Home Blog Page 505

ECONOMÍA – Con dólar en ascenso, esto pronostica Bank of America para la economía argentina

0
Un nuevo informe de la entidad hace foco en el crecimiento y evalúa el impacto de un posible acuerdo con el Fondo Monetario Internacional

La economía argentina cerrará este año con un alza del 7,3% y la inflación se ubicará por encima del 50%, según pronosticó el Bank of America, que estimó a su vez que el Gobierno alcanzará un acuerdo con el FMI antes de fin de año.

La entidad norteamericana estimó que por el volumen de vencimientos que el país deberá cubrir a fines de año con el organismo multilateral, hace que un acuerdo sea indispensable para evitar un panorama más complejo.

“Nuestro escenario base es que el acuerdo con el FMI finalice en marzo y entre diciembre y enero se alcance un acuerdo a nivel de personal técnico”, señala el informe de la institución, difundido por agencias internacionales.

Según el cronograma con el Fondo, la Argentina debería afrontar pagos por u$s3.350 millones hasta marzo de 2022: u$s390 millones en noviembre, u$s1.900 millones en diciembre, u$s720 millones en enero, u$s370 millones en febrero y u$s2.800 millones en marzo.

Agregó: “Nuestro escenario base es que el acuerdo con el FMI finalice en marzo y entre diciembre y enero se alcance un acuerdo técnico”.

“Esto podría tener fuertes consecuencias en los flujos de divisas, financiación multilateral, inversión y podría impactar en el mercado de divisas que ya está bajo presión”, sostiene el estudio.

Bank of America, optimista sobre un pronto acuerdo con el FMI.

FMI: ¿y si no hay acuerdo?

Bank of America advirtió que de no alcanzarse un acuerdo, la Argentina podría entrar en una espiral de atrasos en pagos con reservas internacionales insuficientes y un acceso al crédito “limitado”.

Afirmó que un acuerdo con el organismo representa una prioridad nacional que “comprende a todos los sectores de la sociedad argentina”.

Al respecto, reveló que los inversores reclaman más claridad sobre las políticas a futuro una vez pasadas las elecciones legislativas del 14 de noviembre.

En su análisis, la entidad prevé que la inflación para 2021 se ubique por encima del 50% y que el PBI crezca un 7,3% contra el 8% proyectado por el Gobierno.

El FMI compartió su receta para frenar la inflación

Mientras la inflación se encamina al 50% este año en la Argentina, el Fondo Monetario Internacional salió a pedir a los bancos centrales de la región que endurezcan sus políticas monetarias y reduzcan la emisión, para frenar la escalada de precios.

En un reporte recientemente difundido, advirtió que “si el aumento de la inflación amenaza con desanclar las expectativas de inflación, los Bancos Centrales deberían endurecer la política monetaria para señalar un compromiso con los objetivos de inflación y evitar aumentos persistentes de los precios”.

“La acción preventiva y decisiva debe ir acompañada de una comunicación clara y transparente”, indicó el informe.

El organismo consideró que un endurecimiento de la política monetaria puede evitar “aumentos persistentes” de inflación.

La advertencia llegó en un reporte sobre la economía de América latina y el Caribe, presentado en el marco de la Asamblea anual del FMI y el Banco Mundial en Washington, donde el organismo lanzó sus perspectivas para la región.

El Fondo Monetario lanzó sus perspectivas para América Latina y el Caribe, donde puntualizó sobre el caso argentino.

El informe señala que la Argentina crecerá 7,5% este año y frenará su economía a 2,5% en 2022, en sintonía con las cifras divulgadas la semana pasada en el informe de Perspectivas Económicas Globales del Fondo.

Fuente: infobae economico

IMPOSITIVAS – Suba del mínimo no imponible en Bienes Personales: acceda al texto completo del proyecto

0
La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara alta trató el proyecto de ley de Carlos Caserío que propone elevar el mínimo no imponible

En una reunión virtual, la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Senadores trató este jueves y pasó a la firma el proyecto de ley que busca modificar el artículo 24 de la Ley 27.480, para que se incremente el mínimo no imponible del impuesto sobre los bienes personales, ya que consideran que la base está “desactualizada” en relación a la situación económica del país.

El autor del proyecto y presidente de la comisión Carlos Caserio (Córdoba – FdT), señaló que: “Lo lógico sería una redistribución que permita que los que más tienen, más paguen para buscar un equilibrio racional en los argentinos”.

El senador cordobés explicó que la iniciativa “modifica el artículo 24 de la Ley 27.480, de manera de establecer que no van a estar alcanzados por este gravamen aquellos bienes que sean iguales o inferiores a 8 millones de pesos (actualmente el monto es de 2 millones de pesos)”, y lo calificó de “insuficiente que afecta a muchos argentinos“, por lo que es “una necesidad que se debe abordar”.

Además, detalló que “establece que de tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando resulten iguales o inferiores a 50 millones de pesos. En la actualidad, este monto está en 18 millones de pesos”.

Acceda al texto completo del proyecto:

 En los fundamentos de la iniciativa, Caserio señala que con “el mínimo no imponible actual llegamos a la conclusión que un contribuyente que posea un automóvil de los denominados pequeños y un terreno en donde aspire a construir su primera vivienda seguramente estaría como sujeto gravado en este tributo”.

“También creemos que el valor exento para la casa habitación debe actualizarse producto del incremento de valores que la inflación generó sobre estas propiedades y el efecto revalorización de las bases imponibles y de las valuaciones fiscales que llevaron adelante las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, agrega la iniciativa.

Suba del mínimo no imponible en Bienes Personales: acceda al texto completo del proyecto

“La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tendrá a un sujeto de difícil localización y que una vez localizado e intimado seguramente será un contribuyente de escasísimo interés fiscal y al que probablemente para que pueda cancelar sus acreencias y evitar las multas se lo deba incluir en algún régimen de moratoria”, señalan en los argumentos.

Caserio señaló que “también se pide la modificación del artículo 27 que dice que’ todos los años de acuerdo al índice de precios al por mayor se aumenta el tributo de lo que se paga’, es decir que tiene una actualización automática, pero llama la atención que ese incremento no lo tenga el mínimo, por eso queremos que el mínimo sea actualizado del mismo modo”.

Ganancias y Bienes Personales: AFIP extiende facilidades para regularizar deudas

En tanto, la AFIP dispuso que hasta el 30 de noviembre no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2020.

La Resolución General 5080, que se publicará este jueves en el Boletín Oficial, garantiza a los contribuyentes que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta de 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.

