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Actuación profesional. Ley de Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública.

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La Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional de cada ejercicio deberá prever un porcentaje máximo para la emisión de títulos públicos en moneda extranjera y bajo legislación y jurisdicción extranjeras respecto del monto total de las emisiones de títulos públicos autorizadas para ese ejercicio. Cuando se supere dicho porcentaje se requerirá de una ley especial.

Ley (PL) Nº 27.612 (BO 03/03/2021)

Fuente: Lisicki Litvin

FINANZAS – La base monetaria mostró una contracción de 2,9% en febrero

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Analistas señalan que la caída, superior a los $72.000 millones, es un reflejo de que la demanda de dinero no se recupera. La colocación de Pases y de Leliq permitió la esterilización de $ 172.000 millones

Pese a ello, la comparación interanual aún refleja un incremento del 39% nominal promedio, que se explica principalmente por la significativa expansión que había mostrado hasta mediados del año pasado, a raíz de los gastos generados por la pandemia.

“Tanto el sector financiero como el Tesoro actuaron de manera contractiva durante febrero. La colocación de Pases y de Leliq permitió la esterilización de $172.000 millones, que más que compensan la inyección de $76.000 millones por los intereses que generan estos pasivos remunerados”, resumió un informe de la consultora LCG.

La compra de divisas para el pago de deuda por parte del Tesoro, señaló el trabajo, permitió la absorción de $40.000 millones que, a posteriori, fue parcialmente compensada por el desarme de colocaciones en pesos que el Tesoro mantiene en el Banco Central (BCRA), por $26.000 millones. 

En el otro extremo, la base monetaria creció $56.000 millones por la compra de divisas al sector privado, hecho que se ha repetido en los últimos tres meses.

“La contracción en sí misma no es un síntoma positivo, sino un reflejo de que la demanda de dinero no se recupera y que se están pagando intereses por esta contracción”, analizó Melisa Sala, economista principal de LCG, en diálogo con El Cronista.

“Lo mismo aplicará para cuando aparezca la inyección de pesos para financiar al Tesoro. Lo deseable sería una recuperación de la demanda de dinero que evite que esos pesos se vayan a precios (vía bienes o vía brecha), porque si no sucede el BCRA intentará absorber parte del excedente pagando un costo por ello”, añadió.

A través del citado informe, LCG también argumentó por qué no espera una recomposición de la demanda de dinero. “Podrá observarse cierto freno en la caída, pero una inercia todavía elevada de la dinámica inflacionaria y una brecha en niveles del 60% que reflejan expectativas de devaluación del peso, difícilmente sean factores que alienten a una recomposición de la demanda de pesos”, explicó la firma en el trabajo.Días atrás, el equipo de research del Banco Supervielle destacó en un análisis elaborado para sus clientes: “Si el déficit primario para 2021 está en el rango de 3,5% a 4,5%, y considerando una tasa de colocación de la deuda en pesos similar a la observada durante enero y febrero, no esperamos que la base monetaria (ni el circulante) crezcan en relación al PBI (al menos no de una manera que sobrepasen los promedios históricos)”.

Por otro lado, el trabajo de Supervielle añade: “También concluimos que es posible que el BCRA consiga reducir marginalmente el stock de Pases y Leliq en términos del PBI, lo que implicaría un crecimiento de los préstamos en pesos al sector privado en el sistema financiero. En cuanto a la evolución de la política monetaria en términos reales, se concluye que desde mediados de 2020 es ligeramente contractiva”.

Respecto de esto último, prevén que, de continuar esta dinámica contractiva, “podría haber un alivio a las presiones inflacionarias en 2021”.

En tanto, desde LCG indicaron que aunque en el primer bimestre del año el Tesoro no haya hecho uso del margen de financiamiento que dispone en el BCRA, en lo los próximos meses podrá contar, entre adelantos transitorios y giros de utilidades, con recursos de casi $ 1,9 billones, que equivalen a casi 4,5% del PBI en 2021.

Fuente: cronista.com

IMPOSITIVAS – ¿Teletrabajás?: AFIP notificó inconsistencias en la carga de datos y tenés hasta el 31 de marzo para corregirlo

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La AFIP comunicó a algunos contribuyentes que tienen tiempo hasta el 31 de este mes para corregir o eliminar declaraciones que no debieron haberse hecho

La AFIP envió notificaciones a un grupo de trabajadores que cargaron deducciones relacionadas con el teletrabajo en el formulario electrónico del Siradig correspondiente a 2020, advirtiéndoles que se detectaron “inconsistencias” e indicándoles que tienen tiempo hasta el 31 de marzo para modificar lo consignado.

AFIP habilitó el sistema para declarar los contratos de alquiler

La AFIP habilitó este martes el servicio con clave fiscal “Registro de Locaciones de Inmuebles (RELI)” mediante el cual se podrán declarar, renovar o dar de baja los contratos de alquiler o arrendamiento situados en el país.

