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ECONOMÍA – El nivel de utilización de la capacidad instalada en la industria fue del 66,4% en noviembre

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A pesar de este retroceso de 2,5 puntos en el cotejo interanual, el uso de maquinaria, herramientas y equipos en el sector fabril durante noviembre se colocó por encima del 65,3% de octubre pasado.
La utilización de la capacidad instalada en la industria fue de 66,4% en noviembre, 2,5 puntos por debajo del 68,9% de igual mes de 2022, informó el Instituto de Estadística y Censos (Indec).

A pesar de este retroceso en el cotejo interanual, el uso de maquinaria, herramientas y equipos en el sector fabril durante noviembre se colocó por encima del 65,3% de octubre pasado.

Estos resultados se dieron en un marco en el que la actividad industrial marcó en noviembre una baja de 4,9% en la comparación interanual y de 0,6% en la mensual.

Telam SE

En el décimo primer mes de 2023, los bloques sectoriales que presentaron niveles de utilización de la capacidad instalada superiores al nivel general fueron Refinación de petróleo (84,7%); Industrias metálicas básicas (79,4%); Productos minerales no metálicos (74,3%); Papel y cartón (72,7%); Sustancias y productos químicos (71,4%) e Industria automotriz (68,3%).

Por el contrario, los bloques sectoriales que se ubicaron por debajo del nivel general fueron Productos alimenticios y bebidas (65,2%); Textiles (59,1%); Derivados de caucho y plástico (56,8%); Tabaco (56,2%); Edición e impresión (54,8%); y Metalmecánica (50,3%).

Fuente: telam

ECONOMÍA – Inflación récord en Santa Fe: estos son los productos que más subieron durante diciembre

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La inflación de diciembre de 2023 en la provincia de Santa Fe superó todos los registros desde que se creó el índice que mide el IPEC. Alcanzó el 215,4% interanual.

El Instituto Provincial de Estadísticas y Censos (IPEC) dio a conocer este lunes el dato de inflación de la provincia de Santa Fe y el Índice de Precios al Consumidor (IPC Santa Fe) que arrojó un aumento récord del 27,9% durante diciembre de 2023.

Durante el primer mes de 2024, se consolidó la fuerte aceleración de precios respecto a los meses previos, luego del salto del dólar oficial y el paquete de medidas de shock que aplicó el nuevo equipo económico del gobierno de Javier Milei.

Inflación en Santa Fe: los productos que más subieron en diciembre

Durante diciembre, 47 de los 48 productos que conforman la canasta de alimentos, bebidas y artículos relevada por el IPEC, aumentaron respecto al mes de noviembre.

Durante diciembre, 47 de los 48 productos que conforman la canasta de alimentos, bebidas y artículos relevada por el IPEC, aumentaron respecto al mes de noviembre.

El top 5 de los productos que más subieron durante el mes pasado lo encabezaron:

  • Aceite de girasol (1,5 litros): +65,7%.
  • Harina de trigo común (kilo): +58,4%.
  • Fideos secos tipo guisero (500 gramos): +56,8%.
  • Asado (kilo): +53,8%.
  • Nalga (kilo): +50,3%.

Por el contrario, solo un producto de la canasta relevada por el IPEC registró una baja en diciembre: tomate redondo (kilo) (-15%).

La inflación en Santa Fe superó el 215% en un año

La inflación acumulada en el territorio provincial durante los doce meses de 2023 alcanzó el 215,4% y se ubicó por encima de los números a nivel nacional, que llegó al 211,4% y fue récord a nivel mundial.

Según el informe, el aumento de precios en diciembre estuvo impulsado por los rubros “Equipamiento y mantenimiento del hogar” que subió un +44,8%, seguido por “Otros bienes y servicios” con un +39,6% y “Alimentos y bebidas no alcohólicas” con 30,9%.

Fuente: aire de santa fe

IMPOSITIVAS – Bienes Personales: la AFIP publicó los nuevos mínimos para los inmuebles y las escalas

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AFIP impone nuevos pisos para gravar los inmuebles y la casa habitación, y escalas que siguen distinguiendo entre bienes en el país y el exterior en 2024

El Impuesto sobre los Bienes Personales se aplicará sobre los inmuebles con un nuevo mínimo no imponible, ajustado por la inflación, de $27,3 millones y $136,8 millones para la casa habitación.

