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FINANZAS – La deuda de las provincias trepó al máximo valor de la última década

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Son valores a diciembre de 2023, año impactado por las elecciones nacionales y locales.

El stock de deuda consolidado de las provincias trepó a $ 17,8 billones a fin de 2023, lo que representa un alza de 79,2% en términos reales, respecto al año anterior, según indicó un estudio privado.

“Se trata del mayor nivel alcanzado en la última década, tanto en su medición en moneda constante pero en su participación en el PBI”, indicó un trabajo de la consultora Politikón Chaco.

La deuda provincial representó el 9,4% del PBI, 3,8 puntos por encima del 5,2% de 2022, lo que da magnitud del aumento de la deuda provincial.

“Por otro lado, si se relación el stock de deuda del consolidado de las 24 jurisdicciones subnacionales respecto a los ingresos totales de las mismas, en 2023 fue del 55%, siendo también el valor más alto de la última década y saltando de manera importante respecto a 2022 cuando representó el 30,4% de los ingresos totales”.

Si se desagrega por acreedores, el 75,6% de la deuda consolidada de las 24 jurisdicciones subnacionales corresponde a Títulos Públicos, mientras que el 18,4% corresponde a organismos internacionales.

La deuda con organismos internacionales aumentó 126% mientras que los títulos públicos avanzaron 83,5%.

El alza frente a organismos internacionales se explica por la devaluación de diciembre dado que al ser, en su enorme mayoría, deudas expresadas en dólares, el salto del tipo de cambio provocó una fuerte suba en pesos de esos pasivos.

Entre las 24 jurisdicciones subnacionales, los mayores stocks de deuda pública en pesos corrientes se observan en la provincia de Buenos Aires ($ 9.146.751 millones equivalente al 51,2% del consolidado de las jurisdicciones), la provincia de Córdoba ($ 1.696.845 millones y el 9,5% de participación) y CABA ($ 1.441.602 millones y concentrando el 8,1%).

Por el contrario, los menores stocks se observan en Santiago de Estero ($ 6.857 millones y 0,04% de participación), La Pampa ($ 2.242 millones y 0,01% de participación) y San Luis ($ 270 millones y 0,002% de participación).

Fuente: noticias argentinas

Ganancias

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Extienden el plazo para completar el F.572 Web “SIRADIG Trabajador” hasta el 30 de junio de 2024.

Se podrá efectuar la presentación del F.572 Web -SIRADIG-TRABAJADOR, del período fiscal 2023, hasta el 30/06/2024. Los agentes de retención practicarán la liquidación anual 2023, hasta el 31/07/2024. El importe en dicha liquidación anual será retenido o reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 09/08/2024. Y, deberán informarlo e ingresarlo hasta las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante del mes de julio de 2024, del SICORE, informándolo en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31/07/2024.

Resolución General (AFIP) Nº 5514/2024 (BO 30/05/2024)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – La AFIP anticipó que los vencimientos de Ganancias se posponen hasta la sanción del Paquete Fiscal

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En base al devenir del proceso legislativo y luego de otorgar un plazo razonable para que puedan confeccionarse los formularios. Los contadores estiman que los vencimientos podrían operar recién a fines de agosto o principios de septiembre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anticipó mediante una nota en su portal que “en los próximos días y en virtud de la evolución del trámite legislativo, se estará dictando la norma reglamentaria que modifique los vencimientos originalmente previstos para el mes de junio del corriente año” del impuesto a las Ganancias y de los Bienes Personales.

Los mismos tenían el vencimiento estipulado originalmente para junio, pero las demoras en la sanción del paquete fiscal que modifica el impuesto y salva errores materiales de normativas pasadas, aún está en discusión en el Congreso.

Los profesionales en Ciencias Económicas, calculan que entre fines de agosto y principios de septiembre recién estaría operando el vencimiento e ingreso del saldo de los impuestos, si no hay más modificaciones en el Congreso que demoren la sanción de los primeros dos paquetes de ley del gobierno libertario.

“La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá a disposición de los profesionales y cámaras empresarias los aplicativos para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, en forma inmediata a la sanción del proyecto. Una vez completado el período de prueba de los sistemas, se pondrá a disposición de los contribuyentes y responsables los aplicativos informáticos necesarios para la presentación anual de las declaraciones juradas, otorgando un plazo razonable para que puedan confeccionarse los formularios, realizarse las presentaciones y finalmente el pago de los saldos correspondientes”, indica el comunicado del organismo tributario.

De acuerdo con la novedad, el CEO de SDC SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, indicó que “suponiendo que la semana próxima se apruebe con cambios el paquete fiscal por el Senado y a la semana siguiente sea aprobado por Diputados, los aplicativos se pondrían a disposición a mediados del mes de junio por dos semanas”. Este sería el período de pruebas donde los Consejos Profesionales y distintos contadores verificarán que el aplicativo funcione correctamente, no tenga inconsistencias y liquide el impuesto de acuerdo a lo que dice la ley.

“En consecuencia, los aplicativos estarían disponibles a finales de junio para el público en general y los vencimientos deberían fijarse a finales de agosto de 2024, tanto la presentación como el pago”, indicó Dominguez.

