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FINANZAS – Los tres motivos por los cuales el Banco Central podría volver a recortar la tasa

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La entidad monetaria todavía afronta un elevado sobrecosto de 80% anual por sus pasivos remunerados. La deuda de la entidad que devenga interés representa unos USD 47.000 millones

El presidente Javier Milei remarcó en una entrevista con CNN que “en cuanto terminemos de sanear el balance del Banco Central, podamos eliminar los pasivos remunerados, en ese momento, cuando abramos el cepo, la Argentina va a empezar a despegar muy fuertemente, pero muy fuertemente. Nuestra esperanza es que podamos entrar al segundo semestre en esa condición”.

La preocupación presidencial es coherente con el trabajo que viene realizando Santiago Bausili al frente del Banco Central desde la llegada de la nueva administración en diciembre. Con la devaluación el peso de los títulos de deuda que emite el Banco Central se licuó rápido, para caer casi a la mitad, aunque la debilidad de las condiciones financieras obligan todavía a pagar altas tasas de interés y retener los pesos en el sistema, para que no desaten una nueva carrera inflacionaria y devaluatoria.

El Banco Central decidió dos importantes recortes de la tasa de política monetaria en los últimos cuatro meses. Tras el salto cambiario de 118% del 13 de diciembre, que llevó al dólar oficial a los 800 pesos, se decidió de inmediato una rebaja de la tasa directriz del sistema -que se transmite también a créditos y plazos fijos- del 133 al 100 por ciento nominal anual. Y el 13 de marzo hubo una nueva baja al 80 por ciento.

Los analistas económicos coinciden en que esta tasa continúa siendo negativa en términos reales en su competencia contra la inflación, dinámica que ayuda a disminuir paulatinamente los pasivos del BCRA. pero no se puede dejar de observar que la más nominal de los mismos es tan grande que aún con dicho ajuste la deuda sigue creciendo y puede representar una amenaza a la estabilización de las variables. En detalle, el stock de Pases pasivos alcanzaba $32,9 billones ($32.862.726 millones) y las Nobac (Notas del BCRA), unos $139.315 millones, según la última actualización oficial al 4 de abril.

Estos títulos que remuneran a la tasa presente del 80% anual suman -al tipo de cambio oficial- unos USD 38.307,7 millones. Al incorporar los Bopreal (Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre) para importadores, unos USD 8.974 millones, las deuda emitida por el BCRA totaliza USD 47.281,7 millones, una importante cifra todavía superior a las reservas internacionales brutas, cerca de los 29.000 millones de dólares.

En marzo el pago de intereses los Pases pasivos y Nobac alcanzó casi dos billones de pesos ($1.976.553 millones). Aunque viene descendiendo desde el récord de $2,57 billones de enero, solo por intereses el BCRA emitió -y reabsorbió- el mes pasado el 16% de la Base Monetaria, ahora en los 12,46 billones de pesos.

Tres motivos para recortar la tasa

Dado el alto costo de los pasivos, el Banco Central supervisa la oportunidad de aplicar un nuevo ajuste en la tasa de política monetaria que paga para reducir su peso financiero. El inicio mes de abril presenta tres factores a favor de la entidad monetaria para dar un paso más con este objetivo:

-Desaceleración inflacionaria. Las previsiones de las consultoras sitúan la inflación de marzo apenas sobre el 10%, lo que sería la tasa mensual más baja en este primer tramo de la presidencia de Milei. Este sería el tercer mes consecutivo de descenso de la inflación respecto del mes anterior y con esta tendencia podría especularse con una inflación de un dígito en abril. Aunque la inflación sigue muy alta, el paulatino descenso daría margen a una imayor laxitud para las tasas.

-Fuerte recesión. Los datos de actividad económica son preocupantes y tienen que ver con que “faltan los pesos” o que los pesos “no alcanzan”. Distender la contracción monetaria y liberar más liquidez al mercado ayudaría hoy a apuntalar más el consumo con un relativamente bajo impacto inflacionario. En otro sentido, tasas más bajas incentivarían a darle impulso al crédito y la inversión, también expansivos.

-Dólar estable. La estabilidad cambiaria siempre es un indicador que no se debe perder de vista. Cuando abunda la liquidez de pesos las presiones alcistas para los dólares paralelos son visibles. Por el contrario, la contracción real de la Base Monetaria -y su principal componente, los billetes en circulación- contribuyó a estabilizar al dólar “blue” y los financieros en la zona de los 1.000 pesos, tras haber marcado máximos cerca de los 1.300 pesos durante la última semana de enero. El inicio de mayor liquidación de exportaciones del agro -un 20% de este volumen se cursa por el mercado de valores a paridad “contado con liqui”- neutralizaría en el corto plazo la presión sobre los precios derivada de más pesos en la economía.

“Con una acumulación de reservas a todo vapor, y una cosecha que asegura una gran oferta de divisas en los próximos meses, es que continúan pinchados los dólares financieros, dado que los operadores reconocen que los flujos continúan al mando en esta etapa”, explicó el economista Gustavo Ber, titular del Estudio Ber.

“Si el IPC (índice de precios al consumidor) de marzo a conocerse esta semana se ubica en torno al 10% como dice el Gobierno sería más abajo de lo esperado y representa una notoria mejora. Sin embargo, el lado oculto es que la recesión puede ser mayor a la esperada, actuando de ancla de precios”, estimó el economista Roberto Geretto. “Si la inflación muestra otro signo de fuerte desaceleración es muy probable que haya otra baja de tasas. Esto es no solo para seguir disminuyendo la emisión endógena de dinero, sino también bajar el carry negativo en dólares del BCRA que surge del diferencial entre tasas de interés y de devaluación”, añadió.

El analista Salvador Di Stefano expresó que el dólar seguirá planchado, al menos mientras ingresen las cantidades fuertes de maíz y soja en abril, mayo y junio. La tasa de interés podría bajar en el mes de abril, en función de lo que vemos en el mercado del dólar futuro, en donde la tasa implícita está por debajo del 60% anual, y la tasa de política monetaria está en el 80% anual, mucha divergencia para que se mantenga en estos niveles. La tasa de plazo fijo en el 70% anual, estaría próxima a descender, si ello ocurre los bonos en pesos ajustados por inflación volverían a recuperar brillo”.

