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IMPOSITIVAS – La AFIP frena cómputo de las contribuciones patronales que reduce el pago del IVA

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El fisco nacional dio a conocer una opinión que limita cómputo de las contribuciones patronales que permiten reducir el pago del IVA.

A través del apartado de preguntas y respuestas, la AFIP dio a conocer una opinión que limita cómputo de las contribuciones patronales que permiten reducir el pago del IVA.

Lo curioso es que el criterio allí expresado, va en contra de la normativa vigente.

A continuación, la pregunta que encendió la polémica: “La AFIP pretende ajustar IVA impugnando el crédito fiscal por el pago extemporáneo de contribuciones y no permite computar en el mes del efectivo pago”.

Al respecto, el consultor tributario Ramón Pena fue categórico: “El problema es que no se basa en una ley o decreto”.

“Se apoya en el apartado de preguntas y respuestas”, advirtió Pena.

Asimismo, Pena deja de manifiesto, que el artículo 4 de la resolución general 1069/01 es contrario a lo que sostiene la AFIP en la respuesta antes citada:

Art. 4º — A los fines del cómputo previsto en el artículo 4º del Decreto Nº 814/01, sus modificaciones y complementario, los contribuyentes y responsables aplicarán los puntos porcentuales que para cada caso se indican en el Anexo I de dicha norma sobre las remuneraciones imponibles y, en su caso, sobre los importes de los vales alimentarios o cajas de alimentos abonados al personal, correspondientes al mes de devengamiento de las respectivas contribuciones patronales; a su resultado se lo imputará como crédito fiscal del impuesto al valor agregado del mismo período mensual devengado, en la medida en que fueran ingresadas hasta la fecha de vencimiento fijada para la presentación de la declaración jurada del mencionado impuesto.

En el supuesto que dicho ingreso se realice con posterioridad a la fecha indicada, el mismo se podrá computar en la declaración jurada correspondiente al período fiscal en que se hubiera efectuado el pago de las contribuciones.

Si el importe de las contribuciones no fuera ingresado en su totalidad, deberá computarse exclusivamente el monto parcial efectivamente abonado.

Para la confección de la declaración jurada del impuesto al valor agregado, el cómputo como crédito fiscal se consignará en el campo “Contribuciones de Seguridad Social (Decreto 814/2001)” de la carpeta “Crédito fiscal” de la pestaña “Compras” de la pantalla “Determinación de débitos, créditos e ingresos directos”, del programa aplicativo “IVA – Versión 3.2”.

En igual sentido, desde Tributum.News, el consultor impositivo, Mario Goldman Rota, sostiene que “se considera procedente el cómputo del crédito fiscal que surge de lo normado por el decreto 814/2001 en períodos posteriores a su devengamiento, con el único límite temporal de su prescripción como crédito que, por ser de naturaleza impositiva operaría a los 5 años”.

Inclusive, si la cancelación de las cargas sociales se encuentra supeditado a un plan de pagos, opinamos que –una vez cancelado el mismo – es procedente el cómputo del crédito fiscal del Decreto 814/2001 en el mes de su cancelación.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Se duplicaron las ventas en alimentos en el primer día del CyberMonday

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En el primero de los tres días de descuentos especiales se registraron más de 1,5 millones de usuarios en el sitio oficial.

Las ventas en el rubro alimentos y bienes de consumo, en el primer día del CyberMonday2019, duplicaron los números del mismo día del año pasado, según el relevamiento realizado en algunas de las más de 550 empresas que participan del evento organizado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE).

La entidad difundió además que en el primero de los tres días de descuentos especiales se registraron más de 1,5 millones de usuarios, sólo en el sitio oficial.

En la categoría Alimentos y Bienes de Consumo, los productos más vendidos fueron bebidas con y sin alcohol, jabón para ropa (líquido y en polvo), leche larga vida y artículos de cuidado personal.

