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ECONOMÍA – El Gobierno definirá cómo será la nueva etapa del ATP y prepara beneficios para las empresas que generen empleo

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El miércoles se reunirá el gabinete económico y terminará de resolverlo. Pero el condimento nuevo será que las empresas que obtengan créditos a tasa subsidiada podrán convertirlo en subsidio si toman más personal.

El ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont .

El gabinete económico buscará definir esta semana cómo seguirá el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) durante septiembre, en un contexto en el que gran parte de las actividades productivas del país están habilitadas pero, en muchos casos, con importantes caídas de la facturación respecto del año pasado. Además, hay sectores críticos que seguirán requiriendo de la ayuda estatal por lo menos hasta fin de año, ya que no están operando, como es el caso de la gastronomía, la hotelería, deportes o los espectáculos.

De esta manera, el Gobierno mantendrá un esquema similar al anunciado para el ATP 4, que incorporó el criterio de facturación para la definición del tipo de ayuda, con el agregado de que los créditos a tasa subsidiada –destinados a todas las empresas con incremento de facturación de 0% al 30% junio 2020 versus junio 2019– puedan convertirse en subsidios “siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo”, recordó esta mañana la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, en un evento pyme organizado por el diario El Cronista.

Los ministros del gabinete económico prevén reunirse este miércoles, como todas las semanas, para terminar de definir de qué manera se implementará el programa el mes próximo. Fuentes oficiales afirmaron que aún no está definido cómo se instrumentará la mejora para las compañías que generen empleo, pero lo que está claro es que no hubo muchas que hayan solicitado estos préstamos a tasa subsidiada anunciados el mes pasado y cuyo plazo de inscripción finalizó días atrás.

Los créditos tienen una tasa de 0% para las empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que en junio de año pasado; del 7,5%, si la facturación se incrementó entre 11% y 20%; y del 15%, si la empresa vendió entre 21% y 30% más que el año pasado. Según anunció el Gobierno el mes pasado, aquellas firmas que cumplían con estos parámetros estaban habilitadas para solicitar el crédito, que podía ser tomado en forma total o parcial. Su destino obligado es el pago de los salarios.

La AFIP habilitará la inscripción para el nuevo ATP la semana próxima

El plazo para los sueldos de julio finalizó la semana pasada. “No fueron tantas las firmas que lo pidieron, por lo que puede ser positivo en el sentido de que se están recuperando y no lo necesitan, aunque también puede deberse a inconvenientes con las entidades bancarias”, dijeron en el Gobierno, aunque sin precisar el número. Sobre cómo se implementará este nuevo beneficio, las fuentes aseguraron que no está definido pero que “si algo logró el ATP fue, a pesar de las pérdidas que hubo, es que permitió sostener el empleo y los ingresos”.

El viceministro de Economía, Haroldo Montagú, había confirmado la semana pasada, al término del encuentro de gabinete, que habría un ATP 5 y que se seguían revisando sectores y su nivel de criticidad. De todos modos, los sectores con caída en su nivel de facturación interanual y los críticos seguirán recibiendo la ayuda por parte del Estado para el pago de parte de los salarios.

En el caso de los rubros críticos, sus trabajadores percibirán el salario complementario por hasta dos unidades del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que equivale a $33.750, hasta diciembre, en principio. Mientras que en los que no son críticos pero que hayan sufrido una merma en su facturación entre junio de este año y el mismo mes del año pasado recibirán hasta 1,5 SMVM. Además, los sectores más afectados por la pandemia seguirán percibiendo el beneficio de la reducción del 95% de las contribuciones patronales.

Una vez que esté definido, el objetivo oficial es que las empresas puedan comenzar a inscribirse a partir de la semana próxima.

Fuente: infobae economico

ECONOMÍA – Las ventas en los supermercados tuvieron una caída en junio

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El Indec informó que comparado con idéntico mes de 2019 el retroceso fue del 1,5%, mientras que con respecto a mayo de este año el índice bajó 0,4%.

Las ventas en los supermercados de todo el país cayeron 1,5% durante junio en relación a igual mes del año pasado, de acuerdo a lo informado este lunes por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

En la medición mensual, las ventas también marcaron un retroceso en los grandes supermercados durante junio con relación a mayo, aunque el índice fue del 0,4% en la medición a precios constantes, informó el organismo.

En tanto, los grandes centros de compra, cerrados en su gran mayoría por la medidas de aislamiento sanitario por el coronavirus, volvieron a mostrar una fuerte baja, del 88,6% en el cotejo interanual.

El dato positivo fue que en junio las ventas en los shoppings se triplicaron respecto a mayo pasado, cuando la cuarentena fue total, debido a que en determinados distritos retornó la atención a público, en especial en locales del interior del país.

Por último, el Indec informó que en junio la venta de electrodomésticos creció 46,4% respecto a igual mes de 2019.

Fuente: lacapital.com

Novedades impositivas. Moratoria 2020 – Beneficios para los cumplidores: Ganancias y Monotributo

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Un contribuyente se considerará cumplidor cuando al momento de entrada en vigencia de la ley (aún sin publicar) no registre incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas, como tampoco, en el caso de corresponder, en el pago de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 01/01/2017.

