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IMPOSITIVAS – Es oficial: la AFIP posterga la implementación del “Libro IVA Digital”

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La registración de las operaciones será por mes calendario y la presentación deberá realizarse hasta el día de vencimiento de la declaración jurada del IVA.

La AFIP dictó la Resolución General 4671 postergando la implementación del Libro de IVA Digital.

Las razones de la postergación son que la AFIP está trabajando en otras prioridades que han surgido por la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva tales como el plan de facilidades de pago, los cambios en el impuesto a las ganancias, en el impuesto sobre los bienes personales y la creación del impuesto PAIS.

En consecuencia, la AFIP determina un nuevo cronograma de implementación, contemplando la posibilidad de optar por la presentación del Libro de IVA Digital en forma anticipada para los responsables inscriptos:

(*) neto de impuestos y tasas

Asimismo hay otros cambios relevantes:

El Libro de IVA Digital se podrá presentar ante la AFIP hasta el mismo día del vencimiento de la Declaración Jurada del IVA del mes correspondiente. Originalmente se establecía que la presentación debía realizarse hasta el día anterior al vencimiento de la Declaración Jurada del mismo mes.

Se habilita la presentación de la Declaración Jurada del IVA en forma simplificada para todos los contribuyentes que deben generar y presentar el Libro de IVA Digital mediante el procedimiento electrónico simplificado.

Ha quedado formalizada una buena noticia para los contribuyentes, ya que la implementación del Libro de IVA Digital les generan nuevas tareas que aprender e implementar en los primeros meses del año, que es el período de vacaciones.

Uno de los problemas respecto a la implementación del Libro de IVA Digital es que no se puede acceder al servicio de la AFIP hasta que el contribuyente está obligado.

En consecuencia, al no poder ingresar para ir viendo como funciona el nuevo Libro y realizar pruebas, se encuentran con poco tiempo para adaptarse al mismo.

Se esperaba que la AFIP permitiera acceder al servicio del Libro IVA Digitial con anterioridad a la obligación de implementación y sin necesidad de optar por la aplicación anticipada del mismo, pero esa posibilidad no ha sido contemplada en la Resolución General 4671.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Moratoria 2020: la AFIP lanza micrositio y despeja “zonas grises” para adhesión de Pymes y monotributistas

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La moratoria permite cancelar obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, los intereses no condonados, así como las multas y demás sanciones firmes.

La flamante moratoria ya implementada por la AFIP permite cancelar las obligaciones vencidas al día 30 de noviembre de 2019, inclusive, los intereses no condonados, así como las multas y demás sanciones firmes relacionadas con dichas obligaciones en cuotas, al contado con reducción del 15% o compensando con saldo a favor de impuestos.

En paralelo, serán condonados intereses capitales y punitorios, multas y sanciones. Esto también se aplicará respecto de los anticipos.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional, la AFIP lanzará un micrositio específico relacionado con la Moratoria 2020.

Además de cancelar deudas, el régimen de regularización permite:

– Obtener el levantamiento de la suspensión del deudor en los “Registros Especiales Aduaneros”.

– Usufructuar el beneficio de reducción de las contribuciones con destino al Régimen Nacional de la Seguridad Social.

– Considerar regularizado el importe adeudado.

– Obtener la baja de la inscripción del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Podrán acceder las micro, pequeñas y medianas empresas, incluyendo a los monotributistas y autónomos. Además alcanza a las entidades sin fines de lucro que estén inscriptas en la AFIP.

Para poder acceder al beneficio es necesario que posean un certificado MiPyME vigente. El certificado puede ser gestionado a través del portal PyMEs. Si todavía no tenés tu certificado, comenzá a gestionarlo. No modifica tu relación con AFIP ni tu categoría como autónomo o monotributista, y es la puerta a muchos beneficios.

¿Qué deudas se pueden incluir?

Se pueden incluir deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social, correspondientes a obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019, así como sus intereses, multas y demás sanciones no condonadas. Además pueden refinanciarse planes vigentes al 23/12/2019.