Desde la entidad identificaron dos perfiles de consumidores que muestran el cambio del “comprador impulsivo a un comprador más racional, que elige lo que más le conviene de acuerdo a su capacidad de tomar deuda o realizar pagos”.

Las ventas en el rubro alimentos y bienes de consumo, en el primer día del CyberMonday2019, duplicaron los números del mismo día del año pasado, según el relevamiento realizado en algunas de las más de 550 empresas que participan del evento organizado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE).

La entidad difundió además que en el primero de los tres días de descuentos especiales se registraron más de 1,5 millones de usuarios, sólo en el sitio oficial.

En la categoría Alimentos y Bienes de Consumo, los productos más vendidos fueron bebidas con y sin alcohol, jabón para ropa (líquido y en polvo), leche larga vida y artículos de cuidado personal.

Desde la entidad identificaron dos perfiles de consumidores que muestran el cambio del “comprador impulsivo a un comprador más racional, que elige lo que más le conviene de acuerdo a su capacidad de tomar deuda o realizar pagos”.

Fuente: lt10digital.com

IMPOSITIVAS – Si no hay prórroga, el lunes vuelven los embargos de la AFIP a las Pymes

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Vence el plazo de noventa días que suspendía los embargos de AFIP a las Pymes y por tal motivo CAME solicita una prórroga por igual plazo.

El próximo lunes 11 de noviembre culmina el plazo de noventa días que suspendía los embargos de AFIP a las Pymes y por tal motivo la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) solicita una prórroga por igual plazo.

Desde la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) se envió una misiva al titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Leandro Cuccioli, a fin de solicitar una nueva prórroga de 90 días para la suspensión de embargos a Pymes, teniendo en cuenta la proximidad al vencimiento de la medida dispuesta en la Resolución General 4557/2019.

“Entendiendo el delicado contexto que aún viven las micro, pequeñas y medianas empresas, que muchas veces ven amenazada su supervivencia por la merma de actividad y la sofocante presión tributaria, es de suma importancia que se prolongue este beneficio a fin de dar alivio a su situación y alentar su desarrollo”, advierten desde la cámara empresaria.

Recordamos que mediante el artículo 20 de la mencionada resolución general se suspendió por el término de 90 días corridos desde el día 14 de agosto de 2019, la traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, así como aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

Por tal motivo, el plazo de gracia caducaría este lunes 11 de noviembre.

Entendemos que sería un acierto del organismo la prórroga de la suspensión de embargos teniendo en cuenta el difícil contexto económico actual que afecta principalmente a las pequeñas y medianas empresas.

La medida sería un complemento ideal a la prórroga dispuesta para la adhesión al plan de pagos a diez años aprobado por la misma resolución general antes mencionada y que además incluyó la posibilidad de incluir planes caducos hasta septiembre pasado.

Más allá de esto, insistimos en la necesidad de una moratoria impositiva que condone intereses y multas. Esperamos que sea de la agenda del nuevo presidente electo como factor fundamental para el crecimiento y la sustentabilidad de las MiPyMEs.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – Los vencimientos de principios de mes hicieron bajar los dólares alternativos, pero no es una tendencia que continuará

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Con los pesos que recibieron del Central, después de pagar costos, los exportadores fueron al contado con liqui y al dólar MEP
 
En el mercado oficial, el dólar bajó 6 centavos por la falta de compradores ante la limitación que impuso el Banco Central (Shutterstock)

Los vencimientos de sueldos e impuestos y otras obligaciones de principios de mes, hicieron que los dólares alternativos tuvieran un leve retroceso. Si no cayeron más, es porque hubo demanda de los exportadores que se hicieron de pesos al liquidar sus exportaciones. Con los pesos que recibieron del Central, después de pagar costos, hicieron operaciones de contado con liquidación y de dólar MEP: nadie quiere quedarse en moneda local. Están vendiendo porque un dólar mayorista cerca de $60 les cierra y temen a que les aumenten las retenciones cuando asuma el nuevo Gobierno.

