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ECONOMÍA – Por la alta inflación, el Gobierno aumentó un 26% las partidas de gasto para 2023

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Adaptó las proyecciones del Presupuesto votado en noviembre de 2022, que preveía una inflación de sólo 60%. Las erogaciones anuales ahora crecen a $36,5 billones, pero analistas creen que habrá que volver a subirlas.

El 16 de noviembre del año pasado, el oficialismo en el Senado, en alianza con partidos provinciales, logró sancionar el Presupuesto 2023, norma que anticipaba una inflación para este año del 60%, con un gasto de $29 billones y un déficit fiscal primario de 1,9% del PBI. Pero con el correr de los meses, todas esas proyecciones quedaron desajustadas porque probablemente el incremento de los precios resulte el doble de lo previsto y, junto con ello, se dupliquen nominalmente tanto ingresos como gastos y el rojo de las cuentas.

Así, tan solo por el mal cálculo de la inflación, el Poder Ejecutivo se ve forzado a actualizar la ley madre del sector público nacional periódicamente, sobre todo, porque en contextos de alta nominalidad como el actual, hay partidas que se agotan más rápidamente. Es lo que ocurrió a través del DNU 436 que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, en el que se lleva a cabo una máxima adecuación de las partidas.Melconian sobre su propuesta económica

De acuerdo con un análisis de la Asociación Argentina del Presupuesto Público (ASAP), el Gobierno subió en un 26% las partidas del gasto hasta los $36,5 billones. Es decir, se le agregaron $7,6 billones al crédito vigente hasta el 31 de julio. La entidad señala que por medio del DNU se incrementó el cálculo de recursos por $3,6 billones. ASAP plantea que “es la consecuencia de mayores autorizaciones de gastos para 370 programas y reducciones en tres”. El DNU estima que el déficit subirá unos $4 billones y para ello se incrementarán fuentes financieras (deuda) por el equivalente.

Los dos refuerzos más importantes son para el Ministerio de Trabajo, con $1,8 billones y el servicio de la deuda, $1,5 billones. En segundo plano aparecen el Ministerio de Educación, con $758.200 millones y el de Desarrollo Social, con $743.600 millones.

Nadín Argañaraz, titular del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), explicó a Ámbito que la modificación es “una adecuación” de los números a la evolución de la inflación. “En una economía con la inflación que tiene la Argentina hay que acomodar los números”, señaló. El economista sostuvo que lo relevante es que no se altere la relación entre déficit fiscal y el Producto Bruto Interno que para fin de 2023 tiene que mantenerse en el 1,9% para cumplir con las metas del FMI. En principio, el DNU no lo estaría haciendo.

Aldo Abram, director de la Fundación Libertad y Progreso, consideró que, si bien la medida procura adaptar la nominalidad del presupuesto a la inflación transcurrida este año, es probable que para antes de fin de año se tenga que volver a emitir un nuevo decreto. “Probablemente lo estén estimando con una inflación del 120%, pero si se llega a una de 150% como estamos viendo nosotros, tal vez estén corrigiendo con otro decreto más adelante”, explicó. El economista coincidió en que el DNU mantendría el ratio de déficit/PBI del 1,9%, pero que ello en sí no se reflejaría al final del año. “El paquete que anunció Sergio Massa sube medio punto el déficit, por lo que creemos que al final quedará en 2,7% o 2,9%”, proyectó. Abram supone que el Gobierno ahora no hizo una adecuación de partidas más alta porque “si no estarían revelando cuál es la verdadera inflación que están proyectando”.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – El comercio santafesino habla de dificultades para pagar la suma fija y advierte que se “va a traducir a precios”

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El Centro Comercial de Santa Fe consideró que la suma fija es una “imposición”. Tras la devaluación, los precios subieron entre 20% y 30%.

La suma fija establecida por el gobierno nacional sigue sumando sectores en contra. Martín Salemi, presidente del Centro Comercial de Santa Fe, apuntó contra la medida de Massa: “No soluciona el problema de fondo que tiene la Argentina, la inflación”.

En el sector todavía hay bastante desconocimiento sobre cómo se va a terminar implementando el bono, sumado al hecho que están en pleno proceso de paritarias. “Creemos, al igual que el presidente de la Came, que la forma para que se generen los aumentos son las paritarias que están funcionando bien. Por lo tanto, no debería el Estado imponer un bono cuando estas negociaciones se están haciendo”, apuntó.

“Siempre planteamos que todo lo que sea consumo interno para el comercio es bienvenido, porque la realidad es que los empleados hoy tienen un sueldo que no les alcanza. También sabemos que los comerciantes estaban pasando por una situación en la cual tienen la sábana corta, ya todos pagaron y no se puede pagar más porque con la lista de precios, después de la devaluación, se fue por encima del 20% o 30%, se frenaron las ventas”, expuso Salemi.

