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ECONOMÍA – Pymes: el turno de renovar el certificado de ventajas fiscales

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Beneficios. Primero hay que obtener el certificado de buen cumplidor. También, cumplir los parámetros fijados. Las ventajas pueden ser interesantes.

La mayoría de las pequeñas y medianas empresas, que cerraron su ejercicio comercial el 31 de diciembre pasado, tienen que cumplir hasta el 31 de mayo con el trámite de renovación del certificado de los beneficios fiscales que otorga la ley 27.264. Las ventajas alcanzan a las sociedades regulares, a las irregulares y a las empresas unipersonales. Las demás firmas, con otras fechas de cierre de ejercicio, deben hacer el trámite dentro del cuarto mes posterior al cierre.

Originalmente, el vencimiento era a fin de mes, pero la AFIP estuvo actualizando el sitio en donde se realiza el trámite y la Secretaría de Emprendedores emitió esta semana la Resolución 220, actualizando los parámetros de encuadre de las pymes, que tendrán que considerar la mayoría de las empresas.

La gestión conviene realizarla con tiempo, porque si la pyme registra algún incumplimiento fiscal, la AFIP traba el trámite hasta que se cumpla con la presentación formal adeudada. Por ejemplo, si la empresa registra faltas con el régimen de información del programa CITI (ventas y compras), se rechaza la renovación del certificado. Lo mismo ocurre si no se presentaron los estados contables por Internet u otra falla formal.

Por eso, previamente habría que verificar dentro de la página de la AFIP, en“Cuentas Tributarias”, si surge algún incumplimiento formal que tiene la empresa y presentar las declaraciones informativas adeudadas.

El trámite para renovar el certificado se efectúa desde la página web del organismo, ingresando con el Cuit y la Clave Fiscal dentro de la opción denominada “Pymes solicitud de categorización y beneficios”.

Luego de realizado el trámite, se puede visualizar e imprimir el certificado que tiene una vigencia de un año, desde la plataforma de Trámites a Distancia.

Controles de buen cumplimiento

Un trámite importante consiste en verificar la “nota de concepto” que posee la empresa frente a la AFIP. Esa calificación figura en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”, que es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensuales sobre el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los contribuyentes. Se controlan los incumplimientos en los pagos de las deudas corrientes y de los planes de facilidades de pago como de sus caducidades; la falta de presentación de declaraciones juradas o de presentaciones sin movimiento; los reiterados cambios de domicilio; la falta de adhesión al domicilio electrónico; las facturas apócrifas; la relación débito y crédito alejada de los parámetros de la actividad; el concurso, quiebra y procesos judiciales; las fiscalizaciones con ajustes significativos; la inclusión en la central de deudores del Banco Central y otros indicadores que son utilizados por la AFIP.

Lo más importante, en realidad, es que el hecho de tener una mala calificación produce que se puedan perder diferentes beneficios fiscales. Lógicamente, ante una mala nota de concepto, se debería realizar el trámite de disconformidad si la misma no representa la realidad fiscal que se tiene o cumplir con todo aquello que se encuentra observado y que produce la mala calificación.

La nota de concepto que coloca la AFIP, preventivamente se puede verificar, ingresando a su página web, con el CUIT y la Clave Fiscal, dentro del “Sistema Registral”/opción “SIPER”. Adicionalmente, dentro de la opción “Cuentas Tributarias” en el margen superior derecho se informa los incumplimientos formales registrados ante la AFIP. Certificado pyme: El trámite de inscripción del certificado pyme se efectúa desde la página Web de la AFIP, dentro del servicio denominado “PYMES Solicitud de Categorización y/o Beneficios Fiscales”.

Para determinar la condición de la empresa, se tiene en cuenta el valor promedio de las ventas totales anuales, excluidos los impuestos al Valor Agregado e Internos y deducidas hasta el 75 % del valor de las exportaciones, obtenidas en los últimos tres ejercicios comerciales.

