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IMPOSITIVAS – CyberMonday: razones impositivas para aprovecharlo

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El incremento de impuestos internos contemplado en el Presupuesto 2021 aprobado por la Cámara de Diputados, es una razón para aprovechar el Cyber Monday.

El incremento de impuestos internos contemplado en el proyecto de Ley de Presupuesto 2021 aprobado por la Cámara de Diputados, es una razón para aprovechar el CyberMonday 2020, antes de que aumenten los precios de determinados productos electrónicos y otros bienes.

“Difícilmente la Cámara de Senadores introduzca cambios en este proyecto, motivo por el cual, a partir del 1/1/2021, aumentarían las alícuotas de Impuestos Internos para determinados productos”, señala Sebastián M. Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios.

Productos que hoy están gravados al 10,50% pasarían a estar gravados al 17% y cuando esos productos son fabricados en Tierra del Fuego por empresas beneficiarias del régimen de la Ley 19.640 pasarían del 0% al 6,55%.

CyberMonday: razones impositivas para aprovecharlo

El tema es que, como el impuesto interno se aplica sobre el propio impuesto interno, el efecto del incremento es aún mayor.

A continuación detallamos el incremento de la alícuota efectiva:

Es decir, las alícuotas efectivas se incrementarán en un 8,75% y un 7%, respectivamente.

En consecuencia, por el futuro incremento de los impuestos internos sobre estos productos, puede ser conveniente analizar las ofertas del Cyber Mondar 2020 y aprovecharlas.

Precauciones ante el CyberMonday

Se acerca el CyberMonday, la movida promocional del correo eletrónico argentino. En estos períodos los consumidores se vuelven más susceptibles a las ofertas recibidas por correo electrónico y redes sociales, y tendrán más incentivos para comprar con rapidez para aprovechar las promociones.

Esta avidez es reconocida por los ciberatacantes, por lo cual es importante revisar las principales formas de ataque a las empresas de comercio electrónico, y las medidas que los consumidores y las empresas pueden tomar ante esta amenaza.

Federico Tandeter, líder de ciberseguridad de Accenture Argentina, explicó que “en los últimos años, varios vectores de ataque diferentes han sido utilizados para atacar el comercio electrónico con el fin de robar información personal”.

Los delincuentes apuntan con diferentes técnicas para conseguir los datos financieros de la víctima.

Los vectores que más ven en esta compañía utilizan las siguientes técnicas:

  • Container as a Service (CaaS): la venta del acceso a una empresa cuya seguridad ha sido vulnerada, donde la explotación del acceso es manejada por el comprador.
  • Skimming virtual: el objetivo es robar la información de pago de los clientes introducida en los formularios de los sitios de comercio electrónico. El ataque roba los datos a medida que se introducen en los formularios de entrada del usuario. En este escenario, los datos son robados antes de que puedan ser encriptados.
  • Grupos organizados del delito electrónico: Por ejemplo, FIN6. Son una de las amenazas más notables de la delincuencia electrónica organizada dirigida al comercio electrónico. Una vez que tienen acceso, extraen los datos de la tarjeta y los venden en mercados clandestinos.

Cómo son usados los datos robados

  • Fraude de pago: Los compradores de los datos de la tarjeta no pueden comprar una tarjeta robada y luego usarla para comprar, porque los bancos emisores y las propias tiendas de comercio electrónico tienen capacidades de detección de fraude. Por lo tanto, los delincuentes buscan métodos que permitan eludir estos controles.
  • Account Take Over (ATO): Se produce cuando un delincuente obtiene acceso a la cuenta de comercio electrónico de un cliente registrado. Una vez que un ciberatacante tiene acceso a una cuenta, su objetivo es realizar compras fraudulentas utilizando los datos de pago almacenados o los datos de pago robados de otro lugar. Algunos ciberdelincuentes se especializan en la recogida masiva y la reventa de credenciales robadas, lo que mejora y permite este tipo de ataque.
  • Fraude de reembolso: El fraude de reembolsos abusa de las políticas de devolución para ganar dinero o mercancía.

Precauciones para el CyberMonday

La facilidad con la que se puede comprometer la información personal en tiempos como los del CyberMonday significa que siempre habrá “negocio” en la compra y venta de datos de tarjetas comprometidas; la cuestión para los ciberatacantes es cómo monetizar con éxito esos datos una vez que los hayan comprado.

El phishing es una técnica muy usada por los delincuentes en tiempos como los del CyberMonday.

Ante el próximo CyberMonday, desde Accenture compartieron a iProfesional las siguientes recomendaciones para consumidores y empresas para mitigar estas amenazas:

Recomendaciones para consumidores

  • Proteger todos los dispositivos contra el malware de robo de datos y estar atentos a los sitios y los correos electrónicos de phishing.
  • Utilizar y actualizar regularmente el software antivirus.
  • Mantener actualizados los sistemas operativos, el software y los navegadores.
  • No involucrarse con URL o correos electrónicos sospechosos.
  • Proteger las cuentas en línea mediante contraseñas sólidas y el uso de autenticación multifactorial (MFA). La contraseña fuerte básica recomendada tiene un mínimo de 8 caracteres e incluye una mezcla de números, caracteres especiales, mayúsculas y minúsculas.
  • Nunca compartir la contraseña o el código de seguridad.
  • Utilizar tarjetas de crédito o aplicaciones de pago siempre que sea posible. Las tarjetas de crédito ofrecen una mayor protección al consumidor en caso de fraude.