“No veo tan clara la recuperación (de la economía) en ‘V’, porque la recesión no es que empezó ahora en el Gobierno de Milei. Puede ser que el programa haya reforzado el proceso recesivo”, afirmó el economista Fausto Spotorno. “Lo que sucede realmente es que hay parte de la sociedad que está desahorrando en esta caída de consumo. Yo no sé si el dólar estaría tan estable si no hubiera una credibilidad sobre el Gobierno de que efectivamente va a salir del cepo”, estimó.

Fuente: infobae

ECONOMÍA – Salarios: último dato marca caída del 18% real y especialistas advierten que es “la peor forma” de bajar la inflación

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Aunque los gremios busquen competir en la carrera contra precios, la caída de los salarios es sostenida. Economistas opinan sobre la inconveniencia del ancla salarial para bajar el IPC.
Al tiempo que el ministro de Economía, Luis Caputo, plantea la imposibilidad de homologar la paritaria del gremio de camioneros, el último dato del INDEC mostró una caída real de los salarios del 18% y especialistas consultados por Ámbito coinciden en que es “la peor forma” de bajar la inflación.

Camioneros acordó un aumento del 25% para el sueldo de marzo y 20% en abril. A Caputo no le gusta esto. Tanto es así que aseguró que no se homologará el convenio. “La paritaria tiene que tener una lógica”, aseguró el titular del Palacio de Hacienda. Y al término de esa frase, retrucó: “Las paritarias son libres, pero la Secretaría de Trabajo funciona como regulador, tiene que homologarlas. ¿Por qué homologar algo que no tiene ningún sentido? Sería generarse un problema propio”.

Mientras tanto, el último informe salarial del INDEC exhibe que el problema se encuentra en las remuneraciones, sobre todo en el sector público. Cuando se comparan contra precios, la situación queda de manifiesto: a nivel interanual, los salarios en enero subieron 191,5%, contra un aumento de precios del 254,2%. Es decir, quedaron 62,7 p.p por debajo del IPC en el mismo período, una caída del 18% en términos reales.

Las voces de especialistas

En el desagregado, las paritarias del sector privado en enero “tuvieron aumentos importantes, algunos superiores al 20%”, asegura Luis Campo, investigador de la CTA Autónoma. Sin embargo, contra enero de 2023 están un 13,9% abajo. A su vez, el sector público marcó una caída más pronunciada, exhibiendo una baja del 24,3% en el mismo período.

“La estrategia del Gobierno es bajar la inflación y disciplinar a la sociedad a fuerza de recesión. La búsqueda de recuperar algo de esta caída se lleva muy mal con el objetivo oficial. Se entiende la resistencia a homologar acuerdos que estén por arriba de la pauta”, plantea Campos.

Para el director de Economía en el centro de investigación Fundar, Guido Zack, “utilizar los salarios como ancla inflacionaria es totalmente consistente”, pero se trata de “la peor manera de bajar la inflación” ya que “afecta al crecimiento, distribución de los ingresos y la pobreza”.

Es por eso que entiende que el Gobierno plantea un programa de estabilización “a cómo dé lugar, caiga quién caiga”, sin mensurar “cuánto tiempo y en qué magnitud se mantendrá sin amenazar la sostenibilidad del programa”.

Lo llamativo del presidente Javier Milei sobre este tema es la propia consideración que mantuvo al comienzo de su mandato, cuando aseguró que las paritarias “deben seguir siendo libres”. En este sentido, rechazó cualquier sugerencia de fijar topes o establecer acuerdos más allá de lo que negocien empresarios y trabajadores.

Cuatro meses después, Zack no solo resalta la contradicción del oficialismo, sino también la falta de predisposición a generar alguna política de ingresos. “No hay intención de sentar a sindicatos o cámaras empresarias para intentar moderar el efecto de la devaluación, la puja distributiva e inercia inflacionaria”, advierte el integrante de Fundar y reflexiona: “es llamativo porque en sus propios términos, la política de ingresos no tiene costo fiscal”. A su vez, considera que el oficialismo ajusta en áreas que no guardan relación con la baja de la inflación, pero sí con una política de desarrollo, como ciencia o tecnología.

Lo mismo resalta el economista Eric Paniagua: “Parte de la estrategia del Gobierno se ha basado en deprimir salarios, al menos transitoriamente, a fin de conseguir mejores saldos exportables y una caída en la actividad. Con sueldos a la baja, tras la devaluación, menos presión sobre la demanda agregada”.

Por último, para Martín Kalos, director de EPyCA Consultores, es importante contextualizar la participación del salario en la estructura de costos: “en los últimos nueve años mostraron una pérdida del salario en este sentido”, explica el economista.

Esto quiere decir que el impacto del salario en los precios es menor que hace nueve años atrás. Es por eso que, si bien entiende que no todos los sectores mantienen el mismo nivel de mano de obra, atribuirle la culpa de la inflación a los salarios “es perverso” cuando hay precios que subieron hasta 150% en solo cuatro meses. “Están eligiendo que sea el precio que queda atrasado. Está ideológica, ética y socialmente mal”, concluye Kalos.

Fuente: ambito

NACIONALES – Detalles de la nueva norma de la UIF: qué controles deberán realizar los contadores

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El mes pasado, la UIF publicó en el Boletín Oficial la resolución 42, que obliga a nuevos controles que tienen que realizar los contadores.

El mes pasado, la Unidad de Información financiera publicó en el Boletín Oficial la resolución 42, que obliga a nuevos controles que tienen que realizar los contadores. A raíz de la inmediatez de la vigencia de la norma, por la transición la Federación de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas envió una nota a la UIF solicitando que se exija la aplicación de la resolución para las auditorías de cierres de ejercicio que no sean anteriores al 30 de septiembre de este año.

El pedido se fundamenta en que se requieren tiempos adicionales para poder adecuar el marco de la actuación profesional para poder cumplir con las nuevas exigencias profesionales. Actualmente, se encuentran muchas auditorías sobre estados contables en curso de ejecución y no pudieron ser planificadas según los nuevos requerimientos que tienen que cumplirse. Asimismo, tienen que incorporarse a la tarea nuevos profesionales como sujetos obligados, que requieren la capacitación adecuada para realizar la labor profesional.