El referente del Centro Comercial de Santa Fe fue tajante al hablar de la medida económica: “No soluciona el problema de fondo que tiene la Argentina, la inflación. No vemos ninguna medida que vaya a paliar los efectos de esta, sino que realmente la va a retroalimentar. Porque ponerle plata a la gente en la calle si bien es en beneficio del consumo interno, pero con una inflación que corre por encima del 10% mensual, es contraproducente para lo que viene. Lamentablemente todo esto se va a traducir a precios”.

Respecto a cómo se estuvo desarrollando el consumo en el último tiempo, manifestó: “Muchas tarjetas de crédito están a tope, se incrementaron los límites por la inflación. La gente cuando encuentra algo de cuotas sin interés obviamente lo toma y no están los planes Ahora 3, Ahora 6 y Ahora 12. Creo que el consumidor está tomando algunos planes de equipo y consume con tarjeta de crédito porque a algunos no les alcanzan y posponen consumos con este medio de pago. Y especulan porque no saben si el incremento de sueldo va a cubrir eso a futuro”.
Fuente: uno santa fe

ECONOMÍA – Cayó el consumo de bienes y servicios 1,6% en julio según la CAC

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En los primeros siete meses del año el consumo mantiene un crecimiento de 2,9%  pero “la pérdida de dinamismo vista en los últimos meses continuaría acentuándose” proyecta el documento.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) midió en julio de 2023 un retroceso de 1,6% en la comparación interanual (i.a.)del Consumo de Bienes y Servicios.

Respecto al mes de junio la contracción desestacionalizada  es de 1,8%  (descontando los efectos estacionales habituales del consumo a lo largo del año).

De esta forma, el IC acumula en los primeros siete meses del año un crecimiento de 2,9% i.a., aunque “la pérdida de dinamismo vista en los últimos meses continuaría acentuándose. La tendencia bajista en las tasas de crecimiento interanual exhibidas por el IC a partir de enero continúa profundizándose y marca en julio 2023 un nuevo valor negativo” sostiene el documento publicado por la CAC.

Entre los comentarios del documento se advierte que “existió en julio una significativa contracción del poder de compra de los hogares, hilvanando diez meses consecutivos con variaciones interanuales negativas”.

Entre las causas que llevan a esta caída de consumo, se menciona el sostenimiento en el signo negativo de la balanza comercial, la golpeada recaudación efecto de la sequía, la contracción económica y la continuada caída de reservas, sumado a las metas fiscales planteadas por el FMI, que “limitan el impulso de políticas públicas que recompongan los salarios y que puedan incentivar el consumo”.

Si bien desde la CAC consideran que el acuerdo con el FMI  relajó un poco el escenario respecto a las reservas, no lo hizo así en el  escenario fiscal, ya que continúa la meta del  1,9% del PBI como límite al déficit.

Sin embargo, advierten que el salto discreto en el tipo de cambio post PASO indica que la inflación de agosto 2023 sería mayor y, consecuentemente, implicaría un nuevo deterioro de los ingresos reales y, por tanto, en el IC.

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Consumo Rubro por Rubro

El rubro de indumentaria y calzado mostró en el séptimo mes del año una caída estimada de 7,6% i.a. (con una contribución negativa de 0,5 puntos porcentuales —p.p.— al retroceso del 1,6% i.a. del IC), profundizando el proceso de contracción iniciado en octubre de 2022 (en consonancia con la evolución del poder de compra de los hogares).

Por otro lado, el capítulo de transporte y vehículos mostró un crecimiento estimado del 2,5% i.a. en julio (con una incidencia de 0,3 p.p. en la variación interanual del IC), con un avance interanual en los patentamientos tanto de autos livianos como de motos en un 10% y 9,3%, respectivamente. Los patentamientos de ambos tipos de vehículos no tenían un crecimiento interanual tan elevado desde marzo de este año.

Recreación y cultura finalmente dejó de lado su dinámica de recuperación post pandemia y en julio mostró una contracción de 4,5% i.a. (con una contribución negativa de 0,5 p.p. a la contracción del IC) en un contexto de marcada contracción del poder adquisitivo de los hogares acompañado de signos de recortes en gastos que no son de primera necesidad.

En cuanto al apartado de vivienda, alquileres y servicios públicos, este mostró un crecimiento estimado de 1,1% i.a. en julio del presente año. En los últimos meses, este capítulo ha mostrado marcados signos de debilidad a partir del encarecimiento relativo como consecuencia del proceso de recomposición tarifaria, que además tendría nuevos aumentos en septiembre con impactos adicionales en el consumo.

Con respecto al resto de los rubros, estos experimentaron un decrecimiento estimado de 2,1% i.a. en julio (y una incidencia de -1,1 p.p.), posicionándose en niveles 3% por debajo de 2019.

