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ECONOMÍA – 12 cuotas sin interés y ofertas para las vacaciones: cómo es “Argentina Emerge”, el programa del Gobierno que reemplazó al PreViaje

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El Poder Ejecutivo busca promover el turismo interno durante el receso invernal. Ofrece descuentos de hasta el 50%, cuotas sin interés y otras promociones para viajar por el país

En un intento por reactivar y fomentar el turismo durante las vacaciones de invierno de 2024, el Gobierno del presidente Javier Milei lanzó el programa “Argentina Emerge”. Este programa, que reemplaza al anterior “PreViaje”, busca ofrecer a los turistas nacionales una serie de beneficios que incluyen descuentos, planes de financiación y promociones diversas para viajar por la Argentina.

El anuncio fue realizado por el secretario de Turismo, Ambiente y Deportes, Daniel Scioli, a través de sus redes sociales, y presentado en el microcine del Ministerio de Economía en la que fue la primera participación conjunta del ministro de Economía, Luis Caputo, y el flamante ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Scioli explicó que el programa tiene como objetivo principal incentivar a las familias a movilizarse por el país durante las vacaciones de invierno, aprovechando las diversas ofertas y descuentos disponibles.

Beneficios del programa “Argentina Emerge”

“Argentina Emerge” es una iniciativa conjunta que involucra a diversas áreas del Gobierno, incluyendo Turismo, Transporte, Industria y Comercio, así como al Banco Nación y Aerolíneas Argentinas. También cuenta con la colaboración de cámaras de turismo y transporte del sector privado. La estrategia de promoción busca hacer más accesibles los destinos turísticos nacionales mediante una variedad de descuentos y facilidades de pago.

Entre las ofertas más destacadas del programa se encuentran descuentos de hasta el 50%, promociones del tipo “4×3″ en alojamientos (paga tres noches y quédate cuatro), “2×1″ en excursiones y la posibilidad de financiar los gastos en hasta 12 cuotas sin interés gracias a acuerdos bancarios. El Banco Nación participa activamente a través de su vertical BNA Viajes, que incluye 500 comercios adheridos y más de 1.200 hoteles. Además, con MODO BNA+, se pueden conseguir alojamientos en 6 y 12 cuotas sin interés, alquiler de autos en 6 cuotas sin interés y un 25% de descuento en gastronomía.

Descuentos y promociones

El programa no solo abarca descuentos en alojamiento y excursiones, sino también en transporte. Trenes Argentinos ofrece un 10% de descuento en pasajes online y un 40% para jubilados, mientras que los menores de tres a doce años pagan solo la mitad del boleto. Además, hay ocho servicios de larga distancia desde Buenos Aires y diez regionales, con 97.000 pasajes ya vendidos.

En cuanto a los micros de larga distancia, los pasajeros pueden aprovechar planes de pago en tres, seis, nueve y doce cuotas a través de Cuota Simple. Esta modalidad facilita el acceso a diferentes destinos del país, permitiendo que más personas puedan viajar sin preocuparse por los costos inmediatos.

Un resúmen se puede ver en la lista que reproducimos a continuación.

Descuentos y Promociones en Alojamiento y Excursiones:

  • Descuentos de hasta el 50% en alojamientos.
  • Promoción “4×3″: paga tres noches y quédate cuatro en establecimientos seleccionados.
  • Promoción “2×1″ en excursiones, obteniendo dos actividades por el precio de una.

Financiación y Cuotas Sin Interés:

  • Hasta 12 cuotas sin interés en una variedad de gastos de viaje.
  • MODO BNA+: alojamiento en 6 y 12 cuotas sin interés, alquiler de autos en 6 cuotas sin interés, y 25% de descuento en gastronomía.

Descuentos y Promociones en Transporte:

  • Trenes Argentinos: 10% de descuento en pasajes online, 40% de descuento para jubilados y menores de tres a doce años pagan la mitad del boleto.
  • Micros de larga distancia: tres, seis, nueve y doce cuotas sin interés disponibles a través de Cuota Simple.

