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FINANZAS – Los plazos fijos en pesos crecieron un 12,6%

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El panorama cauteloso de los inversionistas, luego de las elecciones generales, comenzó un camino de reacomodamiento. Los depósitos minoristas aumentaron 5% (25.745 millones de pesos) en términos nominales respecto a diciembre.

Luego de haber sido fuertemente golpeados por la pérdida de confianza de los inversores, los plazos fijos en pesos vienen recuperando terreno. Todo esto en un contexto de cepo cambiario, y venta restringida de dólar, y a pesar de la baja en las tasas de interés.

Luego de las elecciones primarias, en agosto de 2019, los plazos fijos cayeron un 7% en septiembre y continuaron con esa tendencia a la baja en octubre, volviendo a caer 5,8%. El panorama cauteloso de los inversionistas, luego de las elecciones generales, comenzó un camino de reacomodamiento.

En noviembre, los depósitos a plazo comenzaron un camino de recuperación: la tendencia en alza mostró un cierre positivo del 0,5% en ese mes, 2,6% en diciembre y 9,8% para este enero.

De esta manera se observó un aumento en las colocaciones mayoristas en pesos (mayores a un millón de pesos), los cuales aumentaron 115.168 millones de pesos. Esto hace referencia a un incremento nominal de 16% en enero.

En tanto, los depósitos minoristas aumentaron 5% (25.745 millones de pesos) en términos nominales respecto a diciembre.

“Se produjo la suba de depósitos en un contexto de baja de tasas de interés pasivas (TM20, BADLAR y Encuesta de depósitos a plazo minorista) en el mes. En tanto que los depósitos en el sector privado en dólares del mes disminuyeron 2,6% (USD 710 millones)”, señaló Cristian Traut, gerente de la consultora First Capital Group.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – El Gobierno ya definió cómo será el aumento a las jubilaciones y la AUH

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El incremento sería de entre 11 y 12% para los que menos cobran, el triple del que recibirá el segmento de ingresos más altos.

Este viernes, en conferencia de prensa, el ministro de Trabajo y Seguridad Social, Claudio Moroni, y el titular de la ANSeSAlejandro Vanoli, informarán el aumento que regirá en marzo, abril y mayo a jubilados, pensionados, beneficiarios de la AUH y Asignaciones Familiares, prestaciones no contributivas y pensiones adulto mayor (PUAM). Comprende a 18 millones de personas. El aumento que será fijado por decreto presidencial, en reemplazo de la suspendida fórmula de movilidad que había establecido el 11,56% para todos los beneficiarios, en promedio será de entre el 9 y 10% de la masa de beneficios global que se distribuirá en forma diferenciada según los rangos de haberes. La apuesta del Gobierno es que la inflación del primer trimestre se ubique entre esos dos porcentajes.

Clarín pudo saber que los beneficiarios de la AUH (2,2 millones de padres de poco más de 4 millones de chicos) recibirán un incremento superior al 11,56%. Actualmente la Asignación es de $ 2.746 por hijo.

Los jubilados y pensionados recibirán un porcentaje y una suma fija lo que determinará que los que menos cobran perciban proporcionalmente más que los que más ganan. Se estima que así los aumentos podrían rondar entre el 11/12% para el segmento más bajo descendiendo hasta poco más del 4% para los que más cobran.

Así, el haber mínimo, hoy de $ 14.068, podría rondar los $ 15.750. A partir de ese valor, las jubilaciones y pensiones recibirán un incremento porcentualmente más bajo y acentuarían la pérdida del 19,5% que, punta a punta, tuvieron con la fórmula suspendida entre septiembre de 2017 y diciembre de 2019.

La pirámide previsional marca que hay 3 millones de jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo, más otros 1,5 millones de pensiones no contributivas y PUAM que perciben el 70/80% del haber mínimo. Por encima del mínimo, hay 2,8 millones de jubilados y pensionados.