¿Hasta cuándo se puede acceder al beneficio?

Encontrarás los medios para regularizar la deuda disponibles desde el 17 de febrero hasta hasta el 30 de abril de 2020.

Antes sea la adhesión, mayores serán los beneficios.

¿Cuáles son las opciones de pago para acceder a los beneficios?

Las opciones de pago son:

Mediante pago al contado o en cuotas. En este caso la adhesión deberá efectuarse al través del servicio con clave fiscal “Mis Facilidades”

Mediante compensación, utilizando saldos a favor. En este caso, se deberá utilizar el servicio con clave fiscal “Sistema de Cuentas Tributarias”. Esta opción no podrá utilizarse para deuda de Monotributo y Autónomos.

¿Cuáles son las condiciones del plan de pago en cuotas?

Las cuotas serán mensuales e iguale en cuanto al capital. El monto mínimo de capital de cada cuota será de $1.000. La tasa de interés mensual será:

– 3% para las cuotas con vencimiento hasta el mes de enero/2021

– Para las cuotas con vencimiento en los meses de febrero/2021 y siguientes, la tasa será variable.

Las condiciones del plan de pago van a depender de:

– El tipo de deuda

– El tipo de sujeto

– Y el mes de consolidación (es decir, de cuando se presente el plan)

Si se ingresa el plan, con el trámite del certificado MiPyME “iniciado” pero no “otorgado”, en ambos ejemplos el pago a cuenta será del 5 por ciento.

¿Cómo se solicita la anulación o la cancelación anticipada del plan?

Los contribuyentes y responsables -ante la detección de errores- podrán solicitar hasta el 30 de abril de 2020 la anulación de la adhesión al régimen mediante el servicio con clave fiscal denominado “Presentaciones Digitales”, a través del trámite “Planes de Pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras”.

Para el caso de cancelaciones anticipadas, deberá informarse de la misma manera, teniendo en cuenta que, de requerirlo, se deberá también solicitar la cancelación de honorarios mediante el trámite “Ejecuciones Fiscales. Plan de Pago de Honorarios”.

Fuente: iprofesional.com

Turismo. Calendario de vencimiento año 2020 para agentes de percepción por venta de pasajes aéreos al exterior.

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Aprueban el calendario que regirá durante el año 2020 para determinar las fechas en que los agentes de percepción del impuesto del 7% del precio de los pasajes aéreos al exterior.

Resolución (MTYD) Nº 37/2020 (BO 04/02/2020)
Calendario que regirá durante el año 2020 para la presentación de las declaraciones juradas para liquidar y depositar los montos correspondientes, como así también, las fechas para la presentación de las certificaciones contables cuatrimestrales.

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Fuente: llyasoc.com

IMPOSITIVAS – El impuesto PAIS debutó con una recaudación de $3181 millones

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Entre el 23 de diciembre y las primeras tres semanas de enero las compras de dólares para atesoramiento y para gastos en el exterior con tarjeta sumaron ingresos en una dinámica alicaída. En enero, la recaudación creció 44,9%

La recaudación tributaria alcanzó en enero los $ 527.284,5 millones, que representa una suba del 44,9% en relación con el mismo mes de 2019, pero otra vez quedó muy por debajo de la inflación anual.

Un nuevo ingreso que se sumó fue el del Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS), que recaudó $ 3181 millones entre el 23 de diciembre y las tres primeras semanas de enero gravando con un 30% las compras de dólares para atesoramiento o los gastos en el exterior con tarjetas de crédito y débito.

El ritmo de crecimiento de la recaudación se derrumbó, después de haber registrado 58,2% en noviembre y 53,9% en diciembre del año anterior, según informó ayer la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

“Los ingresos tributarios continúan afectados en forma inercial por el proceso recesivo y el deterioro en los indicadores del mercado de trabajo”, analiza el informe oficial. Lo más sintomático fue que en el caso del Sistema de Seguridad Social, los recursos aumentaron en enero apenas un 38,4% interanual.