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – La titular de la AFIP confirmó que la moratoria estará operativa la semana próxima

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Mercedes Marcó del Pont aseguró que se está trabajando en la reglamentación de la ampliación de la moratoria y la semana próxima estará lista.

La titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, destacó que el Estado ya invirtió 5,2 puntos del Producto Bruto Interno (PBI) a través de distintos planes oficiales para amortiguar los efectos económicos de la pandemia.

La funcionaria destacó la coherencia entre las medidas tomadas y enfatizó que “los pilares de nuestra política son proteger el trabajo y el entramado productivo”.

“A veces dicen que no hay plan. Pero las decisiones que se fueron tomando desde marzo fueron absolutamente coherentes: proteger el trabajo, el entramado productivo, amortiguar los efectos de la pandemia”, remarcó la administradora federal. “Largamos el ATP en tiempo récord, y estamos orgullosos de eso“, agregó Marcó del Pont al referirse a la próxima edición del programa. “Esta nueva edición tendrá la opción de que los créditos a tasa subsidiada puedan transformarse en subsidio siempre y cuando se conserven y creen nuevos puestos de trabajo”, sostuvo.

Marcó del Pont aseguró que en los últimos meses “el esfuerzo que hizo el Estado para sostener el ingreso de los hogares y amortiguar el impacto fue enorme”. La administradora detalló que entre los créditos otorgados y las transferencias por el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) o el Salario Complementario sumaron 5,2 puntos del PBI, de los cuales una parte sustancial de ese apoyo fue a las pequeñas y medianas empresas (PyMEs).

La moratoria estará operativa la próxima semana

“Con todas las dificultades y problemas que existen, hemos tenido la capacidad para sostener el trabajo y la producción argentina. No nos financiamos con deuda en moneda extranjera, sino que el Banco Central recuperó un rol importante, con el crédito intra sector público”, explicó.

Lo que se hizo en materia tributaria, agregó Marcó del Pont, fue desandar un esquema que había planteado el Gobierno anterior muy regresivo, que castigaba enormemente a las pymes y que había bajado impuestos progresivos por naturaleza como Bienes Personales.

La administradora federal habló de la incipiente recuperación económica que se percibe desde el organismo y dijo que hay sectores que están reaccionando, aunque ese comportamiento es muy heterogéneo. “Estamos advirtiendo que en algunos sectores se llegó al nivel pre pandemia de actividad”, detalló.

La moratoria estará operativa la próxima semana

Respecto de la nueva Ley de ampliación de la moratoria dijo que se está trabajando en la reglamentación y la semana próxima estará lista. “Eso va a permitir generar un oxígeno grande, y era una condición necesaria para encarar la recuperación”.

Reforma tributaria

“Estamos trabajando con el Ministerio de Economía en una discusión del sistema tributario a partir de una visión más conceptual. Mirando la experiencia local e internacional, creemos que en las últimas décadas se dio a nivel global una escalera descendente en baja de impuestos, en flexibilización laboral, que cuando uno lo mira en perspectiva no redundaron en una mejora del trabajo, ni de la inversión ni de en mejora productiva”, explicó la funcionaria. Marcó del Pont adelantó además, que la idea es gravar más aquellos de mayor capacidad contributiva y ampliar la base de los impuestos progresivos en la Argentina.

“Estamos pensando un sistema tributario que privilegie la producción, la equidad, la igualdad. La equidad en materia tributaria aún tiene mucho camino por recorrer. No creemos en políticas horizontales de desgravar por desgravar”, agregó. “Es importante saber que cada peso que se recauda es peso que vuelve después en políticas públicas, ya sea a Salud, al ATP o el IFE. Buscamos el equilibrio entre la necesidad de recaudar y al mismo tiempo lograr condiciones para que la economía funcione”, explicó.

Fechas de la moratoria

La moratoria ampliada ya numerada bajo la Ley 27.562 y su texto definitivo sancionado el pasado 13 de agosto, aguarda su promulgación.

Desde Tributum, Mario Goldman Rota señala que sin perjuicio de ello, resta aún su promulgación y publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina ; situación que puede suceder en las próximas horas o bien en aproximadamente dos semanas (exactamente son 10 días hábiles posteriores a la comunicación del Poder Ejecutivo) si no existiera Decreto promulgatorio y se promulgaría “de hecho”.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo tiene la facultad de reglamentar tales cambios -e incluso expresamente se le ha delegado en determinados puntos de la misma-. Posteriormente la AFIP dispondrá las normas complementarias (delegación expresa del Artículo 17 Ley 27.541 y modificaciones) y aquellas necesarias para su instrumentación y, finalmente realizará las adecuaciones en el servicio “Mis Facilidades” para su acogimiento fáctico.

Fuente: iprofesional.com

ECONOMÍA – Deuda con tarjetas de crédito: cómo será el nuevo financiamiento y qué prometen las autoridades para evitar abusos

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El Banco Central dispuso en abril una refinanciación de los saldos impagos con el propósito de darle aire a los ingresos de los trabajadores. La primera cuota llegó en agosto con montos mucho más altos que lo anunciado.