Recomendaciones para empresas

  • Emplear un enfoque holístico y en capas para la seguridad de la red. Asegurar los sistemas de puntos de venta (POS) para proteger los datos de las tarjetas, y limitar el uso de RDP para evitar el compromiso de la red.
  • Llevar a cabo evaluaciones de seguridad exhaustivas en aplicaciones e infraestructuras de terceros para ayudar a mitigar los ataques a la cadena de suministro.
  • Implementar un sistema de detección de fraudes para identificar actividades sospechosas. Además de la supervisión de las transacciones, considerar la posibilidad de cambiar el enfoque a la supervisión de la identidad, la sesión y el comportamiento para evaluar el riesgo antes de una transacción.
  • Establecer una línea de base de la actividad conocida de ATO para determinar las vías comunes de compromiso de la cuenta. Entonces se pueden implementar tácticas de detección o prevención, tales como hacer cumplir la autenticación de múltiples factores.
  • Crear una política estricta de devoluciones. Asegurarse de que el personal esté debidamente capacitado, tener cuidado con las devoluciones omnicanal y devolver los fondos en el mismo método de pago utilizado originalmente.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – La incertidumbre sobre el dólar aceleró la caída de ventas minoristas: en octubre retrocedieron 14,9% y acumulan 26,2% en lo que va del año

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Después de 5 meses en que las caídas anuales se venían atenuando, la tasa negativa aumentó respecto de septiembre, dice un informe de CAME. Al mes no lo salvó ni el Día de la Madre. “Ni las ofertas tientan al público”, coincide gran parte de los comerciantes relevados.

Las ventas minoristas de los comercios pyme cayeron a un ritmo del 14,9% anual y para los primeros 10 meses del año suman una baja del 26,2% anual, muy influído por la fortísima caída que se había verificado entre los meses de marzo y julio, según un relevamiento de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME)

La caída contempla tanto las ventas en los locales físicos como en el canal online, al que muchos apostaron para poder sobrevivir la pandemia y el largo período de cuarentena, El retroceso de octubre fue incluso mayor al de septiembre, que había sido de 10,1%, revirtiendo una serie de cinco meses en que el ritmo de caída de las ventas respecto de igual mes de 2019 se había venido desacelerando desde el 57,6% de caída interanual que se había registrado en abril.

“En la aceleración de la tasa de caída fue determinante la incertidumbre financiera, que se vivió a lo largo del mes, lo que retrajo el consumo por efecto precaución”, dice un comunicado de la entidad.

Todos los rubros relevados cayeron, incluso Farmacias, cuyas ventas disminueron a un ritmo anual del 3,6% y Alimentos y Bebidas, que retrocedió 4,3%, por menores ventas en casas de comida, panaderías, kioscos y bebidas en general, entre otros. Las ventas fueron algo mejores en los almacenes de barrio, pero con mucha dispersión, informó CAME.

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En la gráfica pueden apreciarse las variaciones anuales de ventas minoristas hasta 2019, y las mensuales desde 2019 en adelante

Reversión

En la reaceleración del ritmo de caída influyó la inestabilidad cambiaria. “Más allá de los problemas de ingresos, empleo, y los niveles de endeudamiento de las familias, incidió en la baja la incertidumbre generada por la suba del dólar blue y las expectativas de un escenario de devaluación y alta inflación. Esto alentó el refugio en dólares de muchas familias, reduciendo la masa dedicada a consumo”, señaló CAME, que relevó entre el jueves 29 y el sábado 31 de octubre a 1.300 comercios pyme de todo el país.

El sector más castigado a lo largo del año sigue siendo Calzados y Marroquinería, que tuvo una caída interanual del 35,9%. La menor circulación de gente en la cuarentena redujo su necesidad, sumado a que es uno de los últimos productos que tienden a recuperarse en momentos críticos para la economía. De todos modos, en octubre el sector más castigado fue Joyería, relojería y bijouterie: sus ventas se desplomaron 36,1%, superando el dato de septiembre, cuando habían caído 25,9% interanual. Un factor que puede haber contribuido es que –señala el informe- “en las grandes ciudades se comenzó a observar nuevamente la proliferación de vendedores informales de estos productos”.

No hay negocios con variaciones positivas. En Indumentaria las ventas cayeron 23,8%; a la incertidumbre económica y cambiaria se sumaron faltantes de mercadería, afectado por el temor de los proveedores a vender a precios que no le permitan luego la reposición de mercadería. “Hubo un pico de operaciones en el Día de la Madre y después se planchó. Muchos comercios de ese rubro esperan un repunte sobre fin de año. Lo que más salió fueron prendas de vestir”, dice el informe.

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Los 13 sectores relevados registraron caída de ventas, incluyendo el canal online. Y 11 de los 13 tuvieron caídas de dos dígitos

“Faltante de dinero”

Jugueterías y librerías fue el tercer sector con mayor retracción (24,9%). La explicación, además de la situación económica general es que la menor circulación de chicos en la calle redujo el consumo de paso y la no asistencia a las escuelas evita el repunte de artículos de librería y libros. “Ni las ofertas tientan al público, aunque en el rubro juguetes se espera que a partir de fines de noviembre repunten con la venta de fin de año”, informaron los comercios pyme relevados cuya frase más repetido fue: “se nota el faltante de dinero”.

En Ropa, artículos deportivos y de recreaciónel declive fue menor, pero todavía de dos dígitos: 10,7% anual, “siempre hablando de la tasa de variación promedio anual en cantidades, informada por los comercios”, aclara CAME.

En cambio, hubo buena venta de bicicletas, uno de los pocos rubros que tuvo un boom en plena pandemia y también se benefició de las promociones de algunos bancos que financian la compra en 24 cuotas, especialmente en CABA.

Las cifras son de por sí negativas, pero podrían serlo aún más. En su comunicado, CAME señala un “dato a tener en cuenta: sólo se están relevando comercios abiertos, es decir, se excluyeron aquellos que cerraron definitiva o transitoriamente”.

Fuente: infobae economico

IMPOSITIVAS – Recaudación subió por segundo mes consecutivo por encima de la inflación: creció casi 44%

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Los ingresos fiscales subieron en octubre un 43,9% interanual a 642.104 millones de pesos, por lo que el incremento se situó unos seis puntos porcentuales arriba del índice de precios.

Los ingresos fiscales subieron 43,9% interanual a 642.104 millones de pesos, por lo que el incremento se situó unos seis puntos porcentuales arriba del índice de precios.