El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

La medida, que apunta a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y responsables, forma parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19, reseñó la agencia recaudadora.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Repro II para salarios devengados en octubre: cuál es el plazo límite para inscribirse

0
La información fue brindada por el Ministerio de Trabajo a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial.

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la Resolución 643/2021 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La norma estableció que el plazo para la inscripción en ambos programas será desde el 25 al 31 de octubre próximos.

Además, determinó las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Repro II.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán septiembre de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del primero de enero de 2019.

Asimismo, el mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será septiembre último.

En tanto, el corte de actualización de bajas de nómina y el de CBU serán hasta el 23 de octubre.

En el caso de trabajadoras y trabajadores independientes, deberán presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre septiembre último y mismo mes de 2019.

Asimismo, el período de referencia de pagos a acreditar será para autónomos desde enero de este año hasta agosto último; y para monotributistas, desde febrero hasta septiembre.

Fuente: lacapital.com

NACIONALES – Se publicó el decreto que establece un complemento mensual para las asignaciones familiares

0
Ya es oficial el decreto que establece un complemento mensual para las asignaciones familiares, una medida que beneficiará a dos millones de trabajadores.

Ya es oficial el decreto que establece un complemento mensual para las asignaciones familiares, una medida que beneficiará a unos dos millones de trabajadores. La flamante norma se publicó en el Boletín Oficial este miércoles.

La normativa establece que el monto que se abonará en el mes de octubre consistirá “en una suma no remunerativa equivalente a $5063”, para las personas “cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos o que tributen en las categorías A, B o C del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)”.

En tanto, indica que será “una suma no remunerativa equivalente a $3415”, para las personas “cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos o que tributen en la categoría D del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS)”.

Complemento mensual para las asignaciones: qué dice el decreto

A partir del mes de noviembre, estipula que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del primer rango de ingresos será “equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $10.126, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al primer rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES 174/21 o las que en el futuro la reemplacen”.

Asimismo, la normativa establece que las personas cuyo ingreso del grupo familiar se encuentre dentro del segundo rango de ingresos será “equivalente a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma $6830, incluido el valor general de la Asignación por Hijo correspondiente al segundo rango de ingresos fijado en la Resolución ANSES Nº 174/21 o las que en el futuro la reemplacen”.

“El Complemento Mensual que se otorga por el presente decreto se abonará siempre que sus titulares hayan generado derecho al cobro de la Asignación por Hijo y/o de la Asignación por Hijo con Discapacidad y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto”, indica en el artículo 5.

En el DNU se indica que la medida busca “atender la urgencia derivada de las consecuencias socioeconómicas agravadas por la pandemia de COVID-19 y para continuar garantizando protecciones sociales a la ciudadanía”.

Complemento mensual para las asignaciones: qué dice el decreto

También aclara que se trata de “medidas para paliar la crítica situación social producto de las políticas adoptadas por la anterior Gestión de Gobierno”.

“Dentro de los grupos más afectados por las políticas aplicadas entre fines del año 2015 y fines del año 2019,se encuentran las familias con hijos e hijas, situación que se vio reflejada en el mayor incremento de las infancias viviendo bajo la línea de pobreza e indigencia”, señala el decreto.

El pasado 7 de octubre, el presidente Alberto Fernández anunció un “complemento mensual para el salario familiar a partir de octubre”, con el objetivo de “reconstruir y recuperar el poder adquisitivo” de los salarios.

“Sabemos que las familias de las trabajadoras y trabajadores registrados de Argentina deben mejorar sus ingresos. Por eso, hemos decretado un complemento mensual para el salario familiar a partir de octubre”, indicó Fernández en su cuenta de Twitter.

Calendario ANSES octubre 2021

La ANSES ya informó el calendario de cobro para octubre 2021 para todas sus prestaciones, incluyendo jubilaciones, pensiones, pensiones no contributivas, Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, Prestación por Desempleo y Asignaciones Familiares y de Pago Único, como las correspondientes a matrimonio, nacimiento y adopción.

Los calendarios de pago de todas las prestaciones del organismo previsional -incluídas jubilaciones y pensiones– pueden consultarse a través de la página web del organismo, en sus cuentas de Facebook y Twitter o telefónicamente llamando al 130.

Las fechas de cobro de jubilaciones y pensiones se determinan a partir del último número del DNI del beneficiario y, en cada caso, se informa una fecha límite para cobrar las jubilaciones y pensiones

Fecha de cobro para jubilaciones y pensiones octubre 2021

Haberes que no superen la suma mensual de $29.135:

Documentos terminados en:

  • 0 cobran el: 7 de octubre
  • 1 cobran el:12 de octubre
  • 2 cobran el: 13 de octubre
  • 3 cobran el: 14 de octubre
  • 4 cobran el: 15 de octubre
  • 5 cobran el: 18 de octubre
  • 6 cobran el: 19 de octubre
  • 7 cobran el: 20 de octubre
  • 8 cobran el: 21 de octubre
  • 9 cobran el: 22 de octubre

Haberes que superen la suma mensual de $29.135:

Documentos terminados en:

  • 0 y 1 cobran el: 25 de octubre
  • 2 y 3 cobran el: 26 de octubre
  • 4 y 5 cobran el: 27 de octubre
  • 6 y 7 cobran el: 28 de octubre
  • 8 y 9 cobran el: 29 de octubre
Fechas de cobro de jubilaciones y pensiones octubre 2021

Fecha de cobro para Asignación Familiar por Hijo y Asignación Universal por Hijo octubre 2021

Documentos terminados en:

  • 0 cobran el: 7 de octubre
  • 1 cobran el:12 de octubre
  • 2 cobran el: 13 de octubre
  • 3 cobran el: 14 de octubre
  • 4 cobran el: 15 de octubre
  • 5 cobran el: 18 de octubre
  • 6 cobran el: 19 de octubre
  • 7 cobran el: 20 de octubre
  • 8 cobran el: 21 de octubre
  • 9 cobran el: 22 de octubre

Fecha de cobro para Asignación por Embarazo octubre 2021:

  • 0 cobran el: 12 de octubre
  • 1 cobran el: 13 de octubre
  • 2 cobran el: 14 de octubre
  • 3 cobran el: 15 de octubre
  • 4 cobran el: 18 de octubre
  • 5 cobran el: 19 de octubre
  • 6 cobran el: 20 de octubre
  • 7 cobran el: 21 de octubre
  • 8 cobran el: 22 de octubre
  • 9 cobran el: 25 de octubre

