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ECONOMÍA – La actividad económica rebotó 0,6% en octubre, ante signos de recuperación del agro

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De esta manera, entre enero y octubre, el Estimador Mensual de la Actividad Económica (EMAE) acumula una merma del 1,4%.

El nivel de actividad económica marcó en octubre un leve rebote del 0,6%, respecto a igual mes del año pasado, mientras que retrocedió 0,1% con relación a septiembre, informó este jueves el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec)

De esta manera, entre enero y octubre, el Estimador Mensual de la Actividad Económica (EMAE) acumula una merma del 1,4%, afectada por la sequía.

En octubre, después de 18 meses consecutivos de bajas, el sector agropecuario mostró un alza del 2,3% interanual, impulsado por las labores de la campaña de trigo.

“En la comparación interanual, 4 de los 15 sectores que componen al EMAE cayeron en octubre, en donde se destacaron transporte y comunicaciones (-2,3% a/a) e industria manufacturera (-0,9% a/a). El primero, el de mayor incidencia negativa dentro de los sectores del EMAE, aportó por su cuenta -0,17 puntos porcentuales a la caída interanual del índice”, remarcaron desde Balanz Research.

El sector pesquero mostró una suba del 19,1% y la explotación de minas y canteras, impulsadas por Vaca Muerta y el litio, un alza del 5,2%.

También registró un alza del 3,2% el sector de la construcción, impulsado por la producción minera y petrolera; 2,9% en el comercio mayorista y minorista: y un avance de 1,1% en el rubro Hoteles y restaurantes.

Por el contrario, la industria manufacturera bajó 0,5%; la distribución de agua, gas y electricidad retrocedió 0,5%; y el transporte cayó 2,3% interanual.

En cambio, resultaron con alzas del 0,4% Intermediación Financiera; 1,9% Actividades inmobiliarias; 2,6% Administración Pública; 2,7% enseñanza, entre otras. Los números de noviembre, cuando la inflación fue del 12,8%, no resultan alentadores, según estimaciones privadas.

El consumo de bienes y servicios en los hogares retrocedió 4,1% interanual en noviembre último, de acuerdo con el Indicador de Consumo (IC) elaborado por la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC).

Además, esto implicó a su vez una retracción desestacionalizada de 6,9% frente al mes anterior, con lo cual el indicador “mostró una fuerte contracción debido a la aceleración inflacionaria y la caída en el poder de compra”.

La CAC analizó que “con la inflación acelerándose, la desaparición de los últimos bonos vigentes y la falta de oferta de créditos, noviembre de 2023 estuvo marcado por una gran contracción en el poder de compra de los consumidores”.

Desde el lado de la industria, la producción de acero cayó 10% en noviembre en comparación con el mismo mes del año pasado, debido a la falta de divisas para pagar importaciones de insumos básicos.

La Cámara Argentina del Acero (CAA) destacó además que la producción de noviembre retrocedió 9,9% en relación de octubre, y que la producción de laminados, en un mes, registró “una merma aún mayor: 13,2%”.

El sector de la construcción también mostró una fuerte caída durante noviembre: los despachos de cemento bajaron 9,5% respecto de octubre y 10,8% en la comparación interanual.

Según el proyecto de Ley de Presupuesto 2024 enviado al Congreso, cuyo tratamiento no avanzó en medio del proceso electoral, el PBI retrocederá este año 2,5%, fuertemente afectado por la sequía que impactó en el sector agropecuario y en el rubro agroindustrial. El nivel de actividad económica registró números positivos durante los tres primeros meses del corriente año.

En abril esa tendencia se cortó de manera abrupta, al marcar el EMAE una baja de 4,2% que en mayó se profundizó hasta el -6,1%, a causa de la sequía.

