NACIONALES – Créditos: las cuotas impagas de los créditos no abonarán intereses punitorios

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Así lo resolvió el Banco Central. De esta forma,  extiende una medida que fue tomada al inicio de la cuarentena hasta diciembre. Tampoco se cobrarán cargos ni comisiones por las operaciones realizadas mediante cajeros.

Créditos: las cuotas impagas de los créditos no abonarán intereses punitorios

El Banco Central (BCRA) extendió por tercera vez en el año la suspensión del cobro de intereses punitorios sobre las cuotas bancarias impagas hasta el 31 de diciembre. La medida se enmarca en medio de la emergencia sanitaria dispuesta en el Decreto N°260/2020 coronavirus (Covid-19), informó la entidad.

Según resolvió la autoridad monetaria en la Comunicación “A” 7101, las cuotas impagas correspondientes a vencimientos de asistencias crediticias, no alcanzadas por la Ley de Tarjetas de Crédito, “sólo podrán devengar el interés compensatorio a la tasa prevista contractualmente y las entidades deberán incorporar esas cuotas a partir del mes siguiente inclusive al final de la vida del crédito, considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio”.

De esta manera, los saldos impagos de créditos otorgados por entidades financieras cuyas cuotas vencen entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020 no devengarán intereses punitorios. La resolución también incide sobre el pago de los créditos UVA.

El BCRA remarcó además que las entidades financieras “no pueden cobrar cargos ni comisiones por las operaciones efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país por ellas” y, al mismo tiempo, aseguró que “deben arbitrar los medios para que se puedan realizar extracciones como mínimo de $15000 diarios”.

Por último, el Directorio de la máxima autoridad financiera estiró la vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020 de la disposición que extiende 60 días los plazos habituales de mora máxima en la calificación de deudores en los niveles 1, 2 y 3.

Fuente: cronista.com