Inicialmente la propuesta más vinculada a ANSeS, también con aumentos diferenciados, era respetar el 11,56% sobre la masa global de haberes. Pero desde Economía insistieron en que el objetivo de la suspensión de la fórmula de movilidad era generar un “ahorro fiscal” y que por lo tanto el aumento global debía ser inferior a ese porcentaje. En Economía contabilizan como parte de los $ 45.000 millones del gasto previsional por los 2 bonos de hasta 5.000 que cobraron los que ganaban hasta $ 19.068 y los 2.000 pesos a los beneficiarios de la AUH.

En el caso de que el aumento global fuese del 9%, el ajuste fiscal previsional y social respecto de la fórmula suspendida sería de $ 5.000 millones mensuales o unos $ 55.000 millones en 2020, solo para el segmento de jubilaciones y pensiones. Si luego en junio se repitiera el aumento trimestral por decreto por debajo del incremento de la formula suspendida (11/12%), en 2020 el “ajuste fiscal previsional” podría superar los $ 100.000 millones.

Con el 10% de incremento global, el ajuste fiscal rondaría los $ 3.500 millones o casi $ 40.000 millones, a lo que habría que sumar el ajuste de junio.

De todos modos, la mayor preocupación en el Gobierno pasa por los reclamos judiciales que se presentarán los jubilados y pensionados que reciban mucho menos que el 11,56% de la suspendida formula. El fundamento es que el 11,56% es un derecho adquirido porque corresponde al período julio-septiembre de 2019 (la fórmula suspendida se aplicaba con 6 meses de retraso) y las leyes no pueden aplicarse en forma retroactiva.

No obstante, los funcionarios confían en que los jueces tendrán en cuenta la declaración de Emergencia y que el menor aumento respecto de la formula suspendida se aplique solo en 2 oportunidades (marzo y junio). Sin embargo, como consignó Clarín el pasado sábado, un primer pronunciamiento de un juez federal de Salta advirtió que los aumentos por decreto no pueden afectar “el principio de progresividad o de prohibición de regresividad de los derechos económicos y sociales” ni disminuir “el grado de protección ya alcanzado” por los beneficiaros del sistema previsional.

Fuente: ieco.clarin.com

NACIONALES – Los detalles del nuevo crédito del Banco Nación para pymes

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Lo confirmó en Casa Rosada el Ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas. El funcionario estuvo acompañado por el titular del Banco Nación, Eduardo Hecker, y el secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores, Guillermo Merediz.

Estos don los detalles del nuevo crédito:

Las tasas

  • La tasa del 27,9% regirá para clientes integrales del Banco Nación.
  • Habrá una tasa bonificada del 29,5% en el caso de las empresas que no lo sean clientes.

A qué podrá destinarse

Podrá destinarse a la adquisición de materias primas, pago de salarios y otros gastos.

Qué busca

La línea de financiamiento busca apuntalar el capital de trabajo de micro, pequeñas y medianas empresas.

Objetivo

El objetivo es generar un “alivio en la situación financiera de los sectores productivos de todo el país para que puedan volver a crecer”.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Bienes Personales: quienes tienen patrimonio en sociedades del exterior no podrán repatriar para bajar la tasa del impuesto

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La normativa del Central establece que quienes tienen el patrimonio en sociedades del exterior no podrán repatriar para bajar la tasa del impuesto
La flamante normativa del Banco Central (BCRA) dada a conocer el viernes pasado establece que quienes tienen el patrimonio en sociedades del exterior no podrán repatriar para bajar la tasa del Impuesto sobre los Bienes Personales.

“Esta norma va totalmente en contra de las estructuras sinceradas oportunamente en la última amnistía”, advierte Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados.

“La identidad de titularidad entre el patrimonio del exterior y el titular de la cuenta de repatriación va a ser un escollo importante para el gobierno que pretende que la repatriación sea lo más exitosa posible”, advierte Sasovsky.

Tal es así, que el pago a cuenta del Impuesto sobre los Bienes Personales por el patrimonio del exterior pretende ser un incentivo para que la repatriación sea un éxito y se aumenten la reservas brutas del BCRA.