“Fue la primera vez en mucho tiempo que tuve tanta oferta de dólar MEP y conseguía compradores si les bajaba entre $0,50 y $1 el precio. Pero esto no es tendencia, es por el hecho puntual de las obligaciones de fin de mes. Cada diez operaciones, tenía seis de venta”, señaló un operador de la City.

Lo cierto es que los pesos abundan en la plaza y todos tienen como destino al dólar. Aunque esta vez las necesidades de pagar vencimientos hicieron que tuvieran algo más de demanda.

De esta manera, el contado con liquidación perdió 0,4% y cerró en $78,44 mientras el dólar Bolsa o MEP, bajó 1% a $73,73. Son pocos los que lo ven en el futuro por debajo de $70 y muchos los que apuestan a que superan $80.

En el mercado oficial, el dólar en bancos y casas de cambio el dólar bajó 6 centavos por la falta de compradores ante la limitación que impuso el Banco Central.

En la plaza mayorista, donde los negocios subieron a USD 347 millones por los dólares de los exportadores, el Banco Central se hizo comprador para evitar que bajara la divisa. El dólar perdió 5 centavos y cerró en $59,66.

El dólar libre, también tuvo una intensa oferta de los compradores de USD 200 mensuales –el cupo mensual de bancos y casas de cambio– y perdió otro peso y cerró en $65,50.

La abundancia de pesos, la contracara de lo que fue el plan monetario ideado por Guido Sandleris, presidente del Banco Central. En la licitación de Letras de Liquidez (Leliq) se absorbieran $53 mil millones, ya que se colocaron $195.705 millones a una tasa de 64,94% anual.

El riesgo país, a todo esto, estuvo estable, en 2.270 puntos básicos, porque hubo equilibrio en los bonos largos con legislación Nueva York, los que más inciden en la ponderación del indicador. El Discount en dólares perdió 1,15% y el Par subió 2,79%. Además, el Bono de los Estados Unidos siguió en baja y eso ayudó a que la suba del riesgo sea moderada.

Las reservas tuvieron su tercera jornada suba consecutiva. Aumentaron USD 59 millones por las compras a exportadores, por la suba del oro de 0,14% en el mundo y porque bajó el retiro de depósitos en dólares de los bancos. Sin embargo, el viernes las reservas se verán afectadas por el pago del cupón del Bonar 2024. Ahora están en USD 43.380 millones.

La colocación de Letras del Tesoro por $4.000 millones y en dólares por algo más de USD 120 millones a la Anses, fueron ideadas para mitigar el efecto de los vencimientos que se acercan.

En la Bolsa hubo una leve toma de ganancias con menos negocios que el día anterior. Se operaron $994 millones. Aluar interrumpió su extenso rally que lo llevó a aumentar 50% en un mes y pocos días. Después de pagar dividendos, cedió 3,73%. También bajaron los bancos, después del rebote del lunes. Las caídas fueron leves. En ningún caso superaron 1%. El Supervielle fue el que eludió la toma de ganancias y anotó una suba de 5,58%.

Las mayores pérdidas estuvieron en Grupo Financiero Valores (-13,77%) y Ternium (– 4,47%).

En Wall Street, los ADR’s argentinos -certificados de tenencias de acciones que cotizan en dólares- tuvieron una buena rueda. Lo mejor fue Banco Supervielle con 4,05% y Transportadora Gas del Sur con 3,90%.

El mercado sigue en el día a día. Las apuestas no cambiaron de orientación más allá de alguna toma de ganancias. Los dólares están equilibrados pero su tendencia es al alza. Los depósitos indexados siguen en aumento. Crecieron $61 millones (+0,40%) al 30 de octubre, mientras se desaceleró a la salida de depósitos en dólares de los bancos que fue de tan solo USD 24 millones.