En los casos de empresas nuevas, las ventas totales anuales se determinarán promediando la información de los ejercicios comerciales o años fiscales completos.

Quiénes son pymes

Según la Resolución 220 de la Secretaría de Emprendedores y Pymes, las empresas se dividen en cuatro categorías en función de la actividad y de facturación anual de los últimos tres años, clasificándose por renglones en: 1) Micro; 2) Pequeñas; 3) Medianas Tramo I y 4) Medianas Tramo 2.

Las actividades de intermediación financiera, de seguros e inmobiliarios, para ser Pymes además tienen un límite de sus activos, que no pueden superar los $193 millones.

Las empresas que realizan actividades de intermediación adicionalmente deben tener una cantidad máxima de empleados . Cuando una empresa registre ventas en más de uno de esos sectores de actividad por importes que no superen los niveles máximos establecidos, a los fines de la determinación de su condición de mipyme, se tendrá en cuenta el sector cuyas ventas hayan sido las mayores en el último año. En los casos de empresas vinculadas o controladas por otras firmas mayores, no podrán contar con los beneficios.

Beneficios fiscales

Las empresas que se registraron como pymes, poseen los siguientes beneficios fiscales que fueron otorgados por la ley 27.264:

1) Para las micro y pequeñas empresas (dos primeros escalones del cuadro) el pago del IVA a 90 días. En este punto sería necesario que a los 90 días el impuesto se pueda incluir en algún plan de facilidades de pago, porque a las empresas se les está siendo difícil abonar el total del saldo adeudado.

2) Para los cuatro escalones de las empresas, desde el 1 de enero de 2017, no hay que pagar más el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

3) Las micro y las pequeñas pueden computar como pago a cuenta de Ganancias el 100% del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios. Las pymes medianas industriales “tramo 1” sólo pueden traspasar el el 60% del impuesto.

4) Hasta el año pasado existía un régimen de fomento de las inversiones por el que se podía descontar de Ganancias hasta el 10% de lo que se invierta en maquinaria o en obras de infraestructura, desde el 1 de julio de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2018. Por el saldo técnico del IVA generado en las inversiones se puede obtener un bono de crédito fiscal que sirve para cancelar impuestos nacionales y aduaneros. Sería importante que este beneficio se renueve, debido a que muchas pymes quedaron a mitad de camino por los beneficios de las inversiones que hicieron.

5) Por último las que están registradas como pymes tienen un tratamiento diferencial en los planes de facilidades de pago vigentes la AFIP.

6) Las que califican como pymes cuando le facturen a una empresa que no es pyme, está obligada a emitir la factura de crédito electrónica. Para las operaciones realizadas entre pymes, la emisión de la factura de crédito es optativa.

Por otra parte, dentro del paquete de medidas anunciadas por el Gobierno la semana pasada, se dispuso la eliminación de los derechos de exportación para las pymes que exporten por encima de su promedio del año anterior. La medida únicamente se aplicará para exportadores de menos de 50 millones de dólares por año y el beneficio regirá sobre el excedente logrado exportar.

Además, las pymes contaran con un plan de facilidades de pago de hasta 60 cuotas, para poder incluir sus deudas impositivas y previsionales al 31 de enero pasado. Al plan, que tendrá tasas de interés y un pago a cuenta reducido para las pymes, se podrá acceder desde el 15 de mayo al 31 de agosto y la primera cuota tendrá que abonarse en septiembre.

Fuente: ieco.clarin.com

IMPOSITIVAS – El Gobierno lanzó un completo informe detallando el alcance del impuesto a la renta financiera

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La Secretaría de Ingresos Públicos dio a conocer un extenso informe en donde se detalla el alcance del nuevo impuesto a la renta financiera.

El ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Ingresos Públicos dio a conocer un extenso informe en donde se detalla el alcance del nuevo impuesto a la renta financiera.

Es un informe técnico conceptual que apunta a entender el alcance del impuesto.

