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ECONOMÍA – Crisis en el sistema de salud: los 5 puntos que el sector le pedirá al Gobierno

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Los prestadores denuncian que la actividad está en emergencia hace 17 años y le exigen al Estado que aumente su participación. En la última década, se extinguió entre un 40% y un 50% la cantidad de empresas de este negocio

El sistema de la salud privado denuncia que atraviesa una crisis de financiamiento, producto del deterioro progresivo que sufre desde hace más de una década.

Pese al rol fundamental que ocupa en la sociedad–en la actualidad, la seguridad social da atención al 70% de la población nacional, mientras que el restante 30% no tiene cobertura–, desde el sector, sostienen que la situación es “terminal”.

“Pareciera ser que están esperando que colapse para actuar”, sentenciaron representantes de las instituciones asociadas a la Confederación Unión Argentina de Entidades de Salud (UAS), organismo que agrupa a más de 24 entidades privadas de la industria (entre sanatorios, clínicas, prestadores y financiadores de todo el país), en pos de articular propuestas para mejorar el estado del sistema sanitario.

Desde hace 17 años estamos en emergencia sanitaria. Los problemas de las clínicas y los sanatorios privados se repiten por igual en todo el país. Hay empresas que no pagan desde 2002 las cargas sociales y patronales, acumulando deudas millonarias ante la Anses y la AFIP“, dijo Hugo Magonza, director general del Cemic y de la Asociación Civil de Actividades Médicas Integradas (Acami), en encuentro con periodistas organizado en la sede de Acami.

Las sucesivas devaluaciones y la persistente inflación, junto con las elevadas tasas de interés y las distorsiones impositivas y regulatorias, ponen en jaque la continuidad de muchas empresas que operan en esta industria.

Sin ir más lejos, en los últimos 10 años, se redujo entre un 40% y un 50% la cantidad de compañías del sector, según datos de UAS. Desde la entidad, contaron que el panorama se agrava en el interior, donde la mayoría de las empresas son pymes, las cuales cuentan con una espalda menor para hacerle frente a la problemática. De acuerdo a la entidad, en Córdoba, ya cerraron 100 firmas. No obstante, el efecto de la crisis también se siente en compañías que apuntan a usuarios con un poder adquisitivo alto.

El ciclo de pagos se demora cada vez más y la estructura de costos está severamente dañada“, afirmó Jorge Pedro Cherro, presidente de la Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina (Adecra) y la Cámara de Entidades de Diagnóstico y Tratamiento Ambulatorio (Cedim), instituciones que integran UAS, y agregó que es imperiosa la prórroga de la emergencia sanitaria y el establecimiento de una moratoria especial con reducción de intereses resarcitorios, plazos extendidos y eximición de sanciones.

Si las obras sociales y la medicina privada no existieran, el Estado debería duplicar su capacidad instalada para responder a las necesidades de los ciudadanos. Por eso, el sector tiene una importancia vital”, destacó Guillermo Lorenzo, vicepresidente de Adecra y Cedim.

Entre las principales razones que explican el declive, se hallan las defectuosas reglas del sistema de seguridad social y el crecimiento “explosivo” de los costos, mayormente en recursos humanos (salarios) e insumos médicos.

A ello, se le suman factores como el envejecimiento de la población –los prestadores privados reciben, cada vez, más un creciente flujo de pacientes ancianos altamente demandantes– el estancamiento en la generación de empleo asalariado registrado a la par del crecimiento de modalidades de empleo sub-financiadas desde el punto de vista de la cobertura de salud, como el empleo público, el monotributismo y el servicio doméstico, que impactan directamente en los aportes que se destinan a las obras sociales.

Las paritarias quedan por debajo de la inflación y esto complica todo. Hay empresas que no estuvieron en condiciones de pagar el bono de $ 5000 anunciado meses atrás ni la suma de $ 4000 de suba salarial que fijó el Gobierno hace unos días, situación que ya fue informada al Sindicato de la Sanidad”, expresaron desde UAS.

El 16 de enero se llevará a cabo una reunión entre el Ministerio de Salud –cartera que dirige Ginés González García, quien ya estuvo al frente del organismo durante el gobierno de Eduardo Duhalde y Néstor Kirchner– y representantes de diversas entidades. Le solicitarán a González García que convoque una mesa redonda, con la participación de diferentes actores del sector, que debata soluciones de mediano y largo plazo que apuesten a generar una reforma estructural.

Buscamos trabajar de manera conjunta para consolidar un sistema integral de salud, público y privado“, comentó José Eduardo Sánchez, director general de la Federación de Cámaras de Emergencias Médicas y Medicina Domiciliara (FEM).