Aerolíneas y Frecuencias de Vuelos:

  • Aerolíneas Argentinas: 12 cuotas sin interés con tarjetas seleccionadas y un aumento del 5% en la programación de vuelos para julio 2024.
  • Flybondi: 20% de descuento para jubilados y aumento de frecuencias en rutas populares.
  • JetSmart: 112 frecuencias semanales domésticas con descuentos del Banco Nación.

Cómo Acceder a los Beneficios:

  • Sitio web oficial de “Argentina Emerge”: información detallada sobre promociones y enlaces a los sitios informativos de cada destino turístico y entidad.
  • Planificación anticipada: verificar condiciones específicas de cada oferta en las páginas de los destinos turísticos y prestadores.

Incremento de frecuencias aéreas

Las tres aerolíneas que operan vuelos domésticos en Argentina también se han sumado a la iniciativa, aumentando sus frecuencias a los principales centros turísticos. Aerolíneas Argentinas, Flybondi y JetSmart ajustaron sus programaciones para ofrecer más vuelos a destinos populares de invierno. Aerolíneas Argentinas, por ejemplo, operará en julio un promedio de 330 vuelos diarios, con más de 1.430.000 asientos disponibles, lo que representa un aumento del 5% respecto a julio de 2023.

Flybondi, por su parte, ofrece un 20% de descuento a jubilados y ha aumentado sus vuelos semanales a 260. Destinos como Bariloche, El Calafate y Ushuaia han visto un incremento en las frecuencias de vuelos, facilitando el acceso a las zonas de nieve, que son particularmente populares durante el invierno. JetSmart también ha ampliado su oferta, con 112 frecuencias semanales domésticas de un total de 160 este mes, complementadas con descuentos ofrecidos por el Banco Nación.

El sector turístico espera replicar los números récord alcanzados en la temporada invernal pasada, cuando más de 5,5 millones de turistas se movilizaron durante las vacaciones de invierno, un 6,7% más que en 2022, según la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME). Para este receso, se espera que alrededor de 5 millones de turistas viajen por el país. Sin embargo, la llegada de turistas extranjeros, que fue clave en la temporada pasada con 600.000 visitantes aportando cerca de 400 millones de dólares, podría verse afectada debido a un tipo de cambio menos atractivo, lo que podría influir en los números de esta temporada.

El impacto económico del turismo es significativo. En 2023, el gasto total de los turistas durante las vacaciones de invierno alcanzó los 410.633 millones de pesos. Este año, a pesar de las expectativas más moderadas respecto al turismo receptivo, se espera que el programa “Argentina Emerge” contribuya de manera importante a la economía local, generando divisas y empleo en el sector.

Cómo acceder a los beneficios

Para acceder a los beneficios de “Argentina Emerge”, los turistas deben informarse a través de los sitios web de los destinos turísticos o las entidades involucradas. En estas plataformas, encontrarán detalles sobre las distintas formas de acceder a los descuentos y promociones. Es fundamental planificar el viaje con antelación y verificar las condiciones específicas de cada oferta para maximizar los beneficios disponibles.

El sitio web oficial del programa proporciona enlaces a las páginas informativas de cada destino y prestador turístico, donde los usuarios pueden obtener información detallada sobre las promociones vigentes y cómo aprovecharlas. Es importante tener en cuenta que el Estado Nacional no se hace responsable de la relación de consumo entre particulares ni de eventuales errores o incumplimientos en las ofertas promocionadas por las empresas, entidades, provincias o municipios.

Fuente: infobae economico

ECONOMÍA – La inflación de junio quedó por debajo del 5%, según Caputo

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El costo de vida igual mostró una suba respecto de mayo.

La inflación de junio quedó por debajo del 5%, anticipó el ministro de Economía, Luis Caputo.

El dato lo difundirá este viernes el INDEC, y mostraría un repunte con relación a mayo, cuando arrojó 4,2%.

La inflación interrumpió la senda bajista en junio luego de cinco meses consecutivos de retroceso, desde el 25,5% de diciembre al 4,2% de mayo pasado.

Ocurrió a raíz de un mayor impacto de los precios regulados por la suba de tarifas, de acuerdo a las previsiones de las consultoras privadas y la perspectiva gubernamental.

Para el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) que difunde el Banco Central, la inflación de junio alcanzó el 5,2% y proyectó para el año un aumento de precios del 138,1%.

Las mediciones privadas, por su parte, rondan entre el 4,9% y 5,6%.