Ante la caída de los ingresos de trabajadores independientes y cuentapropistas, más las dificultades de las empresas a la hora de pagar los sueldos, el Gobierno buscó al inicio de la cuarentena, específicamente en abril, suavizar el vencimiento de las tarjetas de crédito para dejar más ingresos disponibles para otros gastos esenciales en un contexto de recesión agudizada por la pandemia de coronavirus. Para lograr ese objetivo lanzó un plan para refinanciar los saldos de las tarjetas vencidos entre el 13 y el 30 de abril, con tres meses de gracia, en 9 cuotas mensuales, iguales y consecutivas y una tasa nominal anual de 43% que, sin embargo, comenzaron a llegar este mes con importes superiores a lo establecido por el Banco Central en la comunicación A 6964.

En ese marco, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias anunció que iniciará una investigación de oficio para determinar si las entidades bancarias aplicaron correctamente el plan de financiamiento de los saldos de tarjetas de crédito.

La decisión del Banco Central se conoció luego que un informe elaborado por la consultora CERX, dirigida por la economista Victoria Giarrizo, en el que se advirtió que los nuevos resúmenes de cuenta de las tarjetas que llegaron en agosto –sobre deuda de abril– registraban una deuda superior a la prevista inicialmente por los consumidores al momento de diferir el pago.

El vicepresidente del Banco Nación, Matías Tombolini, dijo que la refinanciación “representa un 35,7% de interés en un año” sobre el saldo deudor, y rechazó el análisis de la consultora CERX respecto a la que tasa era mayor a la anunciada. “Cuando se suman las nueve cuotas que se pagan al cabo de un año, por cada $1.000 se pagan $1.357,02”, precisó Tombolini, para el caso del banco oficial. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias anunció que iniciará una investigación de oficio para determinar si las entidades bancarias aplicaron correctamente el plan de financiamiento de los saldos de tarjetas de crédito.

Desde el Banco Santander indicaron a Télam que “la tasa nominal anual aplicada es del 43%”, y añadieron que “al existir tres meses de gracia la tasa se aplica sobre nueve meses”. “Por ende las tasas aplicadas sobre la operación de 12 meses son de 40,01% el costo financiero total nominal anual (CFTNA) sin IVA y de 47,74% con IVA”, precisaron.

Las fuentes pusieron como ejemplo que “si el saldo impago del resumen de la tarjeta de crédito de abril es de $1.000, a partir del mes agosto abonará una cuota mensual de $143,43”, y aseguraron que “esto se repetirá por los ocho meses siguientes”. En el Banco Credicoop indicaron que la tasa de interés aplicada fue del 39% anual para refinanciar los saldos impagos.

Los usuarios que hayan recibido cuotas superiores a las dispuestas por la normativa, explicaron desde el Banco Central, deben reclamar en primera instancia ante el banco emisor de la tarjeta de crédito. (Foto: Cortesía/Coru.com)

Más allá de los intereses aplicados por cada entidad, el hecho de que la tasa nominal (TNA) sea igual o inferior al 43%, no implica que sea el único costo que se aplica sobre los saldos. Los bancos aplican otros costos de financiamiento, como comisiones e impuestos, con los que se calcula el Costo Financiero Total (CFT), que es el recargo final que el cliente termina pagando.

Tombolini afirmó que “la refinanciación del saldo, sin ningún lugar a dudas que es una herramienta positiva”, pero aclaró que “no es un subsidio, es un crédito voluntario”. El funcionario explicó que “para aquellos que querían, el pago del saldo de la tarjeta de abril se pasó tres meses para adelante”, y añadió que esa deuda “se refinanció a un año, en nueve cuotas”.

De todos modos, dijo que en el plazo de gracia “se acumularon intereses de $35,83 por mes por cada $1.000 que totalizan $108 por cada $1.000 en tres meses, que se prorratearon en forma directa a lo largo del año” y aclaró que “el IVA es sobre los intereses”, y añadió que “por eso el monto final de la cuota varía de manera decreciente”. Los usuarios que hayan recibido cuotas superiores a las dispuestas por la normativa, explicaron desde el Banco Central, deben reclamar en primera instancia ante el banco emisor de la tarjeta de crédito.

En otro orden, Giarrizo destacó: “Hubo dos problemas. Por un lado, cuando se anunció esto, el Banco central dijo que se iban a pagar 147 pesos por cada 1000 de refinanciamiento. En el imaginario de la gente parecían baratos, entonces nadie se preguntó mil de qué. Y durante esos tres meses también se generó interés”. Y añadió: “Desde el BCRA dicen que la tasa es del 43%. Sí, es verdad, pero estaba mal explicado”. No hay que perder de vista que la medida del Banco Central se fijó a comienzos de abril cuando no se sabía la prolongación que tendrían las medidas restrictivas tomadas por el Gobierno para morigerar la propagación del coronavirus en la población.