A continuación, los cinco puntos más importantes que la industria le pedirá al Gobierno, basados en propuestas que consideran “superadoras” a las actuales distorsiones que los afectan.

1. Dar libre disponibilidad a la utilización de los saldos técnicos no computables de IVA, generados por la exención de este impuesto a las obras sociales y prepagas

La exención de IVA otorgada a las obras sociales (de forma total) y a las prepagas (de forma parcial) genera en los prestadores médicos créditos que son de imposible recuperación porque no pueden ser descargados a los financiadores de la salud debido a la exención, según destacan desde el sector.

Teniendo en consideración que los insumos gravados con IVA de los prestadores médicos representan el 26% de sus costos, los créditos que no se recuperan, y que por lo tanto implican una pérdida, significan el 5% del costo total de los prestadores médicos. “Esta es un pérdida generada por la mala aplicación de los impuestos, muy gravosa, dado que no hay márgenes de ganancias. Y cuando los hay, son exiguos y transitorios”, reconocieron, y aseguron: “La distorsión impositiva ocasiona que el gasto tributario no lo asuma el Estado”.

2. No aplicar IVA en la importación de bienes de capital, insumos médicos y medicamentos

Desde el sector, consideran que correspondería la quita del IVA a las importaciones que realicen los prestadores médicos para no agravar el problema de los créditos que no se recuperan.

“Esto no tiene ningún costo fiscal, ya que el IVA no computable que se acumula en los costos de los prestadores no es un crédito del fisco, sino una deuda del fisco con los prestadores”, alegaron.

3. Eximir del Impuesto a las Ganancias los montos abonados por las familias en concepto de cuota a las empresas de medicina prepaga o aportes adicionales

“La contribución personal a las obras sociales no paga Impuesto a las Ganancias, ya que en el cálculo del ingreso imponible se detrae este concepto. Resulta un contrasentido, entonces, que los montos que las familias aportan como pagos de bolsillo a las empresas de medicina prepaga como adicionales no estén también exentos del Impuesto a las Ganancias“, sostuvieron.

Y añadieron que el costo fiscal de esta medida es marginal. “Una forma de aproximarlo es tomando un promedio mensual de cuota voluntaria a la prepaga de $ 5000, multiplicada por los 2,5 millones de afiliados voluntarios que hay actualmente. Esto arroja un valor de $ 150.000 millones anuales. Multiplicado por 19%, que es la alícuota del medio en la escala del Impuesto a las Ganancias, tiene un resultado total de eximición de $ 28.000 millones. Esto representó un 2% del total de lo proyectado a recaudarse en concepto de Impuesto a las Ganancias en 2019, que asciende a $ 1,2 billones”, calcularon.

4. Bajar el impuesto al cheque a la alícuota de las obras sociales lo cual implicaría pasar la alícuota de 1,2% a 0,5%

Las obras sociales tienen una alícuota reducida de impuestos al cheque. Desde el sector, apuntan que los demás prestadores médicos deberían recibir el mismo trato en lo que respecta a este tributo.

Para aproximar el costo fiscal de esta medida, ponen como referencia la recaudación de las obras sociales: se estima que en 2019 ascendió a $ 250.000 millones. “Suponiendo que estos son los recursos por los que los prestadores pagan actualmente impuesto al cheque, una disminución desde el 1,2% al 0,4% de la alícuota implica un monto equivalente a $ 2000 millones, que representan apenas el 0,5% de lo que se recauda de impuesto al cheque”, ejemplificaron.

5. Adecuar el momento de pago de las contribuciones patronales con el momento de cobro por parte de los prestadores médicos de las facturas que emiten a las obras sociales y prepagas

Existe un problema estructural en la cadena de pagos del sistema de salud, según describieron. Los prestadores atienden a los pacientes en un momento determinado del mes, pero deben abonar los sueldos, cancelar las contribuciones patronales y pagar a los proveedores a inicios del mes siguiente, recibiendo el pago de las facturas que les emiten a las obras sociales y las prepagas recién a los 90 y 120 días.

Para atenuar el impacto impositivo de esta demora, proponen presentar la declaración jurada por la nómina de trabajadores en el mes que corresponde a la AFIP, pero cancelar dicha obligación a los 90 días posteriores a la presentación de la declaración jurada. 

Fuente: cronista.com

ECONOMÍA – Pymes industriales presentarán propuestas para recuperar mercados de exportación

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El presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA) consideró que hay una coyuntura en materia de mercado cambiario que alienta a buscar nuevos mercados, y a recuperar muchos otros que se perdieron por falta de competitividad y no por calidad de los productos.

El presidente de Industriales Pymes Argentinos (IPA), Daniel Rosato, anunció que elaboran un informe para presentar propuestas en materia exportadora con el objetivo de recuperar mercados.