La AFIP también publicó las escalas aplicables para el Impuesto sobre los Bienes Personales sin tener en cuenta el proyecto de ley ómnibus que iguala las alícuotas en el caso de los bienes en el país y en el exterior, las que mantiene de manera diferenciada.

Por otra parte, la ley ómnibus que se discute en el Congreso, y que obtendría dictamen de comisión en la Cámara de Diputados esta semana, incluye una tercera manera de pagar el Impuesto a los Bienes Personales, con un régimen voluntario para adelantar 5 años, fijando el monto imponible.

Cuál será el mínimo no imponible de Bienes Personales para inmuebles

Con el índice de inflación de diciembre, que fue de 25,5%, se actualiza el valor mínimo de los inmuebles que estarán gravados con el Impuesto sobre los Bienes Personales en casos de personas humanas.

Sobre esta información, la AFIP publicó los nuevos valores aplicables para la determinación del Impuesto sobre los Bienes Personales del período de 2023, tal como sigue:

  • Mínimo no imponible general: $27.377.408,28
  • Mínimo no imponible para casa habitación: $136.887.041,42

Cómo quedan las escalas del impuesto a pagar en junio

En el caso del Impuesto sobre los Bienes Personales 2023, que se pagará en junio de 2024, la AFIP del gobierno de Javier Milei mantiene la diferencia de escalas para bienes en el país o en el exterior.

La escala de Bienes Personales para sujetos residentes en el país va de 0,75% a 1,75%, alícuota máxima que se aplica a partir de $138.870.414,86.

En cambio, para sujetos residentes en el país con bienes en el exterior, las alícuotas van de 0,7% a 2,25%, con la máxima a pagar sobre un monto que se reduce a $82.132.224,86 millones.

Tanto el mínimo no imponible como los pisos para la aplicación de la escala a los bienes que se declararán en junio próximo se calcula con el nuevo coeficiente diciembre 2017/diciembre 2023 calculado por la inflación de diciembre, el que resultó 28,311.

Qué propone la ley ómnibus para Bienes Personales

La ley ómnibus, que tendría esta semana dictamen de comisiones en la Cámara de Diputados, incluye un “Régimen especial de ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).

Se trata de un régimen voluntario que comprende el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales y todo otro tributo patrimonial (cualquiera fuese su denominación) que pueda complementar o reemplazar el ISBP para los períodos 2024 a 2027.

Alcance: se propone el ingreso por adelantado del Impuesto sobre los Bienes Personales correspondiente a los períodos fiscales 2023 a 2027, en forma unificada, sobre la base imponible determinada al 31/12/2023, sin necesidad de presentar las declaraciones juradas posteriores ni el ingreso de anticipos.

Plazo: el período para el ejercicio de la opción de adhesión al régimen especial es desde la vigencia de la ley y hasta el 31/03/2024 inclusive.

Sujetos alcanzados: el régimen resulta aplicable a personas humanas y Sucesiones Indivisas, responsables sustitutos y sujetos no residentes del país pero que hayan sido considerados residentes en Argentina en períodos fiscales anteriores.

En cuanto a las alícuotas, las personas humanas aplicarán la alícuota del 0,75% y los sujetos responsables sustitutos aplicarán la alícuota del 0,50%.

Fuente: iprofesional

Res Gral 5479/2024. AFIP.

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Seguridad Social. DDJJ. SICOSS. Diciembre 2023. Vencimiento. Enero 2024. Plazo. Prórroga

Se dispone la prórroga de determinadas obligaciones de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

Sujetos: Empleadores del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)
Gravamen: Aportes y Contribuciones con destino a la Seguridad Social

DDJJ: presentación y pago

Libro de Sueldo Digital

SICOSS y Declaración en línea

Periodo: Diciembre 2023 (devengado)

Vencimiento. Plazos (terminación CUIT): prórroga

0,1,2 y 3: 11/01/2024 (ant 09/01/2024)

4,5 y 6: 12/01/2024 (ant 10/01/2024)

7,8 y 9: 15/01/2024 (ant 11/01/2024)

Vigencia: 10/01/2024

Fuente: Lisicki Litvin

ECONOMÍA – Cambios laborales: cautela en las empresas a la espera de que el Congreso y la Corte Suprema resuelvan la validez del DNU

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La reforma propuesta por el Gobierno había generado un enorme entusiasmo en el sector privado, pero luego hubo una catarata de amparos y la justicia laboral dictó una cautelar que genera enormes dudas sobre el cambio de régimen

La medida cautelar que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó el 3 de enero contra el capítulo laboral del DNU atenuó las expectativas y la ilusión que tenía el sector privado en torno a ese paquetazo de cambios en la materia, que buscan reducir los juicios laborales y facilitar la creación de empleo. La vigencia del decreto duró menos de una semana.