Estas cifras son el retrato de una economía cargada de confusiones pero que ha aprendido a manejarse en el desorden.

Fuente: infofae.com

ECONOMÍA – En octubre volvió a crecer la operatoria con tarjetas de crédito impulsado por el plan Ahora 12

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La suba fue del 13,3% intermensual. El saldo registrado fue de $514.964 millones. En la comparación interanual, la operatoria se incrementó en un 38,9% interanual, con lo que no le ganó a la inflación.

El saldo total de préstamos en pesos al sector privado registró en octubre un crecimiento de 13.3% interanual, al sumar un nivel de $1.788.318 millones, impulsado esencialmente por la operatoria con tarjetas de crédito y la posibilidad de las compras en cuotas del programa Ahora 12, según un informe elaborado por First Capital Group en base a datos del Banco Central.

En octubre, la operatoria a través de tarjetas de crédito registró un saldo de $514.964 millones, lo que representó un aumento de 13,3% respecto del mes anterior, y frente a igual período de 2018 mostró una mejora de 38,9%.

“Este segmento del mercado es el que explica una gran parte de la variación trimestral del total de préstamos, incrementándose en los últimos tres meses por un total acumulado del orden de los $ 98.493 millones”, señaló First Capital Group en un comunicado.

En el décimo mes del año, el saldo total de préstamos en pesos al sector privado ascendió a $1.788.318 millones, representando una suba en los últimos 365 días de $209.307 millones, equivalente a un aumento de 13,3% anual.

Si bien en términos reales durante el último año acumula una notable baja, dado que la inflación supera el 50% en ese período, en los últimos 90 días dicha contracción comenzó a disminuir”, resaltó la entidad.

En lo que respecta a la principales líneas de créditos, los préstamos personales presentaron en octubre una leve disminución respecto al mes anterior, al arrojar una caída de 0,2%.

El saldo bajó a $405.191 millones para el total acumulado, con un decrecimiento interanual de 4,1%, contra los $422.586 millones al cierre del mismo mes de 2018.

“Esta línea mantiene la tendencia declinante en términos absolutos y relativos en el último año, como prueba de ello podemos destacar que, durante los últimos 12 meses, solo dos presentaron guarismos positivos en términos nominales”, dijo Guillermo Barbero, socio de First Capital Group.

Esto se explica en la consistente política de restricción a las nuevas financiaciones, llevada adelante por las entidades financieras y a la falta de confianza en los consumidores“, agregó.

Respecto a la suba registrada en las compras con tarjetas de crédito, Barbero señaló: “En contraposición a las otras líneas utilizadas por las familias, esta operatoria persiste en una tendencia alcista”.

“Sin dudas el origen de este comportamiento es la utilización del programa ‘Ahora 12’ por una parte de la población que de otra manera no se endeudaría. Estos consumidores están aprovechando pagar en cuotas fijas y sin interés en lugar de hacerlo al contado“, completó.

Por su parte, los préstamos comerciales experimentaron un aumento con relación al saldo que se observó en septiembre, con una mejora de 10,4% mensual y de 19,3% interanual.

“Por tercer mes consecutivo se observa una reactivación de esta operatoria, coincidiendo con la parte del año durante la cual se realizan las mayores ventas en varios rubros del sector; además, muchas empresas se ven obligadas a solicitar préstamos financieros ante la disminución del crédito comercial”, sostuvo Barbero.

Por último, los préstamos en dólares mostraron una caída de 11,5% frente a septiembre pasado y de 24% interanual, debido a las restricciones de acceso al mercado cambiario dispuestas por el gobierno nacional y ante el temor del mercado a que este tipo de medidas se profundicen.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Nuevos regímenes de información de servicios de procesamiento de pagos, administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento

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En qué consisten los dos últimos regímenes de información aprobados por AFIP que deberán cumplir los servicios de procesamiento de pagos y los servicios de administración e intermediación de cuentas virtuales, billeteras virtuales, inversión y financiamiento.