Fecha de cobro por Asignación por Prenatal y Maternidad octubre 2021

Documentos terminados en:

  • 0 y 1 cobran el: 12 de octubre
  • 2 y 3 cobran el: 13 de octubre
  • 4 y 5 cobran el: 14 de octubre
  • 6 y 7 cobran el: 15 de octubre
  • 8 y 9 cobran el: 18 de octubre

Fecha de cobro por Asignaciones Pago Único: Matrimonio, Nacimiento y Adopción octubre 2021

  • Quincena 1: cobran 6 de octubre
  • Quincena 2: cobran 25 de octubre

Cuándo cobro las Pensiones no Contributivas octubre 2021

Documentos terminados en:

  • 0 y 1 cobran el: 1 de octubre
  • 2 y 3 cobran el: 4 de octubre
  • 4 y 5 cobran el: 5 de octubre
  • 6 y 7 cobran el: 6 de octubre
  • 8 y 9 cobran el: 7 de octubre

Las Asignaciones Familiares de Pensiones no Contributivas se cobran el 7 de octubre.

Fecha de cobro para la Asignación por desempleo octubre 2021

  • 0 y 1 cobran el: 22 de octubre
  • 2 y 3 cobran el: 25 de octubre
  • 4 y 5 cobran el: 26 de octubre
  • 6 y 7 cobran el: 27 de octubre
  • 8 y 9 cobran el: 28 de octubre

Tarjeta Alimentar octubre 2021: cuándo cobro

Las madres de 7 hijos con Pensión no Contributiva cobran el saldo de la Tarjeta Alimentaria junto con el monto mensual de ANSES a partir del 1 de octubre, según la terminación del DNI.

  • DNI terminados en 0 y 1: 1 de octubre
  • DNI terminados en 2 y 3: 4 de octubre
  • DNI terminados en 4 y 5: 5 de octubre
  • DNI terminados en 6 y 7: 6 de octubre
  • DNI terminados en 8 y 9: 7 de octubre

Tarjeta Alimentar para AUH con plástico

El Ministerio de Desarrollo Social activará la recarga de saldo de la Tarjeta Alimentar para las titulares de la AUH ANSES a partir del 15 de octubre.

Tarjeta Alimentar para AUH y AUE sin plástico

Las beneficiarias de la AUH y AUE ANSES sin plástico y que reciban los montos por medio de transferencia directa, lo harán desde el 20 de octubre, según la terminación del DNI, al tomar como referencia los cronogramas de agosto y septiembre.

  • DNI terminados en 0 y 1: 20 de octubre
  • DNI terminados en 2 y 3: 21 de octubre
  • DNI terminados en 4 y 5: 22 de octubre
  • DNI terminados en 6 y 7: 25 de octubre
  • DNI terminados en 8 y 9: 26 de octubre

Turnos en la ANSES: cómo sacarlos

Una gran ayuda para iniciar los trámites reside en la posibilidad de solicitar online los turnos para la atención personalizada. Sin embargo pueden presentarse situaciones en las que no se logre completar este paso. ¿Cuáles son las opciones que tengo a mano para solucionarlo?

Puntualmente, tenés tres opciones:

  • Mi ANSES
  • Turnos ANSES
  • Atención virtual

Plataforma Mi ANSES

Mi ANSES es una plataforma digital que permite realizar diferentes trámites y consultas personales sin necesidad de ir a una oficina. Se ingresa con Clave de la Seguridad Social, que se puede obtener totalmente en línea.

No puedo sacar turno en la ANSES: qué puedo hacer

Dentro de Mi ANSES, en la opción Información Personal, podés consultar tus relaciones familiares registradas en ANSES (padres, hijos y cónyuge) y modificar tus datos de contacto. Esta información es muy importante para cualquier trámite que tengas que realizar y para que puedan enviarte novedades acerca de tus prestaciones.

También podés realizar trámites, como solicitar el crédito ANSES o presentar la Libreta de Asignación por Hijo, entre otros, y consultas como Historia Laboral o informarte sobre el estado de tus trámites.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – Carta de Porte Electrónica AFIP: desde cuándo es obligatoria

0
La herramienta que permitirá simplificar los trámites, mejorar la capacidad de fiscalización del sector agrícola y limitar maniobras de evasión

Desde el próximo 1 de noviembre será de uso obligatorio la Carta de Porte Electrónica (CPE), la herramienta que permitirá simplificar los trámites, mejorar la capacidad de fiscalización del sector agrícola y limitar maniobras de evasión.

Carta de Porte Electrónica AFIP: desde cuándo es obligatoria

La digitalización de la carta de porte, reemplaza a los formularios en formato papel que hasta ahora se utilizaban para documentar el traslado de granos automotor y ferroviario al interior del país. De esta forma, desde el próximo mes la documentación necesaria para trasladar granos dentro del país deberá tramitarse de forma digital.

Con la nueva modalidad, el proceso de solicitud, carga y emisión del comprobante se hará online en un solo paso y en una misma aplicación. Las Cartas de Porte Electrónicas no serán reutilizables y contarán con un código de barras y código QR que permitirá visualizar los datos de origen y destino de la carga, fundamentales para el control en ruta.

Carta de porte: ¿Quiénes pueden confeccionarla?

  • Productores de granos inscriptos como tales ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
  • Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y que las mismas se encuentren declaradas en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial (RUCA).
  • Quienes sean autorizados por resolución fundada por la AFIP.

Cómo pedir la devolución del 35% en la compra de dólar ahorro

En la página web de la AFIP se encuentra disponible la devolución del 35% del impuesto en la compra de dólar ahorro para las personas que no están alcanzadas ni por el impuesto a las Ganancias ni por Bienes Personales.

El trámite se realiza a través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia.

La percepción no solo se aplica sobre la compra de dólar para atesorar, sino que también sobre los gastos con tarjeta en moneda extranjera. Es por eso que servicios como Netflix o Spotify están alcanzados y sobre ellos se puede pedir la devolución de la retención en caso de que corresponda.

La devolución del 35% corresponde al recargo que se aplica sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta.

Esto incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros.

Qué se necesita para hacer el trámite

  • Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
  • Contar con Clave Fiscal.
  • Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”.
  • Contar, previamente, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.
  • Contar con Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Si el contribuyente cuenta con CUIT y Clave Fiscal NO deberá concurrir a una Dependencia AFIP – DGI, con lo cual el trámite lo podrá realizar directamente desde la web.

De lo contrario, será obligatorio concurrir a una dependencia con TURNO WEB solicitado oportunamente.