La Resolución General 4933 de AFIP dispone la obligación de informar los contratos de locación de inmuebles urbanos y rurales de acuerdo a lo requerido por el artículo 16 de la Ley 27551.
AFIP habilitó el sistema para declarar los contratos de alquiler

A tal fin, el fisco estableció que deberán registrarse a través del Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI), los contratos celebrados -por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros- correspondientes a las operaciones económicas que se indican a continuación:

a) Locaciones de bienes inmuebles urbanos, así como las sublocaciones, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos;

b) Arrendamientos sobre bienes inmuebles rurales, así como los subarriendos con prescindencia de la modalidad o denominación que se le otorgue;

c) Locaciones temporarias de inmuebles -urbanos o rurales- con fines turísticos, de descanso o similares;
Alquileres: cuándo se declara

d) Locaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no- delimitados dentro de bienes inmuebles -vgr. locales comerciales y/o “stands” en supermercados, hipermercados, shoppings, centros, paseos o galerías de compras, complejos, centros o “polos” gastronómicos, culturales, complejos comerciales no convencionales, ferias, mercados, centros de convenciones, multieventos o similares, terrazas, sótanos, azoteas, etc.-, cualquiera sea la denominación dada a los respectivos contratos.

En tanto, el artículo 7 de la mencionada norma dispone que para registrar los contratos celebrados por las operaciones económicas indicadas en el artículo 2, los sujetos obligados deberán ingresar, a través del sitio “web” de este Organismo (http://www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Registro de Locaciones de Inmuebles – RELI – CONTRIBUYENTE”. A tales fines, utilizarán la respectiva “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 3 como mínimo, señala el Blog del Contador.

Dentro de dicho servicio, por cada contrato celebrado, deberán acceder a la opción “Declaración de contratos”, seleccionar si se trata de bienes inmuebles urbanos o rurales y la modalidad de la operación – permanente o temporaria-, proporcionar los datos detallados en este artículo que correspondan y adjuntar en un archivo en formato “.pdf” o “.jpg” el contrato celebrado.

Plazos

Finalmente recordamos que esta nueva obligación de registración de contratos entró en vigencia el día 1 de marzo de 2021, inclusive.

Los contratos de locación o arrendamiento deberán ser registrados dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.

Los contratos que se hubieran celebrado a partir del día 1 de julio de 2020 y que continúen vigentes al 1 de marzo, así como aquellos que se celebren a partir de dicha fecha hasta el día 31 de marzo de 2021 inclusive, gozarán de un plazo excepcional para su registración hasta el día 15 de abril de 2021, inclusive.

Los contratos que se celebraron con anterioridad al 1 de julio de 2020 no deberán registrarse por no encontrarse vigente antes de esa fecha la ley que modificó el régimen de locaciones y que dispuso la obligación de informar los contratos.

Fuente: iprofesional.com

NACIONALES – Diputados inicia la semana que viene el debate sobre reforma de Ganancias

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La Cámara de Diputados iniciará la semana que viene el debate en torno al proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias. El primer plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación del Trabajo podría realizarse el martes 9.

La Cámara de Diputados debatirá el proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias, el cual es impulsado por el presidente del cuerpo, Sergio Massa.

La Cámara de Diputados iniciará la semana que viene el debate en torno al proyecto que reforma el impuesto a las Ganancias, el cual es impulsado por el presidente del cuerpo, Sergio Massa, y contaría también con el respaldo de la oposición.

El primer plenario de las comisiones de Presupuesto y Legislación del Trabajo podría realizarse el martes 9, según fuentes parlamentarias.

La confirmación del día y horario de la primera reunión informativa dependerá de la coordinación con las agendas de los funcionarios del Poder Ejecutivo que serán invitados a exponer.

El ministro de Economía, Martín Guzmán, la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, y el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, estarían dentro de los primeros invitados.

La iniciativa propuesta por el oficialismo eleva el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias a 150.000 pesos brutos para un trabajador soltero.

Según las estimaciones oficiales, la medida favorecería a 1.267.000 personas que dejarían de pagar el tributo: actualmente la masa de trabajadores alcanzada por Ganancias es de dos millones de personas.

Tras reunirse con representantes de la CGT, Massa dejó trascender que el oficialismo aceptará cambios a pedido de los gremios para mejorar el dictamen, como por ejemplo las exenciones a los viáticos, a las horas extra y al aguinaldo, algo que no estaba en el proyecto original.

También se aceptaría dejar fuera del tributo el plus por zona desfavorable (también denominado “plus patagónico”) que aparece como ítem salarial, al igual que el bono por producción, los gastos de guardería, gastos escolares y las deducciones de concubino.

También se estudia desgravar del impuesto a las Ganancias los ítems no remunerativos del trabajo docente como por ejemplo las sumas que surgen del fondo nacional de incentivo docente.

Fuente: ambito.com

NACIONALES – Cifras que alarman: sin una nueva moratoria, el 96% de las mujeres no podrá jubilarse en 2022

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Si no se extiende y amplía la moratoria que vence en julio de 2022, el 96% de las mujeres que hoy tienen entre 55 y 59 años no podrán jubilarse

De acuerdo a los datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), si no se extiende y amplía la moratoria que vence en julio de 2022, el 96% de las mujeres que hoy tienen entre 55 y 59 años no podrán jubilarse cuando cumplan 60 años.