Aunque algunos abogados laboralistas interpretan que es discutible que la cautelar genere un efecto suspensivo en todo el país, lo cierto es que ninguna empresa está tomando medidas como si el decreto estuviera vigente.

Según pudo relevar Infobae, están todas las compañías expectantes, no sólo a la espera de que se defina en la justicia la cuestión de fondo -en la Corte Suprema de Justicia-, sino que también observan con atención lo que sucede en el Congreso, donde se está discutiendo el proyecto de Ley Ómnibus, pero en donde aún no se conformó la Comisión Bicameral que deberá opinar sobre el DNU antes de que sea tratado por las cámaras en el recinto.

Uno de los cambios más relevantes para el sector privado, dentro del decreto, es el que hace referencia a las famosas “multas” que tanto se cuestionaba desde las distintas cámaras empresarias. La norma deroga todas las indemnizaciones agravadas por indebida o deficiente registración, que hasta más que triplicaban el monto a pagar, por lo que a partir del decreto, si el trabajador es despedido sin causa, sólo cobrará la indemnización común por despido.

Otra de las modificaciones incluidas en la reforma es la ampliación del período de prueba de 3 a 8 meses, que según las empresas permite tener más tiempo para conocer al trabajador antes de registrarlo. Son 30 los cambios que propuso en materia laboral el ahora suspendido decreto.

“Los empresarios tienen un enorme optimismo. Cuanto más se analiza el formato del documento, de las reformas, más queda claro que va a generar una enorme cantidad de empleo apenas se reactive la economía. Y si bien la cautelar generó muchas dudas, creen que esto se va a solucionar, o a través del Congreso o a través de la Corte”, dijo un abogado laboralista que asesora a la UIA y a otras entidades empresarias.

Al mismo tiempo, consideró la fuente que los fallos suspensivos de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que respondieron a las presentaciones de la CGT y la CTA no rigen para todo el país porque “las hicieron en la justicia nacional que aplica en CABA”.

“Para el interior del país, no es seguro que se encuentre la cautelar vigente. Lo van a discutir, pero en la teoría está vigente”, enfatizó el expero laboral.

La Procuración del Tesoro, que dirige Rodolfo Barra, apeló ante la cámara y solicitó que la causa se derive al fuero en lo contencioso administrativo, ya que hay fallos de la Corte que afirman que si una de las partes es el Estado, tiene que dirimirse en ese fuero. Lo que sostuvo la Cámara Laboral es que las modificaciones del DNU en la materia son tan profundas que merece que sea tratado por el fuero laboral. La cámara reafirmó su competencia, por lo que Barra deberá apelar en queja ante el tribunal supremo.

Línea directa

El DNU provocó la presentación de muchos amparos, los de las centrales sindicales en el fuero laboral y otros tantos en el fuero contencioso administrativo. Pero también hubo uno que fue directamente a la Corte. Se trató del presentado por el gobernador de La Rioja, Ricargo Quintela, quien instruyó a sus abogados a presentar “una acción declarativa de certeza en la que se reclama la declaración de inconstitucionalidad del decreto”, por producir “perjuicios irreparables a la ciudadanía”.

Frente a esta presentación, el tribunal ya respondió que resolverá el tema en febrero, tras el cese de la feria judicial. Mientras tanto, también le da tiempo a la política a que defina, en el Congreso, si aprueba o no el decreto.

“Viene para largo. Cada caso laboral va a terminar en la Corte. Porque uno va a decir que no está vigente el DNU; otro va a decir que sí. Si la Corte no toma una decisión o el Congreso no avanza, muchos interpretan que el DNU sigue vigente en el territorio de la Argentina o para los trabajadores que están fuera de convenio.

Esta cautelar generó mucha confusión”, precisó uno de los abogados consultados, al tiempo que agregó que “si bien el empresario no va a tomar ninguna decisión ahora para no asumir riesgos, si se presenta un caso de algún trabajador que se considere despedido y quiera cobrar multas, el empresario va a usar el decreto como arma de defensa”.