Paso a paso para pedir la devolución del 35%

Primer paso: clave fiscal y acceso

Para iniciar el trámite de devolución del 35% sobre el dólar ahorro es necesario contar con clave fiscal.

Quienes aún no tengan esta clave la pueden generar online en la misma página de AFIP. Para ello hace falta el DNI, el número de CUIL, un mail y generar una contraseña de diez dígitos. Con esto se crea una clave de “nivel 2”.

Quien ya tenga clave pero olvidó la contraseña puede recuperarla a través de la app de la AFIP o desde un cajero automático. Con la clave y la contraseña se accede al portal de cada usuario.

Una vez allí, hay que ingresar en la opción “Administrador de relaciones de clave fiscal”. Y clickear en “Nueva relación”. Allí se despliega un listado con el logo de AFIP y hay que optar primero por la categoría en que se encuentra el contribuyente, ya sea autónomo o empleado. Este paso es fundamental para obtener la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro

Segundo pasola carga del CBU

Para poder pedir la devolución del 35% es necesario que el contribuyente le informe previamente a la AFIP cuál es la CBU de la cuenta bancaria en la que el organismo fiscal debería hacerle el depósito del reintegro.

Tercer paso: Impuesto país

El siguiente paso es entrar en “Devolución de percepciones” y elegir la opción “Impuesto PAIS”. Y allí el usuario podrá ver las retenciones que el sistema ya tiene cargadas.

Atención: lo que se devuelve no es el impuesto PAIS del 30% sobre la compra del dólar ahorro, sino la retención del 35% de Ganancias.

Cuarto paso: los agregados

En caso de que el usuario tuviera más operaciones alcanzados por este impuesto del 35% que no aparezcan en el listado que le muestra la AFIP, podría cargar cada una de esas operaciones en la solapa “Agregar percepción”.

Para completar esta referencia deberá contar con la fecha y el número de factura correspondiente o la referencia en el resumen de la tarjeta. Esa carga debe hacerse mes por mes y es esencial para solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro.

Una vez completado ese paso se debe hacer click en la opción “Enviar”. Cuando se concreta el envío, la AFIP a su vez le remitirá al usuario un “acuse de recibo”.

Paso a paso: cómo pedir la devolución del impuesto del 35% en la compra de dólar ahorro

Quinto paso: los controles

A partir de ese momento, la AFIP revisará todos los pedidos y constatará si son pertinentes. Es decir, si se corresponden con el nivel de ingresos del contribuyente y si efectivamente éste no está alcanzado por Ganancias y Bienes Personales.

Y luego le informará al contribuyente cuándo le hará efectiva la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

Desde la página de AFIP el usuario podrá hacer a través de “Mis aplicaciones web” el seguimiento del trámite y ver en qué estado está la devolución sobre el dólar ahorro.

Sexto pasoel plazo

Se estima que la devolución no debería superar los 90 días.

Septimo pasoel pago

Cuando la AFIP revise los pedidos y determine la validez, depositará el monto correspondiente en la cuenta informada por el contribuyente a través de la Clave Bancaria Uniforme (CBU). De esta manera, se efectiviza la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

Devolución del 35% sobre el dólar ahorro para quienes pagan Ganancias

Las personas que pagan Ganancias recién podrán solicitar la devolución del 35% sobre el dólar ahorro cuando completen la declaración anual de Ganancias y se concretaría junto con el resto de los reintegros, como los correspondientes a las prepagas y a las empleadas domésticas, entre otros.

Los empleados deben ingresar al sitio de la AFIP con su clave fiscal e ir al servicio SIRADIG-Trabajador, que es el sistema de registro y actualizaciones de deducciones del impuesto a las ganancias.

Una vez adentro, hay que dirigirse al punto “4. Otras Retenciones, Deducciones y Pagos a cuenta” y una vez desplegado ese punto, elegir el ítem “Pago a Cuenta – Resolución General (AFIP) 4815/2020”.

En ese punto se despliegan 4 opciones:

  • a. Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. a)
  • b. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. b)
  • c. Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. c)
  • d. Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. d) Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (R.G. 4815/2020 – Ley 27541 – Art. 35 inc. e)
Devolución del impuesto del 35% sobre el dólar ahorro para quienes pagan Ganancias

Estos datos tienen que ser tenidos en cuenta por el empleador cuando realice la liquidación anual del período fiscal, que se hace en abril. Con el haber de ese mes, los empleados recibirían la devolución del 35% sobre el dólar ahorro.

Si el empleado informó más percepciones de las que el empleador le retuvo, el contribuyente deberá pedir la diferencia a la AFIP.

AFIP: cómo recupero la clave fiscal, paso a paso y por cuáles medios

La clave fiscal es una contraseña para que puedas realizar tus trámites de AFIP desde cualquier computadora, tablet o smartphone conectado a internet.

Para que sea más segura deberá tener 10 caracteres como mínimo y 64 como máximo. Además, es requisito que la clave fiscal contenga al menos 2 números, 4 letras, 1 mayúscula y 1 minúscula.

Recordá que tu clave fiscal es única e intransferible y no se bloquea por falta de uso.

Si olvidaste tu clave fiscal, podés generar una nueva.

Cuando el trámite de recuperar la clave fiscal se realice por internet, sólo podrás generar una nueva clave fiscal 1 vez por mes, con un límite de 5 veces anuales.

Recupero de nivel de seguridad 3

Trámite electrónico

Podés recuperar tu clave fiscal desde la app “Mi AFIP”, disponible para todos los dispositivos móviles con cámara de fotos frontal y acceso a internet. Son requisitos indispensables, contar con DNI argentino en formato tarjeta y ser mayor de edad.

Para ello, ingresá al menú “Herramientas”, opción “Solicitud y/o recupero de clave fiscal”. Luego, deberás escanear el código de tu DNI y tomar fotografías de tu rostro.

Trámite presencial

En uno de los puestos de autogestión de recupero de clave fiscal en cualquier dependencia de AFIP, identificándote con tu huella digital, sólo cuando se tengan registrados los datos biométricos.

En cualquier dependencia de AFIP, con turno web solicitado previamente y un formulario 206 – Multinota en el que manifiestes la voluntad de blanquear tu clave fiscal.

Cajero automático

Desde un cajero automático habilitado, se realiza el recupero de la clave fiscal a través del acceso provisto por la entidad bancaria para tal fin. Esta opción mantiene el nivel de seguridad 3, siempre que haya sido otorgada en forma previa al trámite.