“Se debe señalar que los recursos tributarios de enero reflejan el desempeño de la economía al finalizar el 2019. Esto responde a que una porción significativa de los impuestos ingresados en enero corresponden a actividades desarrolladas durante diciembre”, explicó AFIP.

“En efecto, más de la mitad de los recursos generados en enero por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) expresan operaciones realizadas el mes anterior”, continuó la institución.

El IVA neto de devoluciones registró en enero $ 170.695,6 millones, con un alza de 48,8% interanual. Adicionalmente, la recaudación por este tributo se vio afectada por la reducción de la alícuota para algunos de los alimentos que conforman la canasta básica vigente hasta diciembre, recordó el organismo.

La variación por este concepto reflejó la contracción del mercado interno durante diciembre. Ello es así porque el rezago temporal que existe en los ingresos tributarios determina que 8 de cada 10 pesos del IVA Impositivo ($ 122.376 millones) publicados en enero correspondan a la dinámica del gravamen de diciembre. En igual sentido, las cifras todavía reflejan el efecto sobre la recaudación que tuvo la reducción del IVA para algunos de los alimentos de la canasta básica”, señala AFIP.

“Tomando una inflación mensual del 3% para el mes de enero, la recaudación nacional total habría caído 5,9% interanual en términos reales. En comparación, puede citarse enero 2019 como otro comienzo de año con fuerte caída real de la recaudación (-7%).

“A la hora de explicar la caída real se destacan las caídas de Ganancias, Aportes y Contribuciones e Impuesto al cheque por sus participaciones en la recaudación total y la magnitud de sus caídas. Las caídas de tales impuestos son del 12,4%, 10,1% y 4,6% reales, respectivamente”, analizó Nadín Argañaraz, del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF).

“La recaudación sigue creciendo bien por debajo de la inflación en términos interanuales, aún suponiendo un desaceleración fuerte en enero y pese al incremento de la presión tributaria que supuso la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”, opinó Gabriel Caamaño, de Ledesma.

Fuente: cronista.com

IMPOSITIVAS – La recaudación creció 45% en enero, todavía por debajo de la inflación

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Para el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont “los ingresos tributarios continúan afectados en forma inercial por el proceso recesivo”.

La recaudación tributaria alcanzó en enero los $ 527.284,5 millones con una suba del 44,9% en relación con el mismo mes de 2019, informó este martes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Para el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont “los ingresos tributarios continúan afectados en forma inercial por el proceso recesivo y el deterioro en los indicadores del mercado de trabajo”.

La AFIP a través de un comunicado de prensa, explicó que “los recursos tributarios de enero reflejan el desempeño de la economía al finalizar el año pasado”.

“Esto responde a que una porción significativa de los impuestos ingresados en enero corresponden a actividades desarrolladas durante diciembre de 2019”, indicó el comunicado.

Destacó que “en efecto, más de la mitad de los recursos generados en enero por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) expresan operaciones realizadas el mes anterior”.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Economistas advierten que el coronavirus generará una crisis financiera parecida a la del 2008

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Por la enfermedad cerraron fábricas, cayó el turismo y comienza a verse el impacto en precios de materias primas. El lunes se derrumbó la Bolsa en China

Con el creciente número de víctimas mortales por el coronavirus, el transporte, el turismo, los mercados bursátiles y las materias primas, se derrumbaron en China a lo que se suma el cierre de fábricas y empresas: McDonald’s, Starbucks, WeWork, H&M y Disney son algunos de los gigantes empresariales que optaron por cerrar sus negocios en el país asiático.

La bolsa de China se hundió este lunes y u principal índice de referencia, el Shanghái Composite Index, cerró la jornada con una caída del 7,8 %, marcando niveles mínimos de hace casi dos meses. Asimismo, el valor del yuan se situó en su nivel más bajo en lo que va de año.

Entretanto, en una revisión del mercado publicada el pasado jueves, Moody’s Analytics constató que la propagación del nuevo coronavirus podría convertirse para la economía mundial en un “cisne negro” (evento impredecible que provoca graves consecuencias) más grave que la crisis financiera de 2008-2009 generada por la quiebra de Lehman Brothers.