A continuación, el texto completo del informe:

Además de detallar el marco normativo vigente, el documento da respuesta a casos puntuales:

– Los intereses de plazos fijos y de valores en general, a los que se refiere el artículo 90.1 de la LIG, existentes al 31/12/2017 estarán gravados en su totalidad -incluyendo los devengados hasta esa fecha- en el período fiscal en el que corresponda su imputación.

– Para determinar la ganancia bruta de la enajenación de los valores indicados en los apartados a) y b) de 7.3), cuyas ganancias por enajenación hubieran estado exentas o no gravadas con anterioridad a la RT, el costo a computar será el precio de adquisición o el valor de cotización al 31/12/2017, el que fuera mayor.

– Las disposiciones del artículo 90.4 de la LIG no aplicarán para las adquisiciones producidas hasta el 31/12/2017 de los siguientes valores comprendidos en el inciso c) de su primer párrafo: certificados de participación de fideicomisos financieros y cualquier otro derecho sobre fideicomisos y contratos similares y cuotapartes de condominio de fondos comunes de inversión a que se refiere el segundo párrafo del artículo 1 de la ley 24.083 y sus modificaciones, cuyas ganancias por enajenación hubieran estado exentas o no gravadas hasta esa fecha.

– Para los títulos públicos y obligaciones negociables comprendidos en los apartados a) y b) de 7.3), para determinar la ganancia bruta por enajenación podrá optarse por afectar los intereses o rendimientos imputables al período fiscal 2018 al costo computable del título u obligación que los generó, en cuyo caso el mencionado costo deberá disminuirse en el importe del interés o rendimiento afectado. Dicha opción puede ejercerse aunque el valor no se hubiera vendido al 31/12/201830 .

– Para los residentes argentinos que obtengan rentas por la enajenación de los siguientes valores de fuente extranjera, no se aplicará el impuesto cedular, 28 Art. 86, Inc. f) Ley de Reforma Tributaria, sino que se aplicará el impuesto global integrado con la alícuota proporcional del 15%:

– Acciones

– Valores representativos de acciones

– Certificado de depósito de acciones y demás valores

– Cuotas y participaciones sociales

– Cuotapartes de fondos comunes de inversión

– Certificados de participación de fideicomisos

– Monedas digitales

– Títulos

– Bonos

– Demás valores

Fuente: iprofesional.com

FINANZAS – El FMI respaldó nueva estrategia del Banco Central

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El vocero principal del Fondo manifestó a través de su cuenta de Twitter que las medidas están “adecuadamente calibradas para los desafíos que enfrenta la Argentina”.

El vocero principal del Fondo Monetario Internacional (FMI), Gerry Rice, salió a respaldar la medida adoptada por el Banco Central de introducir modificaciones al régimen monetario-cambiario vigente.

El Banco Central de Argentina introdujo hoy importantes medidas para abordar la reciente volatilidad del mercado financiero y del tipo de cambio. Apoyamos estas medidas, que están adecuadamente calibradas para los desafíos que enfrenta la Argentina“, sostuvo Rice a través de su cuenta de Twitter.

Antes de que abrieran los mercados, el Comité de Política Monetaria (COPOM) emitió un comunicado en el que anunciaba el Banco Central podrá realizar ventas de dólares aún si el tipo de cambio se ubicara por debajo del techo de $ 51,448, cuyo monto y frecuencia dependerán de la dinámica del mercado.

Asimismo, si el tipo de cambio se ubicara por encima del techo de la banda, la autoridad monetaria incrementará de u$s 150 a u$s 250 millones el monto de la venta diaria estipulada hasta ahora.

Con la apertura de los mercados, el dólar comenzó a operar a $ 43,70 para la compra y $ 45,70 para la venta en el Banco Nación, $ 1,30 menos que el cierre del viernes último.