Fuente: Noticias Argentinas

IMPOSITIVAS – AFIP presenta su nueva billetera digital: para qué sirve y quiénes la tienen que usar

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El ente recaudador tiene billetera propia y tras una nueva actualización trae novedades que conviene conocer. Para qué se puede usar y por qué conviene

En el dinámico escenario fiscal argentino, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) busca agilizar y optimizar los procesos tributarios, por lo que lanzó la Billetera Virtual AFIP, una herramienta que ha incorporado recientemente una modalidad de pago innovadora, allanando el camino para cumplir con las obligaciones fiscales de manera más eficiente y sencilla.

El Siglo XXI es testigo de un vertiginoso avance tecnológico que moldea todos los aspectos de nuestras vidas, incluido el ámbito tributario. En este contexto, AFIP se alza como un pionero al abrazar la tecnología en pro del contribuyente. La Billetera Virtual de AFIP irrumpe con una nueva modalidad de pago que promete aliviar las preocupaciones fiscales de los ciudadanos. Esta novedosa función desdibuja las líneas entre lo físico y lo digital, aliviando las tensiones asociadas con las obligaciones tributarias.

La simplicidad es el leitmotiv que guía esta iniciativa disruptiva. Los usuarios de la aplicación ahora tienen la capacidad de cargar fondos en su Billetera Virtual desde diversas fuentes: las cuentas de home-banking, el sitio web oficial de AFIP o a través de entidades bancarias. El proceso es fluido y sin fisuras, lo que refleja la decisión de AFIP de hacer que el cumplimiento tributario sea más amigable para el ciudadano de a pie.

Un vistazo más cercano revela que esta Billetera Virtual no es solo un instrumento para abonar impuestos; es una herramienta multifacética que cumple diversas funciones esenciales. Desde el pago de aportes personales de trabajadores autónomos hasta las alícuotas del monotributo, esta aplicación es un asistente todo terreno para las obligaciones fiscales. Pero eso no es todo, ya que también abre las puertas a la cancelación de obligaciones impositivas y de seguridad social, ya sea propias o incluso ajenas.

¿Cómo opera la Billetera Virtual de AFIP?

La mecánica es sutil pero efectiva. Los fondos transferidos a la billetera son reconocidos como ingresos genéricos por parte de AFIP. Estos fondos son luego destinados a cancelar las obligaciones tributarias de los responsables, simplificando el proceso tanto para el organismo como para los ciudadanos. No obstante, es esencial señalar que los fondos acreditados no generarán intereses a favor de los responsables.

La versatilidad es otro atributo esencial de esta herramienta. Para recibir fondos, AFIP ha trazado tres caminos distintos: el Volante Electrónico de Pago (VEP), la Transferencia Bancaria Internacional (TBI) o cualquier otro método de pago electrónico validado y regulado por el Banco Central, y que ha sido incorporado a la plataforma de AFIP. Esto no solo demuestra la apertura del organismo a las diversas formas de transacción, sino también su compromiso con la seguridad y la eficiencia.

AFIP tiene billetera propia y tras una nueva actualización trae novedades que conviene conocer

La Billetera Virtual de AFIP no se detiene en los pagos básicos; su alcance es ambicioso y comprensivo.

Saldo de declaraciones juradas presentadas, anticipos, pagos a cuenta de retenciones o percepciones, intereses resarcitorios, punitorios y multas asociadas con los conceptos mencionados previamente, así como aportes personales de trabajadores autónomos y del monotributo, todo encuentra su espacio en esta innovadora plataforma.

Esta herramienta, que ha pasado desapercibida para muchos, encierra un potencial transformador que merece ser explorado por todos aquellos que buscan simplificar y agilizar sus compromisos fiscales.

Fuente: iprofesional

FINANZAS – Alerta en los mercados: cuatro países están en riesgo de crisis cambiaria y advierten por Brasil y Chile

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Un comprobado modelo de alerta temprana avisa que dos países europeos, uno euroasiático y otro de Asia del sur tienen un alto peligro de sufrir una hecatombe monetaria en los próximos doce meses.

Desde hace casi tres décadas el legendario grupo financiero japonés Nomura monitorea un grupo de más de 30 países emergentes, entre los cuales está Argentina, con el fin de anticipar crisis cambiarias. En la reciente actualización de su modelo Damocles, Nomura determinó que hay cuatro emergentes en riesgo de crisis cambiaria en los próximos doce meses: Turquía, la República Checa, Sri Lanka y Rumania.

 

Damocles es un cóctel de 8 variables claves que brinda alertas tempranas de crisis cambiarias en los mercados emergentes, donde siempre que el índice supera los 100 puntos para cualquier país, es una advertencia de que es vulnerable a una crisis cambiaria en los próximos 12 meses. En el último recálculo, Turquía, República Checa, Sri Lanka y Rumania obtuvieron puntuaciones superiores a 100. “Desde nuestras actualizaciones de 2022, cinco de ocho países que tenían puntuaciones Damocles superiores a 100 han tenido crisis cambiarias”, advierten los economistas de Nomura, Rob Subbaraman y Si Ying Toh.