Fuente: Lisicki Litvin

FINANZAS – Los bancos aumentarán hasta 40% sus comisiones

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Las entidades ya comenzaron a informar a sus clientes los nuevos cargos que regirán desde enero. Incluye costos por mantención de cuentas, cajas de seguridad y renovación de tarjetas, entre otros servicios y productos.

Distintas entidades bancarias comenzaron a informar a sus clientes que aumentarán entre 30 y 40% las comisiones que cobran por sus servicios y productos a partir de enero.

Dentro de los incrementos aparecen el costo de renovación anual de tarjeta, paquetes de cuenta, cajas de seguridad y mantenimiento de cuenta corriente, entre otros rubros.

  • Los reajustes a modo de “colchón” que están haciendo las empresas se da en diversos sectores, ante la posibilidad de que se concrete un “pacto social” que congele precios y salarios por al menos 6 meses una vez que Alberto Fernández asuma como presidente el próximo 10 de diciembre.

Para los bancos hay un cambio de escenario. Días atrás, en un intento de desarmar el stock de Leliq y bajar las tasas, el Banco Central dispuso que a partir del mes próximo las entidades financieras no podrán integrar con Leliq y/o Nobac la exigencia de efectivo mínimo proveniente de los depósitos a la vista.

Con esta decisión los bancos dejarán de percibir ingresos por los encajes. Por lo que las comisiones volverán a tener mayor peso en las ganancias de las entidades.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Lo que hay que saber sobre Libro Sueldo Digital

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La resolución general (AFIP) 4535/2019 introdujo cambios en relación a la obligatoriedad del libro de sueldos digital

Mediante la resolución general (AFIP) 4535/2019 se introducen cambios sustanciales respecto de los empleadores que estarán alcanzados por la obligación de emitir el libro sueldo digital.

En este sentido la normativa dispone que los empleadores que fueran designados para la utilización del libro sueldo digital sean notificados en su domicilio fiscal electrónico de tal
designación.

A su vez rige la posibilidad de que el empleador decida su adhesión en forma voluntaria, para lo cual el empleador interesado deberá cumplimentar el procedimiento detallado en el micrositio “Libro de Sueldos Digital” de la página web de la AFIP. Una vez aceptada la adhesión, el Fisco notificará en el domicilio fiscal electrónico del empleador la fecha a partir de la cual resultará obligado a la utilización del Libro de Sueldos Digital.

Por otra para la AFIP podrá emitir resoluciones generales tendientes a incluir masivamente a empleadores en función de actividades, sectores y/o jurisdicciones provinciales.
En cualquiera de las dos formas de inclusión, por decisión de la AFIP o del contribuyente, es recomendable realizar previamente una serie de ajustes a los sistemas que interactúan con el LSD y así evitar el rechazo de la presentación por inconsistencia de los datos que debemos ingresar a dicho sistema para que se procese el Libro Sueldo Digital.

Libro Sueldo Digital – Algunas cuestiones a considerar

El libro sueldo digital se nutrirá de la información que surge del Sistema Registral, Simplificación Registral Empleadores y de Declaración en Línea – Formulario 931 del Sistema
Único de la Seguridad Social.

Relevamiento “Simplificación Registral Empleadores”. Se debe declarar en dicho sistema la jurisdicción que corresponda a la autoridad administrativa local en materia del trabajo.

Por su parte el empleador que cuente con personal en relación de dependencia en varias jurisdicciones deberá contar con la “Centralización de Rubrica”.
En este sentido la Resolución (ST) 168/2002 “Protocolo Adicional sobre Rúbrica y Reciprocidad” establece que se podrá solicitar la centralización de rúbrica de la documentación
laboral cuando se trate de sociedades, asociaciones o entidades regularmente constituidas, en el domicilio legal de la empresa o donde esta tenga el asiento principal de sus negocios o bien en la sede de su administración, siempre que en dicha jurisdicción preste efectivo servicio al menos el 20% del personal de la empresa al momento de solicitarse la centralización de la rúbrica.