“La mejora en la recaudación del mes de octubre respondió tanto a la paulatina recuperación de la actividad económica como a la desaceleración del nivel general de precios, resultado que contribuye a la normalización financiera del sector público nacional”, según un comunicado.

El aumento de la recaudación se registra en medio de una fuerte recesión -profundizada por la pandemia del coronavirus- y una inflación estimada por analistas en torno al 38% para 2020.

En octubre de 2019 la recaudación había registrado un total de 446.172 millones de pesos y en septiembre pasado fue de 606.508 millones.

Fuente: ambito.com

FINANZAS – Dólar hoy: dónde se puede conseguir

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Ahorristas podrán acceder al mercado cambiario para acceder al cupo de hasta u$s200 de noviembre.

En medio de la preocupación oficial por el drenaje continuo de las reservas, los ahorristas estarán habilitados desde hoy lunes para volver a adquirir divisas con el objetivo de atesoramiento por hasta u$s200, tal es el cupo establecido por el gobierno.

Los ahorristas encontrarán diferencias de hasta casi $1 en la cotización del dólar dependiendo del banco en que decidan comprar billetes.

Cabe recordar que los empleados de empresas que reciban o hayan recibido parte de su salario a través del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) no podrán comprar dólar ahorro, confirmaron fuentes del Banco Central a Ámbito.

La medida también restringe la posibilidad de comprar dólares a beneficiarios de planes sociales, así como a quienes no tengan ingresos declarados y a los cotitulares de cuentas en moneda extranjera.

También a quienes hayan refinanciado cuotas de créditos personales, prendarios e hipotecarios, el saldo de la tarjeta de crédito a 12 meses o sean deudores de préstamos hipotecarios UVA.

Fuente: ambito.com

FINANZAS – Por el “super cepo”, el BCRA consiguió que un 16% menos de personas compre dólares

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Las restricciones llegaron a mitad de septiembre pero alcanzaron para que, luego de seis meses continuos de crecimiento, baje la cantidad de ahorristas que se volcó al mercado para hacerse de “dólares solidarios”

Por el “super cepo”, el BCRA consiguió que un 16% menos de personas compre dólares

La demanda de dólares por parte de los ahorristas estaba en su punto más alto en septiembre, cuando el Banco Central decidió endurecer las restricciones cambiarias y anunciar un “super cepo” para la segunda mitad del mes. Con estas medidas, la entidad que preside Miguel Pesce logró que la cantidad de personas que se volcaron al mercado de cambios en septiembre baje un 16% desde el récord que se había visto el mes anterior.

Según el último balance cambiario, que elabora el Banco Central, en septiembre las “Personas humanas” compraron de forma neta u$s 803 millones, básicamente por billetes para atesoramiento, exactamente unos u$s 631 millones.

Luego de seis meses de crecimiento continuo, Pesce consiguió que en septiembre las compras bajen comparativamente, al instaurar medidas a mediados de mes. Como la entrada en vigencia de estas medidas se retrotraía al primer día del mes, lograron el efecto deseado.

Por un lado, el BCRA estableció que desde el 1 de septiembre pasado, los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual de u$s 200, que había establecido Guido Sandleris

Además, el BCRA junto a las entidades financieras perfeccionará el control y monitoreo respecto de la capacidad económica y de ingresos requeridos para la apertura de nuevas cajas de ahorro en moneda extranjera, y se limitará el acceso de cotitulares a la compra de dólares para formación de activos externos.

Mientras que en agosto, unas cinco millones de personas se habían hecho de su cupo de u$s 200 dólares solidarios, este universo bajó a 3.400.000 ahorristas en septiembre.

Las medidas también ayudaron a que se fueran menos divisas en consumos por tarjeta de crédito, aunque esto ya venía limitado por el impacto de la pandemia del Covid 19 y la permanencia del cierre de fronteras.  En total, fueron u$s 130 millones lo que los argentinos gastaron en el exterior con sus plásticos, lo que significa una caída de 62% respecto a septiembre de 2019.

Fuente: cronista.com

ECONOMÍA – De la mano de la suba del dólar libre, la inflación se aceleró levemente en octubre y cerró en torno del 3,2 por ciento

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Así lo estimaron las consultoras privadas que miden los precios al consumidor, que estiman que el año cerrará con un incremento del 36 por ciento; el rubro de alimentos rozó el 4% en el mes

 De la mano del aumento del dólar libre, la inflación minorista se ubicó cerca del 3,2% en octubre y llegará al 35 o 36 por ciento en todo el año si el tipo de cambio oficial no se acelera, según las consultoras que miden los precios en forma privada.

Según las estimaciones preliminares de estos consultores que dialogaron con Infobae, la suba de precios del mes superó el 2,8% de septiembre cuando se acumuló un 22,3% desde enero y un 36,6% en un año.

Este aumento se dio pese al control sobre las tarifas, al programa de Precios Máximos (que fue prorrogado hasta fin de enero) y a la lenta devaluación del tipo de cambio oficial, frente a las oscilaciones del dólar libre.

El director del estudio Ferreres, Fausto Spotorno, dijo que el cálculo indica que la inflación llegó al 3,1 por ciento en el décimo mes del año.

Variaciones de precios en octubre Fuente: LCG

Lorena Giorgio de Econviews dijo que prevén un incremento del 3,2%, “acelerándose respecto al registro de septiembre, de la mano de aumentos en alimentos, justamente el rubro de mayor peso en el indicador”.

Además, explicó que para los últimos dos meses del año prevén una inflación por encima de 3%, más cerca del 4% mensual, “en línea con una mayor devaluación esperada del tipo de cambio oficial respecto a lo observado en las últimas semanas”. De este modo, el año cerraría con una inflación acumulada entre 35 y 36 por ciento.

Giorgio explicó que el impacto del salto del dólar “es relativo, porque la mayor parte de los precios todavía responden mucho más al tipo de cambio oficial”.

“Lo que sí tendrá su impacto sobre precios, en especial en noviembre, son las mayores restricciones a las importaciones”, aclaró.

