán los nuevos créditos a tasa cero y en cuánto tiempo habrá que devolverlos

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Habrá un período de gracia para empezar a pagar las cuotas de los créditos, aunque todavía no está definido de cuánto tiempo será .

Los nuevos créditos a tasa cero que el Gobierno otorgará a monotributistas y autónomos deberán ser devueltos en 12 cuotas. También habrá un período de gracia para empezar a pagarlas, que todavía no está definido y que se dará a conocer en las próximas horas junto con la reglamentación del decreto publicado este lunes.

Una de las posibilidad analizadas era que los créditos recién se empiezan a pagar en el mes de agosto, tal como sucederá con quienes dejaron de pagar los vencimientos de las tarjetas de crédito.

A diferencia de la deuda con los bancos -que tiene un costo financiero total de entre 65% y 70%, el financiamiento que promete el Gobierno para los pequeños contribuyentes tendrá una tasa del cero por ciento.

En el decreto conocido en las últimas horas, el Ejecutivo estableció que:

  • Los créditos subsidiados tendrán un tope equivalente al 25% de la facturación del monotributista o autónomo.
  • Que el máximo que se otorgará será de $150.000.
  • Se desembolsará el dinero en tres cuotas iguales, a las que se agregará “el monto equivalente al pago de las sumas totales que los trabajadores y las trabajadoras deben abonar por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales”.
  • Según pudo establecer iProfesional, la devolución del crédito será en 12 cuotas con un período de gracia, que podría ser de tres meses.
  • No habrá que presentar ninguna garantía para recibir el financiamiento.

Tanto la forma de inscribirse y acceder a esas líneas como las condiciones que se requerirán a los contribuyentes serán conocidas en las próximas horas, a través de resoluciones conjuntas de la Jefatura de Ministros y del Banco Central.

Desde la Casa Rosada destacan esta medida, que viene a complementar lo anunciado hasta ahora.

Desde el momento en que empezó la cuarentena sólo habían sido beneficiados los monotributistas categorías A y B, que tienen una facturación máxima de $26.100 mensuales. Pero se había dejado de lado a la mayoría de los contribuyentes: unas dos millones de personas entre monotributistas C en adelante y los autónomos.

El Decreto de este lunes establece que el financiamiento de estos créditos a tasa cero se concretará a través de sendos fondos estatales -el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (FONDEP)” y el “Fondo de Garantías Argentina (FoGAR)”- por un total de $37.000 millones.

Esta medida se agrega a la que beneficia a las empresas para pagar los salarios de sus empleados, por hasta un monto que equivale a dos salarios mínimos ($33.750).

Hasta el fin de semana, unas 420 mil empleadores se registraron en el Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP) para recibir ayuda estatal. La cifra equivale al 82% de las empresas privadas del país.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Claves de los cambios en el programa que ayuda a pagar los sueldos de las empresas

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A través del Decreto 376/2020, el Poder Ejecutivo amplió y flexibilizó el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción.

A través del Decreto 376/2020, el Poder Ejecutivo amplió y flexibilizó el Programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción creado por el Decreto 332/2020.

A continuación detallamos los cambios que entendemos más relevantes:

1) Se elimina el REPRO y la Asignación Compensatoria al Salario. El Estado abonará un “Salario Complementario” a todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado cuyos empleadores encuadren en el Decreto 332/2020 sin discriminar por la cantidad de empleados que posean.

Antes quienes tenían hasta 100 empleados iban a recibir una Asignación Compensatoria al Salario y los que tenían más empleados iban a recibir una suma a través del REPRO Asistencia Sanitaria.

Por otro lado, antes el beneficio era solamente para los trabajadores comprendidos en el régimen de negociación colectiva, quedando excluidos los empleados no comprendidos. Por ejemplo, quedaban excluidos los empleados de empresas de software, de estudios jurídicos, entre otros.