Durante la semana pasada, la moneda norteamericana acumuló una suba de 9,1%, y cerró a un promedio de 46,90 pesos vendedor.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Evalúan elevar a $2.000.000 el monto mínimo para estar obligado a emitir factura de crédito electrónica

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En pocos días, el 1 de mayo próximo, se incorporan nuevas actividades al cronograma de implementación de la Factura de Crédito Electrónica.

Estas actividades son:

Esto implica que todas las MiPyMEs deberán emitir FCE a las empresas grandes que realicen estas actividades o a otras MiPyMEs que opten por el Régimen de FCE, en la medida que el comprobante sea igual o superior a $50.000.

La suma de $50.000 incluye el IVA, percepciones y cualquier otro concepto que se incluya en la factura.

El listado de empresas grandes que esta publicado en el sitio web de la AFIP fue elaborado con los importes de facturación de las empresas correspondientes al Año 2017.

Si bien la AFIP puede actualizar el listado hasta el 10 de mayo próximo conforme las normas reglamentarias, se espera que lo haga antes del 1 de mayo debido a que la segunda etapa del régimen entrará en vigencia ese día.

Ese nuevo listado de empresas grandes se elaborará con la facturación correspondiente al Año 2018.

Asimismo, será necesario que el listado cuente con el detalle de las actividades principales de todas las empresas grandes, a los efectos de que las MiPyMEs puedan determinar fácilmente cuando deben emitir FCE o factura electrónica común.

En la primera etapa del Régimen, desde el 12 de marzo al 30 de abril, se fijó un monto mínimo de $9.000.000.

En la segunda etapa, desde el 1 de mayo y por el término de 1 año desde cada mes de implementación conforme al cronograma, se fijó un monto mínimo de $50.000.

El tema es que la implementación del Régimen de FCE no es simple para las empresas grandes ya que tienen que modificar sus procesos, sistemas.

Y muchas empresas aún no han realizado las modificaciones o están en proceso de hacerlo.

En consecuencia, se estaría evaluando la posibilidad de incrementar el monto mínimo para que sea obligatoria la emisión de FCE.

Ese nuevo monto podría ser de $2.000.000.

Esto implicaría que toda MiPyME debería emitir FCE a las empresas grandes conforme el cronograma o a otras MiPyMEs que opten por el Régimen de FCE, en la medida que el comprobante sea igual o superior a $2.000.000.

De esta forma se reducirían la cantidad de FCE que las empresas grandes deberían procesar e incorporar a sus circuitos administrativos.

Es razonable que en la implementación del Régimen se vayan efectuando ajustes a la normativa para una adecuada implementación.

No obstante, no hay que olvidar que el objetivo del Régimen de FCE es generar un instrumento que permita a las MiPyMEs a financiarse en el mercado o en plataformas y si el monto mínimo es de $2.000.000, gran cantidad de comprobantes quedarán fuera del Régimen.

Además, esto podría generar que empresas grandes presiones a sus proveedores MiPyMEs para que en lugar de emitir una sóla factura, fracciones la misma en varios comprobantes.

Por ejemplo, en lugar de emitir una FCE de $4.000.000, fraccionar la misma en dos facturas de $1.500.000 y otra de $1.000.000.

Fuente: iprofesional.com

Impuesto a las Ganancia. Determinación anual e ingreso del impuesto cedular por rendimientos producto de la colocación de capital y enajenación de valores y de derechos sobre inmuebles.

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Procedimiento, forma, plazo y condiciones a cumplimentar por parte de las personas humanas y las sucesiones indivisas, a fin de determinar anualmente e ingresar el impuesto cedular previsto en los artículos primero, cuarto y quinto, sin número incorporados a continuación del art. 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Resolución General (AFIP) Nº 4468/2019 (BO 26/04/2019)

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Por el tipo de cambio y el alza del crudo, la nafta subiría un 3% a partir de mayo

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En la Secretaría de Energía aseguran que no habrá congelamiento en el precio de los combustibles. A pesar del incremento, aseguran que aún queda un rezago de un 10%.