Por su parte, Guido Lorenzo, de LCG, afirmó que habría llegado al 3,5%. “Hubo dos semanas, la segunda y la tercera, donde los precios se descontrolaron un poco, principalmente alimentos y bebidas”.

Según la medición semanal de LCG, “en la tercera semana de octubre la suba de precios de los alimentos promedió 1,7%, acelerándose 0,3 puntos porcentuales respecto a la semana anterior”.

“En lo que va del mes la suba acumulada es de 3,8%, contra las mismas semanas de septiembre el incremento promedio asciende a 3,4% mensual. Y esta dinámica deja un arrastre de 3,5% para todo el mes de octubre”, se detalló.

Hubo dos semanas de octubre, la segunda y la tercera del mes, donde los precios se descontrolaron un poco, principalmente alimentos y bebidas

Para el año, señaló Lorenzo, “dependerá si hay movimientos bruscos en el tipo de cambio; si se mantiene todo como está esperamos que cierre en torno al 34 por ciento”.

“Los precios se movieron en las semanas donde el dólar paralelo estuvo al alza: segunda y tercera semana del mes. Nosotros medimos con frecuencia semanal y notamos que de los productos que relevamos todas las semanas aproximadamente un 10 por ciento de lo relevado sube de precio”, indicó.

En esas dos semanas, LCG detectó que “el 40 por ciento de lo relevado subió de precio; todos los precios se desestabilizaron al ritmo del dólar libre y en la última se retomó la tranquilidad junto con la baja del paralelo”.

El estudio Eco Go que fundó Marina Dal Poggetto estimó una suba del 2,9% a nivel general y del 3,8% en alimentos y bebidas, mientras que el rubro de indumentarias saltó el 8%. De este modo, el relevamiento de precios que realiza Eco Go acumula una suba del 24,7% desde enero y del 35,1% en el último año.

Federico Moll de Ecolatina dijo que estimaron una suba del 3,2%, pero aclaró que en la segunda quincena en particular se aceleró al 4 por ciento. “Mal dato”, se lamentó.

“Se juntaron movimientos en el programa de precios máximos de bienes de consumo masivo y aumentos grandes en equipamiento y mantenimiento del hogar y automóviles”.

Evolución de los precios en octubre Fuente: estudio Eco Go

Según Moll, “el tipo de cambio paralelo impacta en algunos grupos y esperábamos que fuera marginal, pero el aumento fue tan alto y la incertidumbre tanta que tuvo algo de impacto en bienes transables o con alto componente de bienes importados”.

“Lo que está pasando en el mercado cambiario repercute en algunos precios en forma nociva. Los oferentes no saben cuál es el costo de reposición, en ese marco algunos usan el tipo de cambio oficial, otros el paralelo, otros un mix. Por eso vemos aumentos muy dispares y por lo tanto, mucha dispersión de precios. De hecho, un mismo producto puede valer precios muy distintos”, aclaró.

Lo que está pasando en el mercado cambiario repercute en algunos precios en forma nociva (Moll)

Por su parte, Matías Carugatti de Seido dijo que estiman una suba del 3%, “escalón por arriba de septiembre”, mientras que el año cerraría entre 33 y 34 por ciento “si no hay saltos del tipo de cambio”.

Camilo Tiscornia afirmó que octubre cerró “cerca del 3,3 por ciento y el año a estar en torno al 36 por ciento”.

En el último relevamiento de expectativas del mercado (REM), los analistas anticiparon una suba del 3,5% para octubre y del 36,9% para todo el año.

Fuente: inffobae económico

IMPOSITIVAS – Monotributo, planes de pago y freno a embargos: la AFIP prorroga beneficios

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AFIP prorrogó la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar trámites y aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó la vigencia de distintos beneficios destinados a facilitar trámites y aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes. Las distintas medidas implementadas por el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont benefician a monotributistas así como micro, pequeñas y medianas empresas.

La AFIP prorroga beneficios

Monotributistas. Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante octubre de 2020. La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a septiembre. A través de la Resolución General 4845 se extendieron los beneficios vigentes desde marzo.

La normativa actual establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que octubre no será computado a los efectos decontabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

Planes de pago permanentes. La Resolución General 4846 extiende hasta finales de noviembre la vigencia de los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes.

La AFIP prorroga beneficios

Embargos y ejecuciones fiscales. Se prorroga la suspensión de los embargos y de las ejecuciones fiscales hasta el 30 de noviembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La extensión de los beneficios fue instrumentada a través de la Resolución General 4847.

Presentaciones Digitales. Con el objetivo de facilitar la realización de distintos trámites en el marco de la pandemia del COVID-19 se mantiene la obligatoriedad del uso del servicio Presentaciones Digitales hasta el 30 de noviembre. Existen más de 80 gestiones habilitadas a través de dicho canal. La obtención de la CUIT para personas jurídicas es uno de los últimos trámites incorporados. Para utilizar el servicio es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado.

La Resolución General 4848 también prevé que los contribuyentes seguirán exceptuados de registrar sus datos biométricos hasta el 30 de noviembre. La excepción permite que los ciudadanos no tengan que concurrir a las dependencias del organismo para registrar su foto, firma y huella dactilar.

La AFIP habilitó inscripción al “ATP”: cuál es la fecha límite

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de octubre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar entre los días 29 de octubre y 4 de noviembre, inclusive.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través del Programa ATP el Estado ya invirtió $207 mil millones. La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180 mil empresas.

Las empresas que presenten una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%. Por su parte, los empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Los empleadores de sectores considerados críticos como turismo, gastronomía, transporte, cultura y salud, entre otras actividades, que registren una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Aquellas firmas que realizan actividades críticas y registran una variación positiva podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.

La medida otorga más tiempo para cumplir con el nuevo régimen informativo que estableció la obligación de identificar a cada una de las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La prórroga hasta mediados de diciembre apunta a facilitar las tareas de cumplimiento en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La Resolución General 4.839/2020 también ofrece más tiempo a los fideicomisos para que presenten sus declaraciones juradas informativas anuales.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.

