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PROVINCIALES – Los costos de la construcción en Santa Fe aumentaron un 1,2 por ciento en junio

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Son los datos del Ipec para el mes de junio. En lo que va del año, hubo un incremento 21,37 por ciento.

Los costos de construcción aumentaron un 1,02 por ciento en Santa Fe en junio y acumulan un 50,77 por ciento de manera interanual, de acuerdo al informe elaborado por el Instituto de Estadística y Censos provincial (Ipec).

Esto significa que entre mayo y junio de este año, el nivel general de los insumos para la obra se incrementó por encima del 1 por ciento, mientras que en lo que va diciembre de 2018 al mes pasado arrojó un 21,37 por ciento.

De acuerdo a la evaluación realizada por el Ipec, el costo del metro cuadrado pasó de 16.314,21 pesos a 24.596,43 pesos si se tiene en cuenta la comparación entre junio de 2018 al mismo mes de 2019.

En el informe se desprende que la suba de los insumos para la construcción estuvo encabezada por el rubro Materiales, de los cuales se observa que el segmento Grifería y Pintura fueron los que más subieron con el 3,25 por ciento y 2,60 por ciento respectivamente.

En tanto, le siguieron Amoblamientos 2,17 por ciento; Impermeabilizaciones, 2,05 por ciento; Carpintería de aluminio, 2,04 por ciento; Ladrillos, 1,52 por ciento; Agregados finos y gruesos, 1,27 por ciento.

Fuente: lacapital.com

ECONOMÍA – La producción de combustibles cayó 6% en los primeros cinco meses del año

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Se mantiene la caída que arrastra desde el segundo trimestre del año anterior. En los primeros cinco meses del año se comercializaron 10,106 millones de metros cúbicos, que representa una caída del 3,1% frente al mismo período del 2018.

La producción de combustibles alcanzó los 9,02 millones de metros cúbicos en los primeros cinco meses del año y cayó 6% respecto del mismo período del 2018, según un informe de la consultora Investigaciones Económicas Sectoriales (IES). Con los registros de junio, el indicador mantiene la caída que arrastra desde el segundo trimestre del año anterior.

En los primeros cinco meses del año se comercializaron 10,106 millones de metros cúbicos, que representa una caída del 3,1% frente al mismo período del 2018.

En junio continuó también la sustitución de la nafta premium por la súper y se derrumbó 24,6% su comercialización entre enero y junio, aunque registró un aumento del 3,9% en forma interanual.

Las exportaciones de energía se ubicaron en los u$s 1.895 millones en el acumulado a mayo último y crecieron 9,4% en comparación con el mismo período del año previo.

El incremento de las ventas al exterior estuvo impulsado por los carburantes, entre los que se destacó el fueloil, y de las exportaciones de gas natural hacia Chile, según el informe de IES.

Por su parte, las importaciones treparon a los u$s 1.872 millones en el acumulado a mayo último, y cayeron 24,7% en la comparación interanual.

A junio pasado el saldo de la balanza energética registró un superávit de u$s 23 millones en los primeros cinco meses de 2019, por lo que revirtió el déficit de u$s 752 millones registrado en el mismo período de 2018.

Según la consultora, si se sostiene la actual dinámica del comercio exterior de energía, con incremento de las exportaciones y una contracción de las importaciones, es posible que se alcance el mejor registro desde 2010, cuando se registró un superávit de u$s 1.762 millones.

El director de IES, Alejandro Ovando, consideró que “el excedente productivo seguirá destinándose a la exportación que, junto a la sustitución de las importaciones de gas natural, GNL y petróleo, promueve una mejora del saldo comercial”.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Anses amplía el plazo a jubilados para terminar el trámite de la Reparación Histórica

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Según la entidad, hasta ahora se logró la tramitación de más de 886.480 expedientes judiciales y la homologación de 727.112 acuerdos.

Si bien ayer finalizaba el plazo para aceptar la readecuación de haberes, la Anses decidió otorgar una prórroga para que los jubilados que no rechazaron el Programa Nacional de Reparación Histórica puedan continuar con el procedimiento.

Esta decisión se tomó a partir de una resolución publicada en el Boletín Oficial, donde se establece que “aquellos beneficiarios que no hubiesen rechazado la propuesta podrán continuar con el procedimiento previsto en el Programa Nacional de Reparación Histórica”.