“Todos debemos ser parte de la reactivación, a través de análisis, propuestas, hechos y esfuerzos porque ningún gobierno en soledad podrá resolver este problema, pero tampoco ningún sector está en condiciones de garantizar el crecimiento de todos. Sólo se logrará con un pensamiento y su consecuente acción conjunta, dejando intereses personales y cediendo algunos beneficios”, resaltó Rosato.

El empresario ponderó la importancia que tiene el sector en la economía argentina ya que, a pesar de haber sufrido medidas que atentaron contra la exportación fabril durante la gestión pasada, aportó el 31% de las divisas por venta de Manufacturas de Origen Industrial (MOI) al exterior.

El desafío de los exportadores es, sin embargo, recuperar la capacidad de venderle bienes al mundo ya que un informe del IPA, en base a datos oficiales, señaló que las MOI sufrieron un brusco descenso del 6% interanual entre enero y noviembre del 2019 a pesar de las devaluaciones que sufrió el peso durante ese período.

“Estamos en un momento bisagra para las exportaciones industriales porque nos encontramos ante una coyuntura en materia de mercado cambiario que alienta a buscar nuevos mercados, y a recuperar muchos otros que se perdieron por falta de competitividad y no por calidad de los productos”, sostuvo Rosato.

El presidente de IPA destacó que “en muchos países que eran compradores de los productos argentinos están a la espera del retorno de esos bienes porque saben de la calidad final que tienen”, y agregó que “hay una gran expectativa de los mercados por el retorno de la Argentina al mundo en materia de exportación de origen industrial”.

“Los países latinoamericanos, y especialmente del Mercosur, tienen una enorme predisposición para comprar manufacturas argentinas. Las consultas que nos llegan al IPA son constantes y por eso es importante saber que es un momento determinante para mejorar las condiciones que tienen las fábricas para exportar”, concluyó Rosato.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – PAIS. Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria – Ley N° 27.541

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Reglamentación para la declaración e ingreso del gravamen.

Establecen forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso del impuesto, por parte del agente de percepción y del sujeto imponible (el adquirente, locatario o prestatario) cuando se hubiere omitido la percepción. El ingreso de las percepciones entre el 23/12/2019 y el 07/01/2020, se considerará ingresada en término hasta el 20/01/2020, inclusive.

Resolución General (AFIP) Nº 4659/2019 (BO 07/01/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Moratoria: profesionales quieren que esté disponible antes de fin de mes

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Podrán incluirse en el nuevo plan las deudas impositivas y previsionales hasta el 30 de noviembre pasado. El 30 de abril vencerá la posibilidad de que las empresas ingresen al beneficio.

Asesores tributarios esperan poder contar para fin de mes con todas las resoluciones y aplicativos para acceder a la moratoria fiscal aprobada por el Congreso en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tiene que desarrollar a lo largo de estas semanas los nuevos campos con los cuales los contadores de las empresas van a poder cargar los datos en la web oficial. Se supone que deberá aparecer en el espacio “Mis Facilidades” de la AFIP.

Antes de eso, el organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont tendrá que publicar en el Boletín Oficial la correspondiente resolución en la que se establecerán los pasos operativos y todo eso podría requerir un decreto presidencial previo, de ser necesario. Podrán incluirse en la nueva moratoria las deudas impositivas y previsionales hasta el 30 de noviembre pasado. El beneficio está enfocado hacia las micro, pequeñas y medianas empresas, de acuerdo con los parámetros de la AFIP y se condonarán intereses y multas.

En rigor, la ley ómnibus de emergencia aprobada sobre el fin del año pasado por el Congreso es bastante clara y detallada en cuanto al alcance del beneficio fiscal, con lo cual podría resultar innecesario un decreto del Poder Ejecutivo para reglamentarla. De hecho, la propia norma descarga directamente en la AFIP en varios puntos la responsabilidad de precisar términos y plazos. De modo que el Ejecutivo podría saltear ese paso, que es habitual en el circuito de toda norma que involucre impuestos, tanto en la creación como en beneficios y descuentos. Primero aparece una ley, luego un decreto y por último una resolución.

“No menos de 20 días”, estimó el tributarista Ezequiel Passarelli, quien consideró que el Gobierno va a sancionar un decreto reglamentario, como marca la secuencia habitual.

César Litvin también estimó que la moratoria todavía “tardará unos días”. En ese caso, consideró que además de sancionar las precisiones operativas, la AFIP tiene que adaptar su sitio de internet para el nuevo beneficio .