Así lo señala un Informe del organismo previsional publicado por Clarín. “Un porcentaje muy importante de las personas que se acercan a la edad de retiro, especialmente las mujeres, nos permite adelantar que, salvo que se implemente una nueva moratoria que extienda el plazo de regularización, irán paulatinamente decreciendo las tasas de cobertura previsional en un futuro inmediato”, señala el informe.

Sin una nueva moratoria el 96% de las mujeres no podrá jubilarse

“Esta situación recrudece a partir de julio de 2022, cuando la moratoria se dé por finalizada y entonces, el 96% de las mujeres que lleguen a la edad de retiro, no contará con los 30 años de aportes y no podrá acceder a una jubilación”, agrega.

Las mujeres pueden jubilarse a los 60 años y los varones a los 65 años, si cuentan con un mínimo de 30 años de aportes.

Sin una nueva moratoria el 96% de las mujeres no podrá jubilarse

El Informe puntualiza que “en la actualidad hay vigentes dos moratorias que permiten regularizar años de aportes previsionales. La correspondiente a la Ley 24.476, que quedó abierta con carácter permanente y permite a hombres y mujeres regularizar períodos comprendidos entre el 01/01/1955 al 30/09/1993. La otra moratoria vigente hasta julio de 2022, aunque solamente para las mujeres, es la Ley 26.970, que permite regularizar años de aportes del período comprendido entre el 01/01/1955 al 31/12/2003”.

“Las mujeres que cumplieron 60 años en el 2020, nacidas en 1960, pueden regularizar hasta 25 años de servicio. Las que cumplieron 59 años van a poder regularizar solo 24, las que cumplieron 58 años, solo 23, y así. Esto demanda que estas mujeres, para poder acceder a su jubilación, tengan 5 años o más de aportes a la seguridad social, por fuera del período 1955-2003”, ejemplifica.

Lo mismo ocurre para el caso de los varones. Aquellos que cumplieron 65 años en el año 2020, nacidos en 1955, pueden regularizar hasta 20 años de servicio. Los varones tienen que acreditar como mínimo 10 años de aportes a la seguridad social por fuera del período de regularización”.

Para acceder a las moratorias tanto mujeres como varones deben demostrar que están en “vulnerabilidad social” en base a una evaluación socio-patrimonial. Luego, ANSES calcula la deuda por los años regularizados que se descuentan de los haberes, en 60 cuotas, ajustables por la movilidad.

No obstante, los que no tengan aportes por haber estado inactivos o desempeñarse en la informalidad o cuenten con 10, 20 o 25 años de aportes, varones y mujeres a los 65 años, por la ley 26.970 aprobada en junio de 2016 pueden acceder a la PUAM que equivale al 80% de la jubilación mínima.

Nuevos montos de asignaciones familiares: acceda a los valores

A través de la Resolución 48/2021, la ANSES oficializó la movilidad jubilatoria y los nuevos montos de asignaciones familiares y rangos de marzo correspondiente a la primera actualización de la nueva ley de movilidad aprobada a fines del año pasado.

Recordamos que el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley  27.160 dispone que el cálculo de la movilidad de los montos de las asignaciones familiares y universales, como así también de los rangos de ingresos del grupo familiar previstos en la Ley 24.714, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6 de la misma, se realizará conforme a lo previsto por el artículo 32 de la Ley 24.241, señala el Blog del Contador.

Asimismo, el artículo 5º de la Ley 27.160 establece que el tope de ingresos previsto en el artículo 3 de la Ley 24.714 y sus modificatorias, se ajustará de acuerdo con la variación que se produzca en la ganancia no imponible y/o en las deducciones por cargas de familia, previstas en el inciso b), del artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Nuevos montos de asignaciones familiares: acceda a los valores

El artículo 12 del Decreto 840/2020 determinó que no regirá límite mínimo de ingresos para el cobro de las asignaciones familiares de las personas titulares de los incisos a) y b) del artículo 1 de la Ley 24.714, correspondiente al grupo familiar definido en el Decreto 1667/12 y que el límite máximo de ingresos de cada una de las personas integrantes del grupo familiar se determinará en función de lo establecido por el artículo 5 de la Ley 27.160 y sus modificatorias.

Nuevos montos de asignaciones familiares

La Resolución 51/2021 de la ANSES, estableció que el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6 de la misma, será equivalente al 8,07% de los rangos y montos establecidos.

Rigen nuevos topes a la base imponible de la seguridad social

La ANSES, mediante la resolución 52/2021, dio a conocer los nuevos importes de las bases imponibles mínima y máxima a la seguridad social, los haberes jubilatorios y otras prestaciones previsionales que rigen a partir del período devengado marzo 2021.

En efecto, a partir del mes de marzo comienza a aplicarse la nueva fórmula del régimen de movilidad jubilatoria, que arrojó un índice del 8,07 por ciento.

Con este nuevo porcentaje de movilidad, la ANSES fijó a fijar los importes mínimos y máximos de la remuneración imponible, como así también, el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) establecido en la Ley 24.241.

Rigen nuevos topes a la base imponible de la seguridad social

¿Cómo quedan los nuevos topes a la base imponible de la seguridad social?

Las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9 de la Ley 24.241, quedan establecidas de la siguiente manera:

– Base mínima: $6.928,46

–  Base máxima: $225.171,69

¿Qué otras prestaciones previsionales se actualizaron?