La agencia explica que, a diferencia del colapso del mercado hipotecario de los Estados Unidos, “nadie predijo el surgimiento de una pandemia potencialmente devastadora a principios de 2020”.

Además, los analistas de Moodyʼs han detectado que el coronavirus dejó secuelas en algunos indicadores clave que afectan a la economía global. En particular, se ha registrado un impacto negativo en el índice de precios de los metales industriales, que se encuentra en clara correlación con el crecimiento económico mundial.

En la misma línea, la directora del Fondo Monetario Internacional, Kristalina Georgieva, afirmó el viernes en declaraciones a la prensa que, además de estar afectando ya a la economía china, el brote de coronavirus supone un riesgo para el crecimiento económico mundial, al menos a corto plazo.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Calendario impositivo 2020: cuáles y cuándo son los próximos vencimientos

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Con el cambio de año y el calendario renovado, estas son las fechas claves a considerar para los próximos vencimientos de pagos de impuestos 2020.

Empresas, contribuyentes individuales, monotributistas y empleados en relación de dependencia deben afrontar pagos de impuestos a lo largo de todo el año. Por eso, es importante tener a mano el detalle de los vencimientos que se presentarán durante 2020.

Hay que tener en cuenta que los primeros días de vencimiento comenzarán a partir de los números más bajos de las terminaciones de CUIT/CUIL, empezando con el cero.

Impuesto al Valor Agregado
Los vencimientos para las presentaciones y los pagos irán del 18 al 22 de cada mes. Estos días se irán corriendo en bloque cuando caigan en días feriados o inhábiles.

Los vencimientos de febrero irán desde el 18 al 26 de ese mes, dependiendo de la finalización del número de CUIT y comenzando con las terminaciones 0 y 1. En este punto sigue vigente el pago diferido a 90 días habilitado para las empresas que califican como Micro y Pequeñas (ley 27.264), siempre que no superen el monto de facturación promedio de los últimos tres años, y en la medida que mantengan el certificado pyme vigente.

Bienes Personales
La presentación de la declaración jurada para los inscriptos y los que deban pagar el impuesto va del 11 al 16 de junio de 2020. El pago se podrá efectuar hasta el día hábil siguiente. En las mismas fechas vencerá la presentación y el pago correspondiente a Bienes Personales de las participaciones societarias, que pagan las sociedades representando a sus integrantes. Los que se registraron oportunamente como contribuyentes cumplidores ya no tendrán el beneficio de estar eximidos del impuesto.

Para los empleados en relación de dependencia y los jubilados, el vencimiento de las presentaciones de las declaraciones juradas informativas será el 30 de junio. En este último caso, corresponderá la presentación cuando los ingresos brutos correspondientes al 2019 igualen o superen $1,5 millones, independientemente de que hayan sufrido retención durante el año fiscal. Por el 2019 habrá que pagar por el importe excedente del mínimo de $2 millones y por las nuevas tasas progresivas que serán mayores para los activos del exterior, señala Clarín.

Para el beneficio de reducción de alícuotas de todos los bienes, que se obtiene por repatriar por lo menos un 5% del valor de los del exterior, hay tiempo de hacerlo hasta el 31 de marzo de 2020, y deberán estar en la foto del 31 de diciembre. Seguramente, la AFIP deberá emitir una resolución para adecuar el cálculo de los dos anticipos, que vencen en febrero y abril, al nuevo texto legal. Los nuevos adelantos comienzan en agosto y siguen en octubre y diciembre 2020. Los vencimientos en esos meses están agrupados del 13 al 15 de cada mes.

Impuesto a las Ganancias
Las declaraciones juradas anuales de Ganancias de los contribuyentes autónomos vencerán del 11 al 16 de junio y el pago se podrá realizar el primer día hábil siguiente. Los dos anticipos que restan vencen en febrero y abril. Los nuevos cinco anticipos para el próximo año irán del 13 al 15 en los meses de agosto, octubre, diciembre de 2020 y febrero y abril de 2021. Los anticipos de las sociedades vencerán del 13 al 15, a partir del sexto mes posterior al mes de cierre del ejercicio, siempre considerando los días que son hábiles; de no ser así, se corren.