“Dos cosas veo que no están bien de la moratoria”, explicó el tributarista. “Por un lado, no está bien que sea sólo para pymes, debería haber incluido a más tipos de empresas y por otro que no se haya contemplado algún reconocimiento para los que pagaron y estuvieron al día”, indicó Litvin.

Entre los aspectos que deberá precisar la AFIP indicó que están la forma en que las empresas tendrán que pasar sus actuales planes de pago en vigencia o caídos, al nuevo cronograma de pagos que estipula para el primer año una tasa de interés mensual del 3% y tasas de mercado para los siguientes 9 años de plan.

También la AFIP tendrá que comunicarles a los contadores cómo podrán aplicar los saldos de libre disponibilidad que pudieran tener pymes como producto de regímenes de retención (Ganancias-IVA) para cancelar parte de la nueva deuda determinada. La moratoria condonará deudas por intereses y multas y permite una quita del 15% del capital al que abone su deuda al contado.

Por su lado, el tributarista Federico de Luca también consideró que se va a poder entrar a la moratoria “antes del 31 de este mes”. La estimación es que el último plazo que tendrán las empresas para entrar al beneficio es 30 de abril próximo y que se estila concederles a los profesionales un plazo de tres meses para hacer los trámites.

Planificación

Los profesionales están expectantes debido a que al inicio del año deben planificar la tarea del período fiscal, de modo de no superponer presentaciones de declaraciones juradas y vencimientos de impuestos. Por caso, además de armar la presentación para la moratoria tendrán que trabajar luego en las declaraciones de Ganancias y Bienes Personales.

Además se amplía el interés a los autónomos y monotributistas que podrán incluirse en el nuevo plan diseñado por el Gobierno. Se podrán inscribir en el registro de la Secretaría Pyme como una empresa del sector, en tanto su actividad lo permita. Deben tener rentas de lo que se denomina “tercera categoría”, que son la relacionadas con actividades comerciales, productivas o de servicios.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Aumento salarial por decreto: ¿qué pasará en el caso de los empleados fuera de convenio?

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Las empresas deberán acelerar la adquisición de los fondos para hacer efectivas las alzas ordenadas por decreto en los meses correspondientes

El incremento salarial por decreto establecido por el presidente Alberto Fernández abrió debates en el ámbito empresarial, donde todavía persisten dudas respecto de qué tan lejos llegará la supuesta obligatoriedad de esta medida.

El decreto 14/2020 determina una suba de salario de 4.000 pesos en bruto, a pagar 3.000 en enero y otros mil con el sueldo de febrero (se cobra en marzo). Corresponderá a los trabajadores y trabajadoras del sector privado que se desempeñan en relación de dependencia (registrados en el sistema formal) y es a cuenta de las paritarias 2020. Deberá figurar en el recibo salarial como “Incremento solidario”.

“La medida tiende a la recuperación de los salarios en el sector privado”, aclaró el flamante ministro de Trabajo, Claudio Moroni en conferencia de prensa en Casa Rosada el viernes. “Es la primera expresión en detalle de lo que planteamos en la Ley de Solidaridad”, añadió, y aseguro que será una suma fija para todas las escalas y categorías.

La cartera calcula que se producirá con ello un incremento real de entre el 7% y 20% en los salarios de los rangos más bajos, a los cuales se apuntó a beneficiar en la Ley de Emergencia Solidaria, sancionada días atrás en el Congreso Nacional. Moroni indicó que en esos sectores, en base a los convenios de sindicatos con ingresos más bajos -como los de la construcción, pasteleros, estaciones de servicio, trabajadores del cuero, entre otros- se recuperaría todo el poder adquisitivo perdido en 2019 a manos de la devaluación. Y se incorporarán 20.000 millones de pesos a la masa salarial en total.

La medida, poco ortodoxa, fue posible gracias a la aprobación de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública. El Artículo 54 de este texto habilita al Ejecutivo a “disponer en forma obligatoria que los empleadores del sector privado abonen a sus trabajadores incrementos salariales mínimos”, sin imponer topes a las negociaciones paritarias.

Según aclaró el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, con este monto se busca que las “empresas, pymes y comercios puedan pagar” el aumento, y que no pongan “en peligro su funcionamiento”.

De hecho, el texto publicado el sábado en el Boletín Oficial aclara que las ONG y las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que cuenten con Certificado MiPyME vigente, quedarán eximidas del pago de las contribuciones patronales con relación a este incremento salarial por el término de tres meses o el menor plazo en que tal incremento sea absorbido por las futuras negociaciones paritarias. Aquellas que no cuenten con el certificado, serán beneficiadas si lo obtienen en menos de 60 días de haber sido publicado el decreto.