El IPC de la Fundación Libertad y Progreso arrojó un aumento de 5,4% en junio, lo que implica una suba de 1,2 puntos porcentuales respecto a la medición oficial de mayo (4,2%).

El estudio indicó que en los primeros cinco meses del año el IPC acumula una suba de 81,2%.

Con respecto a la variación interanual, arrojó que alcanza el 274,4%, lo que la convierte en la segunda desaceleración consecutiva.

La consultora C&T Asesores Económicos estimó una inflación de 4,9% en junio.

Para la consultora Focus Market, la inflación en consumo masivo en junio fue del 4,7%.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – Cobros electrónicos: ya no habrá retenciones de Ganancias e IVA a pequeños contribuyentes

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El Gobierno dispuso que los cobros de impuestos Ganancias e IVA a los pagos electrónicos se podrán hacer desde una facturación equivalente a 10.000 UVAS mensuales ($10.528.000).

Debido a la promulgación del paquete fiscal, se espera que mejore la cobrabilidad de los comercios a través de medios electrónicos de pago porque la legislación desgrava de retenciones de impuestos a los pequeños comercios, según lo indica el artículo 102° de la norma promulgada este lunes. Entre las retenciones que se practican, están las que se hacen sobre el Impuesto a las Ganancias y el IVA.

La Cámara Argentina Fintech manifestó su respaldo a la decisión a través de un comunicado, en el cual destaca que aguarda ahora las resoluciones pertinentes de la Administración Federa de Ingresos Públicos (AFIP).

“Esta medida favorece la formalización de la economía al eliminar las retenciones de impuestos que actualmente se aplican a comerciantes y profesionales monotributistas por cobros con tarjetas de débito, crédito y otros medios de pago digitales, en operaciones por hasta $10.528.000 al mes”, indicó la entidad.

Lo que establece la norma de AFIP para pagos electrónicos

La norma señala que las entidades administradoras de tarjetas de débito, crédito, compra y similares, así como los agrupadores, agregadores, entidades financieras y demás procesadores de medios electrónicos de pago “sólo podrán realizar retenciones impositivas, cuando así lo dispongan las autoridades tributarias nacionales, en tanto y en cuanto los montos que procesen excedan el equivalente a diez mil (10.000) Unidades de Valor Adquisitivo mensuales por contribuyente”.

Según dice la entidad “uno de los principales obstáculos para la digitalización de los pagos es la intensa carga tributaria en segmentos de pequeños y medianos comercios”.

“La sanción de este artículo ayudará a combatir esta problemática, que desalienta a cientos de miles de comerciantes a aceptar cobros digitales para no verse afectados por elevadas percepciones, que, en algunas provincias, superan la magnitud del impuesto a ingresar posteriormente” señala la cámara.

El sector fintech celebra la medida del Gobierno.

Los empresarios de las fintech dice que “la digitalización de los pagos implica, también, una mejora en la trazabilidad de las operaciones; un mayor acceso al crédito ya que, al digitalizar la transacción, se genera información que propicia mejores condiciones a la hora de solicitar préstamos y más transparencia y seguridad en comparación al efectivo, que expone a comerciantes y consumidores al riesgo de robo y otros costos asociados”.

“Por eso, promovemos la pronta reglamentación de esta iniciativa y solicitamos a los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires a que dictan normas complementarias, que eximan de la retención de Ingresos Brutos a operaciones por debajo del límite fijado por esta ley”, señaló la entidad.

Quienes quedan alcanzados

Según la ley se considerarán agrupadores, agregadores y/o procesadores de medios electrónicos de pago a quienes realicen al menos una de las siguientes tareas:

  1. La adhesión de comercios o proveedores al sistema de tarjetas de débito, crédito, compra u otros medios electrónicos de pago;
  2. La provisión del servicio de aceptación de tarjetas de débito, crédito, compra u otros medios electrónicos de pago a través de plataformas o sistemas que procesan pagos o a través de terminales de punto de venta;
  3. La liquidación al receptor de pagos del importe de los pagos cobrados a través de tarjetas de débito, crédito, compra u otros medios electrónicos de pago.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Las ventas minoristas pyme cayeron 21,9 % en junio y no hay signos de recuperación

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La actividad Pyme al consumo parece haber encontrado un piso. Pero como en otros rubros de la actividad, no da señales de rápida recuperación.