En medio de señales para atenuar la inflación, como el congelamiento de precios de una canasta de 64 bienes básicos, o los anuncios de que no habrá más aumentos en algunos servicios públicos, un sector se mantendrá con precios de mercado: el de los combustibles. Así lo definieron desde las máximas autoridades del Gobierno, y en la Secretaría de Energía ya hicieron los cálculos. Desde mayo, el valor de la nafta y el gasoil en los surtidores aumentaría otro 3%, para reflejar el movimiento del dólar y también el aumento del petróleo en el mercado internacional. “No hay congelamientos. Seguirá siendo un mercado libre, charlado, pero libre”, dice una alta fuente del equipo económico. Recuerdan allí que una petrolera a comienzos de abril intentó subir un 9% los precios, pero que luego debió retroceder a la mitad el incremento. Ahora, por el desliz del tipo de cambio a $ 45 y con el petróleo Brent, de referencia en ascenso, se había estipulado ya un aumento del 3% para las naftas súper y premium. Aun así, quedaría todavía un “rezago” de aumentos del orden del 10% según datos oficiales. Si bien esa cifra terminará de definirse según cómo se mueva el tipo de cambio durante la próxima semana y podría presionar más al alza, también en el mercado especulan con que el petróleo termine restando presión: ya que tras tocar los US$ 75 por barril, ayer bajó 2% a US$ 72,6%, por lo que si se mantuviera en esos valores, podría descomprimir impulsos alcistas.

La determinación de los precios de los combustibles refleja uno de los mayores puntos de tensión en la estrategia del Gobierno. Mientras intenta bajar la inflación, trata al mismo tiempo dar señales de precios de mercado a los inversores energéticos, y por eso les garantiza que reflejen las variaciones del dólar, que aumentó 100% en 2018. “Es difícil de entender el esquema económico que armaron, al menos visto desde el inversor petrolero”, dice un importante ejecutivo que ayer estuvo en la Quinta de Olivos en la mesa de seguimiento de Vaca Muerta, que contó con la participación del propio presidente Mauricio Macri junto a, entre otros, Marcos Bulgheroni, de Pan American Energy, Carlos Ormaechea, de Tecpetrol o Hugo Eurnekian, de CGC. Allí, según narraron algunos de los cincuenta invitados, el jefe de Estado insistió en los acuerdos alcanzados de cara al yacimiento no convencional como un ejemplo de construcción de confianza. Y lo dijo porque luego se refirió a la actual “crisis de confianza en los mercados financieros” que atribuyó a “dos encuestas negativas que generaron un rush imparable”, según contaron algunos hombres allí presentes.

Mientras tanto, la expropiación de YPF sigue generando dolores de cabeza. Ayer, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York rechazó un recurso presentado por YPF y el Estado argentino y dejó en libertad a la jueza neoyorquina Loretta Preska para que comience el juicio que lleva adelante el estudio Burford por la nacionalización de la petrolera en 2012. YPF presentará el lunes otro recurso reclamándole a la jueza que no comience el juicio hasta tanto la Corte Suprema de Estados Unidos resuelva si el proceso puede seguir desarrollándose en los tribunales de ese país o debe trasladarse a la jurisdicción argentina. La causa se había iniciado por una demanda de Burford Capital, que se quedó con las compañías del Grupo Petersen.

Fuente: perfil.com

ECONOMÍA – El Gobierno negocia con el FMI para fortalecer la pulseada contra el dólar

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Dujovne y Sandleris proponen ampliar los US$ 60 millones diarios que vende al Tesoro, acortar las bandas de flotación o recomprar de bonos para frenar la suba del riesgo país.

Mientras el dólar enciende los miedos del país traumatizado, el Gobierno apuesta su estrecho futuro a que el FMI permita un poco más de margen para utilizar las herramientas que lo mantengan en calma. El ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, y el presidente del Banco Central, Guido Sandleris, sostienen negociaciones hora a hora con los directivos del organismo y plantearon opciones que permitan controlar mejor el tipo de cambio tan inestable en estos días.