La ANSES también actualizó el haber mínimo garantizado y máximo vigente a partir del mes de marzo de 2021 dispuesto de conformidad con la Ley 26.417

– Haber mínimo: $20.571,44

– Haber máximo: $138.426,37

Además, se estableció el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, y el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), prevista en la Ley 27.260, ambos aplicables a partir del mes de marzo de 2021.

– PBU: $9.410,50

– PUAM: $16.457,15

La ANSES aclara que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 28 de febrero de 2021 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley 24.241, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1 de marzo de 2021, se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley 24.241, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización determinados por la Secretaría de Seguridad Social de la Resolución 3/2021.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Canasta básica: cuánto cuestan los alimentos en la Argentina en comparación con otros países de la región

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Un estudio realizado por empresas del sector revela que los costos en dólares de varios productos se ubican por debajo que en Estados Unidos, Brasil y Chile. Trasciende en un contexto de fuerte presión del Gobierno al sector por los precios

En medio de la discusión con el Gobierno por los costos y los precios de los alimentos, que estuvieron prácticamente congelados durante el año de pandemia y cuya liberación se está produciendo de forma muy gradual, las empresas alimenticias dejaron trascender un documento que da cuenta de cómo está posicionada la Argentina respecto de otros países en cuanto a los precios de los productos que componen la canasta básica. Y lo que puede corroborarse en el relevamiento es que los valores en dólares no sólo son de los más bajos en términos comparativos, sino que a su vez cayeron en dólares en torno al 20 por ciento.

El análisis, compartido a Infobae, compara los precios de distintas marcas de similar calidad de fideos, arroz, aceite, harina, leche, azúcar,carne vacuna, pollo, pan lactal, pan fresco, huevos y gaseosas en supermercados de Estados Unidos, Brasil, Chile y la Argentina. El tipo de cambio tomado para el cálculo es el promedio del dólar mayorista, que en caso local en marzo del año pasado se ubicaba en $65,70, mientras que en febrero de este año saltó a $88,94, es decir, 35% de aumento. En el caso del dólar en Brasil, en el mismo período subió apenas 1%, de 5,32 reales a 5,37; mientras que el peso chileno se apreció, ya que el dólar cayó de $861,80 a $721,90 desde la pandemia a la actualidad.

De acuerdo con el relevamiento, en la mayoría de los casos los productos argentinos son los más baratos. En primer lugar, porque la moneda nacional se devaluó mucho más que las del resto de los países, y por otro lado, porque los precios de los alimentos -excepto frutas, verduras y carnes- estuvieron prácticamente pisados durante el año pasado. Según recordó en un comunicado la Coordinadora de Industrias de Productos Alimenticios (Copal) días atrás, los aumentos de precios otorgados el año pasado oscilaron entre 4% y 10,8%, con subas de costos que triplicaron o más esos valores y una inflación que cerró en 36 por ciento.

Las diferencias de precios con los otros países son las siguientes:

-Fideos: mientras que un paquete de 500 gramos de Barilla Classic Blue Box Pasta Spaghetti en los EE.UU. tenía, a febrero, un precio de USD 1,41 -no subió en todo el año-; el Spaghetti Grano Duro Petybon Pacote en Brasil costaba USD 1,56 (subió 23% versus el precio de marzo del año pasado); el Carozzi Spaghetti en Chile, USD 1,21 (17% de suba); y el tallarin Lucchetti, USD 0,65. En este caso, el precio en dólares bajó 18% respecto del de marzo de 2020, cuando costaba USD 0,80.

-Arroz: el kilo del arroz Mahatma Extra Long Grain Enriched en febrero valía USD 2,67 en el país del norte (19% menos que en marzo pasado); el Tucapel Grano Largo Ancho, de Chile, USD 1,59 (trepó 15%); el Camil LF en Brasil, USD 1,12 (registró un 55% de aumento en un año) y el Molinos Ala GLF 1Kg, USD 0,74, 18% menos que en marzo del año pasado.

-Aceite: en el mercado chileno, un litro de aceite Chef Girasol valía en febrero USD 2,47 (frente al USD 1,96 de marzo). En tanto, en Brasil, la botella de 900 ml de aceite Liza costaba USD 2,20 (55% más que hace un año); en los EE.UU., el Zvijezda Sunflower Oil salía USD 5,99 (subió 9%); y el Natura de 900 ml en la Argentina tenía un precio de USD 1,24, que implica una caída del 9% respecto del USD 1,37 que salía en marzo del 2020.

-Harina: también en este producto hay importantes diferencias en los precios argentinos frente a los de los otros países. Mientras que a nivel local el kilo de harina de Trigo marca Cañuelas 000 pasó de costar USD 0,56 en marzo pasado a USD 0,46 en febrero de este año (-17%); la marca Doña Benta en Brasil vale USD 0,85; la Pillsbury Best Pre-Sifted All Purpose, USD 1,74; y la Selecta sin polvos de hornear en Chile, USD 1,37.

-Leche: en este caso, mientras que la entera La Serenísima de 1 litro vale USD 0,67, y cayó 15% respecto de hace un año, la Molico de Nestlé en Brasil cuesta USD 1,54; la Colun en Chile, USD 1,15; y la Lactaid Whole en el mercado norteamericano, USD 2,05.