El primer anticipo de las sociedades sigue calculándose exageradamente con el 25% sobre el impuesto determinado el año anterior. Luego, le siguen nueve adelantos más del 8,33%, cada uno, sobre la misma base imponible. Los anticipos de las personas se calculan con la tasa del 20% sobre el impuesto determinado el año anterior, siendo cinco en total. El anticipo mínimo para sociedades es de $500 y para las personas, de $1.000. Para los empleados que deban presentar la declaración informativa simplificada de Ganancias (sin pago), por haber igualado o superado los ingresos brutos anuales de un millón y medio de pesos, el vencimiento será el 30 de junio de 2020.

Renta financiera
Este impuesto se derogó a partir del 2020, por la última ley de Emergencia. Pero, por los rendimientos en plazos fijos, fondos de inversión y títulos públicos obtenidos durante el año pasado habrá que pagar la tasa del 5% o del 15%, dependiendo de si la inversión fue en pesos, en otra moneda, o con cláusula de ajuste, respectivamente. Se paga por lo que exceda del mínimo de $103.018,79. Seguramente este impuesto vencerá en las mismas fechas en que vence el Impuesto a las Ganancias.

Ganancia Mínima Presunta
Este gravamen quedó derogado para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2019. Las empresas que calificaron como pymes ya no debían pagarlo desde el 2017. Los cierres de ejercicio residuales que quedan, correspondientes a empresas grandes y que van de agosto a noviembre del año pasado, tendrán que presentar las últimas declaraciones juradas en los días que van del 13 al 15 de los meses de enero a abril de 2020.

Cargas sociales
Los vencimientos de las cargas sociales de empleadores irán del 9 al 11 de cada mes posterior al que correspondan los sueldos. Los aportes para el personal doméstico vencerán todos los días 10, mientras que las cuotas de autónomos irán del 5 al 7 de cada mes vencido. Siempre considerando que sean días hábiles; si no, los días se corren en bloque.

Participaciones societarias y autoridades
El régimen de información anual que deben presentar todas las sociedades vence del 28 al 30 de julio, agrupados en 3 fechas cada 4 números y dependiendo de la terminación del CUIT.

Retenciones y percepciones
El pago a cuenta por la primera quincena de cada mes vence del día 20 al 26 para febrero y luego arrancará a partir del día 21, siempre agrupadas de a tres números finales de CUIT. En cuanto a las declaraciones juradas mensuales, vencerán del 9 al 11 de cada mes, o días hábiles siguientes.

Monotributo
En el régimen simplificado el pago de la mensualidad vence el 20 de cada mes o el primer día hábil siguiente. Las dos recategorizaciones deberán hacerse durante enero y julio de 2020, para eso habrá que utilizar las nuevas tablas de categorías publicadas por la AFIP. Sólo tendrán que realizar el trámite aquellos pequeños contribuyentes que tuvieron modificaciones en los parámetros de facturación, de alquileres a pagar y de consumos de energía. Luego de la recategorización, las nuevas cuotas deberán abonarse a partir de los meses de febrero y agosto, respectivamente. Los que no tuvieron cambios en el encuadre no tienen que hacer el trámite, pero tendrán que pagar la nueva cuota que por el ajuste anual aumentó su valor.

Impuestos internos
Las declaraciones juradas mensuales, excepto cigarrillos, vencerán del 18 al 20 de cada mes, considerando los días hábiles y agrupados por tres números finales de CUIT.

Convenio multilateral
El vencimiento de las declaraciones juradas mensuales irá del 15 al 18 de cada mes, en días hábiles y agrupados por los dos números finales de inscripción. La declaración anual (CM05) vence el 15 de mayo para todos los números de CUIT.

Fuente: ambito.com

Laboral. Incremento salarial mínimo y uniforme de $ 4.000 contemplando el Dto. Nº 14/2020 para todos los trabajadores/ras del Régimen de Trabajo Agrario.