Fuente: infobae

IMPOSITIVAS – Quiénes deberán pagar el impuesto a los patrimonios y por qué se incrementa la presión fiscal

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El monto no imponible por 2023 quedó en $27.377.408 y el valor exento de la vivienda en $136.887.041; las cifras se reajustaron por inflación, pero según el índice interanual a octubre, bastante inferior al de todo 2023; esa actualización, además, se ubicó muy por debajo de la suba del dólar; qué activos están gravados y cuáles exentos y cuánto se pagará.

El impuesto a los Bienes Personales correspondiente a 2023 alcanzará a quienes tuvieron al 31 de diciembre último bienes gravados por un valor de, al menos, $27.377.408,28. La vivienda está exenta hasta un monto de $136.887.041,42 (no se consideran los precios de mercado, sino las valuaciones de acuerdo con las normas específicas para el tributo).

Las cifras fueron oficializadas por la AFIP, que las publicó en su página web. Surgen de la aplicación del mecanismo de actualización anual establecido por la ley 27.667, de 2021. Concretamente, se les aplicó a los valores vigentes en el año previo un incremento equivalente al porcentaje de variación registrado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec entre los dos últimos meses de octubre.

Así, los importes aumentaron un 142,7%, es decir, en un porcentaje muy inferior al índice de inflación de todo 2023, que trepó a 211,4%. La aceleración del alza de precios en los últimos meses de 2023 provocó, así, que las bases del impuesto quedan retrasadas, lo que provoca que crezca la posibilidad de que más personas queden alcanzadas por la carga fiscal y de que, quienes ya pagan, deban hacerlo con alícuotas más altas (sin que necesariamente haya aumentado de manera real el patrimonio).

El reajuste se ubicó, además, muy por debajo del aumento del dólar, que fue en un año de 349,79% si se considera la cotización utilizada para valuar las tenencias en la declaración de Bienes Personales: la del Banco Nación, tipo comprador, al último día de cada año; mientras que el valor publicado en la página del banco para el 31 de diciembre de 2023 es de $788,25, el mismo día pero de 2022 había sido de $175,25.

Bienes gravados y exentos

Entre los activos alcanzados por Bienes Personales están los inmuebles, los automóviles (quedan liberados de la carga después de 5 años de su ingreso al patrimonio), los ahorros en billetes (en cualquier moneda), los bienes muebles registrados, los saldos de cuentas corrientes bancarias, los títulos, acciones, cuotas o participaciones sociales, las criptomonedas, los saldos de billeteras virtuales, los patrimonios de empresas o explotaciones unipersonales, los créditos, y los bienes y depósitos en el exterior.

Los inmuebles, los automóviles, otros activos registrables y algunas inversiones están alcanzados por el impuesto

En cambio, están libres de esta carga tributaria los saldos de depósitos a plazo fijo y de cajas de ahorro bancarias, las cuentas individuales de seguro de retiro, las cuotas sociales de cooperativas, los inmuebles rurales, los títulos y bonos emitidos por el Estado en sus diferentes niveles, y las obligaciones negociables y cuotapartes de fondos comunes de inversión que cumplan con determinadas condiciones.

Valuaciones

El valor a declarar en el caso de los inmuebles es el mayor de dos: el de adquisición o ingreso al patrimonio tras descontar una amortización (un porcentaje) anual, o el fiscal. En el segundo caso (valor fiscal), y de no mediar cambios, debe considerarse el monto informado para fines de 2017 por la jurisdicción en la que está ubicada la propiedad, y debe ajustarse esa cifra por la inflación acumulada hasta el 31 de diciembre pasado. Entre 2018 y 2023 el índice de precios avanzó, según surge de los datos del Indec, un 2728%.

En el caso de los inmuebles que están en la ciudad de Buenos Aires existe desde hace años una controversia respecto del valor a declarar: si la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) informada en las boletas del impuesto inmobiliario, o ese valor multiplicado por la Unidad de Sustentabilidad Contributiva (UCS), que es igual a cuatro. La UCS es un multiplicador creado por la legislatura en 2012. El último dictamen de la AFIP, de 2022, indica que debe declararse la valuación multiplicada por cuatro. Sin embargo, un dictamen del organismo no es de cumplimiento obligatorio para el contribuyente.

Los inmuebles se declaran al valor de compra o adquisición, descontada una amortización, o al valor fiscal (se debe consignar el más alto)

En cuanto a las tenencias de moneda extranjera, para convertir el valor a pesos se considera el valor del tipo de cambio que publica la AFIP para la declaración en particular de este impuesto, que se corresponde con el precio tipo comprador del Banco Nación al 31 de diciembre (en 2023 ese valor fue de $788,25, mientras que en 2022 había sido de $175,25). En el caso de determinadas inversiones alcanzadas por el impuesto, y también en el de los vehículos, deben observarse los valores que informa el organismo de recaudación en su página web.