Los números en rojo se repitieron en junio y julio, mientras que en agosto ensayó una leve recuperación de 0,1%. Este sendero de altibajos se repitió en los meses siguientes, con una baja de 0,7% interanual en septiembre y -finalmente- una suba de 0,6% en octubre.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Desregulación laboral: importantes cambios para teletrabajo y monotributistas que facturan a empresas

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La desregulación de hecho a través de la facturación de profesionales como monotributistas se convertirá en legal con el decretazo del presidente Milei

La reforma laboral que incluye el decreto del presidente Javier Milei pone énfasis en el trabajo autónomo y de los monotributistas, al tiempo que liberaliza al teletrabajo, derogando el duro marco que había puesto el kirchnerismo al homeoffice.

Qué dice la reforma laboral sobre el trabajo de los monotributistas

Al modificar la Ley de Contrato de Trabajo, el decreto aclara que “las disposiciones de esta Ley no serán aplicables”:

“A las contrataciones de obra, servicios, agencia y todas las reguladas en el Código Civil y Comercial de la Nación.”

Y luego, aclara que “la presunción de contrato de trabajo no será de aplicación cuando la relación se trate de contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios y se emitan los recibos o facturas, o el pago se realice conforme los sistemas bancarios determinados por la reglamentación correspondiente. Dicha ausencia de presunción se extenderá a todos los efectos, inclusive a la Seguridad Social.”

Además, se crea un nuevo régimen flexible de asociativismo, por el cual:

“El trabajador independiente podrá contar con hasta otros 5 trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado que al efecto reglamentará el Poder Ejecutivo Nacional”.

“El mismo estará basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras, e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual”, que comprenda la cotización a una obras social y a una ART.

Qué cambia en el decreto respecto de las relaciones laborales

Algunos de los aspectos señalados de los cambios laborales que impulsa el decretazo de Milei son los siguientes.

1. “El recibo será confeccionado por el empleador debiendo hacer entrega de una copia fiel del original al trabajador la que podrá ser instrumentada de forma electrónica.”

2. Período de prueba. El contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros 8 meses de vigencia, y su interrupción no dará lugar a indemnización.

3. Pago de cuotas sindicales: sólo podrán ser detraídas del salario si existe un consentimiento explícito del empleado autorizando el mismo.

4. Las convenciones colectivas de trabajo, respetando los mínimos indisponibles de 12 horas de descanso entre jornada y jornada, podrán establecer regímenes que se adecuen a los cambios en las modalidades de producción. A tal efecto, se podrá disponer colectivamente del régimen de horas extras, banco de horas, francos compensatorios, entre otros institutos relativos a la jornada laboral.

5. Indemnización por antigüedad o despido: la base de cálculo de esta indemnización no incluirá el Sueldo Anual Complementario, ni conceptos de pago semestral o anual, como el plus vacacional o un bono.

6. Licencia por maternidad: la trabajadora o persona gestante podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto a un plazo no inferior a 10 días (anteriormente este plazo era de 30 días).

Cómo es el nuevo fondo indemnizatorio voluntario

Mediante convenio colectivo de trabajo, las partes podrán sustituir el presente régimen indemnizatorio por un fondo o sistema de cese laboral cuyo costo estará siempre a cargo del empleador.

El aporte del empleador será una suma mensual que no podrá ser superior al 8% de la remuneración computable.

Por su parte, los empleadores podrán optar por contratar un sistema privado de capitalización a su costo, a fin de solventar la indemnización prevista en el presente artículo y/o la suma que libremente se pacte entre las partes para el supuesto de desvinculación por mutuo acuerdo

Cómo queda el régimen de teletrabajo

Respecto de las tareas de cuidado, el horario flexible no será de aplicación cuando el empleador abone alguna compensación legal, convencional o contractual relativa a gastos por tareas de cuidado. Mediante negociación colectiva o en el ámbito de los contratos de trabajo podrán establecerse pautas específicas para el ejercicio de este derecho.

También cambia la reversibilidad, ya que la solicitud o el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revertido por acuerdo mutuo entre el trabajador y el empleador, en tanto existan en las instalaciones de la empresa las condiciones para que la persona pueda retomar su trabajo en forma presencial.