Cuando se trate de sociedades irregulares o personas físicas podrán centralizar la rúbrica de la documentación laboral en el asiento principal de sus negocios.
A los efectos de solicitar la Centralización de Rubrica, se deberá cumplir con los siguientes requisitos definidos en el art. 5 de la Resolución (ST) 168/2002:

a) Solicitar la centralización de rúbrica de documentación a la Autoridad de Aplicación del lugar, acreditando la personería invocada y CUIT, acompañando nómina de los lugares
de trabajo que involucran la centralización de rúbrica y el detalle del personal ocupado en cada uno de ellos y todo otro requisito que la autoridad establezca.

b) Una vez aprobada la solicitud del trámite de centralización de la rúbrica, se deberá comunicar a la Autoridad de Aplicación de la Jurisdicción en la cual se haya centralizado.

c) Se debe mantener en el lugar de trabajo, copia autenticada de la documentación laboral cuya rúbrica ha sido centralizada.

Desde Sistema Registral Empleadores, se armará la nómina de relaciones laborales vigentes del período, por lo cual se deberá relevar y validar que los datos ingresados estén correctos en todas las relaciones laborales activas, como en las obras sociales registradas y los convenios colectivos declarados.

Relevamiento “Declaración en Línea”
Se deberá ingresar a la opción de “Actualizar los datos de Empleador”, y comprobar que estén declarados, (alícuota L.R.T., Tipo de empleador, Actividad, Obra Social, etc.) son válidos.

Resulta de suma importancia considerar que toda la información contenida en la base de datos de ambos servicios deberá cumplir con el principio de integridad que determina su validez y coherencia. Cabe destacar que los servicios son interdependientes, comparten datos entre sí y no se puede utilizar uno si no se habilita el otro.

La Resolución (AFIP) 3781estable la posibilidad tanto para las autoridades de aplicación como para los trabajadores, de verificar la información suministrada por el empleador mediante la utilización del servicio web que se habilite para tal fin.

Por su parte en el art. 4 de la Resolución General (AFIP) 3781 define el procedimiento que deben observar los empleadores que utilicen el sistema de Libro Sueldo Digital.
Algunos aspectos importantes a tener en cuenta respecto de los efectos de la inclusión en el sistema de Libro Sueldo Digital son:

a) Los empleadores incluidos en el sistema de Libro de Sueldos Digital AFIP no podrán presentar la declaración jurada F. 931 a través del servicio web “Declaración en Línea”
si previamente no conformaron la presentación del “Libro Sueldos Digital” correspondiente al período cuya declaración jurada y pago se quiere cumplimentar;

b) Los empleadores que utilicen el sistema de Libro de Sueldos Digital estarán eximidos de presentar la “Declaración Jurada Informativa de Conceptos no Remunerativos”- RG
(AFIP) 3279/2012.

Procedimiento de Emisión Mensual de Libro Sueldo Digital y Formulario F.931

Los empleadores deberán realizar por primera vez, y cada vez que se realice la incorporación de un concepto nuevo, la asociación de los conceptos del sistema de liquidación de sueldos propio con los de AFIP.

Primero se deberán clasificar los conceptos en 3 grupos, Remunerativos, No remunerativos y Descuentos. Una vez clasificados, se realiza la asociación en los subsistemas de Seguridad Social, la cual determinará las bases imponibles del formulario 931 para el cálculo de aportes y contribuciones correspondientes.

Mensualmente, se debe ingresar toda la información relativa a los recibos de sueldos de cada período. Este ingreso de información, ya sea manual o masivo, es utilizada para la generación del Libro Sueldos y el formulario 931, con el beneficio de poder copiar la base del mes anterior, lo cual se agiliza todo el procedimiento.