A su vez, puso el ojo en  la situación en que quedan los anticipos 2025, ya que se pisaría el vencimiento y pago 2024 con el primer vencimiento del anticipo del próximo ejercicio estipulado originalmente para el mismo mes.

“Entendemos que lo razonable sería que los tres anticipos de 2025 que vencen en agosto, octubre y diciembre de 2024, se prorratean en forma mensual y se fijen los vencimientos en todos los meses desde septiembre a diciembre 2024”, sostuvo.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – Régimen de información de las empresas ante la AFIP: qué deberán dar a conocer

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El régimen de información anual que deben presentar las sociedades, correspondientes al 2023, vence a fines de julio, dependiendo su terminación del CUIT

El régimen de información anual que deben presentar todas las sociedades ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), correspondientes al año 2023, vence del 29 al 31 de julio, dependiendo de la terminación del número de CUIT. Esta obligación es para todas las empresas, independientemente de la fecha en que se produjo el cierre del ejercicio. La información corresponde a una foto que se sacó el 31 de diciembre sobre las participaciones, las autoridades y los apoderados de las firmas. La obligación de informar para estos contribuyentes está reglamentada a través de la resolución de AFIP 4697 y se realiza digitalmente.

Los datos de la información anual se envían a través del servicio Web, que funciona en la página de la AFIP, ingresando con la clave fiscal al “Régimen de Información de Participaciones Societarias y Rentas Pasivas”.

Aparte de esa información anual, en los casos en que se modifiquen los integrantes de las sociedades o las autoridades, la actualización tiene que presentarse dentro de los 10 días hábiles en que se produjeron los cambios, trámites que también están habilitados en la página del organismo, dentro de servicios especiales para cada uno de ellos.

¿Qué empresas están obligadas a brindar información a la AFIP?

Están obligados a informar los siguientes grupos:

1) Grupo 1

Las sociedades de capital, anónimas, en comandita, de acción simplificada, de responsabilidad limitada, de economía mixta y todo tipo de sociedades constituidas en el país; asociaciones, fundaciones, cooperativas y entidades civiles y mutualistas constituidas en el país y fondos comunes de inversión constituidos en el país.

Deberán actuar como agentes de información, respecto de:

  • Las personas humanas y sucesiones indivisas -domiciliadas o radicadas en el país y en el exterior- que, al día 31 de diciembre de cada año, resulten titulares o tengan participación en el capital social o equivalente (títulos valores privados -incluidas las acciones escriturales-, cuotas y demás participaciones sociales, o cuotas parte de fondos comunes de inversión).
  • Las sociedades, empresas, establecimientos estables, patrimonios de afectación o explotaciones domiciliados, radicados o ubicados en el exterior que, al día 31 de diciembre de cada año, resulten titulares o tengan la participación.
  • Las demás entidades, por sus participaciones en el capital social, al 31 de diciembre de cada año.
  • Las sociedades controladas, controlantes y vinculadas.
  • Los directores, gerentes, administradores, síndicos y miembros del consejo de vigilancia.
  • Los apoderados no incluidos en el inciso anterior, cuyo mandato o representación haya tenido vigencia durante el año que se declara, la mantengan o no a la fecha de cumplimiento del presente régimen.
El régimen de información anual que deben presentar todas las sociedades, correspondientes al año 2023, vence del 29 al 31 de julio

2) Grupo 2

Las personas humanas domiciliadas en el país y, cuando corresponda, las sucesiones indivisas radicadas en el mismo, respecto de:

  • Sus participaciones societarias o equivalentes (títulos valores privados, acciones, cuotas y demás participaciones) en entidades constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior, incluidas las empresas unipersonales, de las que resulten titulares.
  • El desempeño de cargos directivos y/o ejecutivos o el carácter de apoderados, en cualquier sociedad, estructura jurídica, ente o entidad, con o sin personería jurídica, constituidas, domiciliadas, radicadas o ubicadas en el exterior.

En cuanto a los apoderados, no tienen que informarse quienes han sido autorizados mediante el Formulario F. 3283, sólo para la realización de algún trámite o presentación.

Información a la AFIP: ¿quiénes están exceptuados?

  • a) Las asociaciones cooperadoras escolares con autorización extendida por autoridad pública.
  • b) Asociaciones, fundaciones y demás personas de existencia ideal sin fines de lucro, que destinen los fondos que administren y/o dispongan a la promoción de actividades hospitalarias bajo la órbita de la administración pública (nacional, provincial o municipal) y de bomberos voluntarios oficialmente reconocidos.
  • c) Comunidades indígenas inscriptas en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas y asociaciones sin fines de lucro inscriptas en la Inspección General de Justicia, siempre que destinen sus fondos al mantenimiento y fomento de la cultura indígena.
  • d) Instituciones religiosas inscriptas en el registro existente en el ámbito de la Secretaría de Culto de la Nación.
  • e) Uniones transitorias de empresas y las agrupaciones de colaboración.
  • f) Sociedades, empresas y similares cuyo capital, a la fecha que corresponda la información, pertenezca totalmente al Estado nacional, provincial o municipal.
  • g) Las Empresas unipersonales.
  • h) Los Fideicomisos.
Los datos de la información anual se envían a través del servicio Web, que funciona en la página de la AFIP

¿Cómo se informan los cambios?