Lo que se habilita es “un canal de interacción personalizada con el beneficiario en el marco de la Ley N° 27.260, considerando las singularidades de cada caso, para aquellos que resulten comprendidos en la presente resolución”.

Esa Ley, sancionada en 2016, creó el “Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados”.

La Anses consideró que “a partir de la experiencia recabada, resulta conveniente establecer pautas a través de las cuales aquellos beneficiarios que quieran obtener una solución ágil a su reclamo cuenten con una respuesta personalizada que distinga las particularidades de cada uno, en los términos de la Ley N° 27.260″.El objetivo fue “saldar una deuda histórica con un sector de la ciudadanía que había sido injustamente postergado, a través de la implementación de acuerdos que permitan reajustar los haberes y cancelar las deudas previsionales con respecto a aquellos beneficiarios que reúnan los requisitos”.

Según la entidad, “las decisiones tomadas lograron, hasta la fecha, la tramitación de más de 886.480 expedientes judiciales y la homologación de 727.112 acuerdos de Reparación Histórica, en apenas dos años y medio”.

Además, indicó en la resolución que “más de 1.353.000 beneficiarios recibieron un incremento en sus haberes y 540.000 jubilados pudieron superar el haber mínimo jubilatorio, siendo actualmente el aumento promedio producto de Reparación Histórica del 38%, y del 64% en personas mayores de 80 años”.

A la vez, sostuvo que por intermedio del Programa “se produjo una contundente reducción de la litigiosidad, que se observa en la disminución en el inicio de reclamos en sede administrativa por reajuste de haberes, del orden del 53,7%, que representó la menor cantidad de reclamos registrada en los últimos 9 años”.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Las escalas, topes y la cuota mensual del Monotributo aumentarán más del 50% en 2020

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Ya se puede adelantar en cuanto aumentan los topes del Monotributo 2020 y cuales serán los parámetros para la próxima recategorización dentro de 6 meses.

A horas de que finalice el período de recategorización semestral, ya podemos adelantar en cuanto aumentan los topes del Monotributo en 2020 y cuales serán los parámetros para la próxima recategorización dentro de seis meses.

Desde el año pasado las escalas, topes y montos a ingresar del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (Monotributo) se actualiza desde enero en base a la suma acumulada de los índices de movilidad fijados durante el transcurso del año anterior a la modificación.

Recordamos que para 2019 el incremento fue del 28,46% resultado del valor de la movilidad de marzo/2018 del 5,71%, de junio/2018 del 5,69%, de septiembre/2018 del 6,68% y de diciembre/2018 del 7,78% .

En tanto, para 2018 el incremento fue del 28% resultado del valor de la movilidad de marzo/2017 del 12,96% y de septiembre/2017 del 13,32%.

El artículo 52 del anexo de la Ley 24.977 de Monotributo, de acuerdo al texto de la Ley 27.430 de Reforma Tributaria vigente desde el 1 de enero de este año, establece que “los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente, así como las cotizaciones previsionales y los importes consignados en el inciso c) del tercer párrafo del artículo 2, en el inciso e) del segundo párrafo del artículo 31 y en el primer párrafo del artículo 32, se actualizarán anualmente en enero en la proporción de las dos últimas variaciones del índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto en el artículo 32 de la ley 24.241 y sus modificaciones y normas complementarias.

Las actualizaciones dispuestas precedentemente resultarán aplicables a partir de enero de cada año, debiendo considerarse los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados para la recategorización prevista en el primer párrafo del artículo 9 correspondiente al segundo semestre calendario del año anterior”.

Para complementar la lectura de lo que corresponde a la hora de actualizar los montos en cuestión, debemos considerar lo que estipula el artículo sin número agregado a continuación del artículo 79 del Decreto 1/10 reglamentario de la Ley de Monotributo, texto incorporado por el Decreto 601/18 el cual manifiesta que “LaAFIP efectuará las actualizaciones dispuestas en el artículo 52 del “Anexo” en enero de cada año, considerando, en cada caso, la variación del índice de movilidad de las prestaciones previsionales, previsto en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones y normas complementarias, correspondiente al año calendario completo que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice”.