Recupero digital de nivel seguridad 2

Homebanking

A través de homebanking, utilizando el acceso provisto por la entidad bancaria, seleccioná “Servicios AFIP”, opción “Blanqueo de Clave Fiscal”. Para este método de recupero se asignará el nivel de seguridad 2 en forma posterior a la realización del cambio de contraseña.

Pautas para elegir la clave fiscal

Para la elección de la clave fiscal tené en cuenta las siguientes pautas:

  • No utilizar información personal como nombre, fecha de nacimiento, DNI, nombre de mascota, número de teléfono, etc.
  • No utilizar el nombre de usuario asociado a la clave.
  • No utilizar contraseñas triviales o fáciles de descubrir.
  • No utilizar patrones de teclado (qwerty y/o qazwsx), números en secuencia (1234) o siguiendo un orden alfabético (abcde).
  • No repetir los mismos caracteres, como por ejemplo “111222”.
  • No utilizar contraseñas que se ofrezcan en los ejemplos explicativos de construcción de contraseñas robustas.
  • No utilizar la misma clave para diferentes servicios de internet, como por ejemplo email, chat, homebanking, etc.

Para el uso de la clave fiscal te recomendamos:

  • No guardar ni escribir la clave en archivos físicos o electrónicos que puedan ser leídas o vistas por otras personas.
  • No almacenar la clave en el navegador web mediante la opción “recordar contraseña” y deshabilitar la función “Autocompletar formularios y contraseñas”.
  • No compartir la clave con otras personas, ni enviarla por correo electrónico, SMS, mensajería o cualquier otro tipo de medio electrónico.
  • Evitar acceder a los sistemas de la AFIP desde sitios públicos o computadoras de uso compartido. De ser inevitable, utilizar el teclado virtual de ingreso seguro para escribir la contraseña.
  • Finalizar la sesión del sistema de navegación mediante el botón “Salir” y cerrar el navegador al concluir tus operaciones.
  • Cambiar la clave periódicamente, aun cuando la aplicación no lo solicite.
  • Antes de ingresar tu usuario/contraseña, comprobá la autenticidad y seguridad del sitio.

Podés hacerlo visualizando en la barra horizontal superior de tu navegador que la dirección web comience con “https://” y que aparezca un candado cerrado que garantiza que el sitio utiliza un canal seguro de comunicación.

Asimismo, se podrá obtener información adicional sobre la seguridad del sitio haciendo click sobre el candado cerrado.

  • En caso de dispositivos móviles o tablets, configurar el bloqueo por patrón, pin, huella o contraseña.Verificar que el sistema operativo del dispositivo desde el que se accede y el navegador de internet tengan la última versión de los parches y actualizaciones de seguridad, accediendo a los sitios de actualización recomendados por el fabricante.
  • Actualizar regularmente el sistema antivirus.
  • Utilizar un “Firewall personal” o activar el que viene por defecto con el sistema operativo de la computadora.
  • Proteger tu computadora con una contraseña de usuario y configurarla para que se bloquee pasados unos minutos de inactividad.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – La economía creció 1,1% mensual en agosto y superó por primera vez el nivel precovid

0

La actividad económica se expandió por tercer mes consecutivo en la comparación sin estacionalidad, según el INDEC. En términos interanuales, el EMAE aceleró el crecimiento hasta 12,8% interanual, acumulando un alza de 10,8% interanual en lo que va del año.

La actividad económica creció en agosto por tercer mes consecutivo en la comparación intermensual (sin estacionalidad) y superó por primera vez el nivel pre-covid de febrero de 2020, informó este jueves el INDEC.

El Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE) se expandió 1,1% sin estacionalidad en el octavo mes del año, tras las subas registradas en julio (+0,9%) y en junio (+2,2%).

A su vez, la serie tendencia-ciclo registró una suba de 0,2% mensual y acumuló 12 meses en alza.

En términos interanuales, el EMAE aceleró el crecimiento hasta 12,8% interanual (vs. 11,8% interanual en julio), y marcó así la sexta suba consecutiva a dos dígitos, acumulando un alza de 10,8% interanual en lo que va del año.

Por sector de actividad, en agosto crecieron de forma interanual todos los sectores, algo que no sucedía desde octubre de 2017, con subas de dos dígitos en ocho de ellos.

Lideraron el crecimiento Otras actividades de servicios (+77,4% interanual; aporte de 1,1 puntos porcentuales -p.p.- al crecimiento del EMAE), Hoteles y restaurantes (+35,0% interanual; aporte 0,3 p.p.) y Construcción (+26,7% interanual; aporte 0,8 p.p.).

Por otro lado, los mayores aportes al crecimiento fueron nuevamente de la Industria (+13,7% interanual; aporte 2,4 p.p.) y el Comercio (+15,6% interanual; aporte 2,1 p.p.), sectores que acumulan diez subas consecutivas.

Además, se destacan los aportes al crecimiento de los siguientes sectores: Actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler (+7,9% interanual, aporte 0,9 p.p.), Transporte y comunicaciones (+11,6% interanual, aporte 0,9 p.p.) y Salud (+12,9% interanual; aporte 0,5 p.p.).

Los Impuestos crecieron 15,7% interanual (aporte 2,7 p.p.). Asimismo, comparado contra agosto de 2019 crecen seis de los quince sectores.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Trabajar menos días por semana, el reclamo de 3 de cada 4 empleados

0

Más de la mitad de los trabajadores asegura que puede hacer sus tareas en menos de 40 horas, reveló una encuesta de Adecco.

La pandemia reconfiguró la manera de trabajar en todo el mundo. El home office dejó de ser excepción y pasó a ser la regla, y con el correr de los meses los empleados se acostumbraron a alternar presencialidad y trabajo remoto, y, sobre todo, empezaron a cuestionar los horarios rígidos de oficina.

Con ese escenario de fondo la pregunta sobre qué pasará con la semana semana laboral -de lunes a viernes, de 9 a 18- comenzó a flotar en el ambiente. Tanto que  casi las tres cuartas partes (72%) quieren que las empresas se replanteen la duración de la semana laboral y el número de horas que se deben trabajar; más de la mitad (57%) cree que su trabajo se podría hacer en menos de 40 horas, según reveló un estudio realizado por la consultora de recursos humanos Adecco entre 14.800 personas en 25 países, entre ellos la Argentina.

El pedido de mayor flexibilidad horaria se sostiene en la productividad mostrada durante la pandemia. Es que el 82% de los empleados cree que en los últimos 12 meses mantuvo o incrementó su productividad, pese a haber desempeñado sus tareas mayormente desde el hogar.