Cuánto se paga

Según los números de la tabla publicada por la AFIP, si el valor de los activos ubicados en el país, una vez descontado el monto libre del tributo, no excede los $13.688.704,14 se tributará un 0,5%. En el segundo escalón de la tabla, por bienes que excedan lo no imponible en una cifra mayor a la mencionada y en hasta $29.658.858.98, se pagará un monto fijo de $68.443,51 más el 0,75% calculado sobre el monto del patrimonio gravado que exceda de $13.688.704,14. Por patrimonios de entre $29.658.858,98 y $82.132.224,86 (en exceso de los $27.377.408,28), se abonará un monto fijo de $188.219,68 más el 1% del excedente de $29.658.858,98.

Si los bienes suman un valor, por sobre lo exento, de entre $82.132.224,86 y $456.290.138,07, el tributo anual será de $712.953,35 más el 1,25% del monto del patrimonio gravado que exceda los $82.132.224,86. Si el patrimonio en el país es mayor a $456.290.138,07 y de hasta $1.368.870.414,25, la imposición será de $5.389.927,27 (monto fijo) más el 1,5% de lo que exceda de $456.290.138,07. Finalmente, si el patrimonio supera los $1.368.870.414,25,el pago será de $19.078.631,41, más el 1,75% calculado sobre lo que exceda, del patrimonio gravado, de $1.368.870.414,25.

Por los bienes ubicados en el exterior rigen alícuotas más altas, una discriminación establecida en los últimos año, que ahora el gobierno de Javier Milei busca eliminar, incluso con vigencia desde el ejercicio fiscal 2023.

Qué cambios se proponen en el proyecto de ley ómnibus

Esa propuesta de eliminar las tasas incrementadas por los activos ubicados fuera del país está incluida en el proyecto de ley ómnibus enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo y que por estos días discuten los legisladores.

El impuesto a los Bienes Personales tiene un capítulo en el proyecto de ley ómnibus que se debate en estos días en el Congreso

Si se aprueba tal como está el conjunto de artículos referidos a Bienes Personales, para el impuesto de 2023 regiría la tabla explicada en el apartado anterior, con la salvedad de que se eliminaría el escalón más alto, el de la alícuota de 1,75%. En los años siguientes, el esquema de imposición se simplificaría progresivamente, haciendo caer el peso de la carga fiscal. Para 2027 todos los patrimonios alcanzados por el impuesto tendrían una alícuota de 0,5%.

Una novedad referida al tributo correspondiente a 2023 –cuyo vencimiento está previsto para junio próximo– es que habría una dinámica de actualización de los importes abonados como anticipos.

Además, se establecería un régimen opcional para el pago unificado del impuesto por cinco períodos (2023, 2024, 2025, 2026 y 2027). La opción por ese sistema debería ejercerse antes de abril próximo. Con algunas consideraciones especiales, para determinar la cuantía del impuesto se tomaría como base el patrimonio al 31 de diciembre pasado. La alícuota sería del 0,75% y el pago total debería ingresarse hasta el 31 de mayo de 2024, aunque debería abonarse un monto de no menos de 75%, hasta el 31 de marzo.

Los adherentes tendrían “estabilidad fiscal” hasta 2038 respecto de Bienes Personales y “de todo otro tributo nacional que se cree y que tenga como objeto gravar todo o cualquier activo del contribuyente”. Eso significa que posibles modificaciones futuras no podrían incrementar la carga sobre los bienes.

Fuente: la nacion

ECONOMÍA – Los precios internacionales de la soja y el maíz cayeron 8% en un mes

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Los cereales alcanzaron valores mínimos en más de dos años, presionados por la abundante existencia de granos en Estados Unidos tras la gran cosecha de la campaña pasada y por la previsión de una producción sudamericana superior a la del ciclo pasado.

Los precios internacionales de la soja y el maíz cayeron entre 8% y 9% durante el último mes en el mercado de Chicago, hasta alcanzar valores mínimos en más de dos y tres años respectivamente, presionados por la abundante existencia de granos en Estados Unidos tras la gran cosecha de la campaña pasada y por la previsión de una producción sudamericana superior a la del ciclo pasado.

Esta tendencia bajista tomó mayor impulso tras conocerse el viernes el informe mensual sobre oferta y demanda mundial de granos del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA, por su sigla en inglés), que dio cuenta una mejora proyectada en la cosecha argentina de soja -de 48 a 50 millones de toneladas- y realizó recortes menores a los esperados en la estimación del volumen a obtenerse en Brasil para los dos granos, entre otras cuestiones.

De esta manera, en el transcurso de un mes el contrato de enero perdió US$ 43 (-8,85%) al pasar de US$ 486 la tonelada -a comienzos de diciembre pasado- a US$ 443 en Chicago.

El contrato de marzo, por su parte, cayó US$ 45 (-9,1%), hasta posicionarse al cierre de la semana a US$ 449 la tonelada.

En el caso del maíz, la merma fue del 8% al perder US$ 15 hasta los US$ 175 la tonelada en el mismo lapso.

En diálogo con Télam, la analista del mercado de granos de la consultora FyO, Mariela Brandolin, dijo que la atención de los operadores hace dos meses que está centrada en la cuestión climática de Sudamérica, en especial en Brasil, donde si bien esperaban falta de lluvias en el norte del país afectando a la soja, eso se vería contrarrestado por buenas condiciones climática en el sur.

Es por eso que Brandolin consideró que “el problema comenzó cuando la seca se expandió cada vez más en gran parte de la zona productiva, incluyendo Mato Grosso, que representa el 26% de la soja que se produce en dicho país. Pero el precio no subió sino que bajó”.

“Allí se empezó a hablar de demora en la siembra, pero rápidamente los locales aseguraban que eso no era un problema, y al contrario, eso iba a permitir que el período crítico coincidiera con las lluvias que se iban a normalizar hacia fin de diciembre, principio de enero. Hoy día, está muy discutido si efectivamente esas lluvias han llegado a tiempo o no. Hay de todos los números: desde 130 millones de toneladas hasta quienes sostienen que habrá más de 150 millones de toneladas en Brasil”, agregó la especialista.

Brandolin advirtió que el último informe del USDA arrojó “números muy negativos para los precios, ya que no sólo el recorte para Brasil fue escaso, sino que además aumentó la producción para Argentina e incluso para Estados Unidos”.

“Como resultado tenemos una producción de 217 millones de toneladas en Sudamérica versus 194,7 millones del año anterior y stocks globales que se mantienen holgados”, completó.

Una cuota de optimismo

“Con estos números, Chicago siguió afirmando la visión bajista. Sin embargo, aún queda una cuota de optimismo, ya que puede haber más recortes en Brasil y según el pasado, éstos suelen ser lentos y progresivos”, enfatizó Brandolin.

Por su parte, el analista de la consultora AZ Group, Carlos Pouiller, dijo que la caída de precios de maíz y soja “tienen su origen en factores internacionales y locales. Por un lado, juega en contra la buena cosecha de soja de Estados Unidos, que se exporta de manera normal, y además empalma con una gran producción de Brasil en la campaña 2022/23, que mantiene remanentes embarcables”

“Por el lado de la demanda, China viene comprando soja, pero hay dudas sobre la evolución de su economía, que se viene desacelerando, y la continuidad de una demanda firme del producto”, acotó.

En lo que respecta a la Argentina, Pouiler remarcó las buenas condiciones climáticas en las que se desarrolla la campaña sojera, que “elevarían la producción por encima de los 50 millones de toneladas”, mientras que “en Brasil, las últimas estimaciones de producción 2023/24 se ubicarían en 155 millones de toneladas, que son menores a las hechas al momento de siembra, pero son cercanas al récord”.

“Es decir, la suma de estas ofertas abundantes determina una presión bajista sobre los precios, por lo menos en el corto plazo”, analizó el especialista.

Por el lado del maíz, Poulier consideró que en este producto “influye negativamente la muy buena cosecha de Estados Unidos de 358 millones de toneladas que está entrando al mercado internacional desde hace dos meses y mantiene muy vendidos a los fondos especulativos”.

“A esa oferta se le suma un remanente importante de producción brasileña 2022/23, que fue récord, y expectativas de una producción argentina más cercana a los 60 que a las 50 millones de toneladas, que generará un gran saldo exportable”, agregó.

En base a estas estimaciones y a los precios de exportación de ambos productos, el director de RIA Consultores, Javier Preciado Patiño, “es esperable embarques en el orden de los 40 millones de toneladas de maíz, entre 6 y 7 millones de poroto de soja, y exportaciones de aceite de soja por encima de los 5 millones de toneladas, y de harina de soja por encima de los 23 millones”.

“Considerando los precios FOB esperados actuales para estos cuatro productos, la generación de divisas se ubicaría por encima de los US$ 24.000 millones. De todas maneras hay que mencionar que los precios FOB de estos productos han caído en el orden del 20% respecto del año pasado y no se espera un repunte de los valores para la nueva campaña. El caso más significativo es el del aceite de soja, que hoy tiene un FOB de US$ 832 por tonelada, cuando a la misma fecha de 2023 el valor proyectado era de US$ 1.259”, dijo Preciado Patiño.

Por último, marcó que “un aspecto colateral, pero no menos importante para la generación de reservas es que debería caer la importación de soja desde el Mercosur, que en 2023 representó unos US$5.300 millones entre enero y noviembre”.

Fuente:telam

PROVINCIALES – La economía de Santa Fe achicó pérdidas pero siguió 4% abajo en octubre

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La industria santafesina encabezó el derrumbe del décimo mes del año con una baja del 16,3%.

La industria encabezó el derrumbe del décimo mes del año (-16,3%).

La actividad económica de Santa Fe retrocedió 4% interanual en octubre y 8% en el acumulado de diez meses del año. Así lo informó el Instituto Provincial de Estadística y Censos (Ipec).

Con el efecto de la histórica sequía todavía afectando la economía provincial, los números del tercer trimestre comienzan a achicar pérdidas. El Indicador Mensual de Actividad Económica (Imae) experimentó caídas superiores a dos dígitos entre marzo y junio. Entre julio y septiembre recortó a una baja del orden del 5% mensual, para posicionarse en octubre en 4%.

La industria encabezó el derrumbe del décimo mes del año (-16,3%), seguida de Agricultura y ganadería (-15,8%), electricidad, gas y agua (-9,3%), transporte y comunicaciones (-6,2%), servicio doméstico (-4,4%), construcción (-3,6%) y minas y canteras (-0,6%).

Presentaron alzas, en cambio, la pesca (104,1%), la administración pública (12,3%), el comercio (5,9%), las actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (3,5%), enseñanza (3,3%), hoteles y restaurantes (2,6%), servicios sociales y de salud (2,4%), servicios comunitarios, sociales y personales (1,5%) e intermediación financiera un 0,4%.

En el acumulado anual, el Imae, que cerró con un crecimiento de 3,8% en 2022, comenzó el año con un declive de 1,1%, que se fue profundizando hasta llegar a 9,9% en julio, para luego recortar pérdidas hasta el 4% de octubre. Se estima que en los dos meses que faltan computar de 2023 esta recuperación debería seguir, atento al regreso de las lluvias, la cosecha de trigo y el inicio de la siembra de granos gruesos.

Fuente: la capital

NACIONALES – El Banco Central aprobó la emisión de billetes de $10.000 y $20.000: saldrán a circulación este año

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El billete de $10.000 tendrá las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle. En el billete de $20.000, Juan Bautista Alberdi, la persona más admirada por el presidente Milei.

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En medio de la disparada de la inflación, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó hoy que se comiencen a emitir billetes de $10.000 y $20.000 en el transcurso de este año.

“La emisión de estas denominaciones facilitará las transacciones entre los usuarios, hará más eficiente la logística del sistema financiero y permitirá reducir significativamente los costos de adquisición de los billetes terminados”, informó la autoridad monetaria.

Según se indicó, el billete de $10.000 tendrá las imágenes de Manuel Belgrano y de María Remedios del Valle, heroína de las guerras de Independencia.

En el de $20.000 estará la imagen de Juan Bautista Alberdi, una de las personas más admiradas por el presidente Javier Milei.

La imagen que se utilizará de Belgrano es de un retrato que se le atribuye al artista francés François Casimir Carbonnier.

La representación de la heroína pertenece a la obra “La Capitana” realizada por la artista argentina Gisela Banzer.

En el reverso, irá como motivo principal la recreación artística de la escena de la Jura de la Bandera realizada el 27 de febrero de 1812.

El protagonista del billete de $20.000 será Juan Bautista Alberdi, inspirador de la Constitución Nacional de 1853, cuyo retrato estará en el anverso. Como ilustración central del reverso estará la recreación de la casa natal del abogado, diplomático, economista, escritor, filósofo, periodista y político.

Las nuevas especies conservarán el tamaño de los billetes en circulación y serán impresas en papel de algodón, con sus resguardos tradicionales como son la marca de agua y el hilo de seguridad.

A su vez, mediante sistemas de impresión especiales se incorporarán elementos de seguridad que estarán destinados principalmente al público en general, pero además permitirá el reconocimiento por máquina.

El BCRA espera que los nuevos billetes estén disponibles para el público a partir de junio del corriente año.

Fuente: noticias argentinas

IMPOSITIVAS – La AFIP prorrogó vencimiento de obligaciones de la seguridad social: nuevas fechas

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AFIP prorrogó el vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el vencimiento para la presentación y pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social del período devengado diciembre.

Así lo informó este miércoles el organismo en un comunicado de prensa, en el que precisó además las nuevas fechas de vencimiento, según la terminación del CUIT de las empresas.

Las nuevas fechas de vencimiento serán las siguientes: con terminación de CUIT 0, 1, 2, y 3, el 11/01/2024; con terminación 4, 5, y 6, el 12/01/2024; y con terminación 7, 8, y 9, el 15/01/2024.

Entre las responsabilidades de las empresas figuran cumplir con las obligaciones a la seguridad social, abonándolas sobre la remuneración total de acuerdo al salario pautado.

¿Por qué algunos monotributistas pagarán tres cuotas juntas?

Por una medida que el ex ministro de Economía, Sergio Massa, tomó en medio de la campaña presidencial, algunos monotributistas deberán pagar tres cuotas juntas del componente impositivo durante los primeros meses del 2024.

Esta definición hizo que desde septiembre los monotributistas de las categorías más bajas se adhieran al “beneficio del pago diferido” hasta febrero del 2024. Esta medida establece que a partir del mes de marzo los contribuyentes alcanzados paguen tres cuotas juntas.

Según detallan desde AFIP, la medida impulsada por Massa determinó que “por seis meses, las categorías A, B, C y D del monotributo abonarán solamente el importe correspondiente a las cotizaciones previsionales, ya que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el pago del componente impositivo de los períodos septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023, y enero y febrero de 2024”.

Vale aclarar que fueron alcanzados por esta medida los monotributistas que hayan cumplido con el pago del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales durante al menos ocho períodos mensuales anteriores.

Sobre el motivo que los llevó a implementarla, explican que “la prórroga se alinea con las medidas dispuestas por el Decreto N° 438/2023 del Poder Ejecutivo Nacional, tendientes a mejorar los ingresos reales de la población, atendiendo en particular a los segmentos con mayor grado de vulnerabilidad social”.

Es por esto que, en las fechas de vencimiento, los contribuyentes alcanzados por esta medida solo deberán ingresar el importe correspondiente a las cotizaciones previsionales “y, en su caso, el importe fijo correspondiente al Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y la contribución municipal y comunal de las distintas provincias adheridas al Sistema Único Tributario”.

Monotributo: ¿en qué meses se pagarán tres cuotas juntas?

La Resolución General 5411/2023 seguirá vigente hasta el mes de febrero del 2024, por lo que a partir de marzo, los monotributistas alcanzados por esta medida comenzarán a pagar el componente impositivo que fue postergado.

De esta manera, el nuevo calendario de vencimientos quedó conformado de la siguiente manera:

  • Septiembre y octubre de 2023: se pagarán junto con la cuota del Monotributo que vencerá el 20 de marzo de 2024.
  • Noviembre y diciembre de 2023: se pagarán con el impuesto integrado que vencerá el 22 de abril próximo.
  • Enero y febrero de 2024: vencerán junto con la cuota del Monotributo que se deberá pagar al 20 de mayo de este año.

Cuál es el impacto económico real de la prórroga del Monotributo

A pesar de considerarse un beneficio, el impacto real en los bolsillos de los monotributistas de las categorías más bajas es limitado, ya que los montos del impuesto integrado son bajos para estas categorías.

El monto del pago que se posterga es de entre $496,85 y $2.689,05, dependiendo de la categoría y el tipo de actividad.

Además, esta medida no afecta a los monotributistas de las categorías A y B, ya que estos ya están eximidos de abonar el componente impositivo debido a la ausencia de ingresos por diversas actividades, tales como:

  • Trabajo en relación de dependencia, jubilaciones, pensiones o retiros, y cargos públicos.
  • Dirección, administración o conducción de sociedades.
  • Locación de bienes muebles o inmuebles.
  • Prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y participaciones en las utilidades de sociedades bajo ciertas condiciones.

Fuente: infobae