En esta oportunidad la Turquía de Recep Tayyip Erdogan lidera con 140 seguida de República Checa con 126, Sri Lanka con 119 y Rumania con 101. Todos ellos están en la mira. Pero también están con puntajes cercanos a este umbral Chile y Hungría con 95 y el Brasil de Lula da Silva con 91.

Detrás, Egipto y Filipinas 84 y 81, luego con 75 Kenia y Colombia y con niveles de 65 y 64 Pakistán, Argentina y Vietnam. Ucrania, por ejemplo, tiene 59 puntos y otros de la región, como México y Perú 54 y 26 respectivamente.

“Aunque Turquía y Sri Lanka han experimentado recientemente crisis cambiarias, Damocles indica que todavía no están fuera de peligro”, alertan desde Nomura. En el caso argentino su nivel de riesgo de crisis monetaria fue evolucionando, según Damocles, desde un nivel de 41 en noviembre de 2021 al de 63 en noviembre de 2022 para hoy estar en 64.

En un año en el que los inversores han estado recurriendo al carry trade de los mercados emergentes (una estrategia de inversión que consiste en pedir dinero prestado en monedas de bajo interés para invertir en mercados emergentes de mayor rendimiento), es prudente preguntarse si los inversores están siendo compensados adecuadamente por la prima de riesgo percibida, aconsejan Subbaraman y Ying Toh.

Según Nomura, el triple shock de la pandemia, el conflicto en Europa y la alta inflación han ampliado la disparidad de los fundamentos económicos en los mercados emergentes. “Si bien algunos países han mantenido fundamentos sólidos, otros han visto un marcado deterioro de las finanzas fiscales, junto con crecientes déficits en cuenta corriente, una cobertura inadecuada de las reservas de divisas y tasas de interés ajustadas a la inflación profundamente negativas”, explican los analistas de Nomura.

En tal sentido, la experiencia histórica muestra que cuando el índice Damocles de un país emergente supera el nivel de 100 es una advertencia de que es vulnerable a una crisis cambiaria en los próximos 12 meses. Como prueba de la efectividad del modelo Nomura recuerda que “el modelo señaló correctamente el 64% de las últimas 61 crisis en la muestra inicial de 32 economías de mercados emergentes entre 1996 y 2021.

En la actualidad, la suma de las puntuaciones de Damocles para la muestra actual de más de 30 países de mercados emergentes ha disminuido de 2.190 a 1.799 entre noviembre del 2022 y agosto del 2023. Pero “esta puntuación sigue siendo alta según los estándares históricos, y advierte sobre las vulnerabilidades latentes en los mercados emergentes que se han acumulado en medio de la pandemia, el conflicto Rusia-Ucrania, el aumento de la inflación global y el posterior ciclo agresivo de aumentos de tasas globales y un dólar fuerte”, sostiene Nomura.

Pero una lección importante del gran número de crisis pasadas es que las primas de riesgo no siguen un proceso monótono, aumentando constantemente a medida que aumenta el riesgo; más bien, las percepciones de riesgo de los inversores parecen desarrollarse de forma binaria, intermitente o no.

“En otras palabras, la revaloración de las primas de riesgo de los mercados emergentes puede ser repentina y auto-cumplida, razón por la cual los modelos de alerta temprana como el de Damocles pueden ser útiles”, explican desde el grupo japonés.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Nuevo mes y llega con subas en alimentos, tarifas, y otros rubros

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Tras el incremento del 12,5% en los combustibles y su posterior congelamiento hasta el próximo 31 de octubre, ahora siguen los aumentos en alimentos, tarifas y otras categorías, en una carrera inflacionaria sin fin. En septiembre se proyecta avance del Índice de Precios al Consumidor en torno al 10%

Llega septiembre con una serie de aumentos autorizados por el gobierno nacional. Tras el incremento del 12,5% en los combustibles y su posterior congelamiento hasta el próximo 31 de octubre, varios rubros le siguen en la carrera inflacionaria que parece no tener fin. Para el noveno mes del año se proyecta un avance del Índice de Precios al Consumidor alrededor del 10%

Alimentos, indumentaria y otras categorías

Unos 52.300 artículos incrementarán sus precios durante septiembre de acuerdo al nuevo acuerdo entre el Ministerio de Economía y las empresas productoras de alimentos. Ya se aplicó un aumento del 5% en agosto y en los próximos días entrará en vigencia el segundo incremento pactado, también del 5%. Si bien muchas empresas se expresaron en desacuerdo con el margen de suba actualizado, argumentando que no compensa el aumento de costos provocado por la devaluación del 22%, en la práctica el acuerdo se está cumpliendo.Participan de los precios regulados empresas de alimentos, indumentaria, calzados, telefonía y laboratorios, entre otras categorías.