Por último, el sistema realiza una validación de las liquidaciones, que arrojará inconsistencias o errores a subsanar, ya que hasta que no lo sean, no será posible cargar nuevas liquidaciones para el período, ni presentar el formulario 931.

Ya con la liquidación validada se estará en condiciones de presentar el Formulario 931. A su vez el sistema emitirá un archivo estandarizado conteniendo las hojas del libro en borrador, el que será enviado al empleador para su revisión y posterior conformidad.

Dicha conformidad del contenido del libro a emitir por el sistema se presentará mediante la transferencia electrónica del formulario de declaración jurada F. 8351 “Digesto Resumen Libro de Sueldos Digital”, el cual estará disponible en formato .pdf. Por su parte las hojas del “Libro de Sueldos Digital” se encontrarán a disposición en formato electrónico a fin de dar cumplimiento con los requerimientos de la autoridad jurisdiccional correspondiente.

Sanciones

La resolución general (AFIP) 3781 dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones establecidas por esta norma, al empleador se le aplicaran las sanciones previstas en la ley
11683 y la resolución general (AFIP) 1566, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponder.

Convenios con las jurisdicciones provinciales

Con la implementación del Libro Sueldo Digital se pone de manifiesto la necesidad de que la AFIP celebre convenios con las autoridades administrativas provinciales, para instrumentar la rúbrica y facilitar la percepción de los aranceles correspondientes por la habilitación de las hojas móviles. El por ello que en la resolución conjunta, se prevé la posibilidad de celebrar los convenios antes mencionados.

Por su parte y en línea con la resolución conjunta, la resolución general (AFIP) 3781, prevé que una vez celebrado dicho convenio los respectivos aranceles se ingresarán mediante la utilización de un volante de pago electrónico (VEP).

Las autoridades locales que opten por celebrar el convenio con la AFIP contaran con el acceso a la información correspondiente al ámbito de su jurisdicción para la conformación de sus propias bases de datos y a realizar consulta en línea con el Organismo Fiscal.

Por último la información transmitida por los contribuyentes incluidos en el sistema Libro de Sueldos Digital se pondrá a disposición de la autoridad nacional en materia del trabajo.

La creación del Libro Sueldo Digital se encuentra en armonía con otras acciones por parte de la AFIP, como lo es la reciente novedad respecto de la creación del Libro IVA Digital, entre otras iniciativas similares. Con todas ellas el fisco pretende maximizar la obtención de la información respecto de los contribuyentes con el fin de facilitar su fiscalización.

Entendemos que la finalidad antes mencionada no sería la única, ya que la implementación de este y otros sistemas persiguen también el fin de simplificar en alguna medida el cumplimiento de las obligaciones por parte de los contribuyentes.

Por último es importante mencionar que el Libro de Sueldos Digital AFIP no reemplaza al el Libro especial del artículo 52, LCT ya que el menester de cada Autoridad de Aplicación
Jurisdiccional su legislación, esta situación podría salvarse en el futuro con la celebración de convenios de intercambio y funcionamiento entre las Autoridades de Aplicación Jurisdiccionales y la AFIP.

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – Plazos fijos: cómo quedaron las tasas en cada banco tras las recientes bajas

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Las tasas de los plazos fijos en pesos que ofrecen los bancos a 30 días vienen recortando posiciones en los últimos días.

Tras las elecciones nacionales y con el cepo al dólar reforzado, las tasas de los plazos fijos en pesos que ofrecen los bancos a 30 días vienen recortando posiciones en los últimos días, más allá de que las expectativas inflacionarias.

En el caso de los depósitos a plazo fijo a 30 días, por montos de hasta $100.000, la baja es mayor: hace dos meses obtenían tasas cercanas al 60% anual, pero ahora esos rendimientos se ubican en torno al 46%. La excepción es el Banco Nación, que es uno de los mayores retornos con 52% anual.