La obligación de los contadores no es nueva, a pesar de que ahora se requieren nuevos controles. La ley 25.246 le da a la Unidad de Información financiera la función de prevenir e impedir el lavado de activos y la financiación del terrorismo. El artículo 20 de la ley  enumera los sujetos obligados a informar a la UIF, entre los que se encuentran los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.  fMediante la Resolución de la  UIF  65/2011 se establecieron  los procedimientos que los profesionales independientes matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, conforme la Ley 20.488 que reglamenta su ejercicio (entre los que se encuentran los Contadores Públicos), deberán observar para prevenir, detectar y reportar, los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de previstos en la ley.

Detalles de la nueva resolución de la UIF

La nueva resolución comenzó a regir a partir del día 19 de marzo del 2024. Para los procedimientos sumariales que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la misma o para el análisis y supervisión de hechos, circunstancias y cumplimientos ocurridos con anterioridad a esa fecha, se tiene que aplicar la anterior resolución UIF 65/2011 (ahora derogada).

A los efectos de la resolución se entiende  por Actividades Específicas a las siguientes:

  • i) Compra y/o venta de bienes inmuebles, cuando el monto involucrado sea superior a 700 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles; ii) administración de bienes y/u otros activos cuando el monto involucrado sea superior a 150 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles; iii) administración de cuentas bancarias, de ahorros y/o de valores cuando el monto involucrado sea superior a 50 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles; iv) organización de aportes o contribuciones para la creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas; v) creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y la compra y venta de negocios jurídicos y/o sobre participaciones de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas; y
  • Confección de informes de auditoría de estados contables  (Auditoría externa de estados contables con fines generales), cuando  según el Estado de Resultados auditado, posean ingresos por actividades ordinarias cualquiera sea la denominación con que se exponga en el resultado bruto, iguales o superiores a 4000 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, valuados a la fecha de cierre del ejercicio económico.
El mes pasado, la UIF publicó en el Boletín Oficial la resolución 42, que obliga a nuevos controles que tienen que realizar los contadores

El Salario Mínimo, Vital y Móvil es el establecido por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que se encuentra vigente al 31 de diciembre del año calendario anterior y al 30 de junio del año calendario corriente, según corresponda.

Los clientes se clasifican en:

 1) Habituales: cuando realicen más de una Actividad Específica, cualquiera sea su clase, dentro del lapso de un año.

2) Ocasionales: cuando realicen sólo una Actividad Específica, cualquiera sea su clase, en un lapso igual o mayor a un año.

Asimismo, deben considerarse las pautas establecidas tienen que cumplirse ante personas que se encuentran expuestas políticamente.

Se define como  operaciones inusuales a las que son  realizadas en forma aislada o reiterada, independientemente del monto, que carecen de justificación económica y/o jurídica, y/o no guardan relación con el nivel de riesgo del cliente o su perfil transaccional, y/o que, por su frecuencia, habitualidad, monto, complejidad, naturaleza y/u otras características particulares, se desvían de los usos y costumbres en las prácticas de mercado.  

Se entiende como operaciones sospechosas a las realizadas que ocasionan sospecha o motivos razonables para sospechar que los bienes o activos involucrados provienen o están vinculados con un ilícito penal o están relacionados a la financiación del terrorismo, o a el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o que, habiéndose identificado previamente como inusuales, luego del análisis y evaluación realizados por el sujeto obligado, no permitan justificar la inusualidad, estos controles deben efectuarse antes de iniciar la relación profesional y luego de manera permanente.

Reglas de identificación y verificación de Clientes personas humanas

Los requisitos mínimos de identificación de los clientes personas humanas, los siguientes:a. Nombre y apellido completo, tipo y número de documento que acredite identidad.

  1. La identidad del Cliente deberá ser verificada utilizando documentos, datos o información de registros públicos y/u otras fuentes confiables; con resguardo de la evidencia correspondiente de tal proceso y de la copia del documento que acredite la identidad acompañado por la persona humana. A tales fines se aceptarán como documentos válidos para acreditar la identidad, el documento nacional de identidad emitido por autoridad competente nacional, y la Cédula de Identidad o el Pasaporte otorgados por autoridad competente de los respectivos países emisores.
  2. Nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento.
  3. Estado Civil.
  4. Código único de identificación laboral (CUIL), Clave única de identificación tributaria (CUIT), Clave de identificación (CDI), o la clave de identificación que en el futuro sea creada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), o su equivalente para personas extranjeras, en caso de corresponder.
  5. Domicilio real (calle, número, localidad, provincia, país y código postal).
  6. Número de teléfono y dirección de correo electrónico.
  7. Actividad laboral o profesional principal. Los requisitos previstos en el presente artículo resultará de aplicación, en caso de existir, al apoderado, tutor, curador, representante, garante, y al autorizado, quienes deberán aportar, además de la información y documentación contemplada en el presente artículo a fin de identificarlos y verificar su identidad, el documento que acredite tal relación o vínculo jurídico para verificar que la persona que dice actuar en nombre del Cliente esté autorizada para hacerlo.

Reglas de identificación y verificación de clientes personas jurídicas

Se tendrá que verificar su identidad a través de los documentos acreditativos de su constitución y personería, obteniendo los siguientes datos:

  1. Denominación o razón social.
  2. Fecha y número de inscripción registral.
  3. CUIT, CDI, o Clave de Inversores del Exterior (CIE), o la clave de identificación que en el futuro fuera creada por la AFIP, o su equivalente para personas extranjeras, en caso de corresponder.
  4. Domicilio legal (calle, número, localidad, provincia, país y código postal).
  5. Copias del instrumento de constitución y/o estatuto social actualizado, a través del cual se deberá verificar la identificación del Cliente persona jurídica, utilizando documentos, datos o información de fuentes confiables; con resguardo de la evidencia correspondiente de tal proceso.
  6. Número de teléfono de la sede social y dirección de correo electrónico.
  7. Actividad principal realizada.
  8. Identificación de los representantes legales y/o apoderados, conforme las reglas para la identificación de personas humanas previstas en la presente resolución.
  9. Identificación de beneficiarios finales y verificación de la identidad de los beneficiarios finales, de conformidad con la normativa vigente.Cuando el Cliente sea una sociedad que realiza oferta pública de sus valores negociables, listados en un mercado local o internacional autorizado y la misma esté sujeta a requisitos sobre transparencia y/o revelación de información, no deberá cumplirse el requisito del inciso i), debiendo acreditar tal circunstancia.
  10. Nómina de los integrantes del órgano de administración u órgano equivalente.
  11. Titularidad del capital social. En los casos en los cuales la titularidad del capital social presente un alto nivel de atomización por las características propias, se tendrá por cumplido este requisito mediante la identificación de los integrantes del consejo de administración o equivalente y/o aquellos que ejerzan el control efectivo de la persona jurídica.