En ese sentido, tras los tres meses de gracia, los consumidores deben afrontar el refinanciamiento de los saldos de abril con intereses en un contexto donde la economía sigue golpeada producto de la cuarentena aplicada, mientras los consumidores continúan financiando sus compras con la tarjeta de crédito.

La autoridad monetaria, que preside Miguel Pesce, investigará los planes de los bancos (Presidencia)

De hecho el consumo con tarjetas de crédito volvió a crecer en julio, impulsado por los planes de descuentos y costos financieros más accesibles, de acuerdo con un relevamiento de First Capital Group en base a datos del Banco Central.

La operatoria en pesos a través de tarjetas de crédito registró un saldo de $682.429 millones, lo que significa una suba de 6,3% respecto al cierre de junio, con unos $ 40.719 millones por encima de ese mes.

Qué opciones tienen los usuarios

Si bien la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias aclaró que “no tiene registradas denuncias de usuarios del sistema por la aplicación del plan de cuotas”, pero indicó que “de todas maneras controlará que la norma se esté aplicando correctamente”. Y destacó que “los usuarios pueden realizar sus reclamos en la página web del Banco Central”

Los usuarios que hayan recibido cuotas superiores a las dispuestas por la normativa, explicaron desde el Banco Central, deben reclamar en primera instancia ante el banco emisor de la tarjeta de crédito. Una de las opciones que tienen los usuarios para hacerle frente a la deuda con las tarjetas de crédito, surge la posibilidad de cancelarla anticipadamente sin costo alguno.

Para darle curso a ese reclamo, la autoridad monetaria pide que hayan transcurrido 10 días hábiles desde la presentación del mismo ante el banco involucrado. En el formulario online, es necesario además incluir el número de reclamo proporcionado por el banco. Una de las opciones que tienen los usuarios para hacerle frente a la deuda con las tarjetas de crédito, surge la posibilidad de cancelarla anticipadamente sin costo alguno. Se trata de una posibilidad para los que tengan algún ahorro y quieran evitar una financiación más costosa de lo previsto inicialmente.

Cabe recordar que la Comunicación A 6964 del Banco Central, que reguló este mecanismo, dispuso que “los saldos refinanciados podrán ser precancelados, total o parcialmente, en cualquier momento y sin costo –excepto el interés compensatorio devengado hasta la precancelación– cuando el cliente lo requiera”. Algunos bancos empezaron a ofrecer financiamiento para que los clientes puedan pagar las deudas. Por ejemplo, a través de una nueva financiación con la tarjeta de crédito o tomando un crédito personal para cancelar la deuda con la tarjeta y de esa manera poder seguir consumiendo.

Fuente: infobae economico

ECONOMÍA – La provincia confía en que los sectores de la agroindustria y los agroalimentos liderarán la recuperación de la economía

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El secretario de Comercio Exterior, Germán Bürcher destacó la reciente vinculación del sector cárnico de la provincia con empresas de China.

El secretario de Comercio Exterior del Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de Santa Fe, Germán Bürcher, celebró la reciente vinculación del sector cárnico de la provincia con empresas importadoras del municipio de Chongqing, China, donde participaron diez empresas frigoríficas especializadas en producción y comercialización de alimentos de carne bovina, y una decena de empresas chinas interesadas en esos productos.

“Entendemos que post pandemia, y ya lo estamos viendo, los sectores de la agroindustria y la agroalimentación van a liderar la recuperación de la economía, no solo de la provincia, sino de la Argentina. De hecho, fueron los sectores que menos se detuvieron. Incluso, los frigoríficos aumentaron las exportaciones de carnes en este tiempo”, aseguró el funcionario.

En este sentido, destacó que el gobierno de Santa Fe lleva adelante políticas públicas para mantener el desarrollo internacional de las empresas provinciales a pesar de las limitaciones que impuso la pandemia Covid-19. Y describió que, en la reunión, diez frigoríficos santafesinos presentaron su oferta exportable a diez empresas chinas compradoras de carnes.

En ese sentido, destacó que “tenemos expectativas que los sectores de la alimentación sean los que traccionen al resto de la economía, en un mundo que va a quedar golpeado y va a necesitar alimento. Santa Fe no produce solamente el alimento, sino que tenemos la industria, ciencia y tecnología a disposición de los sectores para exportar productos con valor agregado”.

Cabe recordar que, en la actualidad, Santa Fe está exportando el 40 por ciento de lo que Argentina comercializa con China, y en lo que va del año se exportaron mercancías por 250 millones de dólares. “Lo que desarrollamos para las carnes bovinas, lo haremos próximamente con la producción apícola y ya lo realizamos para el sector lácteo, donde varias empresas pudieron colocar productos”, dijo el funcionario provincial

Rondas internacionales

En paralelo, Bürcher recordó que Santa Fe fue pionera a nivel nacional en el desarrollo de las rondas virtuales de negocios internacionales. Se trata de encuentros empresariales “uno a uno” entre importadores externos y empresarios provinciales, que se realizan a través de una herramienta tecnológica de promoción de exportaciones brindada por la provincia.