Por último, debemos tener en cuenta lo considerado en el artículo 100 de la Resolución General 4.309 que establece que “la actualización anual prevista en el Artículo 52 del “Anexo” resultará de aplicación a partir del 1 de enero de cada año. Esta Administración Federal difundirá, a través del portal “web”, la actualización de los montos máximos de facturación, de alquileres devengados, del precio máximo unitario de venta, del impuesto integrado y de las cotizaciones previsionales respectivas, y de los importes a que refieren el inciso e) del segundo párrafo del Artículo 31 y el primer párrafo del Artículo 32, ambos del “Anexo”.

¿En cuanto aumentan los topes del Monotributo en 2020?

Ahora bien, de acuerdo a lo antes expuesto podemos considerar en cuanto se van a actualizar los topes por categoría, los montos a ingresar, el tope de alquileres devengados y el precio máximo unitario de venta a partir del 1 de enero de 2020.

Tal como estipula el Decreto 1/10 debemos tener en consideración la variación del índice de movilidad correspondiente al año calendario completo que finaliza en diciembre de 2018. Esto lo podemos apreciar en la siguiente tabla:

(*) El índice de diciembre tampoco ha sido publicado, y si bien aún no puede ser calculado con exactitud, el mismo se puede estimar ya que el único dato faltante para su cálculo exacto es el RIPTE de junio/2019 (el último publicado a la fecha es el de mayo/2019). Por lo tanto, el 8,22% surge de aplicar la misma fórmula contenida en el Anexo de la Ley 27.426.(*) El índice de septiembre aún no ha sido publicado pero si puede ser calculado. El 12,22% surge de aplicar la fórmula contenida en el Anexo de la Ley 27.426

Por lo tanto, de cumplirse con lo que estipula la Ley de Monotributo, desde el 1 de enero próximo la AFIP deberá publicar en su sitio web el cuadro de categorías con los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional incrementados en más del 50%.

De esta manera, los topes para permanecer en el régimen pasarán de $1.151.066.- a $1.730.999.- para el caso de quienes presten servicios y de $1.726.599.- a $2.596.498.- para quienes realicen ventas de cosas muebles.

En tanto, la cuota mínima se incrementará de $1.141.- a $1.446.- para todos y la máxima de $6.101.- a $8.906.- para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y de $5.065.- a $7.348.- para quienes tengan actividad de comercio (categoría K).

En el mismo porcentaje se incrementará el precio máximo unitario de venta en el caso de quienes tengan como actividad la venta de cosas muebles pasando de $19.269.- a $28.977.- aproximadamente.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La litigiosidad laboral por accidentes cayó 36,7% en el primer trimestre

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Un informe trimestral de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo destaca las bajas del 66,5% en la provincia de Buenos Aires; 54,5% en Jujuy y 48,1% en la Ciudad de Buenos Aires.

Destaca el informe trimestral de  la SRT que, por el contrario, en una de las provincias que no adhirieron a la Ley 27.348, como La Rioja, las acciones judiciales por accidentes del trabajo se multiplicaron por cinco en un año;  aunque también aumentaron más que el promedio general en Córdoba 72,4%; San Juan 59,6% y San Luis 54 por ciento.

Al tomar la cantidad de juicios según el trimestre de notificación a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), el informe detectó que el primer periodo de 2019 presenta un 36,7% menos de juicios que en igual período del año anterior, considerando el agregado de los trabajadores de unidades productivas y aquellos que desarrollan sus actividades en casas particulares.

En el período se iniciaron 12.123 juicios por accidentes laborales, unos 7.000 menos que un año antes, y elevaron el stocks en proceso a 324.350 casos.

En cantidades absolutas la judicialidad se mantuvo liderada por el sector de los servicios técnicos y profesionales, con 555 casos, disminuyó 41,8%; seguido por el segmento de los servicios de saneamiento y similares 447, bajó 35,6%; y en servicios médicos y odontológicos, y otros servicios de sanidad y veterinaria 270, también se contrajo, 45 por ciento.

En el período se iniciaron 12.123 juicios por accidentes laborales, unos 7.000 menos que un año antes, y elevaron el stocks en proceso a 324.350 casos

La Superintendencia de Riesgo del Trabajo detectó solo 2 rubros en donde aumentó la litigiosidad por accidentes laborales: seguros de 18 a 44; y servicios culturales de bibliotecas y museos, de 9 a 16 casos.