Las ventas minoristas pymes retrocedieron 21,9% anual en junio, a precios constantes, y acumulan una caída de 17,2% en el primer semestre del año. Sin embargo -y a pesar de que el sexto mes del año tuvo menos días hábiles- en la comparación mensual desestacionalizada, repuntaron 1,2% con relación a mayo.

Índice de Ventas Minoristas.Índice de Ventas Minoristas.

 

Fuente: el litoral

IMPOSITIVAS – Nuevo blanqueo laboral y moratoria: así es el método simplificado para dar de alta a empleados

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Tras aprobación de un régimen de regularización laboral, la AFIP anunció la simplificación en el trámite de registrar las altas de los empleados

Justamente cuando fue aprobado un régimen de regularización laboral, a través de la ley Bases (27.742), la AFIP anunció la simplificación en el trámite de registrar las altas de los empleados. El servicio que funciona desde la página de la AFIP, se denomina “Alta Ya” y sólo es necesario cargar siete datos, se puede realizar desde un dispositivo móvil.

Según la AFIP, se introdujeron mejoras en la APP Mi AFIP que permiten simplificar y dar más seguridad jurídica al proceso de registración de las relaciones laborales. A través de la plataforma “Alta Ya”, los empleadores podrán registrar a sus trabajadores de forma más rápida, fácil y segura con la carga de solo siete datos, a través de un dispositivo móvil y sin la necesidad de contar con un acceso a computadora.

De esta manera, para realizar la registración de nuevos trabajadores solo se ingresar los siguientes datos:

  • CUIL (Código Único de Identificación Laboral)
  • Domicilio de la actividad
  • Fecha de inicio de la relación laboral
  • Modalidad de contratación
  • Obra Social
  • Marca Trabajador Agropecuario, si corresponde
  • Fecha de finalización de la relación, en caso de contratos a plazo fijo.

Una vez completado el ingreso de esta información previa y hasta la primera liquidación de sueldo, los empleadores tendrán tiempo de ingresar la restante información adicional, como el monto de la remuneración mensual o el puesto en el que se desempeñará el trabajador, entre otros.

Hasta ahora, estos datos debían ser informados de forma previa al comienzo efectivo de las tareas. De esta forma, los empleadores cuentan con más tiempo para realizar el trámite completo, lo que significa, según la AFIP, una menor carga inicial y una mayor celeridad en la registración del trabajador.

La herramienta está disponible para empleadores comprendidos en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y permitiría comunicar de forma rápida las altas definitivas o provisorias de los trabajadores que incorporen a su nómina de personal. La opción coexistirá con la modalidad de presentación tradicional, comprendida en el sistema de Simplificación Registral.

Blanqueo laboral: beneficios del método simplificado para dar de alta a empleados

Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad al 8 de julio 2024. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas.

El nuevo sistema de AFIP da más tiempo a los empleadores para completar datos hasta la primera liquidación

AFIP actualizó la plataforma “Alta Ya” y le da más tiempo a los empleadores para completar datos hasta la primera liquidación

Los beneficios de la regularización para los empleadores, son los siguientes:

  1. La extinción de la acción penal prevista por la ley 27.430 y condonación de las infracciones, multas y sanciones de cualquier naturaleza correspondientes a dicha regularización, previstas en las leyes 11.683, 17.250, 22.161, el artículo 32 de la ley 24.557, delitos relativos a los recursos de la seguridad social de la ley 24.769, la ley 25.212, firmes o no, siempre que se encuentren impagas o incumplidas a la fecha de entrada en vigencia de esta ley;
  2. Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), creado por la ley 26.940, respecto de infracciones cometidas o constatadas hasta la entrada en vigencia de la presente ley, siempre y cuando regularicen a la totalidad de los trabajadores por los que se encuentra publicado en el REPSAL y pague, de corresponder, la multa;
  3. Condonación de la deuda por capital e intereses cuando aquella tenga origen en la falta de pago de aportes y contribuciones de la seguridad social. El porcentaje de condonación no podrá ser inferior del 70% de la deuda total y se delega la autorización para que lo determine el Poder Ejecutivo.  Se podrán establecer incentivos para la cancelación de la obligación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. No se incluye los aportes y las contribuciones de la obra social ni los de la ART.