La mayoría del patrimonio líquido ubicado en Estados Unidos se encuentra en cuentas de sociedades radicadas fuera de ese país para evitar el State Tax o impuesto a la herencia de ese país.

“Entonces todo lo que se encuentre en ese país a nombre de sociedades no podrá ser repatriado por el simple hecho que no hay identidad de sujetos entre el dueño de la cuenta (sociedad) y el contribuyente del Impuesto sobre los Bienes Personales argentino”, advirtió el experto.

Cuando se intenta aplicar figuras anómalas se da esta situación. La titularidad del beneficiario final efectivo es el mismo pero operativamente no podrá ser quien repatríe.

Frente a esta situación, el Central podría plantear excepciones pero eso implicaría poner en riesgo la trastabillad del dinero.

“Solucionar un problema genera otro problema”, puntualia Sasovsky.

“La finalidad extra fiscal de la repatriación debería ser lo más abierta posible para que entre la mayor cantidad de patrimonio posible, si ese es el objetivo del gobierno”, agregó.

Mientras tanto el alto grado de incertidumbre fomentan a que la falta de seguridad jurídica abonen estrategias de planteos de confiscatoriedad y de desapoderamiento, aunque no implique la pérdida efectiva de la titularidad del propio patrimonio.

“Es momento de evitar seguir abonando el desconcierto y otorgar certezas sobre cómo realizar una verdadera repatriación y que los mecanismos de inversión también se encuentren disponibles”, concluyó Sasovsky.

Nueva normativa del Central

A través de la Comunicación A 6893, el Banco Central ha reglamentado que los fondos a repatriar a los efectos de evitar la aplicación de la alícuota diferenciada del impuesto sobre los Bienes Personales por los bienes en el exterior, deberán acreditarse en cuentas abiertas en entidades financieras a solo ese efecto.

Las características serán las siguientes:

– Las cuentas se denominan “Caja de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541”.

– Deben ser abiertas a nombre y a la orden exclusivamente del declarante.

– Se debe mantener en la moneda extranjera en la que se efectivice la repatriación de los fondos.

– Si se repatrían dolares, la cuenta deberá abrirse en dolares y los fondos se mantendrán en esa moneda.

– Se permitirá realizar todas las acreditaciones que el titular desee.

– Las acreditaciones deben provenir únicamente de transferencias del exterior cuyo originante y destinatario sea titular de la cuenta y declarante de la repatriación.

En consecuencia, tanto originante como destinatario tiene que ser el mismo contribuyente.

“Por otro lado, hay contribuyentes que ya trajeron fondos sin esperar a la reglamentación y los tienen depositados en sus cuentas bancarias locales”, advierte Sebastián M. Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios.

Dado que la Comunicación indica que los fondos que se acrediten en las “Cajas de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541” deben provenir del exterior, no podrán realizar una transferencia local desde sus cuentas bancarias aún cuando demuestren que esos fondos fueron repatriados desde principios de año.

“Sería importante que el BCRA contemple esta posibilidad de acreditación de fondos que se repatriaron antres del dictado de esta comunicación”, agregó Domínguez.

Las entidades financieras deberán deberán conservar en el legajo de la “Caja de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541”, una copia de la documentación de la transferencia efectuada a los fines de acreditar el cumplimiento de la aplicación de los fondos al destino señalado.

Asimismo, los bancos deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), conforme el procedimiento y pautas que establezca el citado organismo, los débitos que se efectúen en esas cuentas, sin interrumpir el cómputo de los plazos que la AFIP establezca en el caso de la constitución o renovación de plazos fijos con fondos acreditados en estas cajas de ahorro.

El Banco Central contempla la posibilidad dispuesta por el Decreto 116/2020, en cuanto a realizar plazos fijos con estos fondos y que eso no interrumpla el plazo de inmovilización hasta el 31 de diciembre del año de la repatriación.

La Comunicación no contempla disposiciones especiales para documentar los restantes destinos que pueden darle los contribuyentes a los fondos:

– Venta en el mercado único y libre de cambios.