Estos hallazgos vienen acompañados por un abrumador número de empleados (75%) que piensa que es importante mantener la flexibilidad como parte de la vuelta a la normalidad. Existen peticiones de trabajadores y líderes para que la valoración del trabajo se base en los resultados y no en las horas trabajadas.

TRABAJO A DISTANCIA

El 63% de los encuestados dijo que sus habilidades de trabajo digital y a distancia mejoraron; el 50% afirmó que el equilibrio entre la vida laboral y personal había mejorado; el 47% indicó que su gestión del tiempo había mejorado; y el 39% informó mejoras en su apreciación de la confianza depositada en ellos para terminar el trabajo.

Durante la pandemia el 67% de las personas disfrutó en general de cierta autonomía para la organización de sus tareas. Por ello, no sorprende que el 76% desee mantener esta flexibilidad en cuanto a cómo y cuándo trabajar de aquí en adelante. Esta flexibilidad se ha valorado extremadamente en todas las zonas geográficas, ya sea por género, edad y etapa de la vida, especialmente por aquellos con niños y con responsabilidades.

POR UNA SEMANA MÁS CORTA

El número de horas trabajadas se incrementó un 14% desde 2020, con el 63% de los trabajadores que afirma que trabaja más de 40 horas a la semana. Sin embargo, 6 de cada 10 empleados afirman que podrían realizar sus tareas diarias en menos de 40 horas. Esta desconexión entre las horas trabajadas y las horas que se consideran necesarias es clara en todas las zonas geográficas; los países que más desconexión han sufrido son Japón, China y España.

El 73% de los trabajadores indican que las empresas deberían medir el rendimiento según sus resultados en lugar del número de horas trabajadas (el 81% de los líderes está conforme con esto). Sin embargo, más de la mitad (52%) afirma que sus supervisores inmediatos no cumplen sus expectativas para evaluarlos según los resultados en lugar de las horas trabajadas. Para los no supervisores, el número es muy inferior, ya que solo el 36% opina que su rendimiento se basa en resultados.

Fuente: cronista

ECONOMÍA – La economía consolida su crecimiento en el inicio del último trimestre y retorna a niveles prepandemia

0

El dato surge del relevamiento de octubre del Panorama Productivo elaborado por el Centro de Estudios para la Producción (CEP XXI). Construcción, obra pública y automotrices encabezan el repunte en el tercer trimestre de 2021.

En el cierre del tercer trimestre de 2021 la industria presentó una mejora con un crecimiento del 1,4% mensual. El dato surge del informe de octubre del Panorama Productivo, elaborado por el Centro de Estudios para la Producción (CEP XXI).

Los datos confirman que hubo un saldo positivo tras la tendencia negativa observada durante el bimestre julio-agosto. La recuperación vino de la mano de los sectores relacionados con la construcción, la obra pública y las automotrices. Se espera además un rebote en el área de servicios.

Los datos fueron publicados por el CEP XXI a través del informe del Panorama productivo de octubre. El relevamiento mostró que según los números del IPI-Cammesa, tomados sobre la medición en mil fábricas, se reportó el fuerte crecimiento en el consumo energético llegando al 14,7%, respecto a los niveles del 2019. El sector se recuperó con mucha velocidad, incluso en  comparación con el resto de los países del mundo.

El informe indicó que la recuperación “incide favorablemente en la industria, ya que de allí es dable esperar un mayor ingreso disponible de las familias”.

Además remarcó que “la gradual normalización de actividades irá de la mano con un cambio en el perfil de los consumos, en donde los servicios volverán a cobrar el protagonismo perdido en 2020”.

Como aspecto negativo se indicó el faltante de semiconductores, un factor que podría jugar en contra puesto que determinará qué ocurre va a ocurrir con la actividad industrial, especialmente en el sector automotriz.

A pesar de los altibajos del tercer trimestre, el resultado no fue bueno para el sector industrial. De todas formas si se lo compara con la segunda ola del segundo trimestre va a terminar mostrando algún crecimiento. Si el 1,4% publicado por el CEP XXI se verifica en los datos del IPI manufacturero del Indec, el promedio del período habrá registrado una suba de sólo 0,8%.

El 2021 fue un año de crecimiento, más allá de la mejora de entre 14% y 15% que se proyecta en la comparación contra el promedio del pésimo 2020. En septiembre todas las ramas industriales consumieron más energía que en el mismo mes del 2019, lo cual muestra que el crecimiento estuvo muy difundido en el sector.

Los que traccionaron fueron la siderurgia y los minerales no metálicos, de la mano del crecimiento del gasto en obra pública en particular y de la construcción en general, ya que son industrias proveedoras. También traccionó la metalmecánica, en particular la automotriz.

La siderurgia tuvo su mejor septiembre desde 2011 y creció 14,9% respecto al mismo mes del 2019. La metalmecánica batió récord desde 2015 y subió 17,4%. La automotriz tuvo su mejor mes desde agosto del 2018 y creció 57,2%. Los minerales no metálicos tuvieron un mes que se subió al podio histórico y treparon 7,9%.

Fuente: ambito.com

ECONOMÍA – Ajuste : fuerte desplome de la participación de los trabajadores en la economía

0

Son datos del INDEC del segundo trimestre de este año. Hace un año, los asalariados explicaban 49,8% del ingreso global y ahora cayó a 40%.

Es una caída en picada libre la que tuvieron los trabajadores en relación a los valores o precios de producción de la economía: en un año, con rebote de la actividad,  por la inflación minorista y la disparada de los precios mayoristas y de exportación, cayó la participación del trabajo del 49,8% al 40% en el ingreso global. Es otra cara del ajuste.

No hay registros que en tan poco tiempo en que la actividad económica tuvo un fuerte rebote – un crecimiento del 10,3% interanual entre enero y junio y del 17,9% en el segundo trimestre, con un fuerte incremento de todos  los precios – se haya producido semejante desplome, según el Informe del segundo trimestre de la “Cuenta Generación de Ingresos e insumo de Mano de Obra” del INDEC.

Por su parte, el sector empresario acrecentó su porción en el reparto de los ingresos, con el 50,9%, el más alto desde 2016, inicio de la serie estadística. Un año atrás era del 47%. Este avance se explica fundamentalmente por los sectores “Agricultura, ganadería, caza y silvicultura” “Industria manufacturera” y “Explotación de minas y canteras” entre otros.