En función de las necesidades propias de cada puesto de trabajo se podrá revertir la modalidad de teletrabajo por la modalidad presencial, en los supuestos en que las propias características de la actividad así lo requieran.

En el caso de prestaciones transnacionales, se aplicará al contrato respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas por parte del trabajador.

Qué pasa si se bloquea un establecimiento

El decreto indica que podrá despedirse con justa causa al empleado que participe en bloqueos o tomas de establecimiento.

“Se presume que existe injuria grave cuando durante una medida de acción directa”:

  • Se afecte la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza, mediante actos, hechos, intimidaciones o amenazas.
  • Se impida u obstruya total o parcialmente el ingreso o egreso de personas y/o cosas al establecimiento.
  • Se ocasionen daños en personas o en cosas de propiedad de la empresa o de terceros situadas en el establecimiento (instalaciones, mercaderías, insumos y materias primas, herramientas, etc.) o se las retenga indebidamente.

Previo al distracto el empleador debe intimar al trabajador al cese de la conducta injuriosa, excepto en el supuesto de daños a las personas o cosas, donde la producción del daño torna inoficiosa la intimación.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Nuevas reglas para tarjetas de crédito: cuáles son las modificaciones que introdujo el DNU

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El decreto anunciado por Javier Milei elimina el tope de tasa que se le cobra a los comercios.

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que anunció Javier Milei en la noche del miércoles por cadena nacional, también introdujo modificaciones para las tarjetas de crédito, que impactarán tanto en los clientes como en los emisores.

El documento oficial explicó que los cambios responden a la necesidad de “realizar una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, adecuándolo a los cambios recientes en modalidades de relacionamiento y tecnologías de digitalización”.

Entre las modificaciones dispuestas, el DNU elimina el tope de tasa que se le cobra a comercios (hoy en 3% en caso de las tarjetas de crédito y 1,5% de las débito), quita el tope al interés punitorio (por demoras en el pago), y deroga sanciones a las empresas que no informen la tasa de interés.

Principales aspectos de los cambios introducidos

Desregulación y Simplificación: se propone una fuerte desregulación y simplificación en el mercado de tarjetas de crédito, en respuesta a los cambios recientes en las modalidades de relacionamiento y las tecnologías de digitalización.

Definición del Sistema de Tarjetas de Crédito: se redefine el sistema de tarjetas de crédito como un conjunto de contratos individuales con tres finalidades principales: permitir operaciones de compra o locación de bienes y servicios, diferir el pago o las devoluciones para el titular, y abonar a los proveedores de bienes o servicios los consumos del usuario.

Emisores de Tarjetas de Crédito: se establece que cualquier entidad, dentro de su objeto social, puede emitir tarjetas de crédito o hacer efectivo el pago.

Denominación de la Tarjeta de Crédito: la tarjeta de crédito se define como un instrumento de identificación del usuario que puede ser físico o virtual, magnético o de cualquier otra tecnología emergente, emanado de una relación contractual previa entre el titular y el emisor.

Derogación de Artículos de la Ley Previa: se derogan los artículos 5, 7, 8, 9, 17, 32, 35, 53 y 54 de la Ley N° 25.065, lo que implica un alejamiento de algunas de las regulaciones anteriores.