Así las cosas, mientras tanto, repesamos las tasas a 30 días que ofrecen los bancos tanto para clientes, como para no clientes, por montos de hasta $100.000:

Entidad Financiera TNA Plazo Fijo $100.000 intransferible a 30 días

Clientes No clientes

Diez bancos con mayor volumen de depósitos

BANCO DE LA NACION ARGENTINA 52 % 52 %

BANCO SANTANDER RIO S.A. 46 % – –

BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A.U. 45 % – –

BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 46 % 46 %

BBVA BANCO FRANCES S.A. 43 % – –

BANCO MACRO S.A. 37 % – –

HSBC BANK ARGENTINA S.A. 48 % – –

BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LIMITADO 45 % 45 %

INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA 48,5 % – –

BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES 49 % 49 %

Otros bancos que informan tasa de plazo fijo online para no clientes

BANCO BICA S.A. 51 % 51 %

BANCO CMF S.A. 52 % 52 %

BANCO DE CORRIENTES S.A. 49 % 49 %

BANCO DE FORMOSA S.A. 48 % 48 %

BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR S.A. 41 % 41 %

BANCO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA S.A. 48 % 48 %

BANCO DE SAN JUAN S.A. 46 % 46 %

BANCO DE SANTA CRUZ S.A. 46 % 46 %

BANCO DEL CHUBUT S.A. 49,5 % 49,5 %

BANCO HIPOTECARIO S.A. 52 % 52 %

BANCO INTERFINANZAS S.A. 51 % 51 %

BANCO MARIVA S.A. 50 % 50 %

BANCO MASVENTAS S.A. 35 % 35 %

BANCO PIANO S.A. 50,5 % 50,5 %

BANCO PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO 50 % 50 %

BANCO SUPERVIELLE S.A. 42,5 % 42,5 %

BANCO VOII S.A. 53 % 53 %

CREDITO REGIONAL COMPAÑIA FINANCIERA S.A. 52 % 52 %

FINANDINO COMPAÑIA FINANCIERA S.A. 53,25% 53,25%

NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS S.A. 46 % 46 %

NUEVO BANCO DE SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA 46 % 46 %

NUEVO BANCO DEL CHACO S. A. 52 % 52 %

Referencias |

(*): La tasa puede cambiar para otros montos o plazos.

(-): Datos no reportados.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Día del empleado bancario: cómo funcionarán los bancos y los mercados

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El Banco Central confirmó que no habrá atención al público, aunque sí actividad en cajeros automáticos y se podrá utilizar el sistema de home banking

Hoy las entidades financieras no atenderán al público como consecuencia de la celebración del Día del Empleado Bancario,

Así lo confirmó el Banco Central (BCRA), de manera que no se podrán realizar trámites ni gestiones personales en las sucursales bancarias a nivel nacional, si bien sí habrá actividad en los cajeros automáticos y la web para utilizar el sistema de home banking.

La medida afectará a todas las entidades financieras del país, las que retomarán su tarea habitual mañana jueves 7.

Asimismo, no habrá concertación de operaciones, por lo que en el caso de BYMA, la Bolsa y Mercado de Valores, se podrán realizar operaciones que no liquiden este día 6/11, ni que requieran integración de garantías.

Por último, en los fondos comunes de inversión no habrá actividad, por lo que no se tomarán órdenes de suscripciones ni rescates.De igual modo, en el Mercado Argentino de Valores, se podrán concertar operaciones pero no habrá liquidaciones y en Rofex no habrá negociación de los productos de futuros de monedas.

La fecha surge como conmemoración a la fundación de la Asociación Bancaria, el sindicato que defiende a los trabajadores del gremio, que nació en 1924.

La entidad, cuyo actual secretario general es Sergio Palazzo, tuvo sus orígenes en la necesidad de organizar sindicalmente a los trabajadores del sector, quienes reclamaban reducir la jornada laboral, la que en ese momento se extendía hasta 12 horas.

Fuente: iprofesional.com