ECONOMÍA – Gastos con tarjeta de débito: desde qué monto los bancos deberán informar a la AFIP

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A través de la Resolución General 5348/2023, la AFIP aumentó el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben informar los gastos

Muchos clientes bancarios eligen realizar sus compras con tarjetas de débito, ya que con el tiempo estas se han consolidado como un medio de pago seguro y conveniente en comparación con el efectivo. Recientemente, la AFIP ha tomado medidas para regular las transacciones realizadas mediante este método.

Una de las ventajas que ofrecen estas tarjetas es la prevención del endeudamiento, ya que cada transacción se realiza con el dinero disponible en la cuenta bancaria del usuario. Además, el uso de tarjetas de débito protege contra la manipulación de dinero falso, al no involucrar billetes físicos.

Cuando alguien paga con una tarjeta de débito, tiene la posibilidad de llevar un control detallado de sus gastos, ya sea revisando las operaciones en el home banking o a través del resumen mensual proporcionado por el banco. Incluso algunas instituciones financieras, como BBVA, clasifican los ingresos y gastos en categorías para facilitar el seguimiento.

En un esfuerzo por regular y supervisar las transacciones realizadas con tarjetas de débito, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha implementado medidas que afectan a los usuarios de este medio de pago.

Desde que monto los bancos deberán reportar a la AFIP

A través de la Resolución General 5348/2023, la AFIP ha aumentado el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben informar los gastos realizados con tarjetas de débito cada mes. Anteriormente, este monto era de $30,000, pero con la última modificación se ha incrementado a $120.000. En otras palabras, los bancos ahora están obligados a reportar a la AFIP aquellos gastos que superen dicho valor.

Con esta medida, las entidades bancarias podrán agilizar sus operaciones y proporcionar información automática y periódica sobre las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumos realizados con tarjetas de débito. Simultáneamente, la AFIP ha duplicado el monto de reintegro del 15% para compras efectuadas con tarjetas de débito y ha extendido esta medida hasta el 31 de diciembre de este año.
Fuente: iprofesional