Profesionales y cuentapropistas subieron del 11% al 12,6% y hubo una baja de los impuestos netos por la reducción de los subsidios en relación a los que se otorgaron el año pasado (IFE/ATP).

Todo esto pasó por el rebote de la actividad, la disparada de los precios básicos, una suba muy fuerte de los precios internacionales del sector agropecuario, en el período más fuerte de la cosecha, y no existieron este año los subsidios que se dieron el año pasado.

Todo ese conjunto de factores provocaron el retroceso de los salarios y del costo laboral en relación al valor de la producción. También por la mayor precarización del empleo, ya que la mayor actividad permitió que se recuperara el empleo asalariado no registrado y el cuentapropismo informal, casi avance de los asalariados formales.

Para el economista Ariel Coremberg, profesor de Crecimiento Económico (UBA, UDESA, UCEMA), la caída de 9,8 puntos en un año en la participación de los trabajadores en el PBI es “consecuencia de la devaluación del peso argentino y su rápido traslado a los precios de producción, la mejora en precios internacionales de commodities y su impacto en la caída del costo laboral. Y refleja también una caída de la productividad laboral como consecuencia de la baja calidad del empleo generado (poco formal, solo no registrado y cuentapropismo )”.

Por otro lado, de acuerdo al INDEC, en el segundo trimestre de 2021 los puestos de trabajo totales tuvieron un incremento de 17,2%: subieron de 17.131.000 a 20.086.000. Aún son inferiores a los 20.571.000 del segundo trimestre de 2019. Pero casi en su totalidad eso se debió al aumento de los asalariados no registrados (+ 1.329.000) y cuentapropismo ( + 1.463.000). Los asalariados registrados solamente mejoraron en 163.000.

La actividad con mayor informalidad sigue siendo el servicio doméstico, con 505.000 personas registradas sobre 1.378.000 puestos laborales. También la construcción tiene más asalariados informales (542.000) que registrados (355.000) y 696.000 cuentapropistas, en su mayoría informales. Otro sector es agricultura, con 345.000 registrados y 501.000 asalariados no registrados y 437.000 cuentapropistas.

En horas trabajadas, el aumento fue del 50,1% respecto al mismo trimestre de 2020. “Las horas de los asalariados crecieron 45,7% y las de los no asalariados, 65,0%. En el caso de los registrados, el ascenso de las horas trabajadas es de 40,3% mientras que las horas correspondientes a los no registrados se incrementaron en 63,1%”.

El INDEC aclara que el número de puestos de trabajo es mayor al de los ocupados porque “las personas pueden tener más de una fuente de ingresos por concepto de empleo, bien porque trabajan para más de un empleador o, porque además de trabajar para uno o más empleadores, trabajan por cuenta propia”.

Fuente: clarin económico

IMPOSITIVAS – Cómo será el nuevo monotributo gratuito para trabajadores de la economía popular

0
La medida buscará integrar en la economía formal a unos 3 millones de trabajadores, muchos de los cuales participan de movimientos sociales

El gobierno de Alberto Fernández se dispone a dar un nuevo paso en su anunciada intención de formalizar el trabajo e ir disminuyendo la dependencia de los planes sociales.

En concreto, este miércoles se anunció un nuevo monotributo sin cargo para los trabajadores que actualmente desempeñan su actividad en la informalidad.

Son millones de personas, muchas de las cuales forman parte de movimientos sociales.

“Una de las reivindicaciones más grandes que venimos sosteniendo es que hay 4 millones y medio de compañeros que se han inventado el trabajo y si les preguntas quieren estar en blanco, el problema es que los costos son muy altos”, afirmó Emilio Pérsico, secretario de Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y referente del Movimiento Evita.

Según anticipó Pérsico, la solución será “un monotributo totalmente gratuito para el compañero y también para el Estado para que se pueda hacer masivamente”.

“Mañana (por este miércoles) vamos a tener anuncios muy importantes”, agregó en diálogo con la radio Urbana Play.

Si bien actualmente existe un monotributo social, su alcance es limitado: lo utilizan solamente 600.000 personas.

En tanto, el nuevo monotributo para trabajadores precarios tendrá mayor alcance y será gratuito por dos años. Además, se prevé que en los dos años siguientes el costo de la cuota sea del 50%.

Esta nueva manera de formalización alcanzará, en principio, a quienes están inscriptos en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular, que son casi 3 millones de personas.

Se publicó el DNU que convertirá planes sociales en trabajo registrado

El presidente Alberto Fernández firmó este lunes el Decreto 711/2021 para convertir los planes sociales en empleo genuino en el sector privado. Está destinado a personas desempleadas o con trabajos precarizados. La medida fue publicada en el Boletín Oficial de este martes.

Fernández había adelantado la decisión el viernes pasado en el Coloquio de IDEA. La flamante norma permitirá que los beneficiarios de una programa social puedan acceder a un empleo en relación de dependencia.

La iniciativa está vinculada al proyecto de Sergio Massa presentado días atrás que apunta al mismo objetivo.

El viernes, en IDEA, Alberto Fernández anticipó la decisión: “Si algo caracterizó al espacio político que hoy gobierna la Argentina es la promoción de la inversión empresaria y creación de empleo, por eso estamos disponiendo a través de un decreto marco un sistema que posibilite que los que hoy son beneficiarios de planes sociales puedan ser empleados en la actividad privada sin perder ese derecho”.

Los ministros Juan Zabaleta (Desarrollo Social) y Claudio Moroni (Trabajo) estarán al frente de conseguir el objetivo. Se deberán realizar modificaciones en sus programas de formación, empleo e intermediación laboral con la meta de mutar la asistencia social dada en la actualidad a personas desempleadas o con empleos informales en “incentivos” para lograr su contratación en el sector privado.

Puntualmente, las empresas que se sumen al programa deberán cumplir con una serie de requisitos para acceder a distintos incentivos como comprometerse al incremento neto de la nómina del personal y respetar un límite en la cantidad de trabajadores alcanzados. La flamante norma aclara que no podrán participar aquellas firmas que figuren en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).

Un puente al empleo: el proyecto de Massa

El diputado oficialista Sergio Massa presentó un proyecto de ley que apunta a transformar programas sociales y prestaciones de la seguridad social en trabajo formal, al tiempo que baja el costo laboral para pymes que tomen empleados y perdona deudas de la seguridad social.

El proyecto denominado “Un Puente al Empleo” tiene los siguientes beneficios para empresas:

1. Las pymes tendrán una rebaja de hasta el 100% durante 24 meses de las contribuciones patronales con un tope equivalente a 2 salarios mínimos, vitales y móviles por cada nuevo trabajador que contraten.