Reglas de identificación y verificación de otros tipos de Cliente

En el caso de otros tipos de entes se deberán seguir las siguientes reglas de identificación y verificación de la identidad de los clientes y/o beneficiarios finales:

  1. Órganos, entes y demás estructuras jurídicas que conforman el Sector Público Nacional, Provincial y Municipal: se identificará exclusivamente a la persona humana que solicite la realización de la Actividad Específica, conforme las reglas generales para las personas humanas, y se deberá obtener copia fiel del instrumento en el que conste la asignación de la competencia para ejecutar dichos actos, ya sea que lo aporte el Cliente, o bien, lo obtenga el Sujeto Obligado a través de las publicaciones en los Boletines Oficiales correspondientes.
  2. Fideicomisos: se deberá identificar al Cliente mediante la denominación y prueba de su existencia (por ejemplo mediante el contrato de fideicomiso). Se identificará al fiduciario, fiduciantes y, si estuvieren determinados los beneficiarios y/o fideicomisarios, como así también se deberá identificar al administrador o cualquier otra persona de características similares. Asimismo, se deberá identificar a los beneficiarios finales del fideicomiso, de conformidad con la normativa vigente. En los casos de Fideicomisos Financieros, cuyos fiduciarios y colocadores son sujetos obligados solo deberá identificarse a los Fiduciarios.
  3. Fondos Comunes de Inversión: se identificará a la sociedad gerente y a la sociedad depositaria, en los términos dispuestos por las reglas previstas para las personas jurídicas. Envío de reportes.

Los profesionales obligados a informar tendrán que enviar, a través del sitio https://www.argentina.gob.ar/uif, los siguientes reportes:

  • Operaciones de compra y/o venta de bienes inmuebles en efectivo superiores a 700  Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
  • Constitución de personas jurídicas.
  • Cesión de participaciones societarias.iv. Operaciones por compra y/o venta de bienes inmuebles ubicados en las Zonas de Frontera, superiores a 700 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
  • Constitución de Fideicomisos.
Lo contadores pidieron a la UIF que se exija la aplicación de la resolución para las auditorías de cierres de ejercicio que no sean anteriores al 30 de septiembre

El profesional obligado deberá informar las entidades auditadas, indicando la denominación o razón social de la entidad. El reporte deberá contener además, la siguiente información:

i. Estado de Situación Patrimonial:

· Total del Activo.

· Total del Pasivo. – Patrimonio Neto.

ii. Resultado del Ejercicio:

·Ingreso por actividades ordinarias.

·Otros ingresos.

· Total del Resultado del Ejercicio (Ganancias o Pérdidas).

 Reporte Sistemático Anual (RSA): el Sujeto Obligado deberá remitir anualmente,un reporte conteniendo la siguiente información:

i. Información general (denominación, domicilio y actividad).ii. Información sobre tipos  y cantidad de Actividades Específicas realizadas.

Fuente: iprofesional

Seguridad social

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Incrementan el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales para el cálculo de los aportes y contribuciones al SIPA a partir de abril 2024.

Las bases imponibles mínima y máxima -art. 9° Ley N° 24.241- de los haberes mensuales para el cálculo de los aportes y contribuciones al SIPA se establecen en $ 57.688,19 (anterior $ 45.281,15) y $ 1.874.838,91 (anterior $ 1.471.616,10), respectivamente, a partir del período devengado abril de 2024.

Resolución (ANSES) Nº 62/2024 (BO 05/04/2024)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Cada vez más contribuyentes son expulsados del Monotributo: cuál debería ser el tope máximo de facturación

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Los límites se fueron atrasando respecto a la inflación, obligando a pequeños contribuyentes a pasarse al régimen general. El proyecto ¿se queda corto?

Dentro de las reformas que están negociando entre el Gobierno de Javier Milei y el Congreso, hay un paquete fiscal que incluye, entre otros impuestos, al Monotributo.

El tope de facturación de este Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes subió en enero 110,9% por la movilidad previsional acumulada en 2023, según lo establecido por la ley, pero se quedó muy atrasado en un contexto de inflación creciente.

Ahora, el proyecto que el Poder Ejecutivo dejó trascender en borrador actualiza parte de ese retraso y la pregunta que surge es si ¿es suficiente o se sigue quedando corto?

Los valores del Monotributo en 2023 y 2024

En 2023, rigieron dos tablas de categorías del Monotributo, una en el primer semestre y otra en el segundo. Cada escalón tiene un tope de ingresos brutos (facturación) y, en el último está el límite de facturación para permanecer en este régimen. Quienes lo superan deben pasar a ser responsables inscriptos, anotarse en IVA, en Ganancias y en autónomos, con un costo mucho mayor.

En diciembre del año pasado, la facturación máxima para ser monotributista era de $7.996.484,12 anuales en caso de prestadores de servicios (categoría H) y $11.379.612,01 para quienes los comerciantes que venden bienes muebles (categoría K).

Así y todo, el año pasado terminó con más de 2 millones de monotributistas y más de 600.000 monotributistas sociales.

En el borrador que se conoció en marzo, el tope máximo subiría a $35,5 millones, un 109% de aumento respecto del valor vigente.

A partir de enero de 2024, esos topes subieron a $11.916.410,45 y $16.957.968,71, respectivamente. Teniendo en cuenta que esa actualización de ley no recuperó toda la inflación del año pasado (ni prevé el impacto de la suba de precios de este primer semestre), el Gobierno busca otro ajuste.