No es una negociación fácil. La cúpula del FMI es reticente a modificar un acuerdo con la Argentina que tuvo un cambio importante el año pasado, cuando se amplió el préstamo inicial de 27.000 millones de dólares a los más de 50.000 millones que aliviaron las reservas del Banco Central en septiembre pasado, y los fantasmas de un posible default comenzaron a oscurecer el escenario financiero. Pero el tiempo apremia al gobierno de Mauricio Macri.

El dólar terminó el viernes apenas por debajo de los $ 47 y cada centavo que sube es otra estocada que golpea sobre la inflación. Las consultoras económicas calculan ya que el costo de vida de abril está en la cornisa del 4% y podría agravarse si el dólar sigue escalando hasta la banda superior ($ 51,45).

Ese número del dólar está cada vez más cerca, pero también está lo suficiente lejos como para poner en riesgo la reelección presidencial. El futuro de la candidatura de Macri, defendido con fervor por el círculo más cercano al Presidente, quedará muy comprometido si la inflación no logra encaminarse de una vez por todas en una curva descendente. Por eso, es que necesitan mayor poder de fuego para detener la suba del dólar.

Las herramientas financieras que se barajan en los intercambios diarios entre Dujovne, Sandleris y el FMI son variadas. Pero hay dos de ellas, muy simples, que están en la primera página del menú. Achicar la banda de flotación para actuar sobre el dólar antes de que pase los $ 50 o ampliar el límite de los 60 millones de dólares diarios que el acuerdo con el Fondo le permite hoy al Banco Central.

La primera de ellas es la más resistida y la segunda está en evaluación por la burocracia del organismo que, en la relación actual con la Argentina, conducen Alejandro Werner, el director gerente para el Hemisferio Occidental, y David Lipton, subdirector gerente general y virtual número dos de la directora Christine Lagarde.

Hay otra opción que pide pista en las negociaciones. Es la eventual recompra de bonos de la deuda argentina, los que con su caída de los últimos días han elevado el riesgo país hasta hacerlo cruzar los 1.000 puntos el jueves pasado. El Gobierno utilizó a la Anses durante ese mediodía dramático para hacerlo bajar y mantenerlo en 967 puntos pero las restricciones del Fondo de Garantía Sustentable hacen que el poder de fuego también se vea limitado con esa herramienta.

Son varios los economistas consultados por Clarín que señalan los antecedentes de las últimas crisis financieras en el mundo para extraer lecciones sobre cómo actuar. Después del terremoto de Lehman Brother en 2008, el Tesoro estadounidense y el europeo se dedicaron a comprar bonos en caída para paliar los efectos económicos de la bancarrota.

Uno de los casos apuntados es la debacle económica, social y financiera de Grecia, que debió acudir como la Argentina a préstamos del FMI para poder sobreponerse. La irrupción del Banco Central Europeo comprando bonos cuyas cotizaciones se habían derrumbado también fue clave allí para remontar los primeros años de una crisis que puso a la comunidad europea al borde del estallido. ¿Podría, por ejemplo, el Tesoro de EE.UU. intervenir comprando bonos o influyendo para que otros fondos amigos los compren y aliviar la situación de nuestra economía en riesgo?

Hay en el Gobierno quienes creen que esa hipótesis es factible pero que la Argentina debería negociarla a mayor nivel político. No es un tema que puedan resolver los directivos del FMI. En cambio acudir a Lagarde, de buena relación con Macri y con Dujovne, podría ser una alternativa para ampliar el margen de maniobra que el Gobierno necesita con urgencia. Y siempre está el recurso extremo de explorar el vínculo con Donald Trump quién fue clave para apurar el préstamo del FMI a la Argentina.