Quedaron fuera de esta medida los trabajadores rurales y los de casas particulares. Y se diseñó un decreto similar para los empleados del sector público, porque supone una “mayor complejidad administrativa” según el ministro, en donde se aumentarán los haberes de empleados del Estado que cobran menos de $60.000.

Pero al no contar éstos con instancia de paritarias que absorba esta suba, ¿qué ocurrirá con aquellos que trabajan fuera de convenio? Por otra parte, al ser una determinación para todos los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, no se excluye en la normativa a los no agremiados. “Es un derecho de todo trabajador dependiente del sector privado incluido en la Ley de Contrato de Trabajo“, especificó Moroni.

“Por lo que estuvimos conversando con algunos clientes, los privados tomarán esta asignación remunerativa a cuenta de futuros aumentos, absorbiéndolos en los próximos meses donde ya tenían alguna estimación de aumentos a ser otorgados, por lo menos del primer semestre de 2020”, contó a este medio Alejandra Beatriz Fernández, socia de la consultora BDO Argentina.

La ejecutiva recordó que desde hace años las empresas están “preparadas y acostumbradas” a otorgar incrementos 2 o 3 veces al año, “para ir reflejando más de cerca la pérdida del poder adquisitivo de los empleados”. Y vale la pena recordar que también en 2019, al quedar los sueldos demasiado rezagados, se dieron unos puntos extra durante el verano.

En este caso, es probable que se repita el escenario aunque para cumplir además con el decreto 14, pero las empresas “deberán contemplar rápidamente la disposición de los fondos, ya que se hará efectivo con el pago del mes de enero”.

Según los últimos datos disponibles en el mercado, que anteceden la sanción del decreto 14/2020, hasta diciembre las compañías en la Argentina tenían planes de otorgar entre un 15% y un 40% de suba salarial en 2020.

De acuerdo a un relevamiento de Adecco Argentina entre 414 empresas, teniendo en cuenta de forma indistinta a empleados agremiados y no convencionados:

En esos aumentos deberían ser absorbidos los 4.000 pesos mensuales en bruto definidos para empleados registrados en el sector privado. – 27% dará entre el 30% y 40%,

– 21% entre el 25 y 30%,

– 12% otorgará entre el 20 y el 25%,

– 9% entre el 15 y el 20%,

– 6% entre 40 y 50%,

– 4% entre el 10 y el 15%

A hacer cuentas

La premura con la que llegará el dinero del aumento por decreto a los bolsillos de los trabajadores implica que aquellas compañías que no tenían previsto dar subas salariales durante los meses del verano deban “apurar los trámites” para cumplir con la nueva normativa.

Fuera de eso, en la práctica la suba no supondrá mayores problemas administrativos. “Se incluirá en el recibo de sueldo como un concepto separado para su correcta identificación. No se tomará como base para el cálculo de adicionales salariales, lo que da un beneficio al empleador bajando sus costos laborales pero no al empleado en el momento que deba percibir los mismos”, indicó al respecto Fernández.

La normativa incluye expresamente la eximición de las contribuciones patronales y no de los aportes, “pero entendemos que también incluirán a los mismos”, aclaró.

Y acerca de los beneficios, advirtió que en BDO ya están viendo un nuevo fenómeno surgido a partir de la publicación del decreto: “Solamente tienen el beneficio de los 3 meses sin pagar contribuciones patronales las compañías que poseen certificado MiPyMe, otorgado por la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo. Esto hace que varias que no contaban con el mismo hasta el momento comenzaron a recabar información para solicitarlo, no solo por este decreto sino por los beneficios de contribuir a una alícuota reducida de cargas sociales establecido por la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva Nro 27.541″.

Pese a este beneficio, aún así hay Pymes que advierten que no podrán hacer frente al aumento ordenado por el Ejecutivo. Tras conocerse el texto del decreto el sábado, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) emitió un comunicado solicitando que las subas “sean diferenciales por región, tamaño y tipo de empresa“.

Desde la entidad aseguran que hay compañías de este segmento aún abonando el bono de 5.000 pesos que dispuso la anterior administración, bajo la gestión de Mauricio Macri, y que tienen pendientes aún otros compromisos de paritarias 2019.

Por eso aclararon que “CAME considera que los incrementos determinados por el Gobierno deberían ser absorbidos no sólo para ‘futuras negociaciones paritarias’ (como establece el inciso A del artículo 2 del Decreto 14/2020) sino también en las escalas vigentes”.

No todas cumplirán

La situación de las pequeñas y medianas compañías tendrá impacto directo en la posibilidad de que sus empleados no agremiados, administrativos y ejecutivos, tengan la recomposición salarial decretada. Al ser consultado sobre la situación en la que deja el decreto a los empleados fuera de convenio, Esteban Domecq, presidente de Invecq Consultora Económica, advirtió que “el aumento dependerá del estado de situación de las finanzas de cada empresa en particular”.