La resolución tiene previsto un régimen de información de las operaciones de transferencia y/o cesión total o parcial, a título gratuito u oneroso de las participaciones societarias.

Debe ser cumplido por:

  • a) Vendedores o cedentes y adquirentes o cesionarios de las participaciones, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la fecha de la transferencia y/o cesión respectiva, de la de cancelación total o parcial, de la emisión del documento de carácter público o privado que la instrumenta o de las actas o registraciones societarias, lo que ocurra primero.
  • b) Escribanos de Registro, cuando las transacciones se hubieren realizado con su intervención mediante instrumento público: dentro 10 días hábiles contados a partir de la fecha de emisión del instrumento.

En estos casos, la presentación se realiza mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio ‘web’ de la AFIP, ingresando al servicio ‘Registración de Transferencias de Participaciones Societarias’.

Si existen cambios en las autoridades, la información debe presentarse mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio ‘web’ de la AFIP en el servicio ‘Actualización Autoridades Societarias’

El incumplimiento de esta presentación, puede ser sancionado por la AFIP de acuerdo con lo que se encuentra establecido en la ley 11.683 (artículo 38: incumplimiento a los deberes formales)

Precisamente, ahora sí llega a aprobarse la moratoria que se encuentra en el Paquete fiscal, en tratamiento en el Congreso, permitiría realizar las presentaciones adeudadas hasta la fecha en que se encuentre vigente el régimen y de esta forma evitar que se apliquen las sanciones por los incumplimientos.

Fuente: iprofesional

ECONOMÍA – Recesión: las pymes tratan de pagar el aguinaldo, en medio de una caída del 40% en su facturación

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Algunos estiman que entre el 10% y el 15% de las empresas estarían con serios problemas. Créditos bancarios y desarme de ahorro serían los mecanismos para cumplir.
La primera cuota del aguinaldo no llega en el mejor momento para las empresas que tendrán que afrontar el costo en un contexto profundamente recesivo, donde se registran caídas de facturación de un 40%.
Los datos reflejan la dureza del contexto que soportan la mayoría de las pequeñas y medianas empresas. El último reporte de la Unión Industrial Argentina (UIA) de abril ya advertía que el 56% de las empresas registra retraso con algunos de los pagos que tiene que enfrentar mensualmente, mientras que un 12% tiene problemas con todas las obligaciones, lo que incluye el pago de sueldos y el Sueldo Anual Complementario (SAC).  Marcelo Fernández, titular de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), señaló a Ámbito que “si se sigue por este rumbo, en junio va a estar complicado el pago del aguinaldo”. Detalló que “las empresas van a tener que pedir un crédito, o van a tener que pagar fraccionado o van a tener que usar ahorros”.

El empresario pyme indicó que en los primeros cuatro meses del año hubo “aumentos de salarios y de tarifas, y no todas las pymes están en las mismas condiciones”.

“Las empresas del sector alimenticio están mejor, porque la gente puede prescindir de comprar una campera ahora, pero no de comer”, sostuvo.

Entre un 10% y un 15% de las pymes tiene serios problemas

Por su lado, Daniel Rosato, de Industriales Pymes Argentinos (IPA) coincidió con Fernández en que “no todas las pymes están en la misma situación”. Para él, las del sector servicios están en mejores condiciones que las de transables.

Rosato estimó que las empresas están soportando, en la mitad del año, caídas de facturación de entre el 40% y el 20%, lo que las obliga a elegir qué pagos hacer y cuáles postergar.

“Este aguinaldo lo van a pagar las pymes. Tal vez haya problemas en algunos casos puntuales que tengan que fraccionar en 2 o 3 cuotas. Estimamos que entre un 10% a 15% de las empresas están en problemas serios”, explicó.

De ahí que, al igual que Fernández, no descarta que las empresas apelan a las reservas que van haciendo durante los períodos de mayor facturación, o que aprovechen la oferta de créditos que hagan los bancos por estas semanas, sobre todo en un contexto de caída de tasas de interés.

El empresario. no obstante. advirtió que si durante el segundo semestre no se revierte la recesión “a fin de año va a haber muchas empresas con problemas” para abonar la segunda cuota del SAC.

Auxilio financiero

Junio es un mes clave. El aguinaldo suele tener un gran impacto en el flujo de fondos de las empresas. Además de ello, tienen el vencimiento anual del Impuesto a las Ganancias. En ese sentido, varias entidades financieras especializadas en pymes salieron al mercado a ofrecer préstamos para el pago del SAC.

Banco Provincia tiene una línea de préstamos con tasas especiales destinada al pago de sueldos, aguinaldos, vacaciones y bonos extraordinarios.