En el borrador que se conoció en marzo, el tope máximo subiría a $35,5 millones, un 109% de aumento respecto del valor vigente.

Si se estima una inflación acumulada del 50% en el primer trimestre de 2024, ese incremento más que compensaría la pérdida, pero no recompondría el fuerte atraso anterior.

¿Es suficiente el límite de facturación propuesto por el Gobierno?

El régimen simplificado nació en 1998 con un tope para la categoría K de $144.000, equivalente a 144.000 dólares. “Al tipo de cambio oficial, hoy deberían ser $125 millones al año y, si consideramos el dólar MEP, rondaría los $150 millones”, dice Luciano Brunotto, tributarista del Estudio Castillo y Asociados.

El especialista analizó también los valores que surgen de seguir la actualización del salario mínimo y la inflación de este período. En el primer caso, la facturación máxima del Monotributo debería ser de $146 millones y, si se la actualiza por inflación, tendría que llegar a $90 millones.

“Cualquiera sea la referencia que se utilice para una razonable actualización, el valor propuesto en el proyecto representa menos del 40% del valor considerado originalmente en el régimen de Monotributo. Y el proyecto de ley no resuelve el retraso histórico que se registra a lo largo del tiempo”, advierte.

Si se buscara un valor similar a 10 años atrás, el tope de facturación del Monotributo debería ser de $53 millones

Qué pasó con el Monotributo en los últimos años

Sin ir tan atrás en el tiempo, cuando las circunstancias eran diferentes, se puede ver la historia reciente de los límites de facturación. Todo ese atraso se fue generando porque la ley original no tenía cláusulas de actualización y los gobiernos fueron dando aumentos discrecionales. Esto cambió cuando, en el Gobierno de Mauricio Macri se estableció un ajuste automático en enero de cada año, según la movilidad del año anterior.

Sin embargo, al igual que en el caso de los jubilados, esa actualización acentuó el atraso del Monotributo.

En la última década la pérdida es evidente. En 2014, el tope máximo de facturación para los monotributistas era de $600.000. Si se le aplicara la inflación acumulada en estos 10 años, el tope debería ser 53.093.730 pesos.

Es decir, los $35,5 millones propuestos representan sólo el 66% de ese valor. Sí hubiera estado más cerca la versión original de las modificaciones de la ley (incorporadas en el proyecto que el Ejecutivo envió al Congreso en enero y que luego quedó en la nada) con un tope de $68 millones.

En qué gobiernos el Monotributo se atrasó más

El Estudio Castillo analizó la evolución de los límites de facturación del Monotributo en los tres últimos períodos presidenciales y los comparó con la inflación.

“En el segundo mandato de Cristina Fernández (2011-2015) la actualización del Monotributo siguió los indicadores de la inflación”. En 2011 comenzó en $300.000 al año y terminó 2015 en $600.000. En ese período (en el que el INDEC estaba intervenido y hay que tomar índices alternativos de inflación), hubo una única suba discrecional en septiembre de 2013.

La pérdida del Monotributo respecto de la inflación se acentuó durante la presidencia de Alberto Fernández

La pérdida del Monotributo respecto de la inflación se acentuó durante la presidencia de Alberto Fernández

“En la gestión de Mauricio Macri (2015-2019) se registró una inflación del 281% en tanto que las actualizaciones de facturación en el Monotributo fueron del 188%, registrándose un retraso del 33% aproximadamente”, dice Brunotto. En 2019, el límite para ser monotributista pasó de $600.000 a $1.726.600, luego de modificarse la ley y establecerse las actualizaciones automáticas, una vez al año, por la movilidad previsional.

Pese a que el retraso es importante en la gestión de Macri, “la pérdida del Monotributo respecto de la inflación se acentúa durante la presidencia de Alberto Fernández, ya que se registró un aumento en los precios superiores al 1.147%, en tanto que los parámetros de facturación máximos admitidos por el Monotributo subieron un 559%. El atraso durante este período representa más del 50 por ciento”.

Si solo si quisiera recuperar lo perdido durante el gobierno de Alberto Fernández, el Monotributo debería tener un tope de facturación de casi $30 M

Si solo si quisiera recuperar lo perdido durante el gobierno de Alberto F, el Monotributo debería tener un tope de casi $30 M

De esta manera, si solamente se quisiera recuperar lo perdido durante el gobierno de Alberto Fernández, el Monotributo debería tener un tope de facturación de casi $30 millones. Si se toma como referencia el atraso de las dos últimas gestiones presidenciales, debería subir a $39 millones.

Mientras que, si se buscara un valor similar a 10 años atrás, debería ser de $53 millones. Aún así, no se lograría volver a los valores originales cuando se implementó el régimen a fines de los ‘90.

Fuente: iprofesional

NACIONALES – Confirmado: los nuevos billetes de $ 10.000 y $ 20.000 entrarán en vigencia a partir de esta fecha

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Ante la suba de la inflación, el BCRA tomó la decisión hace algunos meses de emitir billetes de mayor denominación: cuándo estarán en circulación.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) confirmó que en breve pondrá en circulación nuevos billetes de $10.000 y $20.000, para compensar la pérdida de poder de compra de las actuales opciones que tienen como máximo el de $2000.

Desde la autoridad monetaria afirmaron que la medida tiene como objetivo agilizar las transacciones entre las personas; hacer más eficiente la logística del sistema financiero; y reducir los costos de adquisición que hoy se dificultan en los cajeros automáticos.

Nuevos billetes de $10.000 y $20.000: ¿qué diseño tendrán?

Los nuevos billetes tendrán como protagonistas a Manuel Belgrano, María Remedios del Valle y Juan Bautista Alberdi, quienes forman parte de la ya existente familia “Heroínas y Héroes de la Patria”.

El comunicado de la entidad manifestó que la decisión busca reducir los costos de producción y acortar los plazos de impresión.

El de $10.000 tendrá las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle en el anverso, quien fue una heroína de la guerra de la independencia. Mientras que el reverso mostrará la recreación artística de la escena de la Jura de la Bandera, realizada el 27 de febrero de 1812.