En el caso del azúcar, es más económica en dólares la de Brasil y la Argentina se ubica en segundo lugar, al igual que ocurre con el pan de molde. Con la carne vacuna, el pollo, las gaseosas (Coca Cola, en este caso), el pan fresco y los huevos, el producto nacional sigue siendo el más barato en dólares. Estos números, aseguran en la industria alimenticia, van a contramano del planteo que realizan en el Gobierno sobre el “alto precio de la canasta básica”. Lo que ocurre es que los salarios están fuertemente deteriorados en la Argentina producto de las sucesivas devaluaciones y recesión económica, agravada por la pandemia.

Este informe fue realizado por algunas grandes empresas socias de Copal y fue discutido informalmente en la entidad en este intento por contraargumentar los dichos oficiales. La institución que preside Daniel Funes de Rioja hace tiempo que viene insistiendo en la necesidad de desactivar el programa “Precios máximos” ante el fuerte aumento de costos registrado en el sector y la imposibilidad de trasladarlo a la góndola.

“Mientras que solo fueron autorizados aumentos promediando entre 4 y 10,8%, el incremento acumulado de los costos que soportaron las empresas el año pasado, en muchos casos dolarizados, fue de un 35% en logística; entre un 45% y hasta 250% en materias primas; un 40% por la depreciación del tipo de cambio oficial mayorista; y alrededor de un 20% por costos Covid. También es importante destacar que en materia salarial el promedio de incrementos ha sido entre 36 y 44%, porcentaje que supera entre 30 y 40 puntos a los incrementos de precios autorizados a la industria. Esto evidencia que la industria de alimentos y bebidas no es responsable de la inflación, sino que sufre sus consecuencias”, remarcó el titular de la entidad la semana pasada en el comunicado emitido.

En su afán por alinear expectativas inflacionarias en torno al 29% y poder ir desarmando gradualmente el congelamiento, el Gobierno convocó al sector alimenticio a un encuentro la semana pasada y este miércoles comenzó a discutir con los proveedores de insumos no alimenticios las razones de los fuertes aumentos de costos. El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, les pidieron explicación a los fabricantes de envases, cartón, vidrio, agroquímicos y fertilizantes, entre otros, sobre el porqué de aumentos que en algunos casos rondaron el 60% interanual en dólares.

Fuente: infobae.com

ECONOMÍA – Se dispara el valor de Zoom por el teletrabajo: esto tenés que saber para tener éxito con esta modalidad

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Los ingresos de la empresa aumentaron un 326% interanual en su año fiscal, lo que tuvo como motivo principal el crecimiento del Home Office.

La aplicación de videoconferencias Zoom Video Communications, conocida entre todos nosotros simplemente como Zoom, registró un beneficio neto de 671,5 millones de dólares entre febrero de 2020 y enero de 2021, lo que supone multiplicar por 31 las ganancias de 21,7 millones de dólares en el ejercicio precedente.

Este fuerte crecimiento fue el reflejo del impulso del teletrabajo y las medidas de distanciamiento social aplicadas para contener la pandemia de coronavirus.

En este contexto, sus ingresos en el conjunto de su año fiscal aumentaron un 326% interanual, hasta 2.651,4 millones de dólares, más de cuatro veces que la cifra de negocio de la empresa en el anterior ejercicio.

Entre los meses de noviembre de 2020 y enero de 2021, cuarto trimestre fiscal para la compañía, obtuvo un beneficio neto atribuido de 260,4 millones de dólares, frente a las ganancias de 15,3 millones de dólares del mismo período del ejercicio precedente.

La cifra de negocio de Zoom en el cuarto trimestre de su ejercicio alcanzó los 882,5 millones de dólares, una mejora del 369% en comparación con sus ingresos de un año antes.

Al finalizar el cuarto trimestre, Zoom contaba con alrededor de 467.100 clientes corporativos con más de una decena de empleados, lo que representa un crecimiento del 7,7% respecto de los tres meses anteriores y del 470% en doce meses.

Ventajas y desventajas del teletrabajo

El teletrabajo pone a prueba la convivencia familiar

El teletrabajo ha sido uno de los temas más destacados en el contexto del coronavirus, ya que muchas empresas han pedido a sus empleados que trabajen desde casa. En este debate hay tres aspectos fundamentales que recogen algunas de las ventajas y desventajas de teletrabajar: los horarios de trabajo, el equilibrio personal-profesional, y la productividad.

En primer lugar, a pesar de que da mayor flexibilidad de horarios, el teletrabajo hace más difícil definir de qué hora a qué hora trabajamos, pudiendo tener efectos negativos en nuestra salud mental y física.

En segundo lugar, a pesar de que el teletrabajo puede considerarse una herramienta que tiene efectos positivos en el balance entre la vida personal y la vida profesional, también puede terminar teniendo justamente el efecto opuesto si se borran las fronteras entre estos dos ámbitos. Sobre todo teniendo en cuenta que en esta oportunidad las personas están teletrabajando con sus hijos en casa.