La línea está disponible desde el 1 de junio al 31 de julio para empresas que acrediten los salarios de al menos el 25% de su nómina de empleados a través de Banco Provincia. Tiene tasa fija de 29% anual para MiPymes y 39% anual para el resto de las pequeñas y medianas empresas, con un plazo único para el pago de seis meses. El monto máximo del préstamo está dado por el importe total que la empresa acredite en salarios mensualmente en el Banco.

Entre diciembre de 2023 y enero de 2024, cuando la banca pública bonaerense dispuso la línea para afrontar las asignaciones de fin de año, la utilizaron 385 pymes que fueron asistidas con más de 4.622 millones de pesos.

Banco Credicoop lanzó por su lado créditos para ayudar a las pymes a pagar aguinaldos. Esta línea de crédito “parte de una Tasa Fija de 25% TNA”, ofreciendo a las empresas un plazo de hasta seis meses para su devolución. Además, una de las características destacadas de este crédito es la posibilidad de pagar la primera cuota a los 60 días, facilitando a las pymes una mayor flexibilidad financiera en estos momentos críticos.

La opinión de los contadores

Por su lado, Vicente Lourenzo, asesor tributario y contador especializado en pymes, consideró que las empresas “van a apelar a las reservas o pedir créditos” para pagar este SAC.

“Hablar del aguinaldo para una pyme ahora es como hablar del año que viene”, explicó. La situación es delicada, según describió. Los empresarios están buscando la manera de evitar que se le caigan más las ventas, en una batalla cotidiana de promociones y descuentos para sostener el flujo de caja.

Fuente: ambito

IMPOSITIVAS – El impuesto a las Ganancias le dio una alegría a las provincias durante el mes de mayo

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Las transferencias por coparticipación subieron 22,4% en términos reales. Es el primer incremento en lo que va del año.

Las provincias recibieron un bonus en mayo, a partir de una mayor recaudación del impuesto a las ganancias. De esta forma, las transferencias por coparticipación y leyes especiales tuvieron el primer aumento interanual por encima de la inflación. El efecto podría no ser permanente, debido a que este incremento tuvo que ver específicamente con el aumento de la valuación de activos dolarizados de las empresas a partir de la megadevaluación de diciembre.

Durante el mes de mayo, el gobierno nacional envió al consolidado de provincias más Caba $ 5,032 billones en concepto de coparticipación, leyes especiales y compensaciones, con lo cual se convierte en el mayor envío en términos reales de la historia de la coparticipación y el primer mes del año con incremento interanual real (22,4%).

Uno de los principales motivos de este récord se debe a que, por la significativa devaluación del peso en diciembre de 2023, las empresas con activos dolarizados registraron importantes ganancias de capital, lo que implicó que paguen mucho más impuesto a las ganancias. Además, en mayo las empresas que cerraron balance en diciembre de 2023 pagaron los saldos de las declaraciones juradas, y en dicho mes suelen pagar el saldo las empresas que explican aproximadamente el 66% de la recaudación del impuesto a sociedades, por lo tanto, es un mes de alta recaudación del tributo.

Los datos surgen de un cálculo del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), en base al excedente estimado de la plata extra que sumaron las provincias en mayo respecto al desempeño que hubiesen tenido si mayo se comportaba como en 2023. Siguiendo esta línea, el consolidado de provincias y Caba habría obtenido en mayo un excedente de $ 1,70 billones en moneda constante de mayo.

Los números de la cooparticipación

En mayo se observó una variación nominal del 366,5% en las transferencias automáticas de la Nación a las provincias. Descontando el proceso inflacionario del período, esto se traduciría en una suba real del 22,4%. En Santa Fe, la suba fue de 22,7%. La coparticipación (transferencias automáticas menos leyes especiales y compensaciones) habría subido un 25,6% real. Es importante recordar que en 2024, mayo contó con dos días hábiles más respecto al mismo mes del año pasado.

Esta suba es explicada principalmente por el muy buen desempeño en la recaudación del impuesto a las ganancias (80,4% real interanual), que logra superar la baja de la recaudación de IVA (-19,3% real interanual) según la información provista por DNAP. En conjunto la recaudación de IVA e IIGG habría registrado una suba real interanual del 28%.

En relación a abril, la recaudación de ganancias habría tenido un significativo incremento real del 316%, y la recaudación de IVA habría caído un 9,4% real. La recaudación conjunta de IVA y ganancias (que representa el 54% de la recaudación nacional total) habría ascendido un 90,2% en términos reales.

En concepto de coparticipación, en el mes de mayo de 2024, el gobierno nacional envió al consolidado de provincias más CABA $4.865.000 millones, frente a $1.016.000 millones enviados durante igual período del año anterior. Es decir, se observó una variación nominal del 379%. Descontando el proceso inflacionario del período, esto se traduciría en una suba real del orden del 25,6%.

Obras públicas

Por otra parte, el gobierno nacional dio nueva señales de que ve con buenos ojos ceder algunos proyectos paralizados por Nación para que las provincias se hagan cargo de su finalización. Pero, en paralelo, aclara que no habrá vuelta atrás con la disolución del Fondo Compensador del Interior, un reclamo que los intendentes impulsan con mayor vehemencia.