“Estamos en un contexto recesivo, donde se han deteriorado mucho los márgenes de rentabilidad en algunos sectores, y en ese marco muchas empresas no podrán absorber ese mayor costo que implica el aumento de $4.000 a los trabajadores. Creo que muchas optarán por no realizar dicho aumento, no por una cuestión de deseo, si no por un tema de imposibilidad”, opinó el economista.

¿Qué pueden hacer los empleados registrados no agremiados en esos casos?

Expertos consultados por iProfesional confirmaron que desde el punto de vista legal, ante la falta de pago, el trabajador puede realizar un reclamo de manera individual o recurrir a la autoridad administrativa local (Ministerio de Trabajo provincial) que eventualmente pueda inspeccionar, constatar la falta de pago y establecer una sanción por falta grave.

“Peor suerte tendrán los empleados no registrados, ya que es muy poco probable que reciban el beneficio, lo cual genera mayor desigualdad en el mercado laboral en contra de los trabajadores informales” recordó Domecq.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – BCRA: depósitos en pesos del sector privado crecieron 14,4%

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El saldo promedio mensual de esos depósitos aumentó 14,4% en diciembre respecto de noviembre, según datos del Banco Central.

El saldo promedio mensual de los depósitos en pesos del sector privado aumentó 14,4% en diciembre respecto de noviembre, mientras el circulante en poder del público registró un incremento mensual de 12,6%, indicó el Banco Central.

El Informe Monetario Mensual señaló que “el cobro del medio sueldo anual complementario, las fiestas de fin de año y el inicio de las vacaciones generan un aumento estacional de la demanda de dinero más asociada a las transacciones”.

“En este año en particular, a estos factores se agregó el efecto de pagos extraordinarios a sectores que típicamente hacen un uso más intensivo del circulante, como los jubilados y los beneficiarios de asignaciones sociales”, analizó el estudio de la autoridad monetaria.

En ese sentido, sostuvo que “el circulante en poder del público registró un aumento promedio mensual de 12,6%”.

“El crecimiento mensual promedio de los depósitos a plazo fijo en pesos del sector privado fue de 3,5% y 5,1% en términos desestacionalizados”, subrayó.

Consideró que durante las primeras semanas del mes, el impulso de esas colocaciones provino de los fondos comunes de inversión, que captaron recursos líquidos de las empresas antes del pago del medio sueldo anual complementario.

“Una vez realizado el pago, estos fondos y colocaciones a la vista nutrieron los saldos a plazo de individuo”, puntualizó.

Con relación a los préstamos en pesos al sector privado, evaluó que “moderaron su ritmo de crecimiento tras cinco meses consecutivos de aceleración”.

En tanto, aseguró que “entre las tasas de interés cobradas sobre los préstamos en pesos, las que más descendieron fueron las aplicadas sobre los préstamos comerciales, que actualmente están más concentradas en operaciones a menor plazo que el resto de las líneas”.

Respecto de las reservas, resaltó que el saldo de diciembre finalizó en U$S44.781 millones, “lo que implicó un incremento de U$S1.009 millones respecto del cierre del mes previo”.

“Con posterioridad a las modificaciones en las condiciones de acceso al mercado de cambios establecidas a fines de octubre, el Banco Central fue comprador neto de divisas y en diciembre adquirió U$S1.121 millones”, indicó.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Moody’s estimó que la economía argentina se contraerá 2,5 por ciento en 2020

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El dato alentador es que se espera una caída menor a la alcanzada en 2019, para ambas economías.

En un informe titulado “Perspectiva negativa para América latina y el Caribe en 2020 ante creciente descontento social y bajo crecimiento”, la agencia calificadora de riesgo Moody’s consideró que la Argentina decrecerá 2,5 por ciento en 2020 y terminaría el 2019 con una caída de 3,8 por ciento, y junto a Nicaragua sería el único país que no vería crecer su economía este año. El dato alentador es que se espera una caída menor a la alcanzada en 2019, para ambas economías.

Según el texto, se prevé que en la mayoría de los países de la región haya un repunte de la economía respecto del 2019 de más de 2 por ciento.

“La perspectiva de Moody’s Investors Service para la calidad crediticia soberana de América latina y el Caribe en 2020 es negativa, reflejando sus expectativas de las condiciones crediticias fundamentales que habrán de incidir en el crédito soberano en los próximos 12 a 18 meses”. Así, “en 2020, la mayoría de las economías de América latina crecerán a tasas más altas que en 2019, registrando un crecimiento real anual del PIB en el rango de 2,5 por ciento-3,5 por ciento,” indicó Renzo Merino, vicepresidente asistente de Moody’s.