Inquieta la lenta adhesión

A 23 años de la creación del Sistema de Riesgos del Trabajo, con una enorme cantidad de logros evidentes en el haber para la seguridad y salud laboral, la cámara que reúne a las compañías del sector, mantiene su preocupación por un aspecto central aún pendiente previsto en la reforma de la Ley de 2017, que vuelve incierto el futuro de esta compleja estructura de servicios. Se trata de la conformación de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) o Cuerpos Médicos Periciales, en el ámbito judicial de cada una de las provincias que adhirieron a la Ley y en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la Ciudad de Buenos Aires.

Resalta la entidad: “la dilatada demora en su constitución por un lado puede revertir la baja de la litigiosidad, y además constituye un agravamiento significativo del stock de 300.000 juicios, todo lo cual siembra una gran incertidumbre respecto del futuro del sistema”.

Hoy, en ausencia de los CMF, los peritos siguen cobrando honorarios en función del daño o del valor que determinan en su pericia y en lugar de hacerlo en función del trabajo realizado, tal como está previsto en la Reforma de la Ley. Continúan valorando el daño según su propio criterio o haciendo una interpretación propia del Baremo (Tabla de Evaluación de Incapacidades prevista en la Ley 27.348). Integran un simple listado en los juzgados, al cual se accede libremente, sin consideración de antecedentes y sin especialización en el tema.

Fuente: infobae.com

NACIONALES – Tribunal Fiscal de la Nación. Feria judicial de julio del año 2019.

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Disponen la integración de las Salas que funcionarán durante la feria judicial entre el 22/07/19 y el 02/08/19. El horario de atención de mesa de entrada es de 12:30 a 14:30 hs.

Acordada (TFN) Nº 2/2019 (BO 15/07/2019)

Se dispone que durante la feria judicial del período comprendido entre el 22 de julio y el 2 de agosto del corriente año, actúe como Sala de Feria:

– Con competencia impositiva la integrada por: los Dres. Juan Carlos Vicchi (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Edith Viviana Gómez (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Viviana Marmillon (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Daniel Alejandro Martín (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive), José Luis Pérez (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive) y Armando Magallón (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive).

– Con competencia aduanera, actuará la integrada por los Dres. Cora M. Musso (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Horacio Joaquín Segura (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Pablo Adrián Garbarino (desde el 22 al 26 de julio inclusive), Héctor Hugo Juárez (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive), Christian Marcelo González Palazzo (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive) y Claudia Beatriz Sarquis (desde el 29 de julio al 2 de agosto inclusive).

El horario de Mesa de Entradas y atención al público durante el período de feria judicial será de 12:30 a 14:30 horas conforme lo dispuesto por la Res. T.F.N. 34/19.

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – El 21 de julio vence el plazo para pedir la Reparación Histórica

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Una vez que el jubilado acepta el ofrecimiento de la ANSES, el expediente es enviado a la Justicia para su homologación posterior

Desde ANSES recordaron que todos los que todavía no suscribieron el acuerdo de Reparación Histórica para seguir cobrando, en caso de que ya estén recibiendo el aumento en forma anticipada, tienen que completar el trámite firmando el acuerdo antes del 21 de julio de 2019.

Desde principios de julio los jubilados y pensionados alcanzados por este programa están recibiendo esa comunicación. El mensaje comprende a quienes hayan o no iniciado juicio por reajuste de haberes antes del 30 de mayo de 2016, o estén cobrando a cuenta de dar el visto bueno definitivo.

Se debe a que la ley de Reparación Histórica, aprobada en 2016, fijó un plazo de 3 años para “celebrar acuerdos en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado”.

Por el programa, por el mal cálculo de los haberes pagados durante varios años, ANSES reconoce las retroactividades que se calculan, para quienes tienen sentencia firme, con el índice RIPTE (salarios formales), inferior al que determinó la Corte Suprema en los casos Elliff y Bianco.

Para los que están en juicio, se liquidan con ese mismo índice pero no se reconoce la totalidad sino hasta 48 meses de retroactividad. Y para los que no hicieron juicio desde la fecha de ingreso al Programa, en base a esos parámetros, se actualiza el haber corriente.