– Adquisición de certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior, en carácter de fiduciario y bajo el contralor del Ministerio de Desarrollo Productivo como Autoridad de Aplicación.

– Suscripción o adquisición de cuotapartes de fondos comunes de inversión existentes o a crearse, en el marco de la Ley N° 24.083, que cumplan con los requisitos exigidos por la Comisión Nacinal de Valores.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – La ANSES eliminó el requisito de presentación del certificado de alumno regular para el cobro de la ayuda escolar

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Las asignaciones se pagarán a las familias con hijos de entre 4 y 17 años al comienzo del ciclo lectivo.

El Gobierno flexibilizó los trámites para el cobro de la ayuda escolar anual que cobran cada año, con el inicio del ciclo lectivo, las familias con hijos de entre 4 y 17 años de edad. A través de una Resolución publicada este lunes en el Boletín Oficial, para este año, la Anses estableció que no será necesaria la presentación del certificado de escolaridad al 31 de diciembre de 2019, uno de los requisitos que se habían determinado el año pasado para el cobro de estas asignaciones a lo largo de 2020.

El cambio se realizó por el “contexto económico y social de emergencia” y ante el inminente inicio del ciclo lectivo. La asignación por ayuda escolar anual consiste en el pago de una suma de dinero que se hace efectiva en el mes de marzo de cada año. Se abona por cada hijo —de entre 4 a 17 años— que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados de educación diferencial.

Según datos de la ANSES, esta asignación es percibida por unos 6,3 millones de beneficiarios. Este número incluye también a menores de entre 45 días y cuatro años que también pueden acceder en el caso de que presenten el certificado correspondiente. El monto de la asignación y el tope de ingresos familiares a partir de los cuales se puede cobrar aún no fueron anunciados.

El año pasado se había establecido que debía presentarse el certificado que acredite la condición de alumno regular del establecimiento educativo hasta el 31 de diciembre de cada año, pero ahora ese requisito fue eliminado. El Gobierno justificó esta decisión como parte de la declaración —a través de la Ley N° 27.541— de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, debido a la situación que afronta el país.

“La falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas; por lo tanto, es menester continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social”, señaló la ANSES en la resolución.

NACIONALES – Cheques rechazados: como funciona la app que ayuda a detectarlos

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Una aplicación permite conocer en 5 segundos, tomando una foto con el celular, si el emisor ya tiene rechazos u otros antecedentes financieros negativo

Si bien los pagos por vía electrónica, como las transferencias bancarias, no paran de crecer, el cheque sigue siendo un medio de pago de uso frecuente en el comercio y el mundo pyme. Su principal atributo es que además de ser medio de pago es una herramienta de financiamiento, tal vez la más habitual en las ventas a plazos entre proveedores y clientes pymes.

Durante 2019, en la Argentina fueron rechazados por falta de fondos 1.508.000 cheques por un monto de $91.000 millones, según cifras oficiales. Cada uno de esos documentos impagos desatan para quien los recibe un complejo camino de gestiones y trámites para lograr el cobro, que en algunos casos pueden terminar en la justicia, con costos financieros

Las soluciones del mundo fintech aportaron una herramienta para prevenir los rechazos. Una app permite conocer, en 5 segundos, los antecedentes financieros del emisor del cheque de manera de poder conocer si tiene un historial negativo antes de aceptarlo y evitarse un problema.

En 2019, en la Argentina fueron rechazados 1.508.000 cheques por falta de fondos por un monto de $91.000 millones.

La aplicación, denominada Chequeas, funciona de un modo muy simple. Quien recibe el cheque, abre la app en su celular y con ella le toma una foto al cheque, en particular el sector en que aparece el CUIT del librador. En 5 segundos, la app le devuelve un informe que no ocupa más de dos pantallas en el celular, en el que resume la información existente sobre ese CUIT en tres distintas fuentes de información, además de la base de datos propia:

la Central de Deudores del Banco Central, que permite saber antecedentes de cheques rechazados, préstamos bancarios en situación irregular, deudas por tarjetas bancarias y no bancarias, entre otros datos;

la Central de Cheques Denunciados del Banco Central, que permite saber si el cheque ha recibido alguna denuncia por haber sido robado, extraviado o adulterado;

– el padrón de constancias de CUIT de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que permite detectar si el CUIT es falso, la categoría tributaria y las actividades económicas declaradas.