Por su parte, los trabajadores incluidos en la regularización tendrán derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses por la que se los regularice, calculados sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil.

La regularización de las relaciones laborales deberá efectivizarse dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación emitida por el Poder Ejecutivo y los organismos correspondientes.

Podrán incluirse en el régimen las deudas que se encuentren controvertidas en sede administrativa, contencioso administrativa o judicial, a la fecha de publicación de la presente ley en el Boletín Oficial, en tanto el empleador se allane incondicionalmente y, en su caso, desista y renuncie a toda acción y derecho, incluso al de repetición, asumiendo el pago de las costas y gastos causídicos. El allanamiento o desistimiento podrá ser total o parcial y procederá en cualquier etapa o instancia administrativa, contencioso administrativa o judicial, según corresponda.

La AFIP y las instituciones de la seguridad social se abstendrán de formular, de oficio, determinaciones de deuda y de labrar actas de infracción por las mismas causas y períodos comprendidos en la regularización correspondiente a los subsistemas de la seguridad social, así como de formular ajustes impositivos, todo ello con causa en las relaciones laborales regularizadas en el marco de este título.

Queda por ver si la sola presencia de una ley motiva el blanqueo laboral; o si en cambio, esa decisión está condicionada a la mejora de la economía.

Moratoria por deudas: qué dice la nueva norma

Los empleadores que registren deudas de aportes y contribuciones de la seguridad social, que surgen de relaciones laborales que se encuentran correctamente formalizadas, podrán ser incluidos en una moratoria aprobada por la ley 27.743. No se pueden incluir en el plan de pagos las deudas de obra social, las de ART, ni las derivadas en prestación de servicio doméstico.

Nuevo blanqueo laboral y moratoria: así es el método simplificado para dar de alta a empleados

Corresponde a las obligaciones no canceladas al 31 de marzo de este año. Puede regularizarse el capital adeudado, los intereses y las multas que no se encuentren firmes a esa fecha.

Habrá tiempo hasta que transcurran 150 días desde la fecha en que la AFIP reglamenta las medidas. El perdón de los intereses, llega hasta el 70% del importe adeudado y se encuentra determinado en función al momento en que se adhiere al plan y a la manera de pagarlo. La norma prevé diferentes formas de cancelación de la deuda y quita de intereses.

Modificación de la ley de contrato de trabajo: opción de facturar

El artículo 89 de la ley Bases (27.742) modificó el artículo 23 de la ley de contrato de trabajo (20.744) que habla de la presunción de contrato de trabajo. Abre la puerta a que la factura pueda reemplazar a la relación laboral.

Antes de la ley estaba redactado de la siguiente manera: “Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres”

Ahora, con la nueva Ley Bases, quedó redactado  de la siguiente forma:

“El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que, por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven se demostrara lo contrario. La presunción contenida en el presente artículo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios y se emitan los recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación o el pago se realice conforme los sistemas bancarios determinados por la reglamentación correspondiente. Dicha ausencia de presunción se extenderá a todos los efectos, inclusive a la Seguridad Social”.

Fuente: iprofesional

NACIONALES – Ahorro energético: ordenan reducir el consumo de luz en los edificios públicos nacionales

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La Secretaría de Energía dispuso que “el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad”.

El Gobierno ordenó reducir el consumo energético en todos los edificios públicos nacionales, en línea con el objetivo de ahorro económico y eficiencia energética, mediante la Resolución 148/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial

La medida, amparada en la emergencia del Sector Energético Nacional declarada a finales del año pasado, dispuso que las empresas distribuidoras de energía “deberán modificar la potencia eléctrica contratada por los Organismos Públicos a fin de reducirla a la máxima potencia demandada en el mes inmediato anterior a que entre en vigencia la presente resolución, con el objetivo de cumplir con criterios de ahorro económico y eficiencia energética”.

En tanto que “en caso de que hubiere variación de potencia eléctrica estacional, la potencia eléctrica contratada deberá adecuarse al período de alta demanda, y posteriormente reducirse, de modo de permitir una adecuada capacidad de suministro y funcionamiento de las instalaciones y equipos consumidores instalados en las dependencias de los Organismos de la Administración Pública Nacional”.