En cuanto a productividad, los efectos del teletrabajo dependerá de factores como la agilidad de los sistemas de información y comunicación de la empresa, la cultura corporativa y la capacidad de los supervisores de apoyar al trabajador.

Una pregunta clave sobre el teletrabajo

Una pregunta que deberán responderse es la siguiente: ¿están lo suficientemente preparadas para hacer teletrabajo de manera segura? Según datos de una encuesta de Eset, el 86% considera que las empresas deberán cambiar su enfoque de seguridad si establecen alguna modalidad de teletrabajo fija luego de la pandemia.

En esta misma línea, solo el 13% opinó que la mayoría de las empresas está lo suficientemente preparada en términos de seguridad y tecnología para una modalidad de teletrabajo seguro, mientras que el 46% opinó que solo algunas.

El teletrabajo y los riesgos desde el punto de vista de la seguridad

Trabajar desde casa implica que nuestra comunicación con nuestro entorno de trabajo se realice a través del correo, el chat o aplicaciones de videoconferencias. También implica usar nuestra red hogareña de Internet para conectarnos a la red corporativa, la misma red de Internet a la que está conectado el Smart TV, nuestro “smartphone”, la tableta, computadora y tal vez algún otro dispositivo inteligente. Todas estas tecnologías podrían ser la puerta de entrada que utiliza un atacante sobre alguien que realiza teletrabajo.

El teletrabajo también implica que algunas personas deban utilizar su computadora personal para desempeñar su actividad, o bien que utilicen la computadora que les brinda la empresa para trabajar, pero también para realizar actividades personales.

Actividades que tal vez en la oficina no harían o al menos no con la misma frecuencia, como realizar compras, utilizar las redes sociales o acceder a servicios personales como el correo electrónico.

Si no se toman las medidas necesarias para asegurar el teletrabajo, todo este contexto puede ser peligroso si se combina con el hecho de que desde que comenzó la pandemia los criminales han estado intentando aprovecharse del auge del teletrabajo para intentar comprometer a usuarios y empresa de todo tipo. Los ciberdelincuentes se han abalanzado sobre las vulnerabilidades que se desprenden del teletrabajo y los sistemas de TI para encontrar grietas por donde filtrarse.

El teletrabajo vive un boom por la pandemia.

Requisitos para el teletrabajo

Para ser productivo, hay requisitos comunes que todos los trabajadores remotos necesitan. Como alguien que ha trabajado de forma remota durante la mayor parte de su vida laboral, puedo dar fe de los dos últimos:

  • Una computadora.
  • Una buena conexión a Internet.
  • Aplicaciones de chat y para realizar videoconferencia.
  • Un espacio de trabajo dedicado (preferiblemente).
  • Un teléfono (opcional).
  • Automotivación y disciplina.
  • Una rutina estricta.

¿Por qué el teléfono es opcional? En el entorno actual puede no ser necesario, especialmente porque la mayoría de las aplicaciones de chat permiten realizar llamadas directas. La necesidad de un teléfono puede ser más un requisito comercial y no tanto un dispositivo esencial.

Es importante destacar que las empresas y organizaciones también deben prepararse a sí mismas y a sus empleados para enfrentar los riesgos vinculados a la ciberseguridad con el trabajo remoto.

Seguridad física de los dispositivos de la empresa

Los empleados estarán exponiendo a un mayor riesgo los dispositivos de la empresa en la medida que no tengan presente la seguridad del lugar de trabajo. Los dispositivos deben protegerse contra pérdidas y robos con opciones como:

  • El cifrado de disco completo garantiza que, incluso si el dispositivo cae en las manos equivocadas, no se puede acceder a los datos de la compañía.
  • Cierre sesión cuando no esté usando la computadora, tanto en casa como en lugares públicos. Que un niño curioso envíe accidentalmente un correo al jefe es algo que puede evitarse fácilmente, ya que al cerrar sesión limitamos la oportunidad de que alguien acceda a la máquina mientras le damos la espalda.
  • Política de contraseña segura: aplique contraseñas en el arranque, establezca tiempos para la suspensión del equipo según el tiempo de inactividad y prohíba las notas con contraseñas pegadas al equipo: ¡la gente todavía hace esto!
  • Nunca pierda de vista su dispositivo o lo deje a la vista pública. Si está en el auto, entonces debería guardarlo en el baúl.

¿Qué hay del entorno tecnológico del hogar?

Lo ideal sería solicitar a los empleados que auditen las vulnerabilidades de su propio entorno doméstico antes de conectar los dispositivos de trabajo. Hay revelaciones continuas sobre dispositivos vulnerables de Internet de las cosas (IoT), y este es un excelente momento para que los empleados tomen medidas para asegurarlos con contraseñas seguras y actualizando tanto el firmware como el software a las últimas versiones disponibles.

Considere la posibilidad de promocionar, o incluso exigir, el uso de una aplicación de monitoreo antes de permitir que los dispositivos de trabajo se conecten a las redes domésticas.

El escaneo o monitoreo resaltará los dispositivos con vulnerabilidades conocidas, la existencia de software o firmware obsoleto o la presencia en uso de contraseñas predeterminadas que deberían cambiarse.