Quien hizo pública la posición oficial fue el flamante jefe de Gabinete, Guillermo Francos. Este viernes, el funcionario brindó algunas definiciones respecto al vínculo que mantendrá con los gobernadores desde su nuevo cargo, y adelantó qué reclamos considera viables y cuáles ya fueron descartados por la administración libertaria.

Al respecto, Francos se hizo eco de los reclamos de los jefes provinciales, que cada vez agitan con mayor énfasis el pedido para que la Casa Rosada les ceda obras públicas paralizadas como parte del plan motosierra.

Sin embargo, pese al guiño a los gobernadores, Francos vetó otro tema sensible para las provincias: los subsidios al transporte.

Fuente: la capital

NACIONALES – RIGI: introducen cambios al régimen de incentivos a las grandes inversiones

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Los beneficiados tendrán que desarrollar cadenas de proveedores nacionales. No regirá el Compre Argentino. Pican en punta proyectos de energía, pero analistas dudan que Argentina pueda cumplir con una estabilidad fiscal y cambiaria por 30 años.

Aunque poco realista en función de la historia reciente de Argentina, que rompió contratos y alteró reglas de juego forzada por las sucesivas crisis, el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones ( RIGI), que garantiza 30 años de estabilidad fiscal y cambiaria, finalmente contemplará el desarrollo de cadenas de proveedores de empresas nacionales, en línea con lo que pedían la Unión Industrial Argentina (UIA) y las entidades de las pequeñas y medianas empresas.

Según consta en el dictamen de comisión aprobado por los senadores, se agrega a los objetivos del régimen el de “fomentar el desarrollo de las cadenas de producción locales asociadas a los proyectos de inversión comprendidos por el RIGI”.

Cambio al RIGI: así es el cambio incluido
De ese modo, se pretende que, en caso de que una empresa del exterior ponga en marcha un programa de inversiones en Argentina evite importar maquinarias, equipos, bienes si hay oferta local competitiva. Así, se busca dar respuesta a un reclamo de los empresarios locales.

Por caso, las empresas que quieran proponer un proyecto de inversión bajo el nuevo régimen deberán presentar a la autoridad competente un estudio técnico que determine que su actividad “no distorsionará el mercado local”.

Además el grupo o empresa beneficiada deberá presentar un estimativo de puestos de empleos directos e indirectos con integración local estimada y un plan de desarrollo de proveedores locales.

RIGI: la postura del oficialismo frente a insumos locales
Desde la mirada del oficialismo, la idea es que el mercado regule ese tipo de relaciones. Dicho de otro modo, si la industria local puede abastecer a valores competitivos, no sería necesario que el RIGI las incorpore.

Esta incorporación es una de las concesiones que dio del oficialismo para poder sumar más voluntades en la Cámara alta. Igualmente, se entiende que, una vez que el debate comience en el recinto, en el tratamiento artículo por artículo se introduzcan nuevos cambios.

Cláusula anti Compre Argentino
Cabe mencionar que, en las últimas décadas, en Argentina hubo diferentes regímenes destinados a fomentar la actividad de empresas locales dentro de la regulación de las compras del Estado o de proyectos de infraestructura licitados por el Gobierno a cargo de empresas privadas.

Estos regímenes otorgan a las pymes una preferencia de precio en licitaciones, de modo que el Estado o la empresa privada queda obligada a comprar a un proveedor argentino en caso de igual precio o uno levemente superior.

Pero esto no correrá para las empresas del RIGI: la ley determina que los adheridos, incluyendo a aquellos cuyos proyectos sean declarados de Exportación Estratégica de Largo Plazo la inaplicabilidad de cualquier norma o restricción que “los obligue a adquirir insumos de proveedores nacionales en condiciones menos favorables que las condiciones de mercado, sin que ello impida a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fomentar e implementar políticas de contratación de proveedores locales en condiciones de mercado”.

Beneficios
Los beneficios para las empresas son de dos tipos: fiscales y cambiarios. El segundo aspecto despierta muchas dudas entre los analistas dado que se promete estabilidad de 30 años y la duda es si Argentina está en condiciones de asegurarle a una empresa internacional que no tendrá restricciones para sacar sus dólares del país durante tres décadas, conociendo la historia de devaluaciones, corralitos y cepos de los últimos 40 años.

Asimismo, entre los incentivos cambiarios, se plantea que en el primer año las empresas están exceptuadas de liquidar exportaciones en el Mercado Único y Libre de Cambios por el 20%, en el primer año, en el segundo el 40% y en el tercer año el 100%. Cuando se trate de proyectos estratégicos, el cronograma se anticipa un año.

Desde el punto de vista fiscal, en tanto, se establece una alícuota del Impuesto a las Ganancias del 25%, amortización acelerada de bienes, y que se podrá usar los importes pagados por el impuesto al cheque para cancelar saldos de este tributo.

En el caso del IVA, cuando la empresa reciba una factura, podrá pagarlo con certificados de crédito fiscal. No pagarán aranceles por importación, ni retenciones por sus exportaciones.