Si los nuevos trabajadores son beneficiarios de planes sociales nacionales, podrán seguir percibiendo los subsidios por un plazo máximo de hasta 12 meses. Estos contratados tendrán que cumplir con cursos y programas de formación que establecerá el Ministerio de Trabajo, aclaró el especialista Daniel Pérez.

El experto aclaró que los beneficios no se producen solamente por incorporar personas beneficiarias de planes sociales, sino para toda relación laboral que se inicie a partir de la vigencia de la ley.

2. Regularización de empleo no registrado, que incluye la rectificación de la remuneración o de la fecha de inicio de la relación laboral. Pérez aseguró que podría denominarse verdadero blanqueo de relaciones laborales.

Quedan fuera de estos beneficios las relaciones laborales correspondientes al Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, advirtió Pérez.

A los trabajadores regularizados se les computarán hasta 60 meses de servicios con aportes equivalentes al salario mínimo para reunir los 30 años de servicios requeridos para jubilarse y para el beneficio de Prestación por Desempleo.

Los meses así regularizados no serán considerados para el cálculo del sueldo promedio de los últimos 10 años anteriores al cese laboral para determinar el haber previsional inicial.

El Poder Ejecutivo tendrá que tomar los recaudos presupuestarios necesarios para compensar los menores ingresos al sistema de la Seguridad Social que surjan de esta ley.

Baja del costo laboral y blanqueo

Para Silvia Tedin, del estudo SMS San Martín, Suárez & Asoc., el proyecto tiene dos aspectos importantes.

Uno que es aminorar el costo salarial por empleado incremental para las pymes desde micro hasta medianas tramo 2, por un tope de 20 empleados, y además reducir entre un 85% y 100% de las contribuciones patronales por el termino de 24 meses.

Y el otro permite blanquear relaciones laborales preexistentes rectificando monto y fecha de inicio de la relación laboral y reconociendo hasta 60 meses de aportes para esos empleados que se encuentran en situación de precariedad laboral, indicó Tedin.

Va a haber un plazo de 90 días para esta suerte de blanqueo de hasta 10 trabajadores con mayores beneficios para las pymes de menor tamaño del 100% al 60%. La regularización podrá ser al contado o mediante plan de pagos, explicó Tedin.

Otro punto muy favorable es la coexistencia de empleo formalizado con planes y programas sociales por hasta 12 meses, donde se permitirá la inserción laboral de personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social, opinó.

Sin lugar a duda son todas muy buenas medidas para incentivar la contratación de nuevos empleados, aunque quedará definir cuál es el criterio federal para cada actividad, esto será definido mediante la reglamentación, y regularizar empleo que se encuentra sin registración, enfatizó Tedin.

Sin embargo, la experta comentó que el proyecto del presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, no contempla que esos nuevos puestos tengan un nuevo esquema de indemnizaciones laborales. Esto queda pendiente y es un tema clave”.

El proyecto de Massa prevé una baja de impuestos laborales para pymes

La baja de contribuciones, en números

Pérez enumeró los beneficios del proyecto:

• Micro empresas: hasta 5 empleados de incremento de nómina, 100% de reducción de contribuciones el primer año y 100% los segundos 12 meses.

• Pequeñas empresas: hasta 10 empleados, en las mismas condiciones de reducción total por dos años.

• Empresa Mediana Tramo 1: hasta 15 empleados nuevos, tendrá 100% de reducción de contribuciones los primeros 12 meses y 85%, los segundos.

 Empresa Mediana Tramo 2: hasta 20 empleados, podrá contar con una rebaja de impuestos laborales de 85% el primer año y 85% el segundo

El beneficio no incluye ninguna exención para la obra social sindical ni para la ART.

Existe otro tope adicional, precisó Pérez, ya que debe considerarse como tope máximo remunerativo una suma equivalente a 2 salarios mínimos vitales y móviles. Teniendo en cuenta el valor del SMVM a partir del 1 de este mes, ese valor sería de $64.000.

Para que el programa pueda ser utilizado, los empleadores no deberán registrar obligaciones de seguridad social, líquidas y exigibles vencidas, ni figurar en el REPSAL, subrayó Pérez.

El Gobierno da una nueva moratoria esta vez para deudas laborales y previsionales

Beneficios del blanqueo

Esta segunda parte del programa referida al blanqueo es similar a la establecida en 2008, que también incluyó una regularización amplia del empleo y una forma de fomento con reducciones, afirmó Pérez.

El proyecto de Massa establece la forma de regularización a través de la registración de la relación laboral y la denuncia de la real remuneración, según el caso. Las obligaciones condonadas son todas las de los subsistemas, excepto las del régimen de salud y las cotizaciones con destino a las ART, puntualizó Pérez.

Sí se encuentran incluidas dentro de las obligaciones que se extinguen las correspondientes a las contribuciones adicionales con destino al Régimen de la Industria de la Construcción, añadió el experto.

Esa regularización condonará la deuda por capital, intereses, multas y punitorios que “tengan origen en la falta de pago de aportes y contribuciones con destino a los Subsistemas de la Seguridad Social”: SIPA (jubilaciones y pensiones), PAMI, Obras Sociales, Fondo Nacional de Empleo y Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.

Por lo demás, también como sucede en estos programas de amnistía, se extinguen las acciones penales y se condonan las sanciones firmes o no laborales e impositivas, entre otras, comentó Pérez.

El proyecto divide la posibilidad de utilizar los beneficios de extinción de obligaciones y amnistía para los empleadores, en función de la cantidad de trabajadores que se regularicen por el programa: de hasta 10 trabajadores y a partir de 11 contratos.

Para los empleadores que regularicen hasta 10 trabajadores registrados de la siguiente forma:

• Micro y pequeñas empresas: del 100%

• Medianas empresas tramo 1: del 80%

• Medianas empresas tramo 2: del 60%

A partir del trabajador número 11 y siguientes se establece que los beneficios de condonación de capital, intereses resarcitorios y punitorios será en todos los casos del 100%.

Estas extinciones y condonaciones tendrán efecto, en la medida en que los empleadores cancelen los conceptos que el proyecto no condona (obras sociales, seguro de salud, ART), mediante cancelación de contado o a través de un régimen de facilidades de pago que establecerá la AFIP por reglamento, alertó Pérez.

Para los dos beneficios, no se podrá reducir la nómina laboral, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Fuente: iprofesional.com