 

Por su parte Juan Bautista Alberdi, principal inspirador de la Constitución Nacional de 1853, aparecerá en el anverso del de $20.000. Su reverso tendrá la impresión de la recreación de la casa natal del abogado, economista, filósofo y político.

Desde el Banco Central informaron que mantendrán el tamaño original, y que serán impresos en papel de algodón. Tendrán los resguardos tradicionales, como la marca de agua y el hilo de seguridad.

Nuevos billetes de $ 10.000 y $ 20.000: cuándo entrarán en circulación

Tras la aprobación del BCRA para la emisión de billetes de $10.000 y $20.000, aseguraron que estarán “disponibles para el público a partir de junio del corriente año”. Algo por lo que aún restan dos meses para que aparezcan en las billeteras argentinas.

Los nuevos billetes que se lanzarán en junio

En un inicio, se pensó en implementar billetes de $20.000 y $50.000, pero finalmente eligieron las denominaciones dadas a conocer. Santiago Bausili, presidente del Banco Central, afirmó que se avanzó con la medida que la gestión anterior se negaba a implementar para “no convalidar la sensación de escalada de precios”.

Luego de la inflación de los últimos meses, estas dos nuevas opciones que tendrán los argentinos desde junio facilitarán las transacciones entre partes, ya que hoy se necesitan muchos billetes para compras de productos cotidianos.

Fuente: el cronista

IMPOSITIVAS – Cambios en Ganancias, ¿un problema para AFIP?: así cobraría el organismo las deudas de 2023

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Estiman los analistas que el organismo que dirige Florencia Misrahi tendría que permitir a los contadores determinar el impuesto con las escalas viejas pero permitir que no se pague hasta que se sancione la restitución del gravamen.
Por más que el Gobierno nacional y las provincias logren, en los próximos días, un acuerdo en torno de la restitución del Impuesto a las Ganancias para los salarios más altos de la economía, dados los tiempos en los que se están manejando, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) no va a poder contar con los aplicativos actualizados en tiempo y en forma llegado el momento de la liquidación anual.

Es decir, que, aún cuando en los próximos 30 días el Congreso pudiera -en un trámite exprés- sancionar el nuevo impuesto, la realidad es que la adaptación de los sistemas de organismo fiscal lleva su tiempo. En consecuencia, los trabajadores que durante el 2023 dejaron de pagar Ganancias debido a modificaciones establecidas por decreto, van a tener una deuda con el fisco que no tendrían que abonar.

Así lo explicó a Ámbito el CEO de SDC Asesores Tributarios, Sebastián Domínguez, quien consideró que el organismo que conduce Florencia Misrahi no obligará a las empresas a hacer las retenciones por lo que no se pagó en 2023.

Ganancias: los cambios que dispuso el gobierno anterior

El año pasado se emitieron dos normas, los decretos 415 y 473 de Ejecutivo, mediante los cuales el Poder Ejecutivo modificó las escalas y el piso del impuesto a la espera de una ley que convalidara los beneficios otorgados por la anterior gestión de gobierno.

El Decreto 415/2023, de agosto del año pasado, subió las escalas del Impuesto a las Ganancias para los asalariados en un 35%. Hay que recordar que las escalas subían anualmente en función de la evolución del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) de octubre del año anterior. Además, llevó el piso a partir del cual se pagaba a $700.875 mensuales.

Luego, el Decreto 473/2023 dispuso que, a partir del segundo semestre del año pasado, el mínimo no imponible y las escalas de impuestos se iban a determinar en 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). Lo cual hizo que las personas con haberes desde $1,8 millones comenzarán a tributar.

Ganancias: la decisión del gobierno de Milei

Estos dos cambios no se convalidaron luego por ninguna ley. Tampoco cuando se derogó la denominada cuarta categoría se contempló resolver esa deuda.

Domínguez explicó que los aplicativos que tiene que poner la AFIP en su sitio para que los contadores hagan las liquidaciones del impuesto no están listos aún. Y, si bien tal como se dijo, el Gobierno nacional negocia con las provincias para intentar lograr, en los próximos días, un acuerdo en torno a la restitución de este tributo, tampoco se espera que una vez sancionada la ley estos cambios se puedan instrumentar rápidamente.

“Los aplicativos no están todavía. Si lo tuvieran que subir ahora a la web, lo tendrían que hacer conforme la ley vigente al momento. Aplicarían las escalas del impuesto que son diferentes”, señaló Domínguez.

El asesor tributario consideró que la AFIP tiene, no obstante, la capacidad de definir el vencimiento del compromiso y podría fijarlo en un momento en que se tengan ya los cambios aprobados.

“Esto ya pasó una vez durante el gobierno de Cristina Fernández. Entonces, lo que se hizo fue dejar la deuda en un campo especial y se difirió el pago. La verdad es que se determinó la cancelación como correspondía, pero la deuda no había que ingresarla. Después, cuando se aprobó la ley, quedó inexistente la deuda”, explicó.

Por esa razón, el CEO de SDC Asesores Tributarios consideró que, “como los nuevos aplicativos no van a estar listos, será necesario prorrogar los vencimientos seguramente”.

Un problema para Autónomos

Pero ese no es el único tema a resolver. Por otro lado, Domínguez señala que se genera un problema para los trabajadores autónomos. El experto en impuestos explicó que, en el caso de los profesionales que pagan IVA y Ganancias, que están anotados como Responsables Inscriptos, que por ejemplo “tienen saldos a favor que podrían usar para pagar Ganancias, no lo pueden hacer”.

Y eso ocasiona perjuicios a los contribuyentes porque el dinero que figura a favor en la cuenta se licúa por la inflación. Claramente, es una situación que afecta a los aportantes, que pierden poder adquisitivo de esos saldos producto de la evolución de los precios de la economía.

Fuente: ambito

PROVINCIALES – Unas 2.500 mipymes de Santa Fe dejarán de ser agentes de retención

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La Administración Provincial de Impuestos (API) dispuso que serán agentes las empresas de Santa Fe con ingresos anuales superiores a $160 millones. El trámite de exención será 100% online

La Administración Provincial de Impuestos (API) modificó el régimen de retenciones y percepciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos. La medida establece que no deberán actuar como agente de retención aquellas empresas cuyos ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior no superen los $ 1.200 millones atribuibles a la jurisdicción de Santa Fe, ni los $ 1.500 millones en el resto de las jurisdicciones del país.