Asimismo, la normativa aclaró que “si hubiere Organismos Públicos que hubieren excedido el límite de consumo contratado y se encuentren cumpliendo penalidad por dicho exceso, la recontratación deberá efectuarse una vez finalizado dicho período”.

Al mismo tiempo, se determinó que todos las dependencias públicas “deberán implementar el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PROUREE)”, mientras que tendrán que ir “completando y actualizando la información requerida en las etapas previstas en la metodología de implementación (Registro, Revisión Energética y Planes de Eficiencia Energética), que contempla distintos registros que permiten mediante la centralización de la información mejorar los procesos involucrados, con el objeto de fortalecer el PROUREE”.

El mencionado plan se creó con el fin de mejorar la eficiencia energética de los sistemas de iluminación de los edificios públicos, capacitar al personal en buenas prácticas de uso eficiente de la energía, incluir en los sistemas de compras del Estado Nacional criterios de eficiencia energética para la adquisición de bienes y servicios, y confeccionar un inventario detallado y actualizado de todas las instalaciones de energía eléctrica, gas, equipos de acondicionamiento de aire, sanitarios y agua potable de todas las dependencias estatales.

El documento oficial que lleva la firma del secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, argumentó la decisión señalando que “resulta necesario y conveniente que el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad, implementando medidas orientadas a optimizar el desempeño energético de sus instalaciones”.

Además, sostuvo que “la eficiencia energética en edificios públicos permitirá el mantenimiento de los servicios energéticos a un menor costo, protegiendo el medio ambiente y fomentando la sostenibilidad”.

Fuente: noticias argentinas

FINANZAS – El mercado mira al Banco Central a la espera de una inminente suba de tasas de política monetaria

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La expectativa se centra en los movimientos de la autoridad monetaria para eliminar los pasivos remunerados y también en la próxima licitación del Tesoro. Los “puts”, el tercer foco de preocupación

En otra semana corta, el mercado sigue más que atento a los movimientos del Banco Central y también del Tesoro. El foco se centra en una variable que a partir de ahora se impone como aquella que determinará el regreso de la pax cambiaria y, eventualmente, la velocidad del plan -poco claro- para el levantamiento del cepo cambiario: la tasa de interés.

En principio, las cotizaciones bursátiles se mantuvieron estables durante la jornada de ayer, en línea con los últimos días de la semana pasada, lo que implicaría que el mercado “reacomodó” los precios a las nuevas expectativas respecto del plan del equipo económico.

“Da la sensación de que, aún sin anuncio de baja de tasas, la máxima tensión sobre el CCL ya cedió. Con el anuncio de las condiciones de la licitación de Finanzas de este miércoles, el equipo económico pareciera intentar apuntalar este proceso saliendo a ofrecer dólar link con tasa mínima muy por encima del mercado secundario” apuntó en su informe semanal la consultora financiera PPI, que remarcó la reacción oficial: con un salto de la brecha nuevamente al rango del 50%, Economía ofrece a los inversores cobertura contra el dólar oficial, lo que según PPI es lo que el mercado estaba demandando.

“En simultáneo, mientras se pulen los detalles de las Letras de Regulación Monetaria, que vendrían a reemplazar casi en su totalidad a los pases pasivos, no debería sorprendernos que el Banco Central aplique una suba de la tasa de política monetaria (TPM). Esto contribuiría con elevar el costo de apalancamiento en el mercado, lo cual podría generar oferta de CCL y mejorar la remuneración sobre los pesos, lo cual devolvería algo de atractivo al carry trade”, agregó la consultora.

infobae

La probabilidad de que el Banco Central decida implementar una suba de la tasa de política monetaria esta misma semana luce para otros analistas menos inminente, aunque no por eso imposible.

“El que tiene que subir las tasas es el Tesoro, ya mismo”, opinó Pablo Repetto, de Aurum Valores. “Hay expectativa de una suba aunque es poco probable que sea un movimiento muy importante. También va a importar si absorben todo o dejan ofertas afuera”, agregó el analista para quien la resolución de los pasivos remunerados convertidos a las nuevas letras de regulación son solo una parte del problema que encuentra el verdadero meollo en un mecanismo que permita neutralizar la capacidad de daño de los puts (seguro u opción de liquidez para los bancos contra los que la administración anterior colocó deuda en pesos), sin incentivar a los bancos a ejercer esa opción.