“A través de esta iniciativa buscamos ofrecer una alternativa eficaz a las rondas, ferias y misiones comerciales que el empresariado santafesino tenía previstas para este año, y que resultaron suspendidas como consecuencia del contexto sanitario”, concluyó.

Fuente: lacapital.com

NACIONALES – El Gobierno declara servicios públicos a la telefonía celular, servicios de internet y el cable

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Lo anunció el presidente por Twitter. Mediante un DNU declarará a la telefonía celular y fija, a los servicios de internet y a la TV paga como un servicio público y esencial. Las tarifas se congelan hasta el 31 de diciembre.

El presidente Alberto Fernández anunció esta noche que declarará servicios públicos a la telefonía celular y a los servicios de Internet. Lo realizará a través de un DNU que se publicará a medianoche en el boletín oficial. Con esta medida se congelan las tarifas de estos servicios y del cable hasta el 31 de diciembre.

“De esta manera garantizamos el acceso a los mismos para todos y todas”, sostuvo a través de su cuenta de Twitter.

El mandatario también destacó que se procederá a congelar las tarifas telefónicas, de internet y de televisión paga hasta el 31 de diciembre. “Ante las restricciones que la pandemia nos impone, nadie deberá resignar parte de sus ingresos en afrontar aumentos en los precios de estos servicios”, declaró.

Además, explicó que la medida apunta a recuperar herramientas regulatorias “que el gobierno anterior quitó al Estado”. “El derecho de los usuarios y consumidores es un derecho constitucionalmente reconocido. En lo sucesivo, no podrá haber ningún aumento sin la previa aprobación del Estado”, agregó.

Fernández hizo referencia con esta frase al DNU 267 firmado por el expresidente Mauricio Macri apenas asumió el gobierno, en diciembre de 2015, con el que creó el Enacom y modificó artículos centrales de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, con el que decidió dar de baja el poder regulatorio del Estado en esta materia dispuestas en 2014, a través de las leyes audiovisual y de telecomunicaciones.

Además, la norma que se dará a conocer a través del Boletín Oficial, dará un paso más allá de lo derogado oportunamente por la gestión Cambiemos e incluirá a la telefonía celular entre los servicios públicos, esenciales y estratégicos.

El Presidente también indicó que la educación, el acceso al conocimiento, a la cultura y a la comunicación “son derechos básicos que debemos preservar” y que por esta razón se instruyó para que de aquí en adelante “haya planes inclusivos de prestación básica, universal y obligatoria para quienes menos tienen”.

La medida se concretará a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), a partir del cual se dejarán sin efecto los aumentos de los abonos anunciados por algunas de las empresas prestadoras a partir del 1 de septiembre.

El anuncio formulado esta noche por el Presidente también deja sin efecto el incremento de entre 10 y 15% que las tres mayores operadoras de telefonía celular -Movistar, Telecom Personal y Claro- tenían previsto aplicar a partir del primer día de septiembre.

El DNU dispondrá, entre otras cuestiones, que “se establecen a los Servicios de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, (TIC), al acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre licenciatarios de servicios TIC, como servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia”.

El vicepresidente del Enacom, Gustavo López, explicó esta noche a Télam que “quedó demostrado que los servicios de Internet, telefonía y de cable no son servicios suntuarios sino que son esenciales para el acceso al conocimiento, la educación, a la cultura pero también al trabajo y el desarrollo económico”.

“Sin conectividad a Internet no hay desarrollo industrial ni económico posible” afirmó, al referirse a la medida dispuesta por el Gobierno.

En el mismo sentido, consideró que “era imprescindible recuperar la declaración de servicio público que había eliminado el expresidente Mauricio Macri a la semana que asumió, dejando esto como una simple mercancía entre privados y no un derecho humano básico”.

“Significa que si bien sigue siendo en competencia entre las empresas, ningún aumento puede hacerse sin la previa autorización del Enacom”, apuntó.

“Después para abajo pueden hacer descuentos que consideren oportunos pero el tope del aumento lo pone el Estado”, aseveró López al plantear el nuevo esquema de competencia que tendrán que abordar las compañías prestadoras de cada servicio.

El vicepresidente del Enacom también reseñó que se implementarán “las prestaciones básicas universales y obligatorias”, lo que implica asegurar “los planes inclusivos y la tarifa social para los que no pueden acceder a un plan”.

“El Estado ahora le va a garantizar el acceso a planes inclusivos a través de una prestación universal y que las empresas serán las encargadas de ofrecerá un precio acordado” con la autoridad de aplicación.

Tampoco podrá haber aumento de tarifas en el futuro sin previa autorización del Estado, debido a que pasará a ser un “servicio público” y ya no estará sujeta a la decisión exclusiva de las empresas, como sucede en la actualidad.