Toda esa información proviene de bases públicas, pero sería imposible que, por caso, un cobrador de una pyme ingrese a los sitios del BCRA y la AFIP para hacer ese control cada vez que recibe un cheque. Con la aplicación, un cobrador que recibe un pago con 5 o 10 cheques puede testearlos uno por uno rápidamente y negarse a aceptar alguno cuyo emisor tenga malos antecedentes.

“Las empresas que controlan los datos de un cheque de terceros lo hacen cuando el cobrador ya regresó a la oficina. Y ahí ya es tarde. Hay que chequear antes de recibirlo,” explica Esteban Lett Brown, CEO y fundador de Chequeas. “Una vez que el cheque fue rechazado, el problema no es solo la pérdida de tiempo sino también el perjuicio financiero. En el caso de las pymes, que tienen poca espalda, ese perjuicio es muy alto”, explicó.

El emprendedor, ex ejecutivo de Oracle, asegura que en el cheque “hay algo de confianza implícita” entre quien lo da y lo recibe. Y en esa confianza reside el comienzo del problema que la tecnología ayuda a prevenir. “El cheque es el medio de pago clásico de las pymes, es fuerte en las transacciones a plazos. Según los datos del Banco Central su uso está en baja, pero es difícil distinguir si es porque lo reemplazan los pagos electrónicos o por la merma en la actividad económica. Si la economía se recupera, seguramente el uso del cheque también lo haga”, explicó Lett Brown.

La aplicación Chequeas demora 5 segundos en dar un informe financiero sobre el emisor del cheque.

El rechazo de cheques deja una huella en el historial crediticio de individuos, comercios y empresas que luego es reproducido en las bases de datos públicas del BCRA o de las empresas de información comercial como Veraz, Nosis u otras. Y la rapidez con que se resuelva el rechazo determinará durante cuánto tiempo permanecerá visible para los demás, afectando relaciones comerciales o posibilidades de acceso al crédito.

Por ese motivo, es conveniente recordar las condiciones que pone el Banco Central para la información de los rechazos. Si un cheque rechazado por falta de fondos en cancelado (es decir, es pagado) dentro de los 15 días corridos de la fecha del rechazo, será dado de baja dentro de los 2 días hábiles en que el banco comunique la cancelación al BCRA. Si el cheque es cancelado entre los 16 y 90 días, aparecerá en la Central de Deudores durante un año después de la fecha de pago. Si la cancelación es después de los 91 días, el rechazo quedará en las bases de datos durante dos años. Si el cheque no fuera cancelado será dado de baja de las bases de datos recién a los 5 años de la fecha de rechazo.

Para poder concretar la cancelación del cheque, además de pagar su importe a aquel que recibió el rechazo es necesario pagar una multa del 4% del monto.

Fuente: infobae.com

IMPOSITIVAS – Nueva obligación de determinar e ingresar un pago a cuenta Períodos Fiscales 2019 y 2020 por los sujetos titulares de bienes en el exterior.

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Nuevo pago a cuenta correspondiente a los PF 2019 y 2020, que deberán ingresar quienes posean en los PF 2018 y 2019, respectivamente, bienes en el exterior sujetos al impuesto. El importe podrá ser consultado en sistema “Cuentas Tributarias” para el PF 2019, a partir del 04/03/2020 y deberá ingresarse hasta el 01/04/2020 . Podrá solicitarse la eximición cuando se hubiera ejercido la opción de repatriación.