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Fijan para el personal permanente de prestación continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario: las remuneraciones mínimas a partir del 01/02/2020; el monto del tope indemnizatorio y un incremento escalonado salarial mínimo de hasta $ 4.000 con vigencia a partir del 01/03/2020.

Resolución (CNTA) Nº 1/2020 (BO 03/02/2020)

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Fuente: llyasoc.com

ECONOMÍA – Las ventas minoristas de las Pymes cayeron 3,5 por ciento

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Las pequeñas y medianas empresas vendieron al por menor en ese porcentaje, según la confederación que las nuclea.

Las ventas minoristas de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) cayeron 3,5% en enero frente a igual mes del año pasado, según un informe elaborado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME).

Según la entidad, el consumo en este período “se vio favorecido por los ingresos adicionales que se inyectaron en la economía, donde según una encuesta online elaborada por CAME, entre 2.493 individuos, el 34,4% lo destinó o destinará a consumo corriente”.

Del total de ventas, la modalidad online creció 1,8% anual y en locales físicos descendió 4,1%.

“Solo un 28,8% de los comercios relevados percibe que el clima de consumo mejoró, pero hay un 86,1% que espera que las ventas mejoren en los próximos tres meses”, precisó la CAME.

Los datos surgen de la medición en base a 1.100 comercios de todo el país relevados entre el miércoles 29 de enero y el sábado 1 de febrero por un equipo de 27 encuestadores localizados en todas las capitales del país, incluido el Gran Buenos Aires y la Capital Federal.

En el caso del comercio electrónico, crecieron 6 de los 12 sectores relevados en la comparación anual y uno se mantuvo sin cambio, mientras que en la venta física, cayeron todos los rubros medidos.

En el primer mes del año, las menores bajas en la comparación anual ocurrieron en Alimentos y Bebidas (-2,5%), Muebles, decoración y textiles para el hogar (-0,4%), e Indumentaria (-2,7%).

Las bajas más fuertes en el mismo período de comparación (enero 2020 – enero 2019), se dieron en Bijouterie, relojerías y joyerías (-9,5%) y Ferreterías, materiales eléctricos y para la construcción (-8,4%).

“Como dato positivo, las expectativas de los empresarios tuvieron una leve mejora, y el 86,1% espera que en los próximos tres meses las ventas se mantengan en los niveles actuales (49,6%) o suban (39,5%). Solo un 13,9% de las empresas consultadas considera que pueden seguir cayendo”, sostuvo la CAME.

Según la encuesta, en enero los comercios recibieron la mercadería de sus proveedores con un aumento promedio de 12,4% en el caso de los productos importados y de 10,2% en los nacionales.

Los mayores incrementos se dieron en Indumentaria, con una suba mensual de 16,2% en el caso de los productos importados y 14,8% en los nacionales.

Fuente: lt10.com.ar

ECONOMÍA – Ecolatina no prevé crecimiento económico de Argentina en el primer trimestre y el PBI tendrá caída del 1,6% anual

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Lo que se está evaluando es el arrastre negativo de 2019 y el primer semestre ya jugado por acciones de austeridad para calmar a los acreedores y el Fondo.Desde el pico de actividad alcanzado por el gobierno de Cambiemos en el cuarto trimestre de 2017, el PBI acumuló en los dos años siguientes una contracción mayor al 7% en términos desestacionalizados, liderada por el desplome de la inversión y el consumo privado.

En comparación a las últimas crisis que sufrió la economía argentina, la actual puede ser considerada una de las más profundas y la más extensa. Luego de la crisis del 2001, la única recesión que superó a la actual, en términos de destrucción de producción, fue la del 2008/09.

En qué podría apoyarse y en qué no, un proceso de recuperación de la economía, más allá de los deseos expresados por el actual Gobierno de “poner la Argentina en pie”.

Es casi de perogrullo que la renegociación de la deuda es considerada por todos los especialistas como un vector clave, un parte aguas.