Sin embargo, advirtió que “el creciente riesgo político en la región aunado a los vientos externos en contra, representan importantes riesgos a la baja para la perspectiva de crecimiento”. Adicionalmente, expresó que “en el futuro previsible, el crecimiento de tendencia se mantendrá por debajo de los niveles vistos en los últimos 20 años y el bajo crecimiento complicará la gestión fiscal para la mayoría de los soberanos de la región”, expresó el analista de la agencia.

Para Moody’s, la mayoría de los gobiernos de América latina disminuirá su déficit fiscal o lo mantendrá, aunque “el descontento social limitará la capacidad de los gobiernos de establecer medidas que generen una consolidación fiscal sustancial”.

Fuente: lacapital.com

IMPOSITIVAS – Adelanto: la reglamentación de AFIP del impuesto del 30% a la compra de dólares y viajes al exterior

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A través de la misma, la AFIP fijó la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso de este tributo.

A través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la Emergencia Pública, el Gobierno estableció -entre otras medidas- el denominado “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”, que se tradujo en un recargo del 30% para la compra de dólares, la contratación de viajes al exterior y los gastos con tarjeta en moneda extranjera.

En este contexto, se conoció la reglamentación de la normativa, luego de varios días durante los cuales numerosas líneas aéreas comercializaron viajes fuera del país sin este tributo al no saber cómo aplicarlo.

Según el texto, que se publicará en breve en el Boletín Oficial, “dicho impuesto resulta aplicable a la compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin destino específico, al cambio de divisas destinado al pago de determinadas operaciones que los sujetos residentes en el país cancelen mediante tarjeta de crédito, de compras, de débito u otros medios de pago equivalentes, así como a la adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de turismo y servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país”.

La AFIP establece que el pago del impuesto “se encuentra a cargo del adquirente, locatario o prestatario, a través de una percepción que deberán practicar determinados sujetos que actuarán en calidad de agentes de percepción y liquidación” y, a través de esta reglamentación, se fijan “la forma, plazos, requisitos y demás condiciones para la declaración e ingreso del impuesto, tanto por parte del agente de percepción como del sujeto imponible”.

En el artículo 3, el organismo aclara que “la percepción será aplicable en la medida y proporción que se abonen en pesos las operaciones alcanzadas por el presente impuesto. En el caso de las adquisiciones contempladas en los incisos d) y e) del artículo 35 de la Ley N° 27.541, estarán alcanzadas por dicha percepción, cuando en cualquier etapa de la operatoria se deba acceder al mercado único y libre de cambios a efectos de la adquisición de las divisas correspondientes para su cancelación”.

“La alícuota se aplicará sobre el monto en pesos de la operación alcanzada. En el caso de que actúen agrupadores o agregadores de pago, la percepción deberá practicarse en la fecha de afectación de los fondos por parte del citado intermediario para el pago del bien adquirido o el servicio contratado por el adquirente o prestatario. El importe de la percepción practicada deberá consignarse -en forma discriminada- en el documento que reciba el adquirente o prestatario, el cual constituirá comprobante justificativo de las percepciones sufridas”, agrega el texto.

“En todos los casos, incluyendo los acuerdos privados de cancelación que se establezcan entre los agentes de percepción y los sujetos alcanzados por el impuesto, los pagos que se efectúen deberán ser afectados en primer término a la percepción”, aclara el texto de la AFIP.

En cuanto al ingreso e información de la percepción, el artículo 5 aclara que “los agentes de percepción y liquidación deberán solicitar la inscripción a través del Sistema Registral en el/los Régimen/es del IMPUESTO PARA UNA ARGENTINA INCLUSIVA Y SOLIDARIA (PAÍS)”.

En el artículo 6, en tanto, se establece que los agentes de percepción observarán, a fin de efectuar las percepciones para cada uno de los supuestos del artículo 35 de la Ley N° 27.541.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Moody’s advierte sobre “creciente descontento social y bajo crecimiento” en América Latina

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La calificadora estimó que “mayores presiones sociales y menor crecimiento económico afectarán soberanos para implementar políticas crediticias positivas”. Asimismo, indicó que “restricciones políticas impedirán la consolidación fiscal”.

La perspectiva de Moody’s Investors Service para la calidad crediticia soberana de América Latina y el Caribe en 2020 es negativa, reflejando sus expectativas de las condiciones crediticias fundamentales que habrán de incidir en el crédito soberano en los próximos 12 a 18 meses. Un modesto crecimiento económico y crecientes tensiones sociales complicarán gestar políticas encaminadas a reforzar la consolidación fiscal en la región.