“A diferencia de un pase no es un pasivo remunerado. Es un pasivo contingente que no está en la hoja de balance, por lo que si le ejercen el put se materializa el pasivo. Es peor que una emisión por pase, que se cancela y va a Letra del Tesoro porque el pase ya está registrado como pasivo”, explicó Repetto. De estos instrumentos todavía siguen en pie un alto volumen con vencimientos y características muy variados. Algunos, por caso, sólo se pueden ejercer un mes antes del vencimiento del título, en otros casos, son de libre ejercicio, además de un instrumento similar que eran los bids.

Mientras se esperan definiciones respecto de esa negociación con los bancos, el stock total de pasivos remunerados cayó 54% real en junio respecto del mismo mes del año pasado, al pasar de $78 billones a $36,4 billones, de acuerdo a los datos aportados por el economista Nadin Argañaraz. “La base monetaria se redujo un 14% real interanual y los pasivos remunerados un 68% real interanual. Mínimos valores de los últimos 6 años”, apuntó.

Fuente: infobae

IMPOSITIVAS – Con la promulgación del Paquete Fiscal, se eliminó un impuesto en Argentina

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El impuesto a las transferencias de inmuebles regía para las compras anteriores al 01/01/2018 y gravaba con el 1,5% el traspaso de las propiedades.

Con la promulgación de la Ley Bases y el paquete fiscal quedó eliminado el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, que establecía un gravamen del 1,5% para el traspaso de las propiedades que habían sido compradas con anterioridad al 01/01/2018 y no eran la casa habitación.

Mediante el Título IV de la Ley N° 27743, se derogó el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles a partir de la publicación en el Boletín Oficial, o sea a partir del 08 de julio.

La medida fue celebrada ayer por el ministro de Economía, Luis Caputo a través de X: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde el 1991.”, sostuvo.

Para las propiedades que fueron compradas después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15% de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado) al momento de la venta.

“Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas”, señala el comunicado y aclara que “no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso, y además que desaparece la consulta de residentes del exterior ya que las normas en vigor no la contemplan.”, detallaron

Por su parte, el contador Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, indicó que “en el marco de la política del Gobierno de bajar impuestos decidió dejar de gravar la venta de inmuebles con adquisición con anterioridad del 2018”.  Sobre la razón, analizó que el stock de esos inmuebles, el Gobierno tenía medido que eran pocos y era una manera de eliminar un impuesto que para las personas a veces era un costo relevante al momento de vender o cambiar un departamento. Esto esta en el camino de bajar impuestos, no se reemplaza por ninguno”.

El contador Marcos Felice, titular de Blog del Contador opinó que “es una buena medida, va a favorecer a bajar los precios de los inmuebles seguramente”.  También ponderó que “se eliminan cargas administrativas y costos asociados que eran bastantes altos como los certificados de no retención del ITI cuando se vendía una única vivienda para comprar otra en el plazo de un año. Estos eran trámites costosos que ahora ya no van a estar más. Certificados de no retención y certificados de retención para quienes son no residentes y venden inmuebles radicados en el país”, sostuvo.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – Presión fiscal: ¿por qué el Gobierno no puede bajar impuestos en el corto plazo?

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IDESA plantea que para eliminar impuestos distorsivos en un año la economía debería crecer 40% para compensar las pérdidas de recaudación.
La presión tributaria de los impuestos considerados distorsivos, porque incrementan los costos de producción o el precio de los bienes, alcanza al 8% del Producto Bruto Interno (PBI). Según una consultora privada, ese debería ser el objetivo del Gobierno para reducir el peso de gravámenes sobre la economía.

Así lo destaca en un informe el Instituto para el Desarrollo Social Argentino (IDESA), que dirige el economista Jorge Colina, en el cual se plantea la necesidad de que el resto de los tributos que no son distorsivos absorban a este segmento.