Según Ecolatina, “una reestructuración exitosa permitiría otorgar certidumbre a la economía argentina y relajar tensiones en el frente cambiario y financiero”. Pero, precisamente por los “deberes” que el Gobierno intenta realizar para sentarse en mejores condiciones con los acreedores es que la misma consultora anticipa que “no se espera que el consumo y la inversión pública sean en 2020 motores de la economía”.

Esto porque “el gobierno está siendo prudente en términos fiscales con el fin de dar señales a los acreedores”, donde “además de aumentar los ingresos a través de una suba de la presión impositiva, se encuentra tratando de resguardar el gasto público (principalmente a través de la seguridad social) para alcanzar un resultado primario sostenible y hacer frente a las obligaciones”.

Hay que tener en cuenta que, según Ecolatina, las medidas de alivio para los sectores de menores ingresos “podría otorgar un freno a la disminución del consumo”. Pero no más que eso. De ahí a una reactivación vía aumento de la demanda, hay un trecho.

A favor de algún tipo de reactivación, se puede apuntar que “el BCRA optó por relajar la política monetaria por medio de la disminución de la tasa de interés de referencia, colocando a la tasa de interés real en terreno negativo”, a lo que hay que agregar que, – al menos por ahora – “decidió mantener planchado al tipo de cambio oficial”.

“Por un lado, mejores perspectivas para la economía brasilera auguran una mayor demanda desde el país vecino, por otro lado, dos factores atentaran contra la expansión de las exportaciones. En primer lugar, la menor cosecha agrícola que, aunque será la segunda más alta de la historia, en la comparación anual será menor al pico alcanzado en 2019.Según Ecolatina, “anclar el tipo de cambio recompone el salario en dólares y el menor costo de financiamiento, junto a falta de alternativas de ahorro producto del cepo cambiario, podrían generar que estos sectores movilicen la demanda interna”.

Pero “el aumento de la presión impositiva y la incertidumbre respecto al porvenir de la economía argentina mantendrán a la inversión productiva en terreno negativo”. Aunque “las restricciones de acceso al mercado cambiario podrían generar incentivos a dinamizar la construcción -como consecuencia de la falta de alternativas para volcar los ahorros- y el otorgamiento de créditos subsidiados a la producción (principalmente PyMes) podría activar la compra de bienes de capital. De esta forma, la inversión podría cerrar el año con una desaceleración en su caída respecto de lo ocurrido en 2019”, según Cronista.

En cuanto al frente externo, hay buenas, regulares y malas.

En segundo lugar, el aumento de los derechos de exportación y la pérdida de competitividad generada por un dólar que se encuentra anclado, son factores que desincentivan los envíos al exterior. En este sentido, esperamos que los mismos se mantengan en terreno positivo, pero desacelerando su crecimiento respecto a 2019″.

En relación con las importaciones, aunque reducirían su caída respecto al año anterior, “las mismas continuarían contrayéndose debido a la alicaída actividad interna, pero también gracias a mayores restricciones e impuestos tendientes a proteger sectores sensibles de la economía argentina y a reducir la salida de divisas. En este último caso, la menor competencia de importados generaría un mayor espacio para la producción local para cuando la demanda doméstica repunte.

“En resumen, las medidas empleadas para reactivar la actividad dependerán primordialmente de como se resuelva la reestructuración de la deuda. Si la renegociación es exitosa, las decisiones en torno a la política monetaria y fiscal generarían un mayor dinamismo de la demanda interna y una mejora en los niveles de consumo hacía el segundo semestre. De lo contrario, la relajación de la política monetaria generará mayor brecha cambiaria y aumento de los precios, y la política de ingresos no será suficiente para aumentar el consumo”, concluye Ecolatina.

Y anticipa: “La mejora de la actividad en la segunda parte del año no logrará compensar la caída del primer semestre -ésta última también afectada por el arrastre negativo que deja el 2019- por lo que esperamos que el PBI promedie el 2020 con una caída del 1,6% anual, marcando su tercer año consecutivo de contracción”.

Fuente: iprofesional.com