La AFIP reemplazó este año el régimen de información sobre participaciones societarias para requerir a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales;aquellas personas humanas que, en última instancia, mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La decisión que está en línea con prácticas internacionales busca dificultar las maniobras de ocultamiento de información sobre los “verdaderos dueños” de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La nueva normativa de la AFIP dispuso que las personas jurídicas deben presentar los datos de los beneficiarios finales independientemente del porcentaje de participación que posean. De esta forma, no se establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales.

Los sujetos alcanzados tienen tiempo hasta mediados de diciembre para reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica, o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Durante la cuarentena, el peso perdió 42% frente a las monedas de la región

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El tipo de cambio en Argentina se despegó del promedio: sube 67% desde el inicio de la cuarentena y 112% en lo que va del año contra un promedio de apreciacion de 3,5% desde marzo y 15% en el año de las monedas de la región.

Durante la cuarentena, el peso perdió 42% frente a las monedas de la región

Desde el Gobierno insisten en que la crisis global que generó la pandemia de coronavirus es el causante principal de la crisis que aqueja a la economía local. Si bien el discurso apunta a unificar el impacto económico y financiero en el mundo, catalogándolo como un drama global, los castigos no han sido uniformes.

El dólar en Argentina sube 10 veces más que lo que lo hace en promedio en la región, a la vez que activos financieros como las acciones caen 40 veces más que sus pares regionales y de los mercados emergentes.

Es cierto que el coronavirus representó una crisis sin precedentes a nivel global.

Sin embargo, la recuperación de los mercados también luce con características históricas, tal como puede observarse en los rebotes de los principales índices de Wall Street.

Después de colapsar más de 30% en febrero y marzo, tanto el Dow Jones como el S&P 500 han eliminado casi la totalidad de dichas pérdidas y suben más del 45% desde los mínimos de marzo. El Nasdaq composite, en tanto, sube un 32% en 2020, dado que ha sido el sector que más se ha favorecido por la crisis.

Yendo a las monedas, el dólar contado con liquidación en la Argentina sube 112% en lo que va del 2020. La segunda moneda que más pierde es el real, con el dólar subiendo en Brasil un 43%. Detrás se ubican Colombia, donde el dólar sube 16,5%, Uruguay (14,4%), México (13,1%), Perú (9,4%) y Chile (3%).

Dicho de otra manera, el dólar en la Argentina sube en 2020 casi 2,6 veces más que en Brasil, casi siete veces más que Colombia, ocho más que en Uruguay, 8,6 veces más que en México, 12 veces más que en Perú y 37 veces más que en Chile.

Medido sólo desde que se inició la cuarentena, el dólar en la Argentina sube 67%, seguido por el dólar en Brasil, que trepa 13,5%, y en Perú, que avanza 2,4%. En Uruguay, en tanto, el billete cede 6,8%, en Colombia cae 7%, en Chile, 10,6% y en México, 12%.

Esto implica que desde que se inició el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) en el país, el pasado 20 de marzo, el dólar a nivel local sube casi cinco veces más que en Brasil y 29 veces más que en Perú. Mientras el dólar subió en Argentina 67%, el resto de las monedas de la región se apreciaron 3,5% en promedio.

Emisión monetaria y caída de reservas

A diferencia del resto de los países de la región y del mundo, la Argentina no tenía ni tiene la capacidad fiscal para sostener una cuarentena tan larga y tan estricta. Aun así, la cuarentena en Argentina es justamente la más larga del mundo y que pese a ella, coloca al país entre los países con mayores casos del mundo y mayor tasa de muertes por habitante, estando también entre los países que menos testeos realizan cada millón de habitantes.

Los ingresos colapsaron y los gastos explotaron, generando mayor presión sobre el déficit fiscal y de mayor emisión monetaria.

Nery Persichini, head de estrategia de GMA Capital, explicó que la contracara del alto déficit fiscal, sin posibilidad de colocar deuda en el exterior y con un mercado local reducido, es el financiamiento vía emisión monetaria.

“En lo que va del año el 98% del agujero fiscal fue solventado mediante la asistencia del Banco Central (BCRA). Por estos días, la inyección de pesos se encuentra en máximos de más de 20 años y supera el 8% del producto, más que duplicando el máximo previo de 2014. Los agregados monetarios corren a un ritmo acelerado. El M2, el proxy de la oferta de dinero conformado por el circulante más depósitos en cuenta corriente y caja de ahorro, se expande a un 90% interanual.  Por otro lado, el déficit proyectado a fin de año se aproxima a $ 1 billón que sería financiado con más emisión. Este exceso de pesos presiona tanto sobre el dólar como sobre la brecha, que alcanzó más temprano en el año un pico de 130%, un umbral no visto desde fines de los 80”, comentó.

Similar advertencia hizo Adrian Yarde Buller, economista jefe de Grupo SBS, quien remarcó que las tensiones cambiarias siguen en el centro de la escena, pero lo que genera estas presiones es el enorme déficit fiscal financiado con emisión monetaria.

“En los últimos 12 meses se emitió 8% del PBI para financiar el déficit fiscal y en el último trimestre del año habría que emitir otro 3%. Y en 2021 seguirá”, dijo el economista.

Ante la falta de dólares, el Gobierno hizo cada vez más duro el cepo cambiario generando un rally en la brecha con el dólar oficial. Los ahorristas se asustaron y aceleraron la salida de depósitos del sistema financiero, a la vez que hubo una búsqueda apresurada por indexar los pesos a activos que ajusten por tipo de cambio y mayor demanda de dólar billete. Este contexto generó un deterioro en el balance del BCRA.

Según Fernando Marull, economista y director de FMyA, al BCRA le quedan menos de u$s 1000 millones de reservas líquidas y u$s 5000 millones si se incluye el oro. Advirtió que sigue alto el retiro de depósitos en dólares, a un ritmo de u$s 60 millones por día.