Fuente: ieco.clarin.com

ECONOMÍA – Por retenciones, el campo y la agroindustria aportarán al Estado $230.000 millones en 2019

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De concretarse esta proyección, los ingresos al fisco crecerían unos $142.000 millones en relación a lo recaudado el año pasado

El campo y la agroindustria aportarán $230.000 millones a las arcas del Estado en 2019 en concepto de derechos de exportación (DEX), estimó este viernes la Bolsa de Comercio de Rosario (BCR).

De concretarse tal proyección, los ingresos al fisco crecerían $142.000 millones respecto a lo recaudado el año pasado, cifra que representa 40% del déficit primario de dicho año y 60% del estipulado para el presente.

“El aumento en los derechos de exportación al complejo oleaginoso (establecidas en torno al 28% en total) dispuesto el año pasado y la aplicación de nuevos DEX al trigo y maíz (10%) es un aporte adicional del campo argentino y la agroindustria a la estabilidad macroeconómica y a la reducción del déficit fiscal de nuestro país”, explicaron desde la entidad bursátil rosarina.

“Éste es un aporte adicional significativo de los hombres y mujeres de campo y la agroindustria, que se suman al resto de los impuestos que pagan por su actividad como el impuesto a las ganancias, a los bienes personales, ingresos brutos, tasa vial para mejora de caminos, tasas comunales”, entre otros, agregaron.i se toma en cuenta dicho calculo y el aumento en los derechos a la exportaciones pagadas por este sector en granos, harinas, aceites y biodiesel, “sumarían en 2019 un total aproximado de 230.000 millones de pesos a las arcas del estado, aumentando 142.000 millones de pesos con respecto a 2018 por las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional”.Para obtener dicha cifra, la entidad tomó un tipo de cambio promedio de $43,60 por dólar y computando los posibles despachos de exportación entre enero y diciembre de 2019.

Para obtener dicha cifra, la entidad tomó un tipo de cambio promedio de $43,60 por dólar y computando los posibles despachos de exportación entre enero y diciembre de 2019.

Si se toma en cuenta dicho calculo y el aumento en los derechos a la exportaciones pagadas por este sector en granos, harinas, aceites y biodiesel, “sumarían en 2019 un total aproximado de 230.000 millones de pesos a las arcas del estado, aumentando 142.000 millones de pesos con respecto a 2018 por las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional”.

Asimismo, la BCR indicó que “como las proyecciones oficiales iniciales (antes de los acuerdos del 2018 con el Fondo Monetario Internacional) esperaban un déficit en 2019 de 1,3% respecto del PBI, los $142.000 millones representan poder bajar dicho déficit en más de 60%” y 40% del déficit registrado en 2018, el cual ascendió a $374.250 millones.

Sin embargo, desde la entidad destacaron que la presente estimación “no contempla la totalidad de los despachos de exportación que generará la nueva campaña 2018-2019 donde habría una excelente cosecha de maíz y soja”.

“Si estimamos los DEX de toda la campaña 2018/2019 con la buena cosecha esperada de maíz y soja, evidentemente la recaudación sería ampliamente superior a los $230.000 millones anuales estimados en el presente informe”, de la misma manera que si el tipo de cambio superase el promedio $43,60 por dólar.

Fuente: profesional.com

IMPOSITIVAS – Renta financiera 2018: la declaración y el pago del nuevo impuesto vence del 19 al 25 de junio próximo

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La AFIP dio precisiones sobre el nuevo impuesto que alcanza a los rendimientos producto de la colocación de capital. También para la enajenación de valores

La AFIP dio precisiones sobre el nuevo impuesto que alcanza a los rendimientos producto de la colocación de capital. También sobre el tributo que alcanza a la enajenación de valoresy y de derechos sobre inmuebles.

Las nuevas pautas de determinación anual e ingreso del impuesto se dieron a conocer a través de la resolución general 4468 publicada este viernes en el Boletín Oficial. El régimen aplica a intereses y rendimientos obtenidos por más de 66.917,91 pesos.

La declaración jurada deberá presentarse hasta el 19 de junio para las CUITs terminados en 0, 1, 2 y 3; hasta el 21 para 4, 5 y 6 y el 24 para 7, 8 y 9. En tanto, las fechas de pago será hasta los días 21, 24 y 25 de junio, respectivamente.