  • Artículo 5: disponía la identificación. Expresaba que “el usuario, poseedor de la tarjeta estará identificado en la misma con: a) Su nombre y apellido. b) Número interno de inscripción. c) Su firma ológrafa. d) La fecha de emisión de la misma. e) La fecha de vencimiento. f) Los medios que aseguren la inviolabilidad de la misma”. De esta manera, con la eliminación de este artículo, desaparecen los datos que actualmente figuran en la tarjeta de crédito.
  • Artículo 7: establecía las condiciones de redacción del contrato de emisión de Tarjeta de Crédito, para que fundamentalmente sean legibles y claros.
  • Artículo 8: determinaba el momento en el que entraba en vigencia el contrato de Tarjeta de Crédito entre el emisor y el titular. Explicaba que “queda perfeccionado sólo cuando se firma el mismo, se emitan las respectivas tarjetas y el titular las reciba de conformidad. El emisor deberá entregar tantas copias del contrato como las partes intervengan en el mismo”.
  • Artículo 9: fijaba que “la solicitud de la emisión de la Tarjeta de Crédito, de sus adicionales y la firma del codeudor o fiador no generan responsabilidad alguna para el solicitante, ni perfeccionan la relación contractual”.
  • Artículo 17: establecía que se debían respetar las tasas regulatorias que imponía el BCRA, si no se imponían sanciones. Expresaba que “el Banco Central sancionará a las entidades que no cumplan con la obligación de informar o, en su caso, no observen las disposiciones relativas al nivel de las tasas a aplicar de acuerdo con lo establecido por la Carta Orgánica del Banco Central”.
  • Artículo 32: obligaba a dar a conocer información del emisor a proveedores. Precisaba que “el emisor, sin cargo alguno, deberá suministrar a los proveedores: a) Todos los materiales e instrumentos de identificación y publicaciones informativas sobre los usuarios del sistema. b) El régimen sobre pérdidas o sustracciones a los cuales están sujetos en garantía de sus derechos. c) Las cancelaciones de tarjetas por sustracción, pérdida, voluntarias o por resolución contractual”.
  • Artículo 35: habilitaba terminales electrónicas de consulta para los proveedores.
  • Artículo 53: determinaba que “las entidades emisoras de Tarjetas de Crédito, bancarias o crediticias tienen prohibido informar a las ‘bases de datos de antecedentes financieros personales’ sobre los titulares y beneficiarios de extensiones de Tarjetas de Crédito u opciones cuando el titular no haya cancelado sus obligaciones, se encuentre en mora o en etapa de refinanciación. Sin perjuicio de la obligación de informar lo que correspondiere al Banco Central de la República Argentina”.
  • Artículo 54: obligaba a dar información mensual a las entidades emisoras de sus ofertas a la Secretaría de Comercio.

Transparencia en las Tasas de Financiación: se obliga a las entidades emisoras a dar a conocer públicamente la tasa de financiación aplicada al sistema de tarjeta de crédito.

Interés Punitorio: se establece que los intereses punitorios no serán capitalizables.

Resumen Mensual de Operaciones: los emisores deben confeccionar y enviar mensualmente un resumen detallado, preferentemente en forma electrónica, de las operaciones realizadas por el titular o sus autorizados.

Tiempo de Recepción del Resumen: se especifica que el resumen debe ser recibido por el titular con una anticipación mínima de cinco días antes del vencimiento de la obligación de pago, y en caso de no recepción, el titular debe tener un canal de comunicación disponible para obtener el saldo de la cuenta y el pago mínimo.

Contenido del Contrato Tipo entre Emisor y Proveedor: se detallan los elementos mínimos que debe contener el contrato tipo entre el emisor y el proveedor, incluyendo plazos de vigencia, topes máximos por operación, comisiones, intereses, cargos administrativos, y otros requisitos.

Fuente: noticiasargentinas.com

ECONOMÍA – Importaciones: lanzarán SEDI, el sistema que reemplazará a las SIRA, con un nuevo registro y beneficios para pymes

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Mientras la Secretaría de Comercio termina de delinear el nuevo sistema, avanza con la búsqueda de soluciones para el stock de pasivos, que ronda los USD 50.000 millones.

Mientras termina de delinear las características del sistema de registro de las importaciones que reemplazará el SIRA, impuesto por la gestión de Sergio Massa al frente del Palacio de Hacienda, la Secretaría de Comercio prepara para los próximos días creación de un registro que tendrá la finalidad de conocer a ciencia cierta cuánto es efectivamente la deuda comercial de los importadores y cuáles son las empresas afectadas. Las cifras que manejan en la UIA, tomadas de la base del relevamiento del Banco Central, indican que los pasivos ascienden a USD 50.000 millones, pero el equipo económico quiere conocer la cifra total con exactitud y el monto por empresa, ya que cree que hay mucha deuda que ya fue pagada.

Con esa información, el Gobierno podrá tomar determinadas decisiones que están en estudio y que apuntan a flexibilizar las condiciones de pago de parte de esa deuda a las pequeñas y medianas empresas, las más perjudicadas frente a la imposibilidad de pagar por la escasez de divisas. El flamante equipo que conduce Luis Caputo no sólo comunicó que ofrecerá un bono en dólares (Bopreal), con opción de rescate anticipado, para que las empresas puedan pagar su deuda con el exterior -que no termina de convencer al sector privado-, sino que tampoco el pago del flujo de las importaciones será inmediato.

“No hay dólares”, se encargan de repetir el ministro y su secretario de Comercio e Industria, Pablo Lavigne, públicamente y en encuentros privados con empresarios.

De acuerdo con una normativa publicada por el Banco Central la semana pasada, salvo contadas excepciones, como los combustible, por ejemplo, para la mayoría de los bienes, las empresas podrán pagar 25% a los 30 días de nacionalizar la mercadería, otro 25%, a los 60 días, a los 90 otro 25%, y el saldo a los 120 días. Los permisos se aprobarán sin mayores inconvenientes, según prometió el Gobierno, pero no se podrá hacer ningún pago inmediato; por lo tanto, las empresas cuyos proveedores ya no les embarcan más mercadería hasta no cobrar al menos parte de su acreencia están en problemas.

En un momento, ni bien asumió la actual gestión, circuló la versión de que las compañías iban a poder recurrir al contado con liqui (CCL) para comprar dólares y hacer frente a su deuda; de hecho, así lo había dejado planteado la canciller Diana Mondino en la Conferencia Industrial de la UIA, a fines de noviembre. Pero el mensaje que ahora transmiten los distintos funcionarios es que si abren esa posibilidad, se generaría un efecto “puerta 12″ en ese mercado y la brecha cambiaria, que el equipo económico pudo por ahora contener, volvería a dispararse. “Al CCL no van a poder ir. Nunca van a dejar entrar masivamente a empresarios a cubrir sus importaciones porque no hay posibilidad de sostener el tipo de cambio”, afirmó una fuente privada de permanente contacto con Lavigne.

La solución entonces podría ser, por un lado, habilitar a que las pymes puedan tener mejores condiciones de acceso al MULC para el pago de las importaciones –y que así puedan destrabar sus operaciones–; y por otro, que a las empresas que suscriban el bono Bopreal, se les permita ir al CCL en microdosis para saldar un porcentaje de la deuda. Porque lo que sucede es que el título “tiene que ser lo suficientemente atractivo para que tenga una buena cotización en el mercado secundario y la empresa pueda venderlo y hacerse de los dólares para pagar su deuda”, dijo otro empresario.

Lavigne organizó el jueves pasado un encuentro con empresarios con el espíritu de sondearlos en torno a qué debería ofrecer el bono para que tenga una alta suscripción. Y las respuestas fueron varias: que el papel pueda otorgarse como garantía de ejecución; que sirva para pagar impuestos; que tenga una tasa de interés atractiva y que permita entrar al CCL en un determinado porcentaje. “Algo va a tener que tener. Si no, va a ser muy complicado”, señaló uno de los empresarios consultados.

Sistema SEDI: de qué se trata

El sistema actual de SIRA será reemplazado por SEDI –cambian las cuatro letras porque la plataforma sigue siendo la misma– en las próximas semanas. Mientras tanto, la Secretaría de Comercio sigue aprobando SIRAs y promete dar luz verde a todos los pedidos atrasados. Los importadores aseguran que “se están autorizando SIRAs, ya que hasta que no se ponga en práctica el nuevo sistema, el comercio exterior debe tener funcionando”. Aunque reconocen que “algo se ralentizó”.

¿Cómo será el nuevo sistema? ¿Serán completamente libres las importaciones? ¿O habrá algún tipo de control? El Gobierno insiste en que el que quiera podrá importar, pero lo cierto es que la libertad absoluta es el objetivo final. En el mientras tanto, y aunque habrá una liberación mucho más ágil de los permisos, “se espera que siga habiendo un monitoreo de las importaciones de diversos rubros para entender cuáles son los patrones reales de importación con un tipo de cambio más razonable”. “Habrá un período de reacomodamiento, un gradualismo que durará menos que los gradualismos anteriores”, enfatizaron fuentes conocedoras de lo que se viene.

Por otro lado, nadie espera un aluvión de importaciones con el actual tipo de cambio. Ingresar mercadería del exterior a un valor, hoy, de $940 por dólar para algunos sectores no es tan rentable, dijo un empresario importador. “Desapareció la ventaja de importar. Si el dólar no se atrasa mucho, van a desaparecer los oportunistas”, agregó.

Fuente: infobae.com/economia

Colecta Navideña

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Invitamos a toda nuestra comunidad a ser parte, nuevamente, de esta iniciativa que todos los años llevamos a cabo, con el objetivo de ayudar a quienes más lo necesitan.

Conservación y eliminación programada de trabajos digitales

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Informamos que los trabajos legalizados digitalmente se conservarán por un año desde su puesta a disposición en el software profesional. Durante este período, podrán descargar el archivo sin limitaciones.

Es importante tener en cuenta que, al cumplirse el año, la plataforma digital eliminará automáticamente el archivo. Por ello, le sugerimos realizar copias de seguridad y resguardar los archivos de forma adecuada.

Prensa. Nuevo blanqueo

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Los puntos débiles del borrador de Milei y las lecciones de los anteriores (El Cronista, 19/12/2023)

“El blanqueo del Gobierno de Cambiemos estableció un récord a nivel mundial porque se exteriorizaron u$s 116.700 millones de dólares. Una gran recaudación, pero que tuvo como destino la reparación histórica para los jubilados”, sostuvo el CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, el Dr. Cesar Litvin. En aquel entonces fue el propio titular de la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP), Alberto Abad, quien categorizó de forma positiva los resultados del sinceramiento. “La Argentina quedó muy bien posicionada entre las amnistías fiscales del mundo más recientes”, afirmó frente a la prensa.

Nota completa.

Fuente: llyasoc.com

ECONOMÍA – Exportaciones se hundieron 31,6% en noviembre y hubo déficit comercial por noveno mes consecutivo

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La balanza comercial anotó en noviembre su noveno saldo negativo consecutivo, al registrar un rojo de u$s615 millones, a partir de otro desplome de las exportaciones, informó este miércoles el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

En noviembre, las exportaciones totalizaron 4.872 millones de dólares, con una baja interanual del 31,6%, y las importaciones sumaron 5.487 millones de dólares, equivalente a una merma del 4,8%.

Durante este año, el ICA sólo anotó superávit en febrero.

La merma en la facturación de las ventas al exterior presentaron una caída del 54,2% en los Productos Primarios (P.P), unos u$s817 millones, debido a la menor oferta de soja y maíz, debido a la sequía. Lo mismo ocurrió con las Manufacturas de Origen Agropecuario (MOA) que retrocedieron 37,5%, unos u$s1.053 millones.

En tanto, las ventas al exterior de las Manufacturas de Origen Industrial (MOI) retrocedieron 15 % para caer en u$s308 millones, y Combustibles y Energía (CyE) bajaron 9,5%, otros u$s71 millones. En el rubro P.P. se registró una variación negativa debido a un descenso de 47,9% en las cantidades y de 12,6% en los precios, en la comparación anual.

La disminución se debió principalmente a menores ventas de semillas y frutos oleaginosos por u$s471 millones y cereales por u$s311 millones. La reducción en MOA se debió a una baja de 13,4% en los precios y de 27,8% en las cantidades. Los mayores decrementos se registraron en “residuos y desperdicios de las industrias alimentarias” con u$s586 millones.

La facturación de las exportaciones de MOI disminuyó como resultado de una caída de 9,7% en los precios y de 5,7% en las cantidades, debido a menores ventas de productos químicos y conexos, US$ 253 millones .

El valor de las exportaciones de CyE se redujo por un retroceso de 16,6% en los precios, que fue parcialmente compensado por un incremento del 8,4% en las cantidades aumentaron 8,4%. El Indec dio cuenta que si hubiesen prevalecido los precios de noviembre del año pasado, el saldo comercial habría arrojado un déficit de US$ 50 millones.

Bajo este supuesto, y ante el mayor descenso del Índice de precios de las exportaciones (-12,2%), comparado con el Índice de precios de las importaciones (-2,0%), el país registró una pérdida en los términos del intercambio de u$s577 millones.

El ministro de Economía, Luis Caputo, anunció la semana pasada un aumento en las retenciones para las exportaciones para los productos agrícolas elaborados, como así también los derechos de importación.

Sin embargo, este lunes, en un almuerzo con la cúpula de la Unión Industrial Argentina (UIA) explicó que a partir del momento en que Argentina vuelva a tener superávit fiscal, “va a haber una brutal baja de impuestos, algo que hoy necesitamos hacer pero no podemos”.

“Vamos a pasar a tener superávit y va a haber toda esa brutal baja de impuestos que hoy necesitamos hacer pero que no podemos. La prioridad es llegar a déficit cero”, dijo el Caputo.

En noviembre, el intercambio con el Mercosur, principal socio comercial, registró un déficit de u$s158 millones. Las exportaciones alcanzaron los u$s1.191 millones y resultaron 13,6% inferiores a las de igual mes del año anterior, debido principalmente a una caída en las ventas de MOI.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – El consumo de bienes y servicios cayó 4,1% en noviembre

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Así lo estimó un informe de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios.

El consumo de bienes y servicios cayó 4,1% interanual en noviembre, y la pérdida de dinamismo de los últimos meses continuó profundizándose, de acuerdo con un informe de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC).

El Índice de Consumo (IC) que elabora mensualmente esa entidad empresaria reflejó también que durante el mes pasado hubo una contracción de 6,9% con relación a octubre.

De esta forma, el IC acumuló entre enero y noviembre un crecimiento de 3,4% interanual, aunque en términos absolutos, “la pérdida de dinamismo vista en los últimos meses continuó profundizándose”, alertó la CAC, que a la vez puntualizó que en línea con el valor negativo del mes pasado, se acelera la tendencia bajista en las tasas de crecimiento interanual exhibidas por el IC a partir de enero .

Con la inflación acelerándose, la desaparición de los últimos bonos vigentes y la falta de oferta de créditos, noviembre de 2023 estuvo marcado por una gran contracción en el poder de compra de los consumidores, evaluó el informe. Y añadió que, en paralelo, la efectividad de los reintegros del IVA siguió sin tener el impacto previsto.

“En un contexto donde la inflación sigue previéndose alta, y luego de un resultado electoral adverso para el oficialismo que reorienta la política económica, la expectativa es que el poder adquisitivo continúe en caída. El aumento tarifario y posible traslado a precios de la devaluación serán factores claves para el consumo en los próximos meses”, consideró.

Asimismo, explicó que el desempeño de la economía argentina y el consumo presentan un comportamiento similar, lo cual se expresa en tasas de variación interanual que, usualmente, se incrementan o reducen en la misma línea.

Al analizar el desempeño de algunos rubros en particular, se observó en noviembre una dinámica heterogénea de crecimiento y decrecimiento interanual respecto a los valores de dependiendo del sector estudiado:

– El rubro de indumentaria y calzado mostró un leve incremento estimado de solo 0,1% interanual. El estancamiento estaría explicado por la estabilidad en el precio relativo del rubro.
– Transporte y vehículos mostró un crecimiento estimado del 0,1%, teniendo un impacto nulo en la variación interanual del IC. Esto se debió a un nivel de patentamientos de automóviles que se mantuvo relativamente constante (tuvo apenas un retroceso de 0,1% interanual). Por otro lado, la compra de nafta tuvo un incremento moderado de 3,2% interanual.
– Recreación y cultura registró un crecimiento de 2,3%, explicado por un contexto de aceleración inflacionaria y donde los consumidores eligen gastar en productos de consumo y disfrute inmediato, como restaurantes.
– En cuanto a vivienda, alquileres y servicios públicos, tuvo un incremento estimado de 1,2% interanual, lo cual se explica principalmente por un mes con menores temperaturas que el mismo del año pasado.

Con respecto al resto de los rubros, experimentaron un decrecimiento estimado de 7,4% interanual. en noviembre, posicionándose en niveles 12,8% por debajo de los niveles prepandemia, detalló la CAC.

Fuente: noticiasargentinas.com

IMPOSITIVAS – Cambios en Ganancias: pagarán los asalariados que perciban sueldos brutos mayores a $976.516

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A partir de enero 2024, los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a pagar el Impuesto a las Ganancias desde sueldos de $976.516 brutos mensuales si el Congreso aprueba el proyecto de ley que enviará el Ejecutivo.

Quiénes superen esa cifra pagarán Ganancias sobre el excedente del Mínimo No Imponible (MNI) que se fija en $634.371 para los asalariados solteros y $839.180 para los casados con 2 hijos.

En el caso de los autónomos no pagarán Ganancias hasta $435.097 mensuales (solteros sin hijos) y hasta $605.088 (casado con 2 hijos).

En relación al ingreso de bolsillo actual representa, en promedio, una reducción del 20% en el salario neto, al margen del deterioro por la mayor inflación. A mayor ingreso, en proporción, mayor sería la caída del salario de bolsillo y, sin contemplar el impacto inflacionario, mayor caída salarial para los que superan los 2 millones de pesos.

El capítulo de Ganancias del borrador del proyecto impositivo del Gobierno deroga la Ley 27.525 aprobada por el Congreso que exime del pago del impuesto a los trabajadores que hoy ganan menos de $1.980.000 brutos (15 SMVM) y una menor retención para los que ganan más de esa cifra

Con este piso salarial quedarían alcanzados por Ganancias 1,5 millones de trabajadores, con alícuotas que llegan hasta el 35%. Esta cifra podría crecer por los aumentos salariales que podrían recibir durante 2024 porque ese piso salarial y las escalas se mantendrían sin cambios durante todo el 2024.

“Los montos previstos en este artículo se ajustarán anualmente, a partir del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año anterior”, indica el proyecto oficial.

Con la ley que se pretende derogar pagarían Ganancias solo 100.000 empleados, y menos de lo que estaban pagando antes de fijar el piso de 15 SMVM. Con la derogación de la ley actual el objetivo es que vuelvan a pagar Ganancias los que quedaron exentos por la suba de ese piso salarial y sobre el aguinaldo.

Cambios en Ganancias: pagarán los asalariados que perciban sueldos brutos mayores a $976.516

Esos 15 SMVM, fijados al valor de octubre ($1.980.000), deberían actualizarse al importe de enero 2024, según la vigente ley de Ganancias, lo que podría ascender a $2.500.000. Todo esto quedaría derogado.

Esta reducción del ingreso de bolsillo, al margen de la caída del ingreso por efecto de la mayor inflación, explica que el ministro Luis Caputo afirmara que el cambio en Ganancias ayudará a mejorar la recaudación de ese impuesto.

Fuente: iprofesional.com