Antes de esta disposición, debían actuar como agentes de retención todas aquellas empresas cuyos ingresos anuales superaran los $160 millones.

Al respecto, el ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó que “el nuevo piso es nueve veces superior al que regía desde octubre de 2022, lo que beneficiará a 2.500 micros y pequeñas empresas santafesinas que venían estando alcanzadas por esta obligación”; que implicaba una exigencia administrativa y burocrática, que se traducía en un costo adicional para la pequeña empresa.

Por su parte, el ministro de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini, señaló que “es una medida a favor de las empresas santafesinas que no tiene precedente. Esto demuestra la vocación y el compromiso que tenemos con los sectores que producen, y nuestra forma de entender la gestión, que es a favor de los buenos contribuyentes, reconociendo el esfuerzo que hacen. Pero no es una medida aislada, forma parte de otras que se están implementando en materia impositiva, en materia de financiamiento, como las líneas de crédito que pusimos en marcha con el programa ‘Santa Fe Activa’, que son líneas con tasa subsidiada orientada a fortalecer el capital de trabajo y promover la inversión”.

Además, mediante la resolución 14/2024 y con el objetivo de desburocratizar el Estado, API dispuso que el trámite por el cual se gestione el reconocimiento de exención en el impuesto sobre los ingresos brutos se realice 100% digital, vía online.

Hasta hoy, dicho trámite sólo podía realizarse en forma presencial y mediante soporte papel, lo que demandaba una demora considerable en expedientes que insumían en promedio 50 hojas de papel y movimientos a través de distintas oficinas de API. Ahora el trámite será realizado en forma online por el interesado, con acceso mediante clave fiscal.

Trámite online

Para acceder al módulo de exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se deberá contar con CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), Clave Fiscal Nivel 3, otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y habilitar en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) el servicio “API – Santa Fe – Padrón Web Contribuyentes Locales”.

Habilitado el mismo, deberá ingresar a www.santafe.gov.ar/padronweb y seleccionar el Trámite: Impuesto sobre los Ingresos Brutos “Padrón Web Contribuyentes Locales”.

Una vez autenticado el contribuyente, se desplegarán las distintas opciones correspondientes al Padrón Web de Contribuyentes Locales referidas al módulo de exención:

  • Solicitud de exención de Ingresos Brutos: haciendo clic en esta opción el sistema le permitirá completar un formulario para solicitar una exención.
  • Constancia de exención de Ingresos Brutos: haciendo clic en esta opción se obtiene la constancia de exención si oportunamente fue otorgada.

Devolución a productores

Estas medidas se suman a la devolución del impuesto inmobiliario rural a los productores agropecuarios santafesinos, que pagaron total o parcialmente este impuesto durante el año 2022 y 2023, y que se vieron afectados por el desastre agropecuario. De acuerdo a estimaciones del Ministerio de Economía Provincial, la devolución impositiva superará los $ 2.425 millones.

Al respecto, Olivares explicó que “debido a la declaración de desastre agropecuario, resultaban exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y muchos ya lo habían abonado total o parcialmente, por esto se establecieron mecanismos para que, por primera vez, puedan aplicar ese saldo a favor a las cuotas de este año e inclusive con el descuento previsto del 35 % en el pago anual”.

Además, aquellos que cuenten con este saldo a favor, y que de igual manera abonaron el pago anual 2024, por primera vez la Provincia les reintegrará el impuesto por ese pago directamente a su propia CBU con trámite 100% digital.

Fuente: la capital

ECONOMÍA – El Gobierno modificará Ganancias y agilizará la obra pública para aprobar la Ley Omnibus

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El ministro del Interior y el jefe de Gabinete recibieron a 10 gobernadores de Juntos por el Cambio. Mandarán un borrador final de la Ley Base la semana que viene para girar al Congreso.

En una nueva ronda de reuniones con los gobernadores tendiente a avanzar con la ley Omnibus en el Congreso, la administración de Javier Milei se comprometió hoy a elaborar un borrador final con cambios en el impuesto a las Ganancias y el giro de fondos a las provincias para agilizar parte de la obra pública paralizada.

En la Casa Rosada calificaron como “muy positivo” el encuentro del jefe de gabinete, Nicolás Posse y el ministro del Interior, Guillermo Francos, con 9 gobernadores de Juntos por el Cambio (JxC) y a la vicejefa de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con quienes se analizaron los principales lineamientos de la Ley Bases y del paquete fiscal.

Luego de casi dos horas y media de reunión en el Salón de los Escudos Francos y Posse acordaron los mandatarios alineados al gobierno de Milei que la semana que viene se enviará un “borrador final” del nuevo proyecto de ley Base que se girará al Congreso para su aprobación.

Entre los ejes centrales de negociación con los mandatarios provinciales para avanzar cuanto antes en la Ley Base en el Congreso figuraron los siguientes ejes de debate: la restitución del impuesto a las Ganancias con un piso superior a los salarios mensuales de 1,2 millones de pesos, el giro de fondos o la provincialización de obra pública nacional y la posibilidad de llegar al Pacto de Mayo en Córdoba con todo el paquete de leyes aprobado en el Congreso.

Avances y borrador

“Hubo avances importantes y buena predisposición”, expresaron a El Cronista allegados al ministro Francos. La misma impresión dejó al salir del encuentro el gobernador de Chubut, Ignacio Torres, quien destacó que “hay un acuerdo con el gobierno de llegar a una instancia de equilibrio fiscal”.

El borrador final del proyecto de ley Base y el paquete fiscal que será girado al Congreso contemplará cambios en Ganancias en relación al piso, la escala y la actualización. Este es un reclamo insistente de los gobernadores del Norte aunque los de la Patagonia ponen reparos en la restitución de este gravamen.

“Habrá que hacer un equilibrio entre los reclamos del Norte y los planteos del Sur”, sintetizó un funcionario de la Casa Rosada.

Desde Santa Fe, el gobernador Maximiliano Pullaro dijo a El Cronista que “fue una reunión muy buena. Nosotros vamos a acompañar. Es una buena ley que le sirve a las provincias y a la Nación. No está confeccionada del todo, faltan definir aspectos de la letra chica”. Aunque dejó marcada su diferencia con respecto al tema Ganancias.