Una vez que el jubilado acepta el ofrecimiento de la ANSES, el expediente es enviado a la Justicia para su homologación.

Se estima que entre los que aún faltan homologar y los recientes adherentes, el programa podría alcanzar a más de un millón de jubilados.

Para saber si le corresponde la RH y el ofrecimiento de ANSES, se puede consultar en www.gob.ar, Mi ANSeS, Reparación Histórica, con clave de Seguridad Social.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP fija condiciones para devolución del IVA a empresas energéticas

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La AFIP fijó las condiciones para la devolución Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las empresas de servicio público de energía, a través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.

El beneficio resultará procedente para actividades que califiquen como servicios públicos del sector de energía, siempre que el referido saldo se encuentre originado en los créditos fiscales que se facturen por la compra, fabricación, elaboración, o importación definitiva de bienes, excepto automóviles.

También por las locaciones de obras y servicios, que se hayan destinado efectivamente a operaciones perfeccionadas en el desarrollo de su actividad y por la que se reciben sumas en concepto de subsidios, compensación tarifaria o fondos por asistencia económica efectuados por parte del Estado Nacional en forma directa o a través de fideicomisos o fondos constituidos a ese efecto.

El saldo técnico en el IVA por el que se solicita la acreditación contra otros impuestos, devolución o transferencia, será el acumulado hasta el último período fiscal del impuesto al valor agregado de cada año calendario.

Para solicitar el beneficio, los responsables deberán poseer CUIT con estado activo; contar con el alta en los impuestos al valor agregado y a las ganancias; y declarar y mantener actualizado ante AFIP el domicilio fiscal.

También tendrán que tener actualizado el código de la actividad desarrollada, según el “Clasificador de Actividades Económicas (CLAE); poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido ante esta Administración Federal.

Asimismo deberán haber presentado, de corresponder, las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, sobre los bienes personales, del IVA y de los recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos fiscales no prescriptos, o a los transcurridos desde el inicio de la actividad, cuando éste haya tenido lugar en un período no prescripto.

Además no podrán registrar incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas informativas a las que los responsables se encuentren obligados.

El monto solicitado para la acreditación, devolución o transferencia estará sujeto al cupo fiscal anual que fije el Ministerio de Hacienda para el sector.

Se deberá presentar una nota con carácter de declaración jurada ante la dependencia de este organismo en la que se encuentren inscriptos, en la que informarán año calendario por el cual solicita el beneficio.

También los saldos técnicos en el IVA acumulados por mes, desde el primer período fiscal del gravamen de cada año calendario en que se origina el saldo técnico a su favor hasta el último período fiscal del impuesto de ese mismo año.

Además, el monto del beneficio solicitado, discriminando el monto solicitado para acreditación, devolución o transferencia a favor de terceros responsables.

Del mismo modo, deberán declarar no encontrarse en estado de quiebra, respecto de los cuales no se haya dispuesto la continuidad de la explotación, conforme a lo establecido en la normativa vigente; querellados o denunciados penalmente por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de sus obligaciones tributarias o la de terceros, a cuyo respecto se haya formulado el correspondiente requerimiento fiscal de elevación a juicio antes de efectuarse la solicitud del beneficio.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Acuerdo Mercosur – Unión Europea: aislarnos sólo trajo estancamiento

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Los últimos diez años demuestran que el aislamiento nos conduce al estancamiento: el país no creció, no generó empleo privado ni aumentó sus exportaciones. Estamos ante una oportunidad que no podemos desaprovechar.

El acuerdo entre la Unión Europea y el Mercosur es el puntapié inicial del proceso de modernización e integración que tiene que realizar la Argentina para caminar hacia el crecimiento y el desarrollo. Los últimos diez años demuestran que el aislamiento nos conduce al estancamiento: el país no creció, no generó empleo privado ni aumentó sus exportaciones.

El acuerdo que acaba de alcanzarse nos brinda una inmejorable oportunidad para remover todos los obstáculos internos que traban nuestro desarrollo, y eliminar todas las distorsiones que arrastra nuestra economía. Esta agenda de integración debe incluir un diálogo intersectorial que nos permita una revisión del sistema impositivo y de los costos laborales, con el fin de convertirnos en un país competitivo en el largo plazo.