Fuente: ambito.com

IMPOSITIVAS – Alerta monotributistas: el Gobierno analiza cambios en el régimen simplificado de pagos

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El ministro de Trabajo sostuvo que las actividades más afectadas por el impacto económico de la pandemia continuarán percibiendo la asistencia del Estado

En el marco de la cuarentena, el Gobierno está revisando algunas modificaciones en el sistema de monotributo. Así lo hizo saber el ministro de Trabajo Claudio Moroni, quien aseguró que están trabajando con la AFIP y el Ministerio de Economía “en una serie de enfoques respecto del monotributo”.

Una de las cuestiones que se está viendo son “los sistemas de pago“, explicó el titular de la cartera laboral durante la conferencia anual del Centro para la Evaluación de Políticas basadas en la Evidencia, de la Universidad Torcuato Di Tella.

En el encuentro, también señaló que las actividades más afectadas por el impacto económico de la pandemia de coronavirus continuarán percibiendo la asistencia del Estado “por lo menos hasta diciembre próximo” y destacó la importancia de avanzar en un “proyecto de desarrollo que tenga perspectiva de sostenimiento en el tiempo”.

En este marco, dijo no animarse a “pensar en un día ‘D’ en el que todo vuelva a la normalidad de un día para el otro” sino que va a ser “una situación más bien larga”.

“Me preocupan más las herramientas que las definiciones, y creo que las herramientas que hemos diseñado, como el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) para trabajos formales e informales, han sido bastante flexibles”, remarcó el ministro de Trabajo.

“Lo que haga la política laboral por sí sola no sirve si no hay un proyecto de país que funcione: tenemos que sentarnos y definir de una buena vez un proyecto de desarrollo que tenga perspectiva de sostenimiento en el tiempo”, postuló Moroni.

El ministro de Trabajo Claudio Moroni anticipó que se están revisando cambios en el monotributo

Monotributistas: más plazo para acceder a créditos a tasa cero

El plazo para que los monotributistas puedan tramitar los créditos a tasa cero se extiendió hasta el 30 de septiembre.

Los créditos a tasa cero se tramitan a través de la página web de AFIP. Más de 600 mil personas ya iniciaron el procedimiento para acceder al instrumento previsto en el Programa de Asistencia en Emergencia al Trabajo y la Producción. El monto al que puede acceder cada monotributista y autónomo depende de la categoría en la que está inscripto. El máximo contemplado es de $150.000.

Al finalizar el procedimiento con el banco seleccionado los fondos se acreditan en la tarjeta de crédito indicada por el monotributista o autónomo en tres desembolsos sucesivos e idénticos. El crédito cuenta con un período de gracia de 6 meses y el repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.

Los créditos a tasa cero son compatibles con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE). Siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad establecidos en la normativa, todos monotributistas inscriptos en las categorías A y B que hubieran accedido al IFE podrán tramitar un crédito.

Créditos a tasa cero: flexibilizan condiciones para monotributistas y autónomos

La AFIP ya cambió las condiciones para que los monotributistas y autónomos puedan acceder a los créditos a tasa cero con el objetivo de ampliar el universo de monotributistas y autónomos que pueden acceder a ese beneficio.

Por un lado, el organismo extendió los períodos contemplados para evaluar la variación en la facturación y la existencia de ingresos por un trabajo en relación de dependencia. Por otro, se actualizaron los datos sobre riesgo crediticio utilizados para reflejar las mejoras en la situación de los contribuyentes.

El crédito a tasa cero ya fue otorgado a más de 410 mil monotributistas y autónomos por más de $50 mil millones y aún quedan más de 1 millón de créditos pre adjudicados disponibles.

El monto al que puede acceder cada monotributista depende de la categoría en la que está inscripto, teniendo como tope los $150 mil (más de 220 mil personas ya recibieron los fondos del primer desembolso).

Ese monto se acredita en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos y cuentan con un período de gracia de 6 meses y el repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses.

La línea Tasa Cero para monotributistas fue lanzada a principios de mayo

Requisitos créditos tasa 0%

Los requisitos para estar habilitado a solicitar estos créditos tasa 0% dispuestos por la AFIP para los monotributistas, son los siguientes:

-Estar inscriptos en cualquier categoría del Régimen.

-No prestar servicios al sector público nacionalprovincial municipal por un 70%.

-No percibir ingresos en razón de mantener una relación de dependencia o provenientes de una jubilación.

 -Que el monto de la facturación electrónica del período comprendido entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020, no haya caído por debajo del promedio mensual del ingreso bruto mínimo de la categoría en la que se encuentre registrado.

 -No tener situación crediticia mayor a 2, es decir, no podrán acceder aquellos que posean deudas mayores a 90 días. Para consultar la situación de cada contribuyente se puede ingresar al sitio web del Banco Central (Consulta riesgo crediticio).

En el caso de los autónomos, los mismos deberán reunir las siguientes condiciones:

-No encontrarse adherido al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes.

-No ser integrante de directorio de sociedades comerciales.

-No tener situación crediticia mayor a 2.

-Poseer Domicilio Fiscal Electrónico.

No cumplir con alguno de estos requisitos puede excluirlos en los créditos baratos para monotributistas y autónomos.