Resolución General (AFIP) Nº 4673/2020 (BO 07/02/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

NACIONALES – El BCRA restableció medidas de seguridad: entidades bancarias deberán contar con personal de seguridad en las sucursales

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Esta obligación había sido retirada en 2017. La Comisión Permanente de Seguridad Bancaria continuará estudiando otras medidas más integrales en pos de reforzar la normativa de seguridad bancaria.

Los bancos estarán nuevamente obligados a contar con personal de seguridad dentro de sus sucursales, para “vigilar los accesos al local, las cajas de atención al público, el ingreso al tesoro y las terminales automáticas ubicadas dentro del salón”.

Así quedó establecido en la comunicación A 6894 emitida este viernes por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), luego del crimen de un cajero en la sucursal del Banco Nación de Isidro Casanova.

El objetivo de esta nueva resolución es “reforzar las medidas de seguridad que las entidades deben garantizar en todas las sucursales bancarias”.

El BCRA también indicó que las cámaras del circuito cerrado de televisión con que cuentan las sucursales “deberán observar la acera, el ingreso del personal y público a la sucursal, las cajas de atención al público, el acceso al sector de atesoramiento de dinero, el interior del tesoro blindado, el servicio de cajas de seguridad de alquiler, las terminales automáticas de la sucursal y todo aquel ámbito por donde se traslade dinero, con la finalidad de advertir cualquier situación irregular o sospechosa”.

“Se trata de una medida inmediata que busca restablecer y mejorar, como primer paso, las condiciones de seguridad para los usuarios y los empleados bancarios”, aseguraron desde la entidad.

Esta resolución surgió en respuesta a los hechos ocurridos en la sucursal Isidro Casanova del Banco Nación, en la que asaltantes mataron a un cajero, el pasado 31 de enero y fueron tomadas en el marco de la Comisión Permanente de Seguridad Bancaria, que se conformó días después para atender a la mejora de la seguridad en las entidades bancarias.

  • “En ese contexto, el BCRA evaluó la necesidad de adoptar modificaciones normativas de forma inmediata, al tiempo que se estudien otras medidas más integrales en pos de reforzar la normativa de seguridad bancaria”, se informó en un comunicado.

En primer lugar, la nueva norma restablece la obligatoriedad de que todas las entidades cuenten con la presencia física de personal de seguridad en sus sucursales, obligación que había sido retirada en 2017.

“Ahora, las entidades deberán disponer al menos una persona de seguridad, que deberá vigilar los accesos al local, las cajas de atención al público, el ingreso al tesoro y las terminales automáticas ubicadas dentro del salón de atención al público”, dispuso el BCRA.

En tanto, los bancos deberán presentar al BCRA “la información que acredite la cantidad de personal asignado y el que se asignará por sucursal, junto con el plan de seguridad elaborado a tal fin”.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – El Banco Central aclaró que no se pesificarán los fondos repatriados para pagar menos Bienes Personales

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Quienes repatríen fondos blanqueados en 2016 para reducir pago de Bienes Personales no serán obligados a convertirlos a pesos al ingresar al país

A través de la Comunicación A6893 el Banco Central dispuso que quienes repatríen fondos a los efectos de reducir el pago del impuesto a los Bienes Personales no serán obligados a convertirlos a pesos al ingresarlos al país.

La decisión despejó algunas dudas entre tributaristas y contribuyentes, ya que la normativa conocida hasta el presente dejaba, según los expertos, algún margen para que esos fondos fueran convertidos a pesos al tipo de cambio oficial de $60, lo que obviamente quitaría incentivos a la repatriación.

Según la ley de Solidaridad Social e Inclusión Productiva y su reglamentación, los fondos blanqueados a través de la ley 27.541 depositados en el exterior pagarán una alícuota de Bienes Personales de 2,25%, más elevada que la general de 1,25%. Para evitar pagar el porcentaje más alto, se debe repatriar al menos un 5% del total de lo depositado en el exterior y hacer lo propio en un banco argentino hasta el 31 de diciembre.

Los contribuyentes tienen opciones para evitar la alícuota más alta, del 2,25%, trayendo al país el 5% de los fondos blanqueados en 2016.