Servicios públicos

En septiembre también aumentan las tarifas de servicios públicos, pero sólo para los usuarios que pertenecen al segmento de ingresos altos y medios. Según confirmó la Secretaría de Energía, en el noveno mes del año aumentará cerca de un 11% el valor que se le paga a las generadoras. El incremento impactará en las boletas de luz de los usuarios que ya no tienen subsidio, es decir los de ingresos altos (5,3 millones de hogares) y medios (2,8 millones). También se verán afectadas las industrias y comercios. Según estimaciones de los especialistas, el impacto en las boletas promediará el 5,6%. Además se aguarda para noviembre una nueva audiencia pública para establecer el aumento en la tarifa de gas.

Telefonía, televisión e internet

Desde este viernes también se incrementan los servicios de telefonía, televisión e internet. Es la sexta cuota de la suba escalonada autorizada por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) en mayo pasado, a través de la resolución 557/2023.La normativa estableció un aumento del 4,5% por mes, desde mayo de 2023 hasta diciembre de este año. En esta oportunidad, con el ajuste que regirá desde el 1° de septiembre, el valor máximo del segundo de voz de telefonía móvil pasará de $0,84 a $0,91. Por su parte, el SMS saltará de $10,90 a $1140 y el valor de 50 MB/día pasará de los actuales $45,52 a $56,98. Las compañías podrán cobrar montos inferiores, pero nunca superiores.Los ajustes aplican a toda clase de planes, ya sean prepagos o postpagos, tanto en telefonía como en Internet y televisión.Además, subirán algunos planes de streaming. Sirve de ejemplo el caso de Netflix, que anunció un incremento de hasta 67% en algunos de sus planes.

Personal doméstico

En septiembre entrará en vigencia un nuevo aumento de los salarios del servicio doméstico. El ajuste será de 8%, con lo que los empleadores deberán pagar un mínimo de $1.057 por hora al personal de tareas generales o un mensual de $129.670.A eso se sumará el bono anunciado por el gobierno, que será de $12.500 en septiembre y $12.500 en octubre. La Nación aportará el 50% de los bonos en los casos en los que los empleadores registren ingresos netos inferiores a $1,5 millones anuales. Quienes superen ese monto deberán hacerse cargo de pagar la totalidad del bono.

Fuente: el ciudadano

ECONOMÍA – Empieza a regir la obligatoriedad para que los códigos QR acepten pagos con tarjeta desde cualquier billetera virtual

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Desde el 1° de septiembre entra en vigencia la norma del Banco Central que exige la interoperabilidad de los pagos con QR.

Los pagos con QR sumarán otra esperada alternativa para concretar las operaciones de los clientes que optan por este medio de pago. La misma se trata de la implementación de la norma del Banco Central que dispone la obligatoriedad para que los códigos QR acepten transacciones con tarjeta desde cualquier billetera virtual.

La entrada en vigencia de esta normativa es desde este viernes 1 de septiembre, tal como lo recordaron en un comunicado las 4 asociaciones bancarias de Argentina, señalando que el último día hábil de esta semana “no será un viernes más para el sistema de medios de pago argentino”, indicando que “será el comienzo de una esperada etapa que permitirá a los clientes realizar pagos con tarjeta de crédito desde cualquier billetera digital interoperable, independientemente de la marca del Código QR que exhiba un comercio”.

Asimismo, remarcaron que “la interoperabilidad full de los QR es un avance hacia la competencia y democratización de los medios de pagos en Argentina”. La suma relevancia que le otorga el sector bancario a esta posibilidad se debe a que mayoritariamente la red de códigos QR pertenecen a Mercado Pago, por lo que actualmente en esos puntos solo se realizan las operaciones con tarjetas que estén cargadas a dicha billetera.

Esta restricción, relega a Modo, la billetera digital que comparten todos los grandes bancos del sistema, a excepción del Provincia, y a las demás billeteras bancarias de uso masivo como Cuenta DNI o BNA+. La norma del BCRA termina con esa exclusividad, por lo que ahí residen las ansias de los bancos por su puesta en marcha.

A partir de que se efectivice, los clientes podrán elegir, por un lado cuál de todas las apps de su teléfono, tanto de bancos como de fintech, quiere usar para pagar y por otro con que medio abonará: con dinero en una cuenta (CBU o CVU), tarjeta de débito o tarjeta de crédito.

El comunicado de las asociaciones bancarias destacó que “estas medidas para ampliar la interoperabilidad a las tarjetas de crédito fueron tomadas en mayo pasado con el objetivo de que las personas tengan experiencias más amigables y que la operatoria sea más transparente” y aseguró que “desde entonces, las entidades financieras y demás miembros del ecosistema de pagos han trabajado intensamente puertas adentro para alcanzar esta meta”.

A pesar de la expectativa por su implementación, se descuenta que el 1° de septiembre no estará operativo el mecanismo en un 100%, ya que desde Mercado Pago no avanzaron en la interoperabilidad, que le exige sentarse a coordinar el funcionamiento con cada billetera.