Los créditos a tasa 0% para monotributistas y autónomos se gestionan desde la página web de la AFIP

Monotributistas y autónomos: cómo sacar crédito 0%

Para acceder al crédito tasa 0% se deberá ingresar a la página web de la AFIP, en el  servicio “Crédito Tasa Cero“, donde la autoridad fiscal realizará los controles automáticos y determinará el importe mínimo y máximo a ser susceptible de ser otorgado. Además, el contribuyente deberá ingresar el importe a solicitar.

A continuación se detalla el paso a paso:

1-Ingresar al sitio web de la AFIP con la clave fiscal con nivel de seguridad 2.

2-Hacer click en la solapa “crédito tasa cero“.

3-Informar el monto total pretendido. El sistema le indicará el mínimo y máximo del crédito al que podrá acceder de acuerdo a su categoría contributiva.

4-Indicar el número de su tarjeta de crédito donde se acreditarán los tres tramos mensuales del préstamo.

5-Si no posee una tarjeta de crédito, deberá informar cuál es la entidad bancaria elegida para tramitar la solicitud de dinero.

6- Para darle curso al crédito, en algunos casos, el beneficiario aprobado por AFIP debe ingresar la solicitud en su banco.

Monotributo 2020

Desde el 1 de enero pasado se encuentra en plena vigencia una nueva tabla de facturación y cuotas de las distintas categorías del Monotributo.

Las tablas de las categorías del Monotributo 2020 implican una suba de 51% con respecto a los valores del año pasado.

El 20 de cada mes -o primer día hábil siguiente- opera el vencimiento de la cuota mensual del Monotributo, de acuerdo a la tabla oficial, que puede efectuarse con la generacíón de un VEP desde la página web de AFIP o con débito automático con tarjetas de crédito o en cuenta bancaria.

Para no quedar afuera del Monotributo, el ingreso bruto anual no tiene que superar los $2.609.240,69 para quienes vendan cosas muebles, que es el límite de facturación de la categoría más alta (la K), y de $1.739.493,79 para quienes presten servicios, de acuerdo con la categoría H, la última a la que acceden estos pequeños contribuyentes.

De acuerdo con la actualización, los topes categorías y cuotas del Monotributo 2020 son los siguientes:

  • Categoría A del Monotributo: engloba a los monotributistas que facturen por bienes y servicios hasta $208.739,25 y tiene una cuota mensual de $1955,68.
  • Categoría B del Monotributo: facturación por hasta $313.108,87 y cuota de $2186,80 tanto para contribuyentes que presten servicios como para aquellos que vendan cosas muebles.
  • Categoría C del Monotributo: facturación por $417.478,51 y cuotas en $2499,91 para servicios y $2457,65 para bienes.
  • Categoría D del Monotributo: se estableció límite de ingresos brutos hasta $626.217,78 y cuotas mensuales de $2947,94 para locación y prestación de servicios y $2878,37 para la venta de muebles.
  • Categoría E del Monotributo: quedó en ingresos hasta $834.957, y la cuota total mensual en $3872,18 para los servicios y de $3482,04 para los bienes.
  • Categoría F del Monotributo: facturación hasta $1.043.696,27 y cuota mensual de $4634,89 para la locación y prestación de servicios y de $4003,69 para la venta de cosas muebles.
  • Categoría G del Monotributo: $1.252,435,53 de ingresos brutos y cuotas mensuales de $5406,02 para servicios y $4558,61 para productos.
  • Categoria H del Monotributo: facturación hasta $ 1.739.493,79 y cuotas de $9451,93 (servicios) y de $ 7886,41 (bienes).
  • Categoría I del Monotributo: hasta $2.043.905,21 de ingresos brutos y cuotas de $11,336,71 solo para venta de cosas muebles.
  • Categoría J del Monotributo: hasta $2.348.316,62 y cuota total de $13.019,83 solo para venta de cosas muebles.
  • Categoría K del Monotributo: hasta $2.609.240,69 y cuota total de $14.716,41 solo para venta de cosas muebles.
Categorías Monotributo: escalas de facturación y montos 2020

En el Monotributo 2020, el pago de las cuotas vence el 20 de cada mes o el día hábil siguiente.

El Régimen Simplificado tiene dos recategorizaciones: una en enero y la otra en julio de cada año. Para las recategorizaciones 2020 deben utilizarse las tablas de categorías que la AFIP publicó para este período fiscal.

La recategorización en el Monotributo es obligatoria para los contribuyentes que vieron modificados su facturación, superficie afectada, alquileres a pagar y/o consumos de energía durante el semestre previo.

Si el organismo recaudador detecta que el contribuyente que debía recategorizarse no lo hizo, hará el cambio de oficio y lo obligará a abonar los nuevos montos y serán sancionados con una multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar.

De haber transcurrido seis meses completos o más desde el inicio de actividades al momento de la recategorización, se deberá proceder a anualizar los parámetros a fin de determinar la recategorización y en caso de completar ese período también se mantendrá la categorización inicial hasta el momento que corresponda la primera recategorización.

Fuente: iprofesional.com

Seguridad Social. Programa ATP.