Ninguna provincia o municipio podrá aplicarle algún impuesto a las operaciones, transferencias, ventas, locaciones, prestaciones ni ninguna otra relación económica entre la empresa y sus miembros. Podrán llevar contabilidad en dólares.

La ilusión de la estabilidad fiscal y cambiaria
Hablar de que durante 30 años en Argentina no va a haber modificaciones en los impuestos o que no va a haber alguna devaluación, o cepo o corralito parece una ilusión que tiene poco sustento en la realidad.

Es por ello que algunos especialistas recomiendan hacer un uso limitado del RIGI, enfocado a solo unos cuantos proyectos estratégicos, ya sean de hidrocarburos o los grandes proyectos mineros, como los de cobre.

En la cabeza de las autoridades económicas figura como prioritario el desarrollo de Vaca Muerta. Para poder exportar el gas se requiere de plantas de licuefacción, que permiten volver líquido al elemento, meterlo en un tanque y transportarlo por barco.

El mercado europeo parece ser el mayor objetivo, en la medida en que no puede contar con el gas de Rusia y se acelera el proceso hacia la descarbonización de la economía. Las plantas de este tipo demandan inversiones de no menos de u$s4.000 millones y demandan un par de años su construcción. Es evidente que lo tiene que hacer una empresa extranjera,

Una advertencia sobre el uso del RIGI
Uno de los abogados con mayor experiencia en temas energéticos de la Argentina, Pablo Rueda, del Estudio Martínez de Hoz & Rueda, recomendó al gobierno de Javier Milei hacer un uso limitado del RIGI para evitar juicios internacionales.

“Si voy a garantizar estabilidad impositiva, cambiaria y regulatoria, si soy un gobierno serio, se lo garantizo a muy pocos proyectos”. “Sino después voy a tener que pagar el plato cuando cambie el gobierno”, explicó.

El experto advirtió que “si nos quejamos de cómo se nacionalizó el paquete de control de YPF, que es criticable, hay que pensar ahora si el país va a dar garantías que no va a poder cumplir, que van a resultar carísimo porque tienen arbitraje internacional”.

No obstante, indicó que “es muy bueno tener RIGI para el sector hidrocarburífero aunque tiene que ser usado solo para lograr proyectos que lo coloquen a nivel internacional y no dárselo a todo el mundo”.

“Si se lo damos a todo el mundo, primero vamos a incentivar que cuando venga el próximo gobierno no lo respete. Vamos a crear una nueva catarata de juicios que nos van a salir carísimos y el RIGI no va a haber servido”, sostuvo. El letrado fue más claro al sostener que “el RIGI sirve si es chico, no sirve si es grande”.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – La confianza del consumidor volvió a subir en mayo en respuesta a la baja de la inflación

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Por cuarto mes consecutivo el humor de las familias mejoró respecto del mes previo. El efecto de una medida clave y la respuesta regional

En un mes donde las noticias dominantes estuvieron concentradas en el tratamiento legislativo de la Ley Bases y Paquete Fiscal del Gobierno, y en el salto de las cotizaciones de los dólares financieros, el índice de confianza del consumidor acusó un salto de 3%, a 38,3 puntos, el nivel más alto desde diciembre 2023, e hilvana un período de cuatro meses consecutivos en alza que no se observaba desde mayo a agosto del último año.

Claramente, después de las severas caídas de 16,2% en diciembre 2023, cuando asume el nuevo gobierno y toma medidas que golpean severamente el bolsillo de las familias, como el sinceramiento del tipo de cambio, la liberación de diversos precios regulados y aumento de tarifas, que dejan un fuerte arrastre negativo para enero, cuando el ICC disminuye 10,6%, el humor de las familias comienza a recomponerse lentamente, a medida que se desacelera el ritmo de la inflación en forma sostenida.

El Índice de Confianza del Consumidor que es elaborado para el Centro de Investigación en Finanzas (CIF) de la Universidad Torcuato Di Tella por Poliarquía Consultores, a partir del sondeo de opinión en 40 aglomerados urbanos de todo el país, registró en mayo la cuarta suba consecutiva (en febrero había aumentado 1,2%; en marzo 1,8%, y en abril 1,3%), la cual fue generalizada, en el desagregado en percepción personal 0,1%, situación macroeconómica 0,4% y en expectativas de compra de bienes durables 23,5 por ciento.

“En los 3 aumentos mensuales previos el incremento del ICC estuvo liderado por los hogares de menores ingresos (un acumulado de 5,1% vs 3,6%), pero en mayo se revirtió: aumentó 4,4% el ICC para los individuos de mayores recursos monetarios y solo 0,5% para los de menores ingresos”, destaca el informe de la casa de altos estudios que estuvo a cargo de Sebastián Auguste.

En el desagregado en percepción personal 0,1%, situación macroeconómica 0,4% y en expectativas de compra de bienes durables 23,5 por ciento

Si bien el Gobierno nacional mantuvo la política de ajustar mes a mes las jubilaciones, pensiones y AUH que inició en abril, en este mes el factor distintivo que explica el fuerte repunte de las expectativas de compra de bienes durables fue la reaparición de las líneas de crédito hipotecario, inicialmente impulsada por la banca pública, pero inmediatamente fue acompañada por las entidades privadas.