“En 2020, la mayoría de las economías de América Latina crecerán a tasas más altas que en 2019, registrando un crecimiento real anual del PIB en el rango de 2,5%-3,5%,” indica Renzo Merino, Assistant Vice President de Moody’s.

“Sin embargo, el creciente riesgo político en la región aunado a los vientos externos en contra, representan importantes riesgos a la baja para la perspectiva de crecimiento. Adicionalmente, en el futuro previsible, el crecimiento de tendencia se mantendrá por debajo de los niveles vistos en los últimos 20 años y el bajo crecimiento complicará la gestión fiscal para la mayoría de los soberanos de la región.”

La mayoría de los gobiernos de América Latina disminuirá su déficit fiscal o lo mantendrá en niveles similares a los de 2019. Sin embargo, debido a que sólo algunos soberanos reportarán balances primarios suficientes para estabilizar sus indicadores de deuda en 2020, Moody’s no espera que los gobiernos reconstruyan el espacio fiscal que perdieron en años recientes. Consecuentemente, la mayoría de los soberanos de América Latina tendrá capacidad limitada para implementar políticas contracíclicas para responder ante choques potenciales.

Las mejores estructuras de deuda y los perfiles de vencimiento extendidos a más largo plazo, ayudarán a mitigar los riesgos crediticios asociados con niveles de deuda gubernamental más elevados. Además, las favorables condiciones de financiamiento en 2020 ayudarán a contener los costos de la deuda en varios países.

El aumento del descontento social a lo largo de la región de América Latina afectó las perspectivas de inversión y contribuyó a los recortes de crecimiento observados durante el último año. Moody’s espera que esta situación continúe siendo un punto clave para 2020 y en adelante, debido a que no se espera que el crecimiento relativamente bajo mejore significativamente las dinámicas del empleo, o que disminuya la desigualdad del ingreso. En general, el descontento social limitará la capacidad de los gobiernos de establecer medidas que generen una consolidación fiscal sustancial.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Los monotributistas convocan a una protesta contra el aumento del tributo

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Los monotributistas lanzaron una inédita protesta: convocaron a marchar a la sede de la AFIP para rechazar el incremento a partir de este año.

Luego de que la AFIP diera a conocer los aumentos que comenzarán a regir este 1 de enero en las escalas del régimen tributario, los monotributistas lanzaron una inédita protesta: convocaron a marchar a la sede del organismo para rechazar el incremento en lo que es un inicio de su organización

La protesta es convocada por “Monotributistas Organizadxs” y es “frente al brutal aumento del 51% en el Monotributo”, por lo que concentrarán el jueves 9 de enero a las 10 frente a la sede central de AFIP en CABA.

Asimismo, indicaron que “representamos el 49% de la población activa abarcando diversas modalidades de trabajo comúnmente denominadas independientes o prestaciones de servicios que en realidad se trata de un régimen de contratos precarios realizadas por privados e incluso por el propio Estado”.

Luego, explicaron que “el monotributismo significa la vulneración de nuestros derechos y la legitimación por parte del Estado de esta modalidad de trabajo en negro encubierto donde los y las trabajadoras no contamos con un convenio que rija nuestros salarios; no tenemos licencias, vacaciones, ni feriados pagos; no tenemos antigüedad, paritarias, aguinaldo o representación gremial, todo lo cual constituye un piso básico de derechos”.

“Estos contratos nos condenan a una jubilación mínima y se firman periódicamente (con suerte), dejándonos ante la incertidumbre constante de su no renovación sin ningún tipo de indemnización”, añadieron.

El objetivo del reclamo es “lograr la suspensión inmediata del incremento del 51% del pago del Monotributo, impuesto por el gobierno saliente y sostenido por el entrante, que comenzará a regir a partir del mes de enero”.

En ese marco, solicitan la “suspensión inmediata por seis meses del aumento de la cuota del Monotributo, extensión de la tarifa social de servicios públicos para las categorías más bajas, aquellas que no alcanzan a cubrir una canasta básica de pobreza, bonificación del pago del componente impositivo del Monotributo durante los meses de enero y febrero, para aliviar la carga tributaria de quienes no contamos con vacaciones pagas, aguinaldo ni bono de fin de año, y pase a planta bajo convenio colectivo para todos los trabajadores en relación de dependencia encubierta, sean estatales o privados”.

La AFIP oficializó el cuadro de categorías y valores de las cuotas del Monotributo que están vigentes a partir del 1 de enero de 2020.

El cuadro de categorías del Monotributo 2020 deberá ser tenido en cuenta por los pequeños contribuyentes que deban recategorizarse durante el primer mes del año.

Fuente: iprofesional.com