El cambio es positivo ya que amplia los beneficios respecto a todos los trabajadores, agiliza la obtención de estos y evita trámites burocráticos.

2) El Salario Complementario será equivalente al 50% del salario neto del trabajador correspondiente al mes de febrero de 2020 pero dentro de los siguientes límites: no podrá ser inferior a 1 Salario Mínimo Vital y Móvil ($16.875) ni superar dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($33.750) o al total del salario neto correspondiente a ese mes.

Por ejemplo, si el salario neto de febrero fue $25.000, el salario complementario será de $16.875 ya que se aplica como mínimo 1 Salario Mínimo Vital y Móvil

Antes, los beneficios por trabajador iban de $6.000 a $16.875, según determinados parámetros.

Ahora, el Salario Complementario implica mayores beneficios porque los importes serán en la mayoría de los casos superiores.

Entendemos que este cambio sería porque el Gobierno está viendo que la crisis está impactando muy fuerte en las empresas y que éstas no podrían llegar a pagar los salarios a sus empleados próximamente.

Por otro lado, deberá definirse que se entiende por “salario neto” debido a que del salario bruto pueden descontarse diferentes conceptos como los descuentos con destino a la jubilación, ley 19.032, obra social, cuota sindical, vivienda, entre otros.

Entendemos que, a los efectos de facilitar la implementación de la asignación, sólo se deberían considerar los descuentos que surgen de la Declaración Jurada Formulario F931 del mes de febrero de 2020.

3) El Salario Complementario será considerado a cuenta del pago de las remuneraciones o de la asignación en dinero prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.

El Decreto no efectúa ninguna aclaración acerca de si este Salario Complementario es o no es remunerativo. En consecuencia, entendemos que debería seguir el mismo tratamiento que tiene la remuneración o la asignación de dinero prevista en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744, según corresponda.

4) Los monotributistas y los trabajadores autónomos podrán acceder a un crédito a tasa cero.

Las condiciones las vana establecer la Jefatura de Gabinete de Ministros y el BCRA. El estado se hará cargo del 100% del costo financiero total.

Esto es positivo para muchos trabajadores monotributistas y pequeños comerciantes autónomos ya que han disminuido su facturación prácticamente a cero.

El Decreto establece que el monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de ingresos brutos establecidos para cada categoría del Monotributo, con un límite máximo de $ 150.000.

En cambio, no da ningún parámetro para los trabajadores autónomos. Entendemos que también se deberían fijar los lineamientos para éstos.

El financiamiento será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas y será acreditado en tarjetas de crédito de los beneficiarios, de acuerdo a lo que establezca el BCRA.

También se contempla que a cada desembolso se le adicionará un monto equivalente a la cuota impositiva y previsional del Monotributo o de jubilación autónomos.

Es decir, en lugar de exceptuar del ingreso, el Gobierno ha decidido prestarles los fondos a los monotributistas y autónomos para que realicen el pago a través de una retención que se les practicará.

Habrá que ver las condiciones de devolución, que seguramente contemplarán un plazo de gracia.

5) Se amplía la fecha desde la cual se considera la diminución de la facturación por efecto de la pandemia. Ahora es desde el 12 de marzo, antes era desde el 20 de ese mes.
Esto también es positivo porque la baja de facturación ya se había verificado en días anteriores al 20 de marzo.

Sin embargo, nuevamente no se contempla a la sustancial disminución de las cobranzas que venimos reclamando.

Sucede que facturar, no es lo mismo que cobrar. Hay monotributistas, autónomos, pymes que deben facturar conforme a las normas tributarias pero que no han podido cobrar esas facturas.

Si no se contempla la disminución de las cobranzas, podrán quedar fuera de los beneficios.

6) Las empresas que poseían más de 60 empleados al 29/02/2020 debían iniciar un procedimiento preventivo de crisis de empresas para poder acceder al beneficio de reducción del 95% de las contribuciones patronales con destino al SIPA.