Establezca si el empleado necesita acceso a la red interna de la organización o simplemente acceso a servicios y correo electrónico basados en la nube. Y tenga en cuenta si debe otorgarse el mismo nivel de acceso a los datos confidenciales disponibles en el sitio cuando el empleado está trabajando de manera remota.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Cuánto es el Salario Mínimo Vital y Móvil en la Argentina

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La última actualización selló un aumento de 28% a aplicarse en tres tramos. Así el Salario Mínimo Vital y Móvil llega a los $21.600.
El salario mínimo vital y móvil, de acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, se define como “la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

En lo que fue el primer Consejo del Salario convocado por la gestión de Alberto Fernández, el Gobierno y los representantes de las centrales sindicales y de las cámaras empresariales acordaron una suba del 28%, en tres tramos, con lo cual quedó a $21.600.

En ese cónclave se firmó una suba de 12% en octubre y un 10% en diciembre de 2020 y el 6% restante en marzo de 2021. En abril próximo se volverán a reunir.

La suba se completó a partir de este mes, cuando el salario mínimo por mes para los trabajadores de tiempo completo se fijó en $21.600, y el de los jornalizados, en 108 pesos por hora.

En la previa, los gremialistas reclamaron al Gobierno y empresarios un salario mínimo superior a los 45.000 pesos, acorde con el costo de la canasta básica de consumo, mientras que los empresarios pusieron reparos a esa cifra.

El Gobierno espera cerrar este año los acuerdos salariales con subas del 32% en el marco de la estrategia contra la inflación. Es de esperar que cuando vuelva a reunirse el Consejo del Salario la propuesta sea de ese número.

Sueldo Mínimo en la Argentina

Así, el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMV) ahora quedará en el orden de los $21.600 terminados de aplicar los tres tramos de aumento. El piso anterior fue de $16.875 hasta octubre de 2020 tras la última actualización en agosto de 2019, cuando se elevó desde los $12.500. Es decir que la suba en esa oportunidad fue del 35%.

¿Quién establece el Salario Mínimo, Vital y Móvil en Argentina?

La Constitución de Argentina establece un salario mínimo vital ajustable y una remuneración justa para todos los trabajadores. De acuerdo con la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013, el Salario Mínimo es el salario más bajo que se paga en efectivo y que todos los trabajadores mayores de 18 años de edad deben recibir, sin importar la categoría o actividades que se llevan a cabo. Debe asegurar la alimentación adecuada, condiciones de vida respetable, educación, vestimenta, asistencia sanitaria, transporte, recreación, vacaciones y demás disposiciones.

La Ley de Empleo considera que uno de los objetivos principales es establecer los mecanismos adecuados para el funcionamiento del sistema de salarios mínimos. El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil  (CNEPSMVM) se establece en el título VI de la Ley de Empleo, que determina periódicamente el Salario Mínimo. Las tasas de salario, aun cuando se establezcan a través de la negociación colectiva, no puede ser inferior al Salario Mínimo.

El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil (CNEPSMVM) es un órgano tripartito integrado por 48 miembros (16 miembros cada uno de los grupos gubernamentales, de trabajadores y de empleadores). El Presidente del Consejo es nombrado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El mandato del Consejo tiene una duración de 4 años. Las resoluciones del Consejo se aprueban por mayoría de dos tercios.

Las responsabilidades del Consejo de Salario Mínimo incluyen lo siguiente: determinar periódicamente el salario mínimo vital y ajustable; reevaluar periódicamente el importe mínimo y máximo de la indemnización por desempleo; aprobar las directrices, la metodología, las normas y los reglamentos para determinar la canasta básica que se convierta en un punto de referencia para establecer el salario mínimo vital y ajustable; la creación de comités técnicos tripartitos sectoriales para realizar estudios sobre la situación sectorial; hacer recomendaciones para crear políticas y programas de trabajo y capacitación profesional; y proponer medidas destinadas a aumentar la producción y la productividad.

Fuente: ambito.com

FINANZAS – Estiman que en 2022 se emitirán más cheques electrónicos que cheques en papel

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En la pandemia se expandió la utilización del e-cheq, tanto como medio de pago como una vía de financiamiento. En 5 años, los cheques tradicionales podrían desaparecer del sistema.

El uso del cheque electrónico (e-cheq), vigente en la Argentina desde julio de 2019, se disparó durante la pandemia y sus restricciones de todo tipo para hacer operaciones financieras en forma física. La comparación entre ambas versiones así lo demuestra. En marzo de 2020 se emitieron solo 9.200 cheques electrónicos por un total de $2.100 millones; en enero de 2021, los e-cheq se dispararon a 570.000, por un monto de $234.000 millones. En el mismo lapso de tiempo, los cheques de papel cayeron de 5.000.000 de documentos por $473.000 millones a 3.800.000 de cheques por $454.000 millones.

Es llamativo que en el mismo tiempo, la cantidad de rechazos por falta de fondos en el caso de los cheques electrónicos pasó del 1% al 0,3 por ciento. En el caso de los cheques de papel, también bajo pero desde niveles más elevados: los rechazos pasaron del 4,6% al 3,3 por ciento.