Además, se advierte que la recuperación, aún modesta, pero sostenida, del Índice de Confianza del Consumidor acompaña en forma inversa al ritmo de la inflación: sube mientras se desacelera la tasa de aumento del índice general de precios (IPC del Indec), el cual para mayo el consenso del mercado la ubica en torno a 5%, tras haber registrado 8,8% en abril y 11% en marzo.

Y así como en sus componentes se registró un rubro que sobresalió, también en el desagregado regional se advirtieron notables diferencias: subió 8,8% en CABA y 8,7% en el Interior, en tanto cayó 2,4% en el área del Gran Buenos Aires, siempre respecto de abril.

El ICC subió 8,8% en CABA y 8,7% en el Interior, en tanto cayó 2,4% en el área del Gran Buenos Aires
“En la comparación interanual, el valor de mayo de 2024 del ICC es similar al de mayo 2023 para el total país, pero con claras diferencias por subíndice: un incremento de 14,7% para Situación Macroeconómica y de 7,0% para Situación Personal, pero una caída de 37,5% para Bienes Durables e Inmuebles”, precisó el informe privado.

Mientras que, por regiones, el Centro de Investigación en Finanzas de la UTDT destaca que “el trabajo de campo realizado entre el 3 y 14 de mayo determinó que en el “acumulado en un año, el Interior es el que muestra la mayor mejor en el ICC, con una variación interanual de 10,9%, seguido de CABA, 8,6%, mientras que el GBA se encuentra en el polo opuesto con una caída interanual de 9 por ciento”.

Se observa una caída de 25,2% en el componente de Condiciones Presentes y un incremento de 14% en las Futuras
Respecto de las expectativas, siempre en la comparación interanual, se observa una caída de 25,2% en el componente de Condiciones Presentes y un incremento de 14% en las Futuras, a tono con el ajuste contractivo de la actividad en los primeros meses de 2024 y las previsiones de recuperación a medida que se consolide la desaceleración del ritmo de inflación.

Balance parcial de gestión
En el período de 6 meses de gobierno de Javier Milei el ICC acumula una caída de 19,4% en el índice general, pero con notable brecha entre los diferentes índices: la Situación Personal bajó 10,4%, la percepción macroeconómica disminuyó 11,6%, y las decisiones de compra de bienes durables se derrumbaron 48 por ciento.

En el caso regional, la baja también fue generalizada, aunque también con notable brecha. Se desagrega en 28,2% en el área del Gran Buenos Aires; 10,5% en CABA y 8,1% en los aglomerados urbanos del interior del país.

Fuente: infobae.com/economia

IMPOSITIVAS – Ganancias: extienden nuevamente el plazo para completar el formulario con las deducciones del impuesto

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La AFIP comunicó la nueva fecha límite para que los trabajadores presenten la declaración jurada.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió nuevamente el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023, mediante la Resolución General 5514/2024.

La medida dispuso prorrogar la fecha límite hasta el 30 de junio inclusive, siendo la tercera vez que el organismo nacional extiende el periodo establecido para llevar a cabo la presentación del formulario de declaración jurada.

La normativa especificó que “los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Nros. 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 30 de junio de 2024, inclusive”.

Asimismo, indicó que “los agentes de retención practicarán la liquidación anual prevista en el artículo 9° de la Resolución General N° 2.442 y en el inciso a) del artículo 21 de la Resolución General N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 31 de julio de 2024, inclusive”.

Además, precisó que “el importe determinado en dicha liquidación anual será retenido o, en su caso, reintegrado, cuando se efectúe el primer pago posterior a la fecha de dicha liquidación o en los siguientes si no fuera suficiente, y hasta el 9 de agosto de 2024, inclusive”.

A su vez, el texto oficial explicó que “deberá informarse e ingresarse el referido importe hasta las fechas de vencimiento establecidas para la presentación de la declaración jurada e ingreso del saldo resultante que operan en el mes de agosto de 2024, del Sistema de Control de Retenciones (SICORE), previsto por la Resolución General N° 2.233, sus modificatorias y complementarias, informándose en el período julio de 2024 y consignando como fecha de retención el 31 de julio de 2024″.

A qué se debe la nueva prórroga
La decisión de realizar una nueva postergación del plazo fijado está vinculada a la demora en el tratamiento y la sanción de la nueva legislación sobre Ganancias, que está incluida en la Ley Bases y el paquete fiscal, que el Ejecutivo envió al Congreso.

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó que la relevancia de la aprobación reside en que la Constitución Nacional “impide al Poder Ejecutivo dictar decretos de necesidad y urgencia en materia tributaria” y recordó que “el gobierno anterior instruyó a la AFIP a modificar las escalas del Impuesto a las Ganancias para 2023, sin que el Congreso Nacional ratificara estas modificaciones”.