“El mercado ya le tomó el pulso al equipo económico. Si el equipo económico insiste con medidas gradualistas, la incertidumbre no bajará. El mercado demanda un plan”, advirtió el economista.

Los analistas de Portfolio Personal Inversiones (PPI) remarcaron que siguen las tensiones, con el Banco Central interviniendo para abastecer el exceso de demanda.

“Si nos concentramos en el balance mensual, el BCRA acumula ventas de u$s 774 millones -a un ritmo promedio diario de u$s 46 millones-. En el mes, el dólar mayorista acumula una suba del 2,7%”, explicaron desde PPI.

“Repasando el comportamiento de los depósitos en dólares del sector privado, éstos mostraron salidas por u$s 95 millones el 21 de octubre (último día registrado por el BCRA), donde en lo que va del mes ya acumula retiros por u$s 1002 millones. En todos los días de octubre se registraron variaciones negativas en los depósitos, con un promedio diario de u$s 72 millones que podría aumentar debido a los últimos ruidos en el mercado de cambios y la caída constante de reservas”, agregaron en la firma.

La brecha hace daño a la economía real

La velocidad de la recuperación económica está perdiendo fuerza. Se percibe tanto por el EMAE como por el deterioro en la balanza comercial. La economía real está comenzando a mostrar los impactos negativos de la brecha cambiaria y se encienden las luces de alerta.

Los analistas de Criteria advierten que la brecha cambiaria empieza a dejar huellas profundas en la matriz económica real. Nicolas Max, head de asset management de dicha firma, recordó que en un evento virtual organizado por la compañía la semana pasada con la presencia de Carlos Melconian, dicho economista remarcó que “no hay vida con 100% de brecha cambiaria”.

Max agrega que, hoy la diferencia se ubica en el 105% para el cambio financiero y orilla el 130% para su variante informal.

“Los últimos registros dan cuenta de las dificultades que enfrenta un país cuando convive con tasas de cambio tan distantes entre sí. Creemos que las restricciones sobre el mercado cambiario no resultan, en el mediano plazo, un mecanismo efectivo para estimular el saldo comercial con el mundo. Por consiguiente, se agudiza la dinámica negativa de reservas en el Banco Central”, sostuvo Max.

 Una expectativa creciente de devaluación (reflejada en la magnitud de la brecha) funciona como un incentivo a las importaciones de insumos y un desincentivo a las exportaciones al cambio oficial. Los estímulos, de corto plazo, propuestos por el Gobierno, cómo la reducción de retenciones para el sector agro, lucen apenas marginales a la luz de la diferencia entre las distintas tasas de cambio”, dijo el analista de Criteria.

En la última semana, el Indec registró una caída importante en el comercio neto con el mundo. Reportó un superávit de u$s 584 millones en septiembre, una merma superior al 66% en relación con el mismo período del año pasado.

El resultado también se mantuvo por debajo de todos los anteriores períodos de 2020, cuando el ingreso de divisas por vía comercial fue de entre u$s 1000 y u$s 1900 millones por mes.

Max agregó que el intercambio comercial argentino ha sido históricamente una importante fuente de divisas ya que en 17 de los últimos 20 años hubo superávit.

“De profundizarse esta tendencia a la baja, se agravaría una debilidad estructural en el perfil externo: un superávit comercial que no alcanza para cubrir los diferentes canales de demanda. De esta manera, el último registro del Indec enciende señales de alarma sobre la evolución del saldo comercial. Seguimos pensando que revertir la dinámica en el tipo de cambio y en el sector exportador requerirá de un incentivo mayor a las medidas anunciadas, junto con un panorama macroeconómico que otorgue mayor previsibilidad y confianza, con el objetivo de revertir las alicaídas expectativas de los agentes del sistema económico”, afirmó el head de asset management de Criteria.

Fuente: cronista.com

IMPOSITIVAS – Empleados y “home office”: ¿cuándo se puede computar en Ganancias los gastos de equipamiento?

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Ya son varias las empresas que están informando a sus trabajadores la posibilidad de informar en Ganancias los gastos en internet y/o equipamiento

Ya son varias las empresas que están informando a sus trabajadores la posibilidad de informar los gastos en internet y/o equipamiento para su deducción del Impuesto a las Ganancias.

Respecto a esta situación, vale recordar que el artículo 100 de la ley del impuesto dispone que la provisión de ropa de trabajo o de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo no se encuentra alcanzada por el gravamen.

En tanto, el inciso q) del Apartado D del Anexo II de la Resolución General 4003 de AFIP reglamenta lo antes dicho, disponiendo que se podrá deducir del impuesto a pagar los gastos realizados por la adquisición de indumentaria y/o equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo con carácter obligatorio y que, debiendo ser provistos por el empleador, hubieran sido adquiridos por el empleado en virtud de los usos y costumbres de la actividad en cuestión, y cuyos costos no fueron reintegrados.

Empleados y “home office”: cómo reducir el pago en Ganancias

De lo expuesto podemos colegir que dicha deducción procede siempre y cuando:

a) Se trate de la adquisición de indumentaria y/o equipamiento para uso exclusivo en el lugar de trabajo con carácter obligatorio,

b) Hubieran sido adquiridos por el empleado, cuando debían ser provistos por el empleador, y

c) Dichos gastos no fueron reintegrados.

Empleados y “home office”: cómo reducir el pago en Ganancias

“Conforme lo expuesto y ante la actual situación de pandemia y generalización del trabajo en casa o home office, bien puede sostenerse que los gastos incurridos por los empleados para poder realizar correctamente su trabajo desde el hogar, puedan ser deducidos del impuesto que debe retener el empleador”, señalan desde el Blog del Contador.

En tal caso podríamos enumerar por ejemplo los gastos de internet y telefonía afectados al trabajo o los gastos de mobiliario y equipos de informática necesarios para poder trabajar desde el domicilio.