“Un importante factor de sobrecostos que sufre la producción nacional proviene del sistema impositivo. Eliminando impuestos que encarecen espuriamente la producción se puede aumentar la competitividad, sin apelar a una devaluación”, indica el reporte.

Durante el fin de semana, se conoció un estudio elaborado por la Cámara de Autoservicios y Comercios Mayoristas (CADAM) que plantea que el 40% del valor final de los bienes que consume el público es impuestos, tanto nacionales, como provinciales y municipales.

IDESA sostiene que la presión tributaria nacional y provincial ascendió a 28% del PBI este año. “A través de los cuatro impuestos que más erosionan la competitividad (derechos de exportación, PAIS, Cheque e Ingresos Brutos) se recauda el 8% del PBI”, dice la consultora.

Como conclusión, señala que “para eliminar estos cuatro impuestos y no perder recaudación el PBI debería aumentar un 40%”, algo que luce como poco probable y desvirtúa la idea de que para poder bajar la presión fiscal primero hay que crecer.

“El Gobierno adhiere a este diagnóstico, pero argumenta que –para no colisionar con el objetivo del equilibrio fiscal– la eliminación de los malos impuestos está supeditada a que la economía crezca y/o el gasto público baje”, plantea IDESA.

El reporte advierte que “se necesitaría que, de manera sostenida, el PBI crezca un 7% durante 5 años o un 3,5% durante 10 años para compensar con crecimiento económico la eliminación de los tributos”.

Desde el otro lado, la de la reducción del gasto también es cuestionable. “Seguir bajando el gasto nacional es necesario y posible, pero será un proceso largo y complejo”, señala el reporte. El mismo indica que “en el caso de las provincias, el impuesto a los Ingresos Brutos financia, en promedio, el 20% del gasto público primario provincial”. “Generar semejante reducción del gasto en el corto plazo y de manera sostenible es inviable en la mayoría de las provincias”, dice el estudio.

Al respecto, el estudio añade que “un camino alternativo es que los buenos impuestos absorban a los malos”. “Por ejemplo, el IVA, Ingresos Brutos y tasas municipales tienen en común que los tres gravan las ventas”, explica el trabajo.

Para IDESA, esa debería ser la primera de las acciones a llevar a cabo por el flamante ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Consideró que la cartera “tiene un rol crucial” en impulsar las transformaciones que “eviten dilapidar el enorme esfuerzo que viene haciendo la población para estabilizar la economía”.

Un informe reciente del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF) detalla que en Argentina hay 155 tributos entre impuestos, tasas, y derechos. Pero el 92% de la recaudación consolidada del país se concentra en 10 de ellos, entre los que figuran Impuesto a las Ganancias, IVA, y derechos de exportación.

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – AFIP implementa un importante beneficio para inquilinos: cómo conseguir un descuento en el Impuesto a las Ganancias

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La AFIP habilitó una medida que beneficiará a inquilinos con un descuento en el Impuesto a las Ganancias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en marcha una medida destinada a beneficiar a los inquilinos con una deducción adicional en el Impuesto a las Ganancias por los pagos de alquileres destinados a vivienda.

Este beneficio, largamente esperado y ahora reglamentado, permite tanto a propietarios como a inquilinos computar un descuento del 10% sobre dicho impuesto.

De qué se trata el descuento para inquilinos de AFIP

Según lo anunciado por el Gobierno, esta deducción se suma al descuento del 40% ya existente para los gastos de alquiler, beneficiando especialmente a aquellos trabajadores en relación de dependencia que destinan una parte significativa de sus ingresos mensuales al pago de arrendamientos.

El periodo para acceder a esta ventaja fiscal abarca hasta el 15 de julio de 2024, aplicable específicamente al período fiscal 2023. Esto implica que los inquilinos que deseen aprovechar este beneficio deben estar al tanto de los requisitos y procedimientos establecidos por AFIP para la correcta deducción en sus declaraciones de Impuesto a las Ganancias.

Por otro lado, los propietarios de inmuebles también pueden hacer uso de esta medida fiscal, incentivando así un alivio en los costos asociados al alquiler en un contexto donde muchos inquilinos enfrentan aumentos cruciales en los montos de alquiler, como los establecidos por la revisión de contratos bajo la antigua Ley de Alquileres.

Fuente: aire de santa fe