El impuesto determina una alícuota del 5% para las rentas generadas en moneda nacional sin cláusula de ajuste y del 15% en divisas.

Cabe recordar que las entidades financieras, como bancos y agentes de Bolsa, ya comenzaron a brindarle a la AFIP la información correspondiente a los instrumentos alcanzados por este impuesto (como plazos fijos, acciones, bonos y letras), que los contribuyentes podrán consultar en pocos días más en la sección “Nuestra Parte” de la página web del Organismo.

Habrá dos formularios: el 2022 para informar los rendimientos obtenidos a través de los instrumentos financieros mencionados previamente y el 2023 para las rentas obtenidas por la venta, cesión, donación o transferencia de derechos sobre inmuebles durante el año pasado.

En este último caso, el contribuyente que haya comprado y vendido el año pasado su propiedad debe pagar una alícuota del 15% sobre la ganancia obtenida entre ambas propiedades, en lugar del impuesto a la transferencia del inmueble (ITI), que representaba un 1,5% sobre el valor total del inmueble.

La confección de la declaración jurada deberá realizarse utilizando el servicio informático denominado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” disponible en el sitio web de AFIP, e ingresando a la opción que corresponda según el tipo de renta a declarar.

A tal efecto, los contribuyentes deberán contar con Clave Fiscal con nivel de seguridad 2 o superior.
La flamante norma establece que las personas humanas y las sucesiones indivisas, a fin de cumplir con las obligaciones de determinación anual e ingreso del impuestocedular, deberán observar los procedimientos, formas, plazos y condiciones que se mencionan a continuación:

Los sujetos deberán cumplir con la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular cuando la misma arroje impuesto determinado.

Cuando se trate de la presentación de la declaración jurada determinativa del impuesto cedular, los contribuyentes serán dados de alta de oficio en dicho gravamen.

La confección de la declaración jurada deberá realizarse utilizando el servicio informático denominado “Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado” disponible en el sitio web de la AFIP, e ingresando a la opción que corresponda según el tipo de renta a declarar.

Como resultado de la transmisión de la información, el sistema generará el Formulario F. 2022 cuando se declaren rendimientos producto de la colocación de capital en valores, intereses de depósitos a plazo efectuados en entidades financieras y/o resultados provenientes de la enajenación de acciones, valores representativos y certificados de depósitos de acciones y demás valores, y el Formulario F. 2023 de tratarse de rentas obtenidas por la enajenación o transferencia de derechos sobre inmuebles.

El ingreso del saldo resultante se realizará mediante la “Billetera Electrónica AFIP” o el procedimiento de transferencia electrónica de fondos a través de Internet, a cuyo efecto se deberá generar el respectivo Volante Electrónico de Pago (VEP), utilizando los siguientes códigos, según la obligación que corresponda:

La presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante deberán efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal.Para el pago de los intereses y demás accesorios que correspondan a la obligación principal, se deberán seleccionar los códigos de subconcepto pertinentes desde el menú desplegable en la Billetera Electrónica o al generar el Volante Electrónico de Pago (VEP).

El impuesto resultante podrá ser compensado con saldos de libre disponibilidad provenientes de otros impuestos.
El cronograma de vencimientos correspondiente al período fiscal 2018, conforme la terminación de la CUIT de los responsables, es el siguiente:

En paralelo, la AFIP publicó una extensa guía “paso a paso” para determinar y liquidar el impuesto cedular correspondiente a las ganancias provenientes de rendimientos, intereses y/o enajenación de valores o depósitos a plazo; y las que provienen de la enajenación y/o transferencia de derechos de inmuebles:Guía “paso a paso”
A continuación, la guía “paso a paso”:De esta manera, el fisco nacional instrumentó el nuevo impuesto a la renta financiera.

Fuente: iprofesional.com