Los datos pertenecen a Coelsa, la empresa que tiene a su cargo la compensación de los documentos electrónicos. “El uso del e-cheq crece a tal velocidad que en 2022 comenzarán a emitirse más cheques electrónicos que los tradicionales cheques en papel. Lo que habíamos planificado con los bancos que sucedería en 3 años, ocurrió en 3 meses”, señaló Atilio Velaz, CEO de la compañía, en donde no descartan que en 5 años el cheque de papel pueda desaparecer.

Un 85% de los cheques electrónicos son emitidos por personas jurídicas y solamente el 15% por individuos. Velaz explicó que la irrupción en el mercado del e-cheq fue clave para sobrellevar la emergencia en el comienzo de la pandemia. Luego del cimbronazo del cierre total y repentino de todas las sucursales bancarias que se extendió a dos semanas en el inicio de la cuarentena, la paulatina normalización de la cadena de pagos se fue desarrollando con el crecimiento en el uso de los e-cheq. En la nueva normalidad del sistema bancario, el cheque eletrónico fue ganando cada vez más lugar.

En los bancos y en Coelsa señalan diversas ventajas del cheque electrónico sobre el cheque tradicional en papel:

Menor cantidad de rechazos: como el cheque se confecciona de manera digital, con el CUIT de su receptor, no hay chance de que el cheque sea rechazado por defectos formales, como escribir mal un apellido o equivocarse en una cifra. Los tradicionales rechazos del cheque en papel porque un empleado bancario duda de una firma o de una palabra borroneada no tienen lugar en el e-cheq.

– Mejor control de lo que está en la calle: para un comerciante o una empresa que se maneja con mucho cheques, es mucho más simple controlar quién tiene el documento en su poder a través de un e-cheq que con un cheque de papel. Este último, una vez que ingresó al circuito comercial, se convierte virtualmente en dinero en efectivo sin posibilidad de seguir su rastro.

– Menos tasa para descontarlos: en tiempos en que las chances de acceder al crédito para una pyme no abundan, una de las vías que se mantiene en pie es el descuento de cheques, es decir, venderlo al banco antes de su vencimiento a cambio de pagar una determinada tasa. Y en ese punto, el e-cheq marca una diferencia, porque los bancos suelen cobrar una tasa entre 10 y 15 puntos porcentuales menor a la del cheque convencional.

Históricamente, el cheque siempre tuvo un doble uso: por un lado, es un instrumento de pago y, también, es una vía para financiarse pagando a plazos. “El e-cheq permite cumplir con las dos funciones y con mayor eficiencia”, apuntó Velaz.

No obstante, como instrumento de pago el cheque está cayendo en desuso, más allá de sus versiones. Su reemplazo natural, cada vez con mayor intensidad, son las transferencias electrónicas de todo tipo. En 2014 y 2015 se llegaban a emitir casi 9.000.000 de cheques por mes, y hoy apenas se alcanza a la mitad. En este nuevo escenario, el e-cheq se ajusta mejor al entorno de operaciones virtuales que ofrece el sistema financiero, en particular por sus condiciones de seguridad.

Fuente: ieconomico.com

IMPOSITIVAS – Gobierno acelera cambios en el Impuesto a las Ganancias

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El presidente Alberto Fernández instó al Congreso a debatir cuanto antes el proyecto presentado por Sergio Massa, que modifica el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias.

La iniciativa dispone un aumento del mínimo no imponible para la deducción del impuesto a las Ganancias y establece que, a partir de su aplicación, sólo paguen el tributo los trabajadores con salarios superiores a 150.000 pesos mensuales brutos y las personas con jubilaciones mayores a la suma de ocho haberes mínimos.

Desde Juntos por el Cambio ratificaron el respaldo de esa bancada al proyecto, pero reiteraron que propondrán cambios para incluir beneficios para los trabajadores autónomos.

A partir de un nuevo proyecto de ley impulsado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, el Gobierno busca subir a $150.000 el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias. En caso de que la iniciativa prospere, 1.267.000 de personas dejarían de pagar este tributo en comparación con quienes sí lo hicieron en 2020.

En la segmentación por sector, la cantidad de trabajadores a lo largo del país que dejarían de pagar serían:

  • 178.000 (58%) de la industria manufacturera;
  •  133.000 (65%) del transporte, logística y almacenamiento;
  •  Casi 106.000 (74%) de comercio mayorista y minorista;
  •  48.000 (46%) del sector financiero;
  •  Casi 27.000 (54%) del rubro de la construcción.

Paralelamente, el beneficio alcanzaría a trabajadores y jubilados de todo el territorio, destacándose los casos de la provincia de Buenos Aires (569.000), la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (157.000), Córdoba (103.000), Santa Fe (98.000) y Tucumán (30.000).

De esta manera, solo el 10% de los contribuyentes con mayores ingresos y las jubilaciones de privilegio abonarían Ganancias. “Debemos tener un sistema tributario más progresivo. Hoy paga más en proporción a su ingreso de ganancias una enfermera o un barrendero que una empresa minera o un bingo”, explicó Massa.

Cabe recordar que en 2020 fueron 2,3 millones las personas alcanzadas por el tributo, lo cual representó el 25% de los trabajadores dependientes. Por otra parte, el mínimo no imponible para 2021 fue establecido en casi $75.000 para los empleados en relación de dependencia, solteros y sin hijos.

Fuente: ambito.com