Ese requisito se elimina. En consecuencia, toda empresa a la que se le otorgue ese beneficio de reducción, gozará del mismo sin ningún requisito adicional.

Esto es positivo ya que elimina trámites burocráticos de difícil cumplimiento durante el aislamiento.

7) El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción se amplía a los hechos ocurridos desde el 12/03/2020.

8) Originalmente, los beneficios eran para el mes de abril de 2020 y se podían ampliar a meses posteriores.

Ahora, se modifica y se contemplan expresamente nuevas fechas:

  • Hasta el 30/06/2020: Que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá extender los beneficios en forma total o parcial, modificando el universo de actividades, empresas y trabajadoras y trabajadores independientes afectados, previa intervención del Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, en función de la evolución de la situación económica.
  • Hasta el mes de octubre de 2020: Que se extiendan los beneficios para las actividades, empresas y trabajadores independientes que siguieran afectados por las medidas de distanciamiento social, aun cuando el aislamiento social preventivo y obligatorio haya concluido.
    Estas modificaciones darían a entender que el Gobierno ya estaría previendo que el impacto de la pandemia duraría una importante cantidad de meses.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Se reabre por 48 horas el registro al programa ATP para las empresas que no se anotaron

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Lo confirmaron los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas y de Trabajo, Claudio Moroni. Será a través de la pagina de AFIP para las empresas que aun no ingresaron.

El gobierno nacional, a través de sus ministros, explicó las nuevas medidas incluidas en el paquete de ayuda que amplía las vigentes en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y anunció que todas aquellas empresas que todavía no se hayan anotado, podrán hacerlo desde mañana.

Tras la reunión de Gabinete Económico, los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y de Trabajo, Claudio Moroni, brindaron una conferencia de prensa en la que dieron detalles del programa. Al respecto, Kulfas señaló que desde este martes, y por un lapso de 48 horas, la página de AFIP estará habilitada para que todas aquellas empresas que no se anotaron hasta ahora, puedan hacerlo.

Otro de los anuncios importantes que se realizaron durante la conferencia tiene que ver con los asalariados. El Gobierno abonará el 50% de los salarios de los trabajadores de aquellas empresas que resultaron afectadas por la cuarentena, sin importar cantidad de empleados y tamaño de la compañía.

En este marco, el piso para la cobertura es de un Salario Mínimo, Vital y Móvil y el techo será de dos de estas percepciones, que hacen un total de 33.750 pesos.

Asimismo, el Gobierno señaló que se posterga el pago de Contribuciones Patronales e indicó que en el caso de sectores donde la crisis afectó más y será más duradera como turismo y gastronomía, llegará al 95%.

Los funcionarios aseguraron que la nuevas medidas económicas tendrán “un costo fiscal de $ 107.000 millones, que se suman a las demás políticas, como el refuerzo de la AUH, el IFE, suman da un paquete de $ 850.000 millones, que equivale al 3% del Producto Bruto”.

A su tiempo, el titular de la cartera laboral, Claudio Moroni, aseguró que “no hay pérdida de puestos de trabajo masivas”, por la inactividad que genera la pandemia, y que las medidas económicas anunciadas por el Gobierno buscan a mantener esos empleos.

El titular de la cartera laboral aseguró que el Gobierno está “tratando de evitar que se corten los contratos de trabajo”.

Respecto a los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos, ambos ministros explicaron que tendrán un período de repago de un año y que podrán empezar a pagarse recién en octubre y que serán por tres veces el límite de facturación mensual de cada categoría.

Fuente: ambito.com

Actuación profesional. Coronavirus

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Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP. Ampliación del listado de actividades y servicios exceptuados.

Amplían el listado de actividades y servicios exceptuados en los términos previstos en el artículo 6° del Decreto N°
297/20.

Decisión Administrativa (JGM) Nº 516/2020 (BO 17/04/2020)

Fuente: Lisicki Litvin