En tanto, Ignacio Torres de Chubut también planteó sus objeciones a la restitución de Ganancias ya que afectará en gran medida a los trabajadores del petroleo y a los médicos que cobras más allá de 1,2 millones de pesos mensuales..

Quedó implícito en la discusión que el capítulo de reforma laboral que estaba en el DNU será incorporado en el proyecto de ley Base. Es un reclamo que ya habían hecho los legisladores del PRO y la UCR.

Fondos de obras y jubilaciones

En tanto, en el debate sobre obra pública “hubo avances”, según dijeron en el Ministerio del Interior. Esto implica que Milei aceptaría girar fondos para aquellas obras prioritarias para las provincias y traspasar las obras nacionales al interior.

Desde este punto de vista hay acuerdo para que la Nación gire más fondos a las provincias para “obras prioritarias” o que se provincialicen las obras nacionales que están paradas y los gobernadores se hagan cargo.

Además, se habló tangencialmente de instrumentar por ley y no por DNU los cambios en las cajas previsionales transferidas. “Sería un error que no se corrija esto por ley porque en caso contrario iremos a la Justicia”, dijeron variuos mandatarios.

En el  encuentro en el que participaron los mandatarios de Chaco, Leandro Zdero; de Chubut, Ignacio Torres; de Corrientes, Gustavo Valdés; de Entre Ríos, Rogelio Frigerio; de Jujuy, Carlos Sadir; de Mendoza, Alfredo Cornejo; de San Juan, Marcelo Orrego; de San Luis, Claudio Poggi; de Santa Fe, Maximiliano Pullaro; y la vicejefa de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Clara Muzzio.

“Dialogamos con los gobernadores de Juntos por el Cambio sobre la Ley Bases y el paquete fiscal. Hemos arribado a un acuerdo con los gobernadores presentes, que se comprometieron a apoyar ambos proyectos”, señaló Francos.

También estuvieron presentes en la reunión el secretario ejecutivo de gobierno de la Jefatura de Gabinete de Ministros, José Rolandi; y el secretario de Interior, Lisandro Catalán.

Fuente: cronista

FINANZAS – El plazo fijo se perfila como ganador contra el dólar por tercer mes, pese a la baja de tasas

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La rentabilidad de los depósitos quedó debajo del 6% mensual, aún lejos de una inflación de dos dígitos. Medida en dólares sigue siendo una apuesta ganadora debido a la sorprendente estabilidad cambiaria.

Mientras que los dólares paralelos mantienen la debilidad de precios, al punto que ahora se pagan prácticamente al mismo precio que en diciembre, el plazo fijo asoma como una inversión ganadora y a la vez conservadora frente al billete verde, en esta tradicional puja entre las dos opciones más utilizadas por los pequeños ahorristas de la Argentina.

Una particularidad que se está dando en 2024 es que la tasa de interés en pesos no le está jugando a favor a los depósitos y, sin embargo, el dólar no sube. Por lo general, a una baja de las tasas –negativas en comparación a la inflación mensual de dos dígitos– le responde un salto alcista para los dólares libres, algo que este año no sucedió. Y cuando la tasa sube, se fortalecen los depósitos a plazo fijo y baja el dólar. No obstante, el dólar libre y las cotizaciones bursátiles cedieron terreno tras la baja de tasas.

Abril se perfila como el tercer mes consecutivo en el cual el plazo fijo le puede ganar al dólar. Basta señalar que el dólar libre es negociado a $1.005 para la venta, cinco pesos por debajo del cierre de febrero y 20 pesos menos que el 29 de diciembre, la última rueda operativa del año pasado.

Con la rebaja de la tasa de política monetaria implementada por el Banco Central el 12 de marzo, desde el 100% nominal anual al 80%, también cayeron los rendimientos de los plazos fijos, desde el 110% al 70% nominal anual. Esto significa para el ahorrista una tasa de interés mensual por su depósito a plazo fijo en torno al 6%, aún lejos de una inflación minorista en la zona del 10 por ciento.

En este sentido, el beneficio de dejar los pesos en el banco pasa por la ganancia medida en dólares, pues la inflación le está sacando ventaja a ambas opciones de ahorro. En 2024 la inflación acumulada ya alcanza el 50%, contra un 25% que rindió el plazo fijo tradicional, y un -2% que arrojó el dólar libre.

El plazo fijo ofrece desde el 12 de marzo una menor rentabilidad que los meses pasados producto de una liberación de tasas que, en estos momentos, tiene en promedio un rendimiento mensual del 5,75 por ciento.

En marzo el BCRA bajó la tasa de interés para “impulsar el consumo y fomentar la inversión económica

Sucede que la autoridad monetaria suprimió la tasa mínima en los plazos fijos, con el objetivo de favorecer una “mayor competencia en el ámbito bancario y proporcionar a los consumidores condiciones más favorables para sus ahorros e inversiones”.

A lo largo de marzo, el dólar informal acumuló una merma de $20 o 1,9%, la segunda caída mensual consecutiva –había cedido $165 o 13,8% en febrero. Y la tendencia no parece que pueda revertirse en abril, un mes que se caracteriza por el fuerte ingreso de dólares a la economía con el inicio de la cosecha gruesa y un incremento del volumen de exportaciones.

Si un ahorrista decidió destinar 1 millón de pesos a la compra de dólares en el mercado libre en el inicio del año, se habrá alzado con USD 975,61. Pasados hoy a pesos son $980.488, menos que el monto original.

Quien hizo un plazo fijo tradicional, y atendiendo a la variación estimada de las tasas de retorno, habría transformado en tres meses el millón de pesos en $1.250.000 aproximadamente. Con este capital podría hoy comprar USD 1.243,78 en el mercado informal. Esto es una ganancia estimada de 27,5% en dólares en tres meses.

Sin embargo, medido por inflación, el beneficio del plazo fijo no fue tal, pues ante una inflación acumulada de 50% en el primer trimestre del año, los $1.250.000 de capital más intereses son, en términos reales, un 16,7% menos que el millón de pesos original que se tenía en el inicio de 2024.

Fuente: infobae