La norma del Central establece la creación de un tipo de cuenta destinada únicamente a ese fin, denominada “Caja de ahorros repatriación de fondos – Bienes Personales Ley 27.541”. Según la norma, “esas cuentas se abrirán a nombre y a la orden exclusivamente del declarante, manteniéndose en la moneda extranjera en la que se efectivice la repatriación de los fondos”.

Agrega además que las acreditaciones en moneda extranjera deberán provenir “únicamente de transferencias del exterior cuyo originante y destinatario sea titular de la cuenta y declarante de la repatriación”. Los bancos, por su parte, deberán informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cada vez que se produzca un débito en esas cuentas “sin interrumpir el cómputo de los plazos que la AFIP establezca en el caso de la constitución o renovación de plazos fijos con fondos acreditados en estas cajas de ahorro.”

Repatriación para invertir

A través del decreto 116/2020 del 30 de enero, el gobierno había admitido que los contribuyentes pudiesen realizar inversiones con esos fondos que deben encajar hasta fin de año, con el objetivo de “permitir el desarrollo del mercado financiero y la reactivación de la economía real”. En ese sentido, el decreto habilitaba tres destinos para el 5% repatriado.

En este caso, la inversión también deberá permanecer bajo la titularidad del contribuyente hasta el 31 de diciembre y los fondos tendrán que provenir de la misma cuenta que recibió la transferencia original desde el banco extranjero. Por último, un tercer destino es la suscripción de cuotapartes de fondos comunes de inversión, en la que se deberá observar las dos condiciones mencionadas para el caso de los fideicomisos.
El primero era vender el monto repatriado en el mercado libre de cambios, en la misma entidad financiera que recibió la transferencia desde el exterior. El segundo, la compra de “certificados de participación y/o títulos de deuda de fideicomisos de inversión productiva que constituya el Banco de Inversión y Comercio Exterior”.

Si la inversión en alguno de estos tres destinos se hiciera por solamente una parte del monto repatriado, el remanente tendrá que permanecer depositado en la cuenta original hasta el 31 de diciembre.

Por otra parte, como un mecanismo para impulsar la repatriación del 5% de los fondos, la AFIP dispuso el pago de un anticipo para los períodos fiscales 2019 y 2020 del impuesto a los Bienes personales en el exterior. Para ello, dispone que quienes se inclinen por no repatriar sus fondos estén obligados a realizar un pago a cuenta de un 0,5% de lo blanqueado antes del 1 de abril.

En tiempos de complejas negociaciones para afrontar la deuda pública en dólares y de depósitos en esa moneda que no se recuperaron, el gobierno puso el ojo en la repatriación.

Según estimaciones del ministerio de Economía, los depósitos argentinos declarados en el exterior llegan a u$s70.000. El regreso de un 5% de ese monto aseguraría hasta fin de año u$s3.500 millones para el sistema financiero argentino, que hoy acumula depósitos del sector privado por u$s18.000 millones; seis meses atrás, tenía 32.000 dólares.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – El programa Precios Cuidados suma ventas en los supermercados

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Representaron el 9 por ciento de la facturación mensual de las grandes superficies

El programa Precios Cuidados más que duplicó su participación en las ventas de los supermercados, en el primer mes de puesta en marcha de la nueva versión, al pasar de representar el 9% de la facturación mensual de las grandes superficies contra el 3,5% que ocupaba anteriormente.

Así lo destacaron ayer fuentes oficiales de la Secretaría de Comercio Interior, que precisaron que los 334 productos del programa incrementaron sus ventas en un promedio del 14%, con picos de hasta el 207%. El crecimiento se dio incluso comparando enero con diciembre, que son los dos meses con menores y mayores ventas del año, respectivamente. La comparación se hizo sin contar la primera semana de enero, ya que el programa se relanzó el 7.

Las categorías que más aumentaron sus ventas, fueron perfumería en un 68%, lácteos en un 62% y limpieza 22%.

Fuente: lacapital.com