En todos los casos cabe destacar que dichos costos corresponde deducirlos siempre que el empleador se haga cargo de ellos y no proceda a su reintegro. Es decir, debe provenir de directivas y/o reglamentos propios de la empresa.

Por último señalamos que el trabajador para informar dichas deducciones deberá hacerlo a través del SIRADIG en AFIP con su CUIT y clave fiscal detallando en cada caso los comprobantes de compra (número de factura, razón social del proveedor, importe) y que no se estipula tope alguno al cómputo de dicha deducción.

Deducciones: cómo pagar menos Impuesto a las Ganancias en el 2020

El Impuesto a las Ganancias es un tributo que se aplica sobre los presuntos “rendimientos, rentas o enriquecimientos” que logran asalariados y cuentapropistas.

También se aplica sobre los resultados obtenidos por la venta de bienes muebles e inmuebles o de documentos financieros (acciones, bonos, etcétera). En su cuarta categoría, el Impuesto a las Ganancias, alcanza a los trabajadores en relación de dependencia.

Cada año, hasta el 31 de marzo, los asalariados y jubilados pueden declarar deducciones para descontar lo que deben tributar, pagos a cuenta o datos de pluriempleo (salarios pagados por un empleador diferente del que retiene Impuesto a las Ganancias).

En 2020, pagan Impuesto a las Ganancias los empleados solteros cuyo salario neto mensual supere los $55.261. En el caso de los casados, el tope es de $64.145 y para casados con dos hijos se eleva a 73.104 pesos.

A continuación, las nuevas deducciones y escala del Impuesto a las Ganancias que deben considerarse para el periodo fiscal 2020:

Para las actualizaciones de los valores del Impuesto a las Ganancias 2020 fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2019, con valor de 1,44277964.

Además, los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.

¿Quiénes tributan como cuarta categoría en el Impuesto a las Ganancias 2020?

Según la AFIP, en la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias 2020 se incluye a la ganancia obtenida por el trabajo personal como:

– El desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de CABA.

– El trabajo de jueces, funcionarios o empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias nombrado a partir del año 2017.

– El trabajo de los empleados en relación de dependencia.

– Las jubilaciones, pensiones, retiros o cualquier subsidio con origen en el trabajo personal; los servicios prestados por los socios de las sociedades cooperativas.

– Las sumas asignadas a los socios administradores de las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita simple y en comandita por acciones.

– El ejercicio de profesiones liberales.

– El desempeño de las actividades de corredor, viajante de comercio y despachante de aduana; las compensaciones en dinero y en especie y los viáticos que se abonan como adelanto o reintegro de gastos por comisiones de servicio realizadas fuera de la sede donde se prestan las tareas.

– Las sumas abonadas al personal docente en concepto de adicional por material didáctico que excedan el 40% de la ganancia no imponible.

– Las sumas pagadas por la desvinculación laboral de personas que trabajan en cargos directivos y ejecutivos de empresas públicas y privadas que sean mayores a los montos indemnizatorios mínimos previstos en la norma laboral aplicable.

Una vez obtenido el CUIT, el formulario 572 web es un servicio que le permite al trabajador informar datos de los conceptos que pretenda deducir en el régimen de retención del impuesto a las Ganancias, las percepciones que le hubieren practicado, así como también informar otros ingresos obtenidos en caso de pluriempleo.Para la presentación de dicho formulario se accede desde la web de AFIP ingresando al servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

A continuación, las claves de este sistema:

¿Quiénes deben presentar el SIRADIG?

La presentación debe hacerse hasta el 31 de marzo de cada año y le corresponde a:-<

Quienes tengan ingresos por cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, cuando su nombramiento hubiera ocurrido a partir del año 2017, inclusive.

– Los empleados en relación de dependencia.

– Los jubilados, pensionados, quienes tengan retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto sean por su trabajo personal y siempre que hayan estado sujetos al pago del impuesto. También están incluidos quienes tengan rentas de planes de seguros de retiro privados que se perciban bajo la modalidad de renta vitalicia provisional y sean administrados por entidades sujetas al control de la Superintendencia de Seguros de la Nación.

– Los socios de cooperativas de trabajo, excepto los consejeros.

– Las retribuciones que perciben los actores a través de la Asociación Argentina de Actores.

Es importante destacar que para deducir o informar las deducciones de Ganancias– F.572 Web- que se realiza anualmente a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador”, se tendrá que realizar aún cuando en el período fiscal no se obtengan ingresos, deducciones y/o nuevas cargas de familia.

¿Que datos se deben cargar en el SIRADIG?

En el mencionado servicio SiRADIG, el trabajador deberá completar:

– Sus datos personales,

– Información referida al empleador o empleadores que tuvo durante el período fiscal que declara, debiendo indicar cuál de ellos es su agente de retención,

– Detalle de las Cargas de Familia,

– Importe de las ganancias liquidadas por otros empleadores (en caso de pluriempleo),

– Deducciones y desgravaciones,

– Otras retenciones, percepciones y pagos a cuenta.

– Información referida al empleador

De acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Resolución General 4003, deberá actuar como agente de retención aquel que abone las remuneraciones de mayor importe.

Respecto de los empleadores que no actúen como Agentes de Retención, el trabajador deberá ingresar los importes de remuneración y deducciones que surjan del recibo de haberes extendido por dichos empleadores.

Liquidación Anual del Impuesto a las Ganancias

La AFIP estableció una serie de modificaciones en la reglamentación del régimen de retención del impuesto a las ganancias de cuarta categoría, es decir para empleados y/o jubilados.

Las referidas modificaciones fueron oficializadas mediante la Resolución General 4.396 y en uno de sus puntos establece la obligación de presentar el formulario de liquidación anual del impuesto por parte del agente de retención en forma digital a través del SIRADIG (Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias).