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Extensión del plazo para acceder al Crédito a Tasa Subsidiada.

Extienden hasta el 21/08/2020 el plazo para acceder al Crédito a Tasa Subsidiada y conocer y aceptar el monto teórico máximo del crédito disponible, b) Indicar una dirección de correo electrónico y
c) Seleccionar la entidad bancaria para la tramitación del crédito.

Resolución General (AFIP) Nº 4795/2020 (BO 20/08/2020)

Fuente: Lisicki Litvin

IMPOSITIVAS – Agosto. Por qué es el mes de la “asfixia fiscal” según los contadores

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En una semana se juntaron el pago de la declaración jurada por Ganancias y Bienes Personales de 2019 y el vencimiento del primer anticipo por 2020

En una semana, casi 2 millones de contribuyentes debieron hacer frente al vencimiento de dos obligaciones fiscales: el pago del saldo de la declaración jurada por el periodo 2019 y el anticipo de Ganancias y Bienes Personales por este año. Esto generó que los contadores hablaran de “asfixia fiscal” para describir este mes.

Lo que ocurrió fue que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó en dos ocasiones los plazos para que las personas humanas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes al impuesto a las ganancias, impuesto a los bienes personales y el impuesto cedular. El último plazo finalizó la semana pasada, pero la AFIP habilitó un plan de pagos al que se ingresa abonando un 25% a cuenta y el resto en tres cuotas, a una tasa de 2,5% mensual (hay tiempo de ingresar hasta el 30 de septiembre).

Para el pago de anticipos de Bienes Personales y Ganancias, si bien en un primer momento se pensó que la agencia que dirige Mercedes Marcó del Pont iba a postergar para septiembre el vencimiento, esto finalmente no sucedió y, según dijeron en la AFIP, “no hay nada previsto”. Por lo tanto, los contribuyentes debieron hacer frente a ambos vencimientos en la misma semana.

Para aquellos que se hayan atrasado con el primer pago del anticipo, deberán asumir el costo de los intereses resarcitorios a una tasa mensual del 2,76% mensual. Los próximos pagos del anticipo son en octubre, diciembre y febrero.

 El último plazo finalizó la semana pasada, pero la AFIP habilitó un plan de pagos al que se ingresa abonando un 25% a cuenta y el resto en tres cuotas Fuente: LA NACION – Crédito: María Amasanti

“Como se pospuso el vencimiento del saldo de la declaración jurada, que era en junio, después pasó a julio y luego a agosto, ahora se formó una asfixia financiera de parte de los contribuyentes que tuvieron que pagar el saldo de la declaración jurada”, indicó César Litvin, asesor impositivo y socio del estudio Lisicky, Litvin & Asociados.

“Resulta insuficiente el plan de cuotas para pagar el saldo de Ganancias y Bienes Personales, que también tiene que pagar los anticipos de ambos impuestos, teniendo en cuenta que estamos en una situación en la que muchos contribuyentes han visto drásticamente reducidos sus ingresos para hacer frente a todos estos compromisos fiscales”, agregó.

Según señaló el tributarista, la AFIP debería posponer también el pago de anticipos “hasta mínimamente fin de año, para que los vencimientos de agosto y octubre pasen todos como mínimo a diciembre, y por el otro lado, se debería permitir que el saldo de la declaración jurada se pague en mayor cantidad de cuotas”.

Iván Sasovsksy, socio de Sasovsky & Asociados, indicó que, “independientemente de que existe una oportunidad para que esta situación de asfixia no se dé, claramente el vencimiento de la declaración jurada más el vencimiento del anticipo, que justamente no se prorrogó, hace que sea ridículo el impuesto que se genera, sobre todo porque los anticipos prevén tanto para Ganancias como para Bienes Personales que la base imponible se mantendrá en el año siguiente”.

“Teniendo en cuenta que este es un año de pandemia, para 2020, claramente el Gobierno podría estipular una base de cálculo de anticipos totalmente distinta, teniendo en cuenta que tanto el patrimonio de las personas se ve afectado porque los rendimientos y las ganancias cayeron”, agregó.

Finalmente, Ezequiel Passarelli, director de SCI, comentó que “es llamativo que no se haya prorrogado el pago del primer anticipo y quedaron muy pegados los vencimientos”. “Por lo menos se podría haber extendido el plazo 15 días, para llegar a tiempo con las declaraciones juradas, porque estando a 19 de agosto no la presentaron todos, porque para los contadores fue un año complicadísimo. Al margen de eso, hoy por hoy solamente lo que hay con la no prorroga sería el devengamiento de los intereses, a una tasa de 2,76% que es baja, pero como los impuestos aumentaron 800% entre 2019 y 2018, termina siendo mucho dinero igual”, dijo el tributarista.

Asimismo, indicó que “hoy, si no se paga el anticipo, no hay riesgo de que la AFIP embargue o ejecute”. “Si fuera un año normal, está ese riesgo, pero desde el 18 de marzo y hasta el 30 de agosto, siguiendo el aislamiento obligatorio, hay feria en la AFIP, con lo cual los plazos no corren”, concluyó.