Los pagos con QR vienen creciendo notoriamente en el país. Durante junio se registraron 10,7 millones operaciones iniciadas con QR interoperable, lo que representa el 34% de las operaciones de Pago con Transferencia e implica un crecimiento de 212% interanual.

Fuente: noticias argentinas

ECONOMÍA – Crece el pluriempleo en Argentina: qué es y por qué sucede

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El fenómeno está vinculado a la necesidad de sostener determinado nivel de vida y muestra un marcado crecimiento en deciles más altos.

Un informe de la consultora Ecolatina indica que crece el pluriempleo en Argentina. El trabajo indica que el 10% de los trabajadores tiene más de un empleo y se observa un crecimiento del 25% desde comienzos de 2018.

El pluriempleo, indican desde la consultora, no necesariamente está asociado al objetivo de apuntalar los ingresos para evitar caer bajo la línea de pobreza. También está vinculado a la necesidad de sostener determinado nivel de vida, ya que muestra un crecimiento marcado en deciles más altos.

De esto, se puede comprender que en Argentina “el problema no es de empleo sino de calidad del mismo”: ingresos bajos estimulan la participación en el mercado de trabajo y lo que no ajusta por cantidades no solo ajusta por precios sino que también por bienestar, reduciendo tiempo de ocio y de educación, por ejemplo.

Más trabajo, menos calidad e ingresos

Desde Ecolatina, aseguran que en el último tiempo se dio un crecimiento récord de la participación en el mercado de trabajo. La Población Económicamente Activa (PEA), que comprende tanto a las personas que trabajan como a aquellas que buscan un empleo alcanzó 48,3% en el primer trimestre del año, un valor que pese a ser elevado, no implicó un aumento del desempleo.

Por el contrario, la tasa de desocupación se mantuvo por debajo del 7%, al mismo tiempo que se observó una expansión del empleo: 45% de la población está ocupada, un registro también inédito.

“Como se señala habitualmente, esta performance esconde dos factores no tan positivos: los ingresos y la calidad del empleo”, indican en el informe.

En primer lugar, los ingresos de los trabajadores continúan deprimidos (acumulan un retroceso cercano a 20% desde 2017) y continuamente son puestos en jaque con una inflación que no da tregua.

Por otro lado, la calidad del empleo aparece también en el centro de la escena. Desde 2018 sólo uno de cada cuatro empleos creados fue bajo la categoría de asalariados registrados, el resto operan bajo la informalidad y/o cuentapropismo.

¿Por qué crece el pluriempleo?

Así como se sostiene que la caída del poder adquisitivo de los hogares incentiva la inserción al mercado de trabajo de nuevos miembros de la familia, este fenómeno también puede provocar que las personas busquen apuntalar sus ingresos con un empleo adicional. De esa forma, surge el efecto conocido como “trabajador adicional”, característico de períodos de crisis, explican desde la consultora.

Utilizando los microdatos de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) que publica INDEC encontramos que casi 1,15 millones de personas de la población de referencia (31 aglomerados urbanos) tuvieron más de un empleo en el primer trimestre de 2023 (8,6% de los ocupados).

Además, en el primer trimestre, debido a cuestiones estacionales, el pluriempleo es algo menor al promedio del año. De esta manera, desde Ecolatina, prevén que a lo largo del año la cantidad de personas con más de un empleo alcance los 1,4 millones (más del 10% de los ocupados), superando los 2 millones si extrapolamos este valor a la población total.

Pluriempleo: ¿Quiénes salen a buscar otro trabajo?

El 60% de personas con pluriempleo son mujeres, y casi la mitad son personas menores de 40 años. Además, uno de cada tres “pluriempleados” corresponde al rango etario entre los 30-40 años. Por otro lado, el 85% de quienes cumplen con esta característica son jefes/as de hogar o sus cónyuges. Así como la inserción al mercado de trabajo tiende a darse en otros miembros de la familia, el pluriempleo cae sobre los principales referentes del hogar.

A partir del informe, también explican que un aspecto distintivo del pluriempleo es que, al contrario de lo que ocurre con la informalidad y el cuentapropismo (dos características de la precarización del mercado de trabajo) tiene una distribución más “democrática”: casi la mitad de las personas con más de un empleo se ubica en los tres deciles de ingresos per cápita familiar más altos y sólo uno de cada cuatro está en los tres deciles más postergados.

Fuente: ambito

ECONOMÍA – Cómo pueden computar impuesto sobre créditos y débitos en cuentas bancarias las microempresas

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Microempresas pueden computar impuesto sobre créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias para el pago a cuenta de contribuciones patronales
La Resolución General AFIP 5.405 (B.O. 22/08/2023) establece el procedimiento que deben observar los empleadores microempresas para poder computar hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del importe correspondiente al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias que les hubieran percibido a partir del 31 de julio de 2023, como pago a cuenta de hasta el QUINCE POR CIENTO (15%) de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Los empleadores que se encuentren caracterizados con el código “272 – Micro Empresas Ley 25.300” en el servicio denominado “Sistema Registral” al último día del mes en que se devenguen las contribuciones de seguridad social en las que se aplicará el beneficio, podrán computar hasta un TREINTA POR CIENTO (30%) del importe correspondiente al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias que les hubieran percibido a partir del 31 de julio de 2023, como pago a cuenta de hasta el QUINCE POR CIENTO (15%) de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 394/2023.