Aumentar las exportaciones conllevará un beneficio doble: crecerá la demanda de trabajo privado y aumentará el ingreso genuino de dólares al país. De esta manera, ganar competitividad redundará en beneficios directos para todos los trabajadores y ayudará a construir una economía nacional que abandone los históricos ciclos negativos derivados de la falta de divisas.

Un punto interesante es que el acuerdo tiene tiempos. En principio, tenemos entre dos y tres años hasta su aprobación y luego comenzará un proceso de adaptación que va hasta los 15 años para los sectores más sensibles.

Es importante destacar que los negociadores del Mercosur mantuvieron numerosas reuniones con los representantes de los distintos sectores productivos. El documento tuvo en cuenta a los sectores más sensibles, a los que les otorgó un mayor tiempo de adaptación, mediante aranceles que evitarán el libre ingreso de productos europeos durante una década y media.

Durante los primeros años, el Mercosur se verá especialmente favorecido, ya que los europeos se han comprometido a eliminar aranceles para un 76% de las importaciones provenientes de nuestros países, mientras que nosotros quitaremos estos impuestos sólo a un 13% de los productos y servicios que compramos a la Unión Europea.

Otro rasgo fundamental es que el bloque europeo dispondrá un fondo para que las empresas del Mercosur puedan reconvertirse y adaptarse al nuevo escenario. Se trata de un punto no menor, ya que las empresas argentinas podrán así acceder a la compra de bienes de capital de última tecnología para transformar sus matrices productivas a tasas sustancialmente menores de las que podrían obtener en el mercado local.

Otro dato a considerar es que el acuerdo se ha firmado con un bloque que paga salarios altos y tiene reglas comerciales claras, lo cual permitirá a los empresarios del Mercosur contar con una adecuada certidumbre en cuanto a las reglas de juego, sabiendo que los países europeos no habilitarán la instalación de factorías con mano de obra barata para bajar sus costos, estrategia que siguen algunas naciones asiáticas.

Argentina perdió mucho tiempo mientras el resto del mundo avanzaba. Este acuerdo nos da tiempo para adaptarnos, pero nos pone ante el desafío de trabajar en acuerdos tripartitos entre Estado, trabajadores y empresarios, para comenzar una imprescindible transformación económica y volvernos competitivos.

La agenda de integración deberá incluir un arduo trabajo de transformación en materia tributaria, laboral, burocrática, logística, portuaria y aduanera, para dejar atrás todas las mochilas que hoy frenan el crecimiento del sector privado.

Estamos ante una oportunidad que no podemos desaprovechar. Su sentido y sus objetivos deben estar por encima de la “grieta” y convertirse en una verdadera Política de Estado. Por sí solo, el acuerdo no transformará nuestra realidad, pero tiene la virtud de colocarnos ante un espejo que nos incomoda: la Argentina actual no está lista para competir. Por ello, todos los que tenemos relación con el mundo de la producción, debemos enfocarnos fuertemente en mejorar la productividad de los distintos sectores de nuestra economía, para estar a la altura de las circunstancias e ingresar, por fin, a la senda del desarrollo.

*Por Martín Rappallini: Presidente de la Unión Industrial de la Provincia de Buenos Aires; Presidente de la Comisión PyMI, Desarrollo Regional y Transporte de la UIA; y Titular de Alberdi Desarrollos.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Los industriales creen que la actividad está próxima a un piso y comenzará una recuperación moderada en el segundo semestre

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La central fabril informó que la producción cayó en mayo 6,7% interanual y subió 0,1% respecto de abril. Para junio esperan nuevamente caída, pero a partir de julio empezaría a mejorar en algunos rubros

“Para el segundo semestre se espera que la actividad industrial encuentre piso debido a la baja base de comparación interanual de mayo y junio. Políticas destinadas a un impulso al consumo privado, junto con cierta estabilidad cambiaria y mejoras en el salario real, podrían implicar una moderada y heterogénea recuperación en los próximos meses”, afirmó la UIA al difundir su informe mensual de actividad industrial de mayo, que mostró una caída de 6,7% respecto de igual mes del año anterior, en línea con lo publicado días atrás por el Indec.