De esta manera, sostuvo que “sin la prórroga, los empleadores deberían realizar las liquidaciones anuales con las escalas originales de la ley, lo que podría resultar en deudas para los empleados”, y agregó que “estas deudas absorberían total o parcialmente las percepciones informadas por los empleados y, en algunos casos, podrían ser mayores”.

Continuando en esa línea, Domínguez señaló que “desde el punto de vista de los empleados hay una nueva demora en la devolución de las percepciones de ganancias que informaron a sus empleadores” y aseguró que “el problema principal radica en que, si la liquidación anual se realizara hoy, es probable que, en lugar de recibir una devolución, los empleados se enfrenten a una deuda a pagar”.

En vistas a una solución definitiva, indicó que “el paquete fiscal que cuenta con media sanción de Diputados y está en tratamiento por parte del Senado, resuelve el problema incorporando las modificaciones a la ley del impuesto a las ganancias”.

En este sentido, la Resolución sostuvo que “en aras de dar continuidad a los actos de gobierno tendientes a brindar seguridad jurídica a los contribuyentes y responsables respecto del alcance del impuesto a las ganancias, el Poder Ejecutivo Nacional puso a consideración del Honorable Congreso de la Nación un proyecto normativo enviado mediante Mensaje (PEN) N° 20/24 a fin de dejar establecidas, con jerarquía de ley, las aludidas medidas de política tributaria”.

Fuente: noticiasargentinas.com

ECONOMÍA – Provincia confirmó que hay 60 empresas en situación de crisis: afecta a 10 mil trabajadores

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Comienzan a verificarse instancias de procesos preventivos de crisis, que derivaron en suspensiones. En paralelo se están dando acuerdos individuales en pequeñas empresas, que alimentan el fenómeno de pérdida de empleo por goteo.

La crisis económica golpea la actividad santafesina y aparecen síntomas que encienden alertas entre empresarios y trabajadores. A los despidos que comenzaron a verificarse de manera prematura desde el inicio del mandato presidencial de Javier Milei, ahora también se suman los procesos preventivos de crisis, un fenómeno recurrente durante la gestión de Mauricio Macri.

Según informaron desde el Ministerio de Trabajo de Santa Fe hay 60 empresas en situación de crisis formal que afecta aproximadamente a 10 mil trabajadores y trabajadoras en todo el territorio. En paralelo se están dando acuerdos individuales en pequeñas empresas, que alimentan el fenómeno de pérdida de empleo por goteo.

Cabe recordar que el proceso preventivo es una instancia a la que apelan las empresas para sortear el impacto de la crisis. Comienza con un pedido de autorización al Ministerio de Trabajo para que les permita achicarse a través de despidos y suspensiones. Con la participación del sindicato, las tres partes deben llegar a un acuerdo y el desenlace puede variar, pero la variable de ajuste termina siendo la mano de obra.

Los sectores más afectados por la recesión económica y donde se están verificando este tipo de instancias para atenuar la crisis, son la industria (especialmente metalúrgica y línea blanca), el rubro de vigiladores y el de gastronómicos. La construcción es la que más se resintió en este contexto, pero el régimen laboral no contempla figuras como las suspensiones o el proceso preventivo.

Sostener los puestos
En diálogo con El Ciudadano, el secretario de Trabajo de la provincia, Julio Genesini, se refirió a la problemática y detalló: “Esto se corresponde con la recesión que se profundizó este año. La suerte de estas situaciones, se va a dar en base a cómo evoluciona el proceso económico”.

Al respecto, agregó: “Las empresas más consolidadas apelan a ese mecanismo (proceso preventivo o suspensiones). Hay una vocación de sostener los puestos de trabajo, pero la caída es muy fuerte, también varía según la actividad”.

En este contexto, grandes firmas de la región apelan al Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo, que contempla la realización de acuerdos directos celebrados entre una empresa o cámara representante de empleadores y el sindicato con personería gremial representativo de los trabajadores, a fin de aplicar suspensiones a su personal abonando una suma no remunerativa en contraprestación.

Se consideran prestación no remunerativa a las asignaciones en dinero en compensación por suspensiones de la prestación laboral y fundadas en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputables al empleador, o fuerza mayor comprobada, pactadas individual o colectivamente y homologadas por la autoridad, conforme normas legales vigentes, y cuando por tales causales el trabajador no realice la prestación laboral a su cargo.

Genesini también se refirió a lo que sucede más allá de casos de grandes empresas y señaló: “Hay situaciones de reclamos o acuerdos individuales en empresas más chicas. Ahí se está dando lo que se conoce como pérdida de puestos por goteo. En ese sentido calculamos que hay 5 mil desvinculaciones entre diciembre y la actualidad”.

Según los últimos datos disponibles del Ministerio de Trabajo de la Nación, entre enero y febrero la provincia de Santa Fe perdió 1.594 puestos de trabajo registrados. El propio titular de la cartera santafesina indicó que entre febrero de este año y del 2023 fueron aproximadamente 2.600 pérdidas. De hecho estimó: “Calculamos que actualmente tenemos 5140.000 empleos, cuando en diciembre contabilizamos 522.000”.

Fuente: elciudadanoweb.com