En tal sentido, el fisco determinó que los agentes de retención deberán presentar las liquidaciones, con “Clave Fiscal”, mediante transferencia electrónica de datos a través del servicio denominado “Presentación de DDJJ y Pagos” del sitio “web” de AFIP, en los casos y plazos que se indican a continuación:

Presentación obligatoria

a) Liquidación anual de los trabajadores que hubieran obtenido en el año fiscal ganancias brutas totales por un importe igual o superior a $1.500.000, y de aquellos a los que no se les hubiera practicado la retención total del gravamen sobre las remuneraciones abonadas: hasta el último día hábil del mes de abril del año inmediato siguiente a aquél que se declara, excepto que entre el 1º de enero y la mencionada fecha se produjera la baja o retiro del beneficiario, o el cambio de agente de retención, en cuyo caso deberá ser realizada juntamente con la liquidación final o informativa, según corresponda.

b) Liquidaciones final e informativa: dentro de los 5 días hábiles inmediatos siguientes de realizada la liquidación que corresponda.Verificada la consistencia de los datos transmitidos, el sistema generará el formulario de declaración jurada F. 1357, el que será puesto a disposición del beneficiario a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

Deducciones: importantes para no pagar de más en el Impuesto a las Ganancias

Opcional

Respecto de los beneficiarios que hubieran obtenido rentas brutas inferiores a $1.500.000 durante el año que se liquida y que hubieran sido pasibles de retenciones del impuesto, el agente de retención podrá optar por efectuar la presentación de la liquidación anual mediante el aludido servicio con “Clave Fiscal” o entregar al beneficiario de la renta una copia confeccionada siguiendo el modelo previsto en el Anexo III de la Resolución General 4.003.

Acciones del sujeto retenido

Los trabajadores y/o jubilados podrán consultar e imprimir el formulario de declaración jurada F. 1357 “Liquidación de Impuesto a las Ganancias – 4ta. Categoría Relación de Dependencia” correspondiente a la liquidación anual, final o informativa, según corresponda, confeccionada por el agente de retención a través del “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – TRABAJADOR”.

El citado formulario se encontrará disponible para su consulta a partir de las siguientes fechas:

– Liquidación anual: a partir del día siguiente al último día hábil del mes de abril del año inmediato siguiente a aquél que se declara.

– Liquidación final o informativa: a partir del día siguiente al de la presentación del formulario de liquidación anual por parte del agente de retención, es decir como máximo dentro del sexto día de producida la desvinculación del trabajador.Cuando se produzca el cambio del agente de retención dentro del mismo período fiscal, el beneficiario de las rentas deberá presentar al nuevo agente una impresión de la liquidación informativa dentro de los 10 días hábiles contados desde que tal hecho ocurra.

Asimismo, en el supuesto que al comenzar una relación laboral el beneficiario cuente con una liquidación final practicada en el mismo período fiscal, deberá presentar una impresión de la misma al nuevo agente de retención, dentro de los 10 días hábiles contados desde el inicio de la nueva relación laboral.

Fuente: iprofesional.com

IMPOSITIVAS – La AFIP habilitó la inscripción al “Programa ATP”: cuál es la fecha límite

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La Administración Federal de Ingresos Públicos habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción

Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de octubre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar entre los días 29 de octubre y 4 de noviembre, inclusive.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. A través del Programa ATP el Estado ya invirtió $207 mil millones. La iniciativa benefició cada mes a un promedio de 1,7 millones de trabajadoras y trabajadores que se desempeñan en 180 mil empresas.

Las empresas que presenten una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 27%. Por su parte, los empleadores que registren una variación nominal positiva en su facturación de hasta 35% podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

Los créditos contarán con un período de gracia de 3 meses y el repago se realiza en 12 cuotas iguales y consecutivas. Las empresas que cumplan las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Los empleadores de sectores considerados críticos como turismo, gastronomía, transporte, cultura y salud, entre otras actividades, que registren una variación nominal negativa entre los meses de septiembre de 2020 y 2019 accederán al salario complementario. Aquellas firmas que realizan actividades críticas y registran una variación positiva podrán tramitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 33%.

La AFIP prorrogó la feria fiscal: hasta qué fecha

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 8 de noviembre, inclusive. Durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.

La medida, prevista en la Resolución General 4.840 alcanza a determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros procedimientos.

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza la AFIP por precios de transferencia. Asimismo mantiene habilitadas las fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior, así como aquella proveniente de intercambio de información en el marco de acuerdos y convenios internacionales

La resolución de la AFIP también contempla la posibilidad de llevar adelante fiscalizaciones electrónicas, aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan íntegramente online.

Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la AFIP.

No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para que las empresas informen quiénes son sus beneficiarios finales.

La medida otorga más tiempo para cumplir con el nuevo régimen informativo que estableció la obligación de identificar a cada una de las personas humanas con participaciones en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La prórroga hasta mediados de diciembre apunta a facilitar las tareas de cumplimiento en el marco de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio. La Resolución General 4.839/2020 también ofrece más tiempo a los fideicomisos para que presenten sus declaraciones juradas informativas anuales.

Las empresas deben informar quiénes son sus beneficiarios finales

La decisión alcanza tanto a los fideicomisos constituidos en el país como aquellos del exterior.

La AFIP reemplazó este año el régimen de información sobre participaciones societarias para requerir a los contribuyentes la información referida a los beneficiarios finales;aquellas personas humanas que, en última instancia, mantienen una participación en sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y fondos comunes de inversión.

La decisión que está en línea con prácticas internacionales busca dificultar las maniobras de ocultamiento de información sobre los “verdaderos dueños” de las distintas personas jurídicas, entidades o estructuras.

La nueva normativa de la AFIP dispuso que las personas jurídicas deben presentar los datos de los beneficiarios finales independientemente del porcentaje de participación que posean. De esta forma, no se establece un umbral mínimo a partir del cual los sujetos alcanzados tienen que informar quiénes son sus beneficiarios finales.

Los sujetos alcanzados tienen tiempo hasta mediados de diciembre para reportar la información sobre todas las personas humanas que posean capital o derechos de voto de una sociedad, persona jurídica u otra entidad contractual o estructura jurídica, o que por cualquier otro medio, ejerzan su control directo o indirecto.