Dicha caracterización podrá ser consultada accediendo con Clave Fiscal al servicio “Sistema Registral”, opción consulta/datos registrales/caracterizaciones.

Recordemos que el artículo 6° de la Ley 27264 de Carácter Permanente del Programa de Recuperación Productiva establece que el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, que hubiese sido efectivamente ingresado, pueda computarse en un CIEN POR CIENTO (100 %) como pago a cuenta del impuesto a las ganancias por, entre otros, los sujetos que revistan la condición de microempresas, en los términos del artículo 1° de la Ley de Fomento para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa  25300.

A su vez, el Decreto 394/2023 contempla que las citadas microempresas puedan optar por computar hasta un TREINTA POR CIENTO (30 %) del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, que hubiese sido efectivamente ingresado a partir del 31 de julio de 2023 como pago a cuenta de hasta el QUINCE POR CIENTO (15 %) de las contribuciones patronales previstas en el artículo 19 de la Ley 27541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones que se destinen al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA), creado mediante la Ley 24241.

La Resolución SEyPyME 220/2019 establece los límites de ventas totales anuales expresados en PESOS ($) para calificar como microempresas.

Los mismos son los siguientes:

Límites de ventas totales anuales expresados en PESOS ($)

Categoría: Micro

Construcción: 78.690.000

Servicios: 36.850.000

Comercio: 213.150.000

Industria y Minería: 150.620.000

Agropecuario: 90.930.000

Se entiende por valor de ventas totales anuales al monto de las ventas que surja del promedio de los últimos TRES (3) ejercicios comerciales o años fiscales cerrados. Se excluirá del cálculo el monto del Impuesto al Valor Agregado y el/los impuesto/s interno/s que pudiera/n corresponder; y se deducirá el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75 %) del monto de las exportaciones.

Para aquellas empresas que sean sujeto alcanzado por el Impuesto al Valor Agregado y/o sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), a los fines de determinar lo dispuesto previamente, se considerarán las operaciones declaradas ante la AFIP, en las Declaraciones Juradas de los mencionados impuestos.

Aquellas empresas que no realicen la presentación de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado, por estar exentas del mismo, deberán consignar, con carácter de Declaración Jurada, la información de ventas correspondiente a los últimos TRES (3) ejercicios comerciales o años fiscales cerrados, a través de la plataforma que a esos efectos se fijará en la página web del Registro de empresas MiPyME.

Para el cómputo del beneficio referido precedentemente en el Decreto 394/2023, los empleadores caracterizados deberán ejercer la opción al momento de confeccionar la declaración jurada en el sistema “Declaración en línea”. El sistema mencionado indicará dos totales en la pestaña “Totales Generales” de la pantalla “Datos de la Declaración Jurada”, según el siguiente detalle:

  1. a) Contribuciones SIPA.
  2. b) Contribuciones no SIPA.

Asimismo, en la aludida declaración jurada deberán informar el importe del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias que deseen computar en el campo “Pago a cuenta Dec 394/2023”, el que no podrá superar el QUINCE POR CIENTO (15%) del saldo a ingresar en concepto de contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), ni el TREINTA POR CIENTO (30%) del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias percibido.

El cómputo del pago a cuenta sólo procederá respecto del importe percibido en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias durante el período mensual devengado de las contribuciones que se pretenden cancelar, no pudiendo aplicarse saldos de otros períodos.

Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, aquellas percepciones sufridas el día 31 de julio de 2023 podrán ser computadas a cuenta de las contribuciones patronales correspondientes al período mensual devengado agosto de 2023.

Será condición para el cómputo del mencionado beneficio, que la cuenta bancaria en la cual se efectúa la percepción del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias se encuentre a nombre del empleador caracterizado como microempresa.

La determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del release 11 de la versión 44 del sistema informático “Declaración en línea”.

El saldo de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social que corresponda ingresar por los períodos devengados entre agosto de 2023 y diciembre de 2024, inclusive, deberá efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos, a cuyo efecto se generará el correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP), con los siguientes códigos:

  1. Contribuciones Patronales al SIPA Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-154-019.
  2. Restantes Contribuciones Patronales -no SIPA- Decreto 394/2023: impuesto/concepto/subconcepto (ICS) 351-155-019.

Una vez ejercida la opción en los términos de la Resolución General AFIP 5.405/2023, cuando corresponda presentar declaraciones juradas rectificativas por los períodos comprendidos en el beneficio, las mismas deberán efectuarse por nómina completa.