De acuerdo con los datos del Centro de Estudios Económicos (CEU) de la central fabril, la caída acumulada de la actividad manufacturera alcanzó a 8,6% en los primeros cinco meses del año y  en la medición desestacionalizada, se mantuvo estable, con una leve suba respecto de abril (0,1 por ciento).

La caída acumulada de la actividad manufacturera alcanzó a 8,6% en los primeros cinco meses del año

Las estimaciones de la UIA prevén que los números de junio también fueron negativos en términos interanuales, producto de que hay datos preliminares de algunos sectores que lo anticipan. Es el caso de la producción de minerales no metálicos para la construcción bajó 12,9%; y la automotriz 39,3%, que sigue afectada por el cambio en las perspectivas de actividad de Brasil, que continúan a la baja.

Al respecto, el último relevamiento del Banco Central de Brasil revisó las proyecciones de crecimiento del PBI a 0,81% y de la industria manufacturera brasileña a 0,65%, cuando a principios de este año se estimaban subas de 2,5% y 3,0%, respectivamente.

Fuentes de la entidad consultadas acerca del informe aseguraron que ya en el segundo semestre del año pasado los datos de actividad eran muy negativos, por lo que cuando a partir de julio comience a hacerse la comparación interanual, “probablemente empiecen a vislumbrarse cifras levemente positivas”.

Según el análisis de la central fabril, “los sectores que registrarían mayor dinamismo son los vinculados a la producción agropecuaria y a la energía, mientras que los segmentos Pyme, vinculados al mercado interno e intensivos en trabajo, continuarán muy afectados por la caída de la actividad y la presión financiera derivada de las altas tasas de interés”.

La proyección de la UIA es que las pymes seguirán complicadas entre julio y diciembre

La proyección de la UIA es que las pymes seguirán complicadas entre julio y diciembre

Debilidad del mercado interno

Respecto del número de mayo, la mayoría de los rubros industriales presentaron caídas interanuales en sus niveles de actividad. Entre los más afectados se encuentran el automotriz 35,3%; la  textil 19,8%; metalmecánica 7,3%;  minerales no metálicos 6,2%; y metálica básica 6,1%, todos muy vinculados a la contracción de la demanda interna.

Otros rubros como papel y cartón (3,0%) y edición e impresión (2,5%) cayeron de manera más moderada.

Por el contrario, la elaboración de alimentos y bebidas registró una suba interanual del 1,3%, producto del buen desempeño de la campaña agrícola, que traccionó la molienda de oleaginosas.

La elaboración de alimentos y bebidas registró una suba interanual del 1,3%, producto del buen desempeño de la campaña agrícola, que traccionó la molienda de oleaginosas

En igual sentido, la producción de agroquímicos impulsó la actividad del rubro sustancias y productos químicos (3,1%), debido a la baja base de comparación de 2018, cuando la sequía había impactado en todo el sector agroindustrial, precisó la central fabril.

Sobre las exportaciones, la institución que dirige Miguel Acevedo remarcó que continúan “sin lograr compensar la contracción del mercado interno”. “Las exportaciones de manufacturas de origen industrial se mantuvieron relativamente estables en mayo, con una leve caída de 0,7% interanual, medidas en dólares corrientes, y con una suba de 3,1%, medidas en cantidades”, agregó el documento.

El aumento de las exportaciones de manufacturas no logra compensar el efecto de la contracción del mercado interno (Adrián Escandar)

El aumento de las exportaciones de manufacturas no logra compensar el efecto de la contracción del mercado interno (Adrián Escandar)

A su vez, la UIA repasó que tanto la utilización de su capacidad instalada como la dinámica de las importaciones reflejan lo que sucede con los niveles de actividad industrial y el consumo privado. En mayo, el uso de las plantas alcanzó a 62% del potencial, según el Indec, y las compras de insumos en el exterior se contrajeron 16% interanual; las de bienes de capital 37,4% y las de sus piezas y accesorios, 15,1 por ciento.

En el plano laboral, el empleo industrial en abril (último dato disponible) registró una caída de 0,5% desestacionalizado con respecto al mes anterior (5.847 puestos de trabajo), por lo que ya son 17 los meses consecutivos de  caída mensual. En la comparación interanual, la caída del empleo industrial asciende a 5,4% (64.232 puestos).

Fuente: iprofesional.com