   Fuente: iprofesional

NACIONALES – El Gobierno anticipó multas a las empresas que no paguen el bono y restricciones para comprar dólares a quienes lo perciban

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Así lo afirmó la ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos. Aclaró que aplicaría a quienes perciban recursos del Estado

La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly” Olmos, dijo que los trabajadores en relación de dependencia que perciban la “suma fija” de $60.000 que anunció este fin de semana el Ministerio de Economía quedarán inhabilitados para comprar dólares en el mercado cambiario. El dólar ahorro al que acceden unos 700.000 argentinos cada mes, que se opera en torno a los $640 por unidad y que tiene un cupo mensual de USD 200, quedaría así aún más limitado. También señaló que habrá multas para quienes no paguen el extra decidido por el Estado.

La aclaración llegó a través de declaraciones radiales de Olmos. En conversación con Urbana Play la funcionaria respondió afirmativamente a la consulta respecto a si los que perciban el bono quedarán impedidos de comprar dólares.

“Eso, fundamentalmente, en los casos de recursos que pone el Estado”, aclaró la funcionaria.

“Pero efectivamente lo que nosotros queremos es que esto no vaya a la brecha, queremos que vaya a consumo”, dijo.

Multas

La ministra indicó además que habrá penalidades para las compañías que no otorguen el bono, el cual corresponde a quienes tienen salarios de hasta $400.000 netos (alrededor de $481.000 brutos, dependiendo de los descuentos) al mes de agosto.

“Si no pagan, tienen una infracción. Van a tener que pagarlo y, encima, una multa”, advirtió la funcionaria en declaraciones a FutuRock, que aseguró que se apoyarán en los gremios para la fiscalización.

Olmos destacó el rol que tendrán los sindicatos para detectar las faltas de los empleadores. “Debemos tener el acompañamiento de los gremios para identificar aquellas empresas que no paguen o el trabajador tiene canales anónimos para la denuncia. Ahí actúa la fiscalización”, había indicado ayer.

Trabas para el dólar ahorro

No es la primera vez que una nueva medida impulsada por el Gobierno cae dentro de las categorías que generan trabas para el acceso al mercado cambiario. Sucedió, por ejemplo, cuando el año pasado se segmentan los subsidios a la luz y el gas y, bajó la lógica de que el Estado busca evitar que las transferencias monetarias tengan por destino el mercado cambiario, quienes perciben una asistencia para el pago de sus boletas quedaron impedidos de comprar el cupo de USD 200.

En este caso, aunque la ministra no lo aclaró y el Banco Central está esperando el decreto de la suma fija para ajustar la normativa, el mismo principio parece aplicarse. Si la lógica es la misma, quienes perciban una suma fija pagada por el Estado, quedarían impedidos de comprar. Falta aclarar qué pasa con quienes reciben la suma fija, pero ésta queda a cargo de un empleador privado.

¿Qué motivos pueden impedirte acceder a la compra de dólar ahorro?

El Banco Central detalla de la siguiente manera las distintas causas que pueden dejar a un ahorrista impedido de comprar los USD 200 mensuales.

  • No contar con capacidad económica suficiente para operar en el mercado de cambios -según los parámetros establecidos por la propia entidad con la que se opera.
  • Exceder el cupo total mensual de USD 200.
  • Exceder el cupo mensual de USD 100 por mes para adquisiciones en efectivo, que integra el cupo total mencionado en el punto anterior.
  • Haber solicitado mantener los subsidios en las tarifas de servicios (gas natural, energía eléctrica o agua potable).
  • Haber recibido beneficios ATP para personas con actividad comercial o personas empleadas cuyas empresas lo hayan recibido. Tener en cuenta que, si el empleador/a obtuvo el beneficio de ATP, la restricción se encuentra vigente, aunque ya no se perciba o el préstamo haya sido devuelto. Las causales vinculadas con créditos y refinanciaciones se refieren a todo el sistema y no solo a una entidad. Por eso se debe verificar la situación tanto en la entidad con la que se quiere operar como en el resto de las entidades.
  • Haber realizado compras con tarjetas de crédito en moneda extranjera por el cupo mensual de USD 200 o mayor al cupo. Tener en cuenta que al superar el cupo no se podrá acceder a la compra de moneda extranjera hasta que transcurran los meses para compensar el cupo mensual USD 200.
  • Tener refinanciación de cuotas en las tarjetas de crédito, “Refinanciación por Comunicación A6964″ o “Refinanciación por Comunicación A7095″.
  • Tener préstamos prendarios o hipotecarios en UVA con refinanciación.
  • Haber recibido subsidios IFE (según información suministrada por la ANSES).
  • Haber recibido subsidios del PAMI.
  • Haber sido inhabilitado/a mediante las comunicaciones C del Banco Central, que informan quiénes fueron las personas suspendidas para operar en el mercado de cambios.
  • Haber realizado operaciones con títulos valores (Comunicación A7001).
  • No tener dado de alta el número de CUIT, es decir que no